Artículo 1º.- Apruébanse la Carta de las Naciones Unidas y el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia firmados en la Conferencia de San Francisco, el día 26 de junio del presente año, así como los Acuerdos Provisionales de los Gobiernos participantes, subscriptos con igual fecha.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 13 de diciembre de 1945.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
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![]() Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |