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N° 3078 - 6 DE NOVIEMBRE DE 2002

REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

DIARIO DE SESIONES

DE LA

CÁMARA DE REPRESENTANTES

TERCER PERÍODO ORDINARIO DE LA XLV LEGISLATURA

68ª SESIÓN

PRESIDEN LOS SEÑORES REPRESENTANTES GUILLERMO ÁLVAREZ Presidente
Y DOCTOR RAÚL ARGENZIO 4to. Vicepresidente

ACTÚAN EN SECRETARÍA LOS TITULARES DOCTOR HORACIO D. CATALURDA Y DOCTORA MARGARITA REYES GALVÁN Y
LOS PROSECRETARIOS DOCTOR JOSÉ PEDRO MONTERO Y SEÑOR ENRIQUE SENCIÓN CORBO

 

 

Texto de la citación

 

Montevideo, 5 de noviembre de 2002.

LA CÁMARA DE REPRESENTANTES se reunirá, en sesión ordinaria, mañana miércoles 6, a la hora 16, con el fin de tomar conocimiento de los asuntos entrados y considerar el siguiente

- ORDEN DEL DÍA -

1º.- Fortalecimiento del Banco Hipotecario del Uruguay. (Normas). (Carp. 2491/002). (Informado). Rep. 1085 y Anexo I

2º.- Pascual Harriague. (Designación a la Escuela Nº 69 de Colonia Harriague, departamento de Salto). (Carp. 756/000). (Informado). Rep. 410 y Anexo I

3º.- Doctor Justo Marcelo Alonso. (Designación al Hospital de la ciudad de Rosario, departamento de Colonia). (Carp. 1399/001). (Informado). Rep. 675 y Anexo I

4º.- Vehículos automotores y equipos de trasmisión y de procesamiento de audio importados por las radioemisoras de AM y FM instaladas fuera del departamento de Montevideo. (Reducción del plazo fijado para su enajenación). (Carp. 55/000). (Informado). Rep. 16 y Anexo I

5º.- Ciudad de Paso de los Toros. (Se declara feriado el día 17 de julio de 2003 con motivo de conmemorarse el centenario de su fundación). (Carp. 2013/002). (Informado). Rep. 898 y Anexo I

6º.- República de Pakistán. (Designación a la Escuela Nº 183 del departamento de Montevideo). (Carp. 108/000). (Informado). Rep. 42 y Anexo I

7º.- Doctor Enrique Claveaux. (Designación al Hospital Filtro de la ciudad de Montevideo). (Carp. 1436/001). (Informado). Rep. 692 y Anexo I

8º.- Baltasar Brum. (Designación a la Escuela Nº 5 del barrio Baltasar Brum de la ciudad capital del departamento de Salto). (Carp. 758/000). (Informado). Rep. 412 y Anexo I

9º.- Doctor Baltasar Brum. (Designación a la Escuela Jardín de Infantes Nº 83 de la ciudad capital del departamento de Durazno). (Carp. 640/000). (Informado). Rep. 363 y Anexo I

 

 

HORACIO D. CATALURDA     MARGARITA REYES GALVÁN

S e c r e t a r i o s

S U M A R I O

 

1.- Asistencias y ausencias

2.- Asuntos entrados

3.- Proyectos presentados

4 y 6.- Exposiciones escritas

5.- Inasistencias anteriores

MEDIA HORA PREVIA

7.- Fallecimiento del profesor Jorge Luis Ornstein.

— Exposición de la señora Representante Payssé

8.- Contaminación producida por automotores en mal estado de funcionamiento.

— Exposición del señor Representante Laviña

9.- Reconocimiento a la actuación de la Comisión para la Paz.

— Exposición del señor Representante Bellomo

10.- Inquietud ante la posible instalación de una antena sobre el tanque de OSE de Nueva Helvecia, departamento de Colonia.

— Exposición del señor Representante González Álvarez

11.- Situación del departamento de Artigas.

— Exposición del señor Representante Braccini

12.- Falta de respuesta a planteos de los legisladores.

— Exposición del señor Representante Abisab

CUESTIONES DE ORDEN

16 y 22.- Integración de Comisiones

14 y 21.- Integración de la Cámara

27.- Levantamiento de la sesión

14 y 21.- Licencias

23.- Sesión extraordinaria

18.- Vuelta de proyecto a Comisión

VARIAS

13.- Comisión de Legislación del Trabajo. (Autorización para reunirse simultáneamente con la Cámara)

19.- Comisión Especial de Género y Equidad. (Prórroga de plazo)

MEDIA HORA FINAL

25.- Alarma ante un posible atentado contra la Embajada de los Estados Unidos de América.

— Manifestaciones de la señora Representante Iriarte

26.- Posibilidad de que el INDA suspenda el sistema de alimentación a través de ollas populares.

— Manifestaciones de la señora Representante Garrido

ORDEN DEL DÍA

15, 17, 20 y 24.- Fortalecimiento del Banco Hipotecario del Uruguay. (Normas).

Antecedentes: Rep. Nº 1085 , de octubre de 2002, y Anexo I, de noviembre de 2002. Carp. Nº 2491 de 2002. Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente, integrada con la de Hacienda.

— En discusión general

1.-      Asistencias y ausencias.

Asisten los señores Representantes: Washington Abdala, Odel Abisab, Ernesto Agazzi, Guillermo Álvarez, Juan Justo Amaro, Gustavo Amen Vaghetti, José Amorín Batlle, Fernando Araújo, Raúl Argenzio, Beatriz Argimón, Roberto Arrarte Fernández, Roque E. Arregui, Raquel Barreiro, Jorge Barrera, Artigas A. Barrios, Edgar Bellomo, Juan José Bentancor, Nahum Bergstein, Ricardo Berois Quinteros, Ruben Bertín, José L. Blasina, Nelson Bosch, Víctor Braccini, Brum Canet, Julio Cardozo Ferreira, Ruben Carminatti, Nora Castro, Ricardo Castromán Rodríguez, Roberto Conde, Jorge Chápper, Eduardo Chiesa Bordahandy, Guillermo Chifflet, Sebastián Da Silva, Mariella Demarco, Óscar Echevarría, Ángel Fachinetti, Alejandro Falco, Ricardo Falero, Alejo Fernández Chaves, Ramón Fonticiella, Luis José Gallo Imperiale, Daniel García Pintos, Gabriela Garrido, Orlando Gil Solares, Carlos González Álvarez, Tabaré Hackenbruch Legnani, Doreen Javier Ibarra, María Iriarte, Luis Alberto Lacalle Pou, Julio Lara, Félix Laviña, Ramón Legnani, León Lev, Antonio López, Guido Machado, Juan Máspoli Bianchi, Artigas Melgarejo, José Homero Mello, Ricardo Molinelli, Martha Montaner, Eloísa Moreira, Ruben Obispo, Jorge Orrico, Edgardo Ortuño, Gabriel Pais, Ronald Pais, Daniela Payssé, Gustavo Penadés, Margarita Percovich, Alberto Perdomo, Darío Pérez, Enrique Pérez Morad, Carlos Pita, Martín Ponce de León, Iván Posada, Yeanneth Puñales Brun, María Alejandra Rivero Saralegui, Ambrosio Rodríguez, Glenda Rondán, Hugo Rosete, Adolfo Pedro Sande, Julio Luis Sanguinetti, Diana Saravia Olmos, Alberto Scavarelli, Leonel Heber Sellanes, Raúl Sendic, Pedro Señorale, Gustavo Silveira, Julio C. Silveira, Carlos Testoni, Lucía Topolansky, Wilmer Trivel, José L. Veiga, Walter Vener Carboni, Hugo Vergara y Elizabeth Villalba.

Con licencia: Carlos Baráibar, José Bayardi, Daniel Bianchi, Gustavo Borsari Brenna, Ruben H. Díaz, Daniel Díaz Maynard, Juan Domínguez, Gustavo Guarino, Arturo Heber Füllgraff, Óscar Magurno, José Carlos Mahía, Felipe Michelini, Pablo Mieres, Francisco Ortiz, Enrique Pintado, Víctor Rossi y Daisy Tourné.

Faltan con aviso: Guzmán Acosta y Lara, Silvana Charlone y José M. Mieres.

2.-     Asuntos entrados.

"Pliego Nº 187

INFORMES DE COMISIONES

La Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente, integrada con la de Hacienda, se expide sobre el proyecto de ley por el que se establecen normas para el fortalecimiento del Banco Hipotecario del Uruguay. C/2491/002

La Comisión de Salud Pública y Asistencia Social se expide, con informes en mayoría y en minoría sobre el proyecto de ley por el que se establecen normas para la defensa de la salud reproductiva. C/3107/993

-     Se repartieron con fecha 5 de noviembre

PROYECTOS PRESENTADOS

Varios señores Representantes presentan, con su correspondiente exposición de motivos, los siguientes proyectos de ley:

-    A la Comisión de Hacienda".

3.-     Proyectos presentados.

A) "RESERVA DEL PRESUMARIO EN MATERIA PENAL. (Modificación del artículo 113 del Código del Proceso Penal).

PROYECTO DE LEY

Artículo único.- Modifícase el artículo 113 del Código del Proceso Penal, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"ARTÍCULO 113. (Reserva de la instrucción).- El presumario tendrá carácter reservado.

Cesa el carácter reservado:

1º) Porque se dictó el auto de procesamiento.

2º) Porque se dispone el archivo de las actuaciones.

3º) Porque ha transcurrido un año desde el inicio de las actuaciones presumariales.

Si transcurrido un año se optara por continuar las actuaciones presumariales, únicamente tendrán carácter reservado las subsiguientes al cumplimiento del plazo.

Ninguna actuación podrá tener carácter reservado por más de un año".

Montevideo, 5 de noviembre de 2002.

JORGE ORRICO, Representante por Montevideo, RAMÓN FONTICIELLA, Representante por Salto, NORA CASTRO, Representante por Montevideo, MARTÍN PONCE DE LEÓN, Representante por Montevideo, MARGARITA PERCOVICH, Representante por Montevideo, DANIELA PAYSSÉ, Representante por Montevideo, ERNESTO AGAZZI, Representante por Canelones, LUCÍA TOPOLANSKY, Representante por Montevideo, ORLANDO GIL SOLARES, Representante por Colonia, ROBERTO CONDE, Representante por Canelones, DOREEN JAVIER IBARRA, Representante por Montevideo, SILVANA CHARLONE, Representante por Montevideo, BRUM CANET, Representante por Montevideo, DARÍO PÉREZ, Representante por Maldonado, RUBEN OBISPO, Representante por Paysandú, ARTIGAS A. BARRIOS, Representante por Rocha, RAMÓN LEGNANI, Representante por Canelones, ROQUE ARREGUI, Representante por Soriano, RICARDO CASTROMÁN RODRÍGUEZ, Representante por Río Negro, LUIS JOSÉ GALLO IMPERIALE, Representante por Canelones, ENRIQUE PINTADO, Representante por Montevideo, JUAN JOSÉ BENTANCOR, Representante por Montevideo.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

- I -

En los Estados democráticos, la cristalinidad y transparencia de los procedimientos estatales es un valor a preservar. Para ello, la publicidad en las actuaciones estatales es un instrumento fundamental. El principio debe ser que todas deben ser públicas, quedando reservadas las actuaciones secretas solamente para el caso en que la ley expresamente lo determine, y ello por razones de interés general que, en el caso, hacen al mejor cumplimiento de la actividad estatal.

- II -

El secreto del presumario establecido en el artículo 113 del Código del Proceso Penal es de dudosa constitucionalidad, a poco se examina la disposición del artículo 22 de la Carta Magna. Pero, más allá de este punto que la práctica judicial ha resuelto a favor de la constitucionalidad de la norma en cuestión, es indudable que con frecuencia se ha hecho un uso abusivo del carácter reservado de las actuaciones que conduce a una flagrante violación de los derechos humanos de los administrados.

Sucede (y cualquier abogado práctico tiene mucha experiencia en esto), que una persona es denunciada, indagada, se abre un presumario y luego pasan años sin que la ciudadana o ciudadano puedan acceder al expediente para enterarse de los pormenores de una situación en la que él se vio involucrado.

Si bien es discutible, aparece como razonable que un expediente permanezca como "reservado" por un lapso prudencial a los efectos de tratar de asegurar los resultados de las actuaciones que, en caso de hacerse públicas, pudieran frustrarse. Pero escapa a toda razonabilidad que un expediente permanezca en "presumario" y por lo tanto con carácter "reservado" durante años y años. Y peor aún es la situación cuando un expediente se archivó (con lo que pierde el carácter de "reservado" y pasa a ser público) y luego se le vuelve a convertir en "reservado" en su totalidad por el solo hecho de reiniciar actuaciones.

- III -

Al decir del actual Presidente de la Suprema Corte de Justicia, doctor Gervasio Guillot, el secreto de las actuaciones presumariales "es un resabio medieval de la inquisición" (Radio El Espectador, programa "En Perspectiva" de 21 de octubre de 2002). Constituye además -a juicio de los proponentes- una clara violación de pactos internacionales suscritos por la República como la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto de San José de Costa Rica, entre otros.

- IV -

El proyecto de ley que se pone a consideración, modifica el artículo 113 del Código del Proceso Penal, estableciendo la publicidad de las actuaciones presumariales una vez transcurrido un año del inicio de las mismas. Más allá de discusiones académicas muy importantes, se procura racionalizar situaciones que, en la práctica, lesionan los derechos de las personas a estar informadas de actuaciones en que son protagonistas.

El secreto puede conducir a abusos, entonces hay que procurar evitarlo. La publicidad conduce al control social, entonces hay que alentarla.

Montevideo, 5 de noviembre de 2002.

JORGE ORRICO, Representante por Montevideo, RAMÓN FONTICIELLA, Representante por Salto, NORA CASTRO, Representante por Montevideo, MARTÍN PONCE DE LEÓN, Representante por Montevideo, MARGARITA PERCOVICH, Representante por Montevideo, DANIELA PAYSSÉ, Representante por Montevideo, ERNESTO AGAZZI, Representante por Canelones, LUCÍA TOPOLANSKY, Representante por Montevideo, ORLANDO GIL SOLARES, Representante por Colonia, ROBERTO CONDE, Representante por Canelones, DOREEN JAVIER IBARRA, Representante por Montevideo, SILVANA CHARLONE, Representante por Montevideo, BRUM CANET, Representante por Montevideo, DARÍO PÉREZ, Representante por Maldonado, RUBEN OBISPO, Representante por Paysandú, ARTIGAS A. BARRIOS, Representante por Rocha, RAMÓN LEGNANI, Representante por Canelones, ROQUE ARREGUI, Representante por Soriano, RICARDO CASTROMÁN RODRÍGUEZ, Representante por Río Negro, LUIS JOSÉ GALLO IMPERIALE, Representante por Canelones, ENRIQUE PINTADO, Representante por Montevideo, JUAN JOSÉ BENTANCOR, Representante por Montevideo".

B) "DEUDAS EN DÓLARES AMERICANOS, CONTRAÍDAS POR PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS CON ANTERIORIDAD AL DÍA 20 DE JUNIO DE 2002. (Reestructuración).

PROYECTO DE LEY

Artículo 1º. (Alcance. Deudas comprendidas).- Las personas físicas o jurídicas que hubieren contraído deudas en dólares americanos con anterioridad al 20 de junio de 2002, podrán ampararse a la refinanciación y cancelación dispuestas en la presente ley, de acuerdo a lo establecido en los artículos siguientes.

Quedan comprendidas, las deudas contraídas para la adquisición y/o refacción del bien inmueble que constituya la vivienda del deudor y/o su familia, aun cuando dicho destino no surja de los documentos otorgados, debiendo en este caso acreditarse sumariamente ante el acreedor. Asimismo, quedan incluidas las deudas contraídas en las condiciones dispuestas en el inciso primero y constituyen el saldo de precio de la adquisición del bien inmueble vivienda del deudor y/o su familia. Dicho régimen beneficiará también a los codeudores, fiadores o avalistas de los deudores.

Artículo 2º. (Deudores comprendidos).- Quedan comprendidos en las previsiones de esta ley:

A) Los deudores que contrajeron sus deudas antes de la fecha indicada en el artículo anterior y que no hubieren sido canceladas con posterioridad a esa fecha.

No se considerarán cancelaciones todas aquellas novaciones y renovaciones totales cualesquiera fueren las formas de su instrumentación.

B) Los deudores que hubieren cancelado total o parcialmente sus deudas contraídas con anterioridad al 20 de junio de 2002, contrayendo a tales fines un nuevo crédito, lo que se determinará mediante prueba fehaciente.

C) Deudores buenos pagadores, entendiéndose por tales aquellos que hayan demostrado voluntad de pago, no registrando atrasos de más de tres cuotas consecutivas en el decurso del proceso amortizante. No se considerarán malos pagadores aquellos que registren atrasos a partir del mes de diciembre de 2001.

Artículo 3º. (Deudores excluidos).- Quedan excluidos de la refinanciación que esta ley preceptúa las obligaciones contraídas por:

A) Los deudores que presenten una situación de solvencia y liquidez que les permita hacer frente a sus obligaciones en las condiciones inicialmente contraídas o perciban sus ingresos en dólares americanos.

B) Los deudores que hayan realizado actos o contratos destinados a sustraer bienes de la legítima persecución de sus acreedores o hayan retirado o girado dinero al exterior en cifras iguales o superiores al saldo pendiente, en los doce meses anteriores al 20 de junio de 2002, hayan sido estos retiros o giros fraccionados o no.

A tales efectos se requerirá para ampararse a la refinanciación prevista por esta ley la presentación de declaración jurada de bienes y autorización expresa y amplia para levantar el secreto bancario con el alcance previsto anteriormente.

Esta exclusión comprenderá igualmente a los codeudores, fiadores o avalistas que hayan realizado los actos previstos en este literal.

Artículo 4º. (Condiciones de la refinanciación).-

A) El monto de la deuda a refinanciar será el capital no amortizado al 19 de junio de 2002.

B) Sobre dicho monto se aplicará una tasa de interés preferencial máximo del 7% (siete por ciento) anual. Este interés no se aplicará en los casos en que el originalmente pactado fuera menor.

C) El interés preferencial referido en el literal A) no constituirá hecho generador a los efectos del cálculo del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto a los Activos de las Empresas Bancarias (IMABA), requiriéndose del Poder Ejecutivo, la iniciativa para su exoneración.

D) El saldo total pendiente de pago se reliquidará manteniendo el plazo originalmente pactado.

E) Las amortizaciones parciales se efectuarán en la forma y plazos originalmente comprometidos en los contratos por el monto resultante de la aplicación de los incisos anteriores.

F) Las cuotas adeudadas a partir del mes de diciembre de 2001 hasta la promulgación de la ley no generarán intereses moratorios y determinarán un corrimiento automático del plazo.

Artículo 5º. (Cancelaciones anticipadas).- El capital adeudado, literal A) del artículo 4º, podrá ser cancelado total o parcialmente fijándose a tales efectos una bonificación mínima del 20% (veinte por ciento) sobre el capital cancelado.

En el caso de cancelaciones anticipadas totales o parciales no serán de aplicación en ningún caso multas o compensaciones especiales aunque éstas hubieran sido pactadas.

Artículo 6º. (Topes).- El monto de la cuota resultante por aplicación del artículo 4º de la presente ley, tendrá un límite máximo mensual a abonar equivalente al 25% (veinticinco por ciento) de los ingresos del núcleo familiar del deudor, el que se calculará de acuerdo a la declaración de ingresos presentada al contraer la deuda, actualizando dicho monto, conforme el índice medio de salarios.

El deudor podrá optar entre pagar la cuota reliquidada conforme al artículo 4º, abonar la misma según el tope previsto en este artículo o abonar como tope el monto en moneda nacional que amortizaba al 19 de junio de 2002. Esta opción podrá ser realizada por el deudor en cualquier momento durante el período amortizante.

En ambos casos el límite máximo se incrementará en función de los aumentos del índice medio de salarios y será convertido a la cotización del dólar interbancario vendedor del día anterior a la fecha de pago. De resultar inferior el tope máximo establecido según los incisos anteriores, al valor de la cuota reliquidada conforme al artículo 4º, la diferencia será imputada en dólares americanos en un saldo pendiente especial que se abonará al finalizar el período de amortización sin intereses moratorios ni compensatorios.

El saldo pendiente especial será abonado al término del plazo y en cuotas con idéntica limitación.

Artículo 7º.- En caso de existir acción judicial para el cobro de la deuda con condena en costos, se incluirán en el monto a reestructurar los honorarios de los profesionales intervinientes por la parte actora, no pudiendo exceder los mismos el 10% (diez por ciento) del establecido en el arancel del Colegio de Abogados.

Artículo 8º.- A los deudores, codeudores, fiadores, garantes o avalistas que se amparen en la presente ley se le suspenderán todas las acciones judiciales para el cobro de lo adeudado.

Artículo 9º.- Los deudores, codeudores, fiadores, garantes en general o avalistas, que se amparen en la presente ley, serán considerados por el sistema financiero como sujetos de crédito en igualdad de condiciones con los demás agentes económicos.

Artículo 10.- Cuando con el producido de la ejecución o venta de los bienes que componían el patrimonio de un deudor no se hubiese cancelado totalmente lo adeudado y éste demostrase su insolvencia total, se le darán por canceladas sus deudas, los tributos y honorarios que hubiesen quedado impagos y se levantará a su pedido, de oficio, los embargos e interdicciones interpuestas.

INSTRUMENTACIÓN DE LA REFINANCIACIÓN

Artículo 11.- La refinanciación de las deudas comprendidas en esta ley será instrumentada mediante la suscripción de acuerdos de pago o de nuevos documentos de adeudo, en ambos casos sin costo alguno para el deudor.

Artículo 12.- En todos los casos, instrumentada la refinanciación, subsistirán, sin necesidad de ratificación, inscripción o anotación registral de clase alguna, las garantías personales y reales que afiancen las obligaciones refinanciadas.

Artículo 13.- Las instituciones financieras acreedoras no podrán exigir a los deudores, sus codeudores, fiadores y avalistas, como condición para acordar esta refinanciación, más garantías que las otorgadas para el afianzamiento de los créditos preexistentes.

Artículo 14.- Al exclusivo efecto del amparo al régimen de refinanciación previsto en esta ley, no se exigirá la presentación de certificados que acrediten que el deudor está al día con sus obligaciones tributarias.

PROCEDIMIENTO PARA INSTRUMENTAR
LA REFINANCIACIÓN

Artículo 15.- Los deudores, codeudores, fiadores, garantes o avalistas comprendidos, deberán comparecer dentro del plazo de sesenta días a partir de la promulgación de la presente ley, ante sus respectivos acreedores manifestando ampararse a la refinanciación. Los acreedores, deberán expedir constancia de dicha presentación, y en caso de negativa será prueba suficiente telegrama colacionado u otro medio fehaciente de comunicación que realice el deudor.

En caso que el acreedor entienda que el deudor no reúne las condiciones establecidas para acogerse a la refinanciación, le comunicará su decisión al respecto notificándolo en un plazo no mayor a quince días a partir de la presentación del deudor, mediante telegrama colacionado u otro medio fehaciente.

Si la respuesta fuera negativa, o ante el silencio del acreedor, o en caso de diferencias en la aplicación de la ley, el deudor, dentro de los diez días hábiles siguientes al vencimiento del plazo anterior, si el acreedor fuera una institución de intermediación financiera podrá concurrir ante la Comisión de Análisis Financiero. Si el acreedor fuera un particular, persona física o jurídica, el deudor concurrirá ante el Área de Defensa al Consumidor. En ambos casos se arbitrarán los medios conciliatorios, habilitando, de no lograrse, la instancia judicial pertinente. De las diligencias conciliatorias se expedirá testimonio para ambas partes.

CREACIÓN DE LA COMISIÓN DE
ANÁLISIS FINANCIERO

Artículo 16.- Créase una Comisión de Análisis Financiero integrada por cuatro miembros, dos designados por el Banco Central del Uruguay (BCU), uno por la Asociación de Bancos del Uruguay (ABU) y uno por la Coordinadora de Deudores, con el cometido de conciliar las diferencias entre acreedores y deudores derivadas de la aplicación de la presente ley.

Artículo 17.- Todas las controversias originadas en la aplicación de la presente ley, que no puedan ser resueltas en vía conciliatoria, serán resueltas por los Órganos del Poder Judicial competentes.

Artículo 18.- Las condiciones de refinanciación o cancelación previstas por la presente ley son sin perjuicio de los acuerdos entre acreedores y deudores en condiciones distintas más favorables para los deudores, codeudores, fiadores o avalistas o de otras disposiciones o acuerdos que faculten el pago con títulos de deuda pública (Bonos del Tesoro y Letras de Tesorería).

Montevideo, 5 de noviembre de 2002.

DARÍO PÉREZ, Representante por Maldonado, NORA CASTRO, Representante por Montevideo, RAMÓN FONTICIELLA, Representante por Salto, CARLOS PITA, Representante por Montevideo, LUCÍA TOPOLANSKY, Representante por Montevideo, ERNESTO AGAZZI, Representante por Canelones, MARGARITA PERCOVICH, Representante por Montevideo, ORLANDO GIL SOLARES, Representante por Colonia, JUAN JOSÉ BENTANCOR, Representante por Montevideo, DOREEN JAVIER IBARRA, Representante por Montevideo, ARTIGAS A. BARRIOS, Representante por Rocha, SILVANA CHARLONE, Representante por Montevideo, RICARDO CASTROMÁN RODRÍGUEZ, Representante por Río Negro, RUBEN OBISPO, Representante por Paysandú, RAMÓN LEGNANI, Representante por Canelones, ROQUE ARREGUI, Representante por Soriano, LUIS JOSÉ GALLO IMPERIALE, Representante por Canelones, ROBERTO CONDE, Representante por Canelones, BRUM CANET, Representante por Montevideo.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La situación del endeudamiento interno, de dimensiones extraordinarias antes del 20 de junio de 2002, ha adquirido características inéditas luego de esa fecha.

A la magnitud del problema en lo que hace a su extensión y a la cantidad de uruguayas y uruguayos que compromete, se le agregó el efecto devastador de la abrupta e imprevista modificación de la política monetaria y cambiaria. El fenómeno combinado de la dolarización de la economía con el atraso cambiario acumulado y la devaluación generaron la actual situación que opera como un verdadero "cuello de botella" para los intentos de superar la profunda y prolongada recesión económica nacional. La imposibilidad de pago en las condiciones pactadas originalmente está marcando la regla de la situación de los deudores. Las cifras de morosidad en algunas áreas del sistema financiero están hablando por sí solas de esta realidad.

Resulta imperioso arbitrar fórmulas que permitan el cumplimiento de las obligaciones asumidas contemplando, al generar condiciones de pago, la dramática situación en la que se encuentran inmersos al estar imposibilitados de hacer frente a esos compromisos asumidos en dólares americanos con anterioridad al 20 de junio de 2002. Por otro lado posibilitará, al recomponer la cadena de pagos, generar la necesaria estabilidad del sistema que lo rehabilite como instrumento de crédito.

La actual situación económica que vive el país y la región obligan a tomar decisiones que impulsen la regeneración de las condiciones productivas que permitan encontrar una salida reactivadora. Dentro de los temas claves para la reactivación económica se encuentra la necesidad de recomponer el crédito lo que no será posible sin solucionar el problema del endeudamiento interno.

El abandono por parte del Poder Ejecutivo de la política monetaria el 20 de junio de 2002, operó contra las previsiones de quienes contrajeron sus deudas en dólares americanos, lo que sumado a la pérdida de mercados con motivo de la crisis regional, al aumento del impuesto a las retribuciones personales, a las altas tasas de interés pactadas, y a la pérdida de ingresos, tornó imposible a una importante parte de la población, afrontar los niveles de endeudamiento contraídos. A partir de allí, se configuró una situación dramática y de alcance general; la imposibilidad de los deudores de hacer frente a los compromisos asumidos. La devaluación configuró de por sí un cambio radical en las reglas de juego en perjuicio de los deudores, alterando abruptamente el equilibrio contractual, afectando irremediablemente la seguridad jurídica al modificarse desde afuera las condiciones que llevaron a la contratación.

Permitir el desenlace previsible de estas situaciones, lejos de beneficiar al sistema financiero, contribuirá inexorablemente a socavar las bases de su propia existencia. La baja de los precios de bienes inmuebles, garantías de los préstamos contraídos, no sólo torna más compleja la situación de los deudores (en cuanto el producido del remate no alcanzará siquiera para cubrir el saldo de sus deudas), sino que, además, esta especial situación de mercado frustraría incluso el derecho del acreedor a la recuperación de su capital, sin solución real para ninguna de las partes. A lo planteado se suma, además, el grave problema social provocado por el hecho de que en estos préstamos el bien otorgado en garantía constituye la vivienda del deudor o su familia. La pérdida producida -si se opta por no interferir- conducirá a consecuencias imprevisibles e irremediables.

Para poder cumplir los contratos establecidos, la solución al problema del endeudamiento interno debe apuntar a lograr un nivel de pago que actualmente no se da y que se base en principios de distribución equitativa de costos y beneficios, en la constatación de la relación asimétrica entre las partes y en la asunción de las correspondientes responsabilidades por parte de cada una de ellas.

El presente proyecto pretende, en el área vivienda, generar las condiciones de equilibrio económico que permitan a los deudores cumplir y a los acreedores recibir el capital prestado, adecuando los beneficios a percibir acorde a la nueva realidad económica.

Contraponer búsqueda de soluciones para los deudores a seguridad jurídica o a derechos de los ahorristas, constituye una apreciación limitada de la realidad. Si no somos capaces de generar condiciones de pago reales el sistema financiero se verá irremediablemente afectado y contrariamente a lo afirmado, sólo si estas condiciones se logran, el derecho de los ahorristas será efectivamente asegurado. La omisión en buscar soluciones a lo previsible generado por la imposibilidad de pago, comprometerá la estabilidad del sistema financiero, la recomposición del crédito y en definitiva la posibilidad de encontrar una salida productiva a la crisis que vive el país.

El Estado debe contribuir a la solución del endeudamiento interno mediante la eliminación de los tributos que gravan los intereses. Su responsabilidad es inexcusable en lo que hace a la política cambiaria, a las consecuencias de su variación imprevista y a la creación de las condiciones económicas que llevaron al endeudamiento en moneda extranjera al nivel en que se encuentra.

La solución legal propuesta dispone la aplicación de una tasa de interés preferencial para las deudas contraídas en dólares americanos en el área vivienda, con anterioridad al 20 de junio de 2002, reliquidándose lo adeudado y reestructurándose conforme a la tasa que se fija.

En esta área, préstamos destinados a vivienda o refacción, en la que los deudores perciben sus ingresos en moneda nacional, se establece un límite máximo de amortización mensual a abonar equivalente al 25% de los ingresos del núcleo familiar del deudor, o, a opción del deudor el monto en moneda nacional que abonaba previo a la devaluación. En ambos casos se convierte mensualmente al valor dólar, determinando la cuota máxima en dicha moneda a abonar. De ser inferior el límite máximo a la cuota reliquidada conforme al interés preferencial, dicha suma será imputada en dólares americanos en un saldo pendiente especial a abonar al finalizar el período de amortización sin intereses compensatorios ni moratorios. El saldo pendiente especial será abonado al término del plazo y en cuotas con idéntica limitación.

Se establece con carácter general que las cuotas adeudadas a partir del 31 de diciembre de 2001 y hasta la promulgación de la ley no generarán intereses moratorios y determinarán un corrimiento automático del plazo.

Adicionalmente se eliminan las multas por cancelaciones anticipadas disponiéndose bonificaciones sobre las mismas sean éstas totales o parciales.

Siendo el espíritu que anima el proyecto a considerar, a los efectos de la refinanciación, exclusivamente a quienes han actuado y actúan de buena fe, se establece como requisito de amparo a la refinanciación autorización expresa y amplia para levantar el secreto bancario, excluyendo a quienes hayan tenido o tengan depósitos por valores semejantes o superiores al monto de su deuda en un período de doce meses previo al 20 de junio de 2002.

Se establece un procedimiento breve a los efectos de su aplicación y órganos encargados de conciliar las diferencias que pudieran surgir entre acreedor y deudor.

Montevideo, 5 de noviembre de 2002.

DARÍO PÉREZ, Representante por Maldonado, NORA CASTRO, Representante por Montevideo, RAMÓN FONTICIELLA, Representante por Salto, CARLOS PITA, Representante por Montevideo, LUCÍA TOPOLANSKY, Representante por Montevideo, ERNESTO AGAZZI, Representante por Canelones, MARGARITA PERCOVICH, Representante por Montevideo, ORLANDO GIL SOLARES, Representante por Colonia, JUAN JOSÉ BENTANCOR, Representante por Montevideo, DOREEN JAVIER IBARRA, Representante por Montevideo, ARTIGAS A. BARRIOS, Representante por Rocha, SILVANA CHARLONE, Representante por Montevideo, RICARDO CASTROMÁN RODRÍGUEZ, Representante por Río Negro, RUBEN OBISPO, Representante por Paysandú, RAMÓN LEGNANI, Representante por Canelones, ROQUE ARREGUI, Representante por Soriano, LUIS JOSÉ GALLO IMPERIALE, Representante por Canelones, ROBERTO CONDE, Representante por Canelones, BRUM CANET, Representante por Montevideo".

4.-     Exposiciones escritas.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Está abierto el acto.

(Es la hora 16 y 29)

——Dese cuenta de las exposiciones escritas.

(Se lee:)

"El señor Representante José Homero Mello solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Economía y Finanzas, sobre la necesidad de proveer fondos para el cumplimiento de las obras en ejecución por parte de la Comisión Honoraria Pro Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre. C/27/000

El señor Representante Guzmán Acosta y Lara solicita se curse una exposición escrita a los Ministerios de Economía y Finanzas, y del Interior y a la Junta Departamental de Durazno, relacionada con las partidas presupuestales destinadas a cubrir los servicios esenciales de seguridad pública. C/27/000

La señora Representante María Alejandra Rivero Saralegui solicita se curse una exposición escrita a los Ministerios de Industria, Energía y Minería, con destino a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas y a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland; de Defensa Nacional, con destino a la Administración Nacional de Telecomunicaciones; y de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, con destino a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, acerca de la posibilidad de instalar una sala de informática en la Escuela Nº 11 "República Federativa del Brasil", de la ciudad de Melo, departamento de Cerro Largo. C/27/000

El señor Representante Óscar Echevarría solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con destino al Banco de Previsión Social, referente a la necesidad de adjudicar viviendas desocupadas a los pasivos evacuados por las inundaciones en la ciudad de Río Branco, departamento de Cerro Largo. C/27/000

El señor Representante Ramón Fonticiella solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con destino al Instituto Nacional de Alimentación, sobre la falta de alimentos para la atención de merenderos y comedores del departamento de Salto. C/27/000"

——Se votarán oportunamente.

5.-      Inasistencias anteriores.

Dese cuenta de las inasistencias anteriores.

(Se lee:)

"Inasistencias de Representantes a la sesión ordinaria realizada el 5 de noviembre de 2002:

Con aviso: Guzmán Acosta y Lara.

Inasistencias a las Comisiones.

Representantes que no concurrieron a las Comisiones citadas:

Martes 5 de noviembre:

DERECHOS HUMANOS

Con aviso: Alberto Scavarelli.

GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

Con aviso: Gustavo Guarino.

SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL

Con aviso: Daniel Bianchi.

SEGURIDAD SOCIAL

Con aviso: Héctor Gustavo Silveira Rodríguez.

TRANSPORTE, COMUNICACIONES Y OBRAS PÚBLICAS

Con aviso: Juan Domínguez, Óscar Magurno.

TURISMO

Con aviso: Ambrosio Rodriguez.

VIVIENDA, TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE integrada con la de HACIENDA

Con aviso: Carlos Baráibar".

6.- Exposiciones escritas.

——Habiendo número, está abierta la sesión.

Se va a votar el trámite de las exposiciones escritas de que se dio cuenta.

(Se vota)

——Treinta y dos en treinta y seis: AFIRMATIVA.

(Texto de las exposiciones escritas:)

1) Exposición del señor Representante José Homero Mello al Ministerio de Economía y Finanzas, sobre la necesidad de proveer fondos para el cumplimiento de las obras en ejecución por parte de la Comisión Honoraria Pro Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre.

"Montevideo, 5 de noviembre de 2002. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Guillermo Álvarez. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Economía y Finanzas. Nos encontramos, nuevamente, frente a los requerimientos que, desde la Comisión Honoraria pro Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre (MEVIR), se realizan por la no disponibilidad de recursos para cumplir con las metas acordadas con el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Todos sabemos de las expectativas que existen con respecto a la construcción de grupos habitacionales en todo el país, que involucran, en gran medida, a los pobladores de nuestra campaña, de villas o de ciudades del interior. Hemos acompañado, en varias oportunidades, a interesados del departamento de Paysandú, habiendo logrado que algunos proyectos se aprobaran. Durante el transcurso de este año, no pudieron ser puestos en marcha por el recorte de los recursos impuesto por el Poder Ejecutivo, el que afectó a todos los Ministerios en un 20%. Así, no se inició la construcción de los grupos de MEVIR de las localidades Parada Esperanza, Soto y Arroyo Malo, del departamento de Paysandú, quedando a la espera de que se suspendan los recortes. A nivel nacional existen en lista de espera 362 localidades, lo que abarca a más de cien mil personas. Se han construido 30 grupos habitacionales; lo proyectado por MEVIR en gastos para el quinquenio, sobre un plan de obras, era la construcción de 7000 viviendas, con una inversión, de alrededor, de US$ 70.000.000. Posteriormente, la inversión se ajustó a US$ 50.000.000, aproximadamente y estamos hablando de datos aportados a la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente, el 16 de mayo de 2001. En aquel momento, se requería que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente entregara el dinero previsto anualmente. En ese tipo de planes de obras, tal medida permitiría construir más, abaratar los costos fijos y mantener la continuidad de las construcciones. La puesta en marcha de cada proyecto genera en cada departamento la producción de ladrillos, la compra de miles de chapas, de baldosas y de aberturas, lo que dinamiza el mercado interno. En estos momentos, MEVIR sufre porque el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente no entrega el dinero, el que señala que no recibe las partidas de parte del Ministerio de Economía y Finanzas. Se corre el riesgo de que los proyectos iniciados se paralicen y que el personal que trabaja en los mismos pase al seguro de paro. El Poder Ejecutivo decretó que a partir del 8 de octubre de 2002 no van a verse afectados por recortes las partidas que se establecen para MEVIR. La buena voluntad expresada en el decreto aludido deberá ser instrumentada a través del Ministerio de Economía y Finanzas, el que viabilizará la entrega de los dineros, para que los emprendimientos de obras en los pueblos y localidades del país continúen al ritmo establecido por MEVIR. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. JOSÉ HOMERO MELLO, Representante por Paysandú".

2) Exposición del señor Representante Guzmán Acosta y Lara a los Ministerios de Economía y Finanzas, y del Interior y a la Junta Departamental de Durazno, relacionada con las partidas presupuestales destinadas a cubrir los servicios esenciales de seguridad pública.

"Montevideo, 5 de noviembre de 2002. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Guillermo Álvarez. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita a los Ministerios de Economía y Finanzas; del Interior, y a la Junta Departamental de Durazno. Somos plenamente conscientes de las enormes dificultades presupuestales que el Ministerio del Interior tiene, como sin dudas, las padecen todas las dependencias del Estado. No obstante, es nuestro deber solicitar al Ministerio de Economía y Finanzas que priorice. La seguridad ciudadana y la situación que se vive en el sistema carcelario nacional son más que preocupantes y la tarea que el Ministerio del Interior desarrolla es digna de destacar ante tal situación. El departamento de Durazno no está ajeno a esta realidad. Han crecido los delitos principalmente, la rapiña, el arrebato y el abigeato -en un caso que aún se esta investigando, desaparecieron 400 lanares-. El Centro de Reclusión de Durazno tiene una capacidad primaria de 50 personas y, actualmente, alberga a 103 reclusos. En un momento se había planificado la ampliación del Centro, con la construcción de un nuevo pabellón y sala de visitas, pero todo quedó sin efecto. El personal en el departamento es insuficiente; se ha priorizado el ingreso de personal al servicio ejecutivo en departamentos como Montevideo, Canelones y Maldonado, pero al resto del país y, sobre todo la región centro, ha quedado con una sensible insuficiencia de efectivos, lo que agrava aún más la situación. Recientemente, con la puesta en práctica del número 911 en Montevideo, -una acertada decisión del Ministerio del Interior en centralizar en ese número los servicios de policía, bomberos y policía caminera-, presentamos nuestra inquietud ante el tema que nos preocupa sobremanera que es la alta tasa de suicidios que tiene el país. Solicitamos a las autoridades de dicha Secretaría de Estado, que contemplen la posibilidad de que dicha línea de emergencias sirva también para la asistencia y atención al suicida. En el departamento de Durazno, en lo que va del presente año, se han constatado ya catorce suicidios, trece hombres y una mujer, y de acuerdo a los datos oficiales, es la mayor cifra en los últimos 20 años; la mayoría optó por ahorcarse, una persona saltó de un puente y el resto por heridas de armas de fuego. El suicidio es la primera causa de muerte violenta en el mundo. La Organización Mundial de la Salud da cuenta de un suicidio cada 40 segundos en el mundo; en nuestro país, se suicida una persona cada 12 horas, nuestra tasa nacional duplica a la de la República Argentina y de la República Federativa del Brasil. En el Uruguay 6.000 personas intentan suicidarse por año y 650 concretan efectivamente la autoeliminación. El suicidio junto con los accidentes de tránsito es una de las primeras causas de muerte en la franja etaria comprendida entre los 15 y 29 años. En el Uruguay, cerca de 30.000 niños y adolescentes padecen depresión y trastornos del estado de ánimo, a los que sin dudas las condiciones actuales del país no ayudan en nada, porque también ven el reflejo de las mismas en sus padres. El tema de la seguridad ciudadana, la atención a los departamentos del interior y, sobre todo, a los que conforman la región centro, la situación del sistema carcelario que se encuentra en un estado deplorable, en donde la recuperación del interno es simplemente en la práctica, una legitima aspiración, pero nada más que eso, dejando paso a la superpoblación y el hacinamiento, son motivo de fuerte preocupación social y apelamos a que pronto se pueda dar respuesta a los mismos. Exhortamos a las autoridades del Ministerio de Economía y Finanzas que consideren esta solicitud de atención a estos gravísimos problemas que, sin dudas, no pueden ser relegados por más tiempo y que se contemple por el medio que se crea más viable atenderlos a la brevedad. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. GUZMÁN ACOSTA Y LARA, Representante por Durazno".

3) Exposición de la señora Representante María Alejandra Rivero Saralegui a los Ministerios de Industria, Energía y Minería, con destino a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas y a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland; de Defensa Nacional, con destino a la Administración Nacional de Telecomunicaciones; y de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, con destino a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, acerca de la posibilidad de instalar una sala de informática en la Escuela Nº 11 "República Federativa del Brasil", de la ciudad de Melo, departamento de Cerro Largo.

"Montevideo, 5 de noviembre de 2002. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Guillermo Álvarez. Al amparo de las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Industria, Energía y Minería, con destino a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) y a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland (ANCAP); de Defensa Nacional, con destino a la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL); y de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, con destino a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE). En la oportunidad, queremos referirnos a un planteamiento que se nos ha realizado, por parte de la Comisión de Fomento de la Escuela Nº 11 República Federativa del Brasil, de la ciudad de Melo, del departamento de Cerro Largo. Dicha escuela está ubicada en la intersección de la Ruta Nacional Nº 8 Brigadier General Juan Antonio Lavalleja y calle Higueras, en el barrio Modelo. Cuenta con 985 alumnos, todos de familias de bajos recursos económicos que viven en ese barrio. El cuerpo de docentes, la referida Comisión y la cooperativa escolar CODEOM, se encuentran trabajando intensamente, a fin de inaugurar, a la brevedad, un aula de informática. Para la concreción de tan anhelado proyecto ya cuentan con una sala adecuada, con cinco microcomputadores, la instalación eléctrica correspondiente, y se han construido las mesas y bancos necesarios. Aspiran disponer de nueve microcomputadores, pero no cuentan con los medios económicos necesarios para adquirir los cuatro equipos que faltan. La implementación de esa sala de informática permitirá a los alumnos mejorar sensiblemente la calidad de su educación, equiparándola a la que reciben, actualmente, escolares de los grandes centros urbanos de nuestro país. El computador presta atención a las necesidades de cada uno de los estudiantes, mediante la individualización de la experiencia de aprendizaje. La introducción de nuevas tecnologías, en el mundo de hoy, representa poseer recursos y herramientas de trabajo fundamentales en el proceso de aprendizaje. Resulta invalorable su aporte en el aula, como recurso didáctico útil, valioso y creativo, que acompaña a los alumnos durante toda su escolarización. El mismo permite innovar, descubriendo las posibilidades educativas que puede tener la producción de materiales multimedia y su aplicación a las distintas áreas. Permite, también, conocer las redes telemáticas -internet- como medio de comunicación, de información y de intercambio de experiencias y conocimientos con otras escuelas. Por lo expuesto, nos permitimos solicitar que se contemple la posibilidad de donar un equipo microcomputador a la escuela de referencia. Saludamos al señor Presidente con nuestra más elevada consideración. MARÍA ALEJANDRA RIVERO SARALEGUI, Representante por Cerro Largo".

4) Exposición del señor Representante Óscar Echevarría al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con destino al Banco de Previsión Social, referente a la necesidad de adjudicar viviendas desocupadas a los pasivos evacuados por las inundaciones en la ciudad de Río Branco, departamento de Cerro Largo.

"Montevideo, 6 de noviembre de 2002. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Guillermo Álvarez. Amparados en las facultades que nos confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicitamos que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y, por su intermedio, al Banco de Previsión Social (BPS). Hemos recibido un planteo que realizó el señor Edil Geener Amaral ante la Junta Departamental de Cerro Largo, relacionado con las viviendas para jubilados que se encuentran desocupadas. Es por todos conocida la situación que se vive en la zona de Río Branco, del departamento de Cerro Largo, luego de la inundación ocurrida en el mes de abril del presente año, provocada por la crecida del río Yaguarón. Hasta el día de hoy en el gimnasio municipal se refugian familias evacuadas; y debemos tener en cuenta, también, que muchas familias se han autoevacuado y se alojan en domicilios particulares. Podemos afirmar, entonces, que hay varios jubilados que están viviendo en casas de familiares, de amigos, de vecinos, quienes han sido solidarios ante la difícil situación en que se encuentran esos abuelos. Se pensó que la evacuación sería por pocos días, como ocurriera en otras ocasiones, pero, no fue así. Todos estamos viviendo con dificultades económicas y el hecho de recibir algún huésped, sin lugar a dudas ha trastocado la planificación de varios hogares anfitriones. Por supuesto que los abuelos no se sienten cómodos porque, por su forma de ver las cosas, están en casa ajena. Por mejor que se los atienda, quieren su independencia, tener las cosas ordenadas a su manera. Por lo general, se han ido a vivir a hogares de condición humilde, donde utilizan una pieza que es dormitorio, sala y cocina a la vez, compartiendo el baño. Se genera, entonces, un hecho multiplicador en el sentido que cada persona evacuada ha alterado la forma de vida de por lo menos dos familias. Hace poco más de un año en la ciudad de Río Branco, se procedió a la entrega de viviendas nuevas para jubilados, y de acuerdo a información recibida, hay siete viviendas desocupadas. La situación descripta precedentemente, amerita que se estudie con carácter de urgente, la forma de asignar esas siete viviendas desocupadas, a los jubilados que han sido y permanecen evacuados desde el mes de abril del presente año, en la ciudad de Río Branco. De procederse de esa manera, la problemática planteada podría ser menor. Saludamos al señor Presidente muy atentamente. ÓSCAR ECHEVARRÍA, Representante por Cerro Largo".

5) Exposición del señor Representante Ramón Fonticiella al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con destino al Instituto Nacional de Alimentación, sobre la falta de alimentos para la atención de merenderos y comedores del departamento de Salto.

"Montevideo, 6 de noviembre de 2002. Señor Presidente de la Cámara de Representantes, Guillermo Álvarez. Amparado en las facultades que me confiere el artículo 155 del Reglamento de la Cámara de Representantes, solicito que se curse la presente exposición escrita al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con destino al Instituto Nacional de Alimentación (INDA). La muy difícil situación social y económica que atraviesa la población, ha generado una verdadera emergencia alimentaria, lo que ha motivado que, en reiteradas oportunidades, realizara contactos telefónicos o escritos con el señor Director del INDA. He procurado, asimismo, transmitirle información sobre las necesidades de la población del departamento de Salto, y como servidor público que soy, me he puesto a disposición del organismo para ayudar en su tarea. Utilizo ahora esta vía, de acuerdo al Reglamento de la Cámara de Representantes, al no haber tenido respuesta a los últimos pedidos de atención. Se trata de la falta de alimentos enviados, hasta ahora, por el INDA, para la atención de merenderos y de servicios de la misma naturaleza que funcionan en el departamento de Salto. En las últimas semanas he transmitido a la Dirección del Instituto, mi profunda preocupación por la suspensión de algún servicio y por el funcionamiento dificultoso de otros ante la carencia de elementos, sin que hasta este momento recibiera respuesta. Conozco las dificultades que vive el país, pero se hace imprescindible solucionar esta situación y encarar la realidad. Solicito, formalmente, al INDA dé contestación práctica enviando los alimentos necesarios; y contestación formal que explique la situación creada. Saludo al señor Presidente muy atentamente. RAMÓN FONTICIELLA, Representante por Salto".

MEDIA HORA PREVIA

7.-     Fallecimiento del profesor Jorge Luis Ornstein.

——Se entra a la media hora previa.

Tiene la palabra la señora Diputada Payssé.

SEÑORA PAYSSÉ.- Señor Presidente: el profesor Jorge Luis Ornstein nació hace ochenta y un años en la República Argentina, pero siempre reivindicó su calidad de uruguayo por elección. Su primera estadía en nuestro país fue en la época de la Argentina peronista.

Exiliado en Venezuela en la época de la dictadura, retorna al Uruguay, donde había formado su familia con su entrañable compañera, Alsacia; aquí habían nacido dos de sus tres hijos y hoy viven sus nietos y bisnietos.

En Argentina fue director y periodista de un diario en Córdoba, libretista de radio, animador y productor televisivo. En el Uruguay fue fundador de varias agencias de publicidad. Profesional de la comunicación, lo seguimos recordando por su actividad varias décadas después.

Seguramente, muchos aquí tendrán presentes sus programas televisivos sobre temas sociales y políticos, que fueron una real contribución a la democracia y al fomento del espíritu crítico en un medio en el que esto no ha sido habitual.

Tuve la suerte de conocerlo personalmente. Su bonhomía, su coherencia, su palabra clara y cálida estuvieron presentes en nuestra época de juventud, ya que en su hogar nos reuníamos frecuentemente los amigos de Alfredo, su hijo argentino. Siempre salíamos reconfortados de conversar con este hombre que nos enriquecía con su palabra atinada y serena, pero firme.

Durante muchos años fue el alma máter de la Licenciatura en Ciencias de la Comunicación en la Universidad de la República, que fundó con un grupo de colegas. El profesor Ornstein no solo la dirigió y prestigió académicamente, sino que luchó contra la incomprensión de muchos para insertarla en la compleja estructura universitaria.

A ninguna tarea renunció; hay anécdotas que nos hacen saber que no dudaba en remangarse, tomar un lampazo y ayudar a evacuar el agua que inundaba el edificio de la morgue del Hospital Pedro Visca, donde se dictaban las clases de la licenciatura.

La Universidad tiene con él una gran deuda por haber hecho lugar al sectarismo y a la inmadurez de un grupo de estudiantes que lo combatieron injustamente. Se fue, entonces, con su dignidad y sus principios a cuestas; los doce docentes que lo acompañaban se fueron con él, pero la semilla estaba plantada y hoy la licenciatura es una realidad gracias a su impulso.

Jorge falleció este fin de semana; se nos fue. Nos costará mucho no verlo caminar por las calles del barrio, por la feria de Villa Biarritz, del brazo de su querida compañera y gran luchadora, Alsacia. Extrañaremos su sonrisa afable y serena, a pesar de que no dejaba de traslucir su preocupación por las penurias que aquejan a su país y a su gente.

Los que tuvimos el privilegio y la alegría de conocerlo y supimos de su sencillez, de su humanidad y de su coherencia ideológica, sabemos que cuando las personas se mueren, generalmente se dicen cosas buenas de ellas, pero en este caso lo que he manifestado es rigurosamente cierto, y compartir con este Cuerpo estas palabras es hacer justicia para con alguien que fue un ejemplo -reitero- de coherencia, de honestidad intelectual y de humanidad, aspectos que confortan tanto a la mente como al alma.

Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a la Universidad de la República; a la Licenciatura en Ciencias de la Comunicación; a su compañera, Alsacia; a sus hijos, Alfredo, Marcelo y Lucio, y a sus nietos, Martín y Bárbara.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Se va a votar el trámite solicitado.

(Se vota)

——Treinta y seis en treinta y siete: AFIRMATIVA.

8.-      Contaminación producida por automotores en mal estado de funcionamiento.

Tiene la palabra el señor Diputado Laviña.

SEÑOR LAVIÑA.- Señor Presidente: en las últimas sesiones, en la media hora previa me estaba abocando a algunos temas sustancialmente municipales, pero que, por los cambios experimentados en nuestra sociedad, se convierten en temas nacionales.

En la última oportunidad me había referido al tema sanitario, a la existencia de un excesivo número de perros en todas las ciudades y a los problemas que ello trae aparejados, no solo en cuanto a la higiene ambiental, a la suciedad que implica, tanto en el interior como en la capital -más en Montevideo-, sino también al riesgo que significa para las personas y especialmente para los niños.

Desde algunos departamentos me han contestado afirmativamente el planteo realizado en cuanto a que se efectúen algunos controles y se evite la proliferación de perros en el Uruguay; por ejemplo, desde las Intendencias Municipales de Salto y de Maldonado.

El planteo que hice en una anterior instancia de media hora previa se vio confirmado en los hechos. Anteayer un niño de dos años murió en Canelones a raíz de la agresión de un perro, propiedad de su abuelo. Quiere decir que este fenómeno está adquiriendo un carácter bastante dramático a nivel nacional.

Hoy me voy a referir a otro tema de carácter municipal que, por su proyección en cuanto atañe a la salud pública, se convierte en un asunto nacional: la contaminación provocada por el transporte urbano.

Quiero expresar mi preocupación por la contaminación provocada por vehículos en mal estado de funcionamiento; a veces son ómnibus, otras camiones y algunas veces taxis y también automóviles que circulan en nuestra capital, en las carreteras y en las ciudades del interior, los cuales provocan ese impacto nocivo para el medio ambiente y la salud humana.

Los vehículos motorizados que consumen combustibles fósiles -derivados del petróleo, como nafta y gasoil- incorporan a la atmósfera un sinnúmero de partículas contaminantes que quedan en suspensión y son altamente nocivas para la salud humana y el ambiente en general. Las emanaciones tóxicas de esos vehículos son responsables de problemas respiratorios que van desde la irritación nasal y la bronquitis hasta cuadros más graves, como la baja de las defensas del sistema inmunológico y los tumores cancerígenos.

A la descarga de partículas contaminantes hay que agregar la contaminación auditiva, que consiste en la producción de ruidos molestos o sonidos fuertes que perturban la paz de las personas y demás seres vivos con los que convivimos. Este contaminante afecta de manera considerable la salud física y mental de las personas, ocasionando daños fisiológicos que van desde la pérdida o disminución parcial de la capacidad auditiva hasta enfermedades coronarias e hipertensión; provoca también daños psicológicos caracterizados por alteraciones del sistema nervioso, como estrés y perturbación del sueño, o cuadros más delicados como la angustia y la baja del rendimiento escolar y laboral.

Por estos motivos, urge poner en marcha acciones que contribuyan a una disminución de la contaminación atmosférica y acústica, aunque también es importante concientizar a la población sobre el cuidado que como habitantes de este planeta debemos dar a nuestro ecosistema urbano.

Es importante, por ejemplo, aplicar una afinación controlada a los vehículos, que consiste en el reemplazo o tratamiento de dispositivos del motor como bujías o filtros, ya que un auto afinado disminuye la cantidad de partículas contaminantes arrojadas al medio ambiente. En varios países se aplican sistemas de afinación mediante los cuales se mide el grado de partículas contaminantes emitidas por los vehículos, y se multa a aquellos que sobrepasen los niveles de emisión permitidos.

Por otra parte, en países como España hemos visto que cuando un vehículo produce emanaciones de gas ostensibles -en nuestro país esto es bastante frecuente-, inspectores motorizados siguen y alcanzan a quien está perjudicando el medio ambiente y la salud humana, lo detienen, recaban los datos del caso y se informa a la autoridad pertinente para que adopte las medidas tendientes a corregir la mala conducta del chofer, y ello se hace en forma positiva.

Lo que claramente se advierte en nuestra vía pública es que no existe un control municipal ni de carácter nacional de los vehículos que transitan por las calles de las ciudades -sean camiones, taxis, ómnibus o coches de particulares- y que desprenden gases excesivamente contaminantes. Este tipo de control, de acuerdo con el Decreto Nº 26.365 de la Junta Departamental de Montevideo, debería realizarse a los vehículos del transporte colectivo que circulan en nuestra capital a través de la División Tránsito y Transporte de la Intendencia Municipal. Pero sería importante que también se extendiera a todo el parque automotor y se aplicaran sanciones a los propietarios de los vehículos más contaminantes.

En cuanto a la contaminación acústica, actualmente se encuentra en el Parlamento un proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo para la protección contra la contaminación, que ya cuenta con media sanción del Senado. Por él se prohíbe la emisión de ruidos al ambiente, en forma directa o indirecta, por encima de los niveles o en contravención de las condiciones a establecerse por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, previéndose inclusive la aplicación de multas para los infractores. A su vez, el artículo 12 prohíbe la circulación en la vía pública de vehículos de tracción mecánica que sobrepasen los niveles sonoros admisibles o que estén desprovistos de sistemas de atenuación acústica adecuados y en buen estado de funcionamiento. Asimismo, establece que el parque vehicular existente deberá ajustarse progresivamente al cumplimiento de las reglamentaciones que se establezcan de conformidad con la presente ley.

(Suena el timbre indicador de tiempo)

——Redondeo, señor Presidente.

En definitiva, lo que pretendemos es buscar una solución íntegra al problema de la contaminación provocada por el transporte urbano, ya sea a través de controles en cuanto a la afinación de los vehículos, de la prohibición de circulación de los más contaminantes, o cualquier otra solución viable que se encuentre, inclusive la detención del coche cuando la emanación tóxica sea ostensiblemente grave.

Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a todas las Intendencias Municipales de la República y a los Ministerios de Salud Pública, de Transporte y Obras Públicas y de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Se va a votar el trámite solicitado.

(Se vota)

——Treinta y dos en treinta y tres: AFIRMATIVA.

9.-     Reconocimiento a la actuación de la Comisión para la Paz.

Tiene la palabra el señor Diputado Bellomo.

SEÑOR BELLOMO.- Señor Presidente: está culminando sus actuaciones la Comisión para la Paz, creada en agosto de 2000, a la que hemos apoyado desde sus inicios. Si algún reparo nos podía merecer en aquel tiempo, la decisión favorable de los familiares de detenidos desaparecidos disipó cualquier duda subsistente.

Si bien es cierto que la tarea llevada a cabo, inconclusa hasta el momento, no puede catalogarse de fecunda por su propia naturaleza y por las circunstancias que la determinaban desde el mismo instante de su concepción, debe establecerse que ella ha sido relevante y trascendente. No se terminó el problema de los detenidos desaparecidos ni se dio vuelta la página como se anunciaba, pero se ha avanzado en esta asignatura pendiente en forma por demás significativa. Se ha concluido, en base a convicción o a información relevante, en torno a la gran mayoría de los casos abordados, pero estas conclusiones no resultan satisfactorias en su totalidad como para afirmar que la sociedad puede sentirse reconfortada.

Sin embargo, no deben pasar inadvertidos ni el esfuerzo realizado ni las importantes informaciones que han sido brindadas. Por encima de matices y eventuales discrepancias, debemos aseverar enfáticamente: en dos años se ha avanzado mucho más que en los quince anteriores, desde la recuperación del funcionamiento democrático. Esto debe reconocerse y no puede soslayarse de ninguna manera.

Tampoco podemos, en esta especie de balance primario, olvidar la presencia y el aporte que en el seno de esta Comisión y hacia el Uruguay entero realizara el Padre Luis Pérez Aguirre. Esa garantía moral del más hondo contenido humano que para mucha gente significó "Perico" fue factor determinante para el aval que los familiares dieran al organismo, dicho esto sin menoscabo de la significación que revistió la presencia de otras prestigiosas personalidades. Cotugno, D'Elía, Fernández, Osorio, Ramela y Williman -nombrados así, por estricto orden alfabético- han realizado una contribución patriótica, y lo han hecho por encima de intereses propios. No fueron seleccionados al azar y la vida demostró que estaban a la altura de la tarea encomendada. Pero no fueron los únicos, señor Presidente; muchas personas colaboraron de diferente manera y el reconocimiento debe ser también para cada uno de ellos. Seguramente, no se hubiesen registrado los avances que se produjeron si no se hubiese contado con esas informaciones y esos testimonios.

También es justo destacar el apoyo paciente y tolerante de los más allegados a los desaparecidos, así como el de la mayoría de los uruguayos. La Comisión contó con una especie de apoyo silencioso, que no debe interpretarse como pasividad y mucho menos como indiferencia. No podemos olvidar que estas investigaciones fueron frustradas o postergadas por las negativas de los ex Presidentes Sanguinetti y Lacalle, que por cierto no estaban solos en esa postura. Hoy, contra lo afirmado y reafirmado, por primera vez en treinta años, desde el Estado uruguayo se reconoce que hubo desaparecidos, torturados y secuestrados por los grupos que detentaron el poder en la noche más oscura que vivió la República; se reconoce que se cometieron aquí varios crímenes de lesa humanidad.

La sociedad uruguaya le debe un reconocimiento a la Comisión y a sus integrantes; sería positivo que institucionalmente se emitieran señales, que el Parlamento, genuino representante de la ciudadanía, se expresase a la brevedad posible.

En la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Representantes hemos acordado invitar a los miembros de la Comisión para la Paz, una vez comunicado el informe final a la población. No desconozco que el tema de las ausencias por desaparición forzada sigue pendiente y necesitará tratamiento y soluciones legislativas. Además -justo es reconocerlo-, no percibo todavía instalado en nuestra sociedad ese necesario estado del alma al que hacía referencia el doctor Batlle, aunque reconozco que vamos avanzando. Tampoco ignoro que las conclusiones adelantadas, así como las que se presenten finalmente, darán lugar a diferentes interpretaciones y serán recibidas por cada quien según su posicionamiento político. Y sé, señor Presidente, como todos en este país, que lo que se maneje acerca de la infame muerte que sufriera Elena Quinteros intentará ser vinculado con el proceso penal que enfrenta el Canciller de la dictadura. Pese a todo, siento que valió la pena todo lo realizado.

Hoy es momento del reconocimiento a la iniciativa -que también hay que reconocer que es de las pocas coincidencias que registramos con el señor Presidente de la República en lo que va de su mandato- y a la labor realizada por la Comisión.

Señor Presidente, sea este un simple homenaje al coraje y la entrega de muchos orientales, a la colaboración, la solidaridad y el respeto que han demostrado las grandes mayorías en el Uruguay.

Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras se pase a la Presidencia de la República y, por su intermedio, a la Comisión para la Paz y a sus miembros.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Se va a votar el trámite solicitado.

(Se vota)

——Treinta y cuatro en treinta y cinco: AFIRMATIVA.

10.-     Inquietud ante la posible instalación de una antena sobre el tanque de OSE de Nueva Helvecia, departamento de Colonia.

Tiene la palabra el señor Diputado González Álvarez.

SEÑOR GONZÁLEZ ÁLVAREZ.- Señor Presidente: en esta oportunidad queremos hacernos eco de una gran inquietud que se ha generado en nuestro departamento, específicamente en la ciudad de Nueva Helvecia, ante la posibilidad de que una empresa de servicios de telefonía celular instale una antena en el tanque de OSE allí ubicado.

Hace pocos días que las fuerzas vivas y muchas personas de la localidad nos vienen diciendo que se sienten muy molestas porque esto pueda ocurrir; inclusive, la Junta Local de Nueva Helvecia ha expresado su enérgico rechazo a la posibilidad de que la antena de esta empresa se instale sobre el tanque de OSE. En la sesión del pasado 23 de octubre, la Junta Local de Nueva Helvecia decidió elevar a la Intendencia Municipal el más profundo y decidido rechazo al propósito de instalar un sistema de antenas para la trasmisión de señales telefónicas celulares en el tanque de OSE de Nueva Helvecia, así como cualquier otro implemento, inscripción o símbolo que altere la imagen de esa edificación. Indudablemente, esta ciudad considera ese tanque de OSE como algo emblemático.

Los argumentos de los vecinos para tan enérgica decisión son que el tanque de OSE se ha convertido en un símbolo de la ciudad, al punto de que integra y es uno de los elementos fundamentales de su escudo. En ese sentido, consideran que la discusión sobre la instalación de algún elemento en su estructura afecta esa imagen y va a alterar sus líneas arquitectónicas. A través de la Junta Local, los vecinos dicen que la construcción de esta hermosa torre fue orgullo de la ciudad y de toda la zona; que fue el fruto de extensas e intensas gestiones de las fuerzas vivas de la década del cuarenta, cuando lograron que OSE accediera a efectuar esa inversión que representó un esfuerzo significativo para el organismo. Agregan que el esfuerzo realizado por OSE ha tenido la retribución del reconocimiento general de parte de los vecinos, que admiran esa construcción, que la consideran absolutamente única en el país; creen que en el mundo no hay otra igual a su torre de OSE. Manifiestan, además, que la negativa a la instalación del mencionado sistema de antena no significa de ninguna manera un perjuicio para las comunicaciones de la ciudad o de la región. La antena puede montarse perfectamente en una torre metálica, como otras que ha construido ANTEL, el sistema de microondas, el canal de televisión, etcétera.

Las autoridades de la Junta Local de Nueva Helvecia y los vecinos están sorprendidos porque, con fecha 29 de noviembre de 1995, OSE negó a otra institución la autorización para instalar allí una antena, expresando que las especiales características de la construcción emplazada en Nueva Helvecia, única en el organismo y en el país, están en total conjunción arquitectónica con el origen de los fundadores de la ciudad y que el agregado de cualquier otro elemento que cambie la estética, tanto del predio como de las instalaciones, para otra cosa que no sea aquella para la cual fue creada, no llegaría a armonizar con esta singular construcción, por lo que se entiende inconveniente autorizar este tipo de instalaciones. Esto lo decían las autoridades de OSE el 29 de noviembre del año 1995, y ahora otras autoridades de OSE están por autorizar la instalación de una antena sobre ese tanque. También se han empezado a correr otro tipo de rumores que, indudablemente, van a alarmar a la población. Por ejemplo, se ha dicho que esa instalación podría afectar el agua potable que está en ese tanque y que abastece a toda la ciudad, ya que podría llegar a tener efectos contaminantes por un proceso de ionización del líquido vital.

Queremos expresar que nos hacemos solidarios de este reclamo de la localidad de Nueva Helvecia. Desearíamos que las autoridades de OSE no continuaran adelante con su intención de autorizar a la empresa MOVICOM a instalar una antena en esta tan emblemática torre de OSE que hay en Nueva Helvecia, que indudablemente es muy bonita, como lo sabemos todos los que conocemos el departamento, y que a la gente que pasa le llama mucho la atención porque es única. Desearía que las autoridades denegaran este petitorio para que los ciudadanos de Nueva Helvecia no se sientan defraudados por las autoridades de OSE.

Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, al Directorio de OSE, a la Junta Departamental de Colonia y a la Junta Local de Nueva Helvecia.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Se va a votar el trámite solicitado.

(Se vota)

——Treinta y dos en treinta y tres: AFIRMATIVA.

11.-     Situación del departamento de Artigas.

Tiene la palabra el señor Diputado Braccini.

SEÑOR BRACCINI.- Señor Presidente: en estos días se está terminando la zafra azucarera con un rendimiento de casi el 11% y se van a producir alrededor de 16.000 toneladas. En esta labor han participado cientos de trabajadores. Con un enorme esfuerzo los productores están tratando de implantar, con recursos propios, cientos de hectáreas de caña de azúcar.

En estos días, Brasil quiere reducir el alcohol que incorpora a la nafta del 26% al 20% para poder industrializar más azúcar, ya que el precio de la tonelada de azúcar subió de US$ 130 a US$ 160, y en Brasil se está cobrando al público 1,30 reales. Si se multiplica esta cifra por ocho, casi se equipara al valor del kilo de azúcar producido por CALNU.

Al mismo tiempo, en el departamento de Artigas se ha logrado plantar casi todas las áreas de arroz que generalmente se cultivan. Además, se están haciendo esfuerzos para instalar en la zona oeste pequeñas plantas de industrialización de leche.

Todo esto es esfuerzo de la gente del departamento. Pero siempre hemos dicho que Artigas está olvidada por la capital, y quienes vivimos en la frontera sabemos que dependemos de lo que podemos producir y comprar en Brasil. Por eso llama poderosamente la atención que actualmente hay un programa de educación en las escuelas de tiempo completo por el que se prevé enseñar inglés. En la frontera se habla "portuñol" y, realmente, lo que debería hacer el Ministerio de Educación y Cultura es enseñar correctamente el portugués, ya que siempre vamos a vivir allí y a depender de ese gigante que tenemos al lado.

Nosotros notamos las contradicciones existentes en la zona. En el centro del departamento de Artigas generalmente no se ve la televisión uruguaya; simplemente se ve toda la televisión brasileña porque hay antenas parabólicas. Durante mucho tiempo se ha solicitado al SODRE que habilite una antena de retrasmisión en Baltasar Brum, pero no se ha obtenido una respuesta.

Queremos decir también que están paradas las obras de saneamiento de los barrios Zorrilla y Tres Fronteras, lo cual es esencial para esos barrios, pero no se sabe por qué se ha detenido la construcción. Y aun en Bella Unión, en la entrada del país, sigue existiendo un asentamiento que todos los días se incrementa. Se trata del asentamiento de Las Láminas, y ni el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente ni el PIAI dan solución a esta problemática.

En esta media hora previa queremos destacar el espíritu de la gente de Artigas, que a pesar de la crisis, a pesar de todo, espera confiada que el 1º de enero, cuando asuma el compañero "Lula" Da Silva, se nos abra otra perspectiva de esperanza, principalmente para la producción, porque estaremos siempre ligados. Por más que haya muchos que quieran el bilateralismo, nosotros decimos que la salida del Uruguay está cada vez más ligada al fortalecimiento del MERCOSUR.

Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a la Junta Autónoma y Electiva de Bella Unión y a la Junta Departamental de Artigas.

Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Se va a votar el trámite solicitado.

(Se vota)

——Treinta y ocho en treinta y nueve: AFIRMATIVA.

12.-     Falta de respuesta a planteos de los legisladores.

Tiene la palabra el señor Diputado Abisab.

SEÑOR ABISAB.- Señor Presidente: en el curso del período anterior tuvimos oportunidad de efectuar diversos planteamientos en el seno de la Cámara. Algunos de ellos fueron realizados en la media hora previa y tuvieron que ver -ordenados con un criterio cronológico- con la juventud y la conveniencia de que desde los ámbitos de las autoridades de la enseñanza se contribuyera a facilitar la decisión de los jóvenes con relación a su formación para enfrentar el mundo del trabajo.

Hicimos esos planteamientos a partir del suministro de información sobre la realidad laboral del país, como por ejemplo la cantidad, la distribución, el nivel de remuneración y la eventual demanda a futuro de profesionales y técnicos en diferentes disciplinas.

Esos planteamientos tan simples -que nos consta que responden a sentidos anhelos de los jóvenes- fueron trasladados, debido a nuestro pedido, a las autoridades del CODICEN, de la Universidad de la República y del Ministerio de Educación y Cultura, sin que hasta el momento haya habido desde esos ámbitos, no ya una respuesta coincidiendo o no con lo planteado, sino siquiera una toma de conocimiento. No obstante, CX16 Radio Carve se ocupó del tema, y en el diario "El País", un lector, a través de una carta, hizo lo propio, coincidiendo ambos en la importancia del planteamiento de cara al futuro laboral de nuestros jóvenes y a la necesidad de no seguir incrementando su comprensible nivel de frustración actual.

En otro orden, más adelante, nos ocupamos del asunto que supone la procreación responsable, conscientes de que, de no encarar acciones de carácter nacional y con sentido de futuro tratando de promoverla, en no más de dos o tres generaciones nuestro país estará más que empobrecido desde el punto de vista de su estructura socioeconómica y cultural y, lo que es más grave, en el campo trascendente de los valores que hacen, en definitiva, a la grandeza y al equilibrio de una sociedad.

En este caso, solicitamos que la versión taquigráfica de nuestras palabras fuera enviada a la Presidencia de la República, al Ministerio de Salud Pública, al Instituto Nacional del Menor y a las iglesias representadas en nuestro país, con la modesta sugerencia de que a partir del peso institucional de la Presidencia se promoviese la instalación de una Comisión lo suficientemente representativa como para ocuparse seriamente del tema, pensando en el Uruguay que vendrá.

Lamentablemente, también aquí, excepto la respuesta de una iglesia cristiana -no la Iglesia Católica- anunciando su disposición a participar en el tratamiento orgánico de este desafío, los destinatarios del planteo han guardado silencio.

Otro tanto ocurrió con nuestra intervención -que también estamos seguros de que recoge el sentir de vastos sectores de la población- con relación al tratamiento del grave problema de la mendicidad infantil y todas sus implicancias. En este caso, solicitamos que la versión taquigráfica de nuestras palabras fuera cursada al Poder Judicial, al Ministerio del Interior y al Instituto Nacional del Menor. Pensábamos -así quedó consignado- que mientras se encaran medidas de fondo, estos organismos tienen cosas que hacer. En este caso, debemos reconocer que tanto las autoridades del Poder Judicial como las del Ministerio del Interior acusaron recibo de nuestras expresiones. El otro destinatario ha estado absolutamente silente.

Por último, y con relación al espantoso conflicto del Medio Oriente, planteamos nuestro punto de vista y las razones por las que creemos que nuestro país ha estado omiso en cuanto a realizar aportes significativos a favor de la paz, sobre todo teniendo en cuenta su participación activa en la resolución de Naciones Unidas por la que se decidió la partición de Palestina y la creación de dos Estados, en tanto una de las partes, después de más de medio siglo, aún no ha visto el cumplimiento de dicha resolución en lo que a su territorio refiere.

Manifestamos, además, lo extraño que resulta que, hasta donde sabemos, nuestro país sea el único Estado latinoamericano que aún no ha reconocido a la Autoridad Nacional Palestina, cuando ya lo han hecho la mayoría de las naciones del mundo, incluidos los Estados Unidos de América, el Vaticano y el propio Estado de Israel.

Con respecto a este asunto, solicitamos oportunamente el envío de la versión taquigráfica de nuestras palabras a la Presidencia de la República y al Ministerio de Relaciones Exteriores, sin que hasta la fecha tengamos noticias de otra respuesta más que el silencio.

Sin dejar de entender que el país está enfrentado a problemas muy serios, lo dicho precedentemente ha tenido como propósito fundamental plantear la sorpresa y la tristeza de este Representante por la falta de respuesta de diferentes órganos del Estado y, por qué no, por la falta de eco de gran parte de la prensa en temas de tanta significación.

Se me ha dicho que la falta de respuesta es una práctica común y que no debería sorprenderme ni disgustarme por ello. La verdad es que, descontando la buena fe de todos, lo común de esta práctica no hace más que aumentar mi sorpresa, mi tristeza y aun mi disgusto. No puedo menos que reprobarla, porque en el mejor de los casos se trata de una falta de cortesía no solo para con la investidura de los legisladores, sino -mucho más importante- para la gran cantidad de ciudadanos responsables de que estemos aquí.

En suma, respetuosamente dejo consignada mi aspiración de que en el futuro cada uno de los órganos del Estado a los que los legisladores remitan sus planteos vinculados a su respectiva área de competencia, procedan por lo menos a un cortés acuse de recibo, con los comentarios que les merezca el asunto. Es lo menos que corresponde en aras de una correcta y fructífera relación.

Solicito que la versión taquigráfica de estas palabras sea enviada a la Presidencia de la República, a cada uno de los Ministerios, a los señores Jefes de Redacción de los diarios y periódicos de Montevideo y del interior, y a los señores Directores de informativos y programas periodísticos de las emisoras radiales y canales de televisión.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Se va a votar el trámite solicitado.

(Se vota)

——Cuarenta en cuarenta y uno: AFIRMATIVA.

Ha finalizado la media hora previa.

13.-     Comisión de Legislación del Trabajo. (Autorización para reunirse simultáneamente con la Cámara).

Dese cuenta de una moción de orden presentada por la señora Diputada Castro y los señores Diputados Bentancor, Lev y Falco.

(Se lee:)

"Mocionamos para que se autorice a la Comisión de Legislación del Trabajo a continuar reunida durante la sesión de la Cámara (numeral 10 del artículo 50 del Reglamento)".

——Se va a votar.

(Se vota)

——Cuarenta y uno en cuarenta y tres: AFIRMATIVA.

14.-      Licencias.

Integración de la Cámara.

Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo.

(Se lee:)

"La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar las siguientes solicitudes de licencia:

Del señor Representante Óscar Magurno, por motivos personales, inciso tercero del artículo único de la Ley Nº 16.465, por el día 6 de noviembre de 2002, convocándose al suplente correspondiente siguiente, señor Ángel Fachinetti.

Visto la licencia oportunamente concedida al señor Representante Daniel Díaz Maynard, por el período comprendido entre los días 4 y 25 de noviembre de 2002, y ante la solicitud de cambio de causal de la misma, se concede el día 4 del corriente por motivos personales, inciso tercero de la Ley Nº 16.465 y ante la presentación de certificado médico, por enfermedad, literal A) del artículo único de la Ley Nº 16.465, por el período comprendido entre los días 5 de noviembre y 4 de diciembre de 2002, convocándose nuevamente por el período comprendido entre los días 26 de noviembre y 4 de diciembre de 2002 al suplente siguiente, señor José Luis Veiga".

——En discusión.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota)

——Cuarenta y cinco en cuarenta y siete: AFIRMATIVA.

Quedan convocados los suplentes correspondientes, quienes se incorporarán a la Cámara en las fechas indicadas.

(ANTECEDENTES:)

"Montevideo, 6 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Al amparo de lo establecido por la Ley Nº 16.465, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside se sirva concederme el uso de licencia por razones personales por el día de la fecha.

Sin otro particular, le saluda muy atentamente.

ÓSCAR MAGURNO
Representante por Montevideo".

"Montevideo, 6 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto.

Sin otro particular, le saluda muy atentamente.

Miguel Dicancro".

"Montevideo, 6 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto.

Sin otro particular, le saluda muy atentamente.

Gustavo Osta".

"Montevideo, 6 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto.

Sin otro particular, le saluda muy atentamente.

Hugo Granucci".

"Montevideo, 6 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto.

Sin otro particular, le saluda muy atentamente.

Raúl Germán Rodríguez".

"Montevideo, 6 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto.

Sin otro particular, le saluda muy atentamente.

Luis Spósito".

"Montevideo, 6 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto.

Sin otro particular, le saluda muy atentamente.

Juan Ángel Vázquez".

"Montevideo, 6 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto.

Sin otro particular, le saluda muy atentamente.

Palmira Zuluaga".

"Montevideo, 6 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto.

Sin otro particular, le saluda muy atentamente.

Ruben Zambella".

"Montevideo, 6 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto.

Sin otro particular, le saluda muy atentamente.

Alfredo Menini".

"Montevideo, 6 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto.

Sin otro particular, le saluda muy atentamente.

Eduardo Scasso".

"Montevideo, 6 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto.

Sin otro particular, le saluda muy atentamente.

Augusto Montesdeoca".

"Comisión de Asuntos Internos

VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Montevideo, Óscar Magurno.

CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 6 de noviembre de 2002.

II) Que los suplentes siguientes, señores Miguel Dicancro, Gustavo Osta, Hugo Granucci, Raúl Germán Rodriguez, Luis Spósito, Juan Ángel Vázquez, señora Palmira Zuluaga, señores Ruben Zambella, Alfredo Menini, Eduardo Scasso, y Augusto Montesdeoca Suárez, no aceptan por esta vez la convocatoria de que han sido objeto; y el suplente siguiente señor Carlos Testoni integra la Cámara el día 6 de noviembre de 2002.

ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, por el artículo tercero de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945 y por el inciso tercero del artículo único de la Ley Nº 16.465, de 14 de enero de 1994.

La Cámara de Representantes,

R E S U E L V E :

1) Concédese licencia por motivos personales por el día 6 de noviembre de 2002, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Óscar Magurno.

2) Acéptanse las negativas que, por esta vez han presentado los suplentes siguientes señores Miguel Dicancro, Gustavo Osta, Hugo Granucci, Raúl Germán Rodriguez, Luis Spósito, Juan Ángel Vázquez, señora Palmira Zuluaga, señores Ruben Zambella, Alfredo Menini, Eduardo Scasso y Augusto Montesdeoca Suárez.

3) Convóquese por Secretaría, por el día 6 de noviembre de 2002, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2000, del Lema Partido Colorado, señor Ángel Fachinetti.

Sala de la Comisión, 6 de noviembre de 2002.

TABARÉ HACKENBRUCH, JORGE CHÁPPER, MARÍA NELBA IRIARTE".

"Montevideo, 5 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

El Cuerpo que Ud. preside me otorgó los siguientes períodos de licencia.

De acuerdo a lo dispuesto por el literal C) de la Ley Nº 16.465, desde el 4 al 11 de noviembre de 2002 para concurrir a la Conferencia Latinoamericana sobre Reforma Penal y Alternativas de la Prisión que se celebra en San José de Costa Rica.

Por motivos personales, desde el día 12 al 25 de noviembre de 2002 inclusive.

Como sufrí un accidente que me impidió viajar, solicito al Cuerpo que se me otorgue licencia por enfermedad desde el 5 de noviembre hasta el 4 de diciembre de 2002 inclusive, cambiándose las causales de los períodos de licencia referidos, en lo pertinente, de acuerdo al certificado médico que adjunto, y que se convoque al suplente respectivo.

Asimismo, por lo expuesto solicito que se cambie la causal de licencia por la de motivos personales, por el día 4 noviembre de 2002.

Lo saludo atentamente.

DANIEL DÍAZ MAYNARD
Representante por Montevideo".

"Comisión de Asuntos Internos

VISTO: Las solicitudes de licencia por obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política y por motivos personales concedidas oportunamente, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Daniel Díaz Maynard.

RESULTANDO: Que con fecha 5 de noviembre de 2002, el señor Representante Daniel Díaz Maynard comunica que no ha hecho uso de las licencias otorgadas por encontrarse enfermo y adjunta certificado médico y solicita licencia por motivos personales por el día 4 de noviembre de 2002 y por enfermedad, por el período comprendido entre los días 5 de noviembre y 4 de diciembre de 2002.

CONSIDERANDO: Que el señor Representante Daniel Díaz Maynard solicita se dé cuenta a la Cámara de la modificación de la causal de la licencia concedida.

ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, por el literal A) y el inciso tercero del artículo único de la Ley Nº 16.465, de 14 de enero de 1994.

La Cámara de Representantes,

R E S U E L V E :

1) Modifícase la causal de las licencias oportunamente concedidas por obligaciones notorias cuyo cumplimiento resulta inherente a su representación política y por motivos personales, al señor Representante Daniel Díaz Maynard, declarándose que la misma es por motivos personales por el día 4 de noviembre de 2002 y por enfermedad por el período comprendido entre los días 5 de noviembre y 4 de diciembre de 2002.

2) Convóquese por Secretaría para continuar integrando la referida representación hasta el día 4 de diciembre de 2002, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 738 del Lema Partido Encuentro Progresista-Frente Amplio, señor José Luis Veiga.

Sala de la Comisión, 6 de noviembre de 2002.

TABARÉ HACKENBRUCH, JORGE CHÁPPER, MARÍA NELBA IRIARTE".

15.-      Fortalecimiento del Banco Hipotecario del Uruguay. (Normas).

——Se entra al orden del día con la consideración del asunto que figura en primer término: "Fortalecimiento del Banco Hipotecario del Uruguay. (Normas)".

(ANTECEDENTES:)

Rep. Nº 1085

"PODER EJECUTIVO

Ministerio de Economía y Finanzas
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente

Montevideo, 28 de setiembre de 2002.

Señor Presidente de la Asamblea General:

El Poder Ejecutivo tiene el honor de remitir a ese Cuerpo el proyecto de ley de fortalecimiento del Banco Hipotecario del Uruguay.

Nuestro país muestra índices de propiedad de vivienda similares a los países económicamente más desarrollados del mundo. La formulación de las actuales políticas en la materia plantean fortalecer tal posibilidad a las familias de ingresos menores.

Como parte de las mismas, un Banco Hipotecario viable y sustentable es una prioridad.

En tal contexto el Poder Ejecutivo propone fortalecer patrimonialmente al Banco, especializar su actuación, enfocándolo en el objetivo de facilitar el acceso a la vivienda de personas físicas y núcleos familiares, actualizar la normativa sobre la operativa del Instituto, y adecuar los instrumentos financieros, imprescindibles para el cumplimiento de su cometido específico de forma de asegurar su estabilidad en el largo plazo.

La inclusión de las normas de los Artículos 12 a 15 facilita la regularización de la situación de los actuales promitentes compradores y asegura en el largo plazo, característico de las operaciones de financiamiento de la vivienda, la equidad y estabilidad en los derechos de los deudores y su acreedor hipotecario.

El Poder Ejecutivo saluda a ese Cuerpo con su mayor consideración.

JORGE BATLLE IBÁÑEZ, ALEJANDRO ATCHUGARRY, CARLOS CAT.

PROYECTO DE LEY

Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 18 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), Ley Nº 5.343, de 22 de octubre de 1915 y sus modificativas, por el siguiente:

"ARTÍCULO 18.- El Banco Hipotecario del Uruguay actuará como institución financiera especializada en el crédito hipotecario, para facilitar el acceso a la vivienda.-

Las operaciones del Banco serán las siguientes:

A) Otorgar préstamos a personas físicas, para la adquisición o construcción de vivienda propia, con garantía hipotecaria.

El Banco Hipotecario del Uruguay, en acuerdo con el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, podrá otorgar créditos hipotecarios individuales complementarios al subsidio que otorgue el mencionado Ministerio para la construcción de viviendas.

B) Realizar las operaciones financieras relativas al objeto previsto en esta ley, y que le autorice el Banco Central del Uruguay.

C) Vender, permutar, y adquirir propiedades en el proceso de recuperación de créditos.

D) Prestar servicios de locación de cajas de seguridad, cobranza, guarda y administración de valores de terceros.

E) Disponer, si lo estima conveniente, que se retengan de los sueldos o pasividades el importe del servicio o de los intereses de préstamos, a los deudores que se beneficien de cualquiera de las líneas de crédito del Banco. A tal efecto, mientras el prestatario perciba sueldo, jubilación o pensión, la oficina, institución o empresa encargada de abonar dicho sueldo, jubilación o pensión, retendrá mensualmente de su importe la cuota correspondiente a la operación realizada, y la entregará al Banco Hipotecario dentro de los cinco días de la fecha del respectivo pago.

Bastará para ello que el pedido de retención le sea dirigido por el Banco Hipotecario. En el caso de los obreros a jornal, las retenciones se harán proporcionalmente a la forma de pago, sea éste semanal o quincenal; en la forma establecida en el inciso anterior, si es mensual. La retención dispuesta por el Banco tendrá preferencia sobre cualquier otro descuento ordenado por terceros, con la única excepción de los descuentos legales y retenciones judiciales. El incumplimiento de los empleadores privados de verter el monto retenido será sancionado con una multa cuyo importe será entre uno y tres veces el monto correspondiente de la retención.

F) Captar depósitos del público mediante el sistema de ahorro previo, de acuerdo con la normativa bancocentralista.

G) Invertir los fondos disponibles en depósitos en el Banco Central del Uruguay, depósitos en Bancos públicos y privados, en títulos del Gobierno Central y en títulos emitidos por el Banco Central del Uruguay, de acuerdo con las disposiciones previstas en la normativa bancocentralista.

H) Prestar, a título oneroso, los servicios de asesoramiento relativos a la especialidad técnica del Banco Hipotecario del Uruguay, en los términos previstos en el Artículo 271 de la Ley Nº 16.462

Artículo 2º.- A partir de la vigencia de la presente ley, y sin perjuicio de lo dispuesto en el literal B) del Artículo 18 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay, el Banco Hipotecario del Uruguay deberá obtener los fondos para su financiamiento mediante:

A) La venta o cesión de créditos hipotecarios o la cesión de sus flujos de caja.

B) La venta o cesión de créditos hipotecarios o la cesión de sus flujos de caja, de acuerdo con las disposiciones de la Ley Nº 17.202, de 24 de setiembre de 1999 y modificativas y concordantes.

C) La captación de depósitos de ahorro previo, según lo establecido en el literal F) del Artículo 18 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay.

D) Los recursos provenientes de cualquier donación recibida por el Banco Hipotecario del Uruguay, e inclusive la participación del Fondo Nacional de Viviendas que le sea asignada de acuerdo con los mecanismos legales y reglamentarios vigentes.

Artículo 3º.- Sustitúyese el Artículo 37 de la Ley Nº 17.202, por el siguiente:

"ARTÍCULO 37.- El Banco Hipotecario del Uruguay podrá transferir a los fondos de inversión cerrados regulados en el presente Título, los créditos hipotecarios otorgados y que otorgare por concepto de refacción, compraventa de vivienda y construcción, y los flujos de caja derivados de sus operaciones.

Las facultades, beneficios y exoneraciones que la ley le otorga al Banco Hipotecario del Uruguay en la concesión, administración y recuperación de las operaciones de crédito hipotecario, se reputarán inherentes a la operación de crédito hipotecario realizada y se mantendrán aun en el caso de venta o cesión de las mismas o de los flujos de caja derivados de ellas, y en el caso de venta o cesión de créditos hipotecarios o la cesión de sus flujos de caja, de acuerdo con las disposiciones de la Ley Nº 17.202, de 24 de setiembre de 1999 y modificativas y concordantes.

A los efectos de lo establecido en el inciso anterior, se entenderá que en todos los casos se transferirá el beneficio del Artículo 18 Literal E) de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay y sólo para el caso de las operaciones realizadas de acuerdo a la ley Nº 17.202, se transferirá el beneficio de la ejecución extrajudicial establecido en la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay".

Artículo 4º.- A partir de la fecha de vigencia de la presente ley, el Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) podrá mantener nuevas operaciones de crédito hipotecario de riesgo directo y contingente, cuyo monto agregado, valuado de acuerdo a normas bancocentralistas, no supere el monto menor entre Unidades Indexadas 1.500.000.000 (un mil quinientos millones de Unidades Indexadas) y el equivalente al 75% (setenta y cinco por ciento) de su responsabilidad patrimonial neta valuada de acuerdo a normas bancocentralistas.

Artículo 5º.- Los inmuebles incluidos en el activo del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) a la fecha de promulgación de la presente ley y que no sean objeto de una hipoteca individual, los saldos de los deudores hipotecarios por operaciones concedidas con anterioridad a la promulgación de esta ley y las actividades definidas en el Literal H) del Artículo 18 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay, de acuerdo con la redacción dada en el Artículo 1º de esta ley, serán contabilizados en forma separada de aquella en la que se registren las operaciones a que se refiere el artículo anterior y no se computarán a los efectos de la determinación del límite del previsto en el Artículo 4º de la presente ley.

El Directorio del Banco Hipotecario del Uruguay dispondrá las medidas requeridas para el cumplimiento de lo establecido en el inciso anterior.-

Artículo 6º.- En un plazo de sesenta días contados a partir de la fecha de vigencia de la presente ley, el Banco deberá acordar con el Poder Ejecutivo y con el Banco Central del Uruguay (BCU), un proceso de disminución de la captación de pasivos constituidos por depósitos del público. A partir de la finalización de dicho proceso, el Banco sólo podrá captar depósitos del público de acuerdo con lo previsto en el literal F) del Artículo 18 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), en la redacción dada por el artículo 1º. de la presente ley.

Artículo 7º.- En un plazo máximo de quince años contados a partir de la fecha de vigencia de la presente ley, el Banco deberá cancelar mediante pago, todas las obligaciones asumidas por la emisión de títulos, bonos de crédito, obligaciones o valores transferibles.

Artículo 8º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a constituir un Fondo de Garantía, con el 1% (uno por ciento) de los recursos provenientes de la recaudación del Impuesto a las Retribuciones Personales (IRP) destinado al Fondo Nacional de Viviendas, con el objetivo de garantizar un porcentaje de los créditos para vivienda enajenados por el Banco. Los créditos alcanzados por la garantía antes mencionados serán los concedidos a los segmentos socioeconómicos bajos y medios bajos de la población.

La reglamentación establecerá las características que deberán reunir los deudores para ser incluidos dentro de tales categorías. Tales características deberían incluir el nivel de ingreso del núcleo familiar, la localización, el tipo de construcción y el metraje construido.

El porcentaje garantizado de cada crédito incobrable de acuerdo a la normativa bancocentralista alcanzado por esta operativa no podrá superar el 20% (veinte por ciento). El total asegurado no podrá superar el 20% (veinte por ciento) de la cartera de créditos.

Artículo 9º.- Créase una Junta para la complementación y coordinación de actividades de los Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) y Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), integrada por representantes del Banco de la República Oriental del Uruguay, Banco Hipotecario del Uruguay, Ministerio de Economía y Finanzas, Banco Central del Uruguay (BCU) y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP).

La misma deberá conformarse en un plazo no mayor a los quince días de la vigencia de la presente ley, debiendo emitir informes mensuales.

Artículo 10.- Exceptúase de las restricciones dispuestas en el Artículo 4º:

A) Fondos por hasta un monto de Unidades Indexadas 1.680.000.000 (un mil seiscientos ochenta millones de Unidades Indexadas) las que se deberán destinar al cumplimiento de los compromisos vigentes a la fecha de la promulgación de la presente ley. El Banco deberá acordar con el Poder ejecutivo, en un plazo de sesenta días contados a partir de la fecha de vigencia de la presente ley, la instrumentación de esta disposición.

B) Los créditos hipotecarios para personas físicas concedidos con posterioridad a la promulgación de esta ley y destinados a la venta de inmuebles del Banco Hipotecario del Uruguay adquiridos por recuperación de créditos y a la transformación de Promitentes Compradores en Deudores Hipotecarios.

Artículo 11.- Sustitúyase el artículo 447 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996 en la redacción dada por el artículo 399 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, por el siguiente:

"ARTÍCULO 447.- Los bienes inmuebles adjudicados o enajenados por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente o adquiridos con subsidios otorgados al amparo de lo establecido en el Capítulo V de la Ley Nº 13.728, de 17 de diciembre de 1968, quedan gravados por el término de veinticinco años con derecho real a favor del Ministerio citado por el monto equivalente al subsidio asignado debiendo constar el mismo en la escritura respectiva sin perjuicio de la depreciación prevista en el artículo 70 de la mencionada Ley. Cuando la adquisición de un inmueble con subsidio habitacional otorgado por el Ministerio, hubiera sido financiada en forma complementaria con un préstamo hipotecario concedido al adquirente por el Banco Hipotecario del Uruguay o cualquier institución de intermediaci6n financiera, de lo cual se deberá dejar constancia en la escritura respectiva, el derecho real previsto en este inciso, pierde su rango en relación con los créditos hipotecarios referidos.

A estos efectos los créditos por concepto de reembolso en caso de configurarse las situaciones previstas en la norma citada, tendrán carácter preferente en tanto no transcurra el plazo establecido en el artículo 70 referido.

En caso de ejecución del inmueble sujeto a dicho gravamen, el Juzgado interviniente o el Banco Hipotecario del Uruguay o cualquier institución de intermediación financiera, deberá solicitar al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente la información relativa al monto del subsidio reajustado y no depreciado, en función del tiempo transcurrido, a ser reembolsado preferentemente a cualquier otro importe, según el Artículo 70 de la mencionada Ley. Dicho monto deberá quedar retenido y será entregado al mencionado Ministerio en función del derecho preferencial. Lo dispuesto en este inciso no será aplicable en los casos que el ejecutante sea el Banco Hipotecario del Uruguay o cualquier institución de intermediación financiera, o quien le suceda como titular de esos derechos.

Cuando el subsidio otorgado hubiera representado el 90% (noventa por ciento) o más del precio correspondiente según así resulte de la escritura respectiva, serán además inembargables en tanto no transcurra el plazo de inalienabilidad establecido en el artículo 70 citado o se hubiera producido el reembolso del subsidio no depreciado. Este beneficio se aplicará exclusivamente al adjudicatario del subsidio habitacional directo o a sus causahabientes.

La presente disposición regirá para todas las enajenaciones ya efectuadas, así como para las que realicen en el futuro el Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, siempre que sus adquirentes hubieran recibido subsidio".

Derógase el artículo 70 de la Ley Nº 17.555, 18 de setiembre de 2002.

Artículo 12.- Se extiende el régimen del Capítulo III del Decreto-Ley Nº 14.261, de 3 de setiembre de 1974, a los edificios construidos o a construirse en el futuro con créditos del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU). En consecuencia, se entenderá que existe propiedad horizontal y que le serán aplicables las normas que la regulan. una vez cumplidos los requisitos establecidos en los literales A), B) y C) del artículo 34 del Decreto-Ley Nº 14.261.

Artículo 13.- Las hipotecas que garanticen obligaciones constituidas o titulizadas a favor del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) o del Ministerio de Vivienda. Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente no quedarán comprendidas por lo dispuesto en el Artículo 2348 del Código Civil, concordantes y modificativas y las inscripciones registrales de las mismas no caducarán.

Artículo 14.- Los bienes hipotecados en garantía de obligaciones constituidas o titulizadas a favor del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) o del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, hasta tanto la deuda con sus acrecidas no sea inferior al 50% (cincuenta por ciento) del valor de tasación establecido por el acreedor, estarán libres de ejecuciones y embargos exceptuados los que puedan resultar de la hipoteca que garantiza el crédito a favor de dichos acreedores o las que respondan a impuestos o tasas nacionales o municipales.

Artículo 15.- Lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la presente ley, será de aplicación inmediata a las hipotecas existentes constituidas con anterioridad a su entrada en vigencia, quedando excluida de la misma aquellas cuyos bienes hayan sido objeto de ejecución promovida por terceros con anterioridad a ella o soporten algún otro gravamen de carácter real.

Artículo 16.- Facúltase al Banco Hipotecario del Uruguay (BHU)a emitir Bonos Hipotecarios en Unidades Indexadas, en los términos que establezca la reglamentación del Poder Ejecutivo y sujeto a la restricción del articulo 7º de esta ley.

Artículo 17.- Autorízase al Poder Ejecutivo a capitalizar hasta en US$ 258.000.000 (doscientos cincuenta y ocho millones de dólares americanos de los Estados Unidos de América) al Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), por la vía de la subrogación de su deuda con el Banco Central del Uruguay (BCU), por concepto de adelantos de asistencia financiera. El Banco Hipotecario del Uruguay:

A) Cancelará todos los créditos contra el Poder Ejecutivo, que se encuentren cubiertos por previsiones de incobrabilidad en por lo menos el 95% (noventa y cinco por ciento).

B) Cederá al Poder Ejecutivo créditos contra el sector privado cubiertos por previsiones de incobrabilidad en por lo menos el 95% (noventa y cinco por ciento).

La suma de lo establecido en los literales A) y B) precedentes, no podrá superar el importe referido en el inciso primero.

La deuda a que refiere el primer inciso del presente artículo no será computada a los efectos de la determinación de los límites de endeudamiento del Poder Ejecutivo.

Montevideo, 28 de setiembre de 2002.

ALEJANDRO ATCHUGARRY, CARLOS CAT".

Anexo I al
Rep. Nº 1085

"CÁMARA DE REPRESENTANTES

Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente, integrada con la de Hacienda

INFORME EN MAYORÍA

Señores Representantes:

Vuestra Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente integrada con la de Hacienda, aconseja al plenario, la aprobación del proyecto de ley que se adjunta, por las consideraciones que a continuación se establecen:

El análisis del tema se realizó a partir del Mensaje y proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo referente al Fortalecimiento del Banco Hipotecario del Uruguay. El mismo contiene modificaciones a su Carta Orgánica, definiciones en cuanto a su operativa, limitaciones respecto de las operaciones de riesgo directo y contingente, cuyo monto agregado no podrá superar determinados montos. Prevé a su vez excepciones a estas limitantes, destinando dichos fondos al cumplimiento de compromisos vigentes.

Se crea a partir de la presente ley la Junta de Coordinación de actividades de los Bancos Hipotecario del Uruguay, Banco de la República Oriental del Uruguay, Banco Central del Uruguay, Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Ministerio de Economía y Finanzas.

Asimismo, incluye importantes apreciaciones que fueran recibidas de parte de las organizaciones que se entrevistaron con la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente. En un trabajo muy intenso de la referida asesora, a la que se incorporó después la Comisión de Hacienda, se escucharon las inquietudes de todas las organizaciones que tuviesen relación con el Banco Hipotecario del Uruguay, comenzando con el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y el Directorio, en pleno, del Banco Hipotecario del Uruguay.

En ese marco, se recibieron los planteos de la Asociación de Escribanos del Uruguay, Sindicato Único Nacional de la Construcción y Anexos, Sociedad de Arquitectos del Uruguay, Federación Uruguaya de Cooperativas de Vivienda de Ayuda Mutua, Asociación de Empleados Bancarios del Uruguay, Asociación de Promotores Privados del Uruguay y distintas Cooperativas Coordinadoras de Fondos Sociales.

De todas estas intervenciones se fueron recogiendo distintos puntos de vista los cuales ayudaron a enriquecer el proyecto que hoy se presenta.

Sustancialmente se buscó especializar la actuación del Banco enfocándolo en el objetivo de facilitar el acceso a la vivienda de personas físicas y núcleos familiares, adecuando los instrumentos financieros a efectos de dar cumplimento cabal a su cometido específico, asegurando a su vez, la estabilidad a largo plazo.

Resulta incontrastable la gravísima situación por la que atraviesa el Banco Hipotecario del Uruguay merced a múltiples factores, el descalce de plazos, el descalce de moneda, así como el efecto de su importante acción social que viene desarrollando desde la recuperación democrática y atravesando la creación del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente a su situación actual. Han sido numerosas y bien importantes las refinanciaciones ciertamente justificadas que ha debido absorber el Banco como tal y en función de estas razones brevemente expuestas, se ha generado que su situación sea absolutamente insostenible.

Se ha previsto, también, la inclusión de normas que faciliten la regularización de la situación de actuales promitentes compradores.

Asimismo, se autoriza al Poder Ejecutivo a capitalizar al Banco Hipotecario del Uruguay subrogando su deuda con el Banco Central del Uruguay, por concepto de adelanto de asistencia financiera. Se incorpora como norma importante, la aceptación de certificado de depósito previsto por la Ley Nº 17.523, de 4 de agosto de 2002, para el pago de inmuebles.

En función de todas estas consideraciones, la Comisión integrada, ha aprobado con modificaciones el proyecto que le fuera remitido, el cual es elevado para vuestra consideración.

Sala de la Comisión, 5 de noviembre de 2002.

JUAN MÁSPOLI BIANCHI, Miembro Informante, JOSÉ AMORÍN BATLLE, FERNANDO ARAÚJO, BEATRIZ ARGIMÓN, NELSON BOSCH, RUBEN CARMINATTI, DANIEL GARCÍA PINTOS, RONALD PAIS, GUSTAVO PENADÉS, PEDRO SEÑORALE, IVÁN POSADA, discorde por considerar que el presente proyecto de ley menoscaba seriamente la aplicación de la Ley Nº 13.728, de 17 de diciembre de 1968, (se estructura un Plan Nacional de Vivienda) y limita inadecuadamente la gestión del Banco Hipotecario del Uruguay, distorsionando los motivos que fundamentaron su creación..

PROYECTO DE LEY

Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 18 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), Ley Nº 5.343, de 22 de octubre de 1915 y sus modificativas, por el siguiente:

"ARTÍCULO 18.- El Banco Hipotecario del Uruguay actuará como institución financiera especializada en el crédito hipotecario, para facilitar el acceso a la vivienda.

Las operaciones del Banco serán las siguientes:

A) Otorgar préstamos a personas físicas, para la adquisición, construcción o refacción de vivienda propia, con garantía hipotecaria.

El Banco Hipotecario del Uruguay, en acuerdo con el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, podrá otorgar créditos hipotecarios complementarios al subsidio que otorgue el mencionado Ministerio para la construcción de viviendas.

B) Realizar las operaciones financieras relativas al objeto previsto en esta ley, de acuerdo a las normas bancocentralistas.

C) Vender, permutar y adquirir propiedades en el proceso de recuperación de créditos.

D) Prestar servicios de locación de cajas de seguridad, cobranza, guarda y administración de valores de terceros.

E) Disponer, si lo estima conveniente, que se retengan de los sueldos o pasividades el importe del servicio o de los intereses de préstamos, a los deudores que se beneficien por las líneas de crédito hipotecario. A tal efecto, mientras el prestatario perciba sueldo, jubilación o pensión, la oficina, institución o empresa encargada de abonar dicho sueldo, jubilación o pensión, retendrá mensualmente de su importe la cuota correspondiente a la operación realizada, y la entregará al Banco Hipotecario del Uruguay dentro de los cinco días de la fecha del respectivo pago. A los efectos de lo dispuesto precedentemente se deberá dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 1º de la Ley Nº 17.062, de 24 de diciembre de 1998.

Bastará para ello que el pedido de retención le sea dirigido por el Banco Hipotecario del Uruguay. En el caso de los obreros a jornal, las retenciones se harán proporcionalmente a la forma de pago, sea éste semanal o quincenal; en la forma establecida en el inciso anterior, si es mensual. La retención dispuesta por el Banco tendrá preferencia sobre cualquier otro descuento ordenado por terceros, con la única excepción de los descuentos legales y retenciones judiciales. El incumplimiento de los empleadores privados de verter el monto retenido será sancionado con una multa cuyo importe será entre uno y tres veces el monto correspondiente de la retención.

F) Captar depósitos del público mediante el sistema de ahorro previo, de acuerdo con la normativa bancocentralista.

G) Invertir los fondos disponibles en depósitos en el Banco Central del Uruguay (BCU), depósitos en Bancos públicos y privados, en títulos del Gobierno Central y en títulos emitidos por el Banco Central del Uruguay, de acuerdo con las disposiciones previstas en la normativa bancocentralista.

H) Prestar, a título oneroso, los servicios de asesoramiento relativos a la especialidad técnica del Banco Hipotecario del Uruguay, en los términos previstos en el artículo 271 de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero de 1994".

Artículo 2º.- A partir de la vigencia de la presente ley, y sin perjuicio de lo dispuesto en el literal B) del artículo 18 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), el Banco Hipotecario del Uruguay deberá obtener los fondos para su financiamiento mediante:

A) La venta o cesión de créditos hipotecarios o la cesión de sus flujos de caja.

B) La venta o cesión de créditos hipotecarios o la cesión de sus flujos de caja, de acuerdo con las disposiciones de la Ley Nº 17.202, de 24 de setiembre de 1999 y modificativas y concordantes.

C) La captación de depósitos de ahorro previo, según lo establecido en el literal F) del artículo 18 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay.

D) Los recursos provenientes de cualquier donación recibida por el Banco Hipotecario del Uruguay, e inclusive la participación del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a través del Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización que le sea asignada de acuerdo con la normativa vigente.

Artículo 3º.- Sustitúyese el artículo 37 de la Ley Nº 16.774, de 27 de setiembre de 1996, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº 17.202, de 24 de setiembre de 1999, por el siguiente:

"ARTÍCULO 37.- El Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) podrá transferir a los fondos de inversión cerrados regulados en el presente Título, los créditos hipotecarios otorgados y que otorgare por concepto de refacción, compraventa de vivienda y construcción, y los flujos de caja derivados de sus operaciones.

Las facultades, beneficios y exoneraciones que la ley le otorga al Banco Hipotecario del Uruguay en la concesión, administración y recuperación de las operaciones de crédito hipotecario, se reputarán inherentes a la operación de crédito hipotecario realizada y se mantendrán aun en el caso de venta o cesión de las mismas o de los flujos de caja derivados de ellas, así como también en el caso de venta o cesión de créditos hipotecarios o la cesión de sus flujos de caja, de acuerdo con las disposiciones de la Ley Nº 17.202, de 24 de setiembre de 1999 y modificativas y concordantes.

Queda expresamente excluida de las facultades, beneficios y exoneraciones referidas en el inciso anterior, la cesión del beneficio de la ejecución extrajudicial establecida en la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay".

Artículo 4º.- A partir de la fecha de vigencia de la presente ley, el Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) podrá mantener nuevas operaciones de crédito hipotecario de riesgo directo y contingente, cuyo monto agregado, valuado de acuerdo a normas bancocentralistas, no supere el monto menor entre 1.500.000.000 unidades indexadas (mil quinientos millones de unidades indexadas) y el equivalente al 75% (setenta y cinco por ciento) de su responsabilidad patrimonial neta valuada de acuerdo a normas bancocentralistas.

Artículo 5º.- Los inmuebles incluidos en el activo del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) a la fecha de promulgación de la presente ley y que no sean objeto de una hipoteca individual, los saldos de los deudores hipotecarios por operaciones concedidas con anterioridad a la promulgación de esta ley y las actividades definidas en el literal H) del artículo 18 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay, de acuerdo con la redacción dada en el artículo 1º de esta ley, serán contabilizados en forma separada de aquella en la que se registren las operaciones a que se refiere el artículo anterior y no se computarán a los efectos de la determinación del límite del previsto en el artículo 4º de la presente ley.

El Directorio del Banco Hipotecario del Uruguay dispondrá las medidas requeridas para el cumplimiento de lo establecido en el inciso anterior.

Artículo 6º.- En un plazo de sesenta días contados a partir de la fecha de vigencia de la presente ley, el Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) deberá acordar con el Poder Ejecutivo y con el Banco Central del Uruguay (BCU), un proceso de disminución de la captación de pasivos constituidos por depósitos del público. A partir de la finalización de dicho proceso, el Banco sólo podrá captar depósitos del público de acuerdo con lo previsto en el literal F) del artículo 18 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay, en la redacción dada por el artículo 1º de la presente ley.

Artículo 7º.- En un plazo máximo de quince años contados a partir de la fecha de vigencia de la presente ley, el Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) deberá cancelar mediante pago, todas las obligaciones asumidas por la emisión de títulos, bonos de crédito, obligaciones o valores transferibles.

Artículo 8º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a constituir un Fondo de Garantía, con el 1% (uno por ciento) de los recursos provenientes de la recaudación del Impuesto a las Retribuciones Personales (IRP) destinado al Fondo Nacional de Vivienda, con el objetivo de garantizar un porcentaje de los créditos para vivienda enajenados por el Banco Hipotecario del Uruguay (BHU). Los créditos alcanzados por la garantía antes mencionados serán los concedidos a los segmentos socioeconómicos bajos y medios bajos de la población. El presente porcentaje es independiente de los topes de inversión vigentes o que puedan establecerse al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

La reglamentación establecerá las características que deberán reunir los deudores para ser incluidos dentro de tales categorías. Tales características deberían incluir el nivel de ingreso del núcleo familiar, la localización, el tipo de construcción y el metraje construido.

El porcentaje garantizado de cada crédito incobrable de acuerdo a la normativa bancocentralista alcanzado por esta operativa no podrá superar el 20% (veinte por ciento). El total asegurado no podrá superar el 20% (veinte por ciento) de la cartera de créditos.

Artículo 9º.- Créase una Junta para la complementación y coordinación de actividades de los Bancos de la República Oriental del Uruguay (BROU) y Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), integrada por representantes del Banco de la República Oriental del Uruguay, Banco Hipotecario del Uruguay, Banco Central del Uruguay (BCU) y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) y el Ministerio de Economía y Finanzas que la presidirá y convocará.

La misma deberá conformarse en un plazo no mayor a los quince días de la vigencia de la presente ley, debiendo emitir informes mensuales.

Artículo 10.- Exceptúase de las restricciones dispuestas en el artículo 4º:

A) Fondos por hasta un monto de 1.680.000.000 unidades indexadas (un mil seiscientos ochenta millones de unidades indexadas) las que se deberán destinar al cumplimiento de los compromisos vigentes a la fecha de la promulgación de la presente ley, priorizándose las expresiones de interés del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) con el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. El Banco deberá acordar con el Poder Ejecutivo, en un plazo de sesenta días contados a partir de la fecha de vigencia de la presente ley, la instrumentación de esta disposición.

B) Los créditos hipotecarios para personas físicas concedidos con posterioridad a la promulgación de esta ley y destinados a la venta de inmuebles del Banco Hipotecario del Uruguay, adquiridos por recuperación de créditos y a la transformación de promitentes compradores en deudores hipotecarios.

Artículo 11.- Sustitúyese el artículo 447 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996 en la redacción dada por el artículo 399 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, por el siguiente:

"ARTÍCULO 447.- Los bienes inmuebles adjudicados o enajenados por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente o adquiridos con subsidios otorgados al amparo de lo establecido en el Capítulo V de la Ley Nº 13.728, de 17 de diciembre de 1968, quedan gravados por el término de veinticinco años con derecho real a favor del Ministerio citado por el monto equivalente al subsidio asignado debiendo constar el mismo en la escritura respectiva sin perjuicio de la depreciación prevista en el artículo 70 de la mencionada ley. Cuando la adquisición de un inmueble con subsidio habitacional otorgado por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, hubiera sido financiada en forma complementaria con un préstamo hipotecario concedido al adquirente por el Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) o cualquier institución de intermediación financiera, de lo cual se deberá dejar constancia en la escritura respectiva, el derecho real previsto en este inciso, pierde su rango en relación con los créditos hipotecarios referidos.

A estos efectos los créditos por concepto de reembolso en caso de configurarse las situaciones previstas en la norma citada, tendrán carácter preferente en tanto no transcurra el plazo establecido en el artículo 70 referido.

En caso de ejecución del inmueble sujeto a dicho gravamen, el Juzgado interviniente o el Banco Hipotecario del Uruguay, deberá solicitar al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente la información relativa al monto del subsidio reajustado y no depreciado, en función del tiempo transcurrido, a ser reembolsado preferentemente a cualquier otro importe, según el artículo 70 de la mencionada ley. Dicho monto deberá quedar retenido y será entregado al mencionado Ministerio en función del derecho preferencial. Lo dispuesto en este inciso no será aplicable en los casos que el ejecutante sea el Banco Hipotecario del Uruguay.

Cuando el subsidio otorgado hubiera representado el 90% (noventa por ciento) o más del precio correspondiente según así resulte de la escritura respectiva, serán además inembargables en tanto no transcurra el plazo de inalienabilidad establecido en el artículo 70 citado o se hubiera producido el reembolso del subsidio no depreciado. Este beneficio se aplicará exclusivamente al adjudicatario del subsidio habitacional directo o a sus causahabientes.

La presente disposición regirá para todas las enajenaciones ya efectuadas, así como para las que realicen en el futuro el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, siempre que sus adquirentes hubieran recibido subsidio".

Derógase el artículo 70 de la Ley Nº 17.555, de 18 de setiembre de 2002.

Artículo 12.- En los edificios construidos o a construirse en el futuro por el Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), por acción pública directa o coordinada, podrá prescindirse en la escritura del reglamento de copropiedad, del control de estar al día con el pago de la contribución inmobiliaria y el Registro de la Propiedad Inmobiliaria deberá proceder a su inscripción, sin el control de pago de dicho tributo.

Artículo 13.- Se extiende el régimen del Capítulo III del Decreto-Ley Nº 14.261, de 3 de setiembre de 1974, a los edificios construidos o a construirse en el futuro del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), por acción pública directa o coordinada. En consecuencia, se entenderá que existe propiedad horizontal y que le serán aplicables las normas que la regulan una vez cumplidos los requisitos establecidos en los literales A), B) y C) del artículo 34 del Decreto-Ley Nº 14.261, de 3 de setiembre de 1974.

Artículo 14.- Las hipotecas que garanticen obligaciones constituidas o titulizadas a favor del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) o del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente no quedarán comprendidas por lo dispuesto en el artículo 2348 del Código Civil, concordantes y modificativas y las inscripciones registrales de las mismas no caducarán.

Artículo 15.- Los bienes hipotecados en garantía de obligaciones constituidas o titulizadas a favor del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) o del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, hasta tanto la deuda con sus acrecidas no sea inferior al 50% (cincuenta por ciento) del valor de tasación establecido por el acreedor, estarán libres de ejecuciones y embargos exceptuados los que puedan resultar de la hipoteca que garantiza el crédito a favor de dichos acreedores o las que respondan a impuestos o tasas nacionales o municipales.

Artículo 16.- Lo dispuesto en los artículos 14 y 15 de la presente ley, será de aplicación inmediata a las hipotecas existentes constituidas con anterioridad a su entrada en vigencia, quedando excluida de la misma aquellas cuyos bienes hayan sido objeto de ejecución promovida por terceros con anterioridad a ella o soporten algún otro gravamen de carácter real.

Artículo 17.- Facúltase al Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) a emitir bonos hipotecarios en unidades indexadas, en los términos que establezca la reglamentación del Poder Ejecutivo y sujeto a la restricción del artículo 7º de esta ley.

Artículo 18.- Autorízase al Poder Ejecutivo a capitalizar hasta en US$ 258.000.000 (doscientos cincuenta y ocho millones de dólares de los Estados Unidos de América) al Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), por la vía de la subrogación de su deuda con el Banco Central del Uruguay (BCU), por concepto de adelantos de asistencia financiera. El Banco Hipotecario del Uruguay:

A) Cancelará todos los créditos contra el Poder Ejecutivo, que se encuentren cubiertos por previsiones de incobrabilidad en por lo menos el 95% (noventa y cinco por ciento).

B) Cederá al Poder Ejecutivo créditos contra el sector privado cubiertos por previsiones de incobrabilidad en por lo menos el 95% (noventa y cinco por ciento).

La suma de lo establecido en los literales A) y B) precedentes, no podrá superar el importe referido en el inciso primero.

La deuda a que refiere el primer inciso del presente artículo no será computada a los efectos de la determinación de los límites de endeudamiento del Poder Ejecutivo.

Artículo 19.- Autorízase al Poder Ejecutivo a incrementar la capitalización del Banco Hipotecario del Uruguay hasta en U$S 125.000.000 (ciento veinticinco millones de dólares americanos de los Estados Unidos de América), asumiendo la asistencia brindada por el Fondo de Estabilización Bancaria.

Artículo 20.- El Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) y el Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), aceptarán los certificados de depósito emitidos de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley Nº 17.523, de 4 de agosto de 2002, para el pago de todo o parte del precio de venta de sus inmuebles, lo que se efectuará por el valor nominal.

Sala de la Comisión, 5 de noviembre de 2002.

JUAN MÁSPOLI BIANCHI, Miembro Informante, JOSÉ AMORÍN BATLLE, FERNANDO ARAÚJO, BEATRIZ ARGIMÓN, NELSON BOSCH, RUBEN CARMINATTI, DANIEL GARCÍA PINTOS, RONALD PAIS, GUSTAVO PENADÉS, PEDRO SEÑORALE, IVÁN POSADA, discorde..

Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente, integrada con la de Hacienda

INFORME EN MINORÍA

Señores Representantes:

El proyecto enviado por el Poder Ejecutivo y que ha estado a estudio de la Comisión de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, integrada con la Comisión de Hacienda, con las modificaciones planteadas, no es más que la liquidación de la institución financiera oficial especifica para el fomento de la industria de la construcción y la vivienda.

Efectivamente, salvo algunos detalles que ameritan un comentario que se desarrollará, el espíritu y hasta la letra en muchos casos, son fiel reflejo de lo oportunamente desglosado del proyecto de Rendición de Cuentas, y cuando algo cambia es para empeorar las condiciones.

La capitalización prevista (que no es más que devolución de lo adeudado) no genera liquidez que permita que el Banco siga invirtiendo en vivienda, ni siquiera alcanza para dar cumplimiento a los compromisos contraídos, lo único que hace es disminuir el pasivo vía subrogación de créditos.

Un análisis en general del proyecto presentado ante esta Cámara nos permite, en primera instancia, arribar a las siguientes conclusiones:

- Se elimina de los cometidos del Banco Hipotecario del Uruguay, el rol de fomento de la industria de la construcción y de la vivienda, lo que no es poca cosa en un país donde cada vez mas familias se amontonan en asentamientos, careciendo de las mínimas condiciones de habitabilidad.

- El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente no ha sabido dar respuesta a estas necesidades, se carece por completo de un plan de viviendas centralizado, con una visión estatal global de los requerimientos de la población y las posibilidades reales de acceso a la vivienda, considerando no sólo la capacidad de pago sino también, y fundamentalmente, factores sociológicos, culturales, edilicios, de ordenamiento territorial, etcétera.

Sin duda uno de los reclamos que más escuchamos de la mayoría de las delegaciones que han concurrido por este proyecto a la Comisión de Vivienda de la Cámara, es el reclamo de centralización en la definición de políticas de vivienda, cosa que el proyecto no tiene y que cada vez más lejos vemos ante el anuncio de la desaparición del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente:

- A la interna del Banco, este proyecto de ley plantea un proceso de reestructura que nada tiene que ver, ya no sólo con la concepción de una institución con un rol social, sino que tampoco va a tener siquiera una dimensión considerable para una institución financiera, por lo que las fuentes de trabajo de bancarios están tanto o más cuestionadas que con el proyecto que se había incluido en la Rendición de Cuentas.

- Un elemento no menor a la hora de analizar el proyecto es la conclusión de que no se requiere una modificación de rango legal para llevar adelante la necesaria reestructura del Banco, ni para capitalizarlo con los recursos genuinos que no le fueron volcados (estamos hablando de lo recaudado por el Fondo Nacional de Vivienda).

- Se utiliza este proyecto como mecanismo para introducir elementos que consideramos verdaderamente nocivos para la vigencia y el cumplimiento del rol de la institución, ampliando los márgenes para la securitización, desprotegiendo aún más a los deudores y cediendo a los inversores privados privilegios y prerrogativas propias de un ente estatal, que se vuelven excesivamente peligrosos en manos privadas.

En el análisis del articulado son varios los elementos con los cuales discrepamos, en primer lugar, la modificación del artículo 18 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay limitando su actuación, llevando al Banco a su mínima expresión, eliminando su rol de fomento de la industria de la construcción y la vivienda.

Es importante destacar que tanto las Cámaras Empresariales de la Construcción, la Asociación de Escribanos, como la Federación de Cooperativas de Vivienda, la Federación Uruguaya de Cooperativas de Vivienda por Ayuda Mutua y también la Asociación de Empleados Bancarios del Uruguay, todos ellos han planteado innumerables objeciones al proyecto en discusión. Entre otras, plantean su desacuerdo con que se descarten las soluciones colectivas a favor de préstamos individuales a personas físicas.

En el análisis del articulado solo vamos a abordar los artículos 1º y 2º que son los centrales de este proyecto por las graves consecuencias que traerán a la institución.

El artículo 1º del proyecto modifica el artículo 18 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay limitando su actuación, llevando al Banco a su mínima expresión eliminando su rol de fomento de la industria de la construcción y la vivienda. Este artículo afirma que sólo se darán préstamos a personas físicas con todos los inconvenientes que esta definición conlleva para las soluciones colectivas, por ejemplo los Fondos Sociales de Vivienda. Se prioriza entonces la demanda individual y se deja de lado la demanda organizada.

Además, con este artículo se eliminan sectores del Banco que pudieron generar, no solamente ingresos, sino, además, imprimir una dinámica a la institución y sus clientes que permitía soluciones, por ejemplo el Departamento Inmobiliario.

Se reitera, en el proyecto, lo dispuesto en la Carta Orgánica, en lo que refiere a autorizar al Banco a ordenar la retención de la cuota de los sueldos, jubilaciones y pensiones de sus deudores. Lo nuevo es que a partir de este proyecto, al Banco se le da preferencia sobre cualquier otra retención salvo las judiciales. Elemento que ha sido cuestionado por las cooperativas de consumo, quienes critican que se suprima el 25% de tope en las retenciones de salarios y pasividades a favor del Banco Hipotecario del Uruguay.

En tanto que el artículo 2º se refiere a la obtención de fondos para el financiamiento del Banco Hipotecario del Uruguay, y para ello se dispone:

La posibilidad de efectuar operaciones de securitizacion y "factoring" a cualquier persona. Se distingue claramente de los fondos cerrados de inversión, que son los únicos autorizados en la legislación vigente.

Esto no nos da ninguna seguridad sobre los criterios que se utilizarán, además el marco legal es claramente opuesto a ello, lo que nos preocupa por la amplitud que otorga al Banco en un tema que requiere de mayores garantías.

En este artículo aparece el mecanismo del ahorro previo, el cual desconoce la imposibilidad de ahorrar del conjunto de la sociedad, a lo que debemos sumar el descreimiento hacia los Bancos luego de la crisis financiera, y el tope a la inversión del Banco, todo lo cual indica que no va a existir una captación masiva de ahorros.

Estas son algunas consideraciones sobre estos dos artículos los cuales rechazamos por ser contrarios a los intereses del Banco Hipotecario del Uruguay.

Queremos dejar constancia de que el Encuentro Progresista - Frente Amplio acompañará el artículo 20 de este proyecto que no hace más que intentar corregir en parte la injusticia generada por la ley de "Fortalecimiento del Sistema Financiero", con este artículo quienes han quedado con sus depósitos reprogramados podrán utilizar los certificados de depósitos para pagar sus deudas con el Banco.

Sala de la Comisión, 5 de noviembre de 2002.

RAÚL SENDIC, Miembro Informante, RAQUEL BARREIRO, ARTIGAS MELGAREJO, DARÍO PÉREZ.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Recházase el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo y aprobado con modificaciones por la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente, integrada con la de Hacienda, referente al Fortalecimiento del Banco Hipotecario del Uruguay.

Sala de la Comisión, 5 de noviembre de 2002.

RAÚL SENDIC, Miembro Informante, RAQUEL BARREIRO, ARTIGAS MELGAREJO, DARÍO PÉREZ".

——Léase el proyecto.

(Se lee)

——En discusión general.

Tiene la palabra el miembro informante en mayoría, señor Diputado Máspoli Bianchi.

SEÑOR MÁSPOLI BIANCHI.- Señor Presidente: la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente, integrada con la de Hacienda, ha trabajado intensamente durante las últimas semanas en el proyecto que hoy nos convoca. El análisis del tema se inició a partir del proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo acerca del fortalecimiento del Banco Hipotecario del Uruguay. Esta iniciativa contiene modificaciones de importancia para la Carta Orgánica de la institución, definiciones en cuanto a su operativa y limitaciones respecto de las operaciones de riesgo directo y contingente, cuyo monto agregado no podrá superar determinados niveles. Prevé a su vez excepciones a estas limitantes, destinando dichos fondos al cumplimiento de compromisos vigentes.

Además, a partir de la aprobación de este proyecto, se crea una Junta de coordinación de actividades -que fuera muchas veces reclamada- entre el Banco Hipotecario del Uruguay, el Banco de la República Oriental del Uruguay, el Banco Central del Uruguay, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Ministerio de Economía y Finanzas, que la presidirá.

Se incluyen también importantes apreciaciones realizadas por organizaciones que se entrevistaron con la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente, en un trabajo intenso al cual se sumó, por mandato de esta Cámara, la Comisión de Hacienda.

Se escucharon las solicitudes de todas las organizaciones y autoridades vinculadas con el quehacer del Banco Hipotecario del Uruguay. En primer lugar, les correspondió concurrir, como autores del proyecto, a los señores Ministros de Economía y Finanzas y de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. También concurrieron el Directorio del Banco Hipotecario, representantes de la Asociación de Escribanos del Uruguay, del SUNCA, de la Sociedad de Arquitectos del Uruguay, de la Federación Uruguaya de Cooperativas de Vivienda por Ayuda Mutua, de la Asociación de Bancarios del Uruguay, de la Asociación de Promotores Privados de la Construcción del Uruguay y distintas cooperativas y coordinadoras de fondos sociales. El trabajo, como podrán advertir, fue realmente intenso; hubo planteamientos bien importantes y serios que fueron atendidos y que, aunque la inclusión de algunos no correspondía en el presente proyecto, formaron parte del rico aporte que se hizo a la Comisión.

Lo que se busca a través de esta iniciativa, al igual que en el proyecto inicial, es especializar la actuación del Banco, enfocándola en el objetivo de facilitar el acceso a la vivienda de personas físicas y núcleos familiares, básicamente adecuando los instrumentos financieros a tales efectos, para dar fiel y cabal cumplimiento a ese cometido.

Sin duda, resulta incontrastable la gravísima situación por la que atraviesa el Banco Hipotecario del Uruguay con sus fondos reprogramados -hecho que fue votado por esta Cámara y conocido por todos los actores vinculados a la propia institución-, así como el importante efecto que ha tenido su accionar a lo largo de todos estos años, desde la recuperación democrática, atravesando por la creación del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

Han sido numerosas y muy importantes las refinanciaciones -ciertamente justificadas- que ha debido absorber el Banco como tal, y es en función de estas razones expuestas con brevedad que se ha generado una situación realmente insostenible.

Se ha previsto también la inclusión de normas que faciliten la regularización de la situación de los actuales promitentes compradores, que es otro de los puntos que tiene pendiente el Banco en su agenda. A su vez, se autoriza al Poder Ejecutivo a capitalizar el Banco Hipotecario, subrogando su deuda con el Banco Central, así como la originada por las transferencias de los depósitos a la vista.

Estos son aspectos que en forma muy breve y sintética han sido expuestos en el informe de la mayoría, que sin duda tiene muchos elementos más para desarrollar y que en el correr de la sesión iremos desgranando.

Es fundamental y sustancial realizar una brevísima reseña para recoger la potente, intensa y fuerte historia del Banco Hipotecario en lo referente a la construcción de viviendas en el Uruguay. El 24 de marzo de 1892, la Sección Hipotecaria del Banco Nacional da origen al nacimiento de lo que hoy conocemos como Banco Hipotecario; luego se produjo su nacionalización, haciéndose cargo el Estado de esa institución el 8 de junio de 1912. Desde los años ochenta -quizás el período de vida más intenso que ha tenido el Banco Hipotecario- ha sido el gran motor de la construcción en el Uruguay. Es bueno recordar la ley de 1968, del Fondo Nacional de Vivienda, que en alguna medida da el respaldo del Estado a toda una política de vivienda. A partir de los años ochenta hay un fortísimo camino de construcción, que tiene como intérprete básico al Banco Hipotecario del Uruguay.

A lo largo de estos años -más de cien- ha habido entre 200.000 y 250.000 soluciones habitacionales para los uruguayos, originadas por el accionar del Banco Hipotecario del Uruguay.

Todo esto determina que el tratamiento de este proyecto de ley venga cargado de una historia muy intensa e importante, con una raíz en lo más hondo del Uruguay: cien años y más de 200.000 soluciones habitacionales.

Por allí se pueden escuchar conclusiones ligeras respecto a que el Banco no sirve o a que hay que liquidarlo; obviamente, nosotros no las compartimos, pues no creemos que deba ser así.

El Banco ha tenido un papel muy destacado y lo que intentamos es "aggiornarlo", ajustarlo, potenciarlo hacia el futuro.

Por allí también se ha hablado de los responsables y de los beneficiarios. Creemos que el Uruguay todo ha sido responsable y que el Uruguay todo ha sido beneficiario del accionar del Banco Hipotecario a lo largo de su historia: alrededor de 250.000 soluciones habitacionales demuestran que muchísimas familias uruguayas han tenido a través de este Banco la posibilidad de contar con su vivienda propia. Todo esto, reiteramos, hace a todos beneficiarios y en alguna medida a todos responsables.

Quizás "responsable" sea un término que a muchos nos agrada que se nos atribuya, porque ser responsable de semejante programa de construcción y de caminos de solución para las viviendas de las familias de los uruguayos es un honor muy importante.

Hay una radiografía actual que también resulta sustancial tener en cuenta, porque demuestra el punto en el que hoy se encuentra el Banco, más allá de las apreciaciones que se puedan realizar respecto a cómo se llega a este momento. Seguramente el debate que se dará en estas horas -y quizá en próximas sesiones- nos lleve a desgranar todo esto. De todas formas, la situación actual del Banco es realmente comprometida.

El Banco tiene una recaudación que ronda los US$ 4:000.000 o US$ 5:000.000, más algún adicional por la recuperación de carteras, lo que en breve concluirá. El presupuesto por recuperación de activos de créditos es del orden de los US$ 3:000.000 a US$ 4:000.000, con proyecciones que son realmente complejas, pues llevan a que en pocos meses decaiga al orden de los US$ 3:000.000.

Frente a esto tenemos un panorama de gastos que es absolutamente insostenible. Quizás lo más importante aquí sean las transferencias que el propio Banco debe hacer a la banca pública. Muchas veces se ha cargado el costo de funcionamiento u operativo, que es muy importante, porque hay 1.400 funcionarios y, por lo tanto, un gasto considerable, pero diría que no es el sustancial, pues de los US$ 10:000.000 o US$ 12:000.000 de gastos mensuales que debería afrontar, el operativo anda en el orden de US$ 2:000.000 a US$ 3:000.000.

Sí son importantes las transferencias que debe realizar el Banco Hipotecario al Banco Central y al Banco de la República, que rondan en los US$ 4:000.000 para uno y en los US$ 5:000.000 para el otro. Básicamente, esto surge del apoyo del Banco Central, a partir de las corridas verificadas en los primeros meses de este año, y del apoyo del Banco de la República al sostener los depósitos a la vista que tenía el BHU.

Estos valores, de entre US$ 10:000.000 y US$ 12:000.000, determinan que la operativa del Banco sea hoy prácticamente insostenible, salvo que aceptáramos el principio de que en el arrastre también se lleve al Banco de la República.

También debemos tener presente la situación de la reprogramación de los depósitos, que sin duda es otra de las graves circunstancias que en breve deberá afrontar el Banco Hipotecario, concretamente a partir de agosto del año que viene. Como los colegas recordarán, la reprogramación de depósitos comprendió al Banco Hipotecario en todos los depósitos a plazo fijo, lo cual representa depósitos de entre US$ 870:000.000 y US$ 880:000.000. De estos, hay algunos que podríamos llamar rígidos, porque provienen de las AFAP -es casi institucional-, y representan entre US$ 170:000.000 y US$ 180:000.000. Unos US$ 700:000.000 derivan de los depósitos del público, de ciudadanos, de uruguayos que tienen sus ahorros comprendidos en esta reprogramación. Estos US$ 700:000.000 tendrán que ser devueltos según un cronograma pautado por la propia ley que los reprogramara, lo que implica que para agosto de 2003 un 25% de estos depósitos sean liberados; para agosto de 2004, un 35%, y para agosto de 2005, el saldo restante, o sea, el 40%. Con el nivel de recuperación que tiene hoy el Banco Hipotecario, hacer frente a esos US$ 180:000.000 o US$ 200:000.000 para agosto del año próximo resulta absolutamente imposible.

Aquí viene uno de los elementos sustanciales que seguramente ha producido la situación por la que el Banco atraviesa: lo que conocemos como el descalce de plazos. Estuvo y está el descalce en moneda -el Banco tomaba en dólares y prestaba en pesos o en unidades reajustables-, pero también está el descalce en plazos, ya que tomaba a dos, tres, cuatro o cinco meses y prestaba a veinte años. Esta es una circunstancia que no es nueva, no es de este año; el Banco la trae por lo menos desde la recuperación democrática.

(Murmullos.- Campana de orden)

——Este descalce se dio como fruto de la crisis financiera bancaria que vivió el Uruguay. La circunstancia anterior a diciembre de 2001, en una situación de estabilidad, razonablemente permitía manejarse con este tipo de negociaciones, pero, claro está, la última corrida, la que generó el gravísimo quiebre financiero que tuvimos que soportar y del que estamos tratando de salir, impidió al Banco Hipotecario sostener su operativa con el brutal descalce de plazos que ha tenido. Esa corrida de más del 45% o 50% de los depósitos, sin duda fue una de las grandes causas generadoras de esta gravísima circunstancia por la que atraviesa hoy el Banco Hipotecario del Uruguay, sumada a otros factores de larga data sobre los cuales conversaremos a lo largo de esta tarde.

Sin duda, el Banco Hipotecario ha cumplido con ese rol de fondo -que viene de su fundación, de su historia, de la ley de 1968- y el rol de banco; inclusive, ha cumplido con esa dualidad a posteriori de la creación del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, al cual se cometieron específicamente esas tareas. Ese fue uno de los motivos que generaron esta circunstancia a lo largo de la historia; la de los últimos diez años, pero también la de los últimos treinta.

De las 100.000 ó 110.000 cuentas que maneja el Banco hoy, poco más de 70.000 tienen respaldo hipotecario y tienen grados diversos de posibilidad de rescate. También hay una importante gama de préstamos, entre 30.000 y 35.000, en los cuales la figura jurídica del promitente comprador es la que ordenó y pautó el relacionamiento con el Banco. Si bien la inspiración de esta figura fue buena y tuvo el cometido de potenciar una importante política de construcción, actualmente, como fruto de las dificultades que la sociedad uruguaya atraviesa, ha generado un estado de inseguridad en cuanto a la posibilidad de rescatar esos fondos. Hay en el orden de US$ 1.500:000.000 prestados en la plaza; digo esto para tomar una moneda de referencia, ya que la mayoría de los deudores son en UR y los deudores en dólares son una parte ínfima. De esa suma, unos US$ 500:000.000 están en este tipo de programa de promitente comprador.

Hay construcciones de larga data que están enfrentando al Banco a serias dificultades; están el INVE, la DINAVI, los complejos Euskal Erría y Malvín Norte y los PPT actuales, los cuales han generado gravísimas dificultades de recuperación en los créditos del Banco Hipotecario. En algunos de estos tenemos índices de morosidad que superan el 50% y el 60%. A ello hay que sumar la responsabilidad directa que el Banco tiene en cuanto al mantenimiento de estas unidades edilicias. Cualquier desperfecto en la iluminación, en la instalación sanitaria o en el agua corriente es responsabilidad del Banco y debe acudir con su equipo de arquitectos para resolverlo.

Esto no va en el sentido de señalar responsabilidades porque, como dije al principio, todos los uruguayos hemos sido beneficiarios y también responsables. Hubo una política intensa de préstamos de vivienda que ha significado distinciones bien importantes y allí radica ese juego de responsabilidad-beneficio. Sin duda, la situación va agravándose a cada momento. Las posibilidades de recaudar que tiene el Banco hoy son realmente escasas y creo que en estas condiciones, de perdurar su funcionamiento actual, en pocos meses estaríamos enfrentándonos a la difícil situación -inevitable, seguramente- de su quiebra, porque no podrá seguir con este nivel de negocios; es más, ya no se puede construir con este nivel de ingresos.

Todo ello ha obligado al Poder Ejecutivo a tomar cartas en el asunto y, en función de lo conversado con las autoridades del Banco, con los Ministerios de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y de Economía y Finanzas y con otros interlocutores, se ha encontrado esta solución.

Lo fundamental en esta circunstancia consiste en establecer un diagnóstico, reconocer la situación actual, para, a partir de ella, clarificar cuáles son los distintos caminos que el Banco tiene. También hay que reconocer que el Banco ha cumplido y políticamente casi se lo ha responsabilizado de las funciones de un fondo de vivienda, cuando en realidad se le exigía la condición de banco. Esa dualidad le ha generado al Banco Hipotecario las dificultades económicas por las que hoy atraviesa. En este camino el Parlamento también ha tenido su cuota parte porque ha trabajado sobre leyes de refinanciación, lo que recuerda aquella vieja máxima de que la cena alguien siempre la paga. Este es un tema que está pendiente.

Durante su visita, el Directorio del Banco Hipotecario mencionaba transferencias sociales del orden de US$ 1.300:000.000. Ese es, sin duda, un importantísimo camino que el Banco ha transitado y por el que Uruguay ha optado a lo largo de estos últimos treinta años, lo que trajo muchos beneficios a toda la familia uruguaya.

Es bueno, por lo menos a modo de balance, traer algunos números que creo que son concluyentes, por lo menos en los últimos diez años, respecto a lo que ha significado la presencia del Banco Hipotecario del Uruguay en el contexto nacional.

Desde 1990 hasta el año 2001, el Banco Hipotecario del Uruguay -podríamos extender ese período, pero voy a dar un rápido pantallazo de lo que ha significado- ha construido 37.000 viviendas, contando las terminadas, las que están en construcción y las programadas, porque muchas de ellas van a estar incluidas en el proceso de transición. Pero saquemos las programadas y vayamos a las terminadas y en construcción, que son un hecho cierto y concreto, que suman prácticamente 30.000. Estas 30.000 viviendas parten de la acción directa del Banco, de la acción coordinada, del trabajo con las cooperativas, de los cofinanciamientos, de los fondos sociales, de los planes de fomento, de los promotores privados y de las sociedades civiles. Además, a estas 30.000 viviendas debemos sumar otras tantas soluciones habitacionales que ha dado el Banco Hipotecario a lo largo de estos años, esto es, destinadas a la reparación, a la construcción individual y a la compra de vivienda usada. Ha habido más de 60.000 soluciones habitacionales con un aporte de recursos importante y sustancial, que ha marcado la pauta de una política que creo que ha sido bien beneficiosa para el Uruguay y que ha significado esas más de 35.000 viviendas nuevas, a las que se suman las más de 30.000 soluciones habitacionales procesadas a lo largo de estos diez años.

Es importante tener una referencia de lo que esto ha significado en términos de vuelco económico en cuanto al tema de la construcción y la adquisición. A lo largo de estos diez años se han destinado más de US$ 1.100:000.000 a la construcción y más de US$ 400:000.000 a la adquisición de vivienda. En total se ha hecho un esfuerzo de US$ 1.500:000.000, que sin duda ha sido el motor fundamental en uno de los temas sustanciales que le ha tocado al Banco Hipotecario, en ese proceso de cambio, de reacondicionamiento y de reorientación de sus actividades que surge en el año 1990 y va hasta 2001.

El año 1990 no es caprichoso. Se creó el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, en el que hay una reasignación de cometidos y una definición por parte del Estado de cuál va a ser el organismo planificador de la política de vivienda en el Uruguay. Es allí cuando aparece el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, como organismo sin duda exclusivo y excluyente para la política de vivienda en el Uruguay.

Luego de estas consideraciones breves, pero en alguna medida sustanciales porque marcan cómo han ido evolucionando las competencias, las actividades y las atribuciones del Banco Hipotecario, llegamos a la circunstancia actual, también marcada y diagnosticada, y a lo que es la planificación a través de este proyecto de reformulación y de fortalecimiento de las nuevas competencias del Banco.

Como decíamos en la exposición de motivos, en este proyecto hay modificaciones importantes de las competencias en cuanto a asignar claramente al Banco la condición de banco y no de fondo, que es lo que en alguna medida ha tenido a lo largo de este tiempo y le ha generado ese descalce en tiempo, plazo y moneda. Hay que darle la condición específica de banco de la vivienda. Creo que el Gobierno y el Estado no renunciarán, en la medida en que el proyecto sea aceptado, a la condición de tener un banco de la vivienda que apoye y soporte la construcción en el Uruguay.

Está claro que se redefinen las competencias del Banco. Allí hay una percepción distinta de lo que debe ser la actitud, la actividad y el desarrollo de las acciones del Banco Hipotecario a partir de ahora. Es por ello que el Gobierno, el Poder Ejecutivo y, en definitiva, el Parlamento -si termina aceptando este proyecto- entienden que la solución de la hipoteca y el préstamo individual es un camino por el cual el Banco Hipotecario debe transitar en su próximo tiempo para poder generar a lo largo de los años que están por venir una situación saneada, básicamente fundada en el ahorro previo, una de las premisas y bases de este proyecto.

En cuanto al ahorro previo habrá distintas modalidades. La cuenta reajustable, como ha tenido a lo largo de su historia -esto es, plata, tiempo y puntaje-, fue una de las insignias y mayores símbolos que ha tenido el Banco; la libreta de ahorro que consistía en un ahorro paulatino, a lo largo del tiempo, para acceder a determinadas condiciones y a partir de ello generar el derecho a la construcción propia, a la vivienda y demás. Los círculos serán también, sin duda, otra de las modalidades de ahorro previo. Allí hay diferencias de apreciación en cuanto a las características que pueda tener esta modalidad, en torno a si podrán ser círculos exclusivamente en unidades indexadas o si también cabrá la posibilidad de hacer círculos en algún otro tipo de moneda. Esto, en definitiva, estará sometido a una definición que emerge de las normas del Banco Central, y en función de ello se podrá trabajar.

El Banco también tendrá la posibilidad, de aquí a quince años, de seguir emitiendo bonos. Otra de las modalidades que ya maneja es la securitización y la venta de carteras, que cualquier organismo crediticio tiene. En este sentido, ha habido una discusión pública importante -a veces, por desconocimiento de algunos alcances jurídicos- acerca de la posibilidad de transferir un crédito hipotecario, lo cual proviene del Código Civil; esto es algo que está reconocido por todos. No es algo específico del Banco Hipotecario, sino que es aplicable a cualquier tipo de modalidad de crédito, en particular el hipotecario, y es un hecho anterior a esta ley y a la ley de securitización, que proviene del Código Civil. Todo crédito se puede ceder; este es un principio general. Hay mecanismos de comunicación válida: el prestatario debe ser notificado judicialmente, por acta notarial o por algún sistema fehaciente.

(Ocupa la Presidencia el señor Representante Argenzio)

——El hecho cierto, real y tangible es la posibilidad de ceder créditos. Sobre ese concepto no hay dos interpretaciones. Eso está establecido en el Código Civil y desde allí se opera.

Es más: en el artículo 30 de la Ley Nº 17.202, de securitización, se facilitan estas situaciones. Me voy a permitir refrescarlo porque es un artículo sustancial que hace a la médula de este proyecto. El artículo 30 de la Ley Nº 17.202 establece: "Artículo 30. (Constitución de los fondos).- Se podrán constituir fondos de inversión cerrados cuyo objeto específico de inversión consista en conjuntos homogéneos o análogos de derechos de crédito, con garantías hipotecarias, cuya titularidad se trasmita a favor del fondo.- La reglamentación especificará las características y los elementos que deben reunir los derechos de crédito que sean adquiridos por fondos de inversión cerrados de crédito, pudiendo, asimismo, admitir créditos con modalidades de garantía distintas a la hipotecaria.- Otorgado el contrato y obtenida la aprobación del reglamento," -recordemos esto que es importante- "integrarán de pleno derecho el activo y pasivo del fondo los bienes, derechos y obligaciones que se determinen en dicho documento.- Con cargo a estos fondos la sociedad administradora podrá emitir diversas clases de valores, representativos de cuotapartes de condominio o de crédito, o valores mixtos que otorguen derechos de crédito y derechos de copropiedad sobre el remanente. Cuando solo se emitan valores representativos de crédito, se deberá establecer a quiénes corresponderán los derechos de copropiedad sobre el remanente, si lo hubiera".

(Murmullos)

——Este artículo -sustancial en esa ley tan importante- está complementado por el artículo 34, que allana el camino en cuanto a las comunicaciones. El Código Civil preveía un camino complejo y dificultoso, pero la Ley Nº 17.202 lo allana a través del articulo 34 relativo a la notificación al cedido.

(Murmullos)

——Señor Presidente: solicito que me ampare en el uso de la palabra, porque aunque a algunos colegas no les interese el tema, es bien importante y tiene elementos sustanciales, y el ruido en Sala me impide continuar.

(Campana de orden)

——El artículo 34 es clave y marca una tendencia que se ha ido procesando a lo largo de este tiempo en términos legislativos. Su parte medular establece: "Los deudores de los créditos integrados al fondo podrán ser notificados por telegrama colacionado o cualquier otro medio hábil [...]". Allí hay un elemento sustancial en cuanto a la comunicación. Me interesa destacar y remarcar -ha sido un elemento manejado en términos importantes a nivel público- el fenómeno de poder ceder las hipotecas. Este hecho ya es posible y está establecido en el Código Civil y más específicamente, respecto a algún tipo de situaciones o a los fondos de inversión, en la Ley Nº 17.202. Esta ley fue votada por la unanimidad de la Cámara; es poco común que haya acuerdo sobre un punto por parte de todas las bancadas. Quiere decir que todos los Partidos políticos aquí representados, al haber votado esa ley en el año 1999, reconocieron lo que ya implicaba el Código Civil y, además, reconocieron que hay un camino para transitar y que existe la posibilidad de enajenación de carteras bajo condiciones particulares, como lo estableció esa normativa. Esto es muy importante porque el concepto de ceder existe y ha sido avalado. Así lo establece medularmente el artículo 2º, el cual deja específicamente sentado -por más que es un derecho que ya existe- la posibilidad de vender o ceder créditos hipotecarios. En ese sentido, la ley ha buscado ser bien transparente y trasmitir lo que de hecho ya se puede hacer, a fin de que esté en conocimiento de todos los que adquieran futuros créditos hipotecarios, aunque también es válido para los actuales. Se trata de un derecho que el Banco ya tenía de por sí.

Luego nos referiremos más en detalle a los otros artículos cuando se consideren en particular. Entendemos que hay elementos importantes que hacen a la médula de este proyecto.

El artículo 7º marca una pauta al referirse a los plazos en que podrán emitirse los bonos. Hay una sensación, una idea -que, sin duda, está plasmada en el propio articulado- en cuanto a ir limitando y restringiendo la posibilidad del trabajo del Banco en esa área; se busca que tenga un fondeo sano y realizable y es en ese sentido que la posibilidad de emitir bonos en el futuro va a estar limitada a ese plazo de quince años.

Creo que lo sustancial del proyecto es eso, más allá de lo que podamos ahondar en particular sobre los artículos. Se establecen plazos y elementos que marcan el período de tránsito de esta situación a la que emerja luego de aprobada esta ley. Ello se refiere al seguimiento de las obras que hoy están en vías de realización. Se establece un fondo de transición de 1.680:000.000 de unidades indexadas destinado básicamente a cumplir con los compromisos ya adquiridos por el Banco. Sé que hay distintas interpretaciones sobre este tema, pero lo que buscamos, junto con la bancada del Partido Nacional y amparados por las ideas del señor Ministro de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, es que sea el Ministerio el que priorice estas acciones, en especial las expresiones de interés que comprenden más de 1.500 soluciones habitacionales que están en curso, aunque en distinto grado de realización. Si bien es cierto que desde el punto de vista jurídico las que podrían ser reclamables, las de categoría IV y V, están en el orden de las 400, la idea propuesta es que se trabaje sobre el conjunto, y el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente es el encargado de priorizarlas.

En este sentido, es importante destacar los aportes que se han recibido para mejorar el proyecto y hacerlo más real. Hay planteos que no contenía el proyecto en su origen y otros que en el trabajo de la Comisión se fueron estudiando y descartando, como la posibilidad de la cesión de los derechos extrajudiciales dentro de la cesión de carteras. Esto es algo que se ha eliminado del proyecto; es una competencia que no se transfiere en la cesión de las carteras, lo que da mayores garantías para el trabajo futuro del Banco.

También hay determinaciones sustanciales en cuanto a las nuevas líneas de acción del Banco. Los planes de fomento de la construcción y demás siguen activos, y en el pasado han tenido importantes fórmulas de acción, pero habrá nuevas modalidades que el Banco tendrá que experimentar en cuanto al ahorro previo, la hipoteca y los aportes de capital.

Sin duda, el proyecto trata de las cosas sobre las que en él se habla y, por tanto, quedan excluidas aquellas sobre las que no se habla. Todo el trabajo a nivel cooperativo, el sustancial y el que hoy dirige el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, está comprendido en esta iniciativa. Por tanto, este proyecto no tiene mayor incidencia sobre todo lo que ha significado el sistema cooperativo, salvo las cooperativas de usuarios, para las que habrá que buscar las modalidades adecuadas. A ese respecto hemos recibido planteamientos de sustancia, y me consta que el Directorio del Banco está imaginando distintas fórmulas para poder contemplarlos.

Todo lo que tiene que ver con la vivienda con fines sociales seguirá siendo trabajado como hasta ahora por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y, por lo tanto, también queda excluido de este proyecto.

Otro de los planteos ha sido el relativo al de los fondos sociales y sobre él podremos abundar más adelante, pero es otro de los puntos que han quedado excluidos de este proyecto, por estar regido por una ley que en nada se toca con el marco normativo que esta Cámara tiene a consideración.

16.-      Integración de Comisiones.

SEÑOR PRESIDENTE (Argenzio).- Dese cuenta de la integración de Comisiones.

(Se lee:)

"El señor Representante Roberto Conde sustituirá a la señora Representante Silvana Charlone, desde el día de 11 de noviembre y hasta el 8 de diciembre de 2002, en la Comisión Investigadora sobre diversas actuaciones relacionadas con el sistema financiero y bancario".

17.-     Fortalecimiento del Banco Hipotecario del Uruguay. (Normas).

——Continúa la consideración del asunto en debate.

Tiene la palabra el miembro informante en minoría, señor Diputado Sendic.

SEÑOR SENDIC.- Señor Presidente: estoy seguro de que interpreto también al señor Diputado Máspoli Bianchi al agradecer a las Secretarías de las Comisiones de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente y de Hacienda, que nos ayudaron a trabajar en este proyecto y fundamentalmente a recibir a una cantidad muy importante de delegaciones con las que estuvimos analizando el contenido de esta propuesta del Poder Ejecutivo.

También quiero agradecer a la bancada del Encuentro Progresista, que me ha otorgado la responsabilidad de hacer este informe.

Para empezar, voy a citar una frase textual de don José Batlle y Ordóñez, quien cuando era Presidente de la República dijo: "El Banco Hipotecario ha sido fundado, como hubo de serlo también el de emisión, proyectado en el mismo año 1892, bajo una impresión dolorosa, llena de escepticismos en las energías del Estado, con desconfianza y recelo en medio de la crisis económico-financiero que hizo eclosión con la falta de pagos del Banco Nacional". Luego, seguía afirmando: "Nuestra situación y la experiencia ajenas nos indican que debemos reformar su organización.- Así, el Banco Hipotecario, unido al de la República, representará el esfuerzo del Estado para presidir y orientar, en cuanto le es posible, el funcionamiento del crédito bancario, influyendo en la dirección general de las actividades relacionadas con la riqueza, que no pueden quedar exclusivamente libradas a instituciones privadas y para poder además intervenir como fuerza reguladora en el mercado general del crédito".

Como dije, estas eran palabras trasmitidas el 23 de mayo de 1912 por el entonces señor Presidente de la República, don José Batlle y Ordóñez, a la Asamblea General, cuando propuso la estatización del Banco Hipotecario del Uruguay.

En el informe del 4 de junio de 1912, de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes, se señaló: "La acción correcta y juiciosa del Banco Hipotecario, actuando como debe sobre la riqueza pública, no solo valorizará la tierra entregando ese valor cuantioso al torrente circulativo, sino que además afianzará todos los progresos nacionales, y eso no se puede lograr sin una estabilidad indiscutida y un cúmulo de garantías tal como solo las puede ofrecer la Nación". En este informe se agrega que "no debe ni puede verse en esta iniciativa, otro propósito que el queda enunciado, pues no se buscan ni se desean ideas de lucro, en lo que al Tesoro Público se refiere".

Hacíamos esta referencia porque creemos importante buscar en la historia los motivos que llevaron a don José Batlle y Ordóñez a estatizar este Banco y porque, además, a nuestro entender, es necesario saber cómo se defendió esa posición en este Parlamento, hace ya más de noventa años.

Este Banco Hipotecario, acerca del cual hoy estamos discutiendo, desde la Ley Nº 2.175 que le dio origen, que lo crea a partir de los restos del Banco Nacional, y a raíz de la Ley Nº 4.005 -a cuya discusión hacíamos referencia-, por la que se lo estatizó en la segunda Presidencia de don José Batlle y Ordóñez, se especializó en el préstamo de dinero para la construcción de viviendas y en el préstamo con garantía hipotecaria a personas de bajos ingresos económicos, constituyéndose esta en la única forma en que podían acceder a una vivienda digna. Así se daba cumplimiento al mandato constitucional que en el artículo 45 establecía entonces: "La ley propenderá al alojamiento higiénico y económico del obrero, favoreciendo la construcción de viviendas y barrios que reúnan esas condiciones". Este texto se mantuvo inalterado hasta la actual Constitución, que en lo que refiere a la vivienda establece en su artículo 45: "Todo habitante de la República tiene derecho a gozar de vivienda decorosa. La ley propenderá a asegurar la vivienda higiénica y económica, facilitando su adquisición y estimulando la inversión de capitales privados para ese fin".

Esos textos constitucionales están en la misma línea programática que la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en la que se establece que toda persona tiene derecho a un nivel de vida que le asegure, así como a su familia, la salud, el bienestar y, en especial, la vivienda. Todos estos textos están en consonancia con la filosofía que debe guiar la actividad del Banco Hipotecario.

En 1968, como una de las últimas expresiones de una política preocupada por la cuestión social, se aprueba la Ley Nº 13.728, llamada ley de vivienda, a través de la cual se dio un gran impulso, entre otros, al sistema cooperativo, a los fondos sociales, etcétera, todos ellos con muy buenos resultados, haciendo hincapié en su característica de solución colectiva, hoy cuestionada en este proyecto.

La Ley Nº 13.728 dotaba al Banco Hipotecario de una serie de recursos, como la administración del Fondo Nacional de Vivienda, lo producido por el impuesto a los sueldos, por el impuesto a las hipotecas, etcétera, que le permitía prestar a largo plazo y con bajos intereses, de modo que podía cumplir con la función social de facilitar el acceso a la vivienda de los sectores de la población con más bajos ingresos económicos mediante la implementación de diferentes planes de vivienda, ya sean las cooperativas o los fondos sociales de vivienda, que alcanzaron un gran desarrollo con muy buenos resultados, por sus costos notoriamente más bajos que otras modalidades de inversión, y de acuerdo con la filosofía de actuación de la institución.

Se debe agregar que ese tipo de financiación, sin ser la función principal del Banco, constituía un elemento de redistribución al costearse, en parte, con el aporte de toda la sociedad, para adjudicar las viviendas a los sectores de menores ingresos.

¿Cuáles son las causas de la crisis del Banco Hipotecario? Durante la dictadura militar se agudiza un proceso vinculado con la actividad del Estado que había comenzado unos años antes, privilegiando lo económico por sobre lo social y afectando directamente al Banco Hipotecario. De esta manera, se suprimen el INVE, la DINAVI, reduciendo las soluciones al tema de la vivienda a un asunto meramente financiero, prescindiendo de los subsidios y estableciendo mecanismos rígidos en cuanto a atender la variación de los ingresos de los núcleos familiares.

Comienza a generarse un importante déficit de vivienda que en el año 1990 alcanzaba las 140.000 unidades, y gran parte de las que se construían tenían problemas de estructura, de hacinamiento de sus habitantes, o afectaban en un grado excesivo el ingreso de las familias, mientras que en Montevideo había alrededor de 40.000 viviendas desocupadas. Estos problemas se arrastran todavía hoy, con algunas de las propuestas que hace el Estado.

El Banco Hipotecario pasa a invertir en viviendas categorías III y IV para sectores de mejores ingresos, tomando un rumbo en materia de construcción de viviendas totalmente a contramano con las necesidades de la población y prescindiendo de lo que siempre había sido su finalidad, o sea, facilitar el acceso a la vivienda de los sectores de más bajos ingresos.

En el año 1990 se crea el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, que pasa a encargarse de la política de vivienda, instrumentando a través de la DINAVI los planes de vivienda para los sectores de ingresos de entre 0 y 60 UR, que se financian con el FONAVI. Desde entonces, Rentas Generales no ha transferido al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente ni siquiera el 50% de lo recaudado con ese fin.

La creación del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente con estos cometidos vació de su contenido al Banco Hipotecario, que se transformó en un banco típico y sufrió la quita de recursos fundamentales, como los provenientes del FONAVI -que pasó a ser administrado por esa Cartera-, quedando al descubierto los problemas que arrastraba desde el comienzo del proceso de crisis, poco antes de la dictadura, y que se agravaron durante esta.

La crisis en que hoy se encuentra el Banco Hipotecario y que es parte del proceso de deterioro financiero y funcional ya mencionado, fundamentalmente tiene cuatro tipos de causas. No nació con la crisis de este sistema financiero, con la crisis más reciente.

En primer lugar, las causas tienen que ver con la política económica que directa e indirectamente afectó al Banco: la implementación de una política de corte netamente neoliberal, que depreció el ingreso familiar, devastó la producción nacional, lanzó a miles de trabajadores del mercado laboral, encareció los insumos y aumentó los impuestos. Todos estos elementos coadyuvaron a la reducción de los ingresos del Banco Hipotecario, ya que son menos los que tienen posibilidades de acceder al crédito y son más los que tienen la imposibilidad de cumplir con los compromisos, aumentando entonces la tasa de morosidad al punto de que hoy ronda el 40%. Caen los ingresos y aumentan los egresos.

En segundo lugar, están las causas que refieren a las políticas monetarias. Desde 1985 hasta 1999 el país sufrió un proceso, decidido por las autoridades económicas y monetarias, de valorización artificial de la moneda con respecto a la divisa: el famoso atraso cambiario, intento frustrado de imitar un modelo de convertibilidad absolutamente inviable para nuestra economía, que provocó una dolarización creciente de ella. Para ser más gráficos, en 1970 el 13% de la economía estaba dolarizada, pero en 1990 la dolarización alcanzaba ya el 89% y se fue incrementando en lo sucesivo. Esta dolarización de la plaza hizo que el Banco tuviera que subir la tasa de interés para captar depósitos en dólares, lo que aumentó a su vez sus compromisos de devoluciones a corto plazo cuando recibía ingresos en UR y a largo plazo.

El atraso cambiario incrementa el patrimonio del Banco Hipotecario a expensas de los deudores, quienes en muchos casos tenían una vivienda que valía US$ 30.000 o US$ 40.000 y se encontraron con que debían US$ 100.000 o US$ 120.000 al Banco porque su deuda en UR se había sobrevaluado en dólares.

El patrimonio del Banco Hipotecario creció, pero creció inflado; eran papeles, no eran dólares contantes y sonantes. Era un patrimonio inflado a expensas, fundamentalmente, de sus deudores. Posteriormente, en el año 2000, se inicia un proceso de devaluación gradual, más acelerado después y abrupto en este año, que hace que el Banco Hipotecario bruscamente se descapitalice; los papeles se desinflan y con ellos el Banco Hipotecario.

En tercer término, las causas de esta crisis tienen que ver con la pésima política de inversión. El Banco se dedicó a construir viviendas para las categorías III y IV, viviendas difíciles de colocar y más difíciles todavía de cobrar. Es fundamentalmente en este sector de mayores ingresos donde el índice de morosidad es mayor. Tampoco se puede explicar por qué el Banco Hipotecario invierte millones de dólares en el Plan Fénix y para qué tiene dos estaciones para trenes. ¿Se habrá pensado incursionar en el rubro ferroviario? Edificios en Punta del Este, empresas fantasma, especialistas en vicios de construcción, edificios llenos de rajaduras, verdaderas "Torres de Pisa" encalladas en el barrio de La Teja, juicios millonarios contra el Banco, etcétera.

En cuarto lugar, las causas de esta situación son las pésimas políticas de administración y las pésimas gestiones del Banco. Responden, fundamentalmente, a la mala administración llevada a cabo por los sucesivos Directorios, integrados muchas veces por políticos no idóneos en la materia, y a la mala imagen que supieron dar al conjunto de la población con sus acomodos y su corrupción.

Puntualizando en la mala administración y en los privilegios que se han otorgado los diferentes administradores del Banco, a modo de ejemplo tenemos los cambios de política de dirección de acuerdo con los intereses de cada Directorio ante la falta de una planificación definida en cuanto al tema de la vivienda, de políticas de recupero de deudas y, sobre todo, a la deficiencia en la gestión por clientelismo. A este respecto, como ejemplo citamos comodatos otorgados a personas vinculadas a los Directores, ampliación de contratos a empresas, construcciones de viviendas sin estudio de mercado, lo que obliga a quedarse con viviendas sin colocar que en muchos casos terminan siendo fuente de actos de clientelismo y abuso, como se ha denunciado en este Parlamento, con las consecuencias por todos conocidas.

Ilustrativo de ello es el caso del ex Presidente Salomón Noachas, durante cuya Presidencia se repartió apartamentos a su familia, así como el conocido chalet "King Salomón". A esto debemos agregar la realización de contratos de obras injustificados, los gastos generados por el servicio 222 de la Policía para cuidar la cantidad de viviendas vacías que hay a causa de la mala planificación en la construcción, y el exagerado gasto en publicidad, que no se justifica más que como ayuda económica a determinados medios y eventos. No podemos dejar de mencionar los automóviles contratados por el Banco, que cobran $ 200 por hora por estar a la orden, a pesar de que tiene su propia flota automotriz, o bien el vergonzante tema de las inauguraciones de edificios con pitos, matracas y lanzamiento de palomas, lo cual le sale carísimo.

Tenemos una larga lista de ejemplos de esta naturaleza que hablan muy mal de las sucesivas administraciones del Banco: contratos de asesores hasta estos últimos días, entrevistas pagas en el "New York Times" denunciadas por algunos de nuestros compañeros. Todos estos ejemplos son ilustrativos de la deficiente administración y gerenciamiento del Banco Hipotecario.

Existen otras medidas: la quita de recursos genuinos; la derogación del impuesto a las hipotecas; la legislación vinculada al RAVE, que obligó al Banco Hipotecario a proveer de vivienda a los beneficiarios o a afrontar los juicios iniciados en su contra por no hacerlo; el aumento artificial del pasivo del Banco, generador de una enorme deuda de varios cientos de millones de dólares con el Banco Central por provisión de fondos que, en realidad, se los debería haber traspasado Rentas Generales, por lo que el deudor de este dinero no es el Banco Hipotecario, sino Rentas Generales; el aumento de la morosidad a causa del creciente desempleo y del deterioro de la condición económica de los deudores; la no existencia de mecanismos previstos de adecuación de cuotas a los ingresos familiares del núcleo; y la implementación de los colgamentos, que implicó costos financieros muy altos para el Banco, que no recibió dinero, sustituyéndolo por endeudamiento. Estos son algunos elementos ilustrativos del proceso de ataque que sufrió esta institución.

En esta última etapa se debe analizar el impacto de la crisis del sistema financiero de los últimos meses. Según un informe, para atender esa situación excepcional, el Banco Hipotecario debió recurrir a operaciones de adelantos con el Banco Central por un total de US$ 287:000.000, a tasas de interés de un 13% anual. Este importe ha sido garantido con la cesión de recuperación de créditos hipotecarios e implica afectar la recaudación de cartera del Banco por US$ 5:500.000 mensuales durante cinco años y US$ 3:200.000 en los siguientes cinco años. En este informe se agrega que esta situación dio lugar a la promulgación de la ley de creación del Fondo de Estabilidad del Sistema Financiero, introduciendo modificaciones y medidas para superar la crisis. En especial, para el Banco Hipotecario se dispuso la transferencia al Banco de la República de todas las cuentas a la vista y a plazo fijo en moneda extranjera, cuyos saldos al 30 de agosto se ubicaban en el orden de los US$ 776:000.000. Las condiciones de esa deuda -que todavía no fueron resueltas del todo: moneda, tasa, plazo- que en principio tendría el Banco Hipotecario con el Banco de la República, no se han definido. Para efectuar esta transferencia, se asistió al Banco Hipotecario con US$ 125:800.000. Estos datos son importantes para entender este planteo de capitalización que se hace en el proyecto que está en discusión y creemos que es importante tomar debida nota de las cifras que se han mencionado.

En este escenario de la crisis que desató la corrida del sistema financiero, un dato no menor es la proporción de fondos que se movieron en la banca privada y en la pública, y en particular en el Banco Hipotecario. Según el informe citado, desde febrero de 2002 se inició una sostenida y significativa corriente de retiros de ahorro del sistema financiero. A fines de julio, totalizaban US$ 6.123:000.000, representando un 42% de los saldos al 31 de diciembre de 2001. Pero en el Banco Hipotecario los retiros habían sido del 27%, lo que constituye una señal más del respaldo de nuestra gente y su confianza en la banca pública. Mientras que en el conjunto de la banca se había retirado un 42% de los depósitos, en el Banco Hipotecario se había retirado el 27% de los depósitos.

Podríamos seguir comparando porcentajes de esta corrida y en todas las modalidades predomina la confianza en la banca pública. Por ejemplo, la corrida en la banca privada representó el 46% de los depósitos en moneda extranjera, en tanto que en el total de la pública alcanzó solamente al 28% de los depósitos. Si bien es una cifra muy alta, en comparación con los retiros en el total de la banca, es menor.

Fueron múltiples los elementos que interactuaron para generar esta corrida; entre ellos, los desbordes emocionales y verbales del Presidente de la República y también la remisión al Parlamento, en aquel momento, del proyecto de Rendición de Cuentas con la reestructura del Banco Hipotecario, que fue advertido como una señal de preocupación por parte de la sociedad.

Todas estas causas de diferente tipo que hemos enumerado son las que han llevado al Banco Hipotecario a la situación crítica en la que se encuentra y que no se soluciona con una reforma de su Carta Orgánica. Lo que hay que hacer es corregir las condiciones de administración del Banco y volver, en los hechos, a su rol de banco de fomento de la construcción y de organismo idóneo para facilitar el acceso a la vivienda de todos los sectores de la población, retomando la filosofía que inspiró su creación. Esto solo es posible devolviéndole la posibilidad de captar ingresos legítimos, como por ejemplo retomar la administración del FONAVI, tal como estaba dispuesto en el literal a) del artículo 89 de la Ley Nº 13.728, sobre vivienda.

El proyecto de ley que estamos considerando, lejos de contener soluciones que posibiliten la salida de la crisis del Banco, decreta su desaparición a corto plazo; lejos de ser lo que su auspicioso nombre indica, no se fortalece el Banco Hipotecario, sino que se continúa en la línea del proceso de su deformación que comenzara poco antes de la dictadura, llegando en sus etapas finales a su liquidación. Esta intención surge claramente de las negociaciones que el Poder Ejecutivo ha llevado adelante con los organismos de crédito internacionales, en virtud de las cuales el Banco Hipotecario está condenado a desaparecer, habiéndose ya definido su destino en Washington, tal como lo indica el contenido de la carta de intención firmada.

La carta dice: "En un período de doce meses el BHU implementará el plan estratégico diseñado por el gobierno. A tal fin establecerá incentivos para la reducción de personal, y un programa de entrenamiento para aquellos empleados que permanecerán en el Banco. El Gobierno y la Superintendencia de Instituciones de Intermediación Financiera harán un seguimiento trimestral de la implementación de liquidación de activos. Se alentará la securitización de la cartera hipotecaria para estimular la creación de un mercado secundario en moneda nacional indexada según el IPC. La Superintendencia también hará un monitoreo para que el BHU (y el resto del sector financiero público) nunca exceda el límite (equivalente a US$ 50 millones) establecido para las nuevas operaciones".

La siguiente es la cronología fijada por el Gobierno para la liquidación de la institución financiera de fomento de la construcción.

El Banco Hipotecario iba a finalizar las construcciones en curso al 31 de mayo de 2002; para el 31 de julio de 2002 el Gobierno ya debía tener definido un plan estratégico para reemplazar la actual estructura organizativa del Banco Hipotecario. También para esa fecha, el Banco Hipotecario debía reestructurar su departamento de cobro de préstamos. Para el 30 de setiembre, el Banco debía haber terminado la evaluación de su cartera de créditos e inversiones. Para el 31 de octubre el Directorio del Banco deberá establecer un plan de liquidación de activos no productivos, incluyendo un cronograma para su implementación. Para el 31 de diciembre de este año se completará la tasación de los bienes inmuebles para la venta y, si fuera necesario, el Banco Hipotecario contratará expertos en administración de activos para apurar el proceso.

Por supuesto que el plan incluía que los depósitos del público en el Banco Hipotecario desaparecerían y establecía como fecha diciembre de 2004, pero está claro que si se generaban las condiciones, el proceso se debía acelerar.

La reducción progresiva de depósitos estaba planificada de la siguiente forma: de los US$ 1.300:000.000 estimados al 31 de mayo de 2002, debían reducirse por lo menos US$ 1.100:000.000 al 31 de diciembre de 2002 y luego esta cifra debía disminuir en US$ 275:000.000 por semestre.

Por supuesto que un cronograma tan estricto es imposible de llevar adelante en este Uruguay que vive en la incertidumbre social, política y económica en la que nos ha sumergido este Gobierno. Tanto es así que se debió recurrir a la reprogramación de los depósitos a plazo fijo en la banca pública para acelerar ese proceso de eliminación.

En este marco, lo que sí queda claro es que no somos los uruguayos quienes estamos definiendo sobre el futuro del BHU, herramienta imprescindible para el fomento de la construcción y acceso a la vivienda de la mayoría de la población. Tenemos la obligación de denunciar que esta ley es parte de la estrategia de desmantelamiento de la banca estatal en beneficio de la banca privada internacional.

Este proyecto que tenemos en discusión no es más que una nueva versión, bastante desmejorada, del ya deficiente proyecto presentado en ocasión de la Rendición de Cuentas. No contiene ninguna solución a la problemática del BHU y por consiguiente a la problemática de la vivienda, y sí establece la liquidación del Banco.

Hoy se han expresado en su contra y con duras críticas las cámaras empresariales de la construcción, que comprenden la Cámara de la Construcción del Uruguay, la Liga de la Construcción del Uruguay, la Asociación de Promotores Privados de la Construcción y la Coordinadora de la Industria de la Construcción del Este; en total, más de quinientas empresas. A los empresarios se suman los cooperativistas agrupados en la Confederación Uruguaya de Entidades Cooperativas (CUDECOOP), que nuclea a más de 700.000 asociados. Entre las entidades con vinculación directa con el Banco Hipotecario se destacan la Federación de Cooperativas de Vivienda (FECOVI), que nuclea a más de 5.000 familias, y la Federación Uruguaya de Cooperativas de Vivienda por Ayuda Mutua (FUCVAM) que reúne a más de 15.000 familias. Debemos mencionar también al Plenario de Cooperativas de Vivienda de Propietarios y Conjuntos Habitacionales que reúne a unas 2.500 familias. También los trabajadores se hicieron presentes en la Comisión para pronunciar reparos con el proyecto. Así lo hizo el Sindicato Unico de la Construcción -SUNCA- con sus 17.000 trabajadores en actividad, que son los que van quedando de los 48.000 de hace tres años, con un tercio de esos trabajadores directamente vinculado al banco, y la Asociación de Empleados Bancarios del Uruguay con sus más de 13.000 afiliados. También los profesionales universitarios agremiados en la Sociedad de Arquitectos del Uruguay y la Asociación de Escribanos del Uruguay plantearon sus puntos de vista discordes con el proyecto.

Desde nuestro punto de vista, el proyecto que la Comisión -creada especialmente fuera del ámbito parlamentario- redactó, como ya se ha dicho, sigue siendo de liquidación de la institución financiera oficial. Por esta razón se propondrá votar en forma negativa este proyecto de ley, ampulosamente denominado de "fortalecimiento del BHU".

Las normas contenidas en este proyecto no condicen con lo que es la finalidad del Banco desde su creación. Lo que está sobre la mesa con este proyecto no es más que la liquidación del BHU a corto plazo, al cercenársele posibilidades de ingresos con los cuales financiarse, y quitándosele a su vez roles que hacen a su esencia.

Un análisis en general del proyecto nos permite, en primera instancia, arribar a las siguientes conclusiones. Se elimina de los cometidos del BHU el rol de fomento de la industria de la construcción y de la vivienda, lo que no es poca cosa en un país donde cada vez más familias se amontonan en asentamientos, careciendo de las mínimas condiciones de habitabilidad.

El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente no ha sabido dar respuesta a estas necesidades, y se carece por completo de un plan de viviendas centralizado, con una visión estatal global de los requerimientos de la población.

Este es, sin duda, uno de los reclamos que más escuchamos de la mayoría de las delegaciones que han concurrido por este proyecto a la Comisión: la necesidad de centralizar en la definición de políticas de vivienda, aspecto este que el proyecto no contempla.

Este proyecto plantea un proceso de reestructura del Banco que nada tiene que ver ya no solo con la concepción de una institución que cumple un rol social, sino que tampoco va a tener siquiera una dimensión considerable para una institución financiera.

Un elemento no menor a la hora de analizar el proyecto es la conclusión de que no se requiere una modificación de rango legal para llevar adelante la necesaria reestructura del Banco, ni para capitalizarlo con los recursos genuinos que no le fueron volcados.

Se utiliza este proyecto como mecanismo para introducir elementos que consideramos verdaderamente nocivos para la vigencia y el cumplimiento del rol de la institución, ampliando los márgenes para la securitización, desprotegiendo aún más a los deudores y cediendo a los inversores privados privilegios y prerrogativas propias de un ente estatal, que se vuelven excesivamente peligrosos en manos privadas.

Se propone la modificación del artículo 18 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay, limitando su actuación, llevando al Banco a su mínima expresión, eliminando sus roles principales.

Se define además que el Banco solo va a otorgar préstamos a las personas físicas, aunque el señor Ministro de Economía y Finanzas señaló en la Comisión la posibilidad de otorgamiento de créditos estructurados, cuyo alcance y contenido no están explicitados en el proyecto.

La Asociación de Escribanos del Uruguay alertaba que no incluir como destinatarios a personas jurídicas y plantear como alternativa la pluralidad de préstamos en forma conjunta a personas físicas, no hace más que favorecer la mala praxis en la actuación de encubiertos gestores o promotores que funcionan en el informalismo, sin responsabilidad personal ni patrimonial.

La Sociedad de Arquitectos también lo consideró un error pues esta medida lleva al Banco a "dejar de contar con mejores herramientas para realizar políticas de urbanización, además de significar mayores costos operativos para el Banco", al eliminar la asistencia a la demanda organizada.

Esta definición desconoce los Fondos Sociales de Vivienda, tales como el Fondo Social de Vivienda para los Trabajadores de la Industria Gráfica, el de los cooperadores y empleados de RAINCOOP, el de empleados y obreros de la empresa CUTCSA, el de COETC, el CAFE de los trabajadores de la Estiba, etc.

Los fondos sociales son personas jurídicas basadas en un fondo gremial administrado por una comisión tripartita. Si no se presta a personas jurídicas, como señala este literal del artículo 1º, los Fondos Sociales quedarían excluidos de la operativa del Banco, y estos constituyen un grupo exento ciento por ciento del problema de morosidad que hoy tiene la Institución.

No se ha registrado en la historia del BHU un caso de un Fondo Social que haya dejado de cumplir con sus obligaciones. Esto es casi imposible y además absolutamente previsible para el propio Banco.

El Banco contará, de acuerdo con el proyecto, solo con operaciones de recuperación de créditos, es decir, vender, permutar y adquirir propiedades, agregándosele la posibilidad de prestar servicios que no son generadores de ingresos que tengan relevancia, como por ejemplo la actividad de las cajas de seguridad y los servicios de cobranzas.

Un aspecto muy cuestionado por la mayoría de las delegaciones que visitaron la Comisión ha sido sin duda la autorización al Banco a ordenar la retención de las cuotas de los sueldos, jubilaciones y pensiones de sus deudores. Este es un elemento con el que ya contaba el Banco; lo nuevo es que a partir de este proyecto se le da preferencia sobre cualquier otra retención, salvo las judiciales.

Con esta norma se está empujando al cierre a la mayoría de las cooperativas de consumo y así lo han planteado sus representantes en la Comisión. Critican que se suprima el 25% de tope en las retenciones de salarios y pasividades a favor del BHU, y agregan que de prosperar este proyecto se beneficiarán determinadas tarjetas de crédito que emite el BHU; y sin duda compromete también el desarrollo de las cooperativas, en las que trabajan más de 3.000 personas.

En lo referente a la obtención de fondos, el proyecto dispone la posibilidad de utilizar las operaciones de securitización y "factoring", que es el marco legal vigente a la fecha para la venta de carteras en dólares a través de los fondos cerrados de inversión. Pero este proyecto amplía las posibilidades de venta, fuera del marco de la ley de securitización, a cualquier particular. Este proyecto amplía esta posibilidad a todos los créditos otorgados por el BHU y transfiere las mismas ventajas para la recuperación de los créditos a los adquirentes de las carteras cedidas. Es decir que cualquier comprador de las carteras podrá ordenar, sin el consentimiento del deudor ni orden judicial mediante, la retención en los sueldos, jubilaciones y pensiones de los deudores, trasladando privilegios hasta ahora permitidos al ente estatal no solo en función de la responsabilidad, seriedad y experiencia con que se debería trabajar, sino con la certeza de que el Estado responde en caso de una aplicación incorrecta de esta norma. Esto se traslada con ligereza a los inversores privados.

Si este proyecto se convierte en ley, los deudores del BHU quedarán absolutamente a la intemperie, ya que de deber a una institución pública pasarán a ser deudores vaya uno a saber de qué agente privado, que tendrá determinadas prerrogativas que hasta el momento eran exclusividad de esta institución.

Como otros mecanismos de financiación del Banco se plantea el ahorro previo y las donaciones, dos elementos que parecen no estar contextualizados con la situación económica por la que atraviesan los uruguayos en la coyuntura que estamos viviendo.

El proyecto limita el monto de las operaciones de crédito que pueda mantener en su activo el Banco, lo que lo obliga a securitizar y vender el excedente, dejándolo prácticamente sin posibilidad alguna de negociación porque está obligado por ley a vender. Es obvio que, obligado a vender la cartera, los posibles compradores ofrecerán por ella -como bien se dijo en la Comisión- un precio vil, generando más pérdidas para el conjunto de la sociedad y dejando al Banco en condiciones muy desfavorables de competencia con respecto al resto del sistema financiero.

Otro elemento que cuestionamos de este proyecto es que se impone, en más de un artículo, la obligación al BHU de acordar con el Poder Ejecutivo y con el Banco Central, en un caso -por ejemplo- un plan tendiente a la disminución de la captación de depósitos del público. Este tipo de imposiciones nos genera dudas en cuanto a su constitucionalidad, ya que es violatoria de la autonomía del Banco, puesto que es este, en su calidad de ente autónomo, el que tiene que administrar, de acuerdo con el artículo 185 de la Constitución. Sin embargo, en varias oportunidades el proyecto lo obliga a acordar una acción administrativa con el Poder Ejecutivo o con otro ente autónomo, como por ejemplo el Banco Central.

Además, el proyecto faculta al Poder Ejecutivo a constituir un fondo de garantía con el 1% de lo destinado al FONAVI, por la recaudación del Impuesto a las Retribuciones Personales, cuya finalidad es garantizar hasta el 20% de cada uno de los créditos cedidos al sector privado. Si se quiere utilizar el Fondo Nacional de Vivienda, hagámoslo bien, y volquémoslo al Banco Hipotecario, dándole recursos genuinos y capacidad de inversión. De esta forma tendremos una institución financiera capaz de impulsar la construcción; esto es lo que necesitamos y para ello no se requiere una nueva ley, sino que basta con la voluntad política de quien corresponda, en este caso del Gobierno y del Directorio del Banco Hipotecario, de aplicar la Ley Nº 13.728, que está vigente. En ese sentido, tampoco será necesario utilizar el aporte de los trabajadores para generar un fondo que garantice a la banca privada su inversión y su ganancia. En ningún momento se planteó conformar un fondo de seguro para deudores del Banco que, dadas las pésimas condiciones en que se encuentran los asalariados y pasivos de nuestra sociedad, pudiera cubrir la morosidad que ha estado afectando a la institución en forma notoriamente creciente.

Asimismo, el otorgamiento de subsidios totales o parciales tampoco se planteó, pero sí aparecen las ideas para garantizar las ganancias de los compradores de carteras. Los fondos que prevé el proyecto para hacer frente a los compromisos vigentes del BHU y los recursos que se asignan, no alcanzan, y hoy ya estamos viendo las consecuencias con cientos de trabajadores de la construcción que pasan a engrosar la fila de desocupados porque el Banco no paga y no va a poder hacerlo. Se maneja una cifra que, según estudios técnicos, no cubriría ni siquiera la mitad de los compromisos vigentes del Banco; esto ha sido denunciado por las gremiales empresariales, por los trabajadores, y ha sido reconocido en la Comisión por el propio Directorio del Banco Hipotecario. Los US$ 60:000.000 que se asignan para la operativa representan la mitad de los compromisos ya asumidos por el Banco. Nos preguntamos: ¿qué va a pasar con lo que falta?

Uruguay necesita un banco de fomento de la industria de la construcción y de la vivienda en particular. Este banco estatal debería ser el órgano central del sistema de financiamiento de la vivienda y administrador del Fondo Nacional de Vivienda, como lo definió este Parlamento en 1968. Ahora, este banco no puede actuar aislado y debe enmarcarse en las políticas de vivienda y de construcción definidas mediante una planificación que integre todos los aspectos involucrados, ya sea sociales, territoriales o tecnológicos. Este banco debe administrar los fondos de dicha planificación, en particular los recursos del Fondo Nacional de Vivienda. A su vez, entendemos que esta planificación la debe realizar el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

La relación entre estos organismos se visualiza como de cooperación, sin perder la óptica de las jerarquías y especialidades, más que de competencia, segmentación o distribución de poblaciones a atender. Este banco que necesitamos, no debe agotarse en captar ahorro y producir balances optimizando ganancias, pues su cometido debe ser el fomento de la vivienda y la construcción, en particular de la vivienda de interés social.

Sin duda, el Banco Hipotecario deberá reestructurar su operativa para bajar costos, transparentar su gerenciamiento, eliminar el acomodo y la corrupción, establecer un franjeo al crédito para reestructurar las tasas de forma de subsidiar a quien lo necesite y hacer pagar más al que puede. Se deberá impulsar una ley de deudores, que ha sido propuesta en este Parlamento, para retasar, refinanciar y adecuar las cuotas a los ingresos, única forma de abatir la ya abultada morosidad.

(Suena el timbre indicador del tiempo)

——Esa planificación deberá realizarla el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente en consulta con todos los actores involucrados en el tema, de forma tal de poder trazar políticas de Estado que vayan más allá de los períodos que cumplan los eventuales administradores.

SEÑOR CHIFFLET.- ¿Me permite, señor Presidente?

Mociono para que se prorrogue el tiempo de que dispone el señor Diputado.

SEÑOR PRESIDENTE (Argenzio).- Se va a votar.

(Se vota)

——Cuarenta y cuatro en cuarenta y cinco: AFIRMATIVA.

Puede continuar el señor miembro informante en minoría, quien dispone de quince minutos más.

SEÑOR SENDIC.- Agradezco al señor Diputado Chifflet y a los compañeros de la Cámara.

A nuestro entender, debemos avanzar en la complementación de funciones entre el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y el Banco, según su especialidad, y romper con esa división de tareas que está establecida artificialmente de acuerdo con los ingresos de los distintos sectores.

El necesario aprovechamiento de los escasos recursos deberá llevar a una planificación ajustada del desarrollo habitacional en el país, conciliando la necesidad de fomentar la construcción como una acción económica generadora de riqueza y mano de obra, pero también dirigiéndola hacia aquellos sectores que han quedado totalmente desprotegidos de la acción estatal por medio de uno u otro organismo.

Es tiempo de reformular a partir de la experiencia de la Ley Nº 13.728, de vivienda, el sistema de producción de viviendas en el país, ajustándolo a la realidad de un país cuyas políticas económicas han llevado en los últimos años a generalizar el asentamiento precario como vivienda permanente.

Para terminar, decimos que este no es un proyecto de fortalecimiento del Banco Hipotecario, sino todo lo contrario: es, a nuestro juicio, un proyecto de liquidación del Banco, que cercena potestades y posibilidades, dejándolo en inferioridad de condiciones para mantenerse en el mercado. Este proyecto condiciona tanto al Banco, que le quita hasta la posibilidad de negociar la venta de las carteras; lo obliga a hacerlo. Este proyecto condena a una de las principales herramientas con las que cuenta el país para impulsar una de las más importantes industrias, como lo es la de la construcción, y para facilitar el acceso a la vivienda de los sectores más carenciados.

(Ocupa la Presidencia el señor Representante Álvarez)

——En definitiva, proponemos no acompañar este proyecto, y nuestra fuerza política no lo acompañará porque no existe en él ningún elemento para fortalecer al Banco. No contiene este proyecto ni una sola herramienta que facilite su operativa. Todo lo que aquí se propone se puede resolver por vía administrativa y no precisa de una ley. Este es uno de los elementos más graves de este proyecto: la vía administrativa abre un abanico de posibilidades al gerenciamiento del Banco, en tanto que la ley -de ser aprobada- establece un imperativo que por sus propias características se convierte en una limitante para su operativa.

Voy a poner un ejemplo: el Banco hoy tiene la posibilidad de securitizar sus carteras, y así se han llevado adelante distintas negociaciones que no le convenían al Banco y cayeron. Las carteras del Banco tienen determinado valor si este tiene posibilidad de salir a negociarlas libremente en el mercado financiero. El Banco, entonces, concretará o no el negocio según su conveniencia. Si, por el contrario, el Banco está obligado a vender, automáticamente la cartera pierde valor. Daré otro ejemplo: el Banco puede limitar la toma de depósitos por vía administrativa, pero otra cosa es que no los pueda tomar porque la ley no se lo permita.

Esta limitación a la operativa del Banco irá reduciendo su capacidad operativa o de volumen de negocios, restándole cada vez más incidencia en el mercado de crédito hipotecario, el cual quedará en manos de la banca privada. Se cumplirá de esta manera con la aspiración de los organismos internacionales de crédito y de la banca internacional.

Un informe del Banco Mundial, hace unos meses, decía que la existencia en el país de dos bancos estatales fuertes distorsiona el mercado financiero en el Uruguay. Y es cierto -ya lo planteaba Batlle y Ordóñez en 1912-: el Estado debe presidir, orientar y regular el mercado del crédito y esto apunta contra la sed de ganancia de la banca internacional.

Si este proyecto se convierte en ley, estaremos abriendo el camino a esos intereses que nada tienen que ver con los nuestros y con los de nuestra sociedad.

Muchas gracias.

18.-      Vuelta de proyecto a Comisión.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Dese cuenta de una moción de orden llegada a la Mesa, presentada por las señoras Diputadas Rondán, Demarco, Garrido y Rivero Saralegui y los señores Diputados Arregui y Bergstein.

(Se lee:)

"Mocionamos para que se retorne a la Comisión de Educación y Cultura el proyecto de ley caratulado "Baltasar Brum. (Designación a la Escuela Nº 5 del barrio Baltasar Brum de la ciudad capital del departamento de Salto)".

——Se va a votar.

(Se vota)

——Cuarenta en cuarenta y uno: AFIRMATIVA.

19.-     Comisión Especial de Género y Equidad. (Prórroga de plazo).

Dese cuenta de otra moción de orden llegada a la Mesa, presentada por las señoras Diputadas Rondán, Percovich, Demarco y Argimón.

(Se lee:)

"Mocionamos para que se prorrogue el plazo de que dispone la Comisión Especial de Género y Equidad hasta el día 10 de diciembre de 2003".

——Se va a votar.

(Se vota)

——Cuarenta y uno en cuarenta y dos: AFIRMATIVA.

20.-     Fortalecimiento del Banco Hipotecario del Uruguay. (Normas).

Continúa la consideración del asunto en debate.

Tiene la palabra la señora Diputada Argimón.

SEÑORA ARGIMÓN.- Señor Presidente: en nombre del Partido Nacional nos interesa aclarar algunos aspectos que hacen a la esencia del debate de este proyecto que hoy se presenta a consideración del plenario de la Cámara. En realidad, para el Partido Nacional hay algunas instancias que es necesario enmarcar dentro de lo que fue la negociación de este proyecto.

En primer lugar, quiero recordar que la reformulación del Banco Hipotecario venía en la instancia de la Rendición de Cuentas, y fue el Partido Nacional el que solicitó al Partido Colorado el desglose de ese capítulo por entender que debíamos tener un debate, una consideración específica sobre esta institución financiera que tan importante rol ha cumplido a lo largo de la historia del país.

También es importante señalar algunos puntos que enmarcaron -por no decir marcaron en forma importante- el ámbito de la negociación, no solo en el Parlamento, sino en una Comisión que funcionara previamente con representantes de la Asociación de Bancarios del Uruguay, el señor Diputado Amorín Batlle, el señor Senador Heber, representantes jerárquicos del Banco Hipotecario del Uruguay y representantes del Banco Central y del Ministerio de Economía y Finanzas.

Nos parece importante mencionar qué margen de acción se tuvo a través de la consideración de este proyecto normativo, en esa instancia y también en esta.

Para nosotros es importante señalar que fue en el Parlamento y en la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente donde se llevó a cabo una democratización del estudio de este proyecto, porque en el ámbito de esa Comisión limitada -que, vuelvo a decir, estudió esta propuesta del Poder Ejecutivo- no habían sido tenidas en cuenta visiones que nosotros entendíamos importante considerar en el momento del tratamiento del tema.

Con esa democratización estuvimos de acuerdo los legisladores de todos los Partidos políticos con representación parlamentaria. Por eso, como decían los señores Diputados que me antecedieron en el uso de la palabra, se escuchó atentamente a todas las delegaciones que entre los legisladores y legisladoras estuvimos contestes en que debían ser recibidas.

Nos parece importante considerar algunos aspectos que tienen que ver con el estudio de este proyecto normativo y con la presentación, por parte del titular del Ministerio de Economía y Finanzas, de esta iniciativa, que se denomina "Fortalecimiento del Banco Hipotecario del Uruguay", y nosotros podemos coincidir con el señor Diputado preopinante en que no es el mejor título para este proyecto.

Cuando hablamos de la presentación de este proyecto por parte del Poder Ejecutivo, cabe destacar dos requisitos que el propio Ministro señala como importantes en el debate de este asunto. En primer lugar, que este proyecto debía tener urgente consideración, en virtud de la situación financiera que el Banco Hipotecario tenía. En segundo término, él nos requería que estudiáramos este texto normativo dentro del marco de la situación financiera que el país estaba viviendo, que, evidentemente, había cambiado en forma notoria en el correr de este año. Y si no considerábamos este proyecto de ley, no sería viable el Banco Hipotecario.

Digo esto porque me parece importante poner de relieve con qué margen contamos en la negociación quienes participamos en aquella Comisión y nosotros mismos. No voy a aludir al señor Ministro, sino que lo voy a citar textualmente -esto es público; está en las versiones taquigráficas de la Comisión- cuando, a raíz de algunas inquietudes de legisladores de distintos Partidos, integrantes de la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente, señaló: "Lo que es un fuerte error de apreciación es que esta ley vaya a generar menor trabajo para las empresas. Todo lo contrario: sin esta ley" -aquí es donde queremos detenernos, porque este fue el contexto en el que trabajamos- "el Banco no tiene para seguir el mes que viene. La información que se ha aportado a la Comisión contiene un fuerte error porque, en rigor, si el Banco no es capitalizado y debe pagar todos los intereses correspondientes, no tendrá un centavo para seguir invirtiendo. Podrá decirse que esta ley no alcanza, que habría que agregar otras cosas. Yo también digo: 'Nosotros tenemos fuertes limitantes'. Sí creo que la proyección pasiva de la situación es que el Banco el mes que viene, si paga los intereses a los demás organismos del Estado, no tiene con qué seguir. No es que con la ley se pierdan puestos de trabajo, sino que sin la ley, este sector se queda con cero puestos de trabajo". Esto es parte de la argumentación que el señor Ministro de Economía y Finanzas realizó en nuestra Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente, y en ese marco los legisladores comenzamos a estudiar y a debatir este proyecto.

El Partido Nacional, además de considerar el proyecto relativo a esta institución financiera como tal, en este contexto financiero debía tener presente una filosofía que para nosotros ha sido importante defender a lo largo de más de una década y que hoy está más vigente que nunca: la necesidad de que exista realmente una política de vivienda, con un Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente cuya existencia -reitero- reivindicamos en el momento de su creación y, con muchísima más fuerza y energía, lo hacemos ahora, pues en muchas instancias de la vida de esta Cartera se han verificado auténticos divorcios entre su operativa y la del Banco Hipotecario del Uruguay. En este estudio no podíamos perder de vista la filosofía que ha sido impulsada por nuestro Partido político; en definitiva, quisimos que también estuviese presente en el análisis de este proyecto planteado por el Poder Ejecutivo.

Reitero que, entre otras cosas, este proyecto fue objeto de algunas observaciones que planteamos al señor Ministro de Economía y Finanzas en el seno de la Comisión y que vamos a detallar, no sin antes decirles que al inicio del estudio de este texto normativo, el Partido Nacional trasladó al titular de la Cartera su voluntad de reconsiderar alguna decisión del Directorio del Banco Hipotecario que daba a los deudores en dólares de este organismo una sola herramienta para negociar su deuda. Hubo algunas otras alternativas, pero creemos que hay que seguir trabajando para acercarse aún más a la situación de los deudores en dólares del Banco Hipotecario, teniendo en cuenta que esta categoría de deudores se diferencia del resto por el hecho de que cuando ellos asumieron el préstamo, en ese momento esa era la única línea de crédito disponible en el Banco. Por ello anunciamos que vamos a seguir trabajando para seguir acercándonos -en forma personalizada si se puede- a la situación de los deudores en dólares del Banco Hipotecario.

También entregamos al señor Ministro de Economía y Finanzas tres proyectos de ley que voy a mencionar: uno del señor Diputado González Álvarez, otro de los señores Senadores Gallinal y Pereyra, y el tercero del señor Diputado Lacalle Pou, relativo a la situación general de los deudores en dólares por préstamos para vivienda, respecto de lo cual insistimos en que es importante seguir avanzando en el estudio de posibles soluciones. ¿Por qué, señor Presidente? Porque, obviamente, si hay algo característico de la sociedad uruguaya es una especial filosofía que tiende a que queramos ser propietarios, lo que nos diferencia de otras comunidades, y nosotros creemos que eso debemos contemplarlo al abordar los aspectos institucionales y al avanzar en la búsqueda de soluciones a estos temas.

Decíamos que fue en este contexto de mucha limitación que el Poder Ejecutivo nos planteó este proyecto que -vuelvo a decir- no llamaría de fortalecimiento del Banco Hipotecario, sino para que haya un Banco Hipotecario, aunque, obviamente, un Banco Hipotecario distinto del que tenemos hasta ahora, un Banco Hipotecario con relación al cual todos los Partidos políticos -por lo menos los que están representados en la Comisión- se pronunciaron en el sentido de que era necesario cambiarlo.

La fuerza de los hechos ha generado que nos presentaran este proyecto normativo que no es el ideal, aunque por lo menos manifiesta la voluntad política de que exista un Banco Hipotecario. En ese terreno y con esas limitaciones -reitero-, nosotros nos manejamos para que haya un Banco Hipotecario. ¿Un Banco Hipotecario descolgado de la realidad habitacional? No, señor Presidente, un Banco Hipotecario que coordine más y mejor su trabajo con el del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

Brevemente, queremos dejar constancia de algunas de las modificaciones que el Partido Nacional hiciera a este texto que hoy se recibe en el plenario. Hay alguna modificación que se consideró con respecto al segundo inciso del literal A) del artículo 1º, que fue solicitada por el Sindicato Único Nacional de la Construcción y Afines y por las propias cooperativas de vivienda.

Originalmente, al final del literal B) del artículo 1º se establecía que las operaciones financieras relativas al objeto previsto en esta ley tenían que hacerse con autorización del Banco Central. Nosotros entendemos que el Banco Hipotecario no tiene que pedir autorización al Banco Central; basta con que funcione de acuerdo con la normativa bancocentralista vigente.

Además, a solicitud de compañeros de bancada, el texto que hoy se presenta en el literal E) del artículo 1º considera algo que está vigente, pero que se ha señalado que en algunas oportunidades parece no ser respetado: la verificación de que las retenciones no superen el 26% de los ingresos del núcleo familiar.

Algunas otras modificaciones que se fueron estableciendo por parte de la bancada del Partido Nacional se originaron a solicitud del propio Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. En este sentido, vuelvo a decir que esto tiene mucho que ver con la filosofía que el Partido Nacional ha impulsado y seguirá impulsando en cuanto a la existencia de una auténtica política de Estado en materia de vivienda. Por ello, en el artículo 10, que tiene que ver con el monto de 1:680.000 unidades indexadas y con el monto establecido para cumplir con los compromisos asumidos por el Banco Hipotecario, para el Partido Nacional fue importante que se priorizaran las expresiones de interés del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. ¿Por qué? Porque precisamente consideramos que lo prioritario es atender esa franja de compatriotas cuyo núcleo familiar tiene ingresos de entre 30 UR y 60 UR. Esto debe ser considerado por la administración de este Banco, que sin duda, después de la aprobación del proyecto normativo a estudio, tendrá el compromiso de asumir un liderazgo claro de esta institución financiera. El Directorio del Banco Hipotecario tendrá que asumir compromisos y desafíos muy relevantes y deberá posicionarse muy claramente en su defensa, no solo en la plaza, sino también ante el resto de los bancos públicos.

Otro de los aspectos que el Partido Nacional llevó a la mesa de negociaciones y que fue solicitado por muchas de las delegaciones que asistieron a la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente, tiene que ver con que la posibilidad de ejecución extrajudicial que tiene el Banco Hipotecario del Uruguay -que ha sido una prerrogativa prácticamente exclusiva de esta institución financiera y que, además, la ha manejado con mucha discrecionalidad- no pudiera ser objeto de cesión, cosa que se ha incorporado a las modificaciones que figuran en el proyecto a estudio del plenario.

Otro de los temas que para el Partido Nacional fue importante considerar tiene que ver con la creación del Fondo de Garantía para las líneas de crédito del Banco Hipotecario, que nosotros compartimos, pero con exclusión de los topes de inversión que en la actualidad tiene el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente o que eventualmente pueda llegar a tener.

Hemos considerado este proyecto dentro de las restricciones y de acuerdo con los planteamientos que el Poder Ejecutivo hizo no solo en el ámbito cerrado y exclusivo de aquella Comisión, sino también, a través del señor Ministro, en la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente. Según el contexto que se expresara a través del representante del Poder Ejecutivo, estamos dando al Banco Hipotecario del Uruguay una oportunidad para seguir. Esa es la voluntad política del Partido Nacional: trabajar con un texto normativo, que en definitiva permita al Banco Hipotecario del Uruguay seguir adelante. Por supuesto, dependerá del posicionamiento de su Directorio que tengamos un Banco Hipotecario como el que todos queremos. Obviamente, este Banco Hipotecario es distinto al que ha funcionado hasta hoy. No es la primera vez que esta institución financiera sufre un embate; históricamente ha tenido algunos problemas. Recordamos que todo el tema de la vivienda y su problemática desde el punto de vista financiero es, en definitiva, lo que otrora llevó a impulsar la ley de vivienda conocida como ley Serrato, que todos reconocemos inclusive en foros internacionales.

Por lo tanto, por estas consideraciones y dentro de ese breve margen que se nos ha dado, hemos tratado de optimizar, en la medida de nuestras posibilidades, esta herramienta que hoy se da al Banco Hipotecario del Uruguay, teniendo en cuenta que se han considerado algunas solicitudes de las agremiaciones y corporaciones que nos han visitado. El proyecto a estudio tiene textualmente el aporte de tres artículos propuestos por la Asociación de Escribanos del Uruguay. Uno de ellos es muy importante, puesto que tiende a solucionar de una vez por todas la situación de muchísimas administraciones de complejos habitacionales que desde hace mucho tiempo están pidiendo una escrituración definitiva. También hay un artículo de no menor importancia, que tiene que ver con la posibilidad de que quienes son ahorristas del Banco Hipotecario, hayan tenido la reprogramación de sus depósitos y sean deudores de la institución, tengan la posibilidad efectiva de cancelar sus deudas.

Por todo esto y por las consideraciones antes dichas, la bancada del Partido Nacional va a proceder a votar afirmativamente este proyecto.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado Posada.

SEÑOR POSADA.- Señor Presidente: nuestro sector político, el Nuevo Espacio Independiente, no va a acompañar este proyecto de ley.

A nuestro juicio, se trata de una iniciativa que está mal caratulada porque, en todo caso, las normas que se proponen no van a fortalecer al Banco Hipotecario, sino que notoriamente lo van a debilitar. Por lo tanto, debería llamarse "proyecto de debilitamiento del Banco Hipotecario del Uruguay".

Son diversas las causas que han llevado a este estado de cosas y, por cierto, estas se han venido produciendo a lo largo del tiempo. Con el transcurso del tiempo se ha llevado adelante en el Banco Hipotecario una gestión que se ha caracterizado por el clientelismo, como una forma de gestionar operativamente a la institución; muchas veces han primado criterios de carácter político, político-partidarios, a los efectos inclusive de la asignación de viviendas. Durante el período -casi al comienzo- en que ejerció la Presidencia de la República el doctor Luis Alberto Lacalle, hubo en el país un fuerte consenso político para crear un Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. También hubo un fuerte consenso político para establecer, a partir de la creación del citado Ministerio, algunas ideas rectoras relacionadas con la política de vivienda, cuya columna vertebral era y sigue siendo la Ley Nº 13.728, norma en la que, por cierto, le cupo una participación muy importante al arquitecto Juan Pablo Terra en su redacción.

Con la creación del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente también se establece una política en el sentido de que los núcleos familiares cuyos ingresos fueran menores o iguales a 60 unidades reajustables iban a recibir un subsidio. A partir de esa fecha se pasó raya y se ha venido aplicando -en general, con el acuerdo de todos los Partidos políticos- una política de subsidios que se podrá criticar en cuanto a sus alcances, pero que, en definitiva, ha caracterizado la política de vivienda en el país. Lo que nunca se corrigió es lo que venía de atrás. Y lo que venía de atrás era una cartera integrada, en una parte importante, por núcleos familiares cuyos ingresos son menores a 60 unidades reajustables y que hasta entonces, hasta ese cambio de política, habían sido atendidos por el Banco Hipotecario. Si establecíamos una política hacia adelante y todos estábamos convencidos de que las familias que tienen ingresos inferiores a 60 unidades reajustables necesariamente debían ser subsidiadas -con distintos niveles de subsidio-, parece sensato suponer que las carteras que habían sido atendidas por el Banco Hipotecario durante un largo período debían ser analizadas sobre la base de esa política que se instauraba a partir de ese momento, pero eso nunca se hizo. Y lo que es más importante es que hoy, planteadas sucesivas capitalizaciones -porque, en definitiva, esta capitalización que se incluye en el proyecto viene a ser la segunda en este año-, no se atiende ese problema que, de alguna manera, es muy trascendente para la gestión del Banco Hipotecario del Uruguay. Porque una cosa que no se dice es que gran parte de la cartera morosa del Banco Hipotecario corresponde a estos sectores de ingresos que, repito, todos estamos de acuerdo en que deben ser subsidiados. Además, eso supone un importante gasto operativo para el Banco, en la medida en que la mayoría de esa cartera está integrada por promitentes compradores.

El año pasado presentamos un proyecto de ley -que también habíamos presentado en la Legislatura anterior- por el que planteábamos la necesidad de atender esta situación para, entre otras cosas, sincerar el propio patrimonio del Banco.

Durante la gestión de este Directorio ocurrió otro hecho, que no es censurable -en todo caso, es un hecho a destacar como un avance en la gestión-, pero que, en la medida en que no se hizo esto otro, claramente obligó a reconocer al Banco Hipotecario pérdidas muy importantes. Durante la gestión de este Directorio se empezaron a aplicar las normas del Banco Central. ¿Qué quiere decir esto? Que hasta entonces el Banco Hipotecario tenía mecanismos sui géneris a los efectos del castigo de los créditos morosos. Cuando el Banco sincera esa situación, obviamente, incurre en una pérdida que hasta entonces estaba, pero que no había sido reconocida. Y la esencia de esa pérdida se debe a que esta cartera de deudores debió ser atendida con los mismos criterios de la política de vivienda que se fijó a partir de la gestión del Presidente Luis Alberto Lacalle. Este es uno de los aspectos que, indudablemente, tiene importancia en el estado de cosas actual del Banco Hipotecario.

Hay un tercer aspecto, relativo a los múltiples préstamos que se hicieron a promotores privados, muchas veces a través de convenios, por ejemplo, con las Intendencias. No recuerdo en esta Legislatura, pero en la anterior, durante el transcurso de los cinco años, la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente recibió múltiples testimonios, e inclusive hay un informe categórico del Tribunal de Cuentas donde se señalan claramente situaciones de estafa en las construcciones, que el propio Banco Hipotecario, a través del pago de esas obras, terminó convalidando. Y por supuesto, quienes en definitiva habrían de pagar las consecuencias de esas estafas eran, notoriamente, los que en teoría serían los beneficiados por los proyectos de construcción de esos inmuebles.

Consecuentemente, en este caso abundan ejemplos. Hay uno que mueve al humor. Es el caso de una situación en Paysandú, que los señores Diputados del departamento deben conocer bien, donde claramente había vicios de construcción, y el Banco valida la situación de estafa en la medida en que no va contra quienes habían construido esos inmuebles, y terminan pagando la situación los propios adjudicatarios. Pero hay un caso muy elocuente: ese barrio en Paysandú al que se le llama San Pedro, por las llaves que hubo que hacer a todos los inmuebles para que pudieran seguir sosteniéndose; y eso fue convalidado por el Banco Hipotecario durante distintos períodos.

Obviamente, los adjudicatarios de estas viviendas inician juicio contra el Banco, pero generalmente cometen el error de no pagar sus cuotas. Muchas veces se ven imposibilitados de hacerlo por tener que realizar inversiones para corregir los vicios de construcción, y la institución termina ahogándolos con sus servicios jurídicos. Son situaciones que terminan repercutiendo en la propia gestión del Banco Hipotecario.

Otra causa que notoriamente incide en la situación actual de cosas es la siguiente: ¿puede una institución bancaria como el Banco Hipotecario tener un presupuesto operativo de US$ 6:000.000 por mes? Estoy hablando de cifras anteriores a la devaluación, a la modificación de la política cambiaria, porque hoy estas cifras notoriamente serían otras. En ese momento, el presupuesto del Banco Hipotecario era de US$ 6:000.000 por mes; US$ 72:000.000 por año. ¿Puede sostenerse una institución con ese presupuesto operativo que dejaba un margen menor a los US$ 10:000.000 para inversiones en vivienda?

Esta situación ameritaba un proceso de reestructura, y así lo dijimos en oportunidad en que el punto se discutió, en la instancia de la Rendición de Cuentas. Expresamos que era necesario un proceso de sinceramiento, que encarara seriamente un proceso de reestructura del Banco Hipotecario. Lamentablemente, la solución que nos propone el Poder Ejecutivo es debilitarlo más, porque, que yo sepa, no hay ninguna medida con respecto a los costos operativos del Banco, y sin embargo este proyecto de ley achica el negocio de la institución. En consecuencia, el Banco tendrá menos recursos, y con el mismo costo operativo, ¿cómo va a hacer para seguir operando?

No atendimos el tema de las carteras, que viene de antes de que se fijara la política de vivienda. Sigue habiendo esas carteras morosas que, repito, corresponden a sectores de ingresos inferiores a 60 unidades reajustables. Se siguió convalidando esta política y no hubo un sinceramiento con respecto a estas situaciones de estafa, en que el Banco fue estafado pero transfirió esa estafa al adjudicatario de la vivienda.

En esta situación, en este contexto, ¿es viable este proyecto de ley a los efectos -como dice el título- del fortalecimiento del Banco Hipotecario? ¿O lo que hará es debilitarlo definitivamente?

Creo que al respecto no pueden caber dudas. Lamentablemente, en lugar de estudiar una seria reestructura del Banco Hipotecario -que, comparto, debería incluir alguno de los aspectos planteados en cuanto a que el Banco no puede financiar a los promotores, porque ahí ha estado uno de los problemas-, la idea que está planteada acá lleva a cosas absolutamente ilógicas, tan ilógicas como esta.

Otro aspecto importante a destacar como causa del estado actual de cosas es que durante su período de gestión, el Banco Hipotecario tuvo sus activos en unidades reajustables; básicamente, prestó en unidades reajustables. En la tapa del libro de cualquier gestión bancaria se establece que tiene que haber una correspondencia entre los activos, es decir, entre la moneda en que se presta el dinero, y la moneda en la que se capta el dinero. Con la autorización del Poder Ejecutivo, en este y en el período anterior, el Banco Hipotecario se endeudó, captó y emitió bonos en dólares; en buen romance, estaba cantado que asumiendo ese riesgo de cambio, con una modificación de la política cambiaria, su situación se iba a ver seriamente afectada, como en efecto ha ocurrido. Y quiero señalar este aspecto como otras de las causas que, indudablemente, ha contribuido al estado actual de pérdida patrimonial por parte del Banco Hipotecario.

Pero me interesaba señalar uno de los ejemplos medulares de los horrores de este proyecto. Hace pocos meses volvimos a innovar en materia de préstamos para la vivienda: se creó la unidad indexada. No me parece mal que se cree una unidad indexada, pero uno de los aspectos centrales de la Ley Nº 13.768, de vivienda, fue precisamente el de utilizar la unidad reajustable como elemento de financiación, en la medida en que evoluciona de acuerdo con los salarios. Sin embargo, yo me pregunto: si hoy existen dificultades de cobro con la unidad reajustable, ahora, con la evolución que tendrá la unidad indexada, que en el futuro próximo y más que próximo estará por encima de la variación del índice medio de salarios y, en consecuencia, de la UR, ¿cuál será la capacidad de pago de quienes contraten préstamos en esas condiciones?

Además, cuando se elaboró la ley sobre reforma previsional -una de las normas fundamentales aprobadas en la Legislatura pasada- se eligió como medida del ahorro la unidad reajustable. Los recursos del Fondo de Ahorro Previsional están en unidades reajustables; es decir, todo el ahorro que los uruguayos utilizaremos cuando nos jubilemos está en unidades reajustables. Ahora bien: no hay ningún instrumento financiero que capte ese ahorro en unidades reajustables. Este tendría que ser un mecanismo preferente a ser utilizado por el Banco Hipotecario. El Banco presta en UR; podría muy bien emitir bonos y captar ahorros en esa unidad para destinarlos al financiamiento de la vivienda, y ahí estaría perfectamente calzado en la moneda que utiliza el organismo. No obstante, lo que hace este proyecto de ley es innovar en el sentido de autorizar al Banco Hipotecario a captar ahorros en unidades indexadas. O sea, ¡todo al revés!

¿Para qué tenemos un Fondo de Ahorro Previsional en unidades reajustables si después no generamos instrumentos financieros para captar parte de ese ahorro y volcarlo, por ejemplo, en este caso, a la construcción? ¡Las cosas están mal pensadas, señor Presidente!

Lamentablemente, este proyecto empeora la situación, y porque entendemos que la empeora vamos a votarlo en forma negativa, y seguiremos insistiendo en la necesidad de reestructurar al Banco Hipotecario, pero seriamente.

Es todo cuanto tenemos que decir.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra la señora Diputada Percovich.

SEÑORA PERCOVICH.- Señor Presidente: como delegada de sector en la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente, quisiera hacer unas muy breves precisiones, más allá de compartir totalmente lo expresado por el señor Diputado Sendic, que habló en nombre de nuestra bancada.

En primer lugar, quiero dejar una constancia política por expresiones vertidas por la señora Diputada Argimón, que han quedado registradas en la versión taquigráfica, cuando habló en nombre del Partido Nacional.

Nuestro Partido político, el Encuentro Progresista-Frente Amplio, no integró la Comisión que trabajó para encontrar una salida para el Banco Hipotecario. Esa Comisión estuvo integrada por representantes del Banco Central, del Banco de la República, del Ministerio de Economía y Finanzas, de los gremios correspondientes, del Partido Nacional y del Partido Colorado. Nosotros no fuimos invitados a trabajar en esta salida que se le ha dado al Banco Hipotecario del Uruguay.

Hecha esta precisión, quiero decir que el de la vivienda es un tema muy caro para nuestra fuerza política, en el entendido de que representa una política social central del país y de que tiene una legislación ejemplar en América Latina. Sin embargo, las instituciones no han estado a la altura de esa legislación y de los esfuerzos realizados por la población y por la sociedad uruguaya organizada en torno a la vivienda, que ha logrado verdaderos ejemplos respecto de la construcción en forma conjunta, como han sido todos los proyectos cooperativos, ya sea por ayuda mutua o de usuarios. Tanto es así que desde el exterior vienen a observar estos logros como un ejemplo de vivienda digna, que satisface una serie de necesidades y de servicios para poblaciones que no tienen un poder adquisitivo alto.

Señalamos la inconveniencia de las propuestas que contiene este proyecto de ley, que como se ha dicho aquí no apuntan a fortalecer al Banco, sino a cerrar definitivamente una institución que, aunque en los últimos treinta años siempre ha estado muy mal dirigida, ha hecho importantes aportes para la solución de los problemas de vivienda de los uruguayos y sigue siendo fuente de trabajo para miles de personas vinculadas a la construcción.

Con esto estoy trasladando la opinión de todo el equipo que durante años ha venido trabajando en torno a este tema en nuestra fuerza política -me refiero a arquitectos, ingenieros, gente relacionada con el tema de la vivienda-, que está sintiendo esta iniciativa como un golpe muy fuerte para las políticas de vivienda del país.

Entendemos que la posición de las gremiales de arquitectos, escribanos, agrimensores e ingenieros que, como se ha dicho aquí, es coincidente, nos ha dejado elementos suficientes en la Comisión como para concluir que este proyecto es tremendamente nocivo para el país.

Creemos que con la sanción de esta iniciativa tal como está redactada, se estará cumpliendo con las exigencias puestas por los organismos multilaterales de crédito como requisito para otorgar el apoyo que permitió salvar, una vez más, al sistema financiero. Realmente este proyecto no tiene diferencias con el texto enviado por el Poder Ejecutivo en la Rendición de Cuentas, más allá de que -nobleza obliga- entendemos que el Partido Nacional ha tratado de limar algunas de las aristas más negativas que tenía el proyecto, incorporando algunos elementos y eliminando otros de los más negativos; de ello ha quedado constancia en las versiones taquigráficas de las sesiones en las que se recibieron las visitas que señalaban los señores Diputados en las intervenciones anteriores y que aportaron su opinión sobre este proyecto.

(Murmullos)

——Quiero rescatar como un elemento especialmente importante el cambio que se introdujo en el artículo 1º, por el que se modifica la Carta Orgánica del Banco Hipotecario, modificación que entendemos tan negativa por los recortes previstos en sus cometidos. Entendemos que haber podido modificar el literal E), que tiene que ver con los descuentos de los sueldos y las pasividades, para atarlo al artículo 1º de la Ley Nº 17.062, de 1998, resulta por lo menos un elemento especialmente positivo en el contexto económico en el que estamos viviendo, porque de otra forma el caos hubiera acelerado mucho más la morosidad y el cierre del Banco Hipotecario.

(Murmullos.- Campana de orden)

——Los problemas que tiene el Banco Hipotecario no provienen, precisamente, de las dificultades legales, sino de su mala estrategia y peor gestión. Por consiguiente, entendemos que para solucionar esos problemas no hacía falta ninguna ley, sino enmarcar la actuación del Banco Hipotecario dentro del sistema general de la vivienda -del que debió ser siempre el órgano financiero- y poner a su frente buenos administradores.

Este proyecto no hace eso; tampoco podría hacerlo, porque no se trata de cuestiones de resolución legal, sino de índole administrativa, y tendría que haber sido una iniciativa del Poder Ejecutivo o del Directorio del Banco. En cambio, el proyecto está cercenando potestades y posibilidades a la actuación del Banco, lo que nosotros entendemos que va a conducir rápidamente a su aislamiento dentro del sistema financiero y luego al cierre, único destino posible cuando se piensa que se va a alimentar de hipotéticas ventas de carteras, un sistema que no ha tenido hasta ahora el menor suceso y que, aunque lo tuviera, solo puede desembocar, al menos en el mediano plazo, en la canibalización del patrimonio del Banco. El otro elemento con que se cuenta son los ahorros para vivienda, que, en la situación económica y financiera que estamos viviendo, también son ingresos hipotéticos.

El Banco Hipotecario, para nosotros no es un banco más. No hubiéramos querido que siguiera siendo solo un banco más, sino el instrumento financiero de una política social. En ese sentido, hubiésemos querido que volviera a asumir ese rol -no perdemos las esperanzas de que así sea-, administrando los recursos del Fondo Nacional de Vivienda de acuerdo con las políticas que debe fijar el Ministerio.

Realmente, la propuesta que entendemos que debería haberse cumplido, de acuerdo con los marcos legales existentes, sería la de complementar las funciones del Ministerio y del Banco según su especialidad, y no dividirse la tarea según sectores de ingreso como ocurre actualmente. Eso se podría hacer perfectamente con la legislación actual. El país ha tenido siempre una excelente legislación sobre vivienda y las desfiguraciones que sufrió en la época de la dictadura no pudieron mellar los aportes invalorables del arquitecto Juan Pablo Terra. Más allá de que las leyes siempre se pueden ajustar y mejorar, entendemos que constituía un perfecto marco para desarrollar las políticas de vivienda que este país necesita.

Lamentamos realmente esta nueva iniciativa del Poder Ejecutivo que, unida a otras leyes que han venido durante esta Legislatura, contribuye a desmontar un sistema de políticas sociales que tenía nuestro Estado, y este es un instrumento más que vamos a perder para poder solucionar las necesidades de nuestro pueblo.

21.-     Licencias.

Integración de la Cámara.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Dese cuenta del informe de la Comisión de Asuntos Internos relativo a la integración del Cuerpo.

(Se lee:)

"La Comisión de Asuntos Internos aconseja a la Cámara aprobar la solicitud de licencia del señor Representante Nahum Bergstein, por motivos personales, inciso tercero del artículo único de la Ley Número 16.465, por el día 12 de noviembre de 2002, convocándose al suplente siguiente, señor Carlos Testoni".

——En discusión.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota)

——Sesenta y uno en sesenta y tres: AFIRMATIVA.

Queda convocado el suplente correspondiente, quien se incorporará a la Cámara en la fecha mencionada.

(ANTECEDENTES:)

"Montevideo, 6 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Al amparo de lo previsto por la Ley Nº 16.465, solicito al Cuerpo que tan dignamente preside se sirva concederme el uso de licencia por razones personales por el día 12 de noviembre del año en curso.

Sin otro particular, le saluda muy atentamente.

NAHUM BERGSTEIN
Representante por Montevideo".

"Montevideo, 6 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto.

Sin otro particular, le saluda muy atentamente.

Miguel Dicancro".

"Montevideo, 6 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto.

Sin otro particular, le saluda muy atentamente.

Gustavo Osta".

"Montevideo, 6 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto.

Sin otro particular, le saluda muy atentamente.

Hugo Granucci".

"Montevideo, 6 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto.

Sin otro particular, le saluda muy atentamente.

Raúl Germán Rodríguez".

"Montevideo, 6 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto.

Sin otro particular, le saluda muy atentamente.

Luis Spósito".

"Montevideo, 6 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto.

Sin otro particular, le saluda muy atentamente.

Juan Ángel Vázquez".

"Montevideo, 6 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto.

Sin otro particular, le saluda muy atentamente.

Palmira Zuluaga".

"Montevideo, 6 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto.

Sin otro particular, le saluda muy atentamente.

Ruben Zambella".

"Montevideo, 6 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto.

Sin otro particular, le saluda muy atentamente.

Alfredo Menini".

"Montevideo, 6 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto.

Sin otro particular, le saluda muy atentamente.

Eduardo Scasso".

"Montevideo, 6 de noviembre de 2002.

Señor Presidente de la
Cámara de Representantes,
Guillermo Álvarez.

Presente.
De mi mayor consideración:

Por la presente comunico a usted que por esta única vez no he de aceptar la convocatoria para integrar el Cuerpo de la cual he sido objeto.

Sin otro particular, le saluda muy atentamente.

Augusto Montesdeoca".

"Comisión de Asuntos Internos

VISTO: La solicitud de licencia por motivos personales del señor Representante por el departamento de Montevideo, Nahum Bergstein.

CONSIDERANDO: I) Que solicita se le conceda licencia por el día 12 de noviembre de 2002.

II) Que los suplentes siguientes, señores Miguel Dicancro, Gustavo Osta, Hugo Granucci, Raúl Germán Rodriguez, Luis Spósito, Juan Ángel Vázquez, señora Palmira Zuluaga, señores Ruben Zambella, Alfredo Menini, Eduardo Scasso, y Augusto Montesdeoca Suárez, no aceptan por esta vez la convocatoria de que han sido objeto.

ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución de la República, por el artículo tercero de la Ley Nº 10.618, de 24 de mayo de 1945 y en el inciso tercero del artículo único de la Ley Nº 16.465, de 14 de enero de 1994.

La Cámara de Representantes,

R E S U E L V E :

1) Concédese licencia por motivos personales por el día 12 de noviembre de 2002, al señor Representante por el departamento de Montevideo, Nahum Bergstein.

2) Acéptanse las negativas que, por esta vez han presentado los suplentes siguientes señores Miguel Dicancro, Gustavo Osta, Hugo Granucci, Raúl Germán Rodriguez, Luis Spósito, Juan Ángel Vázquez, señora Palmira Zuluaga, señores Ruben Zambella, Alfredo Menini, Eduardo Scasso y Augusto Montesdeoca Suárez.

3) Convóquese por Secretaría, por el día 12 de noviembre de 2002, al suplente correspondiente siguiente de la Hoja de Votación Nº 2000, del Lema Partido Colorado, señor Carlos Testoni.

Sala de la Comisión, 6 de noviembre de 2002.

TABARÉ HACKENBRUCH, JORGE CHÁPPER, MARÍA NELBA IRIARTE".

22.-      Integración de Comisiones.

——Dese cuenta de la integración de Comisiones.

(Se lee:)

"El señor Representante Nahum Bergstein sustituirá al señor Representante Alejo Fernández Chaves, desde el día 18 y hasta el 29 de noviembre de 2002, en la Comisión Investigadora sobre diversas actuaciones relacionadas con el sistema financiero y bancario".

23.-     Sesión extraordinaria.

——Dese cuenta de una moción presentada por las señoras Diputadas Topolansky y Villalba y los señores Diputados Máspoli Bianchi, Ronald Pais, Posada y Berois Quinteros.

(Se lee:)

"Mocionamos para que la Cámara de Representantes sesione en forma extraordinaria el próximo martes 12, a la hora 10, para proseguir con la consideración del proyecto de ley por el que se establecen normas para el fortalecimiento del Banco Hipotecario del Uruguay (Carpeta Nº 2491/002)".

——En discusión.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota)

——Sesenta y seis en sesenta y ocho: AFIRMATIVA.

24.-      Fortalecimiento del Banco Hipotecario del Uruguay. (Normas).

Continúa la discusión del asunto en debate.

Tiene la palabra el señor Diputado Señorale, a quien la Mesa le aclara que tendrá que interrumpirlo a la hora 19 y 50 porque hay dos señores legisladores anotados para hacer uso de la palabra en la media hora final. De todos modos, conservará el resto de su tiempo para la próxima sesión.

SEÑOR SEÑORALE.- Señor Presidente: en primer lugar, voy a ratificar en todos sus términos el informe de mi compañero de bancada, señor Diputado Máspoli Bianchi.

Coincido en que el análisis de este proyecto de ley debe contextualizarse, por un lado, en la realidad que desde hace bastante tiempo está enfrentando el Banco Hipotecario y, por otro, en la difícil y compleja situación que afronta el sistema financiero en general.

(Murmullos)

——El Banco Hipotecario fue una institución que durante muchísimos años -diría que durante muchísimas décadas- constituyó el eje financiero de la vivienda, lo cual se refleja en su situación patrimonial -activos y pasivos- y en su propia estructura organizativa y operativa, como aquí se ha señalado.

(Murmullos.- Campana de orden)

——Gracias, señor Presidente.

A lo largo de su historia, el Banco Hipotecario del Uruguay cumplió con una importante función social, facilitando el acceso a la vivienda de los sectores de menores recursos económicos. Miles y miles de familias uruguayas hoy son propietarias de sus casas gracias a esa política del Banco Hipotecario; política del Banco Hipotecario que, sumada a la firme decisión política del Gobierno Nacional y de algunas Intendencias del interior del país, ubica al Uruguay entre los países de América con mayor porcentaje de familias que viven en casa propia.

El informe que nos llega del Banco Hipotecario señala que, en estos últimos diez años, a través de esta institución se lograron más de 25.000 soluciones habitacionales. El Banco Hipotecario invirtió todos sus recursos en la construcción de viviendas. Nadie se llevó la plata para su casa, como en algún momento se pretendió insinuar. Porque si hubo algún problema de adjudicación, esas viviendas se van a pagar, están ahí y son la garantía que tiene el Banco Hipotecario. Por lo tanto, me parece un absurdo pretender atribuir la situación financiera del Banco Hipotecario a alguna dificultad o irregularidad en la adjudicación de esas viviendas.

Para llevar adelante esta política social, el Banco tuvo que aplicar distintos mecanismos. Uno de ellos fue el de tasas subsidiadas a los créditos con destino, fundamentalmente, a viviendas económicas, para lo cual recibía impuestos directos y transferencias de Rentas Generales. Eso lo hacía en préstamos individuales y también en sistemas cooperativos. Esta política se traduce desde el punto de vista financiero en activos realizables a muy largo plazo, a tasas bajas de interés, de menos del 3,5% en unidades reajustables, favoreciendo a aquellos sectores de menores recursos. Lógicamente, se comprenderá que con esta tasa de interés no se puede cubrir lo que representa el costo financiero y operativo de la institución.

En otras oportunidades, por reclamos que hicimos todos los Partidos políticos, para poder atender la capacidad de pago de esos deudores el Banco instrumentó una política solidaria, como corresponde a este organismo: refinanciamientos, reestructuras de deudas, reajustes diferidos en el tiempo con donación de intereses, y una serie de medidas tratando de favorecer a esos deudores y a esas personas que tenían dificultades para pagar sus cuotas. Pero, indudablemente, esto se traduce en los balances financieros del Banco e incide negativamente en ellos, como aquí se señalaba.

Según un informe del propio Banco, el costo de la función social, sin que haya recibido asistencia crediticia de ninguna naturaleza, suma más de US$ 900:000.000 al año 2000; es decir que esta cantidad salió del Banco Hipotecario para cumplir esa función social que determinaban las autoridades de la institución y también quienes ejercían el Gobierno Nacional en esas circunstancias. Además, esta situación se va a prolongar en el futuro, porque el Banco Hipotecario tiene créditos a largo plazo. Es decir que esta función social, este arrastre de la situación financiera del Banco, se va a proyectar hacia el futuro, en virtud de los plazos a los que concedió esos préstamos.

En cierta medida, esta situación aparecía poco perceptible cuando el Banco Hipotecario administraba el Fondo Nacional de Vivienda. Pero cuando se crea el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, aproximadamente en el año 1990, y se le transfiere la administración y la regulación de ese Fondo, surgen las dificultades del Banco, como aquí se ha venido señalando por parte de otros señores Diputados. Además, este Parlamento impuso al Banco obligaciones sin dotarlo de los recursos necesarios. ¿O acaso no fue en este Parlamento que se votó la ley del RAVE y se obligó al Banco Hipotecario a construir viviendas para atender esa situación o afrontar las demandas que se hicieran por esa circunstancia? Por lo tanto, desde este Parlamento no podemos increpar al Banco Hipotecario por esta situación que vive, porque fuimos nosotros, desde aquí, quienes le impusimos obligaciones sin dotarlo de los recursos necesarios para afrontarlas.

Sin lugar a dudas, esta compleja situación que tenía de por sí el Banco Hipotecario se ve potenciada y agravada como consecuencia de la crisis del sector financiero que se desata en el país en estos últimos meses.

En resumen, la conjunción de la situación que venía atravesando el Banco Hipotecario y la crisis del sector financiero, hace que hoy esta institución viva una coyuntura sumamente difícil. Si no adoptamos urgentes medidas, su destino está seriamente comprometido.

Lo cierto es que hoy el Banco sufre un serio problema de descalce; un doble descalce: descalce financiero en moneda y descalce financiero en plazo. Descalce en moneda, en virtud de que captó depósitos en moneda extranjera...

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Disculpe, señor Diputado. Le restan veintitrés minutos para hacer uso de la palabra en la próxima sesión.

MEDIA HORA FINAL

25.-     Alarma ante un posible atentado contra la Embajada de los Estados Unidos de América.

Se entra a la media hora final.

Tiene la palabra la señora Diputada Iriarte.

SEÑORA IRIARTE.- Señor Presidente: los vecinos de Palermo vuelven a convulsionarse. Ha reaparecido en la prensa la alarma de un posible atentado con coche bomba contra la Embajada de los Estados Unidos en nuestro país; esto, en un contexto internacional agravado por el conflicto bélico con Irak y el indudable liderazgo de los Estados Unidos de América en la campaña mundial contra lo que llama el "Eje del Mal".

Casualmente, ello coincide con una invitación pública del señor Embajador a conocer el proyecto urbano ganador del concurso al que se convocó con el propósito de mejorar el entorno de su enclave, que incluye el cierre de las calles Yaro y Piera.

El 6 de abril de 2001 cursamos un pedido de informes al señor Ministro del Interior, escribano Stirling, que no nos fue contestado, aunque sí conocimos sus declaraciones públicas en el sentido de que no se consideraba posible un atentado de ese tipo en nuestro país, y respuestas contradictorias del señor Jefe de Policía a la Intendencia Municipal de Montevideo.

Nos hacemos eco de la inquietud de los vecinos en varios sentidos. En primer lugar, respecto al uso de los espacios públicos por vecinos y visitantes. En segundo término, acerca de si las medidas de cercamiento del edificio bastarían para desalentar posibles atentados, no necesariamente con coche bomba y desde tierra. Y lo más importante, el estado de exposición permanente de la vecindad al temor de represalias terroristas que podrían cobrar, como a menudo sucede, víctimas inocentes.

Apreciamos los buenos deseos de la Embajada de los Estados Unidos en cuanto a colaborar con el embellecimiento de nuestra ciudad. También los esfuerzos por acercarse al barrio, que me consta que se han realizado. A pesar de ello, crece, a la inversa, el temor de que los trabajos a iniciarse sean un preámbulo de nuevos avances sobre el contorno urbano, y una presencia a toda hora del miedo al que los uruguayos no queremos acostumbrarnos, porque el miedo es una forma de no vida y lo rechazamos.

Anuncio al señor Presidente que reiteraré la solicitud al señor Ministro, lógicamente reformulada en virtud de los veinte meses transcurridos y una realidad mundial cada día más oscura, pero que no cambia la última sugerencia de mi nota, que enuncia: "si la solución para una situación de real peligro de ese tipo de atentados no estaría en ofrecer a la Embajada hermana la posibilidad de cambiar su sede a un lugar no urbanizado, ya que se ha creado en los vecinos un clima de inseguridad totalmente contrario a nuestro estilo de vida y principios pacíficos y pacifistas".

26.-      Posibilidad de que el INDA suspenda el sistema de alimentación a través de ollas populares.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra la señora Diputada Garrido.

SEÑORA GARRIDO.- Señor Presidente: el sistema de emergencia alimentaria instrumentado para atender la tristísima situación por la falta de empleo y, por lo tanto, de ingresos de gran cantidad de uruguayos, dista mucho de ser un buen sistema. Hemos podido constatar realidades terribles: gente que recorre hasta más de seis kilómetros para ir a la olla más cercana, como por ejemplo los vecinos de villa El Tato, quienes deben concurrir a la localidad de Aeroparque a buscar su plato de comida. Muchas veces, este plato ya no está; el plato que ya no consiste, precisamente, en el ensopado criollo, sino en algo que no cubre mínimamente los requerimientos nutricionales básicos.

Este es un sistema que no contempla la dignidad humana, que no promueve, como debería, que cada familia pueda procurarse su alimento en su propio hogar. Sin embargo, en un país devastado -sí, devastado-, este plato de comida permite sobrevivir a mucha gente, por lo cual nos preocupa profundamente la noticia que hemos recibido de que el INDA, por falta de rubros, suspendería en el mes de noviembre el sistema de alimentación a través de ollas populares.

En un país donde la tasa de desempleo supera el 19%, donde el 48% de los niños uruguayos nace en hogares pobres, donde los comedores escolares intentan, con el mismo presupuesto, alimentar al doble de niños, una medida de estas características implicaría condenar al hambre y a la desnutrición a cientos de familias. Hoy crece a pasos agigantados ese Uruguay, el de la marginación, el que expulsa día a día a miles de compatriotas y, lo que es más grave, el que excluye a muchos seres humanos de tener el derecho de vivir con dignidad. A estas horas, cientos de personas queman cubiertas en la Ruta Nº 8, reclamando por la desaparición de su plato de comida desde el viernes.

Bueno sería recordar en este momento aquellas palabras de José Batlle y Ordóñez en cuanto a que la cuestión social es también una cuestión moral.

27.-     Levantamiento de la sesión.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Habiéndose realizado las intervenciones de la media hora final, corresponde proseguir con la consideración del asunto que estaba en debate.

SEÑOR AGAZZI.- Pido la palabra para una cuestión de orden.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Tiene la palabra el señor Diputado.

SEÑOR AGAZZI.- Mociono para que se levante la sesión.

SEÑOR PRESIDENTE (Álvarez).- Se va a votar.

(Se vota)

——Veintinueve en treinta: AFIRMATIVA.

Se levanta la sesión.

(Es la hora 19 y 56)

 

 

GUILLERMO ÁLVAREZ

PRESIDENTE

 

Dra. Margarita Reyes Galván

Secretaria Relatora
Dr. Horacio D. Catalurda

Secretario Redactor
 

Gustavo Zamora

Supervisor General del Cuerpo de Taquígrafos

 

 

Linea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.