Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 22 may/978 - Nº 20254
*Denominada Decreto-Ley por Ley Nº 15.738
**Denominada OMI a partir de 1982

Ley Nº 14.780*

ORGANIZACIÓN CONSULTIVA MARÍTIMA INTERGUBERNAMENTAL (OCMI)**

CONVENCIÓN CONSTITUTIVA Y ENMIENDAS 1974

El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente

PROYECTO DE LEY


Artículo 1°.- Apruébase la Convención Constitutiva de la Organización Consultiva Marítima Intergubernamental, suscrita en Ginebra el 6 de marzo de 1948, y las enmiendas a los artículos 10, 16, 17, 18, 20, 28, 31 y 32 de la misma, adoptadas durante el quinto período de sesiones extraordinario de la Asamblea de la Organización, en Londres, del 16 al 18 de octubre de 1974.

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.

    Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en Montevideo, a 2 de mayo de 1978.

HAMLET REYES,
Presidente.
Nelson Simonetti,
Julio A. Waller,
Secretarios.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
  MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
   MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Montevideo, 10 de mayo de 1978.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

APARICIO MÉNDEZ.
ALEJANDRO ROVIRA.
VALENTÍN ARISMENDI.
WALTER RAVENNA.
EDUARDO J. SAMPSON.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.