Artículo único.- Apruébase el Protocolo al Acuerdo Marco sobre Comercio e Inversión de 2007 entre la República Oriental del Uruguay y los Estados Unidos de América sobre Facilitación de Comercio, firmado el 2 de octubre de 2008, en Washington D.C., Estados Unidos de América.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 1º de junio de 2011.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se aprueba el Protocolo al Acuerdo Marco sobre Comercio e Inversión de 2007 entre la República Oriental del Uruguay y los Estados Unidos de América sobre Facilitación de Comercio, firmado el 2 de octubre de 2008, en Washington D.C., Estados Unidos de América.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |