Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo de Fomento y Protección Recíproca de las Inversiones entre la República Oriental del Uruguay y la República de Hungría (anteriormente denominada República Popular de Hungría), suscrito en Budapest el 25 de agosto de 1989.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 15 de mayo de 1991.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |