Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 9 may/985 - Nº 21933
*Denominada Decreto-Ley por Ley Nº 15.738

Ley Nº 15.719*

PERU - URUGUAY

CONVENIO SOBRE RECLAMACION INTERNACIONAL Y EJECUCION
DE SENTENCIAS EN MATERIA DE ALIMENTOS

El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente

PROYECTO DE LEY


Artículo 1º.- Apruébase el Convenio sobre Reclamación Internacional y Ejecución de Sentencias en Materia de Alimentos entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República del Perú, suscrito el 23 de octubre de 1984.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

    Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en Montevideo, a 30 de enero de 1985.

HAMLET REYES,
Presidente.
Julio A. Waller,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE JUSTICIA

Montevideo, 7 de febrero de 1985.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

GREGORIO C. ALVAREZ.
JORGE ALVAREZ OLLONIEGO.
ENRIQUE V. FRIGERIO.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.