Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 16 jul/003 - Nº 26298

Ley Nº 17.664

ESPAÑA - URUGUAY

APROBACIÓN DEL ACTA DE ENTENDIMIENTO RELATIVO A UNA AYUDA FINANCIERA,
ENTRE LOS MINISTERIOS DE ECONOMÍA DE AMBOS PAÍSES

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo 1º.- Apruébase el Acta de Entendimiento a suscribirse entre el Ministerio de Economía y Finanzas de la República Oriental del Uruguay y el Ministerio de Economía del Reino de España, referido al otorgamiento a nuestra República de una ayuda financiera de € 25.000.000 (veinticinco millones de euros).

Artículo 2º.- Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas de la República Oriental del Uruguay a ampliar hasta en € 100.000.000 (cien millones de euros) el crédito contraído en el marco de la presente Acta de Entendimiento, debiendo comunicar a la Asamblea General cualquier operación que se realice en el marco de esta autorización.

Artículo 3º.- El Ministerio de Economía y Finanzas coordinará con el Banco de la República Oriental del Uruguay  la suscripción y ejecución del respectivo Convenio de Crédito con el Instituto de Crédito Oficial del Reino de España.

Artículo 4º.- El Poder Ejecutivo deberá informar, cada noventa días, a la Asamblea General sobre la aplicación de los fondos objeto de esta autorización, dejando expresa constancia de las condiciones en las que los mismos son ofrecidos a los solicitantes.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 8 de julio de 2003.

WALTER RIESGO,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Montevideo, 11 de julio de 2003.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BATLLE.
ALEJANDRO ATCHUGARRY.
DIDIER OPERTTI.

Línea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.