Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 26 jun/007 - Nº 27265

Ley Nº 18.142

PERÚ - URUGUAY

CONVENIO PARA LA PROTECCIÓN, CONSERVACIÓN, RECUPERACIÓN Y DEVOLUCIÓN
DE BIENES CULTURALES, ARQUEOLÓGICOS, ARTÍSTICOS E HISTÓRICOS ROBADOS,
EXPORTADOS O TRANSFERIDOS ILÍCITAMENTE

A p r o b a c i ó n

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


 

Artículo Único.- Apruébase el Convenio para la Protección, Conservación, Recuperación y Devolución de Bienes Culturales, Arqueológicos, Artísticos e Históricos Robados, Exportados o Transferidos Ilícitamente entre la República Oriental del Uruguay y la República del Perú, suscrito en Montevideo, el 4 de noviembre de 2002.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 12 de junio de 2007.

RODOLFO NIN NOVOA,
Presidente.
Hugo Rodríguez Filippini,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DEL INTERIOR
  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Montevideo, 18 de junio de 2007.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

TABARÉ VÁZQUEZ.
REINALDO GARGANO.
DAISY TOURNÉ.
DANILO ASTORI.
JORGE BROVETTO.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.