Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 22 ago/006 - Nº 27061

Ley Nº 18.004

PANAMÁ - URUGUAY

CONVENIO DE COOPERACIÓN TURÍSTICA

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo Único.- Apruébase el Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República de Panamá, suscrito en la ciudad de Montevideo, el 9 de noviembre de 1996.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 9 de agosto de 2006.

JULIO CARDOZO FERREIRA,
Presidente.
Marti Dalgalarrondo Añón,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
  MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
   MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE

Montevideo, 16 de agosto de 2006.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

Dr.TABARÉ VÁZQUEZ.
REINALDO GARGANO.
DANILO ASTORI.
JORGE BROVETTO.
HECTOR LESCANO.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.