SE OTORGA UNA CONTRIBUCION PARA LA ERECCION DE UN MONUMENTO AL POETA EN LA CIUDAD DE ARTIGAS.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1°. Autorízase al Poder Ejecutivo a disponer hasta la suma de $ 5.000.00 (cinco
mil pesos), para ser entregados a la Comisión de Homenaje al poeta nacional doctor
Juan Zorrilla de San Martín, en la ciudad de Artigas, como contribución del Estado
a la erección del monumento a su memoria en la mencionada ciudad.
Artículo 2°. La erogación prevista en el artículo 1° será cumplida con el excedente producido
por el artículo 6° de la
ley N° 11.869, de 22 de octubre de 1952.