Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay

División Estudios Legislativos

Cámara de Senadores

República Oriental del Uruguay

CODIGO CIVIL


LIBRO CUARTO

De las Obligaciones

Segunda Parte

DE LAS OBLIGACIONES QUE NACEN DE LOS CONTRATOS

TITULO II

De la Compraventa

CAPITULO IV

De las obligaciones del vendedor

SECCIÓN II

Del saneamiento

1696. Por el saneamiento expresado en el artículo 1686, el vendedor responde al comprador:

1º. De la posesión pacífica de la cosa vendida.
2º. De los defectos ocultos que tuviere, llamados vicios redhibitorios.
Línea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.