Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 29 oct/976 - Nº 19877
*Denominada Decreto-Ley por Ley Nº 15.738

Ley Nº 14.587*

SE APRUEBA LA CONVENCION DE ROMA, SOBRE PROTECCION
DE ARTISTAS, INTERPRETES O EJECUTANTES

El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente

PROYECTO DE LEY


Artículo 1º.- Apruébase la Convención de Roma, de 26 de octubre de 1961, sobre protección de artistas, intérpretes o ejecutantes; productores de fonogramas y organismos de radiodifusión.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

    Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en Montevideo, a 19 de octubre de 1976

HAMLET REYES,
Presidente.
Manuel María de la Bandera,
Nelson Simonetti,
Secretarios.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Montevideo, 21 de octubre de 1976.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

APARICIO MENDEZ.
GUIDO MICHELIN SALOMON.
DANIEL DARRACQ.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.