Publicada D.O. 22 ago/006 - Nº 27061
Ley Nº 18.004
PANAMÁ - URUGUAY
CONVENIO DE COOPERACIÓN TURÍSTICA
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Apruébase el Convenio
de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el
Gobierno de la República de Panamá, suscrito en la ciudad de Montevideo, el 9 de
noviembre de 1996.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 9 de agosto de 2006.
JULIO CARDOZO FERREIRA,
Presidente.
Marti Dalgalarrondo Añón,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
Montevideo, 16 de agosto de 2006.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro
Nacional de Leyes y Decretos.
Dr.TABARÉ VÁZQUEZ.
REINALDO GARGANO.
DANILO ASTORI.
JORGE BROVETTO.
HECTOR LESCANO.
|
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |