Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay

División Estudios Legislativos

Cámara de Senadores

República Oriental del Uruguay

CODIGO CIVIL


LIBRO TERCERO

De los modos de adquirir el dominio

TITULO I

De la ocupación

706. La ocupación es un modo de adquirir el dominio de las cosas que no pertenecen a nadie y cuya adquisición no es prohibida por las leyes o por el derecho internacional (artículos 481 y 482).

Son especies de ocupación la caza y la pesca y también invención o hallazgo.

707. Los derechos respecto de las cosas arrojadas al mar o que la mar resaca, sea cual fuere su naturaleza, se determinan por leyes especiales.

También está sujeta a leyes especiales la ocupación bélica o aprehensión en guerra nacional.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.