Artículo único.- Apruébase el Acuerdo Marco sobre Comercio e Inversión entre la República Oriental del Uruguay y los Estados Unidos de América, suscrito en la ciudad de Montevideo, el 25 de enero de 2007.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 2 de diciembre de 2008.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se aprueba el Acuerdo Marco sobre Comercio e Inversión entre la República Oriental del Uruguay y los Estados Unidos de América, suscrito en la ciudad de Montevideo, el 25 de enero de 2007.
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![]() Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |