Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 7 nov/975 - Nº 19639
*Denominada Decreto-Ley por Ley Nº 15.738

Ley Nº 14.451*

SE APRUEBA EL CONVENIO SOBRE TRANSPORTE FLUVIAL Y LACUSTRE,
SUSCRITO CON LA REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL

AÑO DE LA ORIENTALIDAD

El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente

PROYECTO DE LEY


Artículo 1º.- Apruébase el Convenio sobre Transporte Fluvial y Lacustre suscrito entre la República Oriental del Uruguay y la República Federativa del Brasil, el 12 de junio de 1975, en la ciudad de Rivera.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

    Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en Montevideo, a 14 de octubre de 1975.

APARICIO MENDEZ,
Vicepresidente.
Manuel María de la Bandera,
Nelson Simonetti,
Secretarios.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Montevideo, 24 de octubre de 1975.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BORDABERRY.
JUAN CARLOS BLANCO.
EDUARDO CRISPO AYALA.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.