Artículo 1º.- Declárase en suspenso hasta el 31 de Diciembre de 1944 el decreto-ley que creó la Facultad de Humanidades.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 5 de Junio de 1944.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, y pase a la Contaduría General de la Nación, a sus efectos.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |