Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 1º feb/980 - Nº 20674
*Denominada Decreto-Ley por Ley Nº 15.738

Ley Nº 14.989*

FERIADOS

SE DECLARA NO LABORABLE EL DIA 28 DE ENERO DE 1980,
PARA EL DEPARTAMENTO DE COLONIA

El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente

PROYECTO DE LEY


Artículo 1º.- Declárase feriado no laborable para el departamento de Colonia el día 28 de enero de 1980, con motivo de conmemorarse el tricentenario de la fundación de la Colonia del Sacramento.

Artículo 2º.- Autorízase a los funcionarios públicos nacidos en el departamento de Colonia, a disfrutar de licencia extraordinaria con goce de sueldo los días 28 y 29 de enero de 1980 con el fin de concurrir a los actos de celebración de aquel aniversario.

Los jerarcas de los funcionarios comprendidos en la autorización dispondrán las medidas de contralor pertinentes respecto a la efectiva concurrencia a los actos, de quienes la invoquen para disfrutar del asueto.

Artículo 3º.- Comuníquese, etc.

    Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en Montevideo, a 25 de enero de 1980.

HAMLET REYES,
Presidente.
Julio A. Waller,
Secretario.

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
         MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE JUSTICIA

Montevideo, 25 de enero de 1980.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos

APARICIO MENDEZ.
General MANUEL J. NUÑEZ.
ADOLFO FOLLE MARTINEZ.
VALENTIN ARISMENDI.
ARMANDO CHIARINO AGUIRRE.
DANIEL DARRACQ.
EDUARDO J. SAMPSON.
LUIS H. MEYER.
CARLOS A. MAESO.
ANTONIO CAÑELLAS.
JUAN C. CASSOU.
FERNANDO BAYARDO BENGOA.

Línea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.