Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay

División Estudios Legislativos

Cámara de Senadores

República Oriental del Uruguay

CODIGO CIVIL


LIBRO CUARTO

De las Obligaciones

Segunda Parte

DE LAS OBLIGACIONES QUE NACEN DE LOS CONTRATOS

TITULO II

De la Compraventa

CAPITULO IV

De las obligaciones del vendedor

1686. Las obligaciones del vendedor se reducen en general a dos, la entrega o tradición y el saneamiento de la cosa vendida (artículos 758 y 769).

La tradición se verifica conforme a las reglas establecidas en el Título III del Libro Tercero.

Línea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.