1447. Los modos generales de extinguirse las obligaciones son:
1º. | La paga. |
2º. | La compensación. |
3º. | La remisión. |
4º. | La novación. |
5º. | La confusión. |
6º. | La imposibilidad del pago. |
7º. | La anulación o declaración de
nulidad. |
8º. | La excepción que resulta de la
prescripción con arreglo a lo dispuesto en el Título VII del Libro Tercero (artículo 1188). |
9º. | El efecto de la condición resolutoria y el vencimiento del plazo resolutorio explicados ya en el Título precedente. |
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![]() Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |