Publicada D.O. 1º feb/980 - Nº 20674
*Denominada Decreto-Ley por Ley Nº 15.738
Ley Nº 14.989*
FERIADOS
SE DECLARA NO LABORABLE EL DIA 28 DE ENERO DE 1980,
PARA EL DEPARTAMENTO DE COLONIA
El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo 1º.- Declárase feriado no laborable
para el departamento de Colonia el día 28 de enero de 1980, con motivo de conmemorarse el
tricentenario de la fundación de la Colonia del Sacramento.
Artículo 2º.- Autorízase a los funcionarios
públicos nacidos en el departamento de Colonia, a disfrutar de licencia extraordinaria
con goce de sueldo los días 28 y 29 de enero de 1980 con el fin de concurrir a los actos
de celebración de aquel aniversario.
Los jerarcas de los funcionarios comprendidos en la autorización dispondrán las
medidas de contralor pertinentes respecto a la efectiva concurrencia a los actos, de
quienes la invoquen para disfrutar del asueto.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en Montevideo, a 25 de
enero de 1980.
HAMLET REYES,
Presidente.
Julio A. Waller,
Secretario.
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE JUSTICIA
Montevideo, 25 de enero de 1980.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro
Nacional de Leyes y Decretos
APARICIO MENDEZ.
General MANUEL J. NUÑEZ.
ADOLFO FOLLE MARTINEZ.
VALENTIN ARISMENDI.
ARMANDO CHIARINO AGUIRRE.
DANIEL DARRACQ.
EDUARDO J. SAMPSON.
LUIS H. MEYER.
CARLOS A. MAESO.
ANTONIO CAÑELLAS.
JUAN C. CASSOU.
FERNANDO BAYARDO BENGOA.
|
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |