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N° 3080 - 12 DE NOVIEMBRE DE 2002

REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

DIARIO DE SESIONES

DE LA

CÁMARA DE REPRESENTANTES

TERCER PERÍODO ORDINARIO DE LA XLV LEGISLATURA

70ª SESIÓN

PRESIDEN EL SEÑOR REPRESENTANTE GUILLERMO ÁLVAREZ Presidente
Y EL CONTADOR CARLOS GONZÁLEZ ÁLVAREZ 2do. Vicepresidente

ACTÚAN EN SECRETARÍA LOS TITULARES DOCTOR HORACIO D. CATALURDA Y DOCTORA MARGARITA REYES GALVÁN Y
LOS PROSECRETARIOS DOCTOR JOSÉ PEDRO MONTERO Y SEÑOR ENRIQUE SENCIÓN CORBO

 

 

Texto de la citación

 

Montevideo, 7 de noviembre de 2002.

LA CÁMARA DE REPRESENTANTES se reunirá, en sesión ordinaria, el próximo martes 12, a la hora 16, con el fin de tomar conocimiento de los asuntos entrados y considerar el siguiente

- ORDEN DEL DÍA -

1º.- Tiempo compartido. (Regulación). (Carp. 213/000). (Informado). Rep. 132 y Anexo I

2º.- Pascual Harriague. (Designación a la Escuela Nº 69 de Colonia Harriague, departamento de Salto). (Carp. 756/000). (Informado). Rep. 410 y Anexo I

3º.- Defensa de la salud reproductiva. (Normas). (Carp. 3107/993). (Informado). Rep. 637 y Anexo I

4º.- Doctor Justo Marcelo Alonso. (Designación al Hospital de la ciudad de Rosario, departa-mento de Colonia). (Carp. 1399/001). (Informado). Rep. 675 y Anexo I

5º.- Vehículos automotores y equipos de trasmisión y de procesamiento de audio importados por las radioemisoras de AM y FM instaladas fuera del departamento de Montevideo. (Reducción del plazo fijado para su enajenación). (Carp. 55/000). (Informado). Rep. 16 y Anexo I

6º.- Ciudad de Paso de los Toros. (Se declara feriado el día 17 de julio de 2003 con motivo de conmemorarse el centenario de su fundación). (Carp. 2013/002). (Informado). Rep. 898 y Anexo I

7º.- República de Pakistán. (Designación a la Escuela Nº 183 del departamento de Montevideo). (Carp. 108/000). (Informado). Rep. 42 y Anexo I

8º.- Doctor Enrique Claveaux. (Designación al Hospital Filtro de la ciudad de Montevideo). (Carp. 1436/001). (Informado). Rep. 692 y Anexo I

9º.- Doctor Baltasar Brum. (Designación a la Escuela Jardín de Infantes Nº 83 de la ciudad ca-pital del departamento de Durazno). (Carp. 640/000). (Informado). Rep. 363 y Anexo I

 

 

HORACIO D. CATALURDA     MARGARITA REYES GALVÁN

S e c r e t a r i o s

S U M A R I O

 

1.- Asistencias y ausencias

2.- Asuntos entrados

3.- Exposiciones escritas

MEDIA HORA PREVIA

4.- Prohibición de que se realicen ciertas actividades laborales en los cruces con semáforos de Punta del Este, departamento de Maldonado.

— Exposición del señor Representante Orrico

5.- Situación del Fondo Nacional para el Audiovisual.

— Exposición de la señora Representante Percovich

6.- Carencias en la atención de la salud en los hospitales del departamento de Colonia.

— Exposición del señor Representante Gil Solares

7.- Proyecto de instalación de una fábrica de celulosa en Fray Bentos, departamento de Río Negro.

— Exposición del señor Representante Carminatti

8.- Generación de fuentes de trabajo a través de la inversión en creaciones culturales.

— Exposición del señor Representante Legnani

9- Incumplimiento de convenios para la realización de obras en locales de la ANEP y postergación de la entrega de viviendas del SIAV en el departamento de Rocha.

— Exposición del señor Representante Barrios

CUESTIONES DE ORDEN

11.- Aplazamiento

14.- Comisión Preinvestigadora

10 y 16.- Integración de la Cámara

20.- Levantamiento de la sesión

10 y 16.- Licencias

12.- Urgencias

VARIAS

17.- Comisión de Asuntos Internacionales. (Autorización para reunirse simultáneamente con la Cámara)

18.- Comisión Especial de Seguridad Ciudadana. (Prórroga de plazo)

ORDEN DEL DÍA

13, 15 y 19.- Fortalecimiento del Banco Hipotecario del Uruguay. (Normas).

(Ver 68ª y 69ª sesiones)

— Se pasa a la discusión particular.

— Se aprueban los artículos 1º a 20, con excepción del artículo 2º, que se desglosa.

— En discusión el artículo 2º.

1.-      Asistencias y ausencias.

Asisten los señores Representantes: Odel Abisab, Ernesto Agazzi, Guillermo Álvarez, Juan Justo Amaro, Mario Amestoy, José Amorín Batlle, Fernando Araújo, Raúl Argenzio, Beatriz Argimón, Roberto Arrarte Fernández, Roque E. Arregui, Roberto Bagalciague, Raquel Barreiro, Jorge Barrera, Artigas A. Barrios, José Bayardi, Edgar Bellomo, Juan José Bentancor, Ricardo Berois Quinteros, Ruben Bertín, José L. Blasina, Nelson Bosch, Rosario Bueno, Amabel Cabrera, Julio Cardozo Ferreira, Ruben Carminatti, Nora Castro, Ricardo Castromán Rodríguez, Roberto Conde, Jorge Chápper, Eduardo Chiesa Bordahandy, Guillermo Chifflet, Sebastián Da Silva, Ruben H. Díaz, Miguel Dicancro, Juan Domínguez, Ángel Fachinetti, Alejandro Falco, Ricardo Falero, Alejo Fernández Chaves, Ramón Fonticiella, Luis José Gallo Imperiale, Daniel García Pintos (1), Orlando Gil Solares, Carlos González Álvarez, Gustavo Guarino, Tabaré Hackenbruch Legnani, Arturo Heber Füllgraff, Doreen Javier Ibarra, Luis Alberto Lacalle Pou, Arturo Lamancha, Julio Lara, Félix Laviña, Ramón Legnani, León Lev, Guido Machado, José Carlos Mahía, Juan Máspoli Bianchi, Artigas Melgarejo, José Homero Mello, José M. Mieres, Pablo Mieres, Ricardo Molinelli, Martha Montaner, Ruben Obispo, Jorge Orrico, Francisco Ortiz, Gabriel Pais, Ronald Pais, Jorge Pandolfo, Jorge Patrone, Daniela Payssé, Gustavo Penadés, Margarita Percovich, Alberto Perdomo, Darío Pérez, Enrique Pérez Morad, Enrique Pintado, Carlos Pita, Martín Ponce de León, Iván Posada, Yeanneth Puñales Brun, Glenda Rondán, Hugo Rosete, Julio Luis Sanguinetti, Diana Saravia Olmos, Alberto Scavarelli, Leonel Heber Sellanes, Raúl Sendic, Pedro Señorale, Gustavo Silveira, Julio C. Silveira, Lucía Topolansky, Daisy Tourné, Wilmer Trivel, José L. Veiga, Walter Vener Carboni y Elizabeth Villalba.

Con licencia: Washington Abdala, Gustavo Amen Vaghetti, Carlos Baráibar, Nahum Bergstein, Daniel Bianchi, Gustavo Borsari Brenna, Brum Canet, Silvana Charlone, Daniel Díaz Maynard, Óscar Magurno, Felipe Michelini, María Alejandra Rivero Saralegui, Ambrosio Rodríguez, Víctor Rossi y Adolfo Pedro Sande.

Faltan con aviso: Guzmán Acosta y Lara y Luis A. Arismendi.

Observaciones:

(1) A la hora 16:40 comenzó licencia, ingresando en su lugar el Sr. Roberto Bagalciague.

2.-     Asuntos entrados.

"Pliego Nº 189

INFORMES DE COMISIONES

La Comisión de Presupuestos aconseja el archivo del proyecto de ley por el que se modifica el artículo 20 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, relativo a los pases en comisión de funcionarios públicos, estatales y no estatales, a las secretarías particulares de los Ministros de Estado y Legisladores Nacionales. C/1511/001

-     Si no se observa, así se procederá

COMUNICACIONES DE LOS MINISTERIOS

El Ministerio de Educación y Cultura contesta los siguientes asuntos:

  • presentada por el señor Representante Roque Arregui, acerca de la ubicación y cuidado del material que conforma el "Museo viviente de la radio y las comunicaciones". C/27/000

  • presentada por el señor ex Representante Óscar Echevarría, referente a una solicitud de colaboración para el "Club de Niños Santa Rita", en el pueblo Vichadero, departamento de Rivera. C/27/000

-     A sus antecedentes".

3.-     Exposiciones escritas.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Está abierto el acto.

(Es la hora 16)

——Dese cuenta de las exposiciones escritas.

(Se lee:)

"El señor Representante Luis Alberto Lacalle Pou solicita se curse una exposición escrita a la Presidencia de la República, sobre irregularidades presuntamente cometidas por un señor Director de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado. C/27/000"

——Habiendo número, está abierta la sesión.

Se va a votar el trámite de la exposición escrita de que se dio cuenta.

(Se vota)

——Cuarenta y dos en cuarenta y cuatro: AFIRMATIVA.

(Texto de la exposición escrita:)

Exposición del señor Representante Luis Alberto Lacalle Pou a la Presidencia de la República, sobre irregularidades presuntamente cometidas por un señor Director de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado.

"Montevideo, 12 de noviembre de 2002. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Guillermo Álvarez. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita a la Presidencia de la República. En los últimos tiempos, debido a la crisis económica por la que atraviesa el país, se ha insistido, fervientemente, en la reducción del costo del Estado y en su debido control. Es así, que en la Administración Central y en cada Ministerio, hubieron recortes importantes, tanto en lo que refiere a las inversiones, como a los gastos de funcionamiento. Hemos visto con preocupación que áreas de vital importancia social, como es la vivienda, la salud y la protección de la infancia y la familia, han sufrido enormes recortes que han entorpecido su normal funcionamiento, dejando al descubierto a aquellos compatriotas más necesitados. En cuanto a los entes autónomos y a los servicios descentralizados, no sólo se han hecho recortes, muchos de ellos injustos a nuestro leal saber y entender (siguen vigentes los sueldos altos y se recortan los servicios que generan menores gastos a dichas empresas) sino que también hubieron fuertes incrementos en las tarifas públicas. Desde el Poder Ejecutivo, muchas veces se ha hecho referencia al tema del control del gasto del Estado, tomándolo como una bandera; que siempre ha sido enarbolada por nuestro Partido Nacional. Creemos que en varias oportunidades, el discurso dicho por el Poder Ejecutivo no ha repercutido en la acción, en la realidad. Hecha esta introducción, queremos dedicarnos al tema que realmente nos preocupa. Cuando se establecen medidas como la reducción y la contención del gasto en el Estado es de extrema importancia la señal que se da desde los cargos de jerarquía. Jamás podremos hacer entender a los subalternos, en cada institución, de que hay que 'ajustarse el cinturón', si el jerarca no predica con su ejemplo. Tampoco será creíble para la ciudadanía el interés de reducir gastos, si determinados jerarcas no cumplen con las distintas normas. Es comprensible, en determinadas ocasiones, la irritación de nuestros compatriotas cuando ven que las tarifas se encarecen y, por otro lado, no se actúa correctamente en la contención del gasto. Hace algunos meses, haciendo uso de las facultades que poseemos como legislador, cursamos por Oficio de la Cámara de Representantes Nº 12249, de 13 de agosto de 2002, un pedido de informes dirigido a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE), con respecto a un posible cambio de matrículas en un vehículo de dicho organismo. La respuesta indicó que el cambio de matrícula se había realizado en un vehículo asignado al señor Vicepresidente de OSE. Esa información, ameritó un llamado de atención al doctor Hugo Granucci, Vicepresidente del organismo, por parte del señor Presidente de la República y del señor Ministro de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Hace algunos días, recibimos la contestación a otro pedido de informes cursado por Oficio de la Cámara de Representantes Nº 13076, de 2 de octubre de 2002, a raíz de alguna información extraoficial que teníamos, con respecto al sistema Conve (cajas negras) oportunamente instalado en vehículos oficiales, incluidos aquellos asignados al Directorio de OSE. Adjuntamos dicho pedido de informes y su respuesta. Se desprende de la respuesta a nuestra solicitud, la existencia, en OSE, de autos destinados al uso del señor Vicepresidente de dicho organismo, doctor Hugo Granucci, que tuvieron dicho dispositivo incorporado, los que fueron retirados a expreso pedido de la Vicepresidencia de OSE. Vemos esta situación con mucha alarma, ya que el jerarca mencionado pertenece al mismo partido político que quien ocupa la Presidencia de la República, máxime cuando ha sido el propio titular del Poder Ejecutivo, quien ha encargado el estricto control de los gastos de funcionamiento. Confiamos que el señor Presidente de la República tomará las medidas pertinentes, en este tema tan importante y sensible para la sociedad y sobre el que estamos convencidos que ese apartamiento de las normas de cada organismo, debería traer aparejada una contundente medida ejemplarizante. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. LUIS ALBERTO LACALLE POU, Representante por Canelones".

MEDIA HORA PREVIA

4.-     Prohibición de que se realicen ciertas actividades laborales en los cruces con semáforos de Punta del Este, departamento de Maldonado.

——Se entra a la media hora previa.

Tiene la palabra el señor Diputado Orrico.

SEÑOR ORRICO.- Señor Presidente: cuando leí la noticia y luego la vi por televisión, sentí una mezcla de incredulidad, de bronca y de vergüenza.

Resulta que en Punta del Este, para la temporada que viene, a "los uruguayitos de los semáforos" -al decir de un connotado Diputado de la coalición de Gobierno-, o sea, a esos uruguayitos que con intención de ganarse honestamente su pan hacen limpieza de vidrios o actúan como tragafuegos o malabaristas, a esos uruguayos honestos, que con imaginación tratan de ganarse el pan diario, la Intendencia Municipal de Maldonado les quiere prohibir trabajar, porque aparentemente habría problemas de seguridad e imagen. Con esto queda muy claro que, para estos señores, el problema no es la pobreza, sino el hecho de que los turistas la vean.

La sanción es de tal crueldad que puede llegar al decomiso de los elementos utilizados. Uno puede imaginar, entonces, a inspectores de la Intendencia Municipal de Maldonado llevándose limpiavidrios, baldes, jabón líquido y demás enseres utilizados por estos compatriotas.

Lo primero que corresponde decir es que es falso que estos uruguayos provoquen problemas de seguridad; es una vulgar mentira de las autoridades departamentales. Ante este argumento, me dirigí a la Defensoría de Oficio en lo Penal y pregunté si alguna vez habían tenido que defender a alguno de estos muchachos que limpian vidrios, hacen de tragafuegos o de malabaristas, por haber cometido algún delito. Me dijeron: "Nunca". Dado que si estos muchachos hubieran cometido algún delito no los estaría defendiendo el doctor Curbelo Tammaro ni ningún otro connotado penalista del país, sino, naturalmente, la Defensoría de Oficio, se concluye con facilidad que nunca hubo un problema causado por esta gente.

Estos muchachos, estas muchachas, que hacen lo que pueden para ganarse el pan, son trabajadores, y así figuran en las estadísticas oficiales. Cuando se habla de desocupación, estos muchachos y estas muchachas figuran como ocupados; no son delincuentes. ¡De ninguna manera!

Es un acto de insensatez, de inmadurez y, yo diría, de falta de una mínima solidaridad, impedir a estos uruguayos aumentar mínimamente sus menguados ingresos en ocasión de la temporada, prohibiéndoles el ingreso a Punta del Este.

Creo que en mi vida, a esta altura bastante larga, nunca había visto a una autoridad tomar una decisión con tal grado de crueldad como la que estoy viendo en este caso.

Considero que sería hora de que desde esta Cámara lanzáramos un grito pidiendo a la Intendencia Municipal de Maldonado que impere la sensatez y que se respete la dignidad del trabajo, porque medidas tan retrógradas y aristocráticas como esta deben quedar sin efecto.

No es atacando ni reprimiendo trabajadores que se logran buenas temporadas turísticas; eso deberíamos saberlo desde hace tiempo.

Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada al Comité Ejecutivo Nacional del Partido Colorado, al Honorable Directorio del Partido Nacional, a la Mesa Política del Frente Amplio, a la Coordinadora del Encuentro Progresista, al PIT-CNT, a la Intendencia Municipal y la Junta Departamental de Maldonado, a la Junta Local de San Carlos y al Ministerio de Turismo.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Se va a votar el trámite solicitado.

(Se vota)

——Cuarenta y ocho en cincuenta y uno: AFIRMATIVA.

5.-      Situación del Fondo Nacional para el Audiovisual.

Tiene la palabra la señora Diputada Percovich.

SEÑORA PERCOVICH.- Señor Presidente: quisiera referirme en esta media hora previa a un hecho que atenta contra un elemento absolutamente positivo surgido en estos últimos años, que ya forma parte de la construcción de nuestra identidad uruguaya. Se trata del Fondo Nacional para el Audiovisual, que surge de una trabajosa negociación en momentos en que se instalaba el cableado para Montevideo y en que se negociaba con las empresas de la televisión abierta las contrapartidas para el departamento.

La creación de un Fondo Nacional para el Audiovisual fue uno de los grandes logros, y quienes fuimos actores en ese proceso quizás no pudimos calibrar en aquel momento las consecuencias que iba a tener en el futuro. Allí intervinieron no solamente la Intendencia Municipal de Montevideo -a través de su Departamento de Cultura-, sino también el Ministerio del Interior y, por supuesto, las empresas involucradas de la televisión abierta.

(Murmullos)

——Como contrapartida de ese proceso -que en su momento dio lugar a la creación del canal cable comunal de Montevideo, que también ha sido un logro en materia de aporte cultural- se establecían aportes de las empresas que utilizaban esa red de TV cable para el fomento de la industria audiovisual en el país. Esos aportes en dólares se vinieron cumpliendo durante todos estos años y dieron lugar a la creación...

(Murmullos.- Campana de orden)

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Perdón, señora Diputada. La Mesa solicita a los legisladores que tomen asiento en sus bancas y que cesen los murmullos, porque es imposible escuchar a la señora Diputada.

Puede continuar, señora Diputada.

SEÑORA PERCOVICH.- Gracias, señor Presidente.

Me refería a que esta iniciativa dio lugar a una verdadera industria del audiovisual, a la formación de técnicos en distintas disciplinas que tienen que ver con el cine. Inclusive, se proveyeron aportes para la realización de importantes películas que han ganado premios -así como de audiovisuales y de películas de tipo documental de mediana duración- a lo largo y a lo ancho del mundo. Muchas de las caras de los artistas nacionales que reconocemos a través de avisos, audiovisuales o películas, también son reconocidas en el exterior gracias a esta iniciativa.

Lamentablemente, la situación económica del país está haciendo que los aportes de las empresas de televisión no se puedan concretar. Realmente, sería una lástima que toda esa muchachada que se ha ido formando y especializando en un área que es muy demandada en el mundo -han surgido varias empresas que hacen audiovisuales para el exterior, con gente uruguaya- no tuviera los elementos para seguir creando y facilitando la formación de nuevos técnicos, cultivando esta industria que ciertamente es considerada no tradicional, pero que ha traído buenos dividendos y sobre todo empleo creativo e identidad, así como la posibilidad de mostrar el país en el resto del mundo.

Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada al Ministerio de Educación y Cultura, a las tres empresas de televisión abierta que hoy son responsables de estos aportes, al Departamento de Cultura de la Intendencia Municipal de Montevideo y a la Comisión integrada por todos estos actores que constituyen el FONA.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Se va a votar el trámite solicitado.

(Se vota)

——Cincuenta y cinco en cincuenta y siete: AFIRMATIVA.

6.-     Carencias en la atención de la salud en los hospitales del departamento de Colonia.

Tiene la palabra el señor Diputado Gil Solares.

SEÑOR GIL SOLARES.- Señor Presidente: hace pocos días tuvimos la oportunidad de acompañar al señor Ministro de Salud Pública en su visita a casi todos los hospitales del departamento de Colonia, a excepción del de la ciudad de Nueva Palmira.

El factor común de la protesta de la ciudadanía del departamento de Colonia era la falta de insumos, la falta de medicamentos y de agilidad en los hospitales para poder realizar consultas en las policlínicas y para encontrar turno para hacerse una imagen radiológica; pero también estaba el temor de que el Ministerio de Salud Pública disminuyera la calidad de asistencia en cada uno de los hospitales.

En el hospital de Nueva Helvecia, la cosa fue relativamente tranquila y asistió muy poca gente; diría que lo mismo sucedió en Rosario, pero en Juan Lacaze la cosa cambió. El pueblo lacacino exigió, a golpes de palma, la atención del señor Ministro de Salud Pública y la asistencia económica para un hospital que atiende prácticamente a diez mil personas que tienen carné de asistencia.

También en la ciudad de Colonia las cosas fueron un poco ásperas para el señor Ministro. El pueblo, concentrado frente al hospital, reclamó con más audacia al señor Ministro las necesidades imperiosas que aquel tiene.

Terminó la tarde y el señor Ministro se fue a descansar; nosotros fuimos a la ciudad de Carmelo y también descansamos. Temprano en la mañana, el Ministro, su comitiva y quien les habla estábamos en el hospital de esa ciudad. La gente carmelitana, que al mirar atrás sabe de sobra lo que es una buena atención en el hospital, hoy reclama enérgicamente que se solucionen los problemas de la salud de los humildes y de los pobres. No puede ser que falten medicamentos; no puede ser que falten placas radiológicas; no puede ser que falten insumos en la sala de operaciones para hacer cirugía de coordinación como se hizo durante cincuenta años. La historia quirúrgica del hospital de Carmelo se remonta a cincuenta años; empieza con el cirujano Abraham Revori y termina con los muchachos que hoy tienen a su cargo esa responsabilidad.

Teníamos que ir al hospital de Nueva Palmira. Yo me adelanté, llegué primero y me encontré con una cantidad muy importante de personas que reclamaban las mismas cosas. Todos pedían lo mismo, con el agravante de que en Nueva Palmira la prensa y voceros del pueblo habían dejado entrever la posibilidad de que se cerrara el hospital. Mientras esperábamos la llegada del señor Ministro, conversamos con el pueblo, con la gente; en cierta medida la tranquilizamos, pero también la felicitamos calurosamente porque lo que estaba haciendo era democracia participativa. Estaba pidiendo algo que no era ningún lujo: se trataba nada menos que de la protección de la salud de una enorme porción de la población, seguramente del 80% de los habitantes de Nueva Palmira.

Por razones que personalmente no conozco, el señor Ministro no llegó a la mitad del camino entre Carmelo y Nueva Palmira y regresó. Corrió alguna noticia de que el señor Presidente lo llamó para una reunión de Gabinete.

Exhortamos al señor Ministro de Salud Pública y a todos sus asesores a que resuelvan rápida, urgentemente, las necesidades imperiosas que tiene la salud de los pobres, de los humildes, en todo el territorio nacional. Pero a mí me corresponde pedirle que Colonia tenga todo lo necesario a la mayor brevedad posible.

Solicito que la versión taquigráfica de estas palabras sea enviada al Ministerio de Salud Pública, a la prensa del departamento de Colonia, a la Junta Departamental de Colonia y a las Juntas Locales de las ciudades que he mencionado.

Muchas gracias, señor Presidente.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Se va a votar el trámite solicitado.

(Se vota)

——Cincuenta y uno en cincuenta y tres: AFIRMATIVA.

7.-     Proyecto de instalación de una fábrica de celulosa en Fray Bentos, departamento de Río Negro.

Tiene la palabra el señor Diputado Carminatti.

SEÑOR CARMINATTI.- Señor Presidente: tengo que contar una historia que nos pasó a los señores Diputados Castromán Rodríguez, Penadés, Baráibar y quien habla, a la señora Senadora Pou, a los señores Senadores Larrañaga, Boismenú y Rubio y, por supuesto, al señor Intendente de Río Negro.

Fuimos invitados a ir a España por el grupo EUFORES, cuyo Directorio integra la ingeniera agrónoma Rosario Pou, para visitar una de las fábricas de celulosa que tienen. El motivo de esta visita estaba vinculado al hecho de que en Fray Bentos, si lo permite el Gobierno y la Dirección Nacional de Medio Ambiente, seguramente se va a generar una industria muy importante, la cual hará inversiones extraordinarias para nuestro medio. Creo que debe ser la inversión más grande de los últimos diez años, porque se habla de US$ 500:000.000.

Ellos nos llevaron con la intención de que pudiéramos comprobar cómo se maneja una de las tres fábricas que tienen; una está ubicada en Huelva -al sur- y las otras en Pontevedra y en Navia, al norte. La de Huelva, que es la más grande y moderna, empieza en el año 1964. Se ha ido modernizando y creciendo, en una superficie de 42 hectáreas de extensión, con acopio, con lugares de forestación, con viveros y con una enorme productividad de pasta de celulosa, tanto que la capacidad anual de producción significa prácticamente 1.000 toneladas diarias de celulosa. Eso implica el suministro de madera, que es la que produce la celulosa, de donde deriva el papel.

El papel es originario de China; fue creado en el año 2 de la era cristiana por alguien que hacía papel con trapos y corteza. La evolución de la técnica llevó a que el papel se obtuviera de la pasta de celulosa, con la calidad que tenemos ahora. Indudablemente, el papel es de vital importancia en el transporte de la cultura en todo el mundo. Desde entonces, toda la cultura se trasmitía a través del papel; ahora, los medios de comunicación son distintos y seguramente la comunicación radial y televisiva suplantan parcialmente al papel. De todas maneras, el papel es un elemento imprescindible.

De ahí que ellos, que producen gran cantidad de papel -son los mejores productores de Europa y los segundos en el mundo-, tienen interés en aprovechar la forestación que se ha desarrollado por una ley que se aplica en Uruguay desde hace diez años, por la cual se están produciendo toneladas y toneladas de árboles que de alguna manera hay que sacar de nuestro territorio. Hasta ahora, la forma de sacar la madera ha sido en rolos -cada rolo pesa aproximadamente 5 toneladas-, y hoy se podría sacar en un volumen menor a través de lo que se llama pasta de celulosa.

Trasladarla así implicaría que en nuestro país hubiera una planta de producción de esas dimensiones -con una inversión de US$ 500:000.000-, es decir, de 42 hectáreas, igual a aquella, con accesos y explanadas que tuvimos oportunidad de ver. Eso se está armando, no solo para la planta, sino para el puerto que va a haber ahí, que estaría finalizado en octubre del año que viene. Se va a utilizar el muelle, que está hecho para que vengan los barcos, atraquen allí y se lleven la madera o los chips -que son unas astillitas pequeñas que permiten que se transporte mayor cantidad en cada barco- o, si se permite en el futuro, la producción de celulosa proveniente de una planta que tendrá una capacidad de trabajo seguro para 320 personas, más la que trabaje en el entorno del transporte de madera: camiones, servicios, seguridad, alimentación, etcétera; se habla de alrededor de 4.000 personas. Creo que eso cambiaría notablemente la fisonomía de nuestra zona.

Por eso estuvimos allá, tratando de ver si de alguna manera podíamos aclarar algo que ellos temen, que es la contaminación ambiental. Para eso fuimos, y creo que todos salimos conformes porque lo que vimos era favorable para nuestro medio.

Hay dos elementos de contaminación: unos que van al agua y otros al aire. Los que van al aire también son dos: uno es un pequeño polvo y otro, que tiene un olor similar al del repollo, que se manifiesta alrededor de la fábrica en una distancia -de acuerdo con los vientos- de 5 kilómetros.

La fábrica, además de producir tablas para hacer muebles, parqué flotante, etcétera, genera electricidad, por los gases que emanan de la combustión. La electricidad se utiliza para que la fábrica trabaje y, además, para incluirla en la red de España. Para dar una idea de lo que produce la fábrica -que de alguna forma manifiesta la dimensión que tiene- se dice que la generación de electricidad para el exterior, en base a turbinas que son movidas por el vapor y por los gases que surgen de la combustión de los elementos de la biomasa, es capaz de alimentar una población de 140.000 habitantes. Esto da la idea de que es algo enorme.

Es muy difícil hablar de algo tan importante en poco tiempo.

Quienes hicimos esa visita somos conscientes de que todo eso es algo positivo. Para volcar el conocimiento a quien quiera saber más sobre el tema, estoy dispuesto a proporcionar todo el material que sea posible -seguramente también lo esté el señor Diputado Castromán Rodríguez-, a fin de tratar de traer a nuestro país una industria que debemos considerar que es de futuro y de bienestar para toda la gente.

Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a la ingeniera Rosario Pou, a la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente, y a la Intendencia Municipal y la Junta Departamental de Río Negro.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Se va a votar el trámite solicitado.

(Se vota)

——Cuarenta y ocho en cuarenta y nueve: AFIRMATIVA.

8.-     Generación de fuentes de trabajo a través de la inversión en creaciones culturales.

Tiene la palabra el señor Diputado Legnani.

SEÑOR LEGNANI.- Señor Presidente: queremos referirnos a una noticia publicada en el día de hoy, sobre la que no teníamos información previa, pero que consideramos de suma gravedad.

En la prensa vemos los éxitos que, a nivel internacional, cada poco tiempo están cosechando creaciones culturales uruguayas en el ámbito de los audiovisuales. Conocemos la experiencia directa de lo sucedido en Santa Lucía, cuando durante más de una semana se filmó la película "El faro", pues pudimos apreciar la cantidad de puestos de trabajo generados y la entrada de dinero que eso ocasionó debido a la utilización de los servicios de la localidad.

En tal sentido, hay un estudio realizado en 1996 -si no recuerdo mal- por el CIEDUR, en convenio con el Departamento de Cultura de la Intendencia Municipal de Montevideo -que debería ser más publicitado-, intitulado "La cultura da trabajo". Se trata de un estudio que analiza cómo la creación cultural, en sus diversos aspectos, genera importantes fuentes de trabajo. Tal vez la actividad cultural...

(Murmullos.- Campana de orden)

——Estamos tratando de dejar consignado en la versión taquigráfica que frente a la gravedad de la angustia que viven miles de uruguayos -muchos de los cuales tienen que optar entre revolver tachos de basura o irse del país-, existiría la posibilidad de generar importante cantidad de fuentes de trabajo a partir de la inversión en creaciones culturales. Reitero que hay estudios en tal sentido, por ejemplo el realizado por el CIEDUR, "La cultura da trabajo".

Hoy nos enteramos de que el fondo destinado a la cultura, el FONA, se está quedando sin recursos, pues quienes tienen que aportar a él están viviendo la situación crítica por la que está atravesando el país desde el punto de vista económico, y se anuncia que va a tener que recortar muchos aspectos de los proyectos que estaba llevando a cabo.

Entendemos que esto justifica, más allá de los partidarismos políticos, que este sea un punto de encuentro donde podamos hallarnos todos los uruguayos para hacer el máximo esfuerzo posible a efectos de realimentar los aportes a este fondo. Bienvenido sea, si es posible, seguir distribuyéndolo con un criterio equitativo para que todos los uruguayos desarrollen las creaciones culturales y puedan enfrentar las situaciones críticas que a cada uno le toca vivir.

Solicito que la versión taquigráfica de mi exposición sea enviada a quienes instrumentaron los acuerdos que han hecho posible el FONA, a los Ministerios de Educación y Cultura y de Economía y Finanzas, al Departamento de Cultura de la Intendencia Municipal de Montevideo y al CIEDUR.

Era cuanto quería decir.

Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Se va a votar el trámite solicitado.

(Se vota)

——Cuarenta y nueve en cincuenta y uno: AFIRMATIVA.

9.-     Incumplimiento de convenios para la realización de obras en locales de la ANEP y postergación de la entrega de viviendas del SIAV en el departamento de Rocha.

Tiene la palabra el señor Diputado Barrios.

SEÑOR BARRIOS.- Señor Presidente: en el departamento de Rocha se han producido dos hechos, uno hace uno o dos meses y el otro hace quince días. Se trata de acontecimientos vinculados con decisiones anunciadas por diferentes Secretarías de Estado, en un caso por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, conjuntamente con el CODICEN, y en el otro por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

Hace dos meses se anunció, y tuvo mucha difusión por la prensa, que después de un año de reclamaciones, en el departamento se iban a suscribir los convenios para realizar obras con fondos provenientes de la venta de la terminal de contenedores. Desde luego que esta noticia se recibió con mucha alegría, sobre todo por las escuelas y centros de enseñanza que están necesitando esas obras.

La primera desilusión fue cuando nos enteramos de que, de los US$ 800.000 que originalmente se dijo que se habían destinado para obras en el departamento de Rocha, los convenios que se iban a suscribir alcanzarían solo a US$ 170.000, es decir que referían a obras menores. Quiero hacer una acotación anecdótica: para suscribir esos convenios fue una delegación, en una caravana de vehículos; seguramente, la suma de los valores de esos coches era mucho más alta que el valor de los convenios que se firmarían.

Entonces, hubo una primera etapa de congratulación porque se firmaban los convenios y porque, aparentemente, se iniciarían las obras. Esto ocurrió en agosto, y entiendo importante mencionar el mes en que sucedió porque tiene relación con lo que diré más adelante.

Pasaron los días, pasaron los días, pasaron los días; no se iniciaron las obras y se empezó a investigar. Trascendió que los fondos prometidos habían sido depositados en una cuenta a plazo fijo en el Banco Hipotecario y habían quedado retenidos en virtud de la ley de reprogramación. ¿Por qué recalco que la firma de los convenios se realizó en agosto, o quizás en setiembre? Porque la ley de reprogramación ya se había aprobado y, por lo tanto, las autoridades que firmaron esos convenios ya sabían que en definitiva estaban engañando a los beneficiarios -es decir, a quienes trabajan en esos centros de enseñanza y a los estudiantes- porque no se iban a poder realizar las obras, en tanto los fondos no están disponibles por estar acorralados.

El otro hecho al que quiero referirme sucedió hace aproximadamente dos semanas. Se anunció la inauguración y la entrega de llaves de 34 ó 38 viviendas del SIAV. Esto se viene esperando desde hace mucho tiempo. Fue una construcción accidentada, ya que en determinado momento la empresa suspendió las obras durante varios meses porque no le pagaban las facturas; luego reinició los trabajos y ahora las viviendas están terminadas y se anunció su entrega. Los futuros ocupantes de ellas prepararon todo para dejar los lugares donde están alquilando porque, desde luego, ninguno es propietario; todos son de muy bajos recursos. Algunos hasta llegaron a dejar la vivienda en la que residían y tenían la mudanza pronta porque al día siguiente iban a ocupar. Y en la noche anterior a la inauguración de las viviendas o, inclusive, en la mañana del día indicado para ella, se anunció -yo recibí una llamada telefónica en el despacho, supongo que al igual que los demás legisladores- que se había suspendido la inauguración. Suponíamos que se trataba de una cuestión temporaria, que el Ministro que iba a concurrir habría tenido algún inconveniente. Pero ¿cuál es la sorpresa? Transcurridos algunos días, se empieza a investigar cuál es la causa y resulta que las viviendas no habían sido entregadas por la empresa constructora porque faltaba pagar uno o dos certificados, lo cual significa alrededor del 10% del valor de la obra.

Nos parece que aquí hay dos actitudes a reprobar. Una, sin ninguna duda, la de la empresa, que es una de las que más trabajan con el Ministerio, porque seguramente su facturación y lo que ha recibido es mucho más que ese 10% que le deben y, además, porque tiene como garantía las viviendas, ya que, según el régimen que utiliza el Ministerio, recién son escrituradas a su favor una vez que se completa el pago.

Pero la más grave es la actitud del Ministerio, que genera toda esta expectativa, que anuncia a los futuros beneficiarios que van a recibir las viviendas y les hace adoptar decisiones, sabiendo que no había pagado -evidentemente, tenían que saberlo veinticuatro, cuarenta y ocho horas o una semana antes- y que la empresa no iba a entregar.

Por las razones que son de conocimiento, por el cambio que ha habido en el Ministerio, en estos días no hemos logrado obtener información concreta de cuándo se realizará el pago y de qué gestiones está realizando esa Cartera para solucionar el problema, pero esta gente ha sido puesta en una situación muy grave y hay que buscarle una solución de cualquier manera.

Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a los Ministerios de Transporte y Obras Públicas y de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a la Administración Nacional de Educación Pública y a la Junta Departamental de Rocha.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Se va a votar el trámite solicitado.

(Se vota)

——Cincuenta y cuatro en cincuenta y siete: AFIRMATIVA.

Ha finalizado la media hora previa.

10.-     Licencias.

Integración de la Cámara.

Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo.

(Se lee:)

"La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia:

Del señor Representante Brum Canet, por motivos personales, inciso tercero del artículo único de la Ley Nº 16.465, por el día 12 de noviembre de 2002, convocándose al suplente correspondiente siguiente, señor Jorge Patrone.

Del señor Representante Carlos Pita, en virtud de obligaciones notorias inherentes a su representación política, literal C) del artículo único de la Ley Nº 16.465, para concurrir a los Estados Unidos de América, invitado por el Departamento de Prensa y Cultura, viaje este que no genera gastos al Cuerpo, por el período comprendido entre los días 16 de noviembre y 1º de diciembre de 2002, convocándose, al suplente correspondiente siguiente, señor Álvaro Pérez.

De la señora Representante Lucía Topolansky, por motivos personales, inciso tercero del artículo único de la Ley Nº 16.465, por el período comprendido entre los días 18 y 29 de noviembre de 2002, convocándose al suplente correspondiente siguiente, señor José Zapata.

Del señor Representante Daniel García Pintos, por motivos personales, inciso tercero del artículo único de la Ley Nº 16.465, por el período comprendido entre los días 12 y 13 de noviembre de 2002, convocándose al suplente correspondiente siguiente, señor Roberto Bagalciague".

——En discusión.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota)

——Sesenta y cinco en setenta: AFIRMATIVA.

Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas.

(ANTECEDENTES:)

"Montevideo, 12 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Por la presente me dirijo a usted para solicitar licencia por el día de la fecha, por motivos personales.

Sin más saluda atentamente,

BRUM CANET
Representante por Montevideo".

"Montevideo, 12 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Habiendo sido convocado por ese Cuerpo, en mi calidad de suplente por el Representante Nacional Brum Canet, comunico mi renuncia por esta única vez, solicitando la convocatoria de mi suplente correspondiente.

Sin otro particular, saludo al Sr. Presidente muy atentamente,

Daniel Mesa".

"Comisión de Asuntos Internos

VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Montevideo, Brum Canet.

CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 12 de noviembre de 2002.

II) Que, por esta vez, no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente correspondiente siguiente, señor Daniel Mesa.

ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, por el inciso tercero del artículo único de la Ley Nº 16.465, de 14 de enero de 1994, y en el artículo tercero de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945.

La Cámara de Representantes,

R E S U E L V E :

1) Concédese licencia por motivos personales por el día 12 de noviembre de 2002, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Brum Canet.

2) Acéptase la negativa que, por esta vez, ha presentado el suplente correspondiente siguiente, señor Daniel Mesa.

3) Convóquese por Secretaría, por el día 12 de noviembre de 2002, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121 del Lema Partido Encuentro Progresista-Frente Amplio, señor Jorge Patrone.

Sala de la Comisión, 12 de noviembre de 2002.

DAISY TOURNÉ, JORGE CHÁPPER TABARÉ HACKENBRUCH".

"Montevideo, 12 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Por intermedio de la presente solicito a Ud. se me conceda licencia desde el 16 del corriente al 1º de diciembre de 2002, motiva la misma la invitación por parte del Gobierno de los Estados Unidos de América a visitar los Estados Unidos. Asimismo solicito se proceda a la convocatoria del suplente respectivo.

Sin otro particular, saludo a Ud. muy atentamente.

CARLOS PITA
Representante Montevideo".

"Montevideo, 12 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

En virtud de la solicitud de licencia cursada por el Sr. Representante Nacional, Dr. Carlos Pita, manifiesto a Ud. que por esta única vez no acepto la convocatoria de que he sido objeto.

Sin otro particular, saludo al Sr. Presidente muy atentamente.

Gonzalo Reboledo".

"Comisión de Asuntos Internos

VISTO: La solicitud de licencia del señor Representante por el departamento de Montevideo, Carlos Pita, para viajar al exterior, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, invitado por el Departamento de Prensa y Cultura de los Estados Unidos de América.

CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 16 de noviembre y 1º de diciembre de 2002.

II) Que por esta vez no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente correspondiente siguiente, señor Gonzalo Reboledo.

ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en el literal C), en el artículo tercero de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, y en el inciso tercero del artículo único de la Ley Nº 16.465, de 14 de enero de 1994.

La Cámara de Representantes,

R E S U E L V E :

1) Concédese licencia al señor Representante por el departamento de Montevideo, Carlos Pita, por el período comprendido entre los días 16 de noviembre y 1º de diciembre de 2002, en virtud de obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política, para viajar a los Estados Unidos de América invitado por el Departamento de Prensa y Cultura.

2) Acéptase por esta única vez, la negativa presentada por el suplente correspondiente siguiente, señor Gonzalo Reboledo.

3) Convóquese para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 90 del Lema Partido Encuentro Progresista - Frente Amplio, señor Álvaro Pérez.

Sala de la Comisión, 12 de noviembre de 2002.

DAISY TOURNÉ, JORGE CHÁPPER, TABARÉ HACKENBRUCH".

"Montevideo, 12 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi consideración:

Por intermedio de la presente solicito al Cuerpo que usted preside, me conceda licencia por motivos personales (numeral 3º del artículo único de la Ley Nº 16.465) desde el día 18 y hasta el día 29 del corriente mes, inclusive.

Sin otro particular, saluda a Ud. atentamente.

LUCÍA TOPOLANSKY
Representante por Montevideo".

"Comisión de Asuntos Internos

VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales de la señora Representante por el departamento de Montevideo, Lucía Topolansky.

CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 18 y 29 de noviembre de 2002.

ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, y por el inciso tercero del artículo único de la Ley Nº 16.465, de 14 de enero de 1994.

La Cámara de Representantes,

R E S U E L V E :

1) Concédese licencia por motivos personales por el período comprendido entre los días 18 y 29 noviembre de 2002, a la señora Representante por el departamento de Montevideo, Lucía Topolansky.

2) Convóquese por Secretaría, por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 609 del Lema Partido Encuentro Progresista-Frente Amplio, señor José Zapata.

Sala de la Comisión, 12 de noviembre de 2002.

DAISY TOURNÉ, JORGE CHÁPPER TABARÉ HACKENBRUCH".

"Montevideo, 12 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Tengo el agrado de dirigirme a usted a efectos de solicitar a ese Cuerpo, se me conceda licencia por los días 12 y 13 de los corrientes, por motivos de índole particular.

Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente.

DANIEL GARCÍA PINTOS
Representante por Montevideo".

"Montevideo, 12 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.
Presente.

Habiendo sido convocado para integrar ese Cuerpo , en mi calidad de suplente del Representante Daniel García Pintos en los días 12 y 13 de los corrientes, comunico a usted que por esta vez no acepto dicha convocatoria.

Saluda a Ud. atentamente.

Yamandú Flangini".

"Comisión de Asuntos Internos

VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Montevideo, Daniel García Pintos.

CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el período comprendido entre los días 12 y 13 de noviembre de 2002.

II) Que, por esta vez, no acepta la convocatoria de que ha sido objeto el suplente correspondiente siguiente, señor Yamandú Flangini.

ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, en el artículo tercero de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945, y por el inciso tercero del artículo único de la Ley Nº 16.465, de 14 de enero de 1994.

La Cámara de Representantes,

R E S U E L V E :

1) Concédese licencia por motivos personales por el período comprendido entre los días 12 y 13 de noviembre de 2002, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Daniel García Pintos.

2) Acéptase la negativa que, por esta vez, ha presentado el suplente correspondiente siguiente, señor Yamandú Flangini.

3) Convóquese por Secretaría para integrar la referida representación por el mencionado lapso, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 15 del Lema Partido Colorado, señor Roberto Bagalciague.

Sala de la Comisión, 12 de noviembre de 2002.

DAISY TOURNÉ, JORGE CHÁPPER, TABARÉ HACKENBRUCH".

11.-     Aplazamiento.

——Se entra al orden del día.

Dese cuenta de una moción de orden presentada por la señora Diputada Topolansky y los señores Diputados Máspoli Bianchi y Berois Quinteros.

(Se lee:)

"Mocionamos para que se aplace la consideración del primer punto del orden del día".

——En discusión.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota)

——Setenta en setenta y uno: AFIRMATIVA.

12.-      Urgencias.

Dese cuenta de una moción de urgencia presentada por la señora Diputada Topolansky y los señores Diputados Máspoli Bianchi, Ronald Pais y Berois Quinteros.

(Se lee:)

"Mocionamos para que se declare urgente y se considere de inmediato el asunto relativo a: 'Fortalecimiento del Banco Hipotecario del Uruguay. (Normas)'".

——Se va a votar.

(Se vota)

——Setenta en setenta y tres: AFIRMATIVA.

13.-      Fortalecimiento del Banco Hipotecario del Uruguay. (Normas).

De acuerdo con lo resuelto por la Cámara, se pasa a considerar el asunto relativo a: "Fortalecimiento del Banco Hipotecario del Uruguay (Normas)".

El asunto estaba en discusión general.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se pasa a la discusión particular.

(Se vota)

——Cincuenta en setenta y cuatro: AFIRMATIVA.

SEÑOR AGAZZI.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR AGAZZI.- Señor Presidente: después de haber oído toda la discusión, tengo la convicción de que la propuesta que incluye el proyecto de ley que se ha votado en general no es una solución frente al diagnóstico que se hace. No queda claro qué pasó con esta institución, que ni siquiera pudo ser auditada por la poderosa KPMG.

En realidad, lo que le pasó al Banco Hipotecario es que no resistió la mala administración, la pésima gestión ni el clientelismo. En consecuencia, hemos invertido unas cuantas horas en buscar una racionalidad y una explicación a este proyecto de debilitamiento -según ha sido fundamentado-, cuando hace ya meses que han sido firmados por nuestro Ministro de Economía y Finanzas la carta de intención con el Fondo Monetario Internacional y los compromisos con el Banco Mundial. No sé en dónde está la racionalidad de buscar una explicación a lo que pasó, cuando ya estaba decidido lo que íbamos a hacer. Francamente, siento que en esta búsqueda de racionalidad hemos perdido el tiempo. Y me pregunto si se necesita una nueva ley para mejorar el Banco Hipotecario, si eso nos va a vacunar contra lo que pasó. Con la solución propuesta no se salva el Banco Hipotecario, porque no hay ley que lo salve.

Considero que los compromisos que hemos firmado como país y este proyecto de ley no son los adecuados; son respuestas foráneas, son las propuestas de quienes tienen una visión de libro de nuestra economía. Creo que si se propone una salida de este tipo para los entes debilitados, para nuestros organismos estatales, en muchos de los cuales hay problemas similares, el punto focal es tender a la nada. Si eliminamos un órgano, un organismo o cerramos una institución del Estado fundida, no sé adónde vamos.

Quiero decir que voto en contra porque, a mi juicio, este no es un error, sino una posición interesada. Creo que esto está dirigido por quienes plantean eliminar la distorsión de la banca pública para mejor éxito de sus negocios, en el marco de la todopoderosa ley del mercado.

Como creo en los entes públicos al servicio de la población y en el fortalecimiento de ellos, he votado en contra de este proyecto de ley.

SEÑOR ARREGUI.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR ARREGUI.- Señor Presidente: hemos votado negativamente este proyecto de ley. No quisimos hacer uso de la palabra para no reiterar argumentos, pero queremos dejar constancia de nuestra discrepancia total, pues con este proyecto se va a terminar de eliminar el rol de fomento de la construcción que tiene el Banco Hipotecario. Advertimos que este proyecto de ley va a terminar afectando la operativa del Banco Hipotecario de tal forma que no tenemos dudas en repetir lo que ya se ha manifestado: esto conduce a la liquidación de este organismo financiero que estaba al servicio de la vivienda.

También discrepamos notablemente con la securitización de las carteras que se va a llevar a cabo porque, en definitiva, los deudores en dólares van a terminar debiendo no se sabe a quién y, evidentemente, con muchas menos contemplaciones ante situaciones difíciles que las que puede tener el Banco Hipotecario.

Asimismo, discrepamos con la autorización para descontar de los recibos de sueldos, tanto de los funcionarios públicos como de los trabajadores privados, las cuotas correspondientes, y coincidimos con los análisis que aquí se han hecho en el sentido de que el Banco Hipotecario llega a esta situación por el clientelismo, por el despilfarro y -agrego- por la falta de controles que ha habido en la construcción de los edificios cuyo financiamiento ha estado a cargo del organismo.

Además, agregamos que el descalce producido en esta institución financiera es también una consecuencia más del atraso cambiario. Evidentemente, era imposible que las administraciones del Banco Hipotecario tomasen dinero en pesos, porque el atraso cambiario no seducía a quienes allí podían depositar dinero en esta moneda. Así es que tuvieron que terminar recogiendo ahorros en dólares y prestando en otro tipo de moneda, lo que contribuyó al descalce que aquí se ha mencionado.

Por todas estas razones, dejamos constancia de nuestro voto negativo.

SEÑORA BARREIRO.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra la señora Diputada.

SEÑORA BARREIRO.- Señor Presidente: como fundamento de voto quiero decir lo que me quedó pendiente en cuanto a qué Banco Hipotecario es el que queremos preservar.

Nos interesaría volver al Banco Hipotecario de la ley de 1968, transformándolo en una herramienta financiera del Plan Nacional de Vivienda, reimplantando la cuenta de subsidios creada por aquella ley, que era la que permitía que los números cerraran y los descalces desaparecieran y cuya utilización debe decidir el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y administrar el Banco Hipotecario. La relación entre ambos debe ser de cooperación y complementación. Queremos una herramienta financiera para promover planes de vivienda para todos los sectores, incluidos los atendidos por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Hablamos de un ente capaz de recaudar y administrar los recursos del Fondo Nacional de Vivienda, que deben salir de la órbita del Ministerio de Economía y Finanzas y ser destinados al fin previsto en la ley. Queremos una institución que siga captando el ahorro nacional para su reinserción en vivienda dentro del país.

El Banco Hipotecario, con el dinero que se dice que hay debajo de los colchones, con lo que se le ha quitado de plazos fijos, cajas de ahorro y cuentas corrientes, podría instrumentar una política seria de vivienda según lo que planifique el Ministerio, que actuaría como puntapié de reactivación de nuestra economía.

Queremos una institución que recupere el prestigio que la liga a la mejor historia de nuestro país, que es un referente de la población y ha permitido el acceso a la vivienda a 300.000 uruguayos.

Por lo tanto, es importante recuperar la imagen del Banco, cambiando la forma de designación de su Directorio, proponiendo personas idóneas que cuenten con el consenso de toda la ciudadanía por su trayectoria transparente, tanto pública como privada.

Estos mismos conceptos fueron manejados en talleres organizados el pasado 26 de octubre por los trabajadores del Banco, en los que hubo consenso en dotar de cristalinidad a la gestión, cambiar la cultura y proceder a un recambio de todos los cargos jerárquicos, realizándose concurso para proveerlos. Concluyeron que, necesariamente, hay que aprovechar los escasos recursos para llevar una planificación ajustada, conciliando la necesidad de fomentar la construcción con la direccionalidad hacia aquellos sectores más desprotegidos que, como consecuencia de las políticas económicas, han pasado a engrosar los asentamientos precarios.

Por lo tanto, decimos que no hemos votado en general este proyecto de ley porque no coincidimos con su filosofía.

SEÑOR MOLINELLI.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR MOLINELLI.- Señor Presidente: he votado afirmativamente este proyecto de ley por las razones expuestas en Sala por quienes lo defendieron e, inclusive, por algunos que se opusieron. Realmente, se trata de una ayuda. Aquí se habló de muleta, pero en definitiva es una ayuda para que el Banco Hipotecario pueda tener instrumentos legales que le permitan salir de la situación patrimonial tan difícil por la que atraviesa.

Durante el análisis de este proyecto se habló mucho de la gestión y de la administración de los distintos Directorios del Banco Hipotecario. Sin lugar a dudas, el Parlamento puede controlarlos, porque tiene atribuciones para ejercer ese control sobre los organismos públicos y también sobre el Poder Ejecutivo. Sin embargo, muchas veces no se analizaron a fondo los artículos de este proyecto de ley, a fin de ver si constituye un instrumento para que el Banco pueda sobrepasar esta difícil situación.

También se soslayaron las grandes pérdidas que la acción social ocasionó al Banco. Asimismo, se soslayó algo que también es muy importante: a partir de la ley de 1992, que modificó aquella ley de vivienda de 1968, se establecieron las funciones del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente en todo lo referente a la construcción con sentido social y al SIAV. Entonces, se determinó con claridad la acción social del Poder Ejecutivo en el sector de vivienda pública a través del Ministerio y se dispuso que el Banco continuara fomentando la construcción de viviendas para aquellas familias con ingresos superiores a las 60 UR. Por lo tanto, las pérdidas anteriores hubo que absorberlas y este fue un factor importante que también se soslayó.

Por estas razones, hemos votado a favor de este proyecto de ley, entendiendo que damos un paso para ayudar al Banco a salir de esta difícil situación patrimonial en la cual se encuentra.

SEÑOR LEV.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR LEV.- Señor Presidente: realmente, como habíamos planteado, este proyecto de ley no explica las causas que llevaron a esta situación del Banco Hipotecario: una pésima actuación político-administrativa, las concesiones de créditos por amiguismo y clientelismo político, el hecho de favorecer a los amigos del poder en lugar de administrar con transparencia, como corresponde a un ente del Estado.

Querer justificar este fracaso del Banco Hipotecario por las políticas sociales es hacer la política del avestruz. La opinión pública y la ciudadanía, que hoy está sufriendo la peor crisis de la historia, no entienden cómo se siguen haciendo injustificados contratos de arrendamiento de obra, ya que con el propio personal del Banco Hipotecario se pueden realizar dichos trabajos. La ciudadanía, que está empobrecida, que está desocupada y que emigra, no entiende que no haya habido la mínima actitud de autocrítica y de rectificación de rumbos equivocados que han llevado a esta situación del Banco Hipotecario.

Es más, señor Presidente, el economista Porto, en su libro "Uruguay 2002.- Para entender la crisis bancaria", dice en la página 74: "[...] otro gran problema del BHU es la alta morosidad que tiene su cartera. Los problemas de morosidad se pueden deber a diferentes causas, internas como por ejemplo planificación, análisis del riesgo, seguimiento, recuperación, etcétera; o externas como por ejemplo caída en los ingresos reales de los deudores, etcétera.- La propuesta acordada con el BM intenta minimizar los problemas de recuperación, en la medida que al ser securitizada la cartera, si el BHU no ejecuta las garantías hipotecarias quien securitizó lo hará. Pero si no se corrige todo el proceso de crédito, la securitización será sumamente onerosa para el BHU pues los agentes que financien al BHU se querrán cubrir del riesgo asociado a la mala gestión del riesgo crediticio que históricamente ha realizado el BHU. A los efectos de resolver este problema, el gobierno se compromete a un nuevo Manual de Créditos acorde a la nueva realidad del BHU.- El rediseño del proceso de créditos, el rediseño de todos los procesos del BHU dado el 'achique' comprometido, los cambios informáticos relacionados al nuevo proyecto de BHU, el plan de incentivos para el retiro de funcionarios, y el programa de capacitación de funcionarios que queden en el nuevo BHU deberá estar implementado en 12 meses. Poco serio". Por eso estamos en contra: porque es poco serio; porque se hacen cosas sin informar al Parlamento; porque no se llega al fondo en el diagnóstico de las causas que se han llevado a este Banco Hipotecario. Por eso votamos en contra.

SEÑORA CASTRO.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra la señora Diputada.

SEÑORA CASTRO.- Señor Presidente: en realidad, optamos por no intervenir en la discusión general porque coincidíamos con muchísimos de los planteos de compañeras y compañeros de la bancada. Sin embargo, no queremos dejar pasar esta oportunidad sin plantear algunos de los temas por los cuales nos oponemos a este proyecto de ley. Para no reiterar, señalamos brevemente que coincidimos con la fundamentación del señor Diputado Agazzi, pero queremos agregar alguna otra reflexión.

Somos de quienes piensan que los problemas semánticos son también problemas políticos. Alguien hoy se refirió a esta invasión de proyectos de fortalecimiento, cuando en realidad lo que se intenta -probablemente, por cómo van las votaciones y las correlaciones de votos en esta Cámara- es terminar de matar al Banco Hipotecario. Entonces, uno se plantea el dilema -es uno de las razones por las cuales he votado en contra- de qué significa fortalecer para quienes lo proponen, o sea, en este caso, para el Poder Ejecutivo. Capaz que lo que se quiere fortalecer es el tipo de gestión con elementos de posible corrupción a investigar, pero sí, ciertamente, de mala administración. Capaz que esa es la direccionalidad. Entonces, como puedo presumir que no ha habido oportunidades para que se desarrollaran investigaciones a fondo en ese sentido, también puedo presumir que esa es una intencionalidad.

El otro aspecto por el cual votamos en contra es que realmente vivimos en esta Cámara -lo he dicho en otras oportunidades- momentos de impunidad. Hace cinco o seis años a nadie se le hubiera ocurrido defender con tal vehemencia, desde las esferas del Poder Ejecutivo y de las mayorías parlamentarias, lo que mandatan y condicionan para nuestro país, como una imposición cierta, el Fondo Monetario Internacional u otro organismo multilateral de crédito. Ahora estamos en una etapa que tiene de bueno el sinceramiento de la verdad política, pero que tiene de pésimo la profundización de la sujeción.

La tercera causa -para mí este no es un elemento poco importante- es que en la campaña electoral previa a nuestra elección coincidí en algunos departamentos del interior con muchos de los colegas que están aquí y vi que algunos de ellos y algunas de ellas concurrían a asentamientos o a lugares pobres y alejados de los centros capitales. Allí había carteles e inclusive prácticas concretas. Conocí a vecinos de esos lugares que me decían: "Somos beneficiarios de chapas, bloques, cemento, arena y pedregullo". Era un planteo previo, en la campaña electoral, y después se desarrollarían las políticas de vivienda. La verdad, colegas, les digo que si esto sigue así, la próxima campaña electoral los encontrará -si siguen estando- teniendo que llevar muchas más chapas, porque la demanda de los planes de vivienda va a ser mucho más abultada. Lo que esperamos es que, en definitiva, podamos llevar adelante políticas de vivienda bajo otra Administración, que tengan un sentido social real y veraz.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- A solicitud de la señora Diputada Villalba, se va a votar la rectificación de la votación del pase a la discusión particular.

(Se vota)

——Cincuenta y uno en noventa y seis: AFIRMATIVA.

SEÑOR PONCE DE LEÓN.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR PONCE DE LEÓN.- Señor Presidente: no hicimos uso de la palabra en la discusión general, pero queremos por este mecanismo dejar claros dos conceptos.

El primero es que nos tememos -ojalá nos equivoquemos- que esta iniciativa en última instancia recortará -como han dicho muchos compañeros en cuya fundamentación nos sentimos expresados, y como señaló en particular la señora Diputada Percovich en nombre de nuestro sector-, la política de vivienda del país.

En segundo lugar, no hemos querido introducir en la discusión, salvo en consideraciones que se hicieron con carácter general, los aspectos particulares relativos a la gestión de las actuales autoridades del Banco Hipotecario. Suponemos que la nueva ley determinará nuevas situaciones, y simplemente queremos dejar salvado el hecho de que, llegado el caso, seguiremos actuando en torno a responsabilidades sobre las que en otro momento nos hemos manifestado en Sala. En este caso no parecía pertinente mezclarlos con la discusión específica del tema.

SEÑOR DÍAZ.- ¡Que se rectifique la votación!

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Se va a rectificar nuevamente la votación del pase a la discusión particular.

(Se vota)

——Cincuenta en noventa y cuatro: AFIRMATIVA.

VARIOS SEÑORES REPRESENTANTES.- ¡Que se rectifique la votación!

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Se va a rectificar por última vez la votación.

(Se vota)

——Cincuenta y uno en noventa y seis: AFIRMATIVA.

14.-     Comisión Preinvestigadora.

Dese cuenta de una solicitud formulada por el señor Diputado Pablo Mieres.

(Se lee:)

"Montevideo, 12 de noviembre de 2002.- Diputado Guillermo Álvarez. Presidente de la Cámara de Representantes. Presente. Por la presente me dirijo a Ud. a efectos de solicitar la conformación de una Comisión Investigadora, según lo dispuesto por el artículo 120 de la Constitución de la República, por la Ley Nº 16.698 y por los artículos 117 y 118 del Reglamento de la Cámara de Representantes, referida a la gestión de la Corporación Nacional para el Desarrollo con respecto a los siguientes aspectos: 1. El análisis de la pérdida patrimonial sufrida por esta entidad desde su creación hasta el año 1999.- 2. Las razones por las que la Corporación Nacional para el Desarrollo se sustrajo durante una década al contralor directo del Tribunal de Cuentas. 3. La evaluación de los resultados de las sucesivas auditorías externas a las que fue sometida la Corporación Nacional para el Desarrollo desde su creación hasta 1999.- 4. El análisis de las inversiones realizadas por la Corporación Nacional para el Desarrollo en empresas productivas, incluyendo los criterios de selección, la evolución de la gestión y los resultados obtenidos en cada uno de los emprendimientos. 5. El análisis de la gestión realizada por la Corporación Nacional para el Desarrollo con respecto a las líneas de crédito de apoyo a las micro y pequeñas empresas que gestionó entre 1994 y 1999.- Sin otro particular, lo saluda cordialmente: Pablo Mieres, Representante por Montevideo".

——La Mesa da cuenta de que la Comisión Preinvestigadora estará integrada por los señores Representantes Perdomo, Pandolfo y Bergstein.

15.-     Fortalecimiento del Banco Hipotecario del Uruguay. (Normas).

Continúa la consideración del asunto en debate.

En discusión particular.

Léase el artículo 1º.

SEÑOR PENADÉS.- ¡Que se suprima la lectura de todos los artículos!

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- No es posible, señor Diputado, porque hay modificaciones en el artículo 1º.

Léase el artículo 1º.

(Se lee:)

"Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 18 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), Ley Nº 5.343, de 22 de octubre de 1915 y sus modificativas, por el siguiente: 'ARTÍCULO 18.- El Banco Hipotecario del Uruguay actuará como institución financiera especializada en el crédito hipotecario, para facilitar el acceso a la vivienda.- Las operaciones del Banco serán las siguientes: A) Otorgar préstamos a personas físicas, para la adquisición, construcción o refacción de vivienda propia, con garantía hipotecaria.- El Banco Hipotecario del Uruguay, en acuerdo con el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, podrá otorgar créditos hipotecarios complementarios al subsidio que otorgue el mencionado Ministerio para la construcción de viviendas.- B) Realizar las operaciones financieras relativas al objeto previsto en esta ley, de acuerdo a las normas bancocentralistas.- C) Vender, permutar y adquirir propiedades en el proceso de recuperación de créditos.- D) Prestar servicios de locación de cajas de seguridad, cobranza, guarda y administración de valores de terceros.- E) Disponer, si lo estima conveniente, que se retengan de los sueldos o pasividades el importe del servicio o de los intereses de préstamos, a los deudores que se beneficien por las líneas de crédito hipotecario. A tal efecto, mientras el prestatario perciba sueldo, jubilación o pensión, la oficina, institución o empresa encargada de abonar dicho sueldo, jubilación o pensión, retendrá mensualmente de su importe la cuota correspondiente a la operación realizada, y la entregará al Banco Hipotecario del Uruguay dentro de los cinco días de la fecha del respectivo pago. A los efectos de lo dispuesto precedentemente se deberá dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 1º de la Ley Nº 17.062, de 24 de diciembre de 1998.- Bastará para ello que el pedido de retención le sea dirigido por el Banco Hipotecario del Uruguay. En el caso de los obreros a jornal, las retenciones se harán proporcionalmente a la forma de pago, sea éste semanal o quincenal; en la forma establecida en el inciso anterior, si es mensual. La retención dispuesta por el Banco tendrá preferencia sobre cualquier otro descuento ordenado por terceros, con la única excepción de los descuentos legales y retenciones judiciales. El incumplimiento de los empleadores privados de verter el monto retenido será sancionado con una multa cuyo importe será entre uno y tres veces el monto correspondiente de la retención.- F) Captar depósitos del público mediante el sistema de ahorro previo, de acuerdo con la normativa bancocentralista.- G) Invertir los fondos disponibles en depósitos en el Banco Central del Uruguay (BCU), depósitos en Bancos públicos y privados, en títulos del Gobierno Central y en títulos emitidos por el Banco Central del Uruguay, de acuerdo con las disposiciones previstas en la normativa bancocentralista.- H) Prestar, a título oneroso, los servicios de asesoramiento relativos a la especialidad técnica del Banco Hipotecario del Uruguay, en los términos previstos en el artículo 271 de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero de 1994'".

——En discusión.

SEÑOR PERDOMO.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR PERDOMO.- Señor Presidente: nuestro sector, Alianza Nacional, va a solicitar el desglose del literal E) del artículo 1º para que sea discutido y luego votado por separado.

SEÑOR MELGAREJO.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR MELGAREJO.- Señor Presidente: no votamos el proyecto en general y solamente vamos a votar el último artículo. Otros compañeros ya adelantaron la razón.

Queremos referirnos al artículo 1º para señalar el cambio radical entre el proyecto de ley de fortalecimiento del Banco Hipotecario que ha sido aprobado...

(Murmullos.- Campana de orden)

——Gracias, señor Presidente.

En su primer artículo, el proyecto establece que se sustituye el artículo 18 de la Carta Orgánica del organismo -Ley Nº 5.343, de 22 de octubre de 1915, y sus modificativas- por un nuevo texto que expresa: "El Banco Hipotecario del Uruguay actuará como institución financiera especializada en el crédito hipotecario, para facilitar el acceso a la vivienda". Por su parte, el artículo que se sustituye dice -veamos la profundidad del cambio-: "El Banco Hipotecario podrá realizar todas las actividades propias de un Banco especializado en el crédito hipotecario y las que correspondan a un Banco de fomento de la industria de la construcción y de la vivienda". Claramente, se borra de un plumazo el tema del fomento a la industria de la construcción.

Hoy tratábamos de ejemplificar la realidad de este país estableciendo que este proyecto que, supuestamente, es para fortalecer un banco, borra de un plumazo nada más y nada menos que el fomento a la industria de la construcción. Entonces, ni siquiera entendemos el país en el que vivimos.

Esto sigue señalando muy claramente que se trata pura y exclusivamente de seguir a pie juntillas los designios de la banca internacional. No hay otra explicación de que esto se lleve adelante.

Continúa diciendo el artículo 18 de la Ley Nº 5.343: "Podrá realizar, además, en la medida que sean necesarias para el cumplimiento de los cometidos antes mencionados, las operaciones propias de un Banco comercial".

Es decir que de un banco que cumplía infinidad de funciones pasamos a uno que pura y exclusivamente va a prestar dinero para comprar viviendas. Precisamente, el proyecto aprobado en general establece en el literal A) del artículo 1º que una de las operaciones del Banco será: "Otorgar préstamos a personas físicas [...]". Se ha querido fundamentar hasta el cansancio que no habrá ningún tipo de problema con los préstamos a iniciativas colectivas, pero -lo dijimos- no serán de ninguna manera y en ningún momento préstamos que se pueden conceder a personas jurídicas. Acá los responsables serán cada uno de los que reciban esos préstamos como consecuencia de la hipoteca que hagan con este Banco.

Esto significa que todo lo que se creó por la ley de vivienda desde 1968 hasta la fecha queda por el camino. Queda por el camino todo ese sentimiento tan propio de la sociedad uruguaya y, fundamentalmente, de los sectores medios, de poder juntarse en una cooperativa y de tener una persona jurídica que los defienda ante cualquier circunstancia, lo que este Parlamento va a borrar hoy de un solo plumazo, aprobando este artículo tal como está redactado.

SEÑORA BARREIRO.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra la señora Diputada.

SEÑORA BARREIRO.- Señor Presidente: quería hacer una aclaración sobre la redacción del inciso G) incluida en el artículo 1º. En la sesión anterior hablé con los señores Diputados Señorale y Bosch, miembros de la Comisión, en cuanto a que, cuando vino el Ministro, había quedado claro que la palabra "privados" se quitaba de este artículo. Creo que fue un error al transcribirlo, porque esto contradice una ley que votamos recientemente en el sentido de que las instituciones públicas deben depositar en bancos públicos.

Consulto a los señores Diputados sobre ese aspecto.

SEÑOR SEÑORALE.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR SEÑORALE.- Señor Presidente: con respecto al acápite de este artículo 18 proyectado, que se ha comparado con el vigente hasta ahora, con todo respeto digo que técnicamente es más preciso porque define a la institución por su objeto y su finalidad. ¿Cuál es y ha sido históricamente la finalidad del Banco Hipotecario? Facilitar el acceso a la vivienda. Otra cosa son los instrumentos que se tienen para cumplir con esa finalidad. Y eso es lo que establece el literal A) de este mismo artículo: otorgar préstamos a las personas físicas para adquisición de viviendas, que es uno de los instrumentos para cumplir con esa finalidad que siempre tuvo el Banco Hipotecario del Uruguay.

Otro instrumento son los préstamos para la construcción. Es a través de estos préstamos que se fomenta el trabajo en la construcción. Aquí se confunde objeto con instrumento. Y creo -lo digo con todo respeto- que este artículo 18, en su acápite, es mucho más preciso técnicamente que el artículo vigente, ya que mezcla objetivo y finalidad del Banco con instrumentos.

En el artículo que está a discusión, por un lado se establece claramente la finalidad del Banco y, por otro, los instrumentos que tiene el Banco para cumplir con ese objetivo: préstamos para la adquisición de vivienda y préstamos para la construcción de viviendas. Insistimos: el Banco Hipotecario seguirá siendo el instrumento para que, por su intermedio, se pueda fomentar el desarrollo de la construcción de viviendas en nuestro país.

SEÑOR LEV.- ¿Me permite una interrupción?

SEÑOR SEÑORALE.- Sí, señor Diputado.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Puede interrumpir el señor Diputado.

SEÑOR LEV.- Señor Presidente: el señor Diputado preopinante dice que este artículo es más preciso que el artículo 18 vigente. Me gustaría saber por qué se sustituye el numeral 16) de dicho artículo de la Carta Orgánica por este literal G). El mencionado numeral 16) establece: "Colocar los fondos disponibles, ya sea mediante depósitos en bancos o instituciones financieras estatales, ya sea en créditos a corto o mediano plazo, con garantía hipotecaria [...]". Entonces, quiero saber si en el literal G), además de los depósitos en el Banco Central y en bancos públicos, se incorpora que el Banco Hipotecario deposite en bancos privados. ¿Esto es un error o es algo deliberado?

Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Puede continuar el señor Diputado Señorale.

SEÑOR MÁSPOLI BIANCHI.- ¿Me permite una interrupción?

SEÑOR SEÑORALE.- Sí, señor Diputado.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Puede interrumpir el señor miembro informante en mayoría.

SEÑOR MÁSPOLI BIANCHI.- Señor Presidente: la Cámara, en un error involuntario, ha discutido en torno a esto durante largo rato. En el seno de la Comisión, cuando estuvo el señor Ministro, ante un planteamiento del señor Diputado González Álvarez quedó expresamente aclarado que este tema se retiraba, o sea que no se incluía lo de depósitos en bancos privados.

Ese fue un acuerdo realizado en la Comisión. Pero en la redacción el error se volvió a deslizar. Todas las bancadas estuvimos de acuerdo y coincidimos al respecto. Lamentablemente, en la discusión general del proyecto de ley hubo recurrentes expresiones en torno a esto que en su momento quisimos aclarar para dar el tema por terminado, pero no hubo oportunidad. Definitivamente se excluye; el planteamiento de la Comisión fue ese y, por lo tanto, si figura en el texto, se ha deslizado un error.

Simplemente, quería responder la consulta del señor Diputado Lev.

Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Puede continuar el señor Diputado Señorale.

SEÑOR SEÑORALE.- He terminado, señor Presidente.

SEÑOR GIL SOLARES.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR GIL SOLARES.- Señor Presidente: como el compañero Diputado Melgarejo, también insisto en que se dice que este nuevo artículo 18 va a facilitar el acceso a la vivienda. Sin embargo, los préstamos van a ser otorgados solamente a personas físicas y no a personas jurídicas. Entonces, en vez de facilitar el acceso a la vivienda, lo que hace específicamente es evitar el acceso de muchas personas a esa posibilidad.

Nuestra experiencia en el departamento de Colonia es que allí, hoy, la única posibilidad de acceder a una vivienda es por intermedio, por ejemplo, de FUCVAM. De tal manera que si una institución cooperativa no puede acceder a un préstamo, muchísimas personas en nuestro departamento -y supongo que también en el país- van a quedar sin vivienda, por lo menos por mucho tiempo, porque un par de años o dos años y medio, para muchas familias, es un muy largo plazo.

Gracias.

SEÑOR SENDIC.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría.

SEÑOR SENDIC.- Señor Presidente: sin duda, este y el segundo artículo son de los más importantes de este proyecto de ley, porque esta reforma de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay, a nuestro juicio, no le entrega absolutamente ninguna herramienta nueva.

Quisiera que alguno de los señores legisladores que defienden este proyecto me dijera qué es lo que establece este artículo que el Banco Hipotecario hoy no pueda hacer; qué cosa nueva se ofrece al Banco Hipotecario a través de la reforma que se está proponiendo en este artículo 1º, que no puede hacer hoy dicha institución por vía administrativa sin necesidad de que nosotros estemos discutiendo este proyecto de ley. Precisamente la diferencia radica en que hoy, de acuerdo con lo que establece la Carta Orgánica, el Banco tiene una serie de posibilidades y por vía administrativa puede decidir lo que hace -si toma depósitos, cuánto paga por los depósitos, qué tipo de préstamos otorga en función de lo que autoriza, y no lo obliga su Carta Orgánica; puede tomar estas resoluciones que la Cámara está adoptando-, pero al adoptar resolución nosotros, en vez de una posibilidad que tiene la administración del Banco, se convierte en una obligación y, por lo tanto, como obligación se convierte en una limitante para la institución, no en una herramienta.

¿No pudieron hacer que los jerarcas que ustedes tienen en el Banco, que responden a los dos Partidos que respaldan este proyecto en la Cámara, tomen estas medidas administrativas? ¿Hubo dificultades? ¿Cuál era el problema para que los jerarcas del Banco Hipotecario no tomaran medidas administrativas que limitaran la toma de depósitos, las salidas de recursos del Banco? ¿Por qué estamos tomando en la Cámara, por vía legal, medidas que son administrativas?

Tan importante como lo que dice el artículo 1º, al modificar el artículo 18 de la Carta Orgánica, es lo que no dice. Se establece una serie de limitaciones a la operativa del Banco Hipotecario del Uruguay. Se eliminan -como recién dijeron algunos de mis compañeros- los préstamos a las personas jurídicas y uno de los elementos más importantes a la hora de instrumentar políticas de vivienda, que es el apoyo financiero a la demanda organizada. En definitiva, el préstamo a personas físicas está eliminando financiar la demanda organizada, que es, precisamente, la que permite un crecimiento más ordenado y organizado de las ciudades, de la urbanización y del ordenamiento territorial en general. A su vez, se está estimulando la mala praxis que han llevado adelante algunos de los supuestos promotores -que siempre aparecen para organizar a las personas físicas- y gestores -como ha habido- que tramitan en el Banco los préstamos hipotecarios gracias a sus vínculos de amistad con algunos de los jerarcas.

Algunos de los literales de este artículo aportan muy poco, como, por ejemplo, el que dice: "B) Realizar las operaciones financieras relativas al objeto previsto en esta ley, [...]". Diría que esta redacción es casi cantinflesca.

Por otra parte, se limita toda la actividad inmobiliaria del Banco Hipotecario, ya que se elimina todo su Departamento Inmobiliario.

A su vez, en el literal E), sobre el que opinaré ahora a cuenta de que está desglosado, la preeminencia que se da al descuento de los servicios del Banco Hipotecario sobre sueldos y jubilaciones, sin topes ni limitaciones, es verdaderamente grave, como bien fue denunciado en la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente. Es evidente que esta posibilidad de descontar -que hoy tiene el Banco, pero con determinados topes, que están establecidos, aunque no con la prioridad que se dispone en este artículo, ya que se le da absoluta prevalencia después de los descuentos judiciales- constituye un elemento verdaderamente peligroso, más aún si se suma lo que dice el artículo 3º, por cuanto se transfiere a los privados que adquieran las carteras del Banco Hipotecario la posibilidad de descontar los servicios del Banco de sueldos y jubilaciones. Es verdaderamente abusivo con los deudores del Banco Hipotecario que se establezca esta prioridad que, como fue denunciado, inclusive afecta a sectores muy importantes de nuestra economía, como por ejemplo las cooperativas de consumo, debido a la prioridad que se establece en los descuentos. Además, no se establecen topes, herramienta que en manos privadas, como quedará, se transforma en un elemento abusivo para los deudores del Banco Hipotecario. Este fue uno de los elementos que nos llevaron a decir que este proyecto deja absolutamente a la intemperie a los deudores del Banco Hipotecario, como lo manifestamos cuando discutimos en general este proyecto de ley.

Estos son algunos de los elementos que quería aportar en la discusión de este artículo 1º.

SEÑORA TOPOLANSKY.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra la señora Diputada.

SEÑORA TOPOLANSKY.- Señor Presidente: quiero aclarar unos conceptos; ya lo hice, pero se insiste en utilizar el concepto equivocado.

Cuando el artículo 18 de la Carta Orgánica original del Banco habla de un banco de fomento de la industria de la construcción y de la vivienda, se está refiriendo a algo mucho más abarcativo que la construcción de viviendas, porque la industria de la construcción no solo construye viviendas, sino también escuelas, hospitales, locales para distintas actividades, equipamiento urbano, etcétera. Quiere decir que la industria de la construcción es un concepto de carácter general; uno de los elementos de la industria de la construcción es la vivienda.

Cuando en la Carta Orgánica original se habla de la industria de la construcción y de la vivienda es porque el crédito para la vivienda también será de carácter hipotecario -eso se subraya-, ya que es el elemento más demandado, en virtud de que las personas aspiramos a vivir bajo un techo. Además, es un elemento de gran movilización económica y, desgraciadamente, de gran especulación.

Entonces, sustituir esa frase "fomento de la industria de la construcción y de la vivienda" por la de "facilitar el acceso a la vivienda" -con crédito hipotecario- es otra cosa, pues refieren a dos conceptos distintos. El objetivo fundamental del Banco se está cambiando.

Después, se tala una cantidad de operaciones de carácter financiero, que lo que hacen es desarmar al Banco y lo van transformando en un consorcio. Es decir, la actividad del Banco queda reducida al ahorro previo de las personas físicas, eliminando todas las situaciones colectivas, sobre lo que ya han fundamentado mis compañeros. Esto es gravísimo porque la palabra comunidad -que muchas veces olvidamos qué quiere decir y refiere a compartir, a construir en conjunto una nación y demás- también tiene que ver con cómo vivimos, trabajamos y pensamos este país. Por lo tanto, cuando eliminamos las posibilidades colectivas a través de una ley, estamos haciendo algo muy grave. Además, creo que esto va contra toda la filosofía de la ley de vivienda que, si bien fue bastante talada por algunos decretos de la dictadura en 1976, sigue vigente; desgraciadamente, hoy no es aplicada en su plenitud, siendo una de las leyes más emblemáticas que produjo este Parlamento y de la que deberíamos estar orgullosos.

Entonces, talamos al Banco Hipotecario en sus objetivos y en sus posibilidades bancarias, reduciendo todo al ahorro previo, por lo que quedará casi inactivo. Como bien decía el señor Diputado Sendic, los artículos 1º y 2º, que son el corazón del proyecto, también son el corazón de la muerte del Banco.

Por tanto, quiero hacer hincapié en un concepto: no se puede decir livianamente que esta norma está mejor redactada, ya que no se trata de un problema de redacción; acá hay un problema de concepto.

Por último, quiero señalar que esos emprendimientos colectivos no fueron los clavos del Banco, porque fueron buenos pagadores. FECOVI no tiene atrasos con el Banco y FUCVAM ha tomado algunas decisiones políticas, como herramienta de lucha, para presionarlo a fin de que otorgara préstamos; es decir, no son morosos consuetudinarios del Banco, como lo son otros, producto de los clientelismos.

El señor Diputado Sendic se preguntaba por qué no se modificó esto por vía administrativa; nosotros nos hemos preguntado lo mismo. Evidentemente, no se quiso hacer por vía administrativa, pero esos defectos clientelísticos tampoco se eliminan con esta nueva redacción de la Carta Orgánica del Banco.

SEÑOR SCAVARELLI.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR SCAVARELLI.- Señor Presidente: antes que nada, quiero decir que siento un profundo compromiso ideológico con el Banco Hipotecario del Uruguay; imagino el Uruguay con un altísimo porcentaje de población siendo propietaria: es la historia de mi propia familia.

Por lo tanto, antes que nada me declaro un definitivo defensor del Banco Hipotecario como instrumento de equilibrio social en una sociedad que se ha caracterizado siempre por la solidaridad. El sueño de la casa propia de los uruguayos es mucho más que la propiedad de la casa: es la tranquilidad, que sumada a la dignidad del trabajo, permitió a los uruguayos construir su familia y su futuro y constituir la sociedad pluralista que somos. Este es el primer elemento.

En esa misma línea, deseo rescatar un segundo elemento que me pareció muy positivo. Cuando se discutía la ley de estabilidad del sistema bancario, el actual Ministro de Economía y Finanzas, doctor Atchugarry, declaró públicamente o, mejor dicho, abiertamente en esa Comisión, en aquellas horas tan difíciles que vivió el país, su propósito de rescatar al Banco Hipotecario de las circunstancias en las que se encontraba para mantenerlo como una entidad vinculada al préstamo de vivienda, que era su destino.

El tercer elemento es que interpreto la expresión "fortalecimiento" -título que lleva este proyecto-, no como un eufemismo, sino como la descripción práctica de fortalecer algo que se encuentra en una situación de fragilidad.

La situación en que quedará el Banco a partir de la aprobación de esta ley, no es la situación que yo quiero para el futuro del Banco Hipotecario. Lo digo con todas las letras: voy a votar esto porque se me ha dicho, por quienes tienen la responsabilidad de la conducción de la cosa pública, que la alternativa es encontrar un camino de este tipo o bien habrá severísimas dificultades para el Banco en adelante. Las razones o las causas forman parte de un inventario de conceptos y principios que podremos debatir en otro momento, como fruto de otras urgencias.

Con relación al artículo 1º, en este literal A) donde se hace referencia a personas físicas como el objeto de los préstamos, como prestatarias de la acción del Banco Hipotecario, sin duda que se deja por el camino a las entidades que tienen que ver con el movimiento cooperativo, con las acciones cooperativas y también con las asociaciones civiles que se fueron constituyendo a lo largo del tiempo como mecanismo para solucionar los problemas de vivienda. Cuando la gente se junta con propósitos compartidos -como, en este caso, para obtener la vivienda-, normalmente se logra una mayor calidad, costos menores y, en fin, un sentimiento de pertenencia con respecto al producto de su trabajo.

Se nos dice -compartimos el criterio- que esta norma de fortalecimiento apunta a establecer una simetría entre los préstamos que otorga el Banco para dar vivienda y el ahorro que recibe con ese fin, en una situación de fragilidad de la institución financiera de la vivienda en Uruguay. Por lo tanto, interpreto la expresión "fortalecimiento" como lo que creo que es: fortalecer. Uno fortalece los recursos para enfrentar debilidades y, sin duda, tal como se nos dice, el Banco a ojos vista transita por una situación de fragilidad compleja y peligrosa.

De todos modos, quiero dejar dicho que voy a votar este artículo 1º en el entendido de que serán préstamos a personas físicas, aun cuando estas personas se organicen en cooperativas de vivienda, sociedades civiles o cualquier otra forma sin finalidad de lucro tendiente a viabilizar o a abatir los costos de construcción. Desde ya que en todos los casos el préstamo, la administración, su amortización y pago, así como las propias garantías hipotecarias, siempre serán de cargo y estarán exclusivamente referidas a personas físicas individualmente consideradas, como está redactado en este momento.

Con seguridad un tiempo vendrá en que la situación del Banco efectivamente transite hacia mejores horizontes y pueda volver a ser el instrumento de financiamiento de actividades colectivas, con garantías colectivas de personas jurídicas que, sin fines de lucro, se constituyan para este fin. Todo indica que esta es una etapa a superar. Desde ya que se puede interpretar que esto podría manejarse solo por la vía administrativa, pero seguramente está haciendo falta la certeza de la ley para fomentar la aparición de confianza en la concesión de préstamos internacionales que permitan al Banco por el momento seguir funcionando, aunque más no sea -o nada menos- que para solucionar los problemas de vivienda a nivel de personas individuales, pero siempre en el entendido de que la sumatoria de personas podrá presentarse al Banco de a una, aun cuando estén componiendo núcleos como sociedades cooperativas, asociaciones o sociedades civiles de construcción, porque sigue siendo un instrumento formidable para dotar de techo a más uruguayos, con la tranquilidad que ello conlleva.

SEÑOR FERNÁNDEZ CHAVES.- ¿Me permite una interrupción?

SEÑOR SCAVARELLI.- Sí, señor Diputado.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- La Mesa informa al señor Diputado Scavarelli que restan cinco minutos de su tiempo.

Puede interrumpir el señor Diputado Fernández Chaves.

SEÑOR FERNÁNDEZ CHAVES.- Señor Presidente: me quería referir al literal E) de este artículo y he advertido que algún señor Diputado mencionó que se iba a solicitar su desglose, pero en tanto no sea votado, creo que estamos a tiempo para hablar sobre él.

A mí me parece que al establecer el derecho de preferencia para las deudas del Banco Hipotecario se está realizando una violación de todo el ordenamiento jurídico nacional. Ni qué decir de lo que es la realidad actual desde el punto de vista de las retenciones de sueldos que se hacen por parte de las cooperativas; por ejemplo, por el sistema de cooperativas de ahorro y crédito. Al no establecerse un plazo para la aplicación de esta norma, se va a ocasionar notoriamente una conmoción en todo el sistema financiero al menudeo, es decir, en el pequeño sistema financiero, que necesitaría sin duda un tiempo de adaptación a los efectos de aceptar este tipo de situaciones. De ahora en adelante, en el caso de cualquier sueldo de cualquier persona que aún tenga retenciones establecidas con un sistema de preferencias ya prefijado, si tiene una deuda con el Banco Hipotecario del Uruguay, automáticamente esa deuda tendrá preferencia y es muy probable que parte del endeudamiento que tenga en este instante con el sistema cooperativo no sea cobrable.

De manera que es una norma realmente grave desde el punto de vista práctico para el sistema financiero al menudeo. Sinceramente, tengo dudas sobre si no se está violando todo el sistema normativo al respecto, y es más: inclusive, la Constitución de la República.

Yo voy a votar este artículo, no obstante, por disciplina partidaria, pero sostengo que aquí cuando menos debió establecerse que el derecho de preferencia se aplicaría a aquellos créditos con el Banco Hipotecario concedidos a partir de la aprobación de la presente ley, lo que hubiera solucionado esta situación que estoy señalando.

Quería dejar sentada esa posición.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Puede continuar el señor Diputado Scavarelli, a quien le restan dos minutos de su tiempo.

SEÑOR SCAVARELLI.- Señor Presidente: quiero hacer mención al literal A) tal cual viene, en lo que tiene que ver con los créditos hipotecarios complementarios al subsidio que otorgue el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente para la construcción de viviendas. Este literal puede tener varias interpretaciones; preferimos interpretarlo en un sentido amplio, en el sentido de que también puede estar referido a instituciones.

Con relación a la preocupación que correctamente alienta el señor Diputado Fernández Chaves respecto del literal E), en cuanto al cambio de ordenamiento en las prioridades de retención, quiero decir al pasar que también creo que hubiera sido preferible, a todas luces, establecer un régimen hacia el futuro, porque muchas veces la gente asume compromisos en función de la declaración que hace con la entidad que luego retiene un porcentaje del salario, y a esta altura esto no lo tenía previsto. Si bien estaba establecido en la Carta Orgánica del Banco, parecería que el cambio en el orden de prelación es un golpe importante que puede afectar a distintos sectores del área microfinanciera, como bien decía el señor Diputado Fernández Chaves.

SEÑOR LEV.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR LEV.- Señor Presidente: en primer lugar, se reitera la defensa de que esta es una ley de fortalecimiento del Banco Hipotecario. Lamentamos disentir: esto no va a fortalecer al Banco Hipotecario. Que se diga que en vez de cerrarlo le dejan algunas funciones, es una cosa; pero me parece que decir que esto supone un fortalecimiento no es objetivo.

Con este artículo se eliminan sectores del Banco que pueden generar ingresos y que además podrían imprimir una dinámica a la institución y a sus clientes, que permitiría encontrar soluciones, por ejemplo, a través del Departamento Inmobiliario. Pero lo eliminan. Entonces, no se puede decir que esto fortalece cuando se eliminan inclusive sectores del Banco que podrían ayudar a darle ingresos.

En segundo lugar, se eliminan los fondos sociales de vivienda. ¿Cuál es el objetivo? Tener una mejor garantía prendaria. Pero se eliminan aportes de la sociedad uruguaya como los fondos sociales de vivienda, que han dado una característica y una identidad a la sociedad uruguaya en el acceso a la vivienda.

Además, es evidente que en vez de fortalecer el derecho a la vivienda, el sueño de la casa propia, lo que estamos fortaleciendo son los asentamientos irregulares como forma permanente de vivienda. Este es un hecho negativo, que no puede dejar de ser constatado. Y esto tiene que ver con el artículo 1º.

Entonces, señor Presidente, evidentemente no estamos fomentando la industria de la construcción de la vivienda. Se darán préstamos a personas físicas, con todos los inconvenientes que ello conlleva, en detrimento de los fondos sociales de vivienda. Se eliminan sectores del Banco. Y acerca de lo que ahora se ha referido, en cuanto a que se elimina el tope del 25%, afectando a las cooperativas de crédito y consumo, es evidente que se está alterando el ordenamiento jurídico vigente. Es más: por disciplina partidaria se va a votar algo que se entiende negativo. Es un contrasentido, señor Presidente.

SEÑOR MÁSPOLI BIANCHI.- Pido la palabra para una aclaración.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor miembro informante en mayoría.

SEÑOR MÁSPOLI BIANCHI.- Señor Presidente: el señor Diputado Lev incurre nuevamente en un error. No se eliminan los fondos sociales, ya que estos emergen de una norma que no está siendo tocada en esta circunstancia: la Ley Nº 13.728, de 17 de diciembre de 1968. Quiere decir que los fondos sociales no tienen absolutamente nada que ver. Puedo dar un informe interno del Banco o algunos informes de técnicos al respecto.

El artículo 1º del proyecto, que sustituye el artículo 18 de la Carta Orgánica del BHU, dice que las operaciones del Banco serán las siguientes: "A) Otorgar préstamos a personas físicas, para la adquisición, construcción o refacción de vivienda propia, con garantía hipotecaria. [...] F) Captar depósitos del público mediante el sistema de ahorro previo, [...]".

De estas disposiciones incluidas en el proyecto de ley no surge una derogación ni explícita ni tácita de las normas que regulan la actividad de los fondos sociales y su relacionamiento con el Banco.

Por lo tanto, lo que concluye o pretende concluir el señor Diputado preopinante no es así.

Por todo lo anterior, se entiende que los fondos sociales deberán seguir vinculados al Banco Hipotecario. Esto es así aun cuando se sancione el texto a estudio del Parlamento. Este proyecto no afecta en nada a los fondos sociales, porque a ellos refiere una ley distinta, que no está considerada en este articulado.

SEÑOR IBARRA.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR IBARRA.- Señor Presidente: voy a ser breve, porque distintos legisladores se han ocupado del tema relativo al artículo 1º. No obstante, quiero dejar expresada mi opinión sobre el artículo 18 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario, en lo que tiene que ver con su encabezamiento, ya que notoriamente, como se ha expresado acá, se quita al Banco Hipotecario la posibilidad de ser un banco de fomento de la industria de la construcción y de la vivienda.

El segundo tema que quiero plantear es que se habilita a otorgar préstamos a personas físicas, eliminando de alguna manera la posibilidad de una experiencia y una modalidad realmente exitosas, que se han arraigado en nuestra sociedad a través de los préstamos que se solicitaban por intermedio de las distintas cooperativas del país. Y en este caso, sin duda alguna se dificulta el trámite correspondiente.

En tercer lugar, me parece bien que el señor Diputado Fernández Chaves, por su conocimiento jurídico, exprese sus dudas con referencia al proyectado literal E) del artículo 18 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario; nosotros tenemos las mismas dudas -inclusive contamos con algún documento sobre el particular-, especialmente en la parte que dice: "La retención dispuesta por el Banco tendrá preferencia sobre cualquier otro descuento ordenado por terceros, con la única excepción de los descuentos legales y retenciones judiciales". Esto significa nada menos que habilitar al Banco Hipotecario a retener de sueldos o pasividades el importe de las cuotas de cualquier línea de crédito que el Banco Hipotecario otorgue o haya otorgado a sus deudores. Como se ha dicho, habría que haber modificado sustancialmente la redacción del literal E), es decir, disponer esta norma para el futuro y no para los miles de deudores que existen en este momento en el Banco Hipotecario.

Por lo tanto, estoy de acuerdo en que existe una violación de las normas legales y también constitucionales y en que, de alguna forma, se deja de lado el concepto de intangibilidad del salario y de la pasividad que rige en nuestro derecho.

Además, más allá de perjudicar a los deudores, fundamentalmente a los deudores actuales del Banco Hipotecario, todos sabemos que existe una situación compleja y difícil; todos conocemos la pérdida de poder adquisitivo que ha tenido la gente en general en nuestro país, los trabajadores y los jubilados y pensionistas, entre otras cosas, por la aplicación de tasas muy elevadas del Impuesto a las Retribuciones Personales; todos sabemos que ha habido una muy importante pérdida de fuentes de trabajo e, inclusive, una disminución de salarios con un achicamiento notorio del mercado de trabajo. En ese sentido, nos parece que no es el momento oportuno para aplicar esta norma que, por otra parte, va a perjudicar inevitablemente a determinadas instituciones. Tenemos en nuestro poder un informe de CUDECOOP que dice que si se aprueba el literal E) que estamos tratando en este momento, se verán afectados aproximadamente 670.000 afiliados de las cooperativas de consumo y de ahorro y crédito.

En consecuencia, creo que es inapropiada la inclusión de la modificación del literal E) y, en ese sentido, debería tenerse en cuenta lo expresado por el señor Diputado Fernández Chaves y también el asesoramiento que se nos dio y que tenemos sobre nuestra mesa.

Por otra parte, en cuanto a la posibilidad de que el Banco Hipotecario realice depósitos en bancos públicos y privados, más allá de que el señor Diputado Máspoli Bianchi aclaró que se trata de un error que va a ser subsanado, espero que sea la última vez que nos equivoquemos, porque esta equivocación se viene dando en forma permanente. Hoy, durante mi intervención en la discusión general, yo decía que en oportunidad del tratamiento del Presupuesto Nacional se incluyó una disposición -si mal no recuerdo, el artículo 36- por la que se habilitaba a que todos los organismos públicos depositaran sus reservas o sus recaudos en la banca privada, en el sistema financiero privado. En aquel momento, hubo una polémica con el ex Ministro de Economía y Finanzas, contador Alberto Bensión, y, por supuesto, se reconoció el error. Luego se volvió a dar cuando consideramos la última Rendición de Cuentas, donde también en el artículo 137, correspondiente al Banco Hipotecario, se cometía el mismo error. Lo hicimos ver y se cambió de posición.

Por ese motivo, espero que este sea el último error por parte del Poder Ejecutivo, del Partido Colorado y de la coalición de Gobierno y que no se quiten los recursos al Gobierno Central, en este caso a la banca oficial, específicamente al Banco de la República, ya que realmente se ha favorecido demasiado a la banca privada, sobre todo a la banca internacional, por los compromisos asumidos con el Fondo Monetario Internacional y con el Banco Mundial.

¡Basta de errores, señor Presidente!

SEÑOR MÁSPOLI BIANCHI.- ¿Me permite una interrupción?

SEÑOR IBARRA.- Sí, señor Diputado.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- La Mesa recuerda al señor Diputado Ibarra que le restan tres minutos de su tiempo.

Puede interrumpir el señor miembro informante en mayoría.

SEÑOR MÁSPOLI BIANCHI.- Señor Presidente: voy a emplear solamente un minuto del tiempo del señor Diputado.

El señor Diputado Ibarra repite en forma reiterada el término "error". Seguramente, confundió lo que yo quise expresar. El error es que esto venga en el texto del proyecto de ley. Esto fue corregido en la Comisión, luego de un acuerdo entre todos, y se da el error de que vuelve a aparecer ahora. En la Comisión, por las intervenciones del señor Diputado González Álvarez y el acuerdo con el señor Ministro, habíamos coincidido en eliminar esto. Es decir que no hay ningún reconocimiento de error. El error es que se haya incluido ahora en el texto. Ese es el error que hubo, porque ya en la Comisión habíamos convenido que no viniera.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Puede continuar el señor Diputado Ibarra.

SEÑOR IBARRA.- Voy a terminar, ya que me queda solo un minuto.

Más allá del error de imprenta -o de quien quiera que lo haya cometido-, en cuanto al envío de este documento, de este Repartido Nº 1085, lo cierto es que reiteradamente este tema está sobre la mesa y nosotros lo hemos hecho ver a los distintos Ministros de Economía y Finanzas. Por eso tiene plena validez nuestra aspiración de que no se repita este tipo de errores. Reitero que en el proyecto de Rendición de Cuentas de 2001 que se remitió, también existía ese error, que fue reconocido por el ex Ministro de Economía y Finanzas, contador Alberto Bensión.

SEÑOR SEÑORALE.- ¿Me permite una interrupción?

SEÑOR IBARRA.- Sí, señor Diputado.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Puede interrumpir el señor Diputado.

SEÑOR SEÑORALE.- Señor Presidente: aprovecho la gentileza del señor Diputado Ibarra para aclarar el tema del sistema cooperativo, ya que a todos nos preocupa que quede perfectamente claro.

Todo el sistema cooperativo atendido por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente va a seguir siendo atendido por este con préstamos colectivos a la persona jurídica cooperativa de viviendas. Además, el segundo inciso del literal A) prevé que el Banco Hipotecario pueda conceder también a esa cooperativa, como persona jurídica, préstamos complementarios. Es decir que el sistema cooperativo va a seguir operando como hasta ahora: con préstamos o subsidios del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y, si es necesario y corresponde, con préstamos complementarios del Banco Hipotecario a la cooperativa como persona jurídica.

Eso quedó perfectamente claro porque originalmente, en el segundo inciso del literal A) se hablaba de créditos individuales y expresamente, por pedido de todas las instituciones y de la Asociación de Escribanos del Uruguay, se eliminó el término "individuales". Por lo tanto, debe interpretarse que estos préstamos complementarios del Banco Hipotecario van a ser concedidos a la persona jurídica cooperativa.

(Suena el timbre indicador de tiempo)

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Ha terminado el tiempo de que disponía el señor Diputado Ibarra.

SEÑOR PAIS (don Gabriel).- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR PAIS (don Gabriel).- Señor Presidente: no había hecho uso de la palabra hasta el momento, pero las reiteradas manifestaciones de señores legisladores haciendo referencia a que el Banco Hipotecario del Uruguay con la legislación que estamos votando hoy no fomenta la construcción, me obliga a dar una explicación elemental sobre el funcionamiento del nuevo sistema. Lo voy a hacer con un ejemplo y pido excusas si no logro hacerme entender como es mi intención.

Supongamos que en el régimen actual, el Banco Hipotecario del Uruguay otorga un préstamo para la construcción de un edificio; pongamos el ejemplo de que destina para ello US$ 1:000.000. El procedimiento de construcción de un edificio lleva aproximadamente tres años y se presta en un entorno de veinte años. Si se trata de un edificio de diez apartamentos, estará prestando US$ 1:000.000 a diez personas para la compra de esos apartamentos en construcción, demandando tres años la construcción y veinte años el crédito. Quiere decir que diez personas se benefician de un solo crédito durante un período de más de veinte años.

Con el nuevo régimen, como se presta para la compra de apartamentos ya construidos y luego esos créditos se venden, se puede prestar esos US$ 1:000.000 a diez personas y en aproximadamente dos o tres meses se puede vender el crédito y tomar de nuevo US$ 1:000.000. Entonces, a lo largo de un año, habrá prestado seis veces US$ 1:000.000, y no a diez personas, sino a sesenta en el año; si multiplicamos esto por veinte años, resulta que serán muchas más las personas que se beneficiarán con este sistema.

A esto debe agregarse que, cada vez que una persona compra una vivienda ya construida, disminuye el stock de viviendas construidas en venta. Y cuando el stock de viviendas construidas en venta disminuye, se incentiva a toda la industria de la construcción privada a construir nuevas viviendas. Hoy no construye porque no tiene compradores, pero en la medida en que el Banco Hipotecario, en lugar de prestar dinero a diez personas para construir un edificio -la devolución del dinero la obtendrá a los veinte años-, preste a sesenta personas en un año, generará un movimiento muy superior que fomenta la industria de la construcción.

Cuando se presta para construir, se entierra el dinero por un período larguísimo; cuando se presta para viviendas ya terminadas y se permite ceder los créditos, en un año se presta numerosas veces más que lo que se hubiera prestado para construir, fomentándose la industria de la construcción porque se van retirando del stock viviendas que hoy están terminadas y que no tienen compradores. Entonces, por este mecanismo, se logrará que baje el stock de viviendas y se motivará a los constructores privados a que construyan, porque pasarán a tener a razón de sesenta compradores por año, si se tratara de US$ 1:000.000.

Por eso, por este mecanismo se dinamiza la industria de la construcción mediante un procedimiento que genera una rotación del dinero muy superior a cuando se presta para la construcción. Creo que se trata de un instrumento que va a generar un incremento en la construcción, lo que va a dinamizar una industria que es vital para el país porque moviliza todos los rubros.

SEÑOR MELGAREJO.- ¿Me permite una interrupción?

SEÑOR PAIS (don Gabriel).- Sí, señor Diputado.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Puede interrumpir el señor Diputado.

La Mesa aclara al señor Diputado Gabriel Pais que le restan siete minutos del tiempo de que dispone.

SEÑOR MELGAREJO.- Señor Presidente: para mí, soñar no cuesta nada. El señor Diputado Gabriel Pais ha dado una explicación que ojalá se cumpla tal cual la ha planteado; pero quisiera señalar algo que me parece que debe quedar absolutamente claro, pues, de lo contrario, vamos a estar todos confundidos: unos vamos a pensar una cosa y los demás otra distinta.

Acá los préstamos colectivos no van más. Las cooperativas que no dependen del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente -es decir, cooperativas de propietarios, FECOVI, asociaciones civiles-, dependían de los préstamos del Banco Hipotecario. Ahora, si se quiere acceder a esos préstamos, cada uno de los componentes de la cooperativa tendrá que tramitarlos en forma individual. Entonces, para mí el artículo 1º no tiene dos lecturas. Esa norma dice, concretamente, que los préstamos se otorgarán a personas físicas. Por lo tanto, el agregado sobre el subsidio para las viviendas del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente no va a tener dos lecturas: no se puede decir que el préstamo se otorgará a las personas físicas y también a las personas jurídicas. Las personas jurídicas no se mencionan para nada. Por lo tanto, hay lecturas que las hacen algunos Diputados y nada más. Lo que dice el texto es algo muy distinto.

Entonces, creo que lo importante es que nos atengamos a la letra o que, si no, se busque una redacción que resulte mucho más clara para que se sepa concretamente que los préstamos también se otorgarán a las personas jurídicas. De esa forma, dejándolo aclarado a texto expreso, me parece que muy bien podríamos llevar adelante la disposición.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Puede continuar el señor Diputado Gabriel Pais.

SEÑOR PAIS (don Gabriel).- Señor Presidente: en ningún momento hablé de personas físicas o de personas jurídicas; solamente expliqué cómo, de todas maneras, se dinamiza la industria de la construcción y cómo la utilización de los escasos dineros del Banco Hipotecario del Uruguay, por este mecanismo de cesiones de créditos, genera la posibilidad de que accedan a su vivienda muchos más uruguayos que antes, cuando se instrumentaban los préstamos para la construcción.

SEÑORA BARREIRO.- ¿Me permite una interrupción?

SEÑOR PAIS (don Gabriel).- Sí, señora Diputada.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- La Mesa aclara al señor Diputado que le restan cuatro minutos de su tiempo.

Puede interrumpir la señora Diputada.

SEÑORA BARREIRO.- Señor Presidente: quisiera hacer una pregunta al señor Diputado Gabriel Pais. Él explica que si alguien construye un edificio de 10 pisos -no sé de donde va a salir-, después lo vende; entonces, cada uno de los compradores pide un préstamo al Banco Hipotecario del Uruguay. Pregunto: en este momento, ¿dónde están las empresas constructoras en el país que dispongan de dinero para construir un edificio a su costo para luego venderlo? Los promotores privados, el Sindicato Único Nacional de la Construcción y Anexos, la Cámara de la Construcción, la Liga de la Construcción, la Sociedad de Arquitectos del Uruguay -y no sigo la lista- estuvieron de acuerdo en que esta iniciativa era totalmente limitativa. No entiendo cómo alguien va a tener dinero suficiente como para construir un edificio y después vender cada apartamento.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Puede continuar el señor Diputado Gabriel Pais.

SEÑOR PAIS (don Gabriel).- Voy a hacer el siguiente comentario.

En los últimos diez años, con dinero propio de empresas constructoras, en el país se deben haber levantado 50.000 ó 60.000 apartamentos. Dada la situación actual, tal vez eso haya disminuido; pero estoy seguro de que si hay compradores para esas viviendas, se retomará el ritmo de la construcción.

SEÑOR SEÑORALE.- ¿Me permite una interrupción?

SEÑOR PAIS (don Gabriel).- Sí, señor Diputado.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- La Mesa informa al señor Diputado que le restan dos minutos del tiempo de que dispone.

Puede interrumpir el señor Diputado.

SEÑOR SEÑORALE.- Señor Presidente: quisiera insistir sobre el mismo tema al que hizo referencia el señor Diputado Melgarejo.

El segundo inciso del literal A) del artículo 18 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay, contenido en el artículo 1º del proyecto de ley a estudio, dice: "El Banco Hipotecario del Uruguay, en acuerdo con el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, podrá otorgar créditos hipotecarios complementarios al subsidio que otorgue el mencionado Ministerio para la construcción de viviendas".

Originalmente, en el proyecto se decía "créditos hipotecarios individuales". Se eliminó la palabra "individuales" para que se pudiera acceder a todo tipo de subsidio complementario que otorgue el Ministerio. Por otra parte, en este artículo se habla de los subsidios que otorga el Ministerio, pero hay un principio jurídico que dice que donde la ley no distingue, no debemos distinguir. Por lo tanto, los subsidios de vivienda que otorga el Ministerio podrán ser individuales y colectivos. Es así que, aunque se trate de préstamos individuales o colectivos, el Banco Hipotecario podrá otorgar préstamos complementarios a las personas en forma individual o al ente colectivo, es decir, a las cooperativas.

La historia de este inciso y su texto, que no distingue, permiten llegar a esa conclusión jurídica sin forzar la letra de la ley.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Puede continuar el señor Diputado Gabriel Pais.

SEÑOR PAIS (don Gabriel).- Señor Presidente: este régimen no es un invento de este país; se usa en otras partes del mundo. Lo vi funcionar en forma excelente en Chile, permitiendo el acceso a la vivienda a miles de personas.

SEÑOR PATRONE.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR PATRONE.- Señor Presidente: quiero expresar mi desacuerdo con este proyecto de ley y, fundamentalmente, decir que los artículos 1º y 2º  de alguna manera son la columna vertebral de esta modificación al artículo 18 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay.

Podemos asumir que el Banco hoy en día no es operativo -o sea, que está en una situación en la que no cumple- y pretendemos hacer que funcione de acuerdo con su carácter de institución de fomento de la construcción y del acceso a la vivienda -que es un aspecto social reconocido por la Constitución de la República-; sin embargo, entendemos que este mecanismo, pomposamente denominado de fortalecimiento del Banco Hipotecario, lo que hace es restringir sus actuales capacidades e incorporar en este artículo 1º, por ejemplo, un literal E) francamente cuestionable.

SEÑORA BARREIRO.- ¿Me permite una interrupción?

SEÑOR PATRONE.- Sí, señora Diputada.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Puede interrumpir la señora Diputada.

SEÑORA BARREIRO.- Señor Presidente: solamente quería hacer una aclaración con respecto a un tema que se trató en el día de hoy.

Me refiero a los fondos sociales de vivienda que fueron constituidos por la ley de vivienda. En esa ley se establece que el dinero tiene que depositarse en cuentas especiales de ahorro en el Departamento Financiero de la Habitación, que está en el Banco Hipotecario del Uruguay. El problema fue planteado por la Sociedad de Arquitectos del Uruguay en la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente. Asimismo, una delegación de la Coordinadora de Fondos Sociales de Vivienda concurrió a la Comisión y dijo que con esta disposición iban a tener problemas porque en este momento tienen dinero depositado en el Banco Hipotecario y creen que no van a poder seguir depositándolo.

Planteamos este tema al doctor Daniele, que es el asesor jurídico del Directorio, quien nos dijo que entendía que ellos lo podrían seguir haciendo. Me gustaría que eso fuera así, pero que quedara expresamente claro porque, de acuerdo con el apartado F) del artículo, al Banco solamente se le permite captar depósitos del público mediante el sistema de ahorro previo, de acuerdo con la normativa bancocentralista.

No sé si al hablar de "captar depósitos del público" se puede entender que los fondos sociales de vivienda -que es un organismo colectivo, una persona jurídica- son ahorro previo, porque se deposita como fondo y no por parte de cada persona. Reitero que no sé si queda claro que estos fondos pueden seguir depositados en el Banco Hipotecario. Si es así, bienvenido sea, pero me gustaría que quedara bien aclarado y no en la nebulosa.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Puede continuar el señor Diputado Patrone.

SEÑOR GIL SOLARES.- ¿Me permite una interrupción?

SEÑOR PATRONE.- Sí, señor Diputado.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Puede interrumpir el señor Diputado.

SEÑOR GIL SOLARES.- Señor Presidente: quería comentar al señor Diputado Gabriel Pais que es absolutamente diferente que el Banco construya un edificio para 10 familias, a que 10 familias pidan al Banco un préstamo para construir su vivienda colectiva; las condiciones son absolutamente diferentes, inclusive en lo que tiene que ver con las posibilidades de las 10 familias de elegir el lugar donde quieren vivir y no tener que aceptar el sitio que el Banco Hipotecario del Uruguay les brinde. Esa diferencia hay que reconsiderarla porque es algo importante.

Hoy en día, en nuestro departamento se está dando ese fenómeno. Por lo menos hay 25 familias nucleadas en uno de los lugares del departamento que están esperando la posibilidad de una vivienda colectiva a través del Banco Hipotecario del Uruguay. Esas 25 familias no van a esperar a que el Banco construya un edificio de 25 apartamentos para vivir allí. Me parece que la diferencia es muy importante y debe ser considerada.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Puede continuar el señor Diputado Patrone.

SEÑOR PATRONE.- Señor Presidente: es obvio que el Banco Hipotecario del Uruguay no va a construir más. En Sala hemos escuchado una esclarecedora opinión de un señor Diputado preopinante, a la que me gustaría referirme.

Si el Banco de alguna manera va a dar su apoyo crediticio a aquellos compatriotas que quieran acceder a las viviendas una vez culminadas, es evidente que ahora lo que va a predominar es el capital sobre el interés social. Si no se tiene capital para construir, obviamente no se va a construir.

Nos gustaría poner como ejemplo un caso en el que se juntaran 10 familias de compatriotas, pero el señor Diputado Señorale me va a decir que el tema de la acción colectiva está contemplado en el segundo párrafo del literal A). Esto nos lleva otra vez a replantearnos que si son instrumentos que ya existen, ¿por qué se introduce este cambio en la normativa del Banco, en la medida en que, justamente para fortalecerlo, se le restringen capacidades? Para fortalecerlo no se le otorgan nuevas posibilidades para que opere; simplemente da la impresión de que el Banco va a ingresar por un determinado período en un cono de sombra del que deberemos rescatarlo en el futuro para que vuelva a cumplir otra vez su función social.

Gracias, señor Presidente.

SEÑOR PERDOMO.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR PERDOMO.- Señor Presidente: habíamos solicitado desglosar el literal E) del artículo 1º.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- El artículo 1º tiene un sustitutivo del acápite y otros del literal E).

SEÑORA TOPOLANSKY.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra la señora Diputada.

SEÑORA TOPOLANSKY.- Señor Presidente: ¿con qué texto se va a votar el literal G)? El señor Diputado Máspoli Bianchi repitió hasta el cansancio que el texto estaba corregido; si no es así, habría que corregirlo.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- En la Mesa no hay ninguna corrección al literal G).

SEÑOR MÁSPOLI BIANCHI.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor miembro informante en mayoría.

SEÑOR MÁSPOLI BIANCHI.- Señor Presidente: propongo que se excluya la expresión "y privados" del literal G). Si con esto queda claro y la Secretaría puede proceder, para nosotros estaría bien; de lo contrario, lo hacemos por escrito.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Se ha tomado nota de la corrección del literal G).

Léase el artículo 1º tal como quedaría redactado.

SEÑOR PERDOMO.- ¡Que se suprima la lectura!

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- La Mesa sugiere que se suprima la lectura de todo el artículo, menos la del acápite y la del literal E), que tienen sustitutivos. También habría que leer nuevamente el literal G), que ha sido corregido por el señor Diputado Máspoli Bianchi.

Léase el acápite del artículo 1º.

(Se vuelve a leer)

——Léase el sustitutivo del acápite presentado por el señor Diputado Máspoli Bianchi.

(Se lee:)

"Sustitúyese el artículo 18 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) por el siguiente:".

——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar si se suprime la lectura desde donde dice: "ARTÍCULO 18.-" hasta el literal H), exceptuando los literales E) y G).

(Se vota)

——Cincuenta y uno en setenta y nueve: AFIRMATIVA.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el acápite del artículo 1º.

(Se vota)

——Cincuenta en ochenta y cinco: AFIRMATIVA.

SEÑOR HEBER FÜLLGRAFF.- ¡Que se rectifique la votación!

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- La Mesa quiere dejar constancia de que se está votando el acápite del artículo 1º tal como vino de Comisión y no el sustitutivo presentado por el señor Diputado Máspoli Bianchi.

Se va a rectificar la votación.

(Se vota)

——Tres en ochenta y dos: NEGATIVA.

Léase nuevamente el sustitutivo del acápite del artículo 1º, presentado por el señor Diputado Máspoli Bianchi.

(Se vuelve a leer)

——En discusión.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota)

——Cincuenta y dos en ochenta y tres: AFIRMATIVA.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar la nueva redacción del artículo 18, comprendiendo los literales A), B), C), D), F) y H).

(Se vota)

——Cincuenta y dos en ochenta y nueve: AFIRMATIVA.

Léase el literal E) del artículo 1º.

(Se vuelve a leer)

——En discusión.

SEÑOR PERDOMO.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR PERDOMO.- Señor Presidente: nuestro sector ha dispuesto la presentación de tres modificaciones con respecto a este literal. En primer lugar, cuando en el primer inciso se refiere "a los deudores que se beneficien por las líneas de crédito hipotecario", sustituimos el término "hipotecario" por la expresión "y las cuotas y gastos de las promesas de compraventa otorgadas con el Banco". Este literal refiere a la posibilidad de acogerse a los beneficios del artículo 1º de la Ley Nº 17.062, por la que se limita el porcentaje de retención de sueldos y jubilaciones. Por lo tanto, entendimos necesario cambiar el término "hipotecario", a los efectos de incluir otros posibles créditos otorgados por el Banco, como por ejemplo los vales que se firman en el momento de adquirir una propiedad y que financian los gastos de escritura.

En segundo término, cuando el mismo literal se refiere específicamente a lo que acabamos de mencionar, es decir, a la posibilidad de considerar para los deudores los ingresos nominales, y se hace referencia a la Ley Nº 17.062, de 24 de diciembre de 1998, quisiéramos agregar la siguiente frase: "debiéndose tomar los ingresos nominales del núcleo familiar deducidos los descuentos legales". Proponemos esto considerando la importante carga que tienen hoy en los sueldos el IRP y el montepío, a los efectos de que este porcentaje contemplado en el artículo 1º de la ley pudiera ser bastante más leve. Esto se hace hoy a los efectos de las pensiones alimenticias.

Por último, cuando se hace referencia a los descuentos legales y a las retenciones judiciales en el último párrafo del literal E), queremos incluir la siguiente frase: "de carácter alimentario para menores o incapaces", de tal forma de asegurar este tipo de retención.

Estas son las tres modificaciones que nuestro sector ha propuesto para el literal E).

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Lo propuesto por el señor Diputado Perdomo son aditivos.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el literal E) tal como viene de Comisión.

SEÑOR PENADÉS.- ¿Me permite, señor Presidente?

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR PENADÉS.- Señor Presidente: para facilitar la votación, ya que existe voluntad de votar los tres aditivos propuestos por el señor Diputado Perdomo en nombre de Alianza Nacional, podríamos votar el literal E) con los aditivos incluidos, en una sola votación. De esta forma estaríamos agilizando y facilitando la votación y expresaríamos el espíritu que creo que la mayoría del Cuerpo tendrá en virtud de que existe una acuerdo para que estos aditivos sean incorporados al texto legal que estamos analizando.

SEÑOR FERNÁNDEZ CHAVES.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR FERNÁNDEZ CHAVES.- Señor Presidente: quisiera realizar una consulta al señor Diputado Perdomo, quien ha hecho estas propuestas en nombre de su grupo político.

Con respecto a la parte del literal E) que refiere a retenciones judiciales, el señor Diputado expresó que proponía un agregado, que aparentemente consistiría en añadir "retenciones judiciales alimentarias para menores o incapaces". A efectos de la versión taquigráfica aclaro que el señor Diputado Perdomo me hace señas de que es así. De esta forma creo que estaríamos reduciendo el espectro de aplicación de la expresión "retenciones judiciales", pues actualmente esto comprende, por ejemplo, la que realiza un cónyuge a otro cónyuge. Con el agregado que propone el señor Diputado Perdomo se estaría diciendo que ese tipo de retenciones judiciales no tendrían preferencia, pues si uno agrega exclusivamente eso, tendríamos que entrar a discutir cuál es la naturaleza jurídica de la pensión que un cónyuge da al otro; sin duda con esto tendríamos para discutir varias horas. Sin embargo, la actual redacción del artículo que viene de la Comisión, que habla exclusivamente de retenciones judiciales en general, es omnicomprensiva, pues comprende todo tipo de retención judicial, cualquiera sea esta.

Tengo la impresión de que la posición del señor Diputado Perdomo y la de su grupo, queriendo proteger especialmente algunas situaciones, estaría dejando huérfanas de protección a otras que también pueden ser muy graves.

SEÑOR PERDOMO.- ¿Me permite una interrupción?

SEÑOR FERNÁNDEZ CHAVES.- Sí, señor Diputado.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Puede interrumpir el señor Diputado.

SEÑOR PERDOMO.- Señor Presidente: también es verdad que luego de un litigio podría tomarse como retención judicial el cobro por parte de alguna institución prestataria de servicios o de dinero, pudiendo realizar una retención de tipo judicial. Por lo tanto, en ese caso podríamos estar dando prioridad a terceros.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Puede continuar el señor Diputado Fernández Chaves.

SEÑOR FERNÁNDEZ CHAVES.- Señor Presidente: creo que eso no estaría comprendido en esta expresión "retenciones judiciales" -lo digo con toda franqueza- porque aquí estamos hablando del salario de la persona y, judicialmente, retenciones de salario por una deuda no se podrán hacer. Reitero que me parece que la expresión "retenciones judiciales" en general es más omnicomprensiva que la que se está proponiendo. Veo que tenemos el mismo propósito, y por eso hago este planteamiento para hacerlo lo más comprensivo posible respecto a todas las retenciones judiciales.

SEÑOR PERDOMO.- Pido la palabra para una aclaración.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR PERDOMO.- Señor Presidente: como decía el señor Diputado Fernández Chaves, se trata del mismo propósito y creo que entendió la intención. Hecha esta salvedad, retiramos el último aditivo.

Además, debemos aclarar a la Mesa que la primera propuesta no es un aditivo, sino un sustitutivo a través del cual se suprime el término "hipotecario".

SEÑORA PAYSSÉ.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra la señora Diputada.

SEÑORA PAYSSÉ.- Señor Presidente: independientemente de que no vamos a acompañar este artículo, no puedo dejar pasar inadvertido algo que se ha dicho en Sala.

En mi despacho tengo -puedo ir a buscarlo para mostrarlo- un recibo de sueldo en el que se indica una retención judicial de parte de una institución prestataria de dinero. En dos minutos puedo tenerlo en mi mano y mostrarlo a los integrantes del plenario para que observen que en ese recibo se indica una retención judicial. En este caso se trata de un recibo de sueldo de ANTEL.

SEÑOR PONCE DE LEÓN.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR PONCE DE LEÓN.- Señor Presidente: como es notorio, no vamos a votar este artículo, pero queremos dejar constancia en la versión taquigráfica de nuestra preocupación, que además nos fue trasmitida por autoridades del Banco de la República, respecto a las retenciones que tienen que ver con el crédito social.

Conversamos acerca de este tema con algunos legisladores y se nos dijo que, en definitiva, todo es el Estado, y que a partir del enorme traslado de endeudamiento que se ha hecho del Banco Hipotecario al Banco de la República, a este último también le importa que el primero sea buen pagador. Tengo el temor de que en este aspecto se esté intentando vestir a un santo desvistiendo a otro, pero con un dato adicional: el Banco de la República está bastante mal y con muchas dificultades, de las que tiene que salir. En lo referente al crédito social tiene algo que está funcionando con determinados parámetros. Ahora estamos intercalándole por delante una potestad, que con la latitud que tiene, podrá traer serias dificultades para el cobro directo del crédito social.

Queríamos dejar esta constancia en la versión taquigráfica, pues nos parece que este es otro de los problemas que tiene la redacción de este literal.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- El señor Diputado Perdomo ha retirado la moción referida a las retenciones judiciales.

Hay una propuesta del señor Diputado Penadés de votar el literal E) propuesto por la Comisión con los aditivos y sustitutivos ya incorporados. De acuerdo con lo que me indica el señor Diputado Máspoli Bianchi, la Comisión aceptaría esta propuesta.

Léase el literal E) tal cual quedaría redactado con los aditivos y sustitutivos.

(Se lee:)

"E) Disponer, si lo estima conveniente, que se retengan de los sueldos o pasividades el importe del servicio o de los intereses de préstamos, a los deudores que se beneficien por las líneas de crédito y las cuotas y gastos de las promesas de compraventa otorgadas con el Banco. A tal efecto, mientras el prestatario perciba sueldo, jubilación o pensión, la oficina, institución o empresa encargada de abonar dicho sueldo, jubilación o pensión, retendrá mensualmente de su importe la cuota correspondiente a la operación realizada, y la entregará al BHU dentro de los cinco días de la fecha del respectivo pago. A los efectos de lo dispuesto precedentemente se deberá dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 1º de la Ley Nº 17.062, de 24 de diciembre de 1998, debiéndose tomar los ingresos nominales del núcleo familiar, deducidos los descuentos legales.- Bastará para ello que el pedido de retención le sea dirigido por el BHU. En el caso de los obreros a jornal, las retenciones se harán proporcionalmente a la forma de pago, sea este semanal o quincenal; en la forma establecida en el inciso anterior, si es mensual. La retención dispuesta por el Banco tendrá preferencia sobre cualquier otro descuento ordenado por terceros, con la única excepción de los descuentos legales y retenciones judiciales. El incumplimiento de los empleadores privados de verter el monto retenido será sancionado con una multa cuyo importe será entre uno y tres veces el monto correspondiente de la retención".

——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota)

——Cuarenta y nueve en ochenta y dos: NEGATIVA.

SEÑOR AMORÍN BATLLE.- ¡Que se rectifique la votación!

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Se va a rectificar la votación.

(Se vota)

——Cuarenta y nueve en ochenta y cinco: NEGATIVA.

SEÑOR AMORÍN BATLLE.- ¡Que se rectifique la votación!

SEÑOR PENADÉS.- ¿Me permite, señor Presidente?

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR PENADÉS.- Señor Presidente: quiero hacer una consulta a la Mesa.

En la primera votación, la Mesa proclamó que el resultado había sido cuarenta y nueve en ochenta y dos: negativa, e ingresaron a Sala dos señores Diputados.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Es evidente que la primera votación estuvo mal proclamada.

SEÑOR PENADÉS.- Entonces, solicito que esa votación se dé por no válida, dado que ingresaron a Sala los señores Diputados Heber Füllgraff y Dicancro.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- El señor Diputado Heber Füllgraff estaba presente cuando se realizó la primera votación.

SEÑOR PENADÉS.- No, señor Presidente; el señor Diputado Heber Füllgraff no estaba en Sala.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Se va a rectificar la votación.

(Se vota)

——Cincuenta y cuatro en ochenta y ocho: AFIRMATIVA.

SEÑOR PERDOMO.- Pido la palabra para una aclaración.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR PERDOMO.- Señor Presidente: hemos hecho estos aportes al literal E), pero debemos hacer un comentario que nos parece pertinente.

Hemos votado este literal, que permite la posibilidad de acogerse al artículo 1º de la Ley Nº 17.062, y también lo hemos hecho en el entendido -vale la aclaración por alguna duda de interpretación- de que este beneficio incluye a los deudores en moneda extranjera. Esto es lo que hemos interpretado, máxime cuando en el segundo párrafo del artículo mencionado de la Ley Nº 17.062 se habla de reajuste. Entonces, creo que queda dispuesto con claridad que deudores son todos y pueden acogerse a este beneficio también los deudores en dólares.

Por lo tanto, solicitamos fundamentalmente a la bancada de Gobierno que nos aclare si la interpretación que realizamos en esta oportunidad es la correcta.

SEÑOR PAIS (don Ronald).- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR PAIS (don Ronald).- Señor Presidente: hemos votado este literal sin perjuicio de entender que subyace un tema muy importante, que deberá ser, a nuestro juicio, motivo de una legislación específica. Nos referimos al mecanismo y al funcionamiento de los descuentos legales en los sueldos y las pasividades.

Creemos que quedan asuntos pendientes en materia legislativa y normativa sobre este aspecto: en primer lugar, para decidir si hay que establecer un límite a esos descuentos y, en segundo término, para dar una seguridad jurídica a todos aquellos que funcionan prestando servicios o realizando diversas operaciones basándose, precisamente, en la seguridad de esos descuentos.

Se ha observado aquí en Sala, a mi juicio acertadamente, qué normativa podría llegar a complicar la operativa de los créditos sociales del Banco de la República Oriental del Uruguay, y sumamos a esto los descuentos del Banco de Previsión Social y los que realizan las distintas cooperativas de ahorro y crédito que funcionan en nuestro medio. Es un momento muy sensible como para introducir elementos de inseguridad en todo este mercado.

Por lo tanto, como decía al principio, sin perjuicio de votar afirmativamente este literal E), que pretende habilitar el fortalecimiento del Banco Hipotecario, estimamos que en poco tiempo esta Cámara y el Parlamento en general deberán abocarse a emitir una ley referida específicamente a cómo funcionan los descuentos legales, y en todo caso deberá hacerse efectivo el criterio de la antigüedad de la asunción de la obligación, porque si introducimos elementos de inseguridad, eso va a ir asimismo en perjuicio de las propias personas que operan bajo esta modalidad.

SEÑOR MÁSPOLI BIANCHI.- Pido la palabra para una aclaración.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor miembro informante en mayoría.

SEÑOR MÁSPOLI BIANCHI.- Señor Presidente: respecto a la aclaración solicitada en nombre del Partido Nacional, debo decir que sí, que en esto están incluidos todos los deudores.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Léase el literal G) tal como quedó redactado de acuerdo con la sugerencia de modificación realizada por el señor Diputado Máspoli Bianchi.

(Se lee:)

"G) Invertir los fondos disponibles en depósitos en el Banco Central del Uruguay (BCU), depósitos en bancos públicos, en títulos del Gobierno Central y en títulos emitidos por el BCU, de acuerdo con las disposiciones previstas en la normativa bancocentralista".

——En discusión.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el literal G) con la redacción que se acaba de leer.

Se solicita a los señores Representantes que tomen asiento.

(Se vota)

——Cuarenta y nueve en ochenta y cinco: NEGATIVA.

SEÑOR AMORÍN BATLLE.- ¡Que se rectifique la votación!

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Se va a rectificar la votación.

(Se vota)

——Cincuenta y uno en ochenta y nueve: AFIRMATIVA.

16.-    Licencias.

Integración de la Cámara.

Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo.

(Se lee:)

"La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la solicitud de licencia del señor Representante Jorge Orrico, por motivos personales, inciso tercero del artículo único de la Ley Nº 16.465, por el día 14 de noviembre de 2002, convocándose al suplente correspondiente siguiente, señor Jorge Zas Fernández".

——En discusión.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota)

——Setenta y nueve en ochenta y cinco: AFIRMATIVA.

Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha indicada.

(ANTECEDENTES:)

"Montevideo, 12 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Por la presente solicito a la Cámara que usted preside, licencia el día 14 del corriente por asuntos particulares, convocando en tal caso al suplente correspondiente.

Saluda atentamente,

JORGE ORRICO
Representante por Montevideo".

"Comisión de Asuntos Internos

VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Orrico.

CONSIDERANDO: Que solicita se le conceda licencia por el día 14 de noviembre de 2002.

ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, y por el inciso tercero del artículo único de la Ley Nº 16.465, de 14 de enero de 1994.

La Cámara de Representantes,

R E S U E L V E :

1) Concédese licencia por motivos personales por el día 14 de noviembre de 2002, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Jorge Orrico.

2) Convóquese por Secretaría, por el día 14 de noviembre de 2002, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2121 del Lema Partido Encuentro Progresista-Frente Amplio, señor Jorge Zas Fernández.

Sala de la Comisión, 12 de noviembre de 2002.

DAISY TOURNÉ, JORGE CHÁPPER, TABARE HACKENBRUCH".

17.-     Comisión de Asuntos Internacionales. (Autorización para reunirse simultáneamente con la Cámara).

——Dese cuenta de una moción de orden presentada por los señores Diputados Pintado, Pita, Sanguinetti, Heber Füllgraff y José María Mieres.

(Se lee:)

"Mocionamos para que mañana, miércoles 13 de noviembre de 2002, se autorice a la Comisión de Asuntos Internacionales a reunirse durante la sesión de la Cámara para recibir a la delegación de industriales que acompañó al Presidente Jorge Batlle en su viaje a China".

——Se va a votar.

(Se vota)

——Ochenta en ochenta y siete: AFIRMATIVA.

18.-      Comisión Especial de Seguridad Ciudadana. (Prórroga de plazo).

Dese cuenta de otra moción de orden presentada por las señoras Diputadas Tourné y Villalba y los señores Diputados Vener Carboni y José María Mieres.

(Se lee:)

"Mocionamos para que se prorrogue hasta el 31 de mayo de 2003 el plazo de que dispone para expedirse la Comisión Especial de Seguridad Ciudadana".

——En discusión.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota)

——Ochenta en ochenta y ocho: AFIRMATIVA.

19.-     Fortalecimiento del Banco Hipotecario del Uruguay. (Normas).

Prosigue la consideración del asunto en debate.

Léase el artículo 2º.

(Se lee:)

"Artículo 2º.- A partir de la vigencia de la presente ley, y sin perjuicio de lo dispuesto en el literal B) del artículo 18 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), el Banco Hipotecario del Uruguay deberá obtener los fondos para su financiamiento mediante: A) La venta o cesión de créditos hipotecarios o la cesión de sus flujos de caja.- B) La venta o cesión de créditos hipotecarios o la cesión de sus flujos de caja, de acuerdo con las disposiciones de la Ley Nº 17.202, de 24 de setiembre de 1999 y modificativas y concordantes.- C) La captación de depósitos de ahorro previo, según lo establecido en el literal F) del artículo 18 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay.- D) Los recursos provenientes de cualquier donación recibida por el Banco Hipotecario del Uruguay, e inclusive la participación del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a través del Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización que le sea asignada de acuerdo con la normativa vigente".

——En discusión.

SEÑOR SENDIC.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría.

SEÑOR SENDIC.- Señor Presidente: el artículo 2º establece los mecanismos de fondeo del Banco Hipotecario y limita claramente las posibilidades que hasta ahora ha tenido para la obtención de los recursos.

Este artículo tiene un antecedente planteado en el proyecto que remitiera el Poder Ejecutivo en oportunidad de la Rendición de Cuentas, que establecía la posibilidad de que el Banco obtuviera recursos vendiendo sus carteras -dado que era en el marco de la ley de securitización, se trataba de algunas carteras: las carteras en dólares- a determinadas instituciones y en determinadas condiciones.

En el artículo 2º, que tiene ese antecedente, después del trabajo de esa Comisión que funcionó fuera del ámbito parlamentario, se estableció un mecanismo de obtención de recursos que en el literal B) mantiene la decisión del Poder Ejecutivo de obtener recursos mediante la venta o cesión de créditos o la cesión de flujo de caja, en el marco de la ley de securitización, que es la Nº 17.202 y sus modificativas.

Pero el literal A) va mucho más lejos de lo que está planteado en la ley de securitización. El literal A) obliga al Banco a vender o a ceder créditos hipotecarios o flujos de caja fuera del marco de la ley de securitización. O sea que se va a poder vender cualquier cartera a cualquier comprador en cualquier condición. Desde nuestro punto de vista, este es uno de los aspectos más graves de este proyecto.

En definitiva, esta iniciativa permite que el Banco venda y además lo obliga a vender su cartera en UR y su cartera en dólares a cualquier institución financiera y a cualquier institución privada fuera del marco de la ley de securitización, que por lo menos establecía determinadas condiciones para esto.

Además del literal B), en el que se establece la venta o cesión de créditos hipotecarios en el marco de la ley de securitización, se transfiere a cualquiera de estas instituciones privadas que compre dentro de este marco y fuera de él la posibilidad de los descuentos a los que se hacía referencia en el literal E) del artículo 1º, que hace un momento estuvimos discutiendo. Desde nuestro punto de vista, este es uno de los aspectos más graves, que deja absolutamente indefensos a los deudores del Banco Hipotecario, ya que a partir de ahora cualquier agente privado que compre las carteras podrá descontar de sueldos y de jubilaciones las amortizaciones que se deben al Banco Hipotecario.

De alguna manera marcábamos esto -que referimos cuando hicimos el informe en general- como uno de los aspectos más peligrosos de este proyecto de ley.

El resto de los literales establecidos para la obtención de recursos, diría que no tiene mayor significación. La captación de depósitos mediante el mecanismo de ahorro previo en un Uruguay que tiene una cifra de desocupación oficial del 20% es prácticamente un sueño. El otro mecanismo que se establece es el de las donaciones e, inclusive, la participación del Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización. Si esto último no está establecido con claridad, determinándose bajo qué condiciones se va a permitir dicha participación para la obtención de recursos por parte del Banco, es inaceptable desde nuestro punto de vista. Por supuesto que no nos vamos a referir a las donaciones, lo que ya está permitido por la ley desde hace tiempo y hasta este momento no ha tenido ninguna significación ni relevancia para el Banco.

Sigo preguntando -y ojalá que antes de que se termine esta sesión alguien me lo pueda contestar- cuáles son las herramientas nuevas que se le dan al Banco. ¿Qué están dando al Banco Hipotecario con este proyecto de ley? ¿Qué hay en este artículo 2º que el Banco Hipotecario no pueda hacer? Hasta este momento, lo que no puede hacer es lo que establece el literal A): vender cualquier cartera a cualquier comprador en cualquier condición.

(Ocupa la presidencia el señor Representante González Álvarez)

——En el marco de este proyecto de ley se puede dar el hecho de que un ciudadano cualquiera pueda ir al Banco Hipotecario a comprar la cartera de su vecino, si sabe que este es insolvente o no tiene capacidad de pago. Esta situación se puede dar al amparo de este proyecto de ley e, inclusive, ese vecino puede exigir el descuento automático de sueldos y jubilaciones de la persona que está con dificultades económicas. A ese extremo llega lo que está permitido por el artículo 2º de este proyecto de ley.

SEÑOR SEÑORALE.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (González Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR SEÑORALE.- Señor Presidente: con respecto al artículo 2º y a los instrumentos que este proyecto de ley da al Banco para obtener los fondos, quiero referirme a los dos literales que se han comentado.

El literal A) establece un instrumento que en nuestro país es tan viejo como el Código Civil. El Código Civil, en el capítulo relativo a la compraventa, tiene una sección referida a la cesión de créditos y cesión de derechos hereditarios. Los artículos 1.757 y siguientes prevén el mecanismo de la cesión de créditos. Es decir que no es un instrumento que hoy estemos generando y creando porque, reitero, tiene los años de nuestro Código Civil.

El apartado se refiere a un instrumento que ya existe en nuestra legislación y que está previsto en la Ley Nº 17.202, que es el sistema de securitización de los créditos del Banco Hipotecario. ¿Qué se busca con estos mecanismos? Fundamentalmente se busca dar liquidez al Banco, eliminar rápidamente activos de sus balances para obtener liquidez y así poder seguir funcionando en forma más ágil. También acelera el ciclo de fondos del Banco de una serie de activos que muchas veces tiene concedidos a muy largo plazo, a veinticinco y treinta años. En esencia, lo que busca es solucionar uno de los problemas que ha tenido el Banco en estos tiempos, que es el descalce financiero, tanto en plazos como en tasas y en monedas.

Por este sistema de cesión de créditos o de securitización de carteras se busca que el Banco pueda readquirir la capacidad de prestar sin alterar la relación capital-endeudamiento. Esto pretende ser un instrumento para que el Banco pueda actuar en forma más ágil y evitar uno de los problemas que ha tenido, que es el descalce, porque su captación de depósitos es a corto plazo y sus colocaciones son, como dije, a muy largo plazo.

SEÑORA BARREIRO.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (González Álvarez).- Tiene la palabra la señora Diputada.

SEÑORA BARREIRO.- Señor Presidente: complementando lo manifestado por el señor Diputado Sendic, también considero que este -conjuntamente con el 1º- es uno de los artículos más importantes y más graves. Según lo expresado por el señor Diputado Señorale, en realidad este artículo no agrega nada, porque ya estaba todo en el Código Civil. Entonces, como decía el señor Diputado Sendic, no entiendo para qué se incluye.

El objetivo de este artículo es clarísimo: eliminar todos los escollos que hasta ahora impidieron la concreción de la securitización de carteras. Esta ley existe desde hace un tiempo; se demoró mucho en su discusión y se pusieron determinadas limitaciones, pero no se pudo llevar a la práctica. Entonces, lo que estamos haciendo con este artículo es dar todas las garantías de cobro a los compradores de las carteras para que recuperen sus créditos. Esto implica ampliar el abanico de carteras a todos los préstamos, incluyendo la construcción, los préstamos en UR, los préstamos adjudicados por el Ministerio -que figuran en el artículo 11-, dar garantía de cobro al nuevo dueño de las carteras, implementando la retención de cuotas de sueldos y pasividades -es decir que esto se pasa al privado-, y crear garantías con recursos del Fondo Nacional de Vivienda para el 20% de la cartera enajenada, lo que también se pasa a la institución financiera que compra la cartera.

En caso de ejecución de los inmuebles adjudicados por el Ministerio con préstamos del Banco, se da preferencia al Banco o a la institución de intermediación financiera sobre el subsidio otorgado por el Ministerio. Es decir que se trasladan todos los derechos que tiene el Banco Hipotecario a una institución de intermediación financiera privada. Entonces, es llamativo cómo se establece este artículo.

El señor Ministro de Economía y Finanzas, doctor Atchugarry, decía que en realidad siempre se pudo vender, y que esas hipotecas fueron cedidas al Banco Central del Uruguay en garantía por los US$ 258:000.000. Él dice que no lo hacen a través de la ley de securitización porque es mucho más complejo, ya que hay que notificar a uno por uno, es decir que no lo hacían porque tenían que notificar por telegrama a cada uno de los deudores. Yo creo que esto no es así, sino que está establecido específicamente para poder trasmitir todos los privilegios que tenía el Banco Hipotecario. Tenemos que tener muy claro que de ahora en adelante esto va a sumergir a todos los deudores del Banco Hipotecario en un gran problema, porque van a estar presos de la institución financiera que adquiera su crédito. Ellos van a depender, en cuanto a la retención que se pueda hacer de su sueldo, de las prioridades y preferencias, salvo la ejecución extrajudicial, que sí está expresamente excluida en el artículo siguiente. Es decir que eso no pasa a la institución privada, y sí todos los demás derechos.

Por los motivos expuestos, creemos que este artículo es gravísimo.

SEÑOR MELGAREJO.- ¿Me permite una interrupción?

SEÑORA BARREIRO.- Sí, señor Diputado.

SEÑOR PRESIDENTE (González Álvarez).- Puede interrumpir el señor Diputado.

SEÑOR MELGAREJO.- Señor Presidente: hace unos meses circuló la noticia de que el Banco Hipotecario iba a poner su cartera cobrable como garantía contra un préstamo de un banco privado extranjero. Después no pudo llevarlo a cabo porque la institución que iba a otorgar el préstamo no lo ejecutó como en principio se había conversado. Para esto no precisó de ningún tipo de ley especial, sino que el Directorio del Banco lo instrumentó. Cuando lo llamamos para pedir explicaciones, se nos señaló que el negocio no se había hecho, pero que el Banco tenía todas las potestades para hacerlo.

Creo que una ley es una cosa muy seria; se redacta para ser cumplida por todos los habitantes del país. En este caso, llama poderosamente la atención que si el Código Civil prevé desde toda la vida lo referido en el literal A) del artículo 2º, lo establezcamos aquí. ¿Para qué lo transformamos en ley? Si la ley de securitización habilita al Banco a vender la cartera en todo momento, ¿para qué lo establecemos aquí? Algún sentido tiene que tener. Nosotros no estuvimos en la Comisión que redactó este proyecto -no nos invitaron a participar en ella-, de modo que quienes estuvieron presentes tienen que decirnos por qué razón debe estar incluido aquí. No tiene ningún sentido que lo que se puede instrumentar administrativamente se plantee por medio de un proyecto de ley. Esto da para pensar que por lo menos algo hay debajo de la piedra.

SEÑOR PRESIDENTE (González Álvarez).- Puede continuar la señora Diputada Barreiro.

SEÑORA BARREIRO.- He finalizado, señor Presidente.

SEÑOR BEROIS QUINTEROS.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (González Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR BEROIS QUINTEROS.- Señor Presidente: propongo que este artículo 2º sea votado en último término, después de los restantes artículos del proyecto.

SEÑOR PRESIDENTE (González Álvarez).- Se va a votar la postergación del tratamiento del artículo 2º.

(Se vota)

——Cincuenta y ocho en sesenta: AFIRMATIVA.

Se pasa a considerar el artículo 3º.

SEÑOR MÁSPOLI BIANCHI.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (González Álvarez).- Tiene la palabra el señor miembro informante en mayoría.

SEÑOR MÁSPOLI BIANCHI.- Señor Presidente: propongo votar en bloque, salvo los artículos que tienen aditivos. Quizá la Mesa me pueda auxiliar en ese sentido. No sé si este artículo 3º posee un aditivo, pero de ahí en adelante, creo que hasta el artículo 15 se podrían considerar en bloque.

SEÑOR PRESIDENTE (González Álvarez).- Hay un aditivo al artículo 15, es decir que hasta ese artículo no hay ninguna modificación.

SEÑOR MÁSPOLI BIANCHI.- Podríamos votar en bloque, entonces, del artículo 3º al artículo 14.

SEÑORA BARREIRO.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (González Álvarez).- Tiene la palabra la señora Diputada.

SEÑORA BARREIRO.- Señor Presidente: quería plantear algo que hablé con la señora Diputada Argimón con respecto al artículo 12, que fue propuesto por la Asociación de Escribanos del Uruguay. Tengo un agregado para hacer a este artículo, que fue conversado con escribanos de dicha Asociación, y la señora Diputada Argimón me dijo que su Partido estaría de acuerdo con el agregado, para que quedara más clara la situación. Lo acercaré a la Mesa.

SEÑOR SEÑORALE.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (González Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR SEÑORALE.- Señor Presidente: al tipear el artículo 13 se omitieron dos palabras que realmente cambian o quitan el sentido a la disposición. Cuando se habla del régimen, en el Capítulo III del Decreto-Ley Nº 14.261, se dice que se aplica "a los edificios construidos o a construirse en el futuro del Banco Hipotecario del Uruguay", omitiéndose la expresión "con créditos". Me parece que fue un error en el momento de tipear el artículo.

SEÑOR PRESIDENTE (González Álvarez).- La Mesa propone lo siguiente: votar en bloque del artículo 3º al 11, inclusive, y luego votaríamos uno por uno los artículos restantes con las modificaciones y aditivos que se presenten.

SEÑOR POSADA.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (González Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR POSADA.- Señor Presidente: hay algunos artículos de este proyecto que votaremos afirmativamente. Si se pretende votar en bloque un grupo de artículos, voy a nominar los artículos que votaríamos para que sean desglosados. En cuanto al resto, no tenemos ningún inconveniente en que se voten en bloque. Los artículos que votaremos son el 3º, el 11 y del 17 al 20.

SEÑOR PRESIDENTE (González Álvarez).- El señor Diputado dice que el Partido Independiente votaría solo el 3º y el 11, por lo que habría que desglosarlos. Entonces, votaríamos del artículo 4º al 10 y después el 3º y el 11.

Léanse los artículos 4º a 10.

(Se lee:)

"Artículo 4º.- A partir de la fecha de vigencia de la presente ley, el Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) podrá mantener nuevas operaciones de crédito hipotecario de riesgo directo y contingente, cuyo monto agregado, valuado de acuerdo a normas bancocentralistas, no supere el monto menor entre 1.500.000.000 unidades indexadas (mil quinientos millones de unidades indexadas) y el equivalente al 75% (setenta y cinco por ciento) de su responsabilidad patrimonial neta valuada de acuerdo a normas bancocentralistas.

Artículo 5º.- Los inmuebles incluidos en el activo del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) a la fecha de promulgación de la presente ley y que no sean objeto de una hipoteca individual, los saldos de los deudores hipotecarios por operaciones concedidas con anterioridad a la promulgación de esta ley y las actividades definidas en el literal H) del artículo 18 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay, de acuerdo con la redacción dada en el artículo 1º de esta ley, serán contabilizados en forma separada de aquella en la que se registren las operaciones a que se refiere el artículo anterior y no se computarán a los efectos de la determinación del límite del previsto en el artículo 4º de la presente ley.- El Directorio del Banco Hipotecario del Uruguay dispondrá las medidas requeridas para el cumplimiento de lo establecido en el inciso anterior.

Artículo 6º.- En un plazo de sesenta días contados a partir de la fecha de vigencia de la presente ley, el Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) deberá acordar con el Poder Ejecutivo y con el Banco Central del Uruguay (BCU), un proceso de disminución de la captación de pasivos constituidos por depósitos del público. A partir de la finalización de dicho proceso, el Banco sólo podrá captar depósitos del público de acuerdo con lo previsto en el literal F) del artículo 18 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay, en la redacción dada por el artículo 1º de la presente ley.

Artículo 7º.- En un plazo máximo de quince años contados a partir de la fecha de vigencia de la presente ley, el Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) deberá cancelar mediante pago, todas las obligaciones asumidas por la emisión de títulos, bonos de crédito, obligaciones o valores transferibles.

Artículo 8º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a constituir un Fondo de Garantía, con el 1% (uno por ciento) de los recursos provenientes de la recaudación del Impuesto a las Retribuciones Personales (IRP) destinado al Fondo Nacional de Vivienda, con el objetivo de garantizar un porcentaje de los créditos para vivienda enajenados por el Banco Hipotecario del Uruguay (BHU). Los créditos alcanzados por la garantía antes mencionados serán los concedidos a los segmentos socioeconómicos bajos y medios bajos de la población. El presente porcentaje es independiente de los topes de inversión vigentes o que puedan establecerse al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.- La reglamentación establecerá las características que deberán reunir los deudores para ser incluidos dentro de tales categorías. Tales características deberían incluir el nivel de ingreso del núcleo familiar, la localización, el tipo de construcción y el metraje construido.- El porcentaje garantizado de cada crédito incobrable de acuerdo a la normativa bancocentralista alcanzado por esta operativa no podrá superar el 20% (veinte por ciento). El total asegurado no podrá superar el 20% (veinte por ciento) de la cartera de créditos.

Artículo 9º.- Créase una Junta para la complementación y coordinación de actividades de los Bancos de la República Oriental del Uruguay (BROU) y Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), integrada por representantes del Banco de la República Oriental del Uruguay, Banco Hipotecario del Uruguay, Banco Central del Uruguay (BCU) y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) y el Ministerio de Economía y Finanzas que la presidirá y convocará.- La misma deberá conformarse en un plazo no mayor a los quince días de la vigencia de la presente ley, debiendo emitir informes mensuales.

Artículo 10.- Exceptúase de las restricciones dispuestas en el artículo 4º: A) Fondos por hasta un monto de 1.680.000.000 unidades indexadas (un mil seiscientos ochenta millones de unidades indexadas) las que se deberán destinar al cumplimiento de los compromisos vigentes a la fecha de la promulgación de la presente ley, priorizándose las expresiones de interés del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) con el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. El Banco deberá acordar con el Poder Ejecutivo, en un plazo de sesenta días contados a partir de la fecha de vigencia de la presente ley, la instrumentación de esta disposición.- B) Los créditos hipotecarios para personas físicas concedidos con posterioridad a la promulgación de esta ley y destinados a la venta de inmuebles del Banco Hipotecario del Uruguay, adquiridos por recuperación de créditos y a la transformación de promitentes compradores en deudores hipotecarios".

——En discusión.

Si no se hace uso de la palabra, se van a votar los artículos 4º a 10.

(Se vota)

——Cuarenta y ocho en setenta y ocho: AFIRMATIVA.

SEÑOR SENDIC.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE (González Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR SENDIC.- Señor Presidente: quiero hacer una referencia, porque el hecho de que se vote en bloque dificulta el seguimiento del contenido de cada uno de los artículos.

Por lo menos, quiero hacer una referencia al planteo que se hace en el artículo 8º, que establece que el 1% de los recursos provenientes del Fondo Nacional de Vivienda, que se constituye con el impuesto a los sueldos de trabajadores y empleados de todo el país, se destinará a un fondo de garantías para la privatización de las carteras. O sea que se le garantiza al privado que compre la cartera que no tendrá pérdida, que va a poder cobrar aunque sea del Fondo Nacional de Vivienda, lo que hasta este momento ni siquiera se ha hecho con el propio Banco Hipotecario, que tiene un índice de morosidad muy alto. Hasta ahora, nunca se había propuesto la creación de un Fondo de Garantía para que el propio Banco Hipotecario pudiera hacer efectivo el cobro de su cartera de morosos.

Quería hacer esa referencia, porque para nosotros este elemento que está planteado en el artículo 8º es inaceptable, ya que en definitiva asigna al Fondo Nacional de Vivienda una finalidad, un objetivo que no tiene nada que ver con su concepción inicial.

La votación del artículo 4º quedó distorsionada porque está directamente vinculado con los artículos 2º y 3º, que establecen la venta de las carteras.

Quiero hacer una referencia mediante esta justificación de voto, porque el Banco Hipotecario, mediante el artículo 4º, estará obligado a salir a vender una vez que se alcance el límite que se establece en este artículo para su operativa y para sus nuevas operaciones de créditos hipotecarios. Una vez alcanzado ese límite, que ronda los US$ 60:000.000, el Banco Hipotecario está obligado a obtener fondos de acuerdo con lo que establece el artículo 2º, que todavía no hemos votado. La venta de todas las carteras se realizará en el marco de la ley de securitización o fuera de él.

(Ocupa la Presidencia el señor Representante Álvarez)

——Por lo tanto, este artículo 4º es uno de los que establecen una de las limitantes más importantes a la operativa del Banco. Como dijimos, este proyecto, lejos de ser una iniciativa de fortalecimiento y de dar herramientas al Banco, le establece limitantes.

Yo pregunto: si se quería establecer una limitante a la operativa del Banco, ¿era necesario hacerlo por ley, o alcanzaba con una medida administrativa? La venta de las carteras hará que el Banco Hipotecario rápidamente pierda patrimonio. No es, como decía el señor Diputado Gabriel Pais, que el Banco venderá carteras que valen US$ 1:000.000 por US$ 1:000.000. Eso no está en absoluto de acuerdo con la realidad. No es posible obtener en una negociación para la venta de carteras el 100% de su valor. Siempre que se salga a vender la cartera, lamentablemente para el Banco Hipotecario, se venderá a un porcentaje muy relativo de su valor. En las negociaciones que se mencionaron, en el marco de una negociación abierta para la venta de carteras con el ABN AMRO Bank, este ofreció dos tercios del valor de la cartera. Si el Banco está obligado a vender, la cartera va a valer mucho menos. Por lo tanto, la suma de US$ 1:000.000 a que se hacía referencia rápidamente se van a convertir en US$ 500.000, y después en la mitad. Por eso hemos sostenido que el Banco rápidamente perderá su patrimonio, su activo y, en definitiva, está condenado a desaparecer si se llega a instrumentar este proyecto de acuerdo con lo establecido en su texto.

SEÑORA TOPOLANSKY.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra la señora Diputada.

SEÑORA TOPOLANSKY.- Señor Presidente: voy a referirme al artículo 6º, a través del cual se otorga al Banco Hipotecario un plazo de sesenta días para acordar con el Poder Ejecutivo y el Banco Central un proceso de disminución de captación de pasivos constituidos por depósitos del público. Al hacer esto obligatorio, el proyecto quita autonomía al Banco Hipotecario, porque lo obliga a tomar medidas administrativas en forma acordada con el Banco Central y el Poder Ejecutivo.

Queremos dejar planteado que limitar la autonomía del Banco contradice lo establecido en el artículo 85 de la Constitución de la República. Como prácticamente este proyecto de ley equivale a un Banco en liquidación, de repente en este marco tiene una lógica, pero como acá se ha afirmado que esto no es así, debemos hacer el señalamiento.

El artículo 7º establece que en un plazo de quince años, contados a partir de la fecha de vigencia de la presente ley, el Banco deberá cancelar todo. Evidentemente, esta es la prueba escrita de que el Banco en quince años estará liquidado, o posiblemente antes porque va a quedar paralizado por la forma de operar que va a tener.

Esto es lo que queríamos señalar con relación a esos dos artículos.

En cuanto al artículo 11, vamos a hacer un señalamiento de carácter secundario, pero igual conviene realizarlo porque aquí se deroga el artículo 70 de una ley que aprobamos el día 18 de setiembre de este año; recién la aprobamos y ahora derogamos el artículo 70, porque esto aparece redactado más arriba en forma más desarrollada. Quería señalar eso porque en el envío de los proyectos de ley se nota una desprolijidad que asombra y que además es peligrosa.

Por último, en cuanto al artículo 9º, me pregunto si esa Junta de coordinación que se va a crear nos contestará alguno de los pedidos de informes que nos pasamos haciendo al Banco Hipotecario y que jamás son respondidos ni en fecha ni con precisión. Quizás a través de esa Junta el Banco conteste algo. Dejo la interrogante planteada.

Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- La votación fue mal proclamada, ya que el resultado era negativo. Por lo tanto, se va a rectificar la votación de los artículos 4º a 10.

SEÑOR AMORÍN BATLLE.- Pido la palabra para una aclaración.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR AMORÍN BATLLE.- Señor Presidente: me gustaría conocer el criterio de la Mesa en cuanto a la cantidad de votos que se requiere para la aprobación de los distintos artículos.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Los artículos 3º, 4º, 5º, 6º, 7º y 20, modificativos de la Carta Orgánica, de acuerdo con lo establecido en el artículo 199 requieren la mayoría absoluta de componentes de la Cámara.

Se van a votar nuevamente los artículos 4º a 10.

(Se vota)

——Cincuenta y cuatro en ochenta y siete: AFIRMATIVA.

SEÑOR PENADÉS.- Pido la palabra para una aclaración.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR PENADÉS.- Señor Presidente: deseo consultar lo siguiente a la Mesa. Al mencionar los artículos para cuya votación se requiere mayoría especial porque, según la interpretación que hace la Mesa, modifican la Carta Orgánica del Banco Hipotecario, se omitió mencionar el artículo 2º. ¿La Mesa interpreta que también el artículo 2º requiere mayoría absoluta?

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Sí; el artículo 2º necesita cincuenta votos conformes para ser aprobado.

SEÑOR POSADA.- ¿Me permite, señor Presidente?

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR POSADA.- Señor Presidente: de acuerdo con lo que habíamos convenido, correspondería votar ahora el artículo 3º y después el artículo 11. Se votaron los artículos 4º a 10.

SEÑORA BARREIRO.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra la señora Diputada.

SEÑORA BARREIRO.- Señor Presidente: quiero hacer un comentario sobre el artículo 10, que habla de fondos por un monto de hasta 1.680:000.000 de unidades indexadas. Tanto los promotores privados como el arquitecto García Percovich, del Banco Hipotecario, y AEBU sostienen que la cifra prevista no alcanza. Ellos hablan del doble de esa cifra para cumplir con todos los compromisos vigentes. Inclusive, AEBU sostiene que mejor sería no establecer ninguna cifra, porque por distintas causas no está claro cuáles son los compromisos vigentes.

Quiero dejar claro que con la cifra que está prevista en este proyecto no alcanza para cumplir los compromisos vigentes del Banco Hipotecario del Uruguay.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Léase el artículo 3º.

(Se lee:)

"Artículo 3º.- Sustitúyese el artículo 37 de la Ley Nº 16.774, de 27 de setiembre de 1996, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.202, de 24 de setiembre de 1999, por el siguiente: 'ARTÍCULO 37.- El Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) podrá transferir a los fondos de inversión cerrados regulados en el presente Título, los créditos hipotecarios otorgados y que otorgare por concepto de refacción, compraventa de vivienda y construcción, y los flujos de caja derivados de sus operaciones.- Las facultades, beneficios y exoneraciones que la ley le otorga al Banco Hipotecario del Uruguay en la concesión, administración y recuperación de las operaciones de crédito hipotecario, se reputarán inherentes a la operación de crédito hipotecario realizada y se mantendrán aun en el caso de venta o cesión de las mismas o de los flujos de caja derivados de ellas, así como también en el caso de venta o cesión de créditos hipotecarios o la cesión de sus flujos de caja, de acuerdo con las disposiciones de la Ley Nº 17.202, de 24 de setiembre de 1999 y modificativas y concordantes.- Queda expresamente excluida de las facultades, beneficios y exoneraciones referidas en el inciso anterior, la cesión del beneficio de la ejecución extrajudicial establecida en la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay'".

——En discusión.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota)

——Cincuenta y tres en ochenta y ocho: AFIRMATIVA.

SEÑOR SENDIC.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR SENDIC.- Señor Presidente: sin haber votado el artículo 2º, que establece la venta de las carteras, no es procedente votar el artículo 3º, que transfiere absolutamente a todos los privados que compran las carteras los beneficios del Banco Hipotecario ya que en realidad hay un vínculo directo entre los artículos 2º y 3º. Por este motivo, en su momento pedí la palabra.

SEÑOR LACALLE POU.- ¡Que se rectifique la votación!

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Se va a rectificar la votación del artículo 3º.

(Se vota)

——Cincuenta y tres en ochenta y cuatro: AFIRMATIVA.

Léase el artículo 11.

SEÑOR POSADA.- ¡Que se suprima la lectura!

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Se va a votar.

(Se vota)

——Cincuenta y tres en ochenta y cinco: AFIRMATIVA.

En discusión el artículo 11.

(Texto del artículo:)

"Artículo 11.- Sustitúyese el artículo 447 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996 en la redacción dada por el artículo 399 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, por el siguiente: 'ARTÍCULO 447.- Los bienes inmuebles adjudicados o enajenados por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente o adquiridos con subsidios otorgados al amparo de lo establecido en el Capítulo V de la Ley Nº 13.728, de 17 de diciembre de 1968, quedan gravados por el término de veinticinco años con derecho real a favor del Ministerio citado por el monto equivalente al subsidio asignado debiendo constar el mismo en la escritura respectiva sin perjuicio de la depreciación prevista en el artículo 70 de la mencionada ley. Cuando la adquisición de un inmueble con subsidio habitacional otorgado por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, hubiera sido financiada en forma complementaria con un préstamo hipotecario concedido al adquirente por el Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) o cualquier institución de intermediación financiera, de lo cual se deberá dejar constancia en la escritura respectiva, el derecho real previsto en este inciso, pierde su rango en relación con los créditos hipotecarios referidos.- A estos efectos los créditos por concepto de reembolso en caso de configurarse las situaciones previstas en la norma citada, tendrán carácter preferente en tanto no transcurra el plazo establecido en el artículo 70 referido.- En caso de ejecución del inmueble sujeto a dicho gravamen, el Juzgado interviniente o el Banco Hipotecario del Uruguay, deberá solicitar al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente la información relativa al monto del subsidio reajustado y no depreciado, en función del tiempo transcurrido, a ser reembolsado preferentemente a cualquier otro importe, según el artículo 70 de la mencionada ley. Dicho monto deberá quedar retenido y será entregado al mencionado Ministerio en función del derecho preferencial. Lo dispuesto en este inciso no será aplicable en los casos que el ejecutante sea el Banco Hipotecario del Uruguay.- Cuando el subsidio otorgado hubiera representado el 90% (noventa por ciento) o más del precio correspondiente según así resulte de la escritura respectiva, serán además inembargables en tanto no transcurra el plazo de inalienabilidad establecido en el artículo 70 citado o se hubiera producido el reembolso del subsidio no depreciado. Este beneficio se aplicará exclusivamente al adjudicatario del subsidio habitacional directo o a sus causahabientes.- La presente disposición regirá para todas las enajenaciones ya efectuadas, así como para las que realicen en el futuro el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, siempre que sus adquirentes hubieran recibido subsidio'.- Derógase el artículo 70 de la Ley Nº 17.555, de 18 de setiembre de 2002".

——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 11.

(Se vota)

——Cincuenta y cuatro en ochenta y cuatro: AFIRMATIVA.

Se pasa a considerar el artículo 12, que tiene un sustitutivo.

Léase el artículo tal como vino de Comisión.

(Se lee:)

"Artículo 12.- En los edificios construidos o a construirse en el futuro por el Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), por acción pública directa o coordinada, podrá prescindirse en la escritura del reglamento de copropiedad, del control de estar al día con el pago de la contribución inmobiliaria y el Registro de la Propiedad Inmobiliaria deberá proceder a su inscripción, sin el control de pago de dicho tributo".

——Léase el sustitutivo al artículo 12 presentado por la señora Diputada Barreiro.

(Se lee:)

"En los edificios construidos o a construirse en el futuro por el Banco Hipotecario del Uruguay, por acción pública directa o coordinada, podrá prescindirse en la escritura del reglamento de copropiedad, del control de estar al día con el pago de la contribución inmobiliaria y el Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria, deberá proceder a su inscripción, sin el control de pago de dicho tributo, siempre que el escribano autorizante del reglamento establezca en las constancias de la escritura que no se controla el pago de la contribución inmobiliaria porque existe deuda por ese impuesto y que esta será prorrateada entre las unidades de propiedad horizontal resultantes de la división".

——En discusión.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 12 tal como viene de Comisión.

(Se vota)

——Cero en ochenta y dos: NEGATIVA. Unanimidad.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo sustitutivo presentado por la señora Diputada Barreiro.

(Se vota)

——Cincuenta y cuatro en ochenta y dos: AFIRMATIVA.

Léanse los artículos 13 y 14.

SEÑOR SEÑORALE.- ¡Qué se suprima la lectura!

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Se va a votar.

(Se vota)

——Cincuenta en ochenta y uno: AFIRMATIVA.

En discusión los artículos 13 y 14.

(Texto de los artículos:)

"Artículo 13.- Se extiende el régimen del Capítulo III del Decreto-Ley Nº 14.261, de 3 de setiembre de 1974, a los edificios construidos o a construirse en el futuro del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), por acción pública directa o coordinada. En consecuencia, se entenderá que existe propiedad horizontal y que le serán aplicables las normas que la regulan una vez cumplidos los requisitos establecidos en los literales A), B) y C) del artículo 34 del Decreto-Ley Nº 14.261, de 3 de setiembre de 1974.

Artículo 14.- Las hipotecas que garanticen obligaciones constituidas o titulizadas a favor del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) o del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente no quedarán comprendidas por lo dispuesto en el artículo 2348 del Código Civil, concordantes y modificativas y las inscripciones registrales de las mismas no caducarán".

SEÑOR GONZÁLEZ ÁLVAREZ.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR GONZÁLEZ ÁLVAREZ.- Señor Presidente: el señor Diputado Señorale había hecho un agregado al artículo 13, que habíamos dejado para considerar en el momento en que se discutiera esa disposición.

Por lo tanto, antes de votar sería conveniente tomar en cuenta este agregado propuesto por el señor Diputado.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- La Mesa aclara que no le ha llegado ninguna propuesta en tal sentido.

SEÑOR SEÑORALE.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR SEÑORALE.- Señor Presidente: al copiarse el artículo 13 se omitió escribir la expresión "con créditos", como figura en la redacción original. Después de "futuro" debería decir "con créditos del Banco Hipotecario del Uruguay" porque de lo contrario el artículo no tendría sentido.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 13 con la corrección propuesta por el señor Diputado Señorale -ya que los miembros de la Comisión manifiestan su acuerdo- y el artículo 14.

(Se vota)

——Cuarenta y ocho en ochenta y uno: AFIRMATIVA.

Léase el artículo 15.

(Se lee:)

"Artículo 15.- Los bienes hipotecados en garantía de obligaciones constituidas o titulizadas a favor del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) o del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, hasta tanto la deuda con sus acrecidas no sea inferior al 50% (cincuenta por ciento) del valor de tasación establecido por el acreedor, estarán libres de ejecuciones y embargos exceptuados los que puedan resultar de la hipoteca que garantiza el crédito a favor de dichos acreedores o las que respondan a impuestos o tasas nacionales o municipales".

——En discusión.

SEÑOR PERDOMO.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR PERDOMO.- Señor Presidente: nuestro sector ha presentado un agregado que apunta a salvar un error, por cuanto, cuando se describen las excepciones creadas, se omitió la garantía recíproca para el pago de gastos comunes. Nos pareció necesario y fundamental salvar esto y, por tanto, el agregado que proponemos iría al final de este artículo y diría: "[...] y los de la hipoteca recíproca que garantiza el pago de los gastos comunes". De esta manera, no se comprometería -por ejemplo, en el caso de una propiedad horizontal- la posibilidad de que estos pagos se realicen correctamente y por tanto no queden fuera de la excepción que trata este artículo.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Léase el artículo 15 con el agregado propuesto por los señores Diputados Perdomo, Cardozo Ferreira, Lara y Arrarte Fernández.

(Se lee:)

"Los bienes hipotecados en garantía de obligaciones constituidas o titulizadas a favor del Banco Hipotecario del Uruguay o del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, hasta tanto la deuda con sus acrecidas no sea inferior al 50% (cincuenta por ciento) del valor de tasación establecido por el acreedor, estarán libres de ejecuciones y embargos exceptuados los que puedan resultar de la hipoteca que garantiza el crédito a favor de dichos acreedores o las que respondan a impuestos o tasas nacionales o municipales y los de la hipoteca recíproca que garantiza el pago de los gastos comunes".

——Si los miembros de la Comisión están de acuerdo, se va a votar el artículo 15 con la modificación propuesta.

(Se vota)

——Cuarenta y siete en ochenta y uno: AFIRMATIVA.

Léase el artículo 16.

SEÑOR MÁSPOLI BIANCHI.- ¡Qué se suprima la lectura!

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Se va a votar.

(Se vota)

——Cuarenta y uno en ochenta y uno: AFIRMATIVA.

En discusión el artículo 16.

(Texto del artículo:)

"Artículo 16.- Lo dispuesto en los artículos 14 y 15 de la presente ley, será de aplicación inmediata a las hipotecas existentes constituidas con anterioridad a su entrada en vigencia, quedando excluida de la misma aquellas cuyos bienes hayan sido objeto de ejecución promovida por terceros con anterioridad a ella o soporten algún otro gravamen de carácter real".

——Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 16.

(Se vota)

——Cuarenta y siete en ochenta y uno: AFIRMATIVA.

SEÑOR MÁSPOLI BIANCHI.- ¿Me permite, señor Presidente?

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor miembro informante en mayoría.

SEÑOR MÁSPOLI BIANCHI.- Señor Presidente: en tanto el Partido Independiente había adelantado que iba a votar los artículos 17, 18 y 19, propongo votarlos en bloque.

SEÑOR PONCE DE LEÓN.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR PONCE DE LEÓN.- Señor Presidente: queremos hacer una consulta sobre el artículo 17; en todo caso la podríamos hacer ahora, antes de que los artículos se voten en bloque.

Lo que nosotros decimos es que el artículo 17 faculta al Banco Hipotecario a emitir bonos hipotecarios en unidades indexadas. Este tema tuvo una enorme significación en la historia del Banco Hipotecario; en obligaciones del Banco se constituían encajes bancarios. En fin: estamos hablando de un instrumento que en su época tuvo una enorme potencia. Aquí se hace referencia a la restricción del artículo 7º de este proyecto. El artículo 7º restringe esto a un plazo máximo de quince años. Pero lo que no nos queda para nada claro es si estos títulos forman o no parte de los fondos con los que el Banco puede financiarse, porque el artículo 2º establece en forma taxativa que el Banco Hipotecario deberá obtener los fondos para su financiamiento mediante determinados mecanismos y hace una lista expresa. Entonces, ¿qué quiere decir esta autorización para emitir bonos hipotecarios en unidades indexadas? Esta es mi pregunta, que dirijo a los miembros de la Comisión.

SEÑOR AMORÍN BATLLE.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR AMORÍN BATLLE.- Señor Presidente: como todos recordarán, este proyecto de ley vino por primera vez al Parlamento con la Rendición de Cuentas y originalmente trataba lo que iba a ser el Banco del futuro; a este refieren, claramente, los artículos 1º, 2º, y 4º. En la negociación, previamente a que esta iniciativa fuera enviada al Parlamento, el sector de AEBU planteaba especialmente la necesidad de que hubiera algunas normas referentes al Banco en transición. Algunas de las normas del Banco en transición son muy claras, como la del artículo 5º, la del 7º y, especialmente, la del artículo 10, que refiere a los compromisos ya asumidos por el Banco Hipotecario. Las formas de obtener ingresos por parte de este Banco, planeado hacia el futuro, claramente son las del artículo 2º. El artículo 17 refiere a las formas de captar algún dinero que puede tener el Banco para cumplir con las obligaciones del artículo 10, es decir, con lo del llamado Banco en transición.

Esa es, sin duda, la idea que plantea este proyecto de ley.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Léanse los artículos 17, 18 y 19.

SEÑOR DÍAZ.- ¡Que se suprima la lectura!

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Se va a votar si se suprime la lectura de los artículos 17, 18 y 19.

(Se vota)

——Cincuenta en setenta y ocho: AFIRMATIVA.

En discusión los artículos 17, 18 y 19.

(Texto de los artículos:)

"Artículo 17.- Facúltase al Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) a emitir bonos hipotecarios en unidades indexadas, en los términos que establezca la reglamentación del Poder Ejecutivo y sujeto a la restricción del artículo 7º de esta ley.

Artículo 18.- Autorízase al Poder Ejecutivo a capitalizar hasta en US$ 258.000.000 (doscientos cincuenta y ocho millones de dólares de los Estados Unidos de América) al Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), por la vía de la subrogación de su deuda con el Banco Central del Uruguay (BCU), por concepto de adelantos de asistencia financiera. El Banco Hipotecario del Uruguay: A) Cancelará todos los créditos contra el Poder Ejecutivo, que se encuentren cubiertos por previsiones de incobrabilidad en por lo menos el 95% (noventa y cinco por ciento).- B) Cederá al Poder Ejecutivo créditos contra el sector privado cubiertos por previsiones de incobrabilidad en por lo menos el 95% (noventa y cinco por ciento).- La suma de lo establecido en los literales A) y B) precedentes, no podrá superar el importe referido en el inciso primero.- La deuda a que refiere el primer inciso del presente artículo no será computada a los efectos de la determinación de los límites de endeudamiento del Poder Ejecutivo.

Artículo 19.- Autorízase al Poder Ejecutivo a incrementar la capitalización del Banco Hipotecario del Uruguay hasta en US$ 125.000.000 (ciento veinticinco millones de dólares americanos de los Estados Unidos de América), asumiendo la asistencia brindada por el Fondo de Estabilización Bancaria".

SEÑOR POSADA.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR POSADA.- Señor Presidente: quería dejar al menos un par de constancias sobre estos artículos. La primera tiene que ver con el artículo 17.

Estamos de acuerdo con la idea de que el Banco Hipotecario tenga la posibilidad de emitir bonos hipotecarios en unidades indexadas y es en ese sentido que apoyamos este artículo. Lo que no contiene el artículo -lo cual de alguna manera muestra uno de los tantos contrasentidos que tiene este proyecto de ley- es una mención, por ejemplo, a la posibilidad de emitir bonos hipotecarios en unidades reajustables.

Repito el razonamiento que hacía durante mi intervención en la discusión general sobre este proyecto de ley. El Uruguay, en el año 1995, aprobó una reforma del sistema previsional. El Fondo de Ahorro Previsional, es decir, el ahorro de todos los uruguayos, está constituido en unidades reajustables. Y el gran contrasentido es que en este país no existen instrumentos financieros que capten ahorro en unidades reajustables. Uno de los tantos fines para los cuales se puede usar el Fondo de Ahorro Previsional, sin duda, es la construcción de viviendas. Y bueno sería que el Banco Hipotecario tuviera la posibilidad de captar ahorro en unidades reajustables, para llenar un vacío que hay a nivel de los distintos instrumentos financieros que operan en el país, pero además porque sería una forma notoria de equilibrar o de balancear activos en unidades reajustables con pasivos en unidades reajustables. Esto es una muestra de que este proyecto de ley no ingresó en aspectos sustanciales de lo que debe ser la gestión del Banco Hipotecario. Esta es la primera constancia.

La segunda constancia tiene que ver con los artículos 18 y 19 y cuál es el alcance que nosotros les damos a la hora de votarlos. Sencillamente, señor Presidente, con los artículos 18 y 19 lo que estamos haciendo es capitalizar al Banco. Si no se votan estos artículos, el Banco Hipotecario, de acuerdo con la legislación vigente, debería cerrar.

Quiero dejar bien claro cuál es el sentido de nuestro voto en este caso. Estamos votando porque queremos que siga existiendo un Banco Hipotecario y quisiéramos que existiera sin las limitaciones que le impone esta ley. Si los que estamos aquí, las fuerzas políticas y los Partidos políticos que integramos esta Cámara, queremos que exista un Banco Hipotecario, me parece que es fundamental votar los recursos que van a posibilitar su capitalización.

Era cuanto quería decir.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Si no se hace uso de la palabra, se van a votar los artículos 17, 18 y 19.

(Se vota)

——Cincuenta y uno en setenta y nueve: AFIRMATIVA.

Léase el artículo 20.

(Se lee:)

"Artículo 20.- El Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) y el Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), aceptarán los certificados de depósito emitidos de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley Nº 17.523, de 4 de agosto de 2002, para el pago de todo o parte del precio de venta de sus inmuebles, lo que se efectuará por el valor nominal".

——En discusión el artículo 20, que necesita mayoría absoluta para ser aprobado.

SEÑOR SENDIC.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor miembro informante en minoría.

SEÑOR SENDIC.- Señor Presidente: quiero dejar constancia de que este es el único artículo que nuestra fuerza política, el Encuentro Progresista, va a votar porque, en definitiva, no tiene nada que ver con este proyecto de ley. Esta es una corrección de la ley de fortalecimiento del sistema financiero porque, increíblemente, a aquellos que quedaron atrapados con la reprogramación de depósitos en los Bancos del Estado no se les acepta la cancelación de deudas en esos mismos Bancos. Como consideramos que es una corrección de lo que se hizo mal en aquella ley -que, por cierto, nuestra fuerza política no acompañó-, vamos a votar este artículo.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 20.

(Se vota)

——Ochenta en ochenta y uno: AFIRMATIVA.

En discusión el artículo 2º, que había sido aplazado.

Se han presentado varios sustitutivos.

VARIOS SEÑORES REPRESENTANTES.- ¡Que se lean!

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Léase el acápite del artículo 2º, tal como viene redactado de la Comisión.

(Se vuelve a leer)

——Léase el sustitutivo del acápite del artículo 2º, presentado por el señor Diputado Máspoli Bianchi.

(Se lee:)

"A partir de la vigencia de la presente ley, y sin perjuicio de lo dispuesto en el literal B) del artículo 18 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), en la redacción dada por el artículo 1º de esta ley, el Banco Hipotecario del Uruguay deberá obtener los fondos para su financiamiento mediante:".

20.-     Levantamiento de la sesión.

SEÑOR AMORÍN BATLLE.- Pido la palabra por una cuestión de orden.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR AMORÍN BATLLE.- Señor Presidente: vamos a solicitar que se levante la sesión, porque los integrantes de la Lista 15 tenemos un compromiso político.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Se va a votar.

(Se vota)

——Cincuenta y nueve en setenta y uno: AFIRMATIVA.

Se levanta la sesión.

(Es la hora 19 y 48)

 

 

GUILLERMO ÁLVAREZ

PRESIDENTE

 

Dra. Margarita Reyes Galván

Secretaria Relatora
Dr. Horacio D. Catalurda

Secretario Redactor
 

Mario Tolosa

Director del Cuerpo de Taquígrafos

 

 

Linea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.