Publicada D.O. 17 feb/005 - Nº 26693
Ley Nº 17.855
MERCOSUR
PROTOCOLO DE MONTEVIDEO SOBRE COMERCIO DE SERVICIOS Y SUS ANEXOS
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase el Protocolo de Montevideo
sobre el Comercio de Servicios del Mercado Común del Sur, suscrito el 15 de diciembre de
1997, en la ciudad de Montevideo, y sus Anexos aprobados
por Decisión Nº 9/98 del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR, en su reunión de
23 y 24 de julio de 1998.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 8
de diciembre de 2004.
ALEJANDRO ATCHUGARRY,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y
PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA,
ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DEPORTE Y
JUVENTUD
Montevideo, 20 de diciembre de 2004.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro
Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
DIDIER OPERTTI.
ALEJO FERNÁNDEZ.
ALVARO ROSSA.
YAMANDÚ FAÚ.
JOSÉ AMORÍN.
GABRIEL PAIS.
JOSÉ VILLAR.
SANTIAGO PÉREZ DEL CASTILLO.
CONRADO BONILLA.
MARTÍN AGUIRREZABALA.
JUAN BORDABERRY.
SAÚL IRURETA.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |