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N.º 21 - TOMO 626 - 2 DE AGOSTO DE 2022

REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

DIARIO DE SESIONES

DE LA

CÁMARA DE SENADORES

TERCER PERÍODO ORDINARIO DE LA XLIX LEGISLATURA

21.ª SESIÓN ORDINARIA

PRESIDEN BEATRIZ ARGIMÓN Presidenta

JORGE GANDINI Primer vicepresidente

ACTÚAN EN SECRETARÍA GUSTAVO SÁNCHEZ PIÑEIRO Y JOSÉ PEDRO MONTERO, Y LOS PROSECRETARIOS VICTORIA VERA Y ADRIÁN JURI

SUMARIO

1) Texto de la citación

2) Asistencia

3), 25), 30) y 34) Asuntos entrados

4) Pedidos de informes

– La bancada de senadores del Frente Amplio solicita se cursen los siguientes pedidos de informes:

- con destino al Ministerio de Educación y Cultura y al Consejo de Formación en Educación de la ANEP, relacionado con una denuncia de plagio referente al documento “Propuesta para el diseño curricular de la formación de grado de los educadores”;

- con destino al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, relacionado con el Fondo Permanente de Indemnización para la Campaña de Control y Erradicación de la Fiebre Aftosa y Enfermedades Exóticas.

– La señora senadora Bianchi solicita se curse un pedido de informes con destino al Ministerio de Educación y Cultura y, por su intermedio, a la Administración Nacional de Educación Pública, relacionado con la licitación pública n.º 9/18 Contratación de Servicio de Transporte para Escuelas en el Área Especial.

– La señora senadora Nane solicita se curse un pedido de informes con destino al Ministerio de Industria, Energía y Minería y, por su intermedio, a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, relacionado con el estado de situación del mecanismo de portabilidad numérica de telefonía móvil.

– El señor senador Carrera solicita se curse un pedido de informes con destino al Ministerio del Interior, relacionado con la actuación del exdirector del Polo Industrial de la Unidad n.º 4 de Santiago Vázquez (ex-Comcar).

• Oportunamente fueron tramitados.

5) y 16) Proyectos presentados

– La bancada de senadores del Frente Amplio presenta los siguientes proyectos de ley:

- por el que se busca la reorganización institucional de los juegos de azar.

• Pasa a la Comisión de Hacienda.

- por el que se garantiza el acceso diario a una alimentación adecuada y saludable para los niños, niñas y adolescentes durante los 365 días del año.

• Pasa a la Comisión de Población, Desarrollo e Inclusión.

- por el que se crea el servicio descentralizado Defensa Pública del Uruguay.

• Pasa a la Comisión de Constitución y Legislación.

- para la protección de personas físicas ante el eventual abuso o acoso por parte de instituciones de intermediación financiera, y de las demás personas físicas y jurídicas que realicen operaciones abarcadas por el artículo 1.º de la Ley n.° 18212 o que adquieran carteras de crédito o realicen gestión de cobranza de créditos.

• Pasa a la Comisión de Hacienda.

• A solicitud del señor senador Carrera, pasa a la Comisión de Constitución y Legislación.

6) Inasistencias anteriores

– Por Secretaría se da cuenta de las inasistencias registradas a las anteriores convocatorias.

7), 15), 27), 29), 35) y 37) Solicitudes de licencia e integración del Cuerpo

– El Senado concede las licencias solicitadas por la señora presidenta del Cuerpo, Beatriz Argimón, y los señores senadores Manini Ríos, Lazo, Sabini, Nane, Rubio, Sartori, Astori, Asiaín, Caggiani, Andrade y Penadés.

– Quedan convocados los señores senadores Methol, Meléndez, Barrera, Russi, Brenta, Straneo, Mahía, Ponte, Saravia, Castillo y Delpino.

8) Fallecimiento de la actriz uruguaya Stella Texeira

– Manifestaciones de la señora senadora Kechichian.

• Por moción de la señora senadora, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de sus palabras al Ministerio de Educación y Cultura, al teatro El Galpón, a la Federación Uruguaya de Teatros Independientes, a la Sociedad Uruguaya de Actores y a la Embajada de México, así como homenajear a la gran artista con un último aplauso.

9) Belloni por Belloni

– Manifestaciones del señor senador Botana.

• Por moción del señor senador, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de sus palabras a la familia de José Belloni, a la Escuela n.º 107 José Belloni de La Paz, a la Escuela n.º 66 José Belloni de Montevideo, a la Junta Departamental de Lavalleja, al alcalde del Municipio de La Paz, doctor Bruno Fernández, así como entregar un ejemplar a la señora presidenta Argimón y otro a la Biblioteca del Poder Legislativo.

10) Jornada electoral del 30 de julio de 1916

– Manifestaciones del señor senador Manini Ríos.

• Por moción del señor senador, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de sus palabras a Presidencia de la República, al Ministerio de Educación y Cultura, a la Corte Electoral y a todos los partidos políticos con representación parlamentaria.

11) 2002. Memorias de la crisis

– Manifestaciones del señor senador Sánchez.

• Por moción del señor senador, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de sus palabras al PIT-CNT, a Fucvam, a la FEUU, a los partidos políticos del Uruguay, a la Federación Rural del Uruguay y a los medios de prensa.

12) Uruguay, mejor productor de carne del mundo

– Manifestaciones del señor senador Da Silva.

• Por moción del señor senador, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de sus palabras a la Federación Rural del Uruguay, a la Asociación Rural del Uruguay, al movimiento Un Solo Uruguay y a las Cooperativas Agrarias Federadas.

13) Última actuación de Joan Manuel Serrat en nuestro país

– Manifestaciones de la señora senadora Della Ventura.

• Por moción de la señora senadora, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de sus palabras a la Comisión de Educación y Cultura del Senado a efectos de que el Parlamento realice un reconocimiento al artista en esa ocasión.

14) Homenaje a la cantante Olga Delgrossi

– Exposición de la señora senadora Lazo por el término de treinta minutos.

– Se exhibe un video sobre su trayectoria y la cantante Olga Delgrossi entona dos piezas musicales.

– Manifestaciones de varios señores senadores.

17) y 18) Ascensos en la Armada

– Solicitudes de venia del Poder Ejecutivo.

• Concedidas.

19) Ascensos en la Fuerza Aérea Uruguaya

– Solicitudes de venia del Poder Ejecutivo.

• Concedidas.

20) Ascensos en el Ejército nacional

– Solicitudes de venia del Poder Ejecutivo.

• Concedidas.

21) Ejercicio combinado ACRUX

– Proyecto de ley por el que se autoriza el ingreso a aguas jurisdiccionales y al territorio nacional de personal y equipos de las Armadas de la República Argentina y de la República Federativa del Brasil, con su tripulación.

• Aprobado. Se comunicará a la Cámara de Representantes.

22), 24), 28), 31), 33) y 36) Corresponsabilidad en la crianza

– Proyecto de ley por el que se establecen normas al respecto.

• Aprobado. Se comunicará a la Cámara de Representantes.

23) Prórroga de la hora de finalización de la sesión

• A solicitud del señor senador Niffouri, el Senado resuelve prorrogar la hora de finalización de la sesión.

26) Crisis del año 2022

– La señora senadora Kechichian solicita autorización al Cuerpo para que el señor senador Bergara realice una exposición verbal sobre el tema, por el término de treinta minutos, en la sesión ordinaria del 16 de agosto.

• Concedida.

32) Suspensión de la sesión ordinaria del día 3 de agosto

• Por moción de los señores senadores Niffouri, Lozano, Sanguinetti y Kechichian, el Senado resuelve suspenderla.

38) Levantamiento de la sesión

1) TEXTO DE LA CITACIÓN

«Montevideo, 1.º de agosto de 2022

La CÁMARA DE SENADORES se reunirá en sesión ordinaria, mañana martes 2 de agosto, a las 09:30, a fin de informarse de los asuntos entrados y considerar el siguiente

Orden del día

1) Exposición de la señora senadora Sandra Lazo, por el término de treinta minutos, a fin de homenajear a la cantante Olga Delgrossi.

2) Informe de la Comisión de Defensa Nacional relacionado con la solicitud de venia remitida por el Poder Ejecutivo a fin de conferir el ascenso al grado de capitán de navío de la Armada nacional a varios señores capitanes de fragata.

Carp. n.° 679/2022 - rep. n.° 505/2022

3) Informe de la Comisión de Defensa Nacional relacionado con la solicitud de venia remitida por el Poder Ejecutivo a fin de conferir el ascenso al grado de capitán de navío de la Armada nacional a varios señores capitanes de fragata.

Carp. n.° 702/2022 - rep. n.° 506/2022

4) Informe de la Comisión de Defensa Nacional relacionado con la solicitud de venia remitida por el Poder Ejecutivo a fin de conferir el ascenso al grado de coronel de la Fuerza Aérea Uruguaya a varios señores tenientes coroneles.

Carp. n.° 682/2022 - rep. n.° 501/2022

5) Informe de la Comisión de Defensa Nacional relacionado con la solicitud de venia remitida por el Poder Ejecutivo a fin de conferir el ascenso al grado de coronel del Ejército nacional a varios señores tenientes coroneles.

Carp. n.° 718/2022 - rep. n.° 502/2022

Discusión general y particular de los siguientes proyectos de ley:

6) por el que se autoriza, de acuerdo con el numeral 11 del artículo 85 de la Constitución de la república, el ingreso a aguas jurisdiccionales y al territorio nacional de personal y equipos de las Armadas de la República Argentina y de la República Federativa de Brasil para su participación en el ejercicio combinado Acrux X en las ciudades de Fray Bentos y Nuevo Berlín, entre los días 14 y 24 de agosto de 2022.

Carp. n.° 732/2022 - rep. n.° 509/2022

7) Por el que se declara, de conformidad con el artículo 18 de la Convención sobre los Derechos del Niño de 2 de setiembre de 1990 y el artículo 14 del Código de la Niñez y la Adolescencia, que el Estado garantiza el reconocimiento del principio de corresponsabilidad en la crianza.

Carp. n.° 307/2020 - rep. n.° 504/2022 y anexo I

José Pedro Montero Secretario - Gustavo Sánchez Piñeiro Secretario».

2) ASISTENCIA

ASISTEN: los señores senadores Álvarez, Andrade, Asiaín, Batlle, Bergara, Bianchi, Botana, Brenta, Caggiani, Carrera, Coutinho, Da Silva, Della Ventura, Domenech, Kechichian, Lanz, Lazo, Lozano, Mahía, Manini Ríos, Meléndez, Nane, Niffouri, Olesker, Penadés, Rodríguez, Sánchez, Sanguinetti y Straneo, e ingresa posteriormente, por licencia del respectivo titular, el señor senador Castillo.

FALTAN: con licencia, los señores senadores Astori, Camy, Rubio, Sabini y Sartori. Se retira con licencia el señor senador Andrade.

3) ASUNTOS ENTRADOS

SEÑORA PRESIDENTA.- Habiendo número, está abierta la sesión.

(Son las 09:47).

(Se incorpora la nómina de asuntos entrados remitida al Cuerpo de Taquígrafos por parte de la Secretaría del Senado).

«El Poder Ejecutivo remite mensajes por los que comunica la promulgación de los siguientes proyectos de ley:

• por el que se establece la utilización de tecnologías de la información y la comunicación en las asambleas de copropietarios de inmuebles de propiedad horizontal. (Carpeta n.º 689/2022);

• por el que se declara Día del Inmigrante Italiano el 23 de noviembre de cada año. (Carpeta n.° 604/2021);

• por el que se designa Dr. Esteban Agustoni el Centro Auxiliar de Aiguá, departamento de Maldonado, dependiente de la Administración de los Servicios de Salud del Estado. (Carpeta n.º 692/2022);

• por el que se prorroga el plazo establecido en el inciso segundo del artículo 467 de la Ley n.º 19889, de 9 de julio de 2020, por el término de cuarenta y ocho meses, a los efectos del ejercicio del derecho a ejecutar acciones reales y personales por parte del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, el Banco Hipotecario del Uruguay y la Agencia Nacional de Vivienda. (Carpeta n.º 734/2022).

AGRÉGUENSE A SUS ANTECEDENTES Y ARCHÍVENSE.

La Comisión de Defensa Nacional eleva informado un proyecto de ley por el que se autoriza el ingreso a aguas jurisdiccionales y al territorio nacional de personal de unidades navales y aéreas embarcadas de la República Argentina y de la República Federativa del Brasil, a fin de participar en el ejercicio Acrux X, a realizarse en las proximidades de los puertos de Fray Bentos y de Nuevo Berlín, departamento de Río Negro, en el período comprendido entre el 14 y el 24 de agosto de 2022. (Carpeta n.° 732/2022).

HA SIDO REPARTIDO Y ESTÁ INCLUIDO EN EL ORDEN DEL DÍA DE LA SESIÓN DE HOY.

La Junta Departamental de Artigas remite copia de la versión taquigráfica de las palabras pronunciadas por el señor edil Sergio Soarez, relacionadas con la situación del personal militar subalterno y del Hospital Militar.

La Presidencia de la Cámara de Senadores comunica que, mientras dure el tratamiento de la rendición de cuentas y balance de ejecución presupuestal del Poder Ejecutivo, el señor senador Enrique Rubio no formará parte de la Comisión de Presupuesto y ocupará su lugar la señora senadora Amanda Della Ventura.

TÉNGANSE PRESENTES».

4) PEDIDOS DE INFORMES

(Pedidos de informes consignados en la nómina de asuntos entrados).

«Los señores senadores Mario Bergara, Daniel Caggiani, Charles Carrera, Juan Castillo, Amanda Della Ventura, Liliam Kechichian, Sandra Lazo, José Carlos Mahía, Silvia Nane, Daniel Olesker, Enrique Rubio, Sebastián Sabini y Alejandro Sánchez solicitan, de conformidad con lo establecido en el artículo 118 de la Constitución de la república, se cursen los siguientes pedidos de informes:

• con destino al Ministerio de Educación y Cultura y al Consejo de Formación en Educación de la ANEP, relacionado con una denuncia de plagio referente al documento “Propuesta para el diseño curricular de la formación de grado de los educadores”. (Asunto 155734);

• con destino al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, relacionado con el Fondo Permanente de Indemnización para la Campaña de Control y Erradicación de la Fiebre Aftosa y Enfermedades Exóticas. (Asunto 155735).

OPORTUNAMENTE FUERON TRAMITADOS».

(Textos de los pedidos de informes).

«La señora senadora Graciela Bianchi solicita, de conformidad con lo establecido en el artículo 118 de la Constitución de la república, se curse un pedido de informes con destino al Ministerio de Educación y Cultura y, por su intermedio, a la Administración Nacional de Educación Pública, relacionado con la licitación pública n.º 9/18 Contratación de Servicio de Transporte para Escuelas en el Área Especial. (Asunto 155737).

OPORTUNAMENTE FUE TRAMITADO».

(Texto del pedido de informes).

«La señora senadora Silvia Nane solicita, de conformidad con lo establecido en el artículo 118 de la Constitución de la república, se curse un pedido de informes con destino al Ministerio de Industria, Energía y Minería y, por su intermedio, a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, relacionado con el estado de situación del mecanismo de portabilidad numérica de telefonía móvil. (Asunto 155739).

OPORTUNAMENTE FUE TRAMITADO».

(Texto del pedido de informes).

«El señor senador Charles Carrera solicita, de conformidad con lo establecido en el artículo 118 de la Constitución de la república, se curse un pedido de informes con destino al Ministerio del Interior, relacionado con la actuación del exdirector del Polo Industrial de la Unidad n.º 4 de Santiago Vázquez (ex-Comcar). (Asunto 155744).

OPORTUNAMENTE FUE TRAMITADO».

(Texto del pedido de informes).

5) PROYECTOS PRESENTADOS

(Proyectos consignados en la nómina de asuntos entrados).

«Los señores senadores Mario Bergara, Charles Carrera, Juan Castillo, Amanda Della Ventura, Liliam Kechichian, Sandra Lazo, José Carlos Mahía, Silvia Nane, Daniel Olesker, Enrique Rubio, Sebastián Sabini y Alejandro Sánchez presentan, con exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se busca la reorganización institucional de los juegos de azar. (Carpeta n.° 743/2022).

A LA COMISIÓN DE HACIENDA».

(Texto del proyecto de ley presentado).

«Los señores senadores Oscar Andrade, Mario Bergara, Daniel Caggiani, Charles Carrera, Amanda Della Ventura, Liliam Kechichian, Sandra Lazo, José Carlos Mahía, Silvia Nane, Daniel Olesker, Enrique Rubio, Sebastián Sabini y Alejandro Sánchez presentan, con exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se garantiza el acceso diario a una alimentación adecuada y saludable para los niños, niñas y adolescentes durante los 365 días del año. (Carpeta n.° 744/2022).

A LA COMISIÓN DE POBLACIÓN, DESARROLLO E INCLUSIÓN».

(Texto del proyecto de ley presentado).

«Los señores senadores Oscar Andrade, Mario Bergara, Daniel Caggiani, Charles Carrera, Amanda Della Ventura, Liliam Kechichian, Sandra Lazo, José Carlos Mahía, Silvia Nane, Daniel Olesker, Enrique Rubio, Sebastián Sabini y Alejandro Sánchez presentan, con exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se crea el servicio descentralizado Defensa Pública del Uruguay. (Carpeta n.° 745/2022).

A LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN Y LEGISLACIÓN».

(Texto del proyecto de ley presentado).

6) INASISTENCIAS ANTERIORES

SEÑORA PRESIDENTA.- Dando cumplimiento a lo que establece el artículo 49 del Reglamento de la Cámara de Senadores, dese cuenta de las inasistencias a las anteriores convocatorias.

(Se da de las siguientes).

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- En la sesión extraordinaria del 27 de julio no se registraron inasistencias.

A la sesión de la Comisión Especial para la Modificación de la Ley n.º 16060 del 20 de julio faltaron con aviso las señoras senadoras Bianchi y Nane.

A la sesión de la Comisión de Hacienda del 28 de julio faltó con aviso la señora senadora Nane.

A la sesión de la Comisión de Presupuesto del 21 de julio faltaron con aviso los señores senadores Olesker y Rubio.

7) SOLICITUDES DE LICENCIA E INTEGRACIÓN DEL CUERPO

SEÑORA PRESIDENTA.- Léase una solicitud de licencia.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «Montevideo, 01 de agosto de 2022

Señora presidenta de la Cámara de Senadores

Beatriz Argimón

 

De mi mayor consideración:

A través de la presente solicito al Cuerpo me conceda licencia, al amparo del artículo 1.º de la Ley n.º 17827, de 14 de setiembre de 2004, por motivos personales, desde el día 08 de agosto al 19 de agosto del corriente año inclusive.

Sin otro particular, la saludo atentamente.

Guido Manini Ríos. Senador».

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota).

–17 en 18. Afirmativa.

Se comunica que los señores Rivera Elgue y Gonzalo Ferreira han presentado nota de desistimiento informando que por esta vez no aceptan la convocatoria a integrar el Cuerpo, por lo que queda convocado el señor Marcos Methol, quien ya ha prestado la promesa de estilo.

Léase otra solicitud de licencia.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «Montevideo, 2 de agosto de 2022

Señora presidenta de la Cámara de Senadores

Beatriz Argimón

 

De mi mayor consideración:

A través de la presente solicito al Cuerpo me conceda licencia, al amparo del artículo 1.º de la Ley n.º 17827, de 14 de setiembre de 2004, por motivos personales, desde el 8 hasta el 12 de agosto.

Sin otro particular, la saludo muy atentamente.

Sandra Lazo. Senadora».

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota).

–18 en 20. Afirmativa.

Se comunica que los señores Manuela Mutti y Gabriel Frugoni han presentado nota de desistimiento informando que por esta vez no aceptan la convocatoria a integrar el Cuerpo, por lo que queda convocado el señor Lauro Meléndez, quien ya ha prestado la promesa de estilo.

Léase otra solicitud de licencia.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «Montevideo, 2 de agosto de 2022

Señora presidenta de la Cámara de Senadores

Beatriz Argimón

Presente

 

De mi mayor consideración:

De conformidad con lo dispuesto en la Ley n.º 17827, literal D), solicito al Cuerpo me conceda licencia para el día 3 de agosto del corriente año.

Sin otro particular, la saludo muy atentamente.

Sebastián Sabini. Senador».

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota).

–20 en 20. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Se comunica que los señores Marcos Otheguy, Lucía Etcheverry, Eneida de León y Yamandú Orsi han presentado nota de desistimiento informando que por esta vez no aceptan la convocatoria a integrar el Cuerpo, por lo que queda convocada la señora Graciela Barrera, quien ya ha prestado la promesa de estilo.

Léase otra solicitud de licencia.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «Montevideo, 1.º de agosto de 2022

Señora presidenta de la Cámara de Senadores

Beatriz Argimón

 

De mi mayor consideración:

A través de la presente solicito al Cuerpo me conceda licencia al amparo del artículo 1.º de la Ley n.º 17827, de 14 de setiembre de 2004, por motivos personales, los días 8, 9 y 10 de agosto de 2022.

Sin otro particular, la saludo muy atentamente.

Silvia Nane. Senadora».

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota).

–19 en 20. Afirmativa.

Queda convocado el señor Uruguay Russi, quien ya ha prestado la promesa de estilo.

Léase otra solicitud de licencia.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «Montevideo, 1.º de agosto de 2022

Señora presidenta de la Cámara de Senadores

Beatriz Argimón

 

De mi mayor consideración:

A través de la presente solicito al Cuerpo me conceda licencia al amparo del artículo 1.º de la Ley n.º 17827, de 14 de setiembre de 2004, por motivos personales, por los días 2 y 3 de agosto del corriente año.

Sin otro particular, la saludo muy atentamente.

Enrique Rubio. Senador».

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota).

–20 en 21. Afirmativa.

Se comunica que la señora Adriana Barros ha presentado nota de desistimiento informando que por esta vez no acepta la convocatoria a integrar el Cuerpo, por lo que queda convocado el señor Eduardo Brenta, quien ya ha prestado la promesa de estilo.

Léase otra solicitud de licencia.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «Montevideo, 1.º de agosto de 2022

Señora presidenta de la Cámara de Senadores

Beatriz Argimón

 

De mi mayor consideración:

A través de la presente solicito al Cuerpo me conceda licencia, por motivos personales, para el 2 y el 3 de agosto de 2022, al amparo del artículo 1.º de la Ley n.º 17827, de 14 de setiembre de 2004.

Sin otro particular, la saludo muy atentamente.

Juan Sartori. Senador».

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota).

–20 en 21. Afirmativa.

Se comunica que los señores Alem García y Rosina Piñeyro han presentado nota de desistimiento informando que por esta vez no aceptan la convocatoria a integrar el Cuerpo, por lo que queda convocado el señor Juan Straneo, quien ya ha prestado la promesa de estilo.

Léase otra solicitud de licencia.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «Montevideo, 2 de agosto de 2022

Señora presidenta de la Cámara de Senadores

Beatriz Argimón

Presente

 

De mi mayor consideración:

Por esta vía solicito al Cuerpo me conceda licencia, por motivos personales, el día de la fecha.

Sin otro particular, la saludo muy atentamente.

Sebastián Sabini. Senador».

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota).

–20 en 22. Afirmativa.

Se comunica que los señores Marcos Otheguy, Lucía Etcheverry, Eneida de León, Yamandú Orsi, Graciela Barrera, Aníbal Pereyra, Manuela Mutti y Gabriel Frugoni han presentado nota de desistimiento informando que por esta vez no aceptan la convocatoria a integrar el Cuerpo, por lo que queda convocado el señor Lauro Meléndez, quien ya ha prestado la promesa de estilo.

Léase otra solicitud de licencia.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «Montevideo, 2 de agosto de 2022

Señora presidenta de la Cámara de Senadores

Beatriz Argimón

 

De mi mayor consideración:

A través de la presente solicito al Cuerpo me conceda licencia, de acuerdo con el literal A) del artículo 1.º de la Ley n.º 17827, por los días 2, 3, 4, 9, 10, 11, 16, 17, 18, 23 y 30 del corriente.

Danilo Astori. Senador».

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota).

–20 en 23. Afirmativa.

Queda convocado, por los días 2, 3, 4, 9, 10, 11, 23 y 30 de agosto, el señor José Carlos Mahía, quien ya ha prestado la promesa de estilo. A su vez, se comunica que el señor José Carlos Mahía ha presentado nota de desistimiento informando que por esta vez no acepta la convocatoria a integrar el Cuerpo los días 16, 17 y 18, por lo que queda convocada la señora Elena Ponte, quien ya ha prestado la promesa de estilo.

8) FALLECIMIENTO DE LA ACTRIZ URUGUAYA STELLA TEXEIRA

SEÑORA PRESIDENTA.- El Senado ingresa a la media hora previa.

Tiene la palabra la señora senadora Kechichian.

SEÑORA KECHICHIAN.- Muchas gracias, señora presidenta.

En el día de hoy me quiero referir a una pérdida enorme que ha sufrido la cultura uruguaya. El 20 de julio de 2022 falleció, a los ochenta y seis años de edad, Stella Texeira.

Stella ingresó a la Escuela de Artes Escénicas del teatro El Galpón, de donde egresó en 1963. Es invitada por la institución a integrar El Galpón y su elenco estable, donde permanece durante sesenta y tres años en forma ininterrumpida.

Fue esposa del director teatral César Campodónico; madre del músico Juan Campodónico y de la fotógrafa Matilde.

En 1976 sale con El Galpón al exilio en México, junto con su esposo y sus hijos, donde permanece con el grupo durante casi nueve años. Tanto en Uruguay como en México integró en varias oportunidades el Consejo Directivo del teatro. Compartió su pasión teatral con el trabajo como funcionaria del Banco de Seguros del Estado, donde también desarrolló su actividad gremial, confirmando eso de que los actores y las actrices no viven del teatro.

Dedicó al teatro, al escenario y, en particular, a El Galpón, la mayor parte de su vida, una vida plena, llena de energía y de brillo. Se ponía metas y perseguía objetivos tenazmente hasta lograrlos. Comprometida con la lucha por un mundo mejor y más justo, peleó por principios; fue una militante del teatro y de la vida.

A la vuelta del exilio, con la devolución de la sala de la avenida 18 de Julio –una vez recuperada y equipada para poder presentar espectáculos–, junto con su trabajo como actriz se propuso recuperar el archivo del teatro El Galpón, que había sido destruido en su totalidad por la dictadura. Durante casi nueve años trabajó duramente en la búsqueda de materiales, en el armado del archivo, hasta que logró reconstruir sesenta años de historia para luego mantenerlo al día.

Subió a nuestros escenarios, y también a muchos otros del mundo, siempre con El Galpón. Se la pudo ver en España, en Nueva York, en Costa Rica, en Colombia, en Venezuela, en Honduras, en Guatemala, en Nicaragua, en Brasil, en Argentina y, por supuesto, en todos los estados mexicanos.

Disfrutó de autores como Lope de Vega, Bertolt Brecht, Arthur Miller, Molière, Chico Buarque, Luigi Pirandello, Sófocles, Jacobo Langsner, Juan Carlos Gené, Nelson Rodríguez, Oduvaldo Vianna Filho, García Lorca, Aristófanes.

Trabajó en más de cuarenta espectáculos. Entre sus más recordados podemos mencionar: Libertad, Libertad; la maravillosa Laurencia de Fuenteovejuna; La ópera de los dos centavos: Las brujas de Salem; Artigas, general del pueblo; Voces de amor y lucha; Ulf, la pasión de Jacinto y Paloma; Ópera do Malandro; El hombre, la bestia y la virtud; Antígona; La celestina; La agonía del difunto; Stabat Mater Furiosa, donde la vimos por última vez en el escenario. Luego, su enfermedad no le permitió seguir actuando.

Nos dice Amelia Porteiro, compañera de teatro de toda la vida en El Galpón, que era una gran discutidora también, en el mejor de los sentidos. Se informaba, estudiaba y sus opiniones siempre enriquecían en lo artístico y en lo institucional. Era una gran defensora de la democracia interna y de la organicidad. Por eso, señora presidenta, su muerte nos dice que la cultura uruguaya está de luto y que la belleza de Stella, su talento y su energía quedarán para siempre en todos los que la admiramos.

Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada al Ministerio de Educación y Cultura, al teatro El Galpón, a la Federación Uruguaya de Teatros Independientes, a la Sociedad Uruguaya de Actores y a la Embajada de México.

Si la señora presidenta así lo permite, pido un último aplauso para esta gran artista que tuvo nuestro país.

(Aplausos en la sala y en la barra).

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar el trámite solicitado por la señora senadora.

(Se vota).

–24 en 24. Afirmativa. UNANIMIDAD.

9) BELLONI POR BELLONI

SEÑORA PRESIDENTA.- Continuando con la media hora previa, tiene la palabra el señor senador Botana.

SEÑOR BOTANA.- En primer término saludo a la doctora María Julia Muñoz, al ingeniero Ruperto Long y a todos quienes nos visitan hoy con motivo del merecido homenaje a Olga Delgrossi.

El pasado 18 de julio el insigne Ateneo de Montevideo abrió sus puertas para dar comienzo a los actos de celebración de los ciento cuarenta años de la vida y obra del escultor de la patria, don José Belloni.

Belloni por Belloni es el nombre del libro sobre José Belloni escrito por su nieto, José Alberto Belloni. Es una obra de profundo contenido, documentada, de ágil lectura, ilustrada de modo inteligente, completa, que combina el relato de hechos y anécdotas para demostrar de modo inigualable la vida sin igual del hombre que fue capaz de plasmar sentimiento en el duro bronce.

Formado en Lugano, en el taller de su maestro y referente de siempre, don Luigi Vassalli, plasmó obras como La Carreta, El Entrevero, La Diligencia, los monumentos a José Enrique Rodó, a Florencio Sánchez, a Carlos María Ramírez –malogrado el poeta y también la primera concreción del monumento, que se hundió en las aguas del Mediterráneo– y a Juan Manuel Blanes. En sus manos estuvo parte de la ornamentación de este Palacio Legislativo; la tenemos presente acá nomás, en la antesala. El Chasque fue su última obra, pero también realizó El Aguatero, aquella obra desafiante, que lo presenta semidesnudo, y el monumento a María Eugenia Vaz Ferreira, uno de los que hizo de modo gratuito, como gratuita también fue la presentación del libro de su propio nieto. Fue el que, en un mundo que había entrado en guerra, creó el Monumento a la Madre, símbolo de paz en la plaza que terminó hermanando patrias en la frontera de Rivera y Santana do Livramento.

Su obra está en el bronce del general Artigas para la galería de los héroes, en Washington; en el monumento al aviador Ramón Franco, en El Ferrol, España; en un busto del historiador Rufino Bauzá en el Museo de Historia de Sevilla; en la Partida de los Treinta y Tres Orientales, en San Isidro; en el busto de Getúlio Vargas, en Santa Vitória do Palmar.

El libro nos relata, además, otras decenas de lugares del mundo adonde ha llegado su obra o su testimonio. Nos deja esa frase de Juana de Ibarbourou para con Belloni: «Este hombre ha saldado su deuda con la historia. Para con él tiene una deuda la gloria». ¡Precioso pensamiento!

La Carreta es la más emblemática de sus obras. En ella resucita al buey que lo acompañó en largas jornadas de su niñez en la labranza de la tierra en La Paz de su infancia, ese buey de nombre Pensamiento, del que dice haber recorrido senderos escondidos de su alma para reencontrarlo y resucitarlo en el callado y misterioso carretero de Sarandí del Yi que alumbró la iniciación y guía del estudio de La Carreta.

En esos días también surgió aquella pregunta en el periódico El Bien Público: «¿Observásteis alguna vez los ojos del buey? ¿La tristeza que brota de ellos? Mirándolos comprenderéis mi amor hacia él, mi inmensa piedad, el dolor producido por su esclavitud y torturante trabajo».

La Carreta fue fundida en la Fundición Artística Ferdinando Marinelli, en Florencia. Magnífico diseño y realización de excelencia. Mussolini se presentó en los talleres y planteó que la obra debía quedar en Florencia, que no podía estar en otro lugar del mundo que no fuera ese. En esa ocasión fue fundamental la acción del cónsul uruguayo Fraschetti, quien negoció y transó en que la obra fuera presentada al mundo en Florencia.

El libro tiene una preciosa síntesis de El Entrevero, que es el entrevero del negro, del indio, del gaucho, del blanco y del mestizo. Es un homenaje a los anónimos que nos dieron nuestra paz y nuestra democracia.

Mis palabras rinden homenaje al enorme artista, que no se decía tal; a su mujer, que atesoró crónicas y noticias; al nieto vocacional, que supo cumplir su deber como pocos; a Yanet Chango, escultora, esposa y productora. También quiero que mis palabras sean un recuerdo de mi padre, que me llevó de niño muy pequeño a apreciar la obra de Belloni, que me transmitió esa admiración y ese cariño y que me enseñó a buscar sus simbolismos y mensajes, y un agradecimiento a la Comisión Nacional de Homenaje a Belloni.

Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a la familia de José Belloni, a la Escuela n.° 107 José Belloni de La Paz ‒fundada por Belloni‒, a la Escuela n.º 66 José Belloni de Montevideo, a la Junta Departamental de Lavalleja y al alcalde del Municipio de La Paz, doctor Bruno Fernández.

Finalmente, de estos libros que recibí del autor para el Palacio Legislativo, quiero que uno quede en sus manos, señora presidenta ‒será bien apreciado por usted‒, y que el otro esté en nuestra Biblioteca del Poder Legislativo.

Gracias.

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar el trámite solicitado por el señor senador.

(Se vota).

‒23 en 24. Afirmativa.

10) JORNADA ELECTORAL DEL 30 DE JULIO DE 1916

SEÑORA PRESIDENTA.- Continuando con la media hora previa, tiene la palabra el señor senador Manini Ríos.

SEÑOR MANINI RÍOS.- Señora presidenta: el 30 de julio de 1916 fue un día que marcó la historia de nuestro país. Ese día se eligieron los miembros de la Asamblea Constituyente que habría de modificar nuestra primera carta magna, y fue en esa ocasión que por primera vez se ejerció el voto secreto en el Uruguay. Pensamos que es esta una buena oportunidad para recordar el camino que condujo a esa jornada histórica.

Fue nuestra primera Constitución republicana, sin duda, ya que consagraba en la letra la separación de poderes. Sin embargo, excluía de la participación política a la inmensa mayoría de los orientales, ya que establecía que no podían votar, entre otros, los analfabetos, los asalariados, los alcohólicos, los soldados. En definitiva, no podían votar quienes habían forjado la libertad de este suelo siguiendo al general Artigas o a sus lugartenientes en dos décadas de duras luchas. Solo el cinco por ciento de los orientales podía votar. Esta exclusión propiciará innumerables luchas sangrientas que se repitieron durante más de siete décadas, haciendo necesaria la reforma del texto constitucional.

No obstante, lo que marcaba la jornada electoral de aquel 30 de julio era el enfrentamiento entre dos corrientes: una, impulsada por el oficialismo alineado tras el expresidente José Batlle y Ordóñez, que defendía su propuesta, presentada en marzo de 1913, de instalar un ejecutivo colegiado de nueve miembros, y otra, la corriente anticolegialista, impulsada por el Partido Nacional y un sector del Partido Colorado, el denominado Partido Colorado General Fructuoso Rivera, que fue fundamental en este proceso al lograr que los blancos abandonaran su posición abstencionista, que habían mantenido desde la revolución de 1904. El riverismo estaba dirigido por el senador Pedro Manini Ríos, elegido por Flores, quien al frente de once senadores colorados se había opuesto al proyecto colegiado de Batlle.

Algunos historiadores equivocadamente presentan a este sector como conservador, omitiendo señalar que fue el líder del riverismo quien redactó, junto a Domingo Arena ‒de quien era socio en su estudio jurídico‒, las principales leyes de contenido social de aquel período, como la ley de 1911 que establecía la jornada de ocho horas para las actividades e implantaba el descanso semanal, el programa de los derechos políticos y de igualdad para la mujer, el Código del Trabajo con reglamentación del trabajo de mujeres y menores, el seguro de accidentes de trabajo, la capacitación de los obreros mediante la creación de escuelas técnicas, bibliotecas populares, etcétera.

Se ha repetido, sin ningún fundamento, que la separación de Manini y de Batlle obedecía a un intento de frenar sus impulsos reformistas. ¡Nada más lejos de la verdad! La separación nada tuvo que ver con las reformas sociales; se debió exclusivamente al proyecto colegialista. Es bueno recordar que luego de la separación entre uno y otro jamás hubo agravios personales, tan frecuentes en aquella época.

Para el acto eleccionario de aquel 30 de julio se aplicó la ley promulgada el 1.° de setiembre anterior en la que el presidente Feliciano Viera se avino a rodear la elección de los constituyentes de las máximas garantías: inscripción previa obligatoria, voto secreto, voto de los analfabetos. Votaron casi 147.000 personas, el triple de quienes lo habían hecho en la última elección. Los anticolegialistas obtuvieron más de 80.000 votos, mientras que los colegialistas obtuvieron menos de 60.000 votos. Por primera vez se ejercía el voto secreto y perdía el oficialismo.

Sin lugar a duda, las libertades públicas no nacen por generación espontánea ni por ninguna declaración de buenas intenciones, sino que son el resultado de muchas luchas, de muchas marchas y contramarchas, de muchos esfuerzos.

La jornada del 30 de julio fue posible por la actitud asumida tiempo antes por aquellos once senadores que, más allá del aporte en votos, supieron transmitir el ánimo necesario a los dirigentes del Partido Nacional para que convocaran y persuadieran a su gente de abandonar la abstención y comenzar a dar la gran batalla cívica. Es así que en poco tiempo se pasó de un cuerpo electoral de 50.000 personas a un electorado de 300.000, comenzando a cambiar la historia cívica de este país.

Pido que la versión taquigráfica de estas palabras sea enviada a Presidencia de la República, al Ministerio de Educación y Cultura, a la Corte Electoral y a todos los partidos con representación parlamentaria.

Muchas gracias.

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar el trámite solicitado por el señor senador.

(Se vota).

–23 en 23. Afirmativa. UNANIMIDAD.

11) 2002. MEMORIAS DE LA CRISIS

SEÑORA PRESIDENTA.- Continuando con la media hora previa, tiene la palabra el señor senador Alejandro Sánchez.

SEÑOR SÁNCHEZ.- El viernes recibí un libro del periodista Diego Zas –a quien quiero agradecer– llamado 2002. Memorias de la crisis. Inspirado en este texto que publicó el periodista, que nos hace recordar aquellos decisivos momentos por los que pasó nuestra república, a veinte años de ese hecho me pareció oportuno recordar en sala el proceso que llevó a que el país sufriera una de las peores crisis de nuestra historia.

Fue una crisis financiera, económica y social que dejó a una gran parte de nuestra sociedad sumida en la pobreza, una actividad económica casi paralizada y puso en jaque la credibilidad de las instituciones de nuestro país, pero por sobre todas las cosas creo que, en la memoria de quienes atravesamos esas circunstancias, modificó en gran parte nuestras percepciones políticas y nuestras miradas sobre la política. Digo esto porque parte de esta situación se fue gestando con algunas ideas de política económica cuyos grandes impulsores, allá por los años ochenta, fueron Margaret Thatcher y Ronald Reagan. En esa época se empieza a gestar la idea de que los países deben adoptar modelos más neoliberales en sus economías, por lo cual deben realizar reformas estructurales que tienen como objetivo construir Estados pequeños, mínimos. Por tanto, la privatización de las empresas públicas, el recorte del gasto social y la privatización del sistema de seguridad social son los instrumentos principales de aquellas reformas inspiradas en esas ideas de los años ochenta y noventa.

Estas políticas tienen el sustento claro y deliberado de poner al mercado como el principal ordenador de la vida de la gente: lo individual sobre lo colectivo, lo privado sobre lo público. En ese contexto, podemos recordar una famosa frase de Margaret Thatcher, que resume muy bien esta concepción ideológica: «No hay tal cosa como la sociedad; hay hombres y mujeres individuales, y hay familias». En una sola frase yo diría que niega casi la condición humana y elimina de un plumazo la estructura gregaria del ser humano.

Inspirados en estas ideas, en la región se dieron grandes procesos de privatización. Recordemos lo que fueron las privatizaciones mexicanas de la mayoría de sus empresas públicas durante la presidencia de Carlos Salinas de Gortari, que terminó con la crisis conocida como Efecto Tequila, en 1994. Posteriormente sobrevino la crisis de Brasil de 1999, surgida a partir del Plan Real y que, entre otros elementos, tuvo un fuerte componente privatizador. La privatización alcanzó unos USD 68.000:000.000 del sector público brasileño.

Finalmente, recordemos la crisis de Argentina del 2002, que se origina en el plan uno a uno, financiado sustancialmente con la venta de empresas públicas petroleras, eléctricas, de telecomunicaciones, correos y bancos.

Todas estas situaciones, por las que también atravesó nuestro país, tenían un elemento común: la venta de activos públicos, la desregulación de los mercados y el recorte del gasto social, pero en definitiva, en ninguno de los casos el mercado pudo, señora presidenta, resolver las crisis sociales que engendraron estas políticas económicas, porque se habían privatizado las ganancias y socializado las pérdidas. En definitiva, lo que terminó sucediendo fue que la política se puso al frente de esta situación. Aquellos polvos trajeron esos lodos, y después es cuento conocido para todos: cuatro de cada diez uruguayos y más de la mitad de los niños de nuestro país vivían en la pobreza. El desempleo alcanzaba el 20 % en el 2002. El salario había caído un 20 % y desde 1999 hasta el 2002 decreció la economía. Solo en el 2002 la baja fue del 12 %. La deuda superaba el 100 % del PBI. Los depósitos en dólares eran el 90 %, y más de la mitad de no residentes en el país.

Frente a ese enorme contexto, en el medio de la crisis, se decide poner al frente del Ministerio de Economía y Finanzas al señor Alejandro Atchugarry. No era economista; era un legislador de larga data, un zurcidor, alguien que hacía de la política la necesidad del diálogo y la construcción en conjunto con una sociedad. Fueron momentos de creación y de diálogo. En abril del 2002 surgía la Concertación para el Desarrollo y los movimientos populares defendían con ollas populares, juegos del trueque, espacios todos para tratar de resistir aquella situación de crisis. Ni uno solo de los inversores, ni los promotores de aquella política de desregulación hizo frente a aquella corrida. Tuvieron que ser el Estado, las organizaciones políticas y sociales las que se pusieron manos a la obra para enfrentar aquella situación. Conviene no olvidar esas situaciones para saber que siempre, ante las distintas circunstancias, el diálogo y la política son las que nos han podido sacar de las situaciones más difíciles de nuestro país.

Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada al PIT-CNT, a Fucvam, a la FEUU, a los partidos políticos del Uruguay, a la Federación Rural del Uruguay y, en definitiva, a los medios de prensa.

Muchas gracias, señora presidenta.

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar el trámite solicitado por el señor senador.

(Se vota).

–22 en 22. Afirmativa. UNANIMIDAD.

12) URUGUAY, MEJOR PRODUCTOR DE CARNE DEL MUNDO

SEÑORA PRESIDENTA.- Continuando con la media hora previa, tiene la palabra el señor senador Da Silva.

SEÑOR DA SILVA.- Señora presidenta: en febrero del 2020 el Banco Mundial hizo un estudio sobre cuán agropecuarios son los países de este planeta y declaró algo que para nosotros es natural: Uruguay es el país más agropecuario del mundo. El 83 % de su superficie, de sus 17:000.000 de hectáreas, está destinado a la producción de alimentos en sus diferentes cadenas. A ese logro, en un país donde generalmente vivimos de espaldas al campo, la prestigiosa revista Meat Science la semana pasada analizó científicamente dónde se produce la mejor carne del mundo. ¿Y sabe una cosa, señora presidenta? El análisis científico, el estudio científico declara que Uruguay no solo es el país más agropecuario del mundo, sino que produce la mejor carne del mundo, algo de lo que acá los señores senadores me han escuchado hablar hasta el cansancio. Por tanto, señora presidenta, es un tema para celebrar.

El mundo real debe celebrar este tipo de distinciones, que habla mucho de algunos aspectos sobre los que sintéticamente me gustaría dejar constancia en la versión taquigráfica de esta sesión del Senado de la república. Los uruguayos somos los seres humanos que más carne consumimos en el planeta Tierra. Pasamos de 86 kilos per cápita en el 2019 a casi 92 kilos en el 2021. Es el país que consume más carne por habitante en el mundo. Es el país que más ganado tiene por habitante en el mundo. Es el país en el que la cultura ganadera, muchas veces vilipendiada, señora presidenta, para tirar del carro de la economía de todo el país en momentos complicados, pone adelante, sí y solo sí, a la prosperidad nacional. Uruguay sin su ganado no se concibe como tal. Es lo más uruguayo. El ADN más fervientemente oriental es su cultura ganadera, y eso hace, señora presidenta, que hoy tengamos una oportunidad irrepetible.

En ese estudio internacional en el que nos honran como los mejores productores de carne del mundo, el 65 % de los encuestados estaba dispuesto a pagar más dinero por la carne a nivel mundial si esta tiene certificación ambiental, si es producida a pasto o si cuenta con el certificado de carbonos cero.

Entonces, señora presidenta, a este ADN, a esta vena uruguaya que anda y arde en el país real, a lo largo y ancho del interior, se le presenta una oportunidad de oro que este Gobierno está considerando desde el momento de su asunción, en marzo de 2020. El tren de la sustentabilidad, de carbonos cero, está pasando por nuestras porteras y hacia ahí tenemos que ir.

¿Cómo se logra esto? ¿Es una inspiración divina que seamos los productores de la mejor carne del mundo? ¡No, señora presidenta! Es por el esfuerzo de miles de uruguayos, de familias que un día como el de hoy están produciendo y pensando en el estado corporal de sus vacas a la hora de acercarse la etapa de la parición; es porque están reservando dinero para poder comprar un toro y aumentar su genética; es porque van al banco a pagar y a amortizar las praderas que deben tener para mantener el estado corporal de los novillos y achicar la edad de la faena; es porque la recría en el Uruguay nuevamente está arriba de la mesa y la gente la toma como algo sustantivamente importante –me refiero, por ejemplo, al primer invierno de los terneros y a la calidad de los toros y las pasturas–, y es porque hay personas que valoran las trescientas especies naturales que el Uruguay tiene en sus pasturas como el mayor patrimonio. Eso, señora presidenta, es digno de destacar.

Queríamos que el Senado tuviera en consideración estos aspectos.

Por lo expuesto, solicito que la versión taquigráfica de estas palabras sea enviada a la Federación Rural del Uruguay, a la Asociación Rural del Uruguay, al movimiento Un Solo Uruguay y a las Cooperativas Agrarias Federadas.

Muchas gracias.

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar el trámite solicitado por el señor senador.

(Se vota).

–23 en 23. Afirmativa. UNANIMIDAD.

13) ÚLTIMA ACTUACIÓN DE JOAN MANUEL SERRAT EN NUESTRO PAÍS

SEÑORA PRESIDENTA.- Para culminar la media hora previa, tiene la palabra la señora senadora Della Ventura.

SEÑORA DELLA VENTURA.- El 22 de noviembre estará en Montevideo el cantautor catalán Joan Manuel Serrat. Vendrá a actuar por última vez en un escenario de nuestro país, despidiéndose de sus actuaciones públicas. Lo hará en el marco de una gira internacional, que empezó hace unos meses y pasa por diferentes países para hacer gozar, una vez más, a quienes desde hace décadas admiran –admiramos– su arte.

No es cualquier cantante o músico quien nos visitará en las condiciones que mencionábamos. Se trata de un cantautor que ha sabido conquistar el corazón de miles en el mundo, en particular en nuestra Latinoamérica.

Su sensibilidad, su compromiso, su forma de transmitir valores universales, haciéndolo de manera sencilla a través de temas emblemáticos, lo hacen ese artista especial del que debemos estar orgullosos como seres humanos.

Serrat emociona contando amores, desamores, tristezas o alegrías, pero también cuando narra situaciones en las que desnuda injusticias o desigualdades, rebeldías y desvelos. Ha sabido transmitir todo esto en temas de su propia autoría y también musicalizando a grandes poetas de habla hispana, como Antonio Machado, Miguel Hernández o nuestro Mario Benedetti, a través de su disco El sur también existe.

Sin embargo, Joan Manuel Serrat, además de todo esto, ha sabido hacer del compromiso una de sus facetas a resaltar, apoyando causas justas como la de los migrantes, que atraviesan el Mediterráneo para buscar un lugar amigable donde vivir, aunque muchas veces pierden la vida en el trayecto, o no aceptando, durante la dictadura de Franco, cambiar su idioma natal, el catalán, para cantar un tema en el Festival de la Canción de Eurovisión 1968.

Por cuestionar la dictadura en su país padeció la censura y el exilio por un tiempo en México. Fue solidario con nuestros países en los momentos en que también nosotros, en estos rincones de Sudamérica, padecimos crueles dictaduras.

Serrat ha obtenido reconocimientos de diferente índole en diversas partes del mundo. Varias universidades le han otorgado el título de doctor honoris causa y ha recibido la Medalla de Oro al Mérito en el Trabajo en España, entre otras distinciones que recibió en su país. Además, fue nombrado Caballero de las Artes y las Letras en Francia, recibió la Medalla al Mérito Cultural en Colombia, la condecoración Orden al Mérito Docente y Cultural Gabriela Mistral en Chile, la Orden Andrés Bello en Venezuela, la Orden de Mayo en el grado de comendador en Argentina, etcétera.

En nuestro país, el 29 de enero de 2003, la Junta Departamental de Montevideo lo declaró ciudadano ilustre. El entonces intendente Mariano Arana fundamentaba tal distinción, entre otros conceptos, por su ética, por haber combinado el rigor profesional con su autenticidad como artista y el compromiso con la gente y las cosas de la vida, y por su capacidad para defender y proyectar su identidad de profundo cuño catalán, al tiempo de promover y respetar la diversidad cultural.

Por otra parte, tenemos conocimiento de que se está iniciando un proceso a través del cual se culmine, quizás, otorgándole por parte de nuestra Universidad de la República el título doctor honoris causa a Joan Manuel Serrat.

Señora presidenta: entendemos que nuestro Parlamento también debería dar una señal ante la presencia de este cantautor que tanto ha aportado al arte y la cultura de los pueblos. En ese sentido, solicito que la versión taquigráfica de mis palabras pase a la Comisión de Educación y Cultura de este Cuerpo a los efectos de que estudie la forma de que el Parlamento uruguayo realice un reconocimiento a este artista en ocasión de su última actuación pública en nuestro país.

Gracias, señora presidenta.

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar el trámite solicitado por la señora senadora.

(Se vota).

–20 en 20. Afirmativa. UNANIMIDAD.

14) HOMENAJE A LA CANTANTE OLGA DELGROSSI

SEÑORA PRESIDENTA.- El Senado ingresa al orden del día con la consideración del asunto que figura en primer término: «Exposición de la señora senadora Sandra Lazo, por el término de treinta minutos, a fin de homenajear a la cantante Olga Delgrossi».

Tiene la palabra la señora senadora Lazo.

SEÑORA LAZO.- Señora presidenta: solicitamos que el Senado permita el ingreso, tanto de la señora Olga Delgrossi como de quien va a acompañarla, seguramente al final de este homenaje o reconocimiento, el músico Julio Cobelli.

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar lo solicitado por la señora senadora.

(Se vota).

–20 en 20. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Se procederá en ese sentido.

(Ingresan a sala la señora Olga Delgrossi y el señor Julio Cobelli).

(Aplausos en la sala y en la barra).

–Ahora sí, señora senadora Lazo, puede comenzar su exposición.

SEÑORA LAZO.- Señora presidenta: hoy este Senado en pleno se reúne para homenajear a una mujer, a una artista que, según sus propias palabras, nació para ser artista. Es alguien que, además, tiene una trayectoria tan vasta y tan rica que la ha hecho merecedora del título la Dama del Tango. Me refiero a la señora Olga Delgrossi, quien acaba de ingresar, emocionada, y también provocando la emoción de quienes estamos en este recinto. Saludamos a su familia, a sus amigos, a las autoridades de las diferentes instituciones presentes, a los artistas, músicos e intérpretes que hoy están compartiendo este homenaje.

Olga, portadora de tantos reconocimientos, de tanto amor, cuenta con varios reconocimientos, entre otros, el de ciudadana ilustre de Montevideo, otorgado en junio de 2007; una placa conmemorativa en el Espacio de los Soles, en la Peatonal Sarandí; un sello postal con su fotografía que el Correo Uruguayo le dedicó en 2016. Solo restaba este, Olga querida, faltaba que este sistema político, que quienes representamos a ciudadanos de todos los partidos políticos aunáramos nuestra voz en este reconocimiento.

Nació en esa tierra que tanto arte, en diferentes disciplinas, le ha dado a nuestro país, en Tacuarembó, el 12 de julio de 1932, en el barrio Cuchilla de la Gloria, en una familia de diez hijos. Como muchos de los grandes orientales cultores del tango, nació en el centro de nuestro país, en el seno de una familia humilde –su madre era ama de casa y su padre, un trabajador–, siendo la tercera de diez hermanos. Nació en una casa que recuerda como grande, en la cual ingresando por el zaguán se llegaba a una sala grande repleta de cuadros de familia, esas típicas casas de un Uruguay que supo albergar a familias numerosas, con grandes jardines, donde su mamá plantaba flores de múltiples colores. Ella misma recordaba, en una entrevista, que las vecinas llegaban a esos jardines a recortar flores para el Día de las Ánimas –como se le llamaba al 2 de noviembre– y que pese a que cortaban en abundancia, porfiadamente volvían a crecer esas flores aún más frondosas.

Fue una niña feliz en uno de aquellos hogares en los cuales, como era habitual, se carneaba un cerdo para luego elaborar la factura que la familia consumía: chorizos, morcillas, charque. Nunca le faltó nada, recuerda Olguita. Su padre trabajaba en una confitería. Era una familia tradicional, de esas que, siguiendo las buenas costumbres de aquellos tiempos, indicaban que no se podía ir sola a ninguna parte y que los hermanos, los varones sobre todo, cumplían la función de acompañar a las hermanas mujeres. Era otro Uruguay, otra época, cuando era usual vestirse con sus mejores galas para, desde el zaguán, ver pasar a la gente del pueblo que domingo a domingo concurría al estadio cercano. Olga recuerda que ni a la plaza, que quedaba muy cerca de su casa, podía ir sola. Así que podemos imaginarnos lo que debe haber sido ese contraste de venir de aquel pueblo del interior a la capital.

Cuentan que ya desde muy pequeña se destacaba en la escuela y comenzó a participar en los concursos. Uno de ellos se llevó a cabo en CW 46, Difusora Juan Zorrilla de San Martín, en donde a los ocho o nueve años, y por votación de los oyentes, obtuvo el primer lugar.

Cursó la escuela primaria y un año de liceo en Tacuarembó. El Teatro Escayola –emblemático, si los hay, por todo lo que encierra su nomenclátor con relación a la historia de Carlos Gardel– fue testigo de una Olguita que, vestida de española, derramaba violetas sobre el público, mientras interpretaba La Violetera.

Siempre, antes y ahora, contó con el apoyo de su familia. A los ocho años, con una amiga de su mamá que tocaba el piano, comenzó a desarrollarse como artista. Fue, como tantas otras por aquellos tiempos, actriz de radioteatro; hacían concursos para elegir nuevos valores y siempre los ganaba. Un día le dijo a su mamá que le gustaba cantar, y se vinieron todos, y empezaron de cero. Seguramente, Olga recuerde momentos difíciles de aquellos tiempos en los que, como se estilaba, al principio paraban en casa de sus parientes y luego, trabajando fuertemente, salían adelante.

Según se relata en el libro Viejos son los trapos, de Raúl Ronzoni y Mauricio Rodríguez, a los doce años debutaba en Tacuarembó, en la orquesta de Malunga Sáenz. Es en ese momento que sus padres –quienes, reitero, la apoyaron permanentemente– toman la decisión de venirse a la capital para que Olguita, cuya vocación y talento eran incontenibles, pudiera desarrollarse.

Allá por 1947 esa numerosa familia se instala por aquí. Olga trabajó con una hermana en una fábrica recogiendo y separando bolsas de celofán. Decía que quería ser peluquera; abrió una peluquería, pero no hubo caso, no era lo suyo. Mientras tanto, su vocación de artista continuaba creciendo. Recorrió muchas radios; de algunas la llamaban y de otras solo quedaba aquella promesa «la vamos a llamar».

Cantó en varias orquestas –voy a ir mencionándolas porque son rasgos de esa carrera tan vasta de Olga–, entre ellas, la de Francisco Jaurena padre.

Un día llegó el momento, justamente de la mano de uno de los grandes de la escena nacional, Donato Racciatti, quien había formado su orquesta típica en 1948, con la cual desarrolló su carrera artística en Montevideo, en el resto del país y en varias provincias argentinas, además de contar con una profusa producción discográfica. En 1957, tras el alejamiento de Nina Miranda, Olga fue requerida por esta orquesta, en ese entonces la más popular de Montevideo, y fue su vocalista durante siete años. Si bien mantuvo una amistad con el maestro Racciatti hasta el día de su muerte, en un momento se desvinculó de la orquesta para iniciar una nueva etapa como solista.

En 1966 es convocada por el bandoneonista y director Luis Stazo para integrar Los Siete del Tango, un conjunto muy reconocido por la calidad de sus músicos: Stazo, Trípodi, Suárez Paz, Monteleone, Ortega. Con ellos realizó giras por toda Argentina, innumerables presentaciones en salas y en radios. Grabó para el sello Odeón y actuó en varios canales de televisión junto a figuras como Libertad Lamarque, Alba Solís, Lalo Martel y Néstor Fabián, entre otros. Desde ese momento puede decirse que no paró: trabajó en la fonoplatea de Radio Carve y recorrió todo el país con los concursos. En Buenos Aires actuó en Radio El Mundo; allí conoció a varios grandes de la fonoplatea. Concurrían a verla personajes que perduran en el nomenclátor del tango hasta el día de hoy. Así, esta mujer –que, debo decirlo, siempre ha sido muy hermosa– fue cosechando amigos y conquistando el cariño de su público. Para que tengan una idea, llegó a ser escoltada por las fuerzas del orden –literalmente–, porque se abalanzaban sobre esta artista, y así llenó salas. Grabó con la orquesta bajo el sello Sondor; Radio Splendid también fue testigo de su talento.

Portadora de un estilo y de una personalidad únicos, Olga triunfó dentro y fuera de fronteras, sin haber tenido antecedentes de vocación artística en su familia, porque «artista se nace, no se hace», como dice Olga, más allá de que se vaya perfeccionando –como todo artista– en las técnicas.

Recuerda con cariño y detalle muchas de sus actuaciones en el exterior, particularmente –y creo que no me equivoco al decirlo– esa inolvidable estadía en París, alojada en un apartamento frente al río Sena. Desayunaba viendo las embarcaciones desde su ventana, donde también se recuerda disfrutando de Charles Aznavour, y allí, una vez más, agradecía profundamente ese don que, según sus propias creencias, le había dado Dios, y que permitía que una canarita de Tacuarembó –al decir de sus propias palabras– estuviera viviendo ese sueño en París. Allí no solo deleitó al público de varias ciudades sino que también, junto a los maestros Cobelli y Waldemar Metediera, grabó un disco compacto con veinte títulos, convirtiéndose en una uruguaya que grababa en ese país. Entre los títulos que interpretó podemos mencionar La Cumparsita, No la quiero más –de Alberto Mastra–, A un semejante y Desde el escenario, del compositor uruguayo Ledo Urrutia.

Olga incluso llegó a recibir propuestas para hacer cine en Argentina, pero por motivos personales y más allá del prominente éxito que la capital bonaerense le auguraba optó por regresar a Uruguay, aun sabiendo que el reconocimiento artístico, ya sea por tamaño, demografía o simplemente por nuestra propia idiosincrasia, llegaría más lentamente y, sin duda, tampoco obtendría las ganancias que podría haber recibido de haberse quedado en la vecina orilla. Si bien esta mujer devota no se queja de los logros obtenidos desde ese lugar –el del llamado don Dinero–, la vida y sobre todo su esfuerzo, su tesón y su talento han sabido recompensarla sin pasar grandes necesidades. Sin embargo, la recompensa a ese talento sí llegaría porque tuvo oportunidad de viajar prácticamente por todo el mundo, realizando actuaciones en Francia, Estados Unidos, Inglaterra, Canadá y Austria.

Siempre tuvo un gusto exquisito para su indumentaria, lo que le permitió elegir un vestuario variado y elegante. En su época de radioteatro ese llegó a ser tema de conversación entre colegas y funcionarios de las diferentes emisoras que se preguntaban cuál sería el atuendo de Olguita en la correspondiente función. Hermosa, coqueta, quizás recuerde una anécdota que supo angustiarla bastante. En una de esas giras por Argentina le robaron su valija repleta de vestidos. Pasó unos cuantos días llorando e incluso se quería volver, pero escuchando los consejos de Racciatti accedió a terminar esa gira. Había quedado con lo puesto mientras ese completo armario que era su valija, ¡quién sabe en qué manos había quedado!

Además de este tipo de anécdotas, cabe recordar que en esos tiempos nació Silvia –Silvita, como le dice Olga, que ahora nos acompaña–, lo que hizo que se criara a su lado, siempre subiendo y bajando de algún transporte destinado a trasladar a su mamá, y yendo de un lado para el otro. Esa misma Silvita paseaba por las instalaciones de lugares emblemáticos como patios de tango, radios y confiterías, interactuando sin conciencia cabal, con Pugliese, Caló o con «Goyenese». Sí, no me equivoqué; así llamaba esta pequeña niña a ese señor que le compraba golosinas y que opinaba de su mamá que cantaba con los ovarios. Me refiero a la figura de Roberto Goyeneche.

Actuó en escenarios como la Tanguería del 40, el Parador del Cerro, La Cumparsita y con la orquesta de alguien que se fue hace pocos días, el señor Panchito Nolé, quien horas antes de partir trasmitió un bellísimo mensaje en el día de su cumpleaños –el 12 de julio pasado–, cuando tuvimos el privilegio de compartir entre amigos, familia y público ese emotivo momento.

Mencionamos la efusividad que causaba en el público argentino. Incluso, fue escoltada por fuerzas del orden, pero hubo una ocasión en la que, de tanto forcejear, casi la derriban para quedarse con un trozo de su indumentaria que –según creo, Olga– era de encaje.

A pesar de que por una cuestión de época, histórica y de la propia composición el mundo del tango que se identifica como un mundo masculino, nunca la hicieron sentir diferente por ser mujer, según sus propias palabras.

Queriéndote y Fumando espero, además de ser los primeros temas que grabó con Racciatti, son los que han permanecido entre los más solicitados por parte de un público fiel que siempre la acompaña.

Realizó giras con Toto D’Amario y ganó la Copa de Plata en el Festival de la Canción Latina, realizado en México, en los años setenta.

América toda disfrutó de su arte por décadas, ya que Olga compartió escenario con grandes artistas de todos los géneros. Por ejemplo, por citar algunos, en México cantó con José Luis Rodríguez, con Rosamel Araya o con la sinfónica de Franck Pourcel, dirigida por Paco Pérez, un uruguayo radicado en México.

Es dueña de un don de humildad, de un bajo perfil injustificado por los múltiples escenarios que han sido testigos de su talento, pero acorde a una idiosincrasia muy uruguaya que la hace preferir estar siempre a la altura de la gente antes que en altos escenarios, mirando a los ojos de su público, caminando entre la gente, cantando, milongueando. Nunca oculta su amor por los tangos discepolianos; los clásicos no han faltado a la cita de su repertorio, por lo que se autodefine amante de un tango fuerte, con garra.

Me permito recomendar que presten atención a una interpretación que Olga hace de Balada para un poeta único –tema de autoría de dos de sus amigos de la vida que hoy nos acompañan: Mariela Acevedo y Julio Cobelli–, dedicado a Horacio Ferrer, que cuenta con una interpretación fantástica. Ella reconoce que a pesar de querer dar lugar a nuevas interpretaciones, el público –su público– siempre le pide los clásicos de su repertorio.

Por los años ochenta participó del programa argentino Grandes valores del tango, lo que generó cierto nerviosismo en algunas divas de la canción porteña por su elegancia, por su belleza, por su personalidad, pero rápidamente Olga supo manejar la situación desde su sencillez y don de gentes.

Allá por los años sesenta empezó a grabar con el sello Odeón en Buenos Aires.

Si bien viene de una familia de raíces blancas, se ha mantenido en un lugar dedicada a su carrera y cuenta con amigos de todo el espectro político. Prueba de ello es este homenaje que hoy le brinda el Senado de la república.

Anécdotas hay muchas; algunas han sido compartidas en entrevistas que consultamos en libros, por amigos, por su familia y por uno de sus grandes admiradores y amigo a lo largo de la vida, que ha sido Roberto. Una de ellas cuenta que antes de una gira por varias ciudades de Australia se cayó y se fracturó, lo que motivó que estuviera varios días internada. No obstante, mientras se retiraba del local de la actuación en silla de ruedas y acompañada por la emergencia médica, insistía en cantar sentada. En otra ocasión, tropezó, cayó y el público comentaba que hasta para caerse Olga era elegante. A propósito, su talento también la llevó a Australia.

Es una defensora inclaudicable del canto con acompañamiento de instrumentos en vivo; nunca la convencieron de cantar con pistas. A ella le gusta sentir el tango, el acompañamiento. Ama a Homero Manzi, siente orgullo de Matos Rodríguez, admira al Loro Collazo, al Polaco, al maestro máximo, Carlos Gardel, e interpreta magistralmente a Eladia Blázquez.

Estuvo casada durante cuarenta y siete años con Raúl Ferreiro y de esa unión nació Silvia o Silvita, como Olga la llama. Durante doce años vivió su viudez, pero después conoció a Jorge –lo estoy viendo en la barra– su actual compañero de camino. Jorge no la tuvo tan fácil, debo decirlo. Tuvo la difícil tarea de abrir un corazón que de algún modo había entendido que debía seguir caminando solo. Sin embargo, algo pasó. Cuentan que iba a verla a cada recital y luego pasaba a saludarla, pero al comienzo ella no le dio mucho corte; fue después, al conocerlo. A través de una amiga en común salieron a cenar varias veces hasta que la invitó a Buenos Aires para ir a ver el espectáculo de Nelly Omar, allá en el Luna Park, hace tiempo. Esa instancia se dio en el Mercado de la Abundancia –si no recuerdo mal–, encuentro en el cual coincidieron para ir a Buenos Aires. En Argentina lo conoció muy bien y él es una de las fortalezas que acompaña a Olguita. Hay una anécdota que voy a contar, aunque Jorge se encuentre presente: a Olga se la vio caminar en su momento del brazo por una de las avenidas que circunda esta casa de las leyes, más precisamente por la avenida General Flores, nada más y nada menos que con Julio Sosa, quien poco antes de partir a Buenos Aires le comentaba que cruzaría el charco a buscar fortuna. No solo caminó de su brazo, sino que también bailó un tango con el Varón del Tango.

Como devota que es, cree en el reencuentro con los seres queridos que partieron al más allá y cree profundamente en la amistad, en su familia, en el amor de su público y en la profesión que ama y que desarrollará hasta su último aliento.

Es portadora de un fraseo excelente, sanamente envidiable; tiene una gama de matices de voz que subyuga cuando pisa el escenario interpretando tanto el tango como la milonga. Se produce allí una mágica transformación en la que, como pocos artistas lo logran, aquella modesta, tímida y menuda mujer –como la ven– se transforma, se agiganta ante un público ferviente que la admira y la ovaciona.

Se presentó en la ceremonia de los Premios Graffiti y le interesa que el tango sea también adoptado por la juventud. La Asociación Uruguaya de Músicos homenajeó sus más de setenta y cinco años de carrera con un concierto lleno de invitados en el Auditorio Nacional del Sodre.

Entre otros premios, recibió el Premio Gobbi de Oro, de la Academia Nacional del Tango en Buenos Aires. Esa ciudad, donde se respira tango, le brindó su respeto a nuestra artista. También hubo allí alguna incursión en teatro, en obras vinculadas al tango, allá por los años ochenta, como Nostalgeses, Discepolín y Qué tango hay que cantar, donde compartió escenario con dos mujeres artistas argentinas. Fue homenajeada en su tierra natal por la junta departamental y fue Premio Morosoli por su extensa trayectoria.

Después de tantos años de haber paseado su talento dentro y fuera de fronteras confiesa que aún sube temblando al escenario, pero comienza a cantar, se suelta y aparece esa majestuosa mujer, intérprete, que se entrega plenamente en cada una de sus canciones. Sus médicos en algún momento le han pedido, totalmente sin éxito, que afloje un poquito en esas interpretaciones tan intensas, pero es una forma visceral de interpretar, de vivir el tango; es parte de su vida. Entrega su corazón con cada canción. Se le otorgó el disco de oro como máxima figura del tango en nuestro país y por haber trascendido fronteras cantando por el mundo; un centenar de personas desplegadas en el estudio mayor de grabación acompañaron en aquella ocasión a Olga, la Dama del Tango.

Antes, como bien dijimos, en 2016, el Correo Uruguayo le dedica un sello postal en una emotiva ceremonia oficiada en la vieja sede de Joventango, donde estuvieron presentes Solange Moreira, presidenta en ejercicio en ese momento, Mary Rubinstein, la presidenta de Joventango, Luis Pachón, presidente de la Fundación Carlos Gardel, y el secretario general de la Asociación Uruguaya de Músicos. Esta mujer emocionó a públicos de diferentes lenguas por esta interpretación magistral, no me canso de decirlo.

Quiero agradecer especialmente a todos los integrantes del Senado por adherir a este reconocimiento, especialmente a Bruno, del área de comunicación, que armó y presentó, con el material que nos hicieron llegar, un maravilloso compendio de lo que fue su carrera, algo que vamos a disfrutar en instantes. También quiero agradecer a todo el equipo de Secretaría –a Sandra, a Edgardo, a Daniel–, a la familia y a los amigos de Olga, porque todos ellos aportaron datos, anécdotas y su profesionalismo a efectos de poder tener esta instancia. Algunos de ellos, como dijimos, estarán presentes en el material gráfico que vamos a compartir en instantes, como Mariela Acevedo, payadora; Julio Cobelli, maestro de maestros e integrante de aquella histórica formación de grandes músicos que acompañó a Alfredo Zitarrosa, y que hace pocos días recibió, junto con Toto Méndez, el reconocimiento como ciudadano ilustre de Montevideo. También participarán de este material que vamos a ver a Nelson Pino, un hijo adoptivo de Olguita, gran cantante; al poeta, escritor, periodista y dandi –permítanme decir– Ignacio Nacho Suárez; y Silvita, cómplice de todo este homenaje que vamos a estar brindando a Olga. Obviamente, sabemos que hay amigos, familia y grandes admiradores de Olga que hoy están participando y que hubieran estado encantados de estar en ese material gráfico, pero por cuestiones de tiempo no pudimos incluirlos.

Querida Olga: este Parlamento, que en cuestión de minutos nada más ingresará en un intenso debate de ideas –en una expresión de democracia republicana, en la que cada representante de los diferentes partidos que integramos esta casa va a expresar su postura, muchas veces contrapuesta–, es el mismo que no dudó en brindarte este homenaje que unánimemente se expresa, admirándote. También es el mismo que, seguramente, al finalizar este reconocimiento te va a aplaudir de pie. Quiero decir que este es un homenaje a una de las más grandes artistas que tiene nuestro país en el tango, la señora Olga Delgrossi, pero también es un homenaje al tango, que al decir de Mario Benedetti en su poema, de vez en cuando hace que «uno sienta el tremendo decoro de ser tango y se deja cantar y ni se acuerda que allá espera el estuche». Así que creo que es un gracias enorme el que te brindamos, más que el reconocimiento, Olguita querida.

En instantes vamos a compartir un material gráfico, pero necesitábamos decirte estas palabras que expresamos con muchísima humildad.

Reitero el agradecimiento a todo el sistema político, que no dudó en adherir a este homenaje.

Gracias, señora presidenta.

(Se exhibe un video).

(Aplausos en la sala y en la barra).

SEÑORA DELGROSSI.- Me van a matar del corazón.

Jamás en mi vida hubiera pensado en mis años de vida que iba a ser homenajeada en el Senado de la república. Gracias, Sandrita, por tus emocionantes palabras y gracias a todos los partidos por haber dado el sí. Los amo a todos, a todos, de todos los partidos.

(Aplausos en la sala y en la barra).

–Cada uno que se sienta en la silla presidencial, sea del partido que sea, quiere lo mejor para su país. Yo pertenezco a la Iglesia Nueva Apostólica y, con seguridad, están aquí algunos de mis ciervos y hermanos. Ruego por todos, por este bendito país –como decía el querido Sánchez Padilla–, el mejor país del mundo.

Gracias por esto tan hermoso que estoy recibiendo; tengo miedo de que me venga un ataque al corazón. En cualquier caso, podría morirme tranquila porque ya recibí este premio. A los nueve años, en Tacuarembó, gané el primer concurso de tango y ahora con el nueve y el cero me están haciendo este homenaje aquí.

(Aplausos en la sala y en la barra).

–A mis noventa años, gracias al amado Dios, puedo seguir cantando.

La verdad es que me levanté a las cinco de la mañana, pero tengo la garganta a la miseria porque cantar de mañana es impresionante. Aquí estoy con el número uno de los guitarristas; el número uno, no hay otro en el mundo.

(Aplausos en la sala y en la barra).

–Voy a dejarles el tema de un uruguayo, el compositor Correa, denominado Vieja viola.

(La cantante entona la pieza musical).

(Aplausos en la sala y en la barra).

–Muchas gracias a todos.

¿Habrá tiempo para interpretar otro tango?

SEÑORA PRESIDENTA.- Claro que sí.

Antes, alguien quiere hacerte un regalo. Me parece que es bueno que la nieta la acompañe en este homenaje.

(Se entregan dos ramos de flores a Olga Delgrossi).

(Aplausos en la sala y en la barra).

SEÑORA DELGROSSI.- Tengo tres nietos maravillosos, y siempre deseé tener la posibilidad de conocer a un bisnieto. Gracias a Dios conocí a un bisnieto ­–hijo del mayor– que ya tiene tres años y pensaba en qué lindo sería vivir unos años más y conocer a otro; al tiempo nació otro bisnieto y ya está por cumplir un año. ¡Cómo pasa la vida! Tengo una familia maravillosa.

No tengo la costumbre de hablar mucho, sé cantar, soy muy tímida para hablar. Yo no fui solo a la escuela, sino también un año y medio al liceo y siempre fui vergonzosa para hablar. Lo que sé hacer es cantar, me entrego plenamente en cada una de mis canciones, pero quiero agradecer este instante tan maravilloso que quedará en mi retina para siempre. Que Dios los bendiga a todos.

(Aplausos en la sala y en la barra).

–Voy a interpretar el tango que pertenece a esa payadora enorme que es Marielita Acevedo, en letra y música del maestro Julio Cobelli, Balada para un poeta único, dedicada a nuestro querido Horacio Ferrer.

(La cantante interpreta la pieza musical).

(Aplausos en la sala y en la barra).

SEÑORA PRESIDENTA.- Olga, te pido un ratito, nada más, porque quedan tres señores senadores que también quieren hablar de ti y debo dar el uso de la palabra a todos aquellos que lo han solicitado.

SEÑOR STRANEO.- Pido la palabra.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR STRANEO.- Señora presidenta: tengo que borrar ahora la parte que dice: «Estamos todos ansiosos por escucharte, Olga», pero no hay problema. Como decía Diego Delgrossi en la entrada del palacio cuando veníamos para acá, habrá que improvisar un poquito más. En realidad, primero te reconocíamos y después te escuchábamos, pero igualmente es un honor.

SEÑORA PRESIDENTA.- Perdón, señor senador.

Diego también está escuchando, pues está en la barra.

(Aplausos en la sala y en la barra).

–Puede continuar el señor senador.

SEÑOR STRANEO.- Señora presidenta: al cierre de la exposición voy a conceder una interrupción a la señora senadora Rodríguez.

Quiero agradecer a los compañeros de la bancada del Partido Nacional y decir que es una responsabilidad y un honor homenajear a Olga Delgrossi, sobre todo para aquellos que no tenemos un profundo conocimiento del tango; de ahí la doble responsabilidad. Nombré a Diego Delgrossi porque él me decía: «Hacé como yo, improvisá», pero no es tan fácil hacerlo en este escenario.

Es un honor para nosotros –reitero– contar hoy con la presencia de Olga Delgrossi, nacida el 12 de julio de 1932, en Tacuarembó. ¡Vaya lugar para nacer! ¡Vaya si ese pago, el más grande de la patria, nos ha dado cantautores! Tenemos al Mago y, por supuesto, a la Dama del Tango, que ha sabido serlo en una época de grandes, en la que había que romper el estereotipo y marcar una impronta. Podemos pensar en Gardel como el nuestro. En una época en la que Latinoamérica e Iberoamérica se caracterizaban por tener a esos grandes cantautores, tuviste el honor y también la responsabilidad de cantar muy cerca, compartir escenario y hasta competir con compositores: con un Julio Sosa, un Astor Piazzolla, un Francisco Canaro, un Aníbal Troilo o un Roberto Goyeneche. Entonces, para nosotros eres una leyenda viva.

Como decía la señora senadora Lazo, estamos en días de discusión parlamentaria, en los que nos toca debatir sobre temas difíciles, que no necesariamente nos encontrarán en este cerrado aplauso reconociéndote a ti, sino abocados a una discusión profunda con contraposición de ideas. Aun así –como muy bien dijo la señora senadora Lazo–, creo que es un valor agregado importantísimo el haber aunado criterios y logrado consensos para, entre todos, tributarte hoy este justo y merecido reconocimiento. Además, quiero destacar que agradezco a la señora senadora Lazo porque estamos haciendo este reconocimiento en vida, y esto no es lo que generalmente caracteriza a este recinto.

Decíamos, entonces, que la Dama del Tango, la diva, la cantante, la cantante de milongas también –a veces nos olvidamos de esa faceta tuya tan importante–, desde el sur de Argentina al norte de México, e incluso también en Estados Unidos, marcaste la diferencia. Para nosotros eres una referencia histórica y una referencia de la cultura que va a trascender el día en que, lamentablemente, no te tengamos.

Anoche, cuando analizaba mi discurso, pensaba en qué podía decir yo, que realmente no conozco mucho de tango –me hago cargo y, por eso, el doble perdón y la doble disculpa–, para reconocerte en tus jóvenes noventa años. Pensaba y me decía que seguramente Sandra Lazo haría una alocución y una descripción sumamente interesantes de todos tus galardones, de toda tu carrera artística; que describiría tus canciones, tus orígenes con Donato Racciatti en 1957, y que daría elementos sumamente elaborados y descriptivos de toda tu carrera. Pensé en qué quedaría para mí que, reitero, mucho no conozco de tango. Sin embargo, me acordé de cuando éramos más jóvenes y los grandes maestros, maestras y profesoras nos orientaban en la formación cultural. Recordé que en una actividad juvenil interpreté Balada para un loco de Astor Piazzolla, y dije: «¡Qué canción más hermosa!». ¿Por qué no hablamos más de tango o no lo tenemos tan presente? ¿Es porque no nos gusta? No. ¿Saben por qué es? Porque, en realidad, el arte del tango, así como cualquier otra profesión o materia, es hermoso a partir de quien nos lo enseña, de quien nos expone esa partitura.

En tu caso, Olga, nos hiciste enamorarnos del tango y, cómo no, de tus canciones en el día a día. Creo que ese es el más importante y valedero reconocimiento que nos sigues haciendo aún hoy con estos jóvenes noventa años.

Así que maestra, madre, profesora, cantautora: eres para nosotros un modo de vida, un estímulo para seguir, a fin de que los jóvenes continúen en la búsqueda de la concreción de sus sueños y anhelos.

Voy a cerrar mi intervención –muy sumariamente– con algo que quería dejarte de recuerdo y de regalo –además, no sé cantar; realmente no es una de mis fortalezas–:

Y no me llames, si me ves

a mí también con otro amor,

porque es inútil esperar

si la esperanza ya murió.

Hasta siempre, amor,

pasarás de otro brazo

y dolerá el fracaso

igual, igual que hoy.

Muchas gracias.

(Aplausos en la sala y en la barra).

SEÑORA RODRÍGUEZ.- Agradezco al señor senador Straneo por concederme la interrupción y muchas gracias, señora presidenta.

Agradezco y felicito a la señora senadora Lazo por permitirnos vivir estos momentos que a muchos nos van a quedar grabados no solamente en la retina sino también en el corazón. Muchísimas gracias, señora senadora.

Quiero saludar a la familia y a los amigos presentes. Esta barra repleta –cosa que no es muy usual– es un testimonio vivo, un reflejo de lo que realmente la señora Olga Delgrossi ha sembrado.

Señora presidenta: hoy el Senado está realizando un homenaje a la señora Olga Delgrossi. Es el Senado; quiere decir que todos los partidos políticos –¡todos!– reconocemos a esta gran mujer. Es una mujer que llega de su Tacuarembó querido buscando otros horizontes, con esa fuerza que tienen las mujeres del interior cuando quieren crecer y dicen: «Sí, yo puedo». ¡Vaya que encontró esas oportunidades por su talento, por su perseverancia y por esa grandeza en un escenario!

Señora presidenta: mucho se dijo en esta sala y se habló. Hoy la señora senadora Lazo realmente nos ilustró sobre la trayectoria artística de la Dama del Tango, pero yo me voy a referir brevemente a la mujer de fe, a la mujer que en momentos duros –que a todos nos toca transitar– supo aferrarse al Dios divino. Su fe cristiana la acompañó y fue su escudo, su fortaleza. Es una mujer que siempre, y en primer lugar, agradece a Dios. Con la señora Olga Delgrossi, la Dama del Tango, nos une en el camino por esta tierra, la Iglesia Nueva Apostólica. Gracias a la maravillosa bendición natural que Dios le dio, hoy la tenemos entre nosotros. Ha sido reconocida por su trayectoria artística, pero sobre todo por su calidez, por su amor al prójimo.

¡Gracias, querida Olga Delgrossi! ¡Gracias, querida hermana! ¡Que Dios te bendiga hoy y siempre!

Muchísimas gracias.

(Aplausos en la sala y en la barra).

SEÑOR LOZANO.- Pido la palabra.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR LOZANO.- Gracias, señora presidenta.

Es un gran orgullo para nosotros tener hoy presente a la señora Olga Delgrossi, que nos emocionó –como desde hace tantos años viene emocionando a los uruguayos– a los americanos y al mundo todo porque tiene una enorme trayectoria en todo el mundo.

Gracias por estar presente, señora Delgrossi, por esas dos magníficas canciones que interpretó recién, y gracias a todos los familiares y amigos que nos acompañan hoy en esta casa.

Sin duda, me hago eco de todas las palabras que ya expresaron los señores senadores que me antecedieron en el uso de la palabra. La señora Olga Delgrossi comienza desde muy pequeña –como ella misma lo expresó–, con nueve años, en un concurso de talentos en Radio Zorrilla de San Martín, ZSM, que desde muy jovencitos supimos escuchar; y no solo ganó ese concurso, sino que ganó año tras año todos los concursos de talentos que organizaba esa radio.

A los doce años, como ya se dijo, integró la orquesta de Malunga Sáenz. Posteriormente, también muy jovencita, se trasladó a Montevideo y ya se relató toda la historia de cuando integró la orquesta de Donato Racciatti.

Sin duda que escucharla nos hace emocionar y vibrar, así como la han escuchado miles y miles de uruguayos ovacionándola de pie porque realmente es una grande y un orgullo para nuestro país.

Muchas gracias, señora Delgrossi por estar aquí con nosotros. Muchas gracias por darnos la suerte de poder escucharla en este recinto.

Muchas gracias, señora.

(Aplausos en la sala y en la barra).

SEÑORA SANGUINETTI.- Pido la palabra.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra la señora senadora.

SEÑORA SANGUINETTI.- Gracias, señora presidenta.

Antes que nada, queremos saludar a su hija Silvia, a su pareja, a familiares, a amigos, a artistas y a todos los que nos acompañan en este día tan especial. Agradecemos a la señora senadora Lazo por proponer este merecido homenaje.

Desde la bancada del Partido Colorado celebramos esta instancia y nos unimos a este homenaje. Me gustaría agradecer a Diego Delgrossi, sobrino de Olga, por el tiempo que nos dedicó el viernes pasado. Tuve la audacia de pedirle una entrevista para así conocer cómo era la familia Delgrossi puertas adentro, saber cómo era eso que a veces no sale en los libros ni en las biografías. Me quedó muy claro que era una familia en la que –como él decía– lo histriónico, el humor, la música, el canto y el tango eran parte del día a día.

Me parece importante contextualizar lo que significaba ser cantante de tango en esa época. A veces miramos estas realidades o leemos estas biografías con los ojos de hoy y, sinceramente, es difícil ponerse en ese momento y hacer una analogía certera. De hecho, no supe encontrar una para ejemplificar lo que implicaría ser hoy cantante de tango en ese entonces y a esa edad.

Se mencionó la forma en la que ella se refería a sí misma como una canarita de Tacuarembó. También se decía tacuaremboense como los Delgrossi.

Se hizo mucho hincapié en definirla como muy amiga de sus amigos y se mencionaron varios: los cantantes Julio Sosa, Edmundo Rivero, Roberto Polaco Goyeneche y también algunos de los músicos con los que cantó, de la talla de Aníbal Troilo y Astor Piazzolla, entre tantos otros.

La señora senadora Lazo contó la anécdota de Panchito Nolé, cuando el pasado 12 de julio tocó por última vez el tango Hasta siempre, amor y terminó con un Que los cumplas feliz. Creo que es bastante impresionante. Frecuentemente escucho a una persona muy querida decir que una de las cosas más difíciles que ocurren con el paso de los años es que tu propia voz no te responde. Sin embargo, hoy oímos a Olga Delgrossi que, con sus nueve cero –como dijo ella–, ¡vaya si le responde su propia voz!

Otro aspecto que me pareció muy interesante fue que la casa de campo en Solymar –que sigue estando al día de hoy– tiene un portón de metal con un pentagrama y una gran clave de sol con unas notas que, indudablemente, muestran cómo ella hacía honor a la música.

Para finalizar, señora presidenta, me gustaría destacar lo que implicó para esa época el hecho de que toda una familia se trasladara desde Tacuarembó a Montevideo para apoyar los deseos e inquietudes de una niña de catorce años. Me parece que es digno de señalar que una familia con diez hijos tome una decisión de esa magnitud por ver satisfecha la pasión de un hijo.

Así, pues, saludamos y celebramos este merecido homenaje a una verdadera institución. Creo que pocas personas logran ser verdaderas instituciones como lo es Olga Delgrossi.

Muchas gracias, señora presidenta.

(Aplausos en la sala y en la barra).

SEÑORA PRESIDENTA.- Hemos culminado este precioso homenaje que la Cámara de Senadores, a solicitud de la señora senadora Lazo, ha llevado adelante a la gran Dama del Tango uruguayo –si se me permite decirlo así–, a nuestra querida Olga Delgrossi, a quien le deseamos muchos años más de compartir esos maravillosos tangos y algún otro género musical que cada tanto elige para sus recitales y que mucho sabemos disfrutar.

Gracias a todos por compartir con nosotros este homenaje tan querido y tan sentido y gracias a ti, Olga, por tan lindos momentos que le has dado a la sociedad uruguaya y al mundo entero; gracias de corazón.

(Aplausos en la sala y en la barra).

‒Me pide la palabra la señora Olga Delgrossi.

SEÑORA DELGROSSI.- No está mi hermana, que, si Dios quiere, el 18 de este mes cumple noventa y dos años; no pudo venir porque está en Piriápolis. Quiero mandarle un beso grandote y otro a Anita, mi sobrina, y a toda mi familia. Los quiero, pero no puedo nombrarlos a todos. No sé si vino Felipe, el padre de Diego.

SEÑORA PRESIDENTA.- Vino Felipe también.

(Aplausos en la sala y en la barra).

SEÑORA DELGROSSI.- Felipe es tan cómico como el hijo.

SEÑORA PRESIDENTA.- Otro día lo invitamos y bajamos el nivel de tensión.

Gracias a todos por venir.

SEÑOR NIFFOURI.- Pido la palabra para una cuestión de orden.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR NIFFOURI.- Solicito un cuarto intermedio de cinco minutos.

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar.

(Se vota).

‒28 en 28. Afirmativa. UNANIMIDAD.

El Senado pasa a cuarto intermedio por cinco minutos.

(Así se hace. Son las 11:38).

(Vueltos a sala).

–Habiendo número, continúa la sesión.

(Son las 11:45).

15) SOLICITUDES DE LICENCIA E INTEGRACIÓN DEL CUERPO

SEÑORA PRESIDENTA.- Léase una solicitud de licencia llegada a la Mesa.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «Montevideo, 2 de agosto de 2022

Señora presidenta de la Cámara de Senadores

Beatriz Argimón

 

De mi mayor consideración:

Por la presente solicito al Cuerpo me conceda licencia, al amparo del artículo 1.º de la Ley n.º 17827, de 14 de setiembre de 2004, por el día 11 del corriente a partir de las 16:00, por motivos personales.

Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente.

Carmen Asiaín. Senadora».

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota).

–14 en 16. Afirmativa.

Se comunica que el señor Alejandro Draper ha presentado nota de desistimiento informando que por esta vez no acepta la convocatoria a integrar el Cuerpo, por lo que queda convocado el señor Jorge Saravia, quien ya ha prestado la promesa de estilo.

Léase otra solicitud de licencia.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «Montevideo, 2 de agosto de 2022

Señora presidenta de la Cámara de Senadores

Beatriz Argimón

 

De mi mayor consideración:

A través de la presente solicito al Cuerpo me conceda licencia, al amparo del artículo 1.º, literal D), de la Ley n.º 17827, de 14 de setiembre de 2004, desde el 6 hasta el 8 de agosto del corriente, por concurrir a la ceremonia de transmisión de mando presidencial de la República de Colombia. (Se adjunta invitación).

Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente.

Daniel Caggiani. Senador».

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota).

–16 en 17. Afirmativa.

Queda convocada la señora Graciela Barrera, quien ya ha prestado la promesa de estilo.

16) PROYECTOS PRESENTADOS

SEÑORA PRESIDENTA.- Dese cuenta de un asunto entrado fuera de hora.

(Se da del siguiente).

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «Los señores senadores de la bancada del Frente Amplio presentan, con exposición de motivos, un proyecto de ley para la protección de personas físicas ante el eventual abuso o acoso por parte de instituciones de intermediación financiera, y de las demás personas físicas y jurídicas que realicen operaciones abarcadas por el artículo 1.º de la Ley n.º 18212, de 5 de diciembre de 2007, o que adquieran carteras de crédito o realicen gestión de cobranza de créditos».

SEÑORA PRESIDENTA.- Pasa a la Comisión de Hacienda.

SEÑOR CARRERA.- Pido la palabra para una aclaración.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR CARRERA.- Respecto a ese proyecto cuyo ingreso solicitamos, nosotros estamos tratando uno similar en la Comisión de Constitución y Legislación, presentado por Cabildo Abierto, y la intención es que se traten juntos.

Por lo tanto, solicito que, si es posible, el proyecto se envíe a la Comisión de Constitución y Legislación.

Se va a votar el trámite solicitado.

(Se vota).

–18 en 18. Afirmativa. UNANIMIDAD.

El asunto pasa a la Comisión de Constitución y Legislación.

(Texto del proyecto de ley presentado).

17) ASCENSOS EN LA ARMADA

SEÑORA PRESIDENTA.- Se pasa a considerar el asunto que figura en segundo término del orden del día: «Informe de la Comisión de Defensa Nacional relacionado con la solicitud de venia remitida por el Poder Ejecutivo a fin de conferir el ascenso al grado de capitán de navío de la Armada nacional a varios señores capitanes de fragata. (Carp. n.º 679/2022 - rep. n.º 505/2022)».

SEÑORA PRESIDENTA.- En discusión.

Tiene la palabra el miembro informante, señor senador Penadés.

SEÑOR PENADÉS.- Señora presidenta: la Comisión de Defensa Nacional, por unanimidad, recomienda al Senado conceder la venia solicitada por el Poder Ejecutivo, de acuerdo con el numeral 11 del artículo 168 de la Constitución de la república, para ascender por el sistema de antigüedad, concurso y selección a la jerarquía de capitán de navío a quince capitanes de fragata, que se integra de la siguiente manera: siete del Cuerpo General, tres en el Cuerpo de Ingenieros de Máquinas y Electricidad, dos en el Cuerpo de Aprovisionamiento y Administración y tres en el Cuerpo de Prefectura.

Al no haber objeciones por parte de los integrantes de la Comisión de Defensa Nacional, estudiado el expediente y los currículos elevados por parte del Ministerio de Defensa Nacional, recomendamos al Senado conceder la venia solicitada.

Muchas gracias.

SEÑORA PRESIDENTA.- Léase el proyecto de resolución.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «Artículo único.- Concédese al Poder Ejecutivo la venia solicitada para conferir los ascensos al grado de Capitán de Navío, con fecha 1º de febrero de 2022, por los Sistemas de Antigüedad y de Selección, por aplicación del artículo 106 de la Ley Nº 19.775, de 26 de julio de 2019, de conformidad con lo establecido por el numeral 11) del artículo 168 de la Constitución de la República y en el orden de precedencia que a continuación se expresa:

EN EL CUERPO GENERAL

- Al grado de Capitán de Navío (CG): a los Capitanes de Fragata (CG) Leonardo Raissignier y Carlos Molinari por el Sistema de Antigüedad y a los Capitanes de Fragata (CG) Gabriel Calimaris y Federico Zas por el Sistema de Selección.

EN EL CUERPO DE INGENIEROS DE MÁQUINAS Y ELECTRICIDAD

- Al grado de Capitán de Navío (CIME): al Capitán de Fragata (CIME) Juan Mieres por el Sistema de Antigüedad y a los Capitanes de Fragata (CIME) Esteban Carril y Adolfo Marques por el Sistema de Selección.

EN EL CUERPO DE APROVISIONAMIENTO Y ADMINISTRACIÓN

- Al grado de Capitán de Navío (CAA): al Capitán de Fragata (CAA) Luis Seoane por el Sistema de Antigüedad.

EN EL CUERPO DE PREFECTURA

- Al grado de Capitán de Navío (CP): al Capitán de Fragata (CP) Gustavo González por el Sistema de Antigüedad quien ocupará vacante en su nueva jerarquía y dejará una vacante de Capitán de Fragata (CG) y a los Capitanes de Fragata (CP) Juan Hernández e Ismael Barreiro por el Sistema de Selección, quienes no ocuparán vacantes en su nueva jerarquía y dejarán dos vacantes de Capitán de Fragata (CG)».

SEÑORA PRESIDENTA.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

–24 en 24. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Queda aprobado el proyecto de resolución, que se comunicará al Poder Ejecutivo.

18) ASCENSOS EN LA ARMADA

SEÑORA PRESIDENTA.- Se pasa a considerar el asunto que figura en tercer término del orden del día: «Informe de la Comisión de Defensa Nacional relacionado con la solicitud de venia remitida por el Poder Ejecutivo a fin de conferir el ascenso al grado de capitán de navío de la Armada nacional a varios señores capitanes de fragata. (Carp. n.° 702/2022 - rep. n.° 506/2022)».

SEÑORA PRESIDENTA.- En discusión.

Tiene la palabra el miembro informante, señor senador Penadés.

SEÑOR PENADÉS.- Señora presidenta: en este caso se pide por parte del Poder Ejecutivo conceder la venia solicitada de acuerdo al numeral 11 del artículo 168 de la Constitución de la república para proceder el ascenso al grado de capitán de navío a una serie de oficiales: tres en el Cuerpo General y uno en el Cuerpo de Aprovisionamiento y Administración.

La Comisión de Defensa Nacional recomienda al Senado conceder la venia solicitada.

Muchas gracias.

SEÑORA PRESIDENTA.- Léase el proyecto de resolución.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «Artículo único.- Concédese al Poder Ejecutivo la venia solicitada para conferir los ascensos al grado de Capitán de Navío, con fecha 1° de febrero de 2022 por el sistema de Selección, por aplicación del artículo 106 de la Ley N.° 19.775, de 26 de julio de 2019, de conformidad con lo establecido por el numeral 11) del artículo 168 de la Constitución de la República, en forma complementaria a la gestionada por expediente N° 2022-3-18-0000031, en el orden de precedencia que a continuación se expresa:

EN EL CUERPO GENERAL

- Al grado de Capitán de Navío (CG): a los Capitanes de Fragata (CG) Ruben Bottaro, Álvaro Beares y Facundo Serpa por el Sistema de Selección, los cuales ocuparán dos vacantes en su nueva jerarquía y dejarán dos vacantes de Capitán de Fragata (CG).

EN EL CUERPO DE APROVISIONAMIENTO Y ADMINISTRACIÓN

- Al grado de Capitán de Navío (CAA): al Capitán de Fragata (CAA) Fernando Varietti por el Sistema de Selección quien ocupará vacante en su nueva jerarquía y dejará una vacante de Capitán de Fragata (CAA)».

SEÑORA PRESIDENTA.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

–28 en 28. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Queda aprobado el proyecto de resolución, que se comunicará al Poder Ejecutivo.

19) ASCENSOS EN LA FUERZA AÉREA URUGUAYA

SEÑORA PRESIDENTA.- Se pasa a considerar el asunto que figura en cuarto término del orden del día: «Informe de la Comisión de Defensa Nacional relacionado con la solicitud de venia remitida por el Poder Ejecutivo a fin de conferir el ascenso al grado de coronel de la Fuerza Aérea Uruguaya a varios señores tenientes coroneles. (Carp. n.° 682/2022 - rep. n.° 501/2022)».

SEÑORA PRESIDENTA.- En discusión.

Tiene la palabra el miembro informante, señor senador Penadés.

SEÑOR PENADÉS.- Señora presidenta: en este caso, de acuerdo con lo establecido en el numeral 11 del artículo 168 de la Constitución de la república, el Poder Ejecutivo solicita la venia del Senado para conferir ascenso, por el sistema de antigüedad, aptitudes y suficiencia, a la jerarquía de coronel de la Fuerza Aérea a cinco tenientes coroneles, tres en el escalafón A, Aviador, y dos en el escalafón B, Navegantes.

En virtud de que no hubo objeciones por parte de los integrantes de la Comisión de Defensa Nacional del Senado, se recomienda conceder la venia solicitada por el Poder Ejecutivo.

Muchas gracias.

SEÑORA PRESIDENTA.- Léase el proyecto de resolución.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «Artículo único.- Concédese al Poder Ejecutivo la venia solicitada para conferir los ascensos al grado de Coronel de la Fuerza Aérea Uruguaya, con fecha 1º de febrero de 2022, a los siguientes Tenientes Coroneles, de conformidad con lo establecido por el numeral 11) del artículo 168 de la Constitución de la República:

ESCALAFON “A” (AVIADOR)

Por el Sistema de Antigüedad, Aptitudes y Suficiencia:

- Al grado de Coronel (Av.): al Teniente Coronel (Av.) Jorge Maubrigades, por aplicación del artículo 65 del Decreto-Ley N° 14.747, de 28 de diciembre de 1977, (Orgánico de la Fuerza Aérea), en la redacción dada por el artículo 130 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015, al Teniente Coronel (Av.) Gerardo Tajes, por aplicación del artículo 62 del Decreto-Ley N° 14.747, de 28 de diciembre de 1977, en la redacción dada por el artículo 54 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012 y al Teniente Coronel (Av.) William Lucas, por aplicación del artículo 67 del Decreto-Ley N° 14.747, de 28 de diciembre de 1977.

ESCALAFON “B” (NAVEGANTES)

Por el Sistema de Antigüedad, Aptitudes y Suficiencia:

- Al grado de Coronel (Nav.): a los Tenientes Coroneles (Nav.) Víctor Molina y Fernando Argañaras, por aplicación del artículo 65 del Decreto-Ley N° 14.747, de 28 de diciembre de 1977, en la redacción dada por el artículo 130 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015».

SEÑORA PRESIDENTA.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

–29 en 29. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Queda aprobado el proyecto de resolución, que se comunicará al Poder Ejecutivo.

20) ASCENSOS EN EL EJÉRCITO NACIONAL

SEÑORA PRESIDENTA.- Se pasa a considerar el asunto que figura en quinto término del orden del día: «Informe de la Comisión de Defensa Nacional relacionado con la solicitud de venia remitida por el Poder Ejecutivo a fin de conferir el ascenso al grado de coronel del Ejército nacional a varios señores tenientes coroneles. (Carp. n.º 718/2022 - rep. n.º 502/2022)».

SEÑORA PRESIDENTA.- En discusión.

Tiene la palabra el miembro informante, señor senador Penadés.

SEÑOR PENADÉS.- Señora presidenta: en este caso, la venia por la que el Poder Ejecutivo solicita conferir el ascenso de tenientes coroneles al grado de coronel corresponde al Ejército nacional. De acuerdo con lo establecido en el numeral 11 del artículo 168 de la Constitución, el Poder Ejecutivo solicita la venia al Senado de la república para ascender a la jerarquía de coronel, por el sistema de antigüedad, concurso y selección, a varios tenientes coroneles del Ejército.

La venia se conforma de esta manera: once tenientes coroneles del Arma de Infantería, seis del Arma de Caballería, seis del Arma de Artillería, cuatro del Arma de Ingenieros y dos del Arma de Comunicaciones.

Al no haber encontrado objeciones, la Comisión de Defensa Nacional recomienda al Senado conceder la venia solicitada.

Nada más, señora presidenta.

SEÑORA PRESIDENTA.- Léase el proyecto de resolución.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «Artículo único.- Concédese al Poder Ejecutivo la venia solicitada para conferir los ascensos al grado de Coronel, con fecha 1° de febrero de 2022, por el Sistema de Antigüedad, Concurso y Selección, por aplicación del artículo 106 de la Ley Nº 19.775, de 26 de julio de 2019, de conformidad con lo establecido por el numeral 11) del artículo 168 de la Constitución de la República y en el orden de precedencia que a continuación se expresa:

EN EL ARMA DE INFANTERÍA

- Por el Sistema de Antigüedad: ocupando vacantes producidas por aplicación del artículo 143 del Decreto-Ley Nº 15.688, de 30 de noviembre de 1984, (Orgánico del Ejército) al Teniente Coronel Alfonso Fojo; ocupando vacantes producidas por aplicación del literal C) del artículo 145 del Decreto-Ley Nº 15.688, de 30 de noviembre de 1984, a los Tenientes Coroneles Luis Rodríguez, Ramón Ramírez y Claudio Suárez.

- Por el Sistema de Concurso: ocupando vacantes producidas por aplicación del literal C) del artículo 145, del Decreto-Ley Nº 15.688, de 30 de noviembre de 1984, a los Tenientes Coroneles Eduardo Puchy, Gustavo Spinelli e Ignacio Martínez.

- Por el Sistema de Selección: ocupando vacantes producidas por aplicación del literal C) del artículo 145 del Decreto-Ley Nº 15.688, de 30 de noviembre de 1984, a los Tenientes Coroneles José Terra, Sergio Martínez, Néstor Costa y Elbio Berriel.

EN EL ARMA DE CABALLERÍA

- Por el Sistema de Antigüedad: ocupando vacantes producidas por aplicación del artículo 143 del Decreto-Ley Nº 15.688, de 30 de noviembre de 1984, a los Tenientes Coroneles Artigas Álvarez y Jorge Menéndez; ocupando vacante producida por aplicación del literal C) del artículo 145 del Decreto-Ley Nº 15.688, de 30 de noviembre de 1984, al teniente Coronel Roberto Ribeiro.

- Por el Sistema de Concurso: ocupando vacante producida por aplicación del artículo 144 del Decreto-Ley Nº 15.688, de 30 de noviembre de 1984, al Teniente Coronel Alejandro Franco y ocupando vacante producida por aplicación del literal C) del artículo 145 del Decreto-Ley 15.688, de 30 de noviembre de 1984, al Teniente Coronel Fernando Cruz.

- Por el Sistema de Selección: ocupando vacantes producidas por aplicación del artículo 143 del Decreto-Ley Nº 15.688, de 30 de noviembre de 1984, a los Tenientes Coroneles Mario Monzón y Mario Muñoz.

EN EL ARMA DE ARTILLERÍA

- Por el Sistema de Antigüedad: ocupando vacantes producidas por aplicación del artículo 143 del Decreto-Ley Nº 15.688, de 30 de noviembre de 1984, a los Tenientes Coroneles Álvaro Brangado y Carlos Da Silveira.

- Por el Sistema de Concurso: ocupando vacante producida por aplicación del artículo 143 del Decreto-Ley Nº 15.688, de 30 de noviembre de 1984, al Teniente Coronel Martín Orellana.

- Por el Sistema de Selección: ocupando vacante producida por aplicación del artículo 143 del Decreto-Ley Nº 15.688, de 30 de noviembre de 1984, al Teniente Coronel Julio Barthe.

EN EL ARMA DE INGENIEROS

- Por el Sistema de Antigüedad: ocupando vacantes producidas por aplicación del artículo 143 del Decreto-Ley Nº 15.688, de 30 de noviembre de 1984, a los Tenientes Coroneles Pedro Pereira y Mario Alanis.

- Por el Sistema de Concurso: ocupando vacantes producidas por aplicación del artículo 143 del Decreto-Ley Nº 15.688, de 30 de noviembre de 1984, a los Tenientes Coroneles Alejandro Pérez y Álvaro González.

- Por el Sistema de Selección: ocupando vacantes producidas por aplicación del artículo 143 del Decreto-Ley Nº 15.688, de 30 de noviembre de 1984, a los Tenientes Coroneles Jorge Soumastre y Daniel Dendrinos.

EN EL ARMA DE COMUNICACIONES

- Por el Sistema de Antigüedad: ocupando vacante producida por aplicación del literal C) del artículo145 del Decreto-Ley Nº 15.688, de 30 de noviembre de 1984, al Teniente Coronel Ricardo Álvez.

- Por el Sistema de Concurso: ocupando vacante producida por aplicación del artículo 143 del Decreto-Ley Nº 15.688, de 30 de noviembre de 1984, al Teniente Coronel Guillermo Rodríguez».

SEÑORA PRESIDENTA.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

–28 en 28. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Queda aprobado el proyecto de resolución, que se comunicará al Poder Ejecutivo.

SEÑOR BOTANA.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR BOTANA.- Con el teniente coronel Jorge Menéndez me tocó compartir mi último período en la Intendencia de Cerro Largo, mientras él estuvo en la Brigada de Caballería n.° 2 como jefe del Regimiento de Caballería Blindado n.° 8.

Es un militar vocacional, servidor incondicional de la patria y de la sociedad, decidido, hombre sin vueltas; no es de los que hay que ir a buscar cuando hay una emergencia o en caso de una necesidad. Ayudó a Cerro Largo. Fue un jefe querido por sus subalternos y siempre tendió una mano a la gente.

Sinceramente, celebro esta designación de un hombre que va a enaltecer el honor de la nueva jerarquía que le toca ocupar.

Muchas gracias, señora presidenta.

21) EJERCICIO COMBINADO ACRUX

SEÑORA PRESIDENTA.- Se pasa a considerar el asunto que figura en sexto término del orden del día: «Proyecto de ley por el que se autoriza, de acuerdo con el numeral 11 del artículo 85 de la Constitución de la república, el ingreso a aguas jurisdiccionales y al territorio nacional de personal y equipos de las Armadas de la República Argentina y de la República Federativa del Brasil, para su participación en el ejercicio combinado Acrux X en las ciudades de Fray Bentos y Nuevo Berlín, entre los días 14 y 24 de agosto de 2022. (Carp. n.º 732/2022 - rep. n.º 509/2022)».

SEÑORA PRESIDENTA.- En discusión general.

Tiene la palabra el miembro informante, señor senador Penadés.

SEÑOR PENADÉS.- Señora presidenta: en este caso, la Comisión de Defensa Nacional recomienda al Senado conceder la autorización solicitada por el Poder Ejecutivo para el ingreso a aguas jurisdiccionales de la república, de personal y equipos de las Armadas de la República Argentina y de la República Federativa del Brasil, para su participación en el ejercicio Acrux X, a desarrollarse en las ciudades de Fray Bentos y Nuevo Berlín, entre el 14 y el 24 de agosto de 2022.

Esta es la décima operación Acrux, es decir que nuestra Armada nacional ha participado ya en nueve oportunidades, junto con la argentina y la brasileña, en estos ejercicios integrados por una cantidad de unidades navales de estas tres repúblicas, así como de varios oficiales y personal subalterno.

De más está explicar a los integrantes del Senado la importancia que tiene el intercambio de estas experiencias, la labor conjunta y la posibilidad de que nuestro personal conviva en ejercicios de esta magnitud con Armadas de países amigos, como de Argentina y Brasil.

Por lo tanto, recomendamos al Senado votar afirmativamente la autorización solicitada.

Muchas gracias.

SEÑORA PRESIDENTA.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en general el proyecto de ley.

(Se vota).

–26 en 27. Afirmativa.

En discusión particular.

Léase el artículo único.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase el ingreso a aguas jurisdiccionales y al territorio nacional del Personal, Aeronave y Unidades Navales de las Armadas de: la República Argentina, con dos (2) Buques Multipropósito ARA “Ciudad de Rosario” y ARA “Ciudad de Zárate”, una (1) Lancha Patrullera ARA “Río Santiago”, con un total de ciento doce (112) participantes efectivos; la República Federativa de Brasil, con un (1) Buque Fluvial “Paranaíba”, una (1) aeronave HB-350 Esquilo de la MB y un (1) Navío de Apoio Logístico Fluvial “Potengi”, con un total de ciento noventa y tres (193) participantes efectivos, para su participación en el Ejercicio Combinado “ACRUX X”, ingresando por Nueva Palmira y por el Puente Internacional “General San Martín”, con posterior Ejercicio entre Fray Bentos y Nuevo Berlín, durante el período comprendido entre el 14 y el 24 de agosto de 2022».

SEÑORA PRESIDENTA.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

–27 en 27. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Queda aprobado el proyecto de ley, que se comunicará a la Cámara de Representantes.

(No se publica el texto del proyecto de ley aprobado por ser igual al considerado).

SEÑOR NIFFOURI.- Pido la palabra para una cuestión de orden.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR NIFFOURI.- Solicitamos un cuarto intermedio de veinte minutos.

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar.

(Se vota).

–27 en 27. Afirmativa. UNANIMIDAD.

El Senado pasa a cuarto intermedio por veinte minutos.

(Así se hace. Son las 12:10).

(Vueltos a sala).

–Habiendo número, continúa la sesión.

(Son las 12:47).

22) CORRESPONSABILIDAD EN LA CRIANZA

SEÑORA PRESIDENTA.- Se pasa a considerar el asunto que figura en séptimo término del orden del día: «Proyecto de ley por el que se declara, de conformidad con el artículo 18 de la Convención sobre los Derechos del Niño, de 2 de setiembre de 1990, y el artículo 14 del Código de la Niñez y la Adolescencia, que el Estado garantiza el reconocimiento del principio de corresponsabilidad en la crianza. (Carp. n.º 307/2020 - rep. n.º 504/2022 y anexo I)».

SEÑORA PRESIDENTA.- En discusión general.

Tiene la palabra la miembro informante por la mayoría, señora senadora Asiaín.

SEÑORA ASIAÍN.- Señora presidenta: en primer lugar, corresponde agradecer a todos los colaboradores porque este proyecto de ley ha tenido múltiples redactores.

Hay que reconocer que su origen fue en el 2016, cuando fuera presentado por el entonces senador Lacalle Pou. Luego de recibir visitas de distintos colectivos, el texto fue estudiado por el equipo de asesores, en consulta con profesores universitarios, pero también participaron los partidos políticos –a los que agradeceré en oportunidad de mencionar distintos artículos–, incluida la oposición, y diversas instituciones a las que también quiero agradecer.

En cuanto a su génesis, como decía, este proyecto de ley surgió por un reclamo popular. Vinieron distintas organizaciones que planteaban situaciones de sufrimiento por parte de niños, padres y abuelos. ¿Por qué? Por no poder tener contacto con los niños o nietos debido a algunas situaciones de obstrucción del vínculo. En lo personal, el caso más sensible que recuerdo fue el de una abuela miembro de Abuelas sin Nietos, quien decía que hacía dos años que no podía ver a su nieto. Su hijo había tenido una primera pareja con la que había tenido una hija –que en ese momento tenía catorce años– y de común acuerdo tenían tenencia compartida. Todo era maravilloso. Sin embargo, con su segunda pareja tenía un hijo de cuatro años y por una denuncia –no conozco los pormenores, así que no sé si tenía asidero o no– dejó de tener la tenencia.

Era la misma persona que tenía la tenencia compartida de su hija de catorce años, pero no así con su hijo de cuatro años. Lo que también se podía notar en este núcleo familiar era el sufrimiento por no tener contacto con sus abuelos ni con sus primos, porque se había cortado todo vínculo.

Hemos revisado el proyecto de ley presentado en 2016 y, en consulta con especialistas en derecho de familia y un equipo, lo reformulamos, aunque luego tuvo muchas modificaciones. ¿Por qué? ¿Para qué? ¿Solo para los padres, como se ha dicho? No. En primer lugar, por considerar que es lo óptimo para los niños. Por eso decimos que este es un proyecto de ley para la gente, para las familias, para lo común. Viene de un reclamo desde la realidad social, desde una necesidad, desde un derecho y es lo justo.

¿Cuál es el concepto que recogimos y por eso nos atrevimos a cambiar hasta el título para llamarle de corresponsabilidad en la crianza? El concepto de responsabilidad es mucho más abarcativo que la sola tenencia porque, además, no se tiene al hijo; en todo caso se hace la custodia, la guarda jurídica. Por eso recurrimos a este concepto que apela a la responsabilidad, que es de aquel que es capaz de responder a sus compromisos. El cuidado de los hijos es un compromiso, un deber de los padres. Así lo encaramos porque también es un derecho de los niños.

En la práctica, se apunta a la convivencia que esos niños tenían con sus progenitores –cuando hablo de progenitores se abarca a la familia como esté constituida, no importa el género de los que ejercen la patria potestad, si son adoptantes, etcétera–, con los padres, para que no se interrumpa cuando se separan. Por supuesto, siempre pensamos en relaciones sanas, fuera de la patología; es necesario que ambos se hagan responsables.

El proyecto de ley se asienta en tres pilares fundamentales que a nuestro juicio benefician a todas las partes de esta relación. En primer lugar, en los niños, para que mantengan el vínculo con sus progenitores en pro de su bienestar y como lo destacan las instituciones tutelares de los derechos del niño que han comparecido ante la comisión.

En segundo lugar, está la posibilidad de la mujer de liberar tiempo y energías para poder desarrollarse profesionalmente en una sociedad que aún arrastra algunos rasgos tradicionales.

En tercer término, está el reclamo de padres que quieren hacerse cargo, así como también de abuelos.

En ese sentido, apelan a nuestra sensibilidad los propósitos legítimos de quienes quieren hacerse cargo por cariño, por amor. Ellos expresan: «Permítasenos cumplir con nuestra obligación, que es hacerse cargo de nuestros hijos». Quieren que se les permita cumplir con esa obligación primordial.

Nuestra postura no está exenta de un fundamento filosófico, de convicciones. La premisa es el bienestar, el foco está en la protección del interés primordial del niño o adolescente. Insisto: la protección del interés superior del niño es el centro y el fin de este proyecto de ley. Esta concepción filosófica, con sustento en las ciencias de la psicología, es la que nos anima. Sostenemos que el mejor lugar para la crianza de los niños es la familia, sea cual fuera su constitución. Hablo de la familia como relacionalidad, como vínculo, y no como algo estático. Lo óptimo para los niños, en situaciones de relaciones sanas –es decir, cuando no existe riesgo– es mantener esta cotidianeidad.

Esto no lo pensamos solamente nosotros, sino que cuando concurrió el psicólogo Alejandro de Barbieri a la Comisión de Constitución y Legislación destacó que cada progenitor desarrolla en los niños aspectos diferentes de su personalidad y estos son complementarios y necesarios. En dicha instancia, él dijo que esta ley da la señal de qué es lo bueno e ideal, que es que los padres tengan una participación activa y eso no va en desmedro de su masculinidad. Él contó que atendía a un padre que, aunque no tuviera ninguna denuncia, no podía ver a su hijo y ni siquiera se animaba a reclamarlo por temor a que, por represalias, se le hiciera alguna denuncia. Entonces, alentado por el psicólogo, el padre pidió la tenencia y, si bien no conozco los pormenores porque es un caso relatado y supongo que habrá de por medio secreto profesional, el resultado fue el impedimento judicial para la relación.

Esto también es parte de la evolución de la psicología; es el estado de arte, lo más reciente, lo que se enseña y así me lo decía mi hija que hace unos meses se recibió de psicóloga. ¿Por qué hay resistencia a algo que hoy se considera absolutamente necesario para el desarrollo de los niños? Porque implica, desde un punto de vista social y cultural, salirse del esquema tradicional. El mejor ejemplo o modelo que podemos traspasar a los niños no es que su madre esté ocupándose de las tareas del hogar y el padre solamente de los paseos, sino que ambos se involucren en las tareas cotidianas. Esto no solo mantiene los vínculos afectivos de confianza, sino que también corta con estereotipos tradicionalistas. Hoy en día, y desde hace mucho tiempo, la mujer trabaja, necesita autorrealizarse, liberar tiempo para su desarrollo personal y, a su vez, el padre ‒en este caso, hablo de lo más frecuente: padre y madre, sin desmedro de otra composición de familia‒ debe aparecer más cercano, humano, accesible, colaborando. Esto es lo más moderno. Esto es lo que nosotras, mujeres, hemos pedido aquí y en el mundo; en otras partes, estas leyes de tenencia compartida han salido por demanda de las propias mujeres que decimos: «No quiero que me ayuden con los quehaceres del hogar, sino que quiero que todos se hagan cargo». Es una tarea de todos.

Desde este punto de vista, de lo que se trata es de acompañar el progreso de la sociedad, no su retroceso, como se ha dicho por ahí, porque retroceder implica volver a una práctica que se tuvo. Esta práctica nunca se tuvo; al contrario, esto es hacia donde se va, es la tendencia hacia donde se dirige el mundo que se basa en salirse de una práctica que ancla a la mujer en un rol tradicional y expulsa al padre en desmedro de los hijos. Esto permite continuar la vida en relación.

Además, como decía, este proyecto de ley está pensado y es, por todos los filtros que contiene, para los casos en los que no existe riesgo para el niño. El proyecto de ley establece claramente que si hay riesgo para el niño el juez mantiene todas las potestades para desechar cualquier solución concreta que lo implique. Ese es el principio primordial. Como dijo el presidente del INAU en su comparecencia: «Todo lo que aquí se propone, en cada uno de los artículos que se proyectan, está condicionado a que eso no afecte o, en tal caso y, sobre todo, a que resulte lo más indicado, conveniente y satisfactorio para el interés superior del niño». Reitero: este es el principio primordial.

Además, este es un tema de derechos humanos y tiene que ver con el cumplimiento de las convenciones de derechos humanos y, además, mandatado por la Constitución. La convivencia de los niños con ambos progenitores es un derecho de los niños, y así lo ha dicho la Asociación de Magistrados del Uruguay en su comparecencia, que justamente ha destacado que los padres, cualquiera sea su sexo, tienen idénticas responsabilidades y deberes en la crianza de sus hijos, y que el niño y la niña tienen derecho a que se asegure la participación de ambos progenitores en su crianza, salvo que existan motivos contrarios a su interés superior.

Así lo ha dicho en su comparecencia tanto el INAU, en el sentido de que es un derecho de los niños, como Unicef, que compareció tres veces. En la primera de ellas sus representantes manifestaron: «En primer lugar, destacamos la jerarquización del principio de corresponsabilidad en la crianza, que se encuentra alineado con el principio de responsabilidad compartida recogido por la convención…». Más adelante agregan: «Consideramos que iniciativas que apunten a reducir la distribución desigual de responsabilidades en la crianza de los niños son muy positivas, entendiendo que el cuidado compartido beneficia el desarrollo de los niños y de las niñas». En un informe que remitieron por escrito en la última comparecencia destacaban que la nueva versión –en la que se hacen aportes y no se dice que esto es un horror y una monstruosidad– contenía los siguientes aspectos: la mención de la Convención sobre los Derechos del Niño, la referencia al principio del interés superior del niño, el reconocimiento de la calidad de parte del niño en los procesos judiciales, la promoción de las garantías del debido proceso para asegurar una defensa adecuada de los niños y el principio de corresponsabilidad en la crianza.

Entonces, el derecho de los niños es el deber de los padres. ¿Esta es solo nuestra concepción? No. ¡Fijémonos en nuestra Constitución! El artículo 40 habla de la familia como base de nuestra sociedad y de que se deberá procurar la estabilidad moral y material para la mejor formación de los hijos dentro de la sociedad. También dice que la educación de los hijos –para que alcancen su pleno desarrollo– es un deber y un derecho de los padres –destaco que, en primer lugar, es un deber– y luego alude a que no importa si los hijos se encuentran dentro o fuera de un matrimonio, porque los deberes persisten. Entonces, es un tema constitucional y de derechos humanos.

La Convención sobre los Derechos del Niño, en su artículo 18, parte del reconocimiento del principio de que ambos padres tienen obligaciones comunes en la crianza y el desarrollo del niño. A su vez, mandata a los Estados partes suscriptores de la convención a prestar asistencia apropiada para que los padres puedan cumplir con estas funciones en lo que respecta a la crianza de los niños.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos –el Pacto de San José de Costa Rica–, en su artículo 17, numeral 4, habla de que: «Los Estados Partes deben tomar medidas apropiadas para asegurar la igualdad de derechos y la adecuada equivalencia de responsabilidades de los cónyuges en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del mismo».

Es muy interesante lo que sostiene una resolución del Consejo Europeo del 2015 que, hablando de su ocupación sistemática en pro de la igualdad entre mujeres y hombres, sostiene que la corresponsabilidad de ambos padres implica que compartan los derechos de sus hijos, así como sus deberes y responsabilidades. Sin embargo, parece que los padres varones a veces se enfrentan a leyes, prácticas y prejuicios que pueden conducir a privarles de las relaciones con sus hijos. Así es que llama a respetar el derecho de los padres a una responsabilidad compartida a fin de garantizar los derechos de los hijos y a que, en caso de separación o divorcio, la custodia compartida sea otorgada en el mejor interés de ellos y en respeto a la vida familiar como derecho fundamental. Dice que una separación entre padres e hijos tiene efectos irreversibles en sus relaciones. Solo circunstancias excepcionales y, especialmente graves, teniendo en cuenta el interés superior del niño, pueden justificar una separación –padre-hijo– ordenada por un juez.

También llama a superar aquellos estereotipos de género sobre presuntos roles asignados a la mujer y a los hombres. Así es que insta a los Estados de la Unión Europea a introducir en su legislación el principio de alternancia de custodia de los hijos después de una separación, al tiempo de limitar las excepciones a los casos de abuso o negligencia hacia un niño, o de violencia doméstica, que es lo que se hace al poner en toda circunstancia el filtro de que la condición sine qua non es el interés superior de los niños.

Habla, además, del derecho de los niños a ser escuchados, de garantizar el derecho de visita, de habilitar instancias de mediación, y termina sosteniendo que la residencia alterna puede ser la mejor opción en el interés superior del niño, aludiendo al modelo Cochem, desarrollado en Alemania.

Esto también da cumplimiento a lo que establece nuestro propio Código de la Niñez y la Adolescencia en su artículo 4.o, pues allí se mandata al Estado a poner el máximo empeño en garantizar el reconocimiento del principio de que ambos padres o sus representantes legales –cuya preocupación fundamental será el interés superior del niño–, tienen obligaciones y derechos comunes en lo que respecta a su crianza y desarrollo. Es decir que lo que hace esto es cumplir con el respeto de los derechos humanos, de los derechos de los niños, y establece un deber, antes que un derecho, para los padres.

Todo esto es lo que se encuentra recogido en el artículo 1.º.

Se trata de una ley necesaria, primero porque ha sido reclamada desde la sociedad civil, pero, a la vez, porque trae una actualización normativa en un campo como el derecho de familia, que requiere permanente actualización porque la sociedad va cambiando. Es decir que es lo contrario al retroceso.

Es cierto que la tenencia compartida no está prohibida en nuestro derecho, pero salvo acuerdo de partes es muy inusual, es poco frecuente. Como dice la resolución del Consejo Europeo o Unicef de España, hay como una tendencia en algunas sociedades a acordar la tenencia para la madre y solo la visita para el padre.

Lo que se hace aquí es una regulación más integral de la tenencia, con garantías para los niños, con filtros, con parámetros, tal como lo expresó el presidente de INAU en su comparecencia en la comisión. Expresó: «En todo caso, lo que sí queremos agregar es que entendemos que esta nueva versión, que surge de los acuerdos parlamentarios y del trabajo de la comisión, es aún mejor que aquella que estaba establecida en los proyectos originales». Es una propuesta que mejora la legislación vigente y que no se aparta de la esencia que ya está consagrada en el Código de la Niñez y la Adolescencia. Todo lo que aquí se propone está condicionado a que esto no afecte o, en todo caso, que resulte lo más indicado, conveniente y satisfactorio para el interés superior del niño.

En su comparecencia, la Asociación de Magistrados del Uruguay, en cuanto a lo necesario del proyecto, dijo en primer lugar que correspondía admitir la necesidad de reformas del capítulo VII del Código de la Niñez y la Adolescencia, y que a los operadores del sistema judicial les resultaba de urgencia denunciar la situación que viven muchos niños y adolescentes, cuyas existencias están condicionadas por la verificación de continuas disputas entre sus padres llevadas al terreno judicial. Agrava esta situación no solo la reiteración de juicios, sino el incumplimiento de resoluciones judiciales o el cumplimiento problemático, lo que trae perjuicios al sistema y, en particular, dañan a los niños involucrados.

La Asociación de Magistrados del Uruguay también señala que en el seno de la sociedad existe disconformidad con la actual regulación y que hay reclamos de cambio que vienen de la propia sociedad; cita a las abuelas y hace referencia, en particular, a casos en los que se incurre en microviolaciones del Estado de derecho y se procede a desalojos del varón o a modificaciones y suspensiones en regímenes de tenencia o visita, que aunque aclara que pueden ser provisorios, muchas veces tienen vocación de definitivos. Enfatiza que se trata de una grave violación de los derechos humanos de cualquier niño, niña o adolescente que se prohíba el contacto con uno de los progenitores, simplemente a partir de una llamada telefónica. Se plantea la preocupación por un tercer grupo, que es el de los niños, niñas y adolescentes que están sufriendo y necesitan estos cambios. Hay niños que están sufriendo.

Los reclamos, como decía, surgen de la sociedad civil. Hay grupos que reportan más de 70.000 seguidores; esto algo dice respecto de una urgencia social.

¿Esto se hizo con apuro? ¿Fue inconsulto? Llevó un proceso de negociación de casi dos años –sin contar la anterior presentación–, con proyectos que fueron reformulados, que nacieron de una iniciativa de Cabildo Abierto y otra de algunos legisladores del Partido Nacional que se amalgamaron y recibieron sugerencias. En su última comparecencia en la comisión respectiva, Unicef reconoció –esto ya lo leí– que se recogieron las sugerencias del INAU, de Unicef y de la Asociación de Magistrados del Uruguay. Esto también fue negociado en el seno del Partido Nacional, con Cabildo Abierto y posteriormente con el Partido Colorado. Voy a destacar muy especialmente la mediación que realizó el senador Batlle, quien logró el acuerdo con el sector Ciudadanos. También destaco los aportes que se realizaron desde diversas instituciones. Incluso estuvo Inmujeres en la persona de Mónica Bottero, con quien mantuvimos varias reuniones y sus planteos fueron recogidos en el texto; debo agradecer el reconocimiento que hizo público en un medio de prensa diciendo que habíamos tenido una clase de alta política por haber recogido sus planteamientos.

El texto fue consensuado con flexibilidad y hasta el último minuto se recogieron sugerencias, como por ejemplo las observaciones de la Asociación de Defensores de Oficio y de Unicef, y también algún aporte de la oposición, al que ya hice mención.

¿Es una loca y aislada idea uruguaya? ¿Qué pasa en el resto del mundo? Si miramos, cada vez más países lo han ido adoptando en forma progresiva. Esa es la tendencia; es un tema de actualización para salir de esquemas tradicionales. Francia, a través de la Ley n.º 305, de 2002, adopta como norma general la custodia compartida y la convivencia alternativa del menor con los padres, aun existiendo desacuerdo. ¿Por qué? Porque se considera lo mejor. En España, el Tribunal Supremo aboga por esta solución diciendo que se evita el sentimiento de pérdida en los niños. También tenemos a Suecia, Finlandia, Dinamarca, Alemania –que desarrolló el Cochem Model–, muchos estados de Estados Unidos, Canadá, Australia y Japón. Es interesante lo que dijo Unicef España, porque expresó que la custodia no es un derecho de los padres, sino de los niños de ser custodiados. Agregó que se reconoce el derecho de los niños a mantener contacto con ambos progenitores y el derecho de los padres a cuidarlos en igualdad de condiciones.

El Comité de los Derechos del Niño llama la atención sobre la costumbre, en algunos países, de conceder automáticamente la custodia a la madre. Entonces, reitera que la necesidad de priorizar el interés superior del niño muchas veces pasa por compartir las responsabilidades parentales. Es contrario al interés del niño que la ley sea la que otorgue las responsabilidades parentales a cualquiera de los padres o a ambos de forma automática; apela a que es el juez quien debe tener en consideración, en cada caso concreto, qué resolver. La ley mide en general y no puede entrar en cada caso particular, por lo que es tan importante el protagonismo del juez, que mira y evalúa.

No solo están esos países. La Suprema Corte de Justicia en Uruguay, en una sentencia de 2014, dijo que la guarda o la tenencia compartida se visualiza como un derecho de hijos y progenitores a seguir teniendo una relación paternofilial y maternofilial igualitaria. Es un derecho al que no se puede ni debe renunciar, que nace de la familia y no del matrimonio, lo que supone que tras la crisis, los derechos y responsabilidades de cada uno continúan siendo iguales a los que se tenían con anterioridad.

También la Asociación de Magistrados del Uruguay lo menciona.

En fin, es una tendencia salir de estos esquemas tradicionales.

¿Cómo se regula? Acá hay que disipar algunas falacias que se han dicho y que llevaron a que el presidente del INAU tildara de debate bizantino el que se había mantenido fuera del Parlamento, en la sociedad, y que a veces llama al terror o a ciertas alarmas.

Voy a poner el caso de una abogada que me visitó el año pasado –que no es de mis filas partidarias–, que había concurrido a un evento sobre el proyecto de ley y que salió despavorida, pensando que era un horror. Luego lo leyó y vio que no tenía nada que ver lo que se decía con lo que figura en la iniciativa, y salió abogando por el «mata ese relato».

El INAU afirma que la solución de la tenencia compartida no es un imperativo. ¿Qué dice el texto? El artículo 2.° apela al acuerdo; en caso de falta de acuerdo, ¿la ley lo impone? Tampoco. Un progenitor lo tiene que pedir, ¿pero el hecho de que un progenitor lo pida hace que se dé? No, tampoco. Acá nos remitimos al artículo 3.° que establece los parámetros previos, condiciones sine qua non para que el juez analice todas las circunstancias del caso concreto y resuelva si otorga la tenencia o no.

Acá hay que reconocer todo el trabajo que realizamos en conjunto, básicamente con la senadora Sanguinetti y el senador Lanz del sector Ciudadanos, en la verificación de todos los parámetros que el juez deberá cumplir antes de decidir otorgar la tenencia compartida, como seguridades para brindar mayor protección al niño. Lo primero es la opinión del niño. Sobre esto el proyecto dice que en toda situación en que algo vaya a ser resuelto con respecto al niño, este debe ser oído y debe tenerse en cuenta su opinión. Luego hay una serie de parámetros que tienen que ver con valorar la vinculación afectiva que tenía el niño con cada uno de los padres y el compromiso de mantenerlo. También se hace referencia a las recomendaciones que surjan de informes del defensor y de otros peritos, en toda circunstancia. A su vez, se hace referencia al domicilio, es decir que logísticamente sea posible la tenencia alterna. Como si todos estos filtros no alcanzaran, hay un doble condicionamiento –así fue como lo llamó el presidente del INAU, el señor Pablo Abdala– porque, además de todo esto, el juez solo privilegiará la tenencia compartida en la medida en que esta resulte la mejor forma de garantizar el interés superior del niño o adolescente. Así que el juez resuelve atendiendo las circunstancias del caso, siempre considerando el interés superior del niño y escuchándolo, y sobre esa base fijará la tenencia, que puede no ser compartida, pues eso lo resolverá el juez en cada caso concreto.

El protagonismo que toma el juez es algo que resalta el INAU y también Unicef en materia de medidas cautelares. Con relación al protagonismo del juez, la Asociación de Magistrados dice que existe la necesidad de confiar en que el sistema judicial pueda resolver, a partir de pautas establecidas, la mejor solución para el caso concreto. El tema es que se divorcian los padres y no los hijos. Hay una sentencia de 2013 citada en 2018 por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos que dice que impedir el contacto entre padres e hijos durante el divorcio es maltrato infantil y violencia vicaria, y urge a que se adopten medidas para la rápida reunión, pues el paso del tiempo puede tener consecuencias irremediables en las relaciones entre el menor y aquel de los padres que no vive con él.

Otra falacia que se ha dicho es que el proyecto de ley viola el Código de la Niñez y la Adolescencia. No, no es así; una ley no viola otra ley, en todo caso la modifica o deroga. En este caso modifica algunos artículos, pero otros no; lo que hace es insertarse en el todo orgánico sistemático que es el Código de la Niñez y la Adolescencia.

Durante los últimos quince años se hicieron diez modificaciones al Código de la Niñez y la Adolescencia, tres de ellas en rendiciones de cuentas y una para eliminar la intervención necesaria del ministerio público, pero las modificaciones en esta materia son lógicas porque el derecho de familia es evolutivo en la medida en que la sociedad cambia y la ley debe acompasar esos cambios.

El presidente del INAU se centró en otra de las críticas, que dice que el proyecto es adultocéntrico; él expresa que es todo lo contrario, porque el interés superior del niño se reitera hasta el cansancio, es el norte, es el centro del proyecto.

Hubo otros proyectos de ley que también fueron estigmatizados o demonizados. Recordemos que en oportunidad del tratamiento de la LUC se decía que se iban a fundir las empresas públicas, que iban a haber desalojos exprés, que se iba a privatizar la educación; ahora, con la reforma de la educación también dicen lo mismo.

Merece una mención la campaña que circuló en redes con el oso de peluche. Para nosotros el niño no es un oso de peluche que es tironeado por las personas, sino que es una persona que tiene derechos. O sea que no nos pareció un buen mensaje escoger la imagen del oso de peluche.

(Ocupa la presidencia el señor Jorge Gandini).

–El presidente del INAU, a quien se le ha preguntado especialmente sobre otros aportes del proyecto de ley, dijo que trae más garantías al niño y al adolescente por la figura del defensor. Esto lo va a desarrollar la bancada de Cabildo Abierto porque la figura del defensor del niño y el adolescente es iniciativa de ese sector político, y fue elogiada por la Asociación de Magistrados del Uruguay y por el INAU. Precisamente, la doctora Caraballo, especialista en familia y asesora del INAU, también decía que es mucho más garantista el hecho de que el defensor surja de una designación aleatoria que lleve el Poder Judicial, lo que corta con ese vínculo más parcial con el juez de la sede. Es decir, más garantías de imparcialidad y más reforzamiento de la defensa del niño y del adolescente, con responsabilidades agravadas que tiene este defensor.

Nos hicimos eco de una advertencia de la Asociación de Defensores de Oficio –que agradecemos– que dijo: «Ojo, si se pone el límite de cinco casos por juzgado a los defensores de oficio, vamos a tener problemas». Entonces, se eliminó ese límite para los defensores de oficio.

A su vez, la Asociación de Magistrados del Uruguay y Unicef destacaron la figura potenciada del niño y el adolescente como parte del juicio. Es decir que pasa a tener las mismas potestades y el mismo estatus jurídico procesal que los padres. Esto figura en el artículo 9.º.

Con respecto a cuestiones anexas, el artículo 4.º refiere al incumplimiento de las visitas, a la obstrucción de vínculo y a medidas cautelares. El tema del incumplimiento de las visitas es una remisión a que quien incumpla con este compromiso acordado o fijado de entregar al niño va a ser pasible de las sanciones ya previstas en el código, que tienen que ver con variaciones del régimen, sanciones pecuniarias, advertencia del juez, pudiendo incurrir en la omisión de deberes de la patria potestad.

23) PRÓRROGA DE LA HORA DE FINALIZACIÓN DE LA SESIÓN

SEÑOR NIFFOURI.- Pido la palabra para una moción de orden.

SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR NIFFOURI.- Formulo moción en el sentido de que se prorrogue la hora de finalización de la sesión hasta que se complete el tratamiento del orden del día.

SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Se va a votar.

(Se vota).

–26 en 26. Afirmativa. UNANIMIDAD.

24) CORRESPONSABILIDAD EN LA CRIANZA

SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Continúa el tratamiento del tema en discusión.

Puede proseguir la señora senadora Asiaín.

SEÑORA ASIAÍN.- Muchas gracias, señor presidente.

Con relación a las medidas cautelares, que me consta que han creado tanto revuelo, ha de destacarse –nosotros lo afirmamos contundentemente, pero también lo hizo el INAU– que el juez mantiene absolutamente todas las potestades genéricas que tiene para adoptar las medidas cautelares que estime pertinentes.

El artículo 85 del Código de la Niñez y la Adolescencia, que no se toca, dice: «El Juez podrá aplicar, de las medidas enunciadas en los artículos precedentes, todas aquellas que entienda convenientes…». Es decir que ante riesgo, temor, tobillera, orden de restricción, realojamiento de la víctima –las que estime pertinentes–, se suspenderá el régimen previsto. Si hay riesgo de violencia o abuso hacia el hijo, se va a descartar la tenencia y las visitas, y el juez –así lo establece el artículo– deberá revisar y resolver. Si hay riesgo, será modificado el régimen de tenencia para otorgarlo a uno de los progenitores. Eso está en el resorte del juez.

Hay situaciones en las que las medidas cautelares no son dispuestas por violencia o abuso, sino por otros motivos. Déjenme relatar dos casos de la vida real, de padres ya separados, sin matrimonio. La madre tenía, por disposición del juez, la tenencia de una niña de diez años, pero era alcohólica y llevaba a su casa a sus parejas ocasionales. Si bien no hubo abuso sexual –hubiera sido mucho más grave–, había actitudes inapropiadas. Entonces, la abuela materna hace la denuncia, interviene el juez, dicta medidas cautelares, y la tenencia pasa al papá. ¿Se suspenden las visitas? No, no se suspenden las visitas de la mamá porque el juez entendió que si las visitas tenían lugar en el hogar de la abuela materna –en este caso era así– o en cualquier otro lugar, la madre podía ir a visitar a la niña.

Estos son los casos que no queremos dejar afuera por una ley, por una regla general y abstracta; queremos que el juez mire el caso concreto.

Podrá haber otros casos, como el de la violencia económica, que no es buena pero que quizás no amerita la suspensión de las visitas ni tampoco de la tenencia. Lo resolverá el juez analizando el caso concreto, y no lo hará solo, sino que contará con los informes de los peritos, con la opinión del abogado defensor de los niños y del abogado defensor de la otra parte –que quizás se opone a la tenencia–, y escuchando al niño. El juez cuenta con los elementos necesarios como para evaluar. Lo que manda el artículo es que el juez deberá evaluar cada caso concreto valiéndose de todos los dispositivos.

Esto también está avalado por el presidente del INAU. Las autoridades de Unicef no se pronunciaron con respecto a este punto en su última comparecencia; no plantearon ninguna objeción. Si bien dijeron que querían hacer aportes, no se pronunciaron con respecto a esto. A su vez, la doctora Caraballo, especialista en familia y asesora del INAU, hizo ver que esta solución no es para nada diferente de la prevista en el Código de la Niñez y la Adolescencia, modificado en 2019, que en su artículo 124, hablando de principios de intervención complementaria, dice: «En los procesos por denuncias sobre violencia sexual» –cabe destacar que nosotros estamos hablando en general; hay otros casos de denuncias que no necesariamente tienen que ver con violencia sexual– «no podrá disponerse la revinculación de las niñas, niños y adolescentes con el denunciado, salvo que la víctima lo solicitara expresamente y se cuente con el visto bueno de los técnicos». Es decir que lo habilita.

Algo similar se establece en el artículo 67, «Medidas de protección», de la Ley de Violencia hacia las Mujeres Basada en Género, cuando en su literal C), dice: «La suspensión de las visitas del agresor…». En este caso hay un agresor identificado y se habilita la reanudación de las visitas después de los tres meses. También se habilitan las visitas supervisadas por una institución o por una persona adulta de confianza. Nuestra vara es mucho más alta y filtra estos riesgos en el interés superior del menor.

En cuanto a las referencias al principio de inocencia y al debido proceso, no son solo para el proceso penal, sino que son pilares de nuestro derecho: están en la Constitución y rigen para todo. ¿Por qué fueron incorporados? Porque Unicef, en una respuesta enviada por escrito, sostuvo que hay que conciliar, armonizar y tener en cuenta todos los principios: el interés superior del niño, las garantías del debido proceso y la presunción de inocencia. Está en la versión taquigráfica de la sesión de la comisión en la que compareció el INAU.

Otra falacia es que sean solo treinta –ahora dicen que solamente son dieciséis– los casos conflictivos de tenencia en nuestro derecho. Hice un pedido de informes a la Suprema Corte de Justicia y se me contestó que solamente en Montevideo, para 2017, 2018 y 2019, suman cerca de 1000, sin contar los expedientes que tienen otro título –que se caratulan como divorcio o separación– y que también tratan sobre este tema. ¿Saben una cosa? Así fueran treinta, igual me sirve, porque estamos hablando de personas. Concediendo que fueran treinta –que no lo hacemos–, ¿por qué no se demanda más? Alejandro de Barbieri decía algo en ese sentido y hablaba del temor que se tiene a la represalia.

Otros puntos regulados son la reducción de los plazos del artículo 115, para que no se eternicen los procesos, así como el procedimiento sumario de visitas provisorias, regulado en el artículo 6.º. Debemos la redacción de este artículo al profesor de la Universidad de la República y de la Universidad de Montevideo, Walter Howard. Si no se establecieran las visitas provisorias, se perdería el vínculo. De la misma manera en que se establece una pensión alimenticia provisoria, se disponen las visitas provisorias de forma cautelar mientras se espera la sentencia definitiva. Ciertamente, estas se denegarán cuando existan motivos graves, con indicios fundados para ello.

Hice referencia a las sanciones por incumplimiento al permitir visitas y también a una inquietud planteada por la directora de Inmujeres, Mónica Bottero, referente a la pensión alimenticia. En ese sentido, voy a citar las palabras de los representantes de la Asociación de Defensores de Oficio, quienes dijeron que existía una suerte de creencia acerca de que en estos procesos no se respetaba la pensión alimenticia –no lo encuentro en este momento– y aseguraron todo lo contrario. Lo mismo hicieron los representantes de la cátedra de Práctica Profesional de la Udelar. De todas maneras, para salvar cualquier duda se estableció la incolumidad de la pensión alimenticia, que va a seguir el mismo principio que rige hoy y es que se va a prestar en base a las necesidades de quien la recibe –los niños– y a las posibilidades de quien la da.

Otro aporte del señor senador Raúl Batlle se relaciona con su inquietud de que las personas de bajos recursos accedan a la justicia, y por eso se estableció una ampliación o una presunción en el artículo 11. También se dispuso la habilitación de instancias de conciliación y mediación. Asimismo, se atendió una inquietud de la señora senadora Rodríguez en cuanto a que en el artículo 13 se contemple a las familias tal como estuvieran constituidas.

En síntesis, se trata de un proyecto de ley que tuvo dos años de trabajo en esta legislatura. Vinieron todas las instituciones y se las escuchó; se tomaron las sugerencias u observaciones. Es un proyecto de ley que también tiene el apoyo de la academia, de psicólogos, de los jueces, de instituciones protectoras del niño. El instituto no es nuevo; simplemente se reglamenta, se sistematiza. El proyecto de ley no permite la tenencia ni las visitas de padres violentos o abusadores; el filtro desecha esa posibilidad por el principio de protección del interés superior del niño o adolescente. Por consiguiente, se da cumplimiento a los derechos humanos y permite a los padres cumplir con su obligación, pero no es algo impuesto. Es una ley necesaria, que actualiza y que implica un proceso; que da potestades a los jueces, quienes son protagonistas para arribar a una decisión justa en el caso concreto; que da garantías porque hay filtros antes de otorgar la tenencia; que desde el punto de vista cultural tiende a eliminar diferencias de género y estereotipos –se trata sobre todo de no transmitirlos a los niños– y que empodera también a la mujer porque le libera tiempo.

Voy a dar otro testimonio, el de Maru, y no menciono el apellido. Es abogada, una militante política que me vino a ver y me dijo que tenía la tenencia compartida por acuerdo, porque la había pedido ella debido a que quería desarrollarse profesionalmente. Las niñas están un día con cada uno y ella elogia la manera en que sus hijas disfrutan de esa convivencia con ambos. Dice que los hijos no son una propiedad y que esta institución de la tenencia compartida debe existir, ya que hay padres que merecen paternar y hay que dejarlos paternar. ¿Por qué hay quienes quieren hacer diferencias de género? Las mujeres empoderadas queremos la tenencia compartida. Me decía que no quería un techo de cristal y que violencia sería que ella tuviera que depender del papá de las niñas. Para los niños que sufren y padecen, esto les evita conflictos.

Con este proyecto de ley se protege a la familia y los lazos familiares, porque lo cierto es que con la legislación actual o con la tendencia, como decía Unicef España, el vínculo familiar tras la separación de los progenitores tiene más chance de romperse. Esto es para quienes piden y quieren hacerse cargo, y también es en beneficio de los niños que sufren por esa separación.

¡Hablemos claro! En este recinto me han hecho imputaciones y han llegado a cuestionar hasta mis principios morales. Quiero que nos sinceremos y nos preguntemos: ¿qué legislador acá sentado quiere vulnerar los derechos de los niños? Podemos tener distintas visiones y entiendo la sensibilidad y la cautela.

(Suena el timbre indicador de tiempo).

–Ya termino.

No hay un monopolio de la moralidad. Trabajo con niños; mi primer trabajo fue como maestra de tercer año, con niños de ocho años, y durante veinte años seguí trabajando con niños y con adolescentes. En el tema de derechos humanos mi segundo trabajo fue en la Asociación Latinoamericana de Derechos Humanos, y nunca dejé de trabajar en distintos ámbitos, incluso en la docencia en derechos humanos. Además, tengo tres hijas; no tienen hijos pero sí parejas y en el futuro pueden estar en esta situación. ¿Les parece que voy a legislar en perjuicio de mis futuros eventuales nietos? Creo que lo peor de las interpretaciones que atribuyen malicia a este proyecto de ley es que desconocen el principio que reseñó la Unicef y que es el principio fundamental que debe regir toda ley que trate sobre niños.

En él se establece que si una disposición jurídica admite más de una interpretación, se elegirá la que satisfaga de manera más efectiva el interés superior del niño. Este es el principio jurídico fundamental que esas interpretaciones pretenden desconocer en perjuicio de los derechos del niño.

Gracias, señor presidente.

SEÑOR MAHÍA.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR MAHÍA.- Gracias, señor presidente.

La bancada del Frente Amplio me encomendó la responsabilidad de realizar el informe en minoría sobre el proyecto de ley que hoy nos convoca y que hace pocas semanas ingresó a la Comisión de Constitución y Legislación del Senado. Este último proyecto tuvo un tratamiento exprés, absolutamente rápido, resuelto y decidido en esos términos por la mayoría de la comisión.

Después de la presencia de la única institución que se habilitó para que concurriera con relación a este nuevo proyecto –el INAU–, se votó en el mismo día. Para decirlo en un lenguaje más coloquial: se hizo a la carrera, a marcha camión, esto es, un trámite parlamentario que en esta etapa se caracterizó por no recibir ninguna opinión, salvo –insisto– la del INAU –que lo vamos a precisar más adelante–, que ni siquiera volvió a concurrir con una opinión institucional.

Acá podemos citar lo que opine la mayoría del INAU en sus dos comparecencias –la de los proyectos anteriores y esta–, pero no una posición institucional. Además, así fue dicho por su presidente. Lo señalo porque cada vez que citemos al INAU, no es la posición del instituto sino la de dos de sus integrantes, que es mayoritaria, pero, reitero, no es la de la institución. Lo digo porque está en las versiones taquigráficas y, a la hora de comprobar la verdad de lo que estamos afirmando, es solo leerlas y ponerlas en el colectivo.

Cuando el Parlamento aborda temas tan sensibles, somos conscientes de que generan una especial sensibilidad por la materia que abordan. Estamos hablando, ni más ni menos, de asuntos que tienen o deberían tener como principal centro, como valor superior, la situación de los niños, niñas y adolescentes, frase que reiteraremos muchas veces durante la intervención y que en este caso debería ubicarnos, insisto, en el mensaje que damos.

En mi caso, hasta quizá por razones de orden personal, muchas veces intento reflexionar sobre qué es y de qué manera nosotros, quienes estamos acá –no digo circunstancialmente, pero sí por decisión ciudadana–, transmitimos los mensajes y los abordamos, y en qué términos los comunicamos a los demás como representantes de la ciudadanía. Circunstancial, sí, es el hecho de que uno esté, y es soberana la decisión de la gente. Entonces, me parece fundamental transmitir a la sociedad que uno es consciente, insisto, de la densidad del problema que está abordando, de la sensibilidad que genera en la sociedad y, por lo tanto –respetando por supuesto desde el punto de vista político a quien representa cada visión acá–, nosotros vamos a fundar una opinión discordante con el contenido de este proyecto de ley.

¿Por qué decimos esto? Porque, sin duda alguna, si uno va al título del proyecto de ley, cuando habla por ejemplo de corresponsabilidad en la crianza de los niños, niñas y adolescentes, o de tenencia compartida, ¿quién puede estar en contra de eso? Absolutamente nadie. Nosotros estamos en la primera fila de aquellos que creemos que es muy sano, cuando se da la circunstancia de la separación de sus padres o progenitores –padre y madre–, que los niños tengan la posibilidad de que sus padres ejerzan la corresponsabilidad en su crianza. Por lo tanto, podríamos decir que este proyecto de ley ‒dicho en términos gráficos‒ tiene un título muy marketinero pero, en realidad, los conceptos de fondo no los representa. Tiene un título sobre cuestiones que ya están vigentes, que ya existen, pero el proyecto de ley como tal ‒bajo un título que es muy atractivo‒ trae contenidos sobre los cuales discrepamos. ¿Por qué? Porque entendemos que las normas jurídicas que hoy se ponen a consideración del Senado no están a favor del objetivo que se dice perseguir, según se titula el proyecto de ley.

Por eso insisto en que desde nuestro punto de vista, de consolidarse la votación, quedarían aprobadas normas que vulneran derechos que ya están consagrados en nuestro actual marco jurídico, acuerdos que nuestro país tiene en la materia a nivel internacional, que también forman parte de su derecho positivo y, fundamentalmente ‒lo voy a reiterar varias veces en mi intervención‒, derechos de niñas, niños y adolescentes, privilegiando el cómo se dirimen las disputas del mundo adulto.

Por ello voy a tratar de explicar, a través de una serie de puntos, cuáles son los fundamentos por los cuales entendemos que este proyecto de ley no debería ser aprobado por el Senado, sino enviado a la comisión para un estudio más profundo.

En primer lugar, se proponen modificaciones muy importantes al Código de la Niñez y la Adolescencia. Recuerdo perfectamente ‒porque las circunstancias de la vida me llevaron a estar en el Parlamento en aquel entonces‒ cómo se trabajó en esta casa el abordaje del Código de la Niñez y la Adolescencia; se trabajó con miradas de distintos actores sociales; se trabajó ‒nosotros estábamos, como hoy, en la oposición‒ con un diálogo interpartidario plural que buscó y logró un consenso. Ese proyecto, que es referencia, obtuvo el apoyo unánime de los integrantes del Parlamento de la época y, también, un consenso amplísimo entre distintas organizaciones de la sociedad civil. El estudio de ese código tuvo por supuesto esa mirada y el camino que hoy estamos transitando es exactamente contrario.

Acá se hizo un acuerdo cerrado a la interna del Gobierno ‒es legítimo, pero es un acuerdo del Gobierno‒ que llega a este nuevo proyecto sin haber escuchado a prácticamente nadie, salvo, y a pedido de nuestra bancada, al INAU. Da la sensación ‒para mí lo es‒ que mirar hacia sí mismo, hacia la interna de un partido, en temas como estos, que deberían tener los consensos más amplios, es una mala práctica. Lo hemos dicho porque entendemos que es una muy mala decisión política ir por ese camino, que un código no se aborda en ningún sentido poniendo una especie de parche sobre algo que tiene una visión integral. Además, eso produce baja calidad legislativa, donde hasta el último instante se intentan cambiar aspectos de la redacción y no se aborda un estudio absolutamente profundo.

En segundo término, y en cuanto a los antecedentes, este proyecto de ley tiene antecedentes en dos iniciativas ‒que han sido mencionadas‒ relativas a la tenencia compartida y a la corresponsabilidad en la crianza, que tienen autores en el herrerismo y en Cabildo Abierto, a lo que indudablemente uno le atribuye un rol hegemónico, pero no solo en esta iniciativa, sino en la visión general que ha tenido el Gobierno; esta es una expresión más.

Entendemos que este es un proyecto sustitutivo y, más allá de que tiene la misma orientación que los dos anteriores que provienen de los dos sectores parlamentarios que mencioné, al tratarse de un nuevo proyecto, se debería recibir a una vasta cantidad de organizaciones. Por eso, con la firma de la bancada del Frente Amplio, solicitamos la presencia de distintas organizaciones que, obviamente no fue aceptada por la mayoría de la comisión.

(Ocupa la presidencia la señora Beatriz Argimón).

–La pregunta es cuáles son las organizaciones que el Frente Amplio pidió que estuvieran presentes en la Comisión de Constitución y Legislación para dar opinión sobre un tema como este. Pues bien, las instituciones son: el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas; el Comité de los Derechos del Niño del Uruguay; el Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes; el INAU –que fue el único aceptado–; la Red Pro Cuidados del Uruguay; la Asociación de Magistrados del Uruguay y la Asociación de Defensores de Oficio del Uruguay. Nosotros entendíamos que estas instituciones eran claves a la hora de dar una opinión sobre esta nueva producción legislativa.

Después se dijo –también sobre la marcha– que la exposición de motivos era la de uno de los dos proyectos originarios. Lo digo para que el Cuerpo tenga idea de la velocidad con que se abordó este asunto.

De todas las instituciones que citábamos, luego de un cuarto intermedio, se aceptó la presencia del INAU como una especie de concesión a la oposición. En ese sentido, es bueno analizar algunas cuestiones. Nosotros hemos escuchado y leído que parecería que algunas organizaciones tendrían intereses espurios, nacionales o internacionales, que tienen una mirada muy negativa y vaya a saber qué intereses. Claro que cuando se habla de esto no se nombra a las instituciones ni tampoco se dice cuáles son los intereses. Se deja ahí, como suele hacerse últimamente, sin decir cosas concretas y, por supuesto, sin prueba alguna. No se dice en ningún lado «esta institución, por esta razón»; se sugiere, pero no se dice.

Para ver si es alguna de estas organizaciones, vamos a relatar, por ejemplo, quiénes componen el Comité de los Derechos del Niño del Uruguay. Voy a leer al Cuerpo la integración para que quede registrada en la versión taquigráfica: Gurises Unidos; Luna Nueva; El Abrojo; Vida y Educación; Aldeas Infantiles SOS Uruguay; Servicio Paz y Justicia; DNI, Defensa de Niñas y Niños Internacional-Sección Uruguay; Servicios y Acciones por la Infancia; Instituto de Promoción Económico Social del Uruguay; Hogar La Barca; Rescatando Sonrisas, de Maldonado; Ielsur; Maristas Uruguay; El Paso; Asociación de Educadoras y Educadores Sociales del Uruguay, y Centro Abierto, de Rivera.

La pregunta es cuál de estas instituciones será la que tiene algún tipo de interés negativo, espurio, en esto. Las nombro porque son parte de las que no pudieron venir a dar su opinión sobre este proyecto de ley que vamos a considerar hoy en sala.

Además, me pregunto cuál será la opinión del Consejo Nacional Consultivo Honorario de los Derechos del Niño y el Adolescente, que fue creado por la Ley n.º 17823 y constituido recién en 2007. No lo vamos a poder saber. ¿Por qué? Porque tampoco pudo venir a dar opinión sobre este tema.

Por supuesto que hay una larga lista –no voy a extenderme en el tiempo– de organizaciones que no fueron las que nosotros propusimos como bancada. Son otras que pidieron ser escuchadas sobre esta nueva propuesta legislativa y que tampoco pudieron intervenir. Como esto no pudo ser –y entiendo que acá hubo algunas citas parciales–, voy a trasladar al Cuerpo algunas de las intervenciones que sobre los anteriores proyectos de ley –que tienen la misma filosofía que el que estamos considerando hoy– tuvieron ciertas organizaciones del Estado y algunas internacionales. Por ejemplo, se cita a la presidenta de Inmujeres, Mónica Bottero, y voy a leer una parte de lo que dijo –esto consta en la versión taquigráfica del Parlamento; no en conversaciones, sino, concretamente en la versión taquigráfica del 8 de junio de 2021– la única vez que se pudo debatir sobre los proyectos de ley anteriores. Dice así: «… quienes nos asesoran desde el punto de vista legal en el Instituto Nacional de las Mujeres nos han señalado –y creo que esto lo han escuchado de otras organizaciones– que estos proyectos no resultan necesarios, en tanto la Justicia uruguaya ya garantiza una solución a las situaciones que proponen. Entendemos que también el legislador tiene derecho a poner acento en cuestiones que ya están legisladas, pero en este caso las propuestas resultan quizás demasiado grises. Esto también se puede entender y, por lo tanto, quiero dejarlo sentado, más allá de la opinión estrictamente técnica». Ella quiere advertir que siente el deber de expresar lo que piensa sobre estos proyectos de ley. Más adelante señala: «En ambos casos se trata básicamente de garantizar la adopción de medidas precautorias ante el riesgo de poner al niño o niña ante un peligro para su vida o integridad física. Supongo que entienden que me refiero a los artículos –que realmente son una preocupación nuestra, como instituto– que establecen que ante una denuncia de abuso o maltrato no sea inmediatamente disparada la medida precautoria, sino que el padre, generalmente el denunciado, pueda seguir ejerciendo la custodia y la tenencia del niño sin que sea mediada por una especialista o sin que sea interrumpido, de alguna forma, el vínculo por el juez. Esto es algo que nos preocupa y es un planteo específico que hacemos a la comisión. Concretamente, nos gustaría saber si sería posible rever esta situación, porque contraviene los principios de cuidar, de cautelar la integridad y la seguridad de los niños y de las niñas».

Vamos a citar otra de las intervenciones; por ejemplo, de una delegación de la organización El Paso, que señalaba: «Consideramos que en ambos proyectos de ley se vulneran los derechos de los niños, porque al imponer como alternativa frente a la separación de los padres la tenencia compartida o alternada, parten de la premisa o del prejuicio de que la tenencia compartida es la mejor opción para los hijos sin ver cada situación en particular y, sobre todo, sin escuchar lo que el niño, niña o adolescente tiene para decir al respecto en una situación que evidentemente lo afecta».

(Murmullos en sala).

SEÑORA PRESIDENTA.- Amparando al senador que está haciendo uso de la palabra, solicito a los señores senadores que por favor hagan silencio.

Puede continuar el señor senador Mahía.

SEÑOR MAHÍA.- Gracias, señora presidenta.

Algunas de estas intervenciones que estoy citando obviamente refieren a los proyectos de ley fundacionales de este que se está considerando. No podemos citar opiniones sobre este nuevo proyecto de ley, específicamente de estas instituciones porque, insisto, no fue aceptada su presencia en la Comisión de Constitución y Legislación.

Voy a hacer alguna cita más, ahora de la Asociación Nacional de Organizaciones No Gubernamentales –Anong–, que sostuvo: «A través de nuestra participación trasladamos la preocupación del conjunto de organizaciones que trabajamos con niñas, niños y adolescentes en cuanto a los proyectos de ley de tenencia compartida y de corresponsabilidad en la crianza».

Después tenemos a la Asociación de Trabajadores de la Seguridad Social, pero como me van quedando diez minutos de mi intervención voy a ir ahorrando algunas citas que tengo en mi poder, porque seguramente mis compañeros de bancada se referirán a ellas. Quiero sí señalar expresamente que hace unos días –concretamente el 14 de julio– una delegación de Unicef sostuvo que algunos pasajes del proyecto equiparan la aplicación del principio del interés superior del niño al principio de corresponsabilidad en la crianza y a la tenencia alternada. Sin embargo, el interés superior del niño debe prevalecer sin condicionamientos de otros principios relacionados con los derechos de los adultos. Un ejemplo de ello surge en el artículo 3.° que modifica el artículo 35 del Código de la Niñez y la Adolescencia, al establecer que el juez resolverá atendiendo a las circunstancias del caso, y siempre y cuando considere el interés superior del niño o adolescente. En base a ello fijará el régimen de tenencia, teniendo presente el principio de corresponsabilidad en la crianza. Una vez evaluados los siguientes parámetros, y si las condiciones familiares lo permitieran, el juez fijará la tenencia alternada o compartida en la medida en que esta resulte la mejor forma de garantizar el interés superior del niño o adolescente.

Por su parte, Unicef dice que es importante destacar que el interés superior del niño puede significar, en el caso concreto, efectivamente lo contrario, es decir que la tenencia alternada no sea la mejor opción para ese niño, niña o adolescente. Resulta menester distinguir que el principio de corresponsabilidad en la crianza no implica necesariamente que exista un régimen de tenencia alternada y también que el derecho a las visitas es independiente del régimen de la tenencia alternada. En este sentido, en cualquier decisión, el juez deberá garantizar el interés superior del niño, y para su garantía se requieren al menos tres elementos: que el niño, niña o adolescente esté protegido frente a cualquier forma de violencia o abuso familiar; que en la medida de las posibilidades de ambos padres tengan una participación significativa en la vida del niño o adolescente, y que el niño, niña o adolescente reciban una crianza que garantice su desarrollo adecuado. Asimismo, la evaluación del interés superior del niño es una acción que debe realizarse en cada caso.

Esta versión del proyecto tampoco hace referencia al principio de protección de niñas y adolescentes que surge del artículo 19 de la Convención sobre los Derechos del Niño. En este sentido, la redacción propuesta por el artículo 4.°, literales B) y C), que modifican el 35 BIS del CNA, con relación a las implicancias de las medidas cautelares de protección a raíz de una denuncia formulada por parte de uno de los progenitores contra otro, puede afectar el derecho de los niños, niñas y adolescentes a no ser objeto de ningún tipo de violencia o malos tratos. En tal sentido, destacamos lo dispuesto por las directrices sobre la justicia en asuntos concernientes a los niños, niñas y testigo de delitos de Naciones Unidas que plantean expresamente que, si bien deberán salvaguardarse los derechos de las personas acusadas, todo niño tendrá derecho a que su interés superior sea la condición primordial, esto incluye el derecho a la protección y a la posibilidad de desarrollarse en forma armoniosa.

Esto está escrito el 14 de julio en la carta que remitió Unicef a la comisión, única manera de poder expresarse en la materia.

¿Cuánto tiempo más tengo para expresarme?

(Dialogados).

SEÑORA PRESIDENTA.- Si pidiera una prórroga, tendría quince minutos más.

SEÑOR MAHÍA.- En tercer lugar, esta norma, en nuestra opinión, no solo contraviene o deroga la legislación vigente, como lo son el Código de la Niñez y la Adolescencia, la Ley n.° 19747, votada por unanimidad, como acabamos de señalar, sino que también contraviene la Convención sobre los Derechos del Niño, así como tratados y convenciones que han sido ratificados por la república y forman parte de nuestro derecho positivo.

Este proyecto de ley, en realidad, trata sobre tenencia compartida y corresponsabilidad que, como dijimos, ya existen y funcionan. Se busca modificar un sistema que en general funciona y que ha sido elogiado en foros interjurídicos y, también, políticos internacionales.

Acá voy a citar alguna intervención que hizo nuestra compañera Silvia Nane cuando accede a la información pública respecto al alcance de los proyectos originales en su aplicación, o sea, en cuántas situaciones aludían los proyectos. La Suprema Corte de Justicia respondió que no hay registro de la cantidad de tenencias que fueron entregadas a las madres o de las visitas negadas a los padres. Dice: «… no hay cifras concretas que demuestren la cantidad de casos de padres varones que han solicitado la tenencia de sus hijos o hijas y les haya sido rechazada sin motivo por un juez».

El proyecto de ley, en nuestra opinión, tiene una concepción conservadora y, si uno escucha alguna de las intervenciones, casi podríamos decir que obedecen a la visión de un modelo familiar único, desconociendo la realidad de la sociedad y las múltiples formas que hoy existen, gusten o no a quienes defienden públicamente esta propuesta.

Esta iniciativa, además, presenta errores jurídicos, como la confusión de conceptos que los abogados indican que son distintos. No es lo mismo tenencia que guarda o que patria potestad; que la tenencia sea de la madre no quiere decir que la patria potestad deje de ser del padre y la patria potestad, salvo casos muy concretos fijados por la ley en los que tanto padres como madres pueden perderla, es de los dos, más allá de que la tenencia la ejerza, muchas veces, solo la madre.

Por otra parte, quiero decir que este proyecto de ley tiene una concepción adultocéntrica, ya que pone el derecho de los progenitores por encima de los derechos de la niña, el niño o el adolescente al momento de definir la tenencia. Es claro que en este proyecto son considerados mucho más como objetos de protección que como sujetos de derecho y voy a citar, en este caso, a la integrante por la minoría del INAU, Natalia Argenzio, que sostuvo: «… el proyecto de ley de corresponsabilidad en la crianza privilegia los derechos de los progenitores por sobre los derechos de las niñas, niños y adolescentes. Eso de “privilegiar” es lo que los convierte nuevamente en objetos de protección y tutela, desconociendo la calidad de sujeto de derecho». Estoy citando textualmente lo que fue expresado en comisión.

Dice también que los derechos de los niños no pueden quedar «condicionados a los de sus progenitores», como lamentablemente sucede en este proyecto de ley que se presenta y que «El Estado debe amparar a los más vulnerables…», y en este caso todos sabemos quiénes son.

Más adelante expresa: «El artículo 3.° de este proyecto modifica el artículo 35 del CNA, que establecía las facultades del juez en caso de no existir acuerdo entre los progenitores», porque acá –y me detengo en esto– estamos hablando de ese caso y es sobre lo que trata este asunto y no de cuando hay –que es la mayoría de las veces– acuerdos armónicos entre los padres en interés superior del niño, la niña o el adolescente.

Sigue: «Este proyecto la modifica de la siguiente forma: acota la intervención de la sede judicial, pues esta debe fijar el régimen de tenencia teniendo presente el principio de corresponsabilidad en la crianza», más adelante dice que «… al poner la palabra “privilegiar” concede una ventaja especial al interés de los progenitores por sobre el derecho de las niñas, niños y adolescentes» y que «…este proyecto de ley es adultocéntrico, y coloca nuevamente a las niñas, niños y adolescentes como objeto de protección y tutela».

Además, plantea la directora que «… crear la ficción de que ambos progenitores cumplen de manera efectiva sus obligaciones nos conduce no solo a la rigidez del derecho de familia, sino también a crear una norma que se torna inaplicable y que no necesariamente es compatible con el principio del interés superior del niño, niña y adolescente».

El proyecto de ley ignora el hecho de que en la mayoría de los casos las sentencias que niegan las tenencias son fundadas y responden a la protección de niños, niñas y adolescentes por situaciones de violencia o cualquier motivo que implique proteger el bienestar de ellos. En otras palabras, no es un problema estadísticamente sustantivo, más allá de que en cada caso haya una historia que se deba valorar en su justa dimensión y que, en esos casos, obviamente, habrá que trabajar en materia legislativa y, sobre todo, en la aplicación de la ley vigente a través de la justicia. El juez debe actuar caso a caso sin tener una norma que lo condicione, como queda reflejado en este proyecto.

Me voy a referir al tema de la necesaria prevención, particularmente cuando el relato del niño, la niña o el adolescente no alcanza.

Me van quedando cinco segundos para completar mi exposición, por lo que voy a solicitar a la Mesa una prórroga de quince minutos.

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar el pedido del señor senador.

(Se vota).

–24 en 26. Afirmativa.

Puede continuar el señor senador Mahía.

SEÑOR MAHÍA.- Señora presidenta: con respecto a la necesaria prevención, voy a citar nuevamente a la directora Argenzio, cuando dice: «El artículo 123 del CNA reconoce como víctima directa de violencia basada en género a las niñas, niños y adolescentes expuestos a dicha violencia, pero este proyecto desconoce esta situación y los expone a la revinculación con los agresores, ponderando el derecho de estos por sobre el daño provocado.

Los artículos 4, 6 y 7 de este proyecto de ley modifican sustancialmente el régimen de visitas previsto en el CNA, privilegiando nuevamente el interés de los progenitores, fundamentalmente el de los progenitores agresores, sobre el derecho de las niñas, niños y adolescentes.

Se agrega el artículo 35 BIS…».

Este relato coincide, básicamente, con lo que señalaba Unicef, y lo planteó en un comunicado público. Para ejemplificar lo que aquí se afirma hay que dar algunos datos que muestren la magnitud del problema que está instalado en la sociedad uruguaya. Por eso voy a detenerme en el informe del Sipiav, que fue citado en la comisión; creo que estos datos son absolutamente elocuentes. Los comparto. «A lo largo de 2021 se registraron un total de 7035 situaciones de violencia hacia niñas, niños y adolescentes. […] En cuanto a las personas que agreden, los datos del Sipiav muestran que el 91 %» –reitero, el 91 %– «corresponde a familiares directos o integrantes del núcleo de convivencia y, de acuerdo con la Segunda Encuesta Nacional de Prevalencia de la Violencia basada en Género y Generaciones, unos 386.000 niñas, niños y adolescentes viven en hogares en donde se encuentran expuestos a violencia basada en género y generaciones».

Como queda demostrado a partir de estas cifras, estamos ante un problema gigantesco, de dimensiones que los números solos están reflejando, y que potencialmente exponen a las niñas, niños y adolescentes a riesgos desde el punto de vista físico, emocional, como de tantos otros que se ven en la convivencia. La responsabilidad del Estado es proteger a estos niños, niñas y adolescentes en situaciones de violencia como las que mencionamos; esta es superlativa y no puede ser ignorada, no puede ser supeditada para beneficiar los intereses o la visión de los adultos. Es más, desde este punto de vista, cuando sabemos que de esas más de 7000 situaciones de violencia, el 91 % proviene del vínculo más directo, en los casos en que sucede, con esta legislación estamos habilitando a que se den situaciones que ponen potencialmente en riesgo a quienes deberíamos estar particularmente defendiendo.

Las innovaciones propuestas, en cuanto a los defensores de oficio de los niños, niñas y adolescentes en este tema, parten de poner en el banquillo de los acusados a los que no están, ellos son parte integrante del proceso judicial de familia que atañe a los más pequeños, son quienes legalmente velan por sus derechos y no son compatibles estas ideas de llenarlos de limitaciones que vienen con aquellos sentimientos de partir de que este defensor no siempre está del lado de su defendido. La pregunta es desde cuándo una ley ordena a un abogado cómo hacer su trabajo. ¿En qué se fundamenta el tope de hasta cinco casos por sede para cada defensor? Por lo menos en comisión se incorporó la salvedad de dejar fuera de estas limitaciones a los defensores públicos que atienden aproximadamente al 45 % del total de los asuntos de familia que hoy se tratan en sedes judiciales. Llama la atención que al mismo tiempo que se regula esta cuestión, en la rendición de cuentas no se asigne ningún recurso extraordinario para una situación que notoriamente va a impactar en el cambio normativo propuesto, tal como dicen los defensores públicos –figuras claves en estos temas–, quienes velan por sus intereses y quienes se han expresado con respecto a este proyecto, y voy a citarlos con el comunicado del 7 de julio de 2022, o sea, una semana antes del de Unicef que acabo de señalar. Ellos manifiestan su preocupación ante la reciente presentación del proyecto unificado de corresponsabilidad en la crianza, para el que realizaron diversos aportes, que entienden que no han sido recogidos, en detrimento de los principales rectores del derecho a la infancia, en especial con respecto al patrocinio letrado y a la judicialización de los niños, niñas y adolescentes.

Dicen los defensores de oficio que debe considerarse que la defensoría pública participa en más del 45 % de los procesos judiciales de familia común y en más del 91 % de los procesos de urgencia en las sedes especializadas de familia. La realidad demuestra que el patrocinio de defensores públicos en cuestiones que serán reformadas –de aprobarse este proyecto de ley– es una experiencia que entienden que debe ser valorada y, por lo tanto, un insumo relevante para el análisis de este proyecto.

Continúan señalando los defensores de oficio que el proyecto tiene un enfoque adultocéntrico y que debe reconsiderarse la participación de los niños, niñas y adolescentes en los procesos judiciales como verdaderos sujetos de derecho, asistidos por un defensor que garantice el cumplimiento de sus derechos e intereses. Enfatizan en la importancia de una defensa de ellos especializada, capacitada e independiente. Aclaran que en el proyecto no se regula la necesidad de especialización para defensores de niñas, niños y adolescentes particulares y que tampoco se aborda la participación de la defensoría pública en estos procesos, limitando la cantidad de asuntos que debe tener cada profesional, lo que es inaplicable. Además, expresan que el proyecto contiene graves errores respecto del rol del defensor del niño, quien no es un asistente del juez o un perito, sino que debe actuar procesalmente en la defensa de su patrocinado, al igual que lo haría en el caso de una persona adulta. La defensa no realiza informes sino escritos judiciales para velar por el interés de su parte. Manifiestan que regular el trabajo de los defensores de los niños, niñas y adolescentes de la manera que se aborda en el proyecto corresponde a una intromisión en la independencia técnica de los profesionales actuantes que, a su vez, puede contribuir a la revictimización y a la excesiva concurrencia de los niños, niñas y adolescentes a sedes judiciales, lo que constituiría un tipo de violencia institucional. Según expresan, en los conflictos de familia es importante profundizar en los medios alternativos de resolución de conflictos y en la mediación sobre la judicialización cuando no haya situaciones de violencia o vulneración de derechos.

Siguen diciendo los defensores de oficio que ven con preocupación el alcance de las medidas cautelares de protección en caso de denuncias de violencia de género, doméstica, derechos vulnerados, maltrato, explotación y abuso sexual de niñas, niños y adolescentes, debiéndose priorizar el principio de precaución que rige en la materia. Advierten que la mayoría de los procesos de familia que resuelven aspectos de la vida de los niños, niñas y adolescentes refieren a pensiones alimenticias y a solicitudes de ratificación de tenencias voluntarias exclusivas del progenitor o de la progenitora. Este proyecto no atiende este problema; por el contrario –sostienen–, se dificultará la tramitación de los procesos, lo que provocará el colapso del sistema, privando a los niños, niñas y adolescentes en situación de pobreza de acceder a los beneficios sociales y pensiones alimenticias de inmediato. También expresan que los plazos y las etapas procesales dispuestas no contribuirán a una mayor celeridad de los procesos judiciales. Reconocen la asistencia de demoras en algunos asuntos o sedes, pero aclaran que son parte de la consecuencia de la no atribución de un mayor presupuesto para el sistema de justicia. En ese sentido, citan la situación del tratamiento de la rendición de cuentas y la complejización de los procesos judiciales que traería este proyecto de ley.

Es decir, todo lo que acabo de afirmar no es una opinión de la bancada de la oposición, es la de quienes reúnen y nuclean a los actores judiciales que tratan cotidianamente estos temas en sedes judiciales, y dicen esto fundadamente. Pues bien, esta opinión no pudo ser analizada en estos términos en la Comisión de Constitución y Legislación.

Para finalizar –insisto en lo que dije al comienzo–, sabemos que se trata de un asunto de altísima sensibilidad, por lo cual entendíamos y entendemos que debería tener un tratamiento más reposado, más reflexivo. Es claro que todos esos asuntos pueden ser sometidos a una revisión –como con cualquier proyecto de ley–, pero entendemos que en este caso la revisión de un código debería tener una visión mucho más integral y consensuada por parte del sistema político en su conjunto, con muchas miradas técnicas y de los involucrados desde todos los ángulos, cosa que no ha sucedido.

Creemos que no se debería proceder en la materia y, más allá del título, nos parece que tendríamos que contar con un proyecto de ley que verdaderamente tuviera en su centro el principal valor a proteger, es decir, nuestras niñas, niños y adolescentes. Consideramos que eso no está reflejado en este texto que hoy está a consideración del Senado.

Nuestra opinión es absolutamente contraria porque entendemos que si bien hay temas de fondo a resolver y aspectos que siempre se deben mejorar, el camino que ha sido propuesto, por su forma y contenido, va en contra de lo que dice proteger.

Gracias, señora presidenta.

SEÑORA BIANCHI.- Pido la palabra para contestar una alusión.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra la señora senadora.

SEÑORA BIANCHI.- Señora presidente: hay algunos datos –voy a desarrollar el tema cuando intervenga– que están desactualizados porque el tema de la cantidad de defensores de oficio limitada ya se modificó y la señora senadora Asiaín lo dejó en claro en su informe.

Hay dos o tres cosas que me preocuparon y por eso pedí la intervención para contestar una alusión. En primer lugar, entiendo que especialmente en estos temas es imprescindible mantener un clima en el que nos digamos la verdad. A todos nos asiste el derecho de tener opiniones distintas porque este es un tema sensible para todos. Vuelvo a recoger la posición de mi compañera, la señora senadora Asiaín, en el sentido de que no puedo pensar que ninguno de los que están acá –ya sea que piensen igual o distinto a mí– quiera otra cosa que no sea el bienestar de los menores, por supuesto, en la medida en que el padre y la madre –sea hombre o mujer, trans, o como esté conformada la familia– estén en concordancia, porque el niño no va a estar bien si sus padres no lo están.

Me preocupa que se arranque con una falta a la verdad y quiero que quede claro. Creo que pocas veces hemos visto proyectos de ley que hayan tenido un tratamiento tan largo; con las últimas modificaciones ya llevamos más de un año de trabajo y se recibió a todas las organizaciones. Claro, si hubiéramos vuelto a llamar a las que ya vinieron, habría sido un abuso del tiempo de que disponemos para trabajar en la Comisión de Constitución y Legislación, así que esto de marcha camión no es así. Se podrá no estar de acuerdo, pero no es así; es una falta a la verdad. Hemos recibido a la sociedad civil y en general tenemos en cuenta las opiniones, más allá de que tenemos una democracia representativa.

En cuanto a la posición institucional del INAU, fue su decisión ya que perfectamente podrían haber hecho uso de los dos votos de la mayoría. Eso no descalifica al INAU; en realidad, enaltece a esas mayorías que no hacen uso de su mayoría política, sino que prefieren desagregarse en sus opiniones.

Por último –es algo que me molesta–, quiero decir que en esta coalición no hay solamente herreristas y dentro del Partido Nacional tampoco. Hay gente de todos los sectores del país que se han desarrollado desde el nacimiento del Uruguay. No ataco ni defiendo al herrerismo, pero me parece una descalificación que no corresponde –y menos viniendo de una coalición en la que hay y en otras épocas hubo más diversidad todavía–, refiriéndose a una coalición republicana –gobernante en este momento– en la que el herrerismo puede ser una parte…

(Suena el timbre indicador de tiempo).

–… ni siquiera dentro del sector Todos, que es al que pertenezco.

Gracias, señora presidente.

SEÑOR MAHÍA.- Pido la palabra para una aclaración.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR MAHÍA.- Señora presidenta: seré breve.

En primer lugar, no siento que haya aludido absolutamente a nadie, aunque cada senador se puede sentir aludido y así manifestarlo.

En segundo término, solo hay que remitirse a la versión taquigráfica para constatar cuándo ingresó definitivamente este proyecto de ley a la comisión –si la memoria no me falla, fue el 12 de julio de este año– y la única comparecencia del INAU a la comisión exime de cualquier comentario. Podrán estar en desacuerdo con lo que digo, pero estos son datos objetivos. El proyecto de ley ingresó el 12 de julio, luego de eso vino el INAU y después se votó.

Muchas gracias.

SEÑOR DOMENECH.- Pido la palabra.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR DOMENECH.- Señora presidenta: en primer término, quiero destacar la labor de la señora senadora Asiaín, que zurció, tejió y trabajó incansablemente para obtener un acuerdo dentro de su partido y con el resto de los que componen la coalición. Creo que se merece el reconocimiento porque fue una muestra de tarea legislativa y política importante.

También quiero agradecer a los miembros de la comisión que integran la oposición, muy particularmente a los señores senadores Mahía y Rubio –que lamentablemente hoy no está presente–, porque de forma equilibrada y ponderada supieron defender una posición contraria a la que nosotros sostenemos. Creo que enaltece la labor parlamentaria que en una comisión que considero importante, como es la de Constitución y Legislación, se debata con altura y exponiendo con pasión los argumentos, pero con educación y sin agravios.

Es una cuestión evidentemente parteaguas; de lo contrario, no estaríamos en esta sesión que al parecer va a ser extensa. Es un tema que el Uruguay tiene que afrontar y para el que debe intentar hallar una solución.

El ser humano tiene una característica muy particular: una faceta individual y una faceta social. En El contrato social Rousseau señalaba que el hombre nacía bueno y que la sociedad lo corrompía, y de ahí podemos ir a la Ley Le Chapelier, que durante la Revolución francesa prohibió las agremiaciones por entender que toda entidad que superaba lo meramente individual era perniciosa para el ser humano.

Una posición diametralmente opuesta y de varias décadas después, es la de Marx. En su Tesis sobre Feuerbach desarrolló un pensamiento totalmente opuesto al de Rousseau y subsume al hombre en el conglomerado social en el que pierde su individualidad. ¡Vaya que tenemos esa naturaleza dual!

El hombre es uno de esos animales que nace particularmente indefenso. Los que somos camperos hemos visto al cordero, al ternero o al potrillo nacer y que, ni bien lo hace, se para, mama y acompaña a su madre en el rebaño o en la manada. El hombre es incapaz de eso y necesita de los cuidados de su madre, de su familia y del contorno social que lo apoye.

Estamos preocupados porque creemos que existe un infundado ataque a la familia. De las clases de Sociología de la facultad, recordamos las tesis de Malthus que –más que centenarias– en 1958 tuvieron una exposición muy particular en la voz de McNamara, secretario de Estado de los Estados Unidos, llamando a la contención del crecimiento de la humanidad. De alguna forma, hay un cierto malthusianismo que se ha expandido en los últimos años en occidente y que quizás, como lo vemos en Europa, termine extinguiendo esta sociedad occidental que ha sido una obra cúlmine de la humanidad.

Nosotros defendemos a la familia, lo hacemos por un imperativo filosófico, lo hacemos por un imperativo jurídico. El artículo 40 de la Constitución de la república expresa: «La familia es la base de nuestra sociedad. El Estado velará por su estabilidad moral y material para la mejor formación de los hijos dentro de la sociedad». Este artículo está inserto en esa sección dogmática que tiene nuestra Constitución y cuando me hablan de reformarla, lo que más me preocupa es que desaparezca esta sección doctrinaria, que tiene una naturaleza ius naturalista y que reconoce derechos que preexistieron a su aprobación. La familia y sus derechos preexisten al texto constitucional que, con gran dignidad, simplemente los reconoce.

He escuchado alegaciones en contra de la constitución familiar, en contra del derecho latino de occidente y cosas que me promueven una cierta sonrisa, por no decir una mueca de desagrado, cuando se pretende que no se utilicen términos como «menor» porque tiene un sentido peyorativo respecto a la persona humana; que no se pueda hablar de patria potestad porque eso significa evocar el patriarcado cuando, en realidad, la patria potestad es el conjunto de derechos y deberes que tradicionalmente han tenido que asumir los padres para con los hijos, o que tampoco pueda hablarse de la tenencia o guarda del menor porque eso cosifica a la persona del menor. Bueno, realmente creo que hay una embestida cultural que tiene varias facetas y hay una que va contra la propia existencia del ser humano, que es que solo hombres y mujeres pueden generar vida. Pienso que hay muchos que creen en este concepto, que hoy invocaba la notable artista Olga Delgrossi. Si hay algún momento en el que somos, de alguna forma, imagen y semejanza del creador, es cuando el hombre y la mujer se unen y generan vida. Es difícil imaginarse ese fenómeno sin hombres y mujeres. La vida tiene diferentes etapas, algunos ya estamos en la final que caracteriza justamente la palabra Senado, que proviene de senectus. En alguna época de la humanidad se jerarquizaba la experiencia, la edad; hoy hay razones de orden cultural que hacen que, de alguna forma, la experiencia y la antigüedad no deban ser tenidas en cuenta. Lo cierto es que ese fruto del amor del hombre y la mujer, que son los niños, es mi particular desvelo.

Debo confesar que en este proyecto de ley solo encuentro soluciones que buscan atenuar ese enfrentamiento que muchas veces, artificialmente, se pretende estimular entre hombres y mujeres. Pone un acento sobre la corresponsabilidad que hombres y mujeres tenemos en la familia. Esta iniciativa consagra deberes de los padres, al tenor del artículo 41 de la Constitución que dice: «El cuidado y educación de los hijos para que estos alcancen su plena capacidad corporal, intelectual y social es un deber y un derecho de los padres». Creemos que esta legislación que se proyecta y que esperamos que se apruebe, cumple con todas las exigencias de nuestro derecho nacional e, incluso, de las convenciones internacionales. La idea central de la Convención sobre los Derechos del Niño se resume en la fórmula «interés superior del niño», tan en boga en estos días, contemplada en el primer inciso del tercer artículo que establece: «En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño».

Al respecto, la doctrina ha dicho que cuando hay niños en juego, su interés superior y el familiar no tendrán connotaciones diferenciadas. No es la eventual voluntad discrecional o arbitraria del niño la que se ha de imponer y, en todo caso, no se debe incurrir en el error de igualar las peticiones o supuestos deseos del niño con su interés superior. En otras palabras, si el interés familiar, dadas las circunstancias de un supuesto concreto, se ubica en el planteo articulado por un adulto –el padre o la madre–, en contraposición a los requerimientos del hijo, es porque el interés que invoca este no se compadece con su interés superior y, por ende, no existirán razones para hacerlo prevalecer. En definitiva, a pesar de que estamos ante expresiones diferentes, interés del niño e interés familiar –cabe reiterar–, no presentan dicotomía alguna entre ambas, pues no estamos frente a la aplicación de parámetros distintos.

En consecuencia, entendida la cuestión como se acaba de describir, los dos intereses siempre marcharán juntos en el sentido de que el interés superior del niño no podrá tener cabida si se opone al interés familiar, de modo tal que si se decide conforme al primero nombrado, el segundo necesariamente ha de quedar preservado. La razón estriba en que la satisfacción plena de los derechos del niño no se compadece con conductas que adquieran ribetes abusivos o transgredan la regla básica de la solidaridad familiar. Es que no se comprende de qué modo se pueden efectivizar los derechos de los niños si por hipótesis se verificara un aval judicial a las supuestas pretensiones individuales, egoístas e insolidarias que aquellos pudieran articular. Estas son expresiones del doctor Luis Mauricio Mizrahi, un reconocido catedrático argentino en materia de derecho de familia, en su obra Responsabilidad parental.

La expresión en inglés del interés superior del niño es the best interest of the child; por lo que se ha deducido que, en verdad, la traducción correcta al español sería el mejor interés del niño y no el interés superior. De todos modos, corresponde aclarar que en la realidad ha sido este último texto el que fue, en definitiva, aprobado en nuestro idioma.

Podría acotarse sobre el tema que el psicoanálisis en niños ha advertido que la concepción de intereses superiores o prevalecientes en el núcleo familiar no resulta saludable por cuanto nos remite a otros intereses subordinados o sacrificados en pos de ellos. Es que toda idea de que un miembro de la familia, llámese padre o madre, se sacrifique para que prevalezca un supuesto interés superior es susceptible de provocar un sentimiento de culpa en el niño que puede paralizar o dificultar su evolución. Como quiera que sea y aunque estrictamente estas expresiones no serían idénticas, debemos atribuir a ellas –interés superior y mejor interés– el mismo significado, dado que para configurarse siempre será necesario que se identifiquen con el interés familiar.

En nuestro derecho, ello se encuentra en consonancia con el artículo 41 de la Constitucional nacional, en cuanto este prescribe que el cuidado y la educación de los hijos para que estos alcancen su plena capacidad corporal e intelectual, así como social, es un deber y un derecho de los padres. Entonces, creemos que los padres tienen, respecto a sus hijos, como lo preceptúa la norma constitucional, derechos y deberes. Así también lo han sostenido en el derecho comparado prestigiosos juristas que afirman la existencia de derechos y deberes en las relaciones paternofiliales, como ser: Carbonnier, Ripert y Boulanger, De Ruggiero, Bossert, Zannoni, Beluscio en la Argentina, Lloveras y Stilerman.

Por lo regular, los problemas del cuidado personal de los hijos se originan cuando los padres, con quienes conviven, rompen la unión que tenían hasta entonces y, en consecuencia, en la práctica se ven imposibilitados de ejercer simultáneamente el cuidado, atención y educación de sus descendientes. Sobre el asunto, reparemos que la Convención sobre los Derechos del Niño, en su artículo 9, numeral 1, establece que «Los Estados partes velarán por que el niño no sea separado de sus padres contra la voluntad de estos...». En el numeral 3 del mismo artículo se impone que «Los Estados partes respetarán el derecho del niño […] a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres…». Digamos que la familia es responsable en forma prioritaria de asegurar a las niñas, niños y adolescentes –utilizando esta terminología moderna– el disfrute pleno y el efectivo ejercicio de sus derechos y garantías. El padre y la madre tienen responsabilidades y obligaciones comunes e iguales en lo que respecta al cuidado, desarrollo y educación integral de sus hijos. Por eso se ha dicho que los hijos tienen el derecho a la preservación de sus relaciones familiares, a crecer y a desarrollarse en su familia de origen y a mantener en forma regular y permanente el vínculo personal y directo con sus padres, aun cuando estos estuvieren separados o divorciados.

La separación de los padres no debe influir sobre el cuidado personal compartido que estos deben tener de sus hijos y estos se podrán dispensar tanto si el hijo permanece un tiempo similar con cada padre como si reside de manera principal en el domicilio de uno, y secundaria en el del otro. No obstante, lo que más caracteriza a los cuidados compartidos es que el hijo permanece con uno y otro padre por períodos más o menos equivalentes. La tenencia o convivencia compartida asegura al niño que ambos padres podrán cumplir con su deber de dispensarle los cuidados, a los que están obligados, y a su vez permitirá a los hijos disfrutar del trato con ambos progenitores. Serán actos de la corresponsabilidad parental todos aquellos de significancia singular para el interés de los hijos, como decidir el tipo de educación que recibirán, su escolaridad, establecimiento a los que concurrirán, si será en jornada simple o doble, si practicarán o no deportes, viajes, instrucción religiosa o no, etcétera. A su vez, la tenencia compartida permitirá el cuidado personal en la vida cotidiana del niño, o sea, determinar a qué hora se despertará, a qué hora deberá ir a dormir, atender su higiene dental, su desayuno, los traslados de ida y vuelta al establecimiento educacional o a la casa de sus amigos, etcétera. Estos actos obviamente solo se pueden cumplir mediante la convivencia del niño con sus progenitores y la tenencia compartida permite distribuir estas responsabilidades particularmente en beneficio del niño.

La tenencia compartida supondrá que el hijo pasará períodos de tiempo con cada uno de los progenitores, lapsos que responderán a la organización de la familia y a las posibilidades de los padres y la tenencia será compartida aun cuando tenga la particularidad de que los tiempos que el niño pase con cada uno de ellos sea de diferente extensión. La tenencia compartida tiende a neutralizar los efectos negativos emergentes del quiebre de la convivencia de los progenitores, lo que genera un sentimiento de pérdida que se mitiga con el acercamiento a ambos –que se alternan en su cuidado– por parte de los hijos. Por otro lado, permite que el hijo se consustancie con ambos progenitores, integrándose mejor a su núcleo familiar. A su vez, la tenencia compartida permite una actuación de mayor equivalencia de los padres, haciendo más llevaderas las tareas que corresponden al papel que ambos deben jugar con relación a sus hijos. Digamos que la tenencia compartida permite que los hijos alternen con ambos progenitores y se enriquezcan con las particularidades de ambos, su sensibilidad, sus destrezas o aptitudes, que seguramente serán diferentes y permitirán al niño efectuar opciones más acordes a sus propias aptitudes e intereses.

De acuerdo con el artículo 12, numeral 1, de la Convención sobre los Derechos del Niño, se consagra el derecho de todo niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio, de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que lo afecten, teniéndosela en cuenta debidamente en función de su edad y madurez. Las normas proyectadas recogen este derecho del niño, que deberá ser oído en los procedimientos que en ellas se regulan. Como señala la convención, los niños y las niñas ejercen sus derechos de manera progresiva a medida que desarrollan un mayor nivel de autonomía personal.

Sobre esta materia se ha entendido que, a efectos de garantizar el derecho del niño a ser escuchado, se debe tener especial consideración sobre la preparación, que consiste en informar al niño de sus derechos a expresarse y los efectos que ello tendrá en la toma de decisiones. El desarrollo de la audiencia será en un espacio de confianza y consideración sobre lo dicho, en un marco de confidencialidad, con la evaluación de la capacidad del niño a los fines de tener debidamente en cuenta las opiniones, siempre que el análisis del caso concreto indique que el niño es capaz de formarse un juicio propio, siendo ello un factor destacado en la resolución de la cuestión. También habrá que comunicar al niño cómo se tuvieron en consideración sus opiniones en la resolución del asunto y su derecho a presentar recursos cuando entienda que se ha violado su derecho.

Estas son conclusiones a las que llega la doctora Carolina Duprat, otra eminente especialista en derecho de familia, de nacionalidad argentina, en su obra Responsabilidad parental. Digamos que la doctrina y la jurisprudencia argentinas tienen mayor experiencia que la nuestra en estos temas de corresponsabilidad parental y tenencia compartida porque ya hace varios años, durante el gobierno de la doctora Fernández de Kirchner, se aprobó el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina en cuyo artículo 651 se impone la tenencia compartida, al igual que ha sucedido en las legislaciones de otros países, como Italia y Francia. En el derecho argentino esta autora también ha sostenido que desde la doctrina y la jurisprudencia se fue avanzando hacia la tenencia compartida, figura que no estaba expresamente prevista en el ordenamiento argentino, pero cuyas ventajas son: a) permite al niño mantener un estrecho vínculo con ambos padres; b) la participación activa de los progenitores en la vida del infante lo estimula a proveer sus necesidades; c) se facilita la inserción laboral de la madre y aumentan las posibilidades de que ambos padres colaboren en la manutención del hijo y d) ninguno de los padres se siente excluido del proceso de crianza del niño.

La citada autora termina señalando que tanto la doctrina especializada como la jurisprudencia han hecho un importante camino previo que llevó a la consagración de la tenencia compartida como principio en la legislación argentina, a efectos de adecuar la equivalencia de responsabilidades de los progenitores en la crianza y educación de los hijos.

Estos especialistas en derecho de familia, en un ordenamiento jurídico que tiene una mayor experiencia que la nuestra en los temas de corresponsabilidad en la crianza y tenencia compartida, aconsejan las soluciones que modestamente se han tratado de consagrar en este proyecto de ley. Digamos que todo esto, en definitiva, debe obrar a favor de la familia y de los niños, que son los destinatarios últimos de nuestra labor.

Muchas gracias.

25) ASUNTOS ENTRADOS

SEÑORA PRESIDENTA.- Dese cuenta de un asunto entrado fuera de hora.

(Se da del siguiente).

SEÑORA PROSECRETARIA (Victoria Vera).- «El Poder Ejecutivo remite un mensaje, de conformidad con lo establecido por el numeral 11 del artículo 168 de la Constitución de la república, por el que solicita la venia correspondiente para conferir los ascensos al grado de coronel médico de los Servicios Generales Comunes de las Fuerzas Armadas, con fecha 1.º de febrero de 2022, por el sistema de antigüedad y selección, y por aplicación del artículo 106 de la Ley n.º 19775, de 26 de julio de 2019, en orden de precedencia, al teniente coronel médico Robinson Rodríguez y a la teniente coronel médico Mónica Noble. (Carpeta n.º 747/2022)».

SEÑORA PRESIDENTA.- Pasa a la Comisión de Defensa Nacional.

26) CRISIS DEL AÑO 2002

SEÑORA PRESIDENTA.- Dese cuenta de otro asunto entrado fuera de hora.

(Se da del siguiente).

SEÑORA PROSECRETARIA (Victoria Vera).- «La señora senadora Liliam Kechichian, de conformidad con lo establecido por el artículo 180 del Reglamento del Senado, solicita autorización para que el señor senador Mario Bergara realice una exposición verbal por el término de treinta minutos, en la sesión ordinaria del día 16 de agosto del corriente, a los efectos de referir al tema Crisis del año 2002».

SEÑORA PRESIDENTA.- Corresponde votar la autorización solicitada por la señora senadora Kechichian, como coordinadora de la bancada del Frente Amplio, a efectos de que el señor senador Bergara realice su exposición en la sesión ordinaria del día 16 de agosto del corriente.

(Se vota).

–22 en 22. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Queda autorizado, pues, el señor senador Bergara a realizar la mencionada exposición verbal.

27) SOLICITUDES DE LICENCIA E INTEGRACIÓN DEL CUERPO

SEÑORA PRESIDENTA.- Léase una solicitud de licencia.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (José Pedro Montero). - «Montevideo, 2 de agosto de 2022

Señor secretario del Senado

Gustavo Sánchez

Presente

 

De mi mayor consideración:

Solicito a usted ponga a consideración del Cuerpo mi siguiente pedido de licencia.

En mi condición de vicepresidenta de la república he sido invitada a representar al Gobierno uruguayo en la ceremonia de trasmisión de mando de la República de Colombia.

En virtud de ello, solicito al Cuerpo me conceda licencia el sábado 6 y el domingo 7 de agosto.

Sin otro particular.

Beatriz Argimón. Presidenta de la Cámara de Senadores».

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota).

–23 en 24. Afirmativa.

Se comunica al Cuerpo que, en virtud de que estaré en uso de licencia por los días 6 y 7 de agosto, pasará a ocupar la vicepresidencia de la república la señora senadora Graciela Bianchi. Por tal motivo, y habiendo presentado nota de desistimiento los señores Fernanda Maldonado, Pablo Caram, Ricardo Planchón y Alejandro Draper informando que por esta vez no aceptan la convocatoria a integrar el Cuerpo, queda convocado el señor Jorge Saravia, quien ya ha prestado la promesa de estilo.

28) CORRESPONSABILIDAD EN LA CRIANZA

SEÑORA PRESIDENTA.- Continúa el tratamiento del tema en consideración.

SEÑOR CARRERA.- Pido la palabra.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR CARRERA.- Señora presidenta: estamos discutiendo un tema complejo.

Anoté una palabra: «indignación»; este proyecto me produce una profunda indignación. Es profundamente injusto que estemos discutiendo de esta manera un tema tan sensible para el país como es el de la niñez. Puede molestar esta expresión, pero es la verdad.

Hoy lo señaló el señor senador Mahía: acá se dio una discusión exprés. El proyecto de ley ingresó el 12 de julio –un sustituto– y se votó el 19. Solicitamos –lo mencionó el señor senador Mahía– que se recibiera a un conjunto de delegaciones oficiales para que dieran su opinión, como por ejemplo el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, el Comité de los Derechos del Niño Uruguay, el Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes, Unicef, INAU, Red Pro Cuidados del Uruguay, la Asociación de Magistrados del Uruguay, la Asociación de Defensores Públicos del Uruguay. También se recibieron solicitudes de la sociedad civil y no se quiso que se expresara.

En este tema se rompió con una larga tradición de esta casa. En la década de los noventa se legisló en Uruguay y se aprobó la Convención sobre los Derechos del Niño. Dimos ese paso, se concretó ese avance, pero después transcurrieron catorce años –creo que la señora presidenta era legisladora en ese entonces– antes de llegar a un acuerdo y votar el Código de la Niñez y la Adolescencia que se aprobó por unanimidad, porque todo el sistema político lo acompañó. Cuando se habla de cambios o de que se hicieron modificaciones desde el 2004 a la fecha, tenemos que recordar que muchos de ellos fueron por unanimidad. Fueron avances que se dieron en la protección de esos derechos. Por eso afirmamos que son profundamente injustos esta discusión y este proyecto; ojalá que no se vuelva a vivir un acto de tal retroceso en los derechos de la niñez y que se discuta sobre los verdaderos problemas y urgencias de nuestros niños, niñas y adolescentes.

Las organizaciones sociales han manifestado –y con razón– que es un proyecto de ley innecesario y que afecta a nuestra niñez. Es innecesario porque la tenencia compartida y la corresponsabilidad en la crianza ya existe y, como decía el señor senador Mahía, estamos de acuerdo. Lo digo como padre que ejerzo la corresponsabilidad en la crianza de mis hijos. No hay necesidad de avanzar como se está proponiendo en esta iniciativa.

Desde el Frente Amplio consideramos que es un profundo error, ya que la gran mayoría de los casos se resuelve, en nuestro país, sin ningún problema. No hay evidencia de que sea necesario avanzar por este camino. Tal como ha quedado de manifiesto en la Comisión de Constitución y Legislación a la hora de consultar versiones o proyectos anteriores, así como en la contestación a algunos pedidos de informes que realizó nuestra compañera Nane, la gran mayoría de los casos se resuelve sin ningún inconveniente.

Asimismo, señora presidenta, decimos que las leyes deben ser generales y abstractas, pero aquí se quiere legislar por una porción ínfima de casos. Además, se quiere cambiar la matriz de nuestro sistema de protección a la niñez, que se basa en el interés superior. Esto hace –en nuestra opinión– que el cambio que se propone llegue a no estar de acuerdo con lo previsto en la Constitución de la república.

La Suprema Corte de Justicia ha compartido el denominado bloque de constitucionalidad, y ha dicho que las convenciones internacionales de derechos humanos se integran a nuestra Constitución por la vía del artículo 72, por tratarse de derechos inherentes a la dignidad humana que la comunidad internacional reconoce a tales efectos. Es decir que el bloque de constitucionalidad marca que los derechos fundamentales inherentes a la persona humana hacen parte de nuestro ordenamiento jurídico. Sin embargo, los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes reconocidos en las convenciones y demás instrumentos internacionales están siendo violentados por este proyecto de ley, que viola el interés superior del niño establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño. Este proyecto de ley violenta la Convención sobre los Derechos del Niño y, por ende, la Constitución de la república, en una interpretación armoniosa de los artículos 7, 72 y 332.

Además, como decíamos, es un proyecto innecesario e inconstitucional. En ese sentido, nos preguntamos si no existen problemas referidos a la niñez que deberíamos estar tratando hoy aquí. Sí, muchos. Existen problemas relacionados con la pobreza. Hoy aquí deberíamos estar discutiendo y buscando instrumentos para atender los problemas de la pobreza. Deberíamos estar discutiendo cómo hacer frente al terrible problema de la pobreza infantil y cómo se vive esta situación durante la infancia y la adolescencia, que marca todo el desarrollo futuro.

Deberíamos estar discutiendo cómo hacer frente a los problemas de acceso a la justicia; cómo resolver los problemas de las familias más débiles, que no pueden acceder a la justicia porque es lenta –los procesos de familia son lentos–, por la falta de recursos, de técnicos y de defensores de oficio, como señalaba el señor senador Mahía. Hay inequidad en el acceso a la justicia; hay problemas para acceder ella. Eso es lo que deberíamos estar discutiendo hoy aquí: cómo levantar las trabas para acceder a la justicia.

Deberíamos estar discutiendo acerca de los problemas de violencia, como también señalaba el señor senador Mahía. Al respecto –lo señalé anteriormente–, la evidencia es contundente. Tanto los informes del Sipiav, como las dos Encuestas Nacionales de Prevalencia sobre la Violencia Basada en Género y Generaciones y los informes de Unicef, hacen visibles las historias de dolor, de sometimientos y de horror que viven nuestros niños, niñas y adolescentes y concluyen que, al contrario de lo que se espera –como señalaba el señor senador Mahía–, son los entornos afectivos más cercanos los lugares más inseguros para nuestra niñez.

En el documento La violencia contra niños, niñas y adolescentes. Análisis en el marco de la Segunda Encuesta Nacional de Prevalencia sobre Violencia Basada en Género y Generaciones 2019, Unicef dice: «La exposición de niñas, niños y adolescentes a la violencia de pareja hacia las mujeres en sus hogares tiene consecuencias significativas para su bienestar y desarrollo. Conocer en qué magnitud se dan estas situaciones posibilita la generación de acciones de apoyo para superar los impactos y diseñar políticas que activen mecanismos de protección y seguimiento de los niños, niñas y adolescentes en estos contextos». El estudio deja en evidencia la significativa exposición de menores en situaciones de violencia de género al estimar que un 20 % vive en hogares donde se reporta que ha habido violencia ejercida por la pareja o expareja en los últimos doce meses, y aumenta a 1 de cada 3 si se considera, además, la violencia familiar que viven las mujeres. Se estima, entonces, que unos 386.000 niños, niñas y adolescentes viven en hogares donde se reportó violencia basada en género en los últimos doce meses, en definitiva, en entornos negativos para el desarrollo.

Asimismo el Sipiav, en su Informe de Gestión Anual 2021, señala que a lo largo del año pasado se atendieron unas 7035 situaciones de violencia hacia niñas, niños y adolescentes, lo que implica la intervención en promedio de 19 casos por día. De ese total de casos, 2882 corresponden a nuevas situaciones ingresadas al sistema durante el 2021. La cifra representa un aumento del 43 % respecto a 2020, año en el que se registraron 4911 casos de violencia.

Entonces, sobre esos temas tendríamos que estar discutiendo. Tendríamos que estar discutiendo sobre los problemas de pobreza, de acceso a la justicia, de la violencia que sufren nuestros niños, niñas y adolescentes. Sin embargo no es así, estamos discutiendo acerca de este proyecto, que llega a ser hasta incongruente, señora presidenta, ya que en algunos casos deroga o contraviene legislación vigente, por ejemplo todo el capítulo XI del Código de la Niñez y la Adolescencia, que fue votado por unanimidad en esta casa en el 2019. Contraviene toda la Ley n.º 19747, que justamente buscaba fortalecer el acceso a la justicia y la adecuada protección y restitución de los derechos cuando estos se encuentran vulnerados por una situación de violencia.

Insisto: esos son los temas que tendríamos que estar discutiendo, pero lamentablemente no lo podemos hacer porque se inicia un camino que es dejar de lado los consensos políticos, justamente en un tema tan sensible para el país como son las políticas de niñez y adolescencia.

Lamentablemente no se pudo recibir, no se pudieron dar los debates necesarios, no se pudo escuchar, pese a que teníamos tiempo, porque hoy es 2 de agosto. Desde que ingresó el proyecto, el 12 de julio, nos podríamos haber organizado en comisión y haber recibido a las delegaciones oficiales, pero también a las organizaciones de la sociedad civil.

Como dije, señora presidenta, la aprobación de este proyecto rompe con una larga tradición parlamentaria de intercambio, negociación y búsqueda de acuerdos por considerar y otorgar estatus de política de Estado a los temas de infancia y adolescencia en el Uruguay. No es bueno para las niñas y los niños de este país, pero tampoco lo es para la democracia que se legisle así.

El Uruguay tiene un camino recorrido hasta que este proyecto hoy tenga una primera sanción. Mencionamos todo lo que tiene que ver con cómo se votó la Convención sobre los Derechos del Niño, cómo se llegó al Código de la Niñez y la Adolescencia, cómo fue un avance en nuestro país. El proyecto que se está debatiendo hoy sin el suficiente análisis contiene aspectos contrarios, como señalaba el señor senador Mahía, al interés superior de las niñas, niños y adolescentes, por más que se lo quiera presentar de otra manera. Está sustentado y construido desde la visión de adultos, por y para dirimir conflictos de los adultos, y de unos pocos, porque no solo no hay evidencia que muestre lo contrario, sino que no hay un análisis jurídico contundente que haga lugar a que este sea el camino.

Lo grave de aprobar este proyecto en esta jornada es que se está habilitando a que las personas que estén en cumplimiento de medidas cautelares por motivos de violencia o abuso hacia sus hijos puedan restablecer la vinculación y visitas hasta que no se dicte la sentencia definitiva. Eso es muy grave. La gravedad de esta transgresión a los principios y mandatos legales resulta de una incongruencia inédita, sobre todo porque va en contra de los derechos consagrados.

Como no hay evidencias, no hay datos que sustenten este proyecto, uno se podría llegar a preguntar hasta para quién está pensado. Además las leyes que salgan de esta casa tienen que ser mandatadas por razones de interés general. Como señalé, en mi visión es un proyecto inconstitucional por ser contrario al bloque de constitucionalidad, innecesario, inconveniente, incongruente y que daña a la niñez y a los adolescentes.

Pasemos revista, señora presidenta, al articulado.

El artículo 1.º establece el principio de corresponsabilidad en la crianza, recogiendo lo que ya está establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño y lo que está vigente en nuestro ordenamiento jurídico. Este artículo carece de contenido y es redundante que se establezca el reconocimiento de un instrumento jurídico como la convención, que ya fue ratificada pero que además ya se encuentra regulada en el Código Civil y en el Código de la Niñez y la Adolescencia. En tal sentido, cuando compareció la cátedra de Derecho de Familia de la Universidad de la República en el 2021 para comentar otro proyecto, manifestó que las propuestas planteadas eran redundantes ya que nuestro ordenamiento jurídico las prevé.

El artículo 2.º modifica el artículo 34 del Código de la Niñez y la Adolescencia. Su inciso primero viene a consagrar algo que ya existe en el Código Civil, la patria potestad, por lo cual no es recomendable su aprobación por superabundante y por llevar a confusiones en algo que ya está claramente regulado en nuestro ordenamiento jurídico.

El inciso segundo confunde los conceptos de guarda y tenencia, y no queda claro a qué se refiere aquí con la corresponsabilidad en la crianza, pues la patria potestad no la pierde ningún padre o madre por el hecho de separación ni por la fijación de un régimen de visitas.

La Asociación de Magistrados del Uruguay se expresó coincidentemente en su comparecencia: con relación a la modificación del artículo 34, la corresponsabilidad parental es un concepto que resulta abarcado en nuestro derecho en la regulación del instituto de la patria potestad. Se confunden los conceptos y se mezclan los de guarda jurídica, custodia y tenencia.

El artículo 3.º modifica el artículo 35 del Código de la Niñez y la Adolescencia, referente al proceso de tenencia y visita, y faculta a los jueces al respecto. Nosotros creemos que este artículo complejiza, porque si se le da un plazo, se debería establecer una sanción. De lo contrario, esta va a ser una norma que constantemente será incumplida.

El artículo 4.º agrega un artículo 35 BIS al Código de la Niñez y la Adolescencia revirtiendo o poniendo en contradicción las legislaciones actuales aprobadas para la protección de la niñez y la adolescencia que ratifican los principios de la convención, muy especialmente en aquel referente a la prohibición de revinculación de los niños, niñas y adolescentes con quienes están denunciados de atentar contra la integridad física, psíquica o sexual intrafamiliar. En particular, el literal B) del artículo proyectado permite continuar con un régimen de visitas ante casos de denuncias por violencia intrafamiliar, lo cual es a todas luces inaceptable y gravísimo, señora presidenta. Se intenta proteger el interés del progenitor por encima de la integridad física de los niños, niñas y adolescentes. El riesgo que se asume es desmesurado porque la mayor parte de las denuncias existentes responden a situaciones reales de violencia intrafamiliar y no a denuncias infundadas, como se ha dicho. La gran mayoría de las denuncias son fundadas, y no es como se dice, señora presidenta. A mí me ha tocado estar vinculado a estos temas y no es verdad que la mayoría de las denuncias sean infundadas y sin pruebas. De manera que la modificación del artículo 4.º es gravísima.

El artículo 5.º modifica el artículo 37, referente a los procesos sobre tenencia. Se agrega un segundo inciso en el cual se establece el plazo de ciento veinte o ciento cincuenta días contados para que resuelva el juez.

El artículo 6.º modifica el artículo 39 en cuanto a la determinación del régimen de visitas. La determinación de la visita se fijará de común acuerdo entre las partes. A falta de acuerdo o que se impida o limite el ejercicio del derecho mencionado, el tribunal lo fijará conforme al principio de la corresponsabilidad en la crianza.

El artículo 7.º está a tono con el espíritu vacío de la ley.

El artículo 8.º establece el principio de incolumidad de pensión alimenticia. Este artículo es innecesario en nuestra opinión, y en el contexto del resto del articulado daría a entender que su motivo de existencia es desmentir los argumentos en contra de padres que usan la tenencia compartida para evitar pagar pensiones alimenticias, pero en la práctica muchos jueces establecen igual la pensión sin ningún inconveniente.

El artículo 9.° da al niño o a la niña la calidad de parte procesal. Este artículo modifica el sistema procesal actual, dando al niño o a la niña la calidad de parte, pero no queda claro qué tipo de parte sería. El niño o la niña no se puede ubicar en un proceso de visitas como actor, como demandado ni como tercero. Es indiscutible que el niño o la niña debe ser oído y sus intereses protegidos, pero es sujeto al proceso con un estatuto especial. No queda claro cuáles serán las consecuencias ni cuál es el objetivo concreto de esta regulación.

El artículo 10 dispone la designación de un defensor de oficio para el niño, la niña o el adolescente, y el artículo 11 introduce la posibilidad de la mediación ante los centros especializados del Poder Judicial.

El artículo 12 prevé la posibilidad de solicitar la auxiliatoria de pobreza para las partes que no posean recursos para financiar el proceso. Consideramos que con este artículo ‒una vez más‒ se está regulando para la tribuna, porque si queremos realmente declarar, declaremos la auxiliatoria de todo: de todos los costos del proceso, pero también de los costos de las partidas de nacimiento, porque nosotros vemos muchas veces que una madre o un padre no tienen plata para sacar las partidas en la Dirección General del Registro de Estado Civil. Entonces, si vamos a discutir, tenemos que discutir en serio cómo se puede acceder a la justicia sin ningún tipo de obstáculo.

El artículo 13 no lo compartimos, porque consideramos que son conceptos que nada agregan a la normativa ya existente.

En definitiva, señora presidenta, no tenemos dudas de que es necesario avanzar en los temas de corresponsabilidad en el cuidado de niñas, niños y adolescentes, pero no puede hacerse sobre la base de malas experiencias de algunos adultos, que son la excepción en nuestro sistema y no la regla. No se debe legislar para situaciones individuales o particulares, sino para la generalidad de la población. Las leyes tienen que ser generales y abstractas.

El proyecto supone una regresividad en perspectiva de derechos humanos, lo que atenta o pone en riesgo el principio de progresividad que caracteriza la materia y que implica el gradual progreso en los distintos derechos y sus garantías. Es particularmente regresivo si tenemos en cuenta las obligaciones y los principios rectores que asumió nuestro Estado al ratificar la Convención sobre los Derechos del Niño y, posteriormente, al aprobar el Código de la Niñez y la Adolescencia.

En resumen, señora presidenta, este proyecto no solo no contribuye a mejorar la situación de la infancia y la adolescencia, sino que las pone en riesgo en opinión de la bancada de senadores del Frente Amplio. El deber del Estado es asegurar su protección integral y su interés superior para que puedan desarrollar todas sus capacidades, sus habilidades y toda su autonomía, y para que puedan vivir libres de todas las formas y las expresiones de violencia. Debe ser un Estado que asegure que los niños y las niñas no tengan dueños ni sean tratados como mercancías de cambio.

Una cosa muy importante, que nos preocupa, señora presidenta, es la modificación del artículo 4.°. Los especialistas han dicho que obligarlos a pasar tiempo con una persona que ejerció violencia o abuso es silenciar para siempre a los niños y a las niñas que sufren violencia, es profundizar su sufrimiento y su daño.

Señora presidenta: eso es lo que nos preocupa, y por eso la bancada de senadores del Frente Amplio no va a acompañar en general ni en particular este proyecto.

Muchas gracias.

SEÑOR MANINI RÍOS.- Pido la palabra.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR MANINI RÍOS.- Señora presidenta: es verdad que hoy podríamos estar hablando de muchísimos otros temas muy importantes para la vida de nuestra sociedad, pero hoy nos toca hablar de este, que es realmente importante.

Me sorprende que cause indignación algún tema formal por la supuesta falta de tiempo que hubo en el tratamiento de este proyecto, que entró en setiembre de 2020, que se discutió largamente y por el que se recibieron delegaciones de todo tipo, como bien mencionó, con lujo de detalles, la senadora miembro informante. Se recogieron testimonios de muchos de los organismos que se nombran en documentos que en algún otro momento se hicieron para tratar de demostrar lo contrario, pero cuando esos organismos comparecieron ante la comisión, en definitiva apoyaron la esencia de este proyecto.

Soy de los que creen que en la vida, y particularmente en la política, lo que manda es la realidad; no la teoría, no los libros, sino la realidad. Hoy la realidad nos dice que se están cometiendo tremendas injusticias procurando un efecto en la aplicación de leyes que buscan –al menos así está en su exposición de motivos– enfrentar la violencia hacia la mujer, pero que en los hechos han tenido como resultado exactamente lo contrario: han aumentado notoriamente los casos de violencia hacia la mujer.

Creemos que en este tema que hoy nos convoca claramente se están dando –y esta es la realidad de la que yo hablo– casos de injusticia notoria, o casos de impotencia y violencia derivada notoria. Por ejemplo, me refiero a padres que son privados de visitar o de ver a sus hijos; de abuelos, tíos y primos que pierden contacto con los niños en aras de la aplicación de determinados artículos, o por visiones que muchas veces son sesgadas, influenciadas, y creo que generan efectos tremendamente negativos.

Se ha dicho que es innecesario avanzar en este tema; creo que no, que es muy necesario. Cuando sabemos que hay inocentes que hoy están siendo víctimas de una manipulación y de determinados prejuicios, creemos que es urgente legislar al respecto. Creemos que hay urgencia.

Se ha dicho que aquí los derechos humanos son violentados por este proyecto. Creo que, por el contrario, y como muy bien dijo la señora senadora miembro informante, privar a un niño del contacto con su padre es una forma de maltrato infantil. Eso no puede llevarnos a mirar hacia el costado; tenemos que actuar, tenemos que legislar, tenemos que cambiar, en cierta forma, esta realidad.

Son innumerables los testimonios –que claramente demuestran lo que estoy diciendo– de hechos evidentemente injustos, que llevan a una impotencia y al sentimiento de que se está violando el artículo 8.° de la Constitución, que dice que somos todos iguales ante la ley. No; no somos todos iguales. Acá, por su condición o por su género, hay unos más iguales que otros, y eso no puede ser. No podemos permitir esa violación al artículo 8.° de la Constitución.

Miro el proyecto en sí, que es lo que hoy estamos discutiendo. Estamos discutiendo un proyecto de ley, no ideas abstractas ni otra cosa más que no sea un proyecto de ley. Parto de la base de que todos queremos lo mejor para nuestra sociedad, como se dijo aquí; todos, de cualquier partido político. Por lo tanto, hay cosas que no puedo entender. No entiendo que haya quienes no estén de acuerdo con el artículo 1.º. Por más que sea reiterativo y que esté diciendo lo que ya está escrito aquí o allá, a nadie puede molestar que se declare y se reconozca el principio de corresponsabilidad en la crianza, «entendiéndose por ello que ambos padres tienen derechos y obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y desarrollo de los niños y adolescentes, cualquiera sea el régimen de tenencia fijado judicialmente o por acuerdo». Así lo dice el artículo 1.º.

«El Estado y las instituciones y organismos públicos deberán adoptar las medidas tendientes a garantizar y hacer efectiva la aplicación de este principio». ¿Qué es lo que molesta de esto que está escrito? ¿Que el Estado garantice que se aplique ese principio, por más reiterado que esté en otras partes de nuestro ordenamiento jurídico? ¿Qué es lo que molesta del artículo 2.º, cuyo tercer inciso dice: «De no existir acuerdo entre los padres, la tenencia será resuelta por el Juez de Familia quien deberá dictar las medidas necesarias para su cumplimiento, así como para garantizar el efectivo ejercicio del derecho y deber de ambos padres de participar activa, equitativa y permanentemente en la crianza, educación y desarrollo integral de niños y adolescentes cualquiera sea el régimen de tenencia resuelto?». ¿Qué es lo que puede argumentar alguien en contra de esa disposición, de ese artículo? ¿Quién puede argumentar en contra de lo establecido en el artículo 3.º en cuanto a que el juez deberá recabar la opinión del niño o adolescente, de conformidad con los artículos 8 y 16 del presente código? Se refiere al Código de la Niñez y la Adolescencia. ¡Va a ser en un ámbito adecuado y adoptándose todas las medidas para garantizar que la misma sea expresión de su voluntad reflexiva y autónoma, según su grado de desarrollo cognitivo y autonomía progresiva! Sin perjuicio de ello, se deberá evitar su comparecencia reiterada e innecesaria.

¡¿Qué es lo que se puede argumentar en contra de la disposición, de que una vez evaluados los parámetros anteriores y si las condiciones familiares lo permiten, el juez privilegiará la tenencia compartida en la medida en que esta resulte la mejor forma de garantizar el interés superior del niño o adolescente?! ¿Qué se puede argumentar en contra de las disposiciones en cuanto a que el cumplimiento del interés superior del niño o adolescente, la tenencia alternada, una vez dispuesta, deberá ser cumplida sin que sea obstáculo para ello el que uno de los padres se oponga en base al mal relacionamiento con el otro? Decenas y decenas de testimonios tenemos, de denuncias infundadas –por más que se diga que son pocas, no son tan pocas– para evitar el contacto del cónyuge con el hijo. A veces puede ser la mujer de la pareja la víctima de estas circunstancias. También tenemos testimonios en ese sentido.

¿Qué puede argumentarse en contra de que el juez en todo caso deberá tener en cuenta y procurar que aun después de fijado el régimen de tenencia se asegure el mantenimiento de los vínculos familiares de los niños y adolescentes con las familias ampliadas de cada uno de ellos, y que se vele por su estabilidad familiar de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 de la Constitución?

Vamos al artículo 4.º, que al menos hasta ahora es el más criticado. Este indica que se considera incumplimiento reiterado del régimen fijado, el entorpecimiento, su impedimento en dos oportunidades sucesivas o en cuatro oportunidades, dentro de los dos meses. Asimismo, en su literal B), que trata de la modificación del artículo 35, establece: «En el caso de adoptarse medidas cautelares a raíz de una denuncia formulada por parte de un progenitor contra el otro, el Juez, manteniendo en todo tiempo las garantías del debido proceso y el principio de inocencia, evaluará bajo su más seria responsabilidad funcional la necesidad o no de modificación del régimen de tenencia y su ejercicio». El juez es el que tiene, en definitiva, la responsabilidad. En ese sentido tenemos las garantías que puede dar el sistema judicial.

En cuanto a las visitas de aquellos que están con medidas cautelares dice claramente «que las visitas sean en lugares públicos, en presencia de familiares del niño o adolescente, en reparticiones estatales adecuadas, o de cualquier otra forma que a criterio del Juez garantice la protección de la integridad física y emocional de los niños y adolescentes, y disponiendo el régimen de seguimiento periódico necesario».

Creemos que las garantías están dadas. Creemos que a veces, sobre todo ante la gran cantidad de denuncias de dudosa pertinencia, este tipo de garantías son convenientes para evitar esa ruptura, esa separación del padre con un niño, que a veces se prolonga por años; y cuando la edad del niño es baja, ello genera que el niño termina por desconocer al padre, lo que destruye ese vínculo tan necesario, dicho por todos los psicólogos entendidos en el tema, etcétera.

El artículo 5.º establece que el juez deberá dictar sentencia definitiva dentro de un plazo máximo de ciento veinte días. Incluso se puede prorrogar por treinta días más. Creemos que poner plazo es de sentido común, de lógica, para evitar ese daño en el vínculo entre padre e hijo.

El artículo 6.° expresa que solo por motivos particularmente graves y sobre los cuales existen indicios fundados, podrá denegarse el régimen de visitas provisorio, solicitado por el progenitor.

En el artículo 10 se establecen pautas para los defensores del niño o adolescente. Creemos que es bueno que se marquen ciertas condiciones para dar seriedad a esta defensoría que, muchas veces, se confunde en una masificación donde el abogado casi no conoce el caso y entra a la audiencia conociendo al niño minutos antes. Son innumerables los testimonios en ese sentido.

Pensamos que lo que hace este proyecto de ley, más allá de toda ideología o uso político que se le quiera dar, es simplemente dar garantías para que se establezca justicia a la hora de determinar el vínculo entre los padres y el niño.

(Ocupa la presidencia el señor Jorge Gandini).

–Claramente esta norma antepone el derecho del niño por sobre todo, por más que se diga lo contrario. Se ha dicho acá que es un proyecto de ley adultocéntrico. O no se leyó bien el proyecto o realmente se están haciendo valoraciones totalmente equivocadas. Este proyecto es niño-céntrico. ¡No cabe ninguna duda que es en defensa de los derechos del niño que tiene derecho a no perder el contacto con media familia! ¡Hay centenares de casos que se están dando! Muchas veces basta una denuncia ¡hasta telefónica!, como se ha dicho acá, para cortar ese vínculo por meses, porque se estipulan noventa días, mas es una pericia que a veces demora un año entero, y es demasiado tiempo cuando la edad del niño es baja.

¡Creemos que este proyecto lleva un poco de sentido común a un hecho que nos debe interpelar a todos y ante el que nos debemos rebelar! ¡No podemos admitir este tipo de injusticias que, en definitiva, llevan a la impotencia y no hacen más que aumentar la violencia en la sociedad; no hace más que cortar todo tipo de vínculo entre cónyuges y sus hijos, que son las principales víctimas de esta situación!

Pensamos que debemos legislar con seriedad y dejar de lado conceptos que a veces nos vienen quién sabe de dónde y que solamente buscan estimular el enfrentamiento entre el hombre y la mujer, entre el padre y el hijo. Creemos que eso no le hace bien a ninguna sociedad.

Gracias, señor presidente.

SEÑORA KECHICHIAN.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Tiene la palabra la señora senadora.

SEÑORA KECHICHIAN.- Creo que hoy estamos abordando un tema sumamente importante, que desde nuestra mirada –y creo que el Parlamento tiene que analizarlo con toda la seriedad y profundidad del caso– es un enorme retroceso.

Nosotros decimos que es innecesario –lo hemos expresado durante todo este tiempo– porque hoy en el Uruguay existe la tenencia compartida de común acuerdo, porque si no hay acuerdo, interviene un juez imparcial que, como primer objetivo, tiene velar por los intereses del niño, niña o adolescente, y porque como lo dice hasta la cátedra de derecho familiar, la judicialización es y debe ser una excepción.

Además, el contexto del proyecto de ley –que no he escuchado que se mencionara hoy aquí– responde a grupos de padres que se han expresado, en su mayoría, que dicen querer proteger el derecho de los niños, niñas y adolescentes, pero que en realidad buscan satisfacer sus propios intereses. Y lo dijeron claramente.

Por otro lado, ese grupo de varones, de padres, son los mismos que afirman que la Ley de Violencia hacia las Mujeres Basada en Género es inconstitucional, cuando la Suprema Corte de Justicia ha fallado a favor de la constitucionalidad. Lo han dicho una y mil veces, ¡y lo siguen repitiendo! Y es una mentira. Afirman la existencia del síndrome de alienación parental, que no existe en el Uruguay ni en el mundo. La Red Uruguaya contra la Violencia Doméstica y Sexual nos dice que la sociedad uruguaya debe saber que el síndrome de alienación parental no existe en nuestro país ni en ninguna otra parte del mundo. Se trata, en realidad, de un invento muy dañino –profundamente dañino– para la estabilidad emocional de los niños y las niñas, al que recurren movimientos de varones neomachistas en las sociedades patriarcales –la uruguaya es una sociedad patriarcal–, por considerarlo un instrumento más de poder para manipular, controlar y dominar a las mujeres, utilizando para ello el sistema judicial.

Además, la expresión violenta de estos hombres –que públicamente han expresado y siguen afirmando que la Ley de Violencia hacia las Mujeres Basada en Género es inconstitucional– se desplegó, en estos últimos meses en las redes sociales contra muchas de nosotras que opinábamos lo contrario, y también contra muchas legisladoras que no son del Frente Amplio que osaron mostrar alguna diferencia. ¡Desplegaron toda su violencia verbal habida y por haber en las redes sociales, en los medios de comunicación, y cada vez que les tocó hablar!

Entonces, acá vienen a decirnos que legislemos con seriedad. ¡A ver! ¡A ver, compañeros parlamentarios! Yo no tendría el atrevimiento de decir que no lo estamos haciendo; nada más que tenemos miradas absolutamente diferentes sobre este tema.

Lo otro que nos preocupa es que, efectivamente, este proyecto de ley viola normativa internacional que el Uruguay aprobó y apoyó: el Código de la Niñez y la Adolescencia y la Convención sobre los Derechos del Niño –que ratificó Uruguay en 1990–, que maneja claramente los conceptos a aplicar a la hora de definir el destino de los niños en los procesos judiciales. Eso lo dice claramente la Convención sobre los Derechos del Niño, que este proyecto de ley viola.

El Código de la Niñez y la Adolescencia determina, primero, que el hijo deberá permanecer con el padre o la madre con quien convivió el mayor tiempo; segundo, que se preferirá a la madre cuando el niño sea menor de dos años y, tercero, que bajo su más seria responsabilidad funcional, el juez siempre –¡siempre!– deberá oír y tener en cuenta la opinión del niño, niña o adolescente. Este proyecto de ley da órdenes a los jueces y hasta se las da en el sentido contrario.

Voy a leer una parte del artículo 3.º, que está luego de una cantidad de literales –A), B), C), etcétera, hasta el I), y que dice: «Una vez evaluados los parámetros anteriores y si las condiciones familiares lo permiten, el Juez privilegiará la tenencia compartida en la medida en que ésta resulte la mejor forma de garantizar el interés superior del niño o adolescente». Hablan del interés superior del niño, pero todas las acciones que están incluidas en este proyecto de ley no lo garantiza.

Entonces, lo que nosotros venimos a decir hoy aquí es que este proyecto de ley tiene un contexto en el que actuaron muchas personas organizadas; no estoy hablando de hombres contra mujeres, porque es indudable que todas las informaciones de violencia contra los niños nos dicen que sí, que es de las madres y de los padres; de los padres es el treintaipico por ciento y, de las madres, el veintipico por ciento. Sí, es así; lo dicen las cifras.

Además, esta iniciativa parte de premisas o de afirmaciones que no tienen sustento ni ninguna evidencia científica, porque no hay datos que muestren problemas en la legislación actual. ¡No hay datos que muestren problemas en la legislación actual! Aquí podrá venir cada legislador con alguna anécdota; sí, todos conocemos alguna situación que puede tener visos de injusticia, ¡pero no podemos legislar para casos particulares! La mayoría de los divorcios de este país que llegan a la justicia terminan acordando –casi el 90 %– la tenencia compartida, y los que no la acuerdan –y lo dicen los defensores de oficio que son los que tienen el contacto más directo con estos temas–, en general, responden a separaciones que no son pacíficas, en las que muchas veces denotan situaciones de violencia. Eso es así y lo dicen los expertos. Hasta los propios defensores de oficio cuando vinieron a la comisión, manifestaron: «En cuanto a la corresponsabilidad de los progenitores, debemos señalar que este principio ya se encuentra regulado por el instituto de la patria potestad en nuestro Código Civil, cuyo concepto ha evolucionado desde la perspectiva de los derechos de infancia como el cúmulo de derechos, deberes y facultades de los progenitores para garantizar los cuidados y protección de sus hijos para que alcancen su plena capacidad corporal, social, intelectual y material. No hay que olvidar que en 1990 Uruguay ratifica la Convención sobre los Derechos del Niño por lo que el principio de la corresponsabilidad ya se encuentra integrado a nuestro ordenamiento jurídico conforme a lo que señala en su artículo 18: “1. Los Estados Partes pondrán el máximo empeño en garantizar el reconocimiento del principio de que ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y el desarrollo del niño. Incumbirá a los padres o, en su caso, a los representantes legales la responsabilidad primordial de la crianza y el desarrollo del niño”».

Este proyecto de ley, además –vuelvo a repetir–, legisla para un grupo muy reducido de situaciones que se judicializan. La mayor cantidad de las situaciones se resuelve sin llegar a la justicia. La defensora de oficio, Carolina Camilo, ha señalado que la mayoría de los casos de tenencia son procesos voluntarios de ratificación; los juicios de tenencia conflictiva son unos 270 casos en Montevideo. De estos procesos que se inician, solo llega a una segunda instancia –es decir, no ven satisfecha su demanda– el 30 %. Por lo tanto, ¡no podemos decir que la tenencia compartida es un problema en el Uruguay! No lo podemos decir con responsabilidad. Digamos verdaderamente qué es lo que queremos, pero no es esto, porque todas las evidencias nos muestran que ese no es un problema hoy en el Uruguay.

El marco jurídico vigente garantiza en el Uruguay la corresponsabilidad en la crianza, porque la tenencia compartida –digámoslo claramente– no siempre es lo mejor para el niño, depende de cada caso en particular. Por lo tanto, esta generalización al legislar complica la vida a los niños porque los casos hay que atenderlos en forma particular. El proyecto de ley establece parámetros o criterios de valoración que el juez debe tomar en cuenta, pero, como dije al principio, le termina diciendo al juez que debe privilegiar la tenencia compartida, como si esta fuera lo mejor para el niño en todos los casos, y no es así; la vida nos lo demuestra. Para nosotros no se considera el interés superior del niño, a pesar de que lo reiteran y lo mencionan en el proyecto de ley. Luis Pedernera, integrante del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, dice que el proyecto de ley enuncia el interés superior, pero no concreta la idea que recoge la observación n.° 14.

Desde Unicef –refiriéndose al tema– se expresa que algunos pasajes del proyecto equiparan la aplicación del principio del interés superior del niño, niña, adolescente al principio de corresponsabilidad en la crianza y a la tenencia alternada. Sin embargo, el interés superior del niño debe prevalecer sin ninguna condicionante a otros principios relacionados a los derechos de los adultos.

La Convención sobre los Derechos del Niño establece un concepto de familia, amplio y diverso, que responde a las diferentes formas de organización de los Estados y le da un rol fundamental a la familia. Refiere a la corresponsabilidad de los niños, niñas y adolescentes entre el Estado, la sociedad y la familia. No le voy a regalar a nadie el derecho de hablar de la familia. Algunos pensamos que la familia es el nene, la mamá y el papá o, en general, una nena y un nene, pero nosotros defendemos a la familia en su más amplia concepción. Este proyecto de ley refiere a la familia tradicional: padre y madre; no contempla que la tenencia de niños, niñas y adolescentes puede estar en manos de terceros. ¡No lo contempla!

Este proyecto de ley que hoy estamos considerando no hace referencia al principio de precaución. Realmente, entendemos que el artículo 35 BIS, que se modifica y que está consagrado en el Código de la Niñez y la Adolescencia, presenta enormes dificultades. ¡Todos podemos estar de acuerdo aquí en que la justicia necesita más recursos para poder ser más eficiente también en estos casos de familia! Si quieren, ya presentamos un proyecto de ley y vemos de dónde sacamos plata y mejoramos la justicia. Ahora bien, lo que no se puede es no priorizar la protección del niño; ante la duda de la aplicación de medidas cautelares tengo que proteger al niño. Ese artículo realmente es un enorme retroceso en la legislación uruguaya.

Por otro lado, creo que este es un proyecto de ley que no escuchó; una cosa es recibir y otra cosa es escuchar. Para la discusión de los dos proyectos anteriores, el presentado por los señores senadores de Cabildo Abierto y el presentado por las señoras senadoras Bianchi y Asiaín, sí se recibieron delegaciones. De todas maneras, no voy a discutir si las recibimos o no porque es harto evidente que para el nuevo proyecto no se recibió más que al INAU; alcanza con mirar las versiones taquigráficas, no hay que discutir nada. Durante el tratamiento de los proyectos anteriores –en mi opinión, este tiene la misma filosofía; solamente lo sintetizaron– recibimos a la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo, a la Asociación de Defensores de Oficio, a la Red Pro Cuidados, a Unicef, al Comité de los Derechos del Niño, a la Intersocial Feminista, a organizaciones no gubernamentales, a la Asociación de Asistentes Sociales del Uruguay, a Alicia Deus de ONU Mujeres, y no encontramos defensa en casi ninguna de esas intervenciones.

Por último, me gustaría decir que la corresponsabilidad entre varones y mujeres requiere cambios culturales en nuestra sociedad con respecto a los roles de género que imperan hoy en la división sexual del trabajo, que nada tiene que ver con la imposición legal de la tenencia compartida.

En síntesis, quiero dejar claro que rechazamos enfáticamente este proyecto porque creemos que daña a la infancia, porque significa un retroceso en el avance de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, a quienes coloca en una situación de desprotección frente a los casos de violencia de sus progenitores, porque no prioriza sus derechos, sus intereses, sus preferencias, su sentir, sino que privilegia cuestiones de los padres. Claramente, este proyecto no contribuye a que los niños, niñas y adolescentes tengan una vida plena, sino que, por el contrario, los desprotege. Esa es nuestra oposición central.

Por supuesto que las políticas sobre la infancia –y así lo hicieron notar algunos de los señores senadores que intervinieron– deben ser políticas de Estado. Uruguay ha avanzado mucho en ese camino, pero esta iniciativa va en el sentido contrario, implica un enorme retroceso y daña a la infancia.

Muchas gracias, presidente.

SEÑOR LANZ.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR LANZ.- Gracias, señor presidente. En primer lugar, queremos destacar el tratamiento de este proyecto de ley en comisión. No queremos pasar por alto que la mayor parte del tratamiento de este proyecto de ley estuvo bajo la conducción del señor senador Carrera, que fue quien convocó a las distintas organizaciones que comparecieron ante la comisión.

Los proyectos de ley originales, presentados por el Partido Nacional y por Cabildo Abierto, se plantearon al inicio de esta legislatura, por lo que hace prácticamente dos años que estaban en el ámbito de la comisión. Recibieron la ponderación que requerían por su magnitud y durante todo este tiempo la comisión tuvo la amplitud necesaria para abordarlos. Como bien se ha reiterado en varias oportunidades en el Senado de la república, estos son temas muy sensibles para la ciudadanía.

Durante el tratamiento de este proyecto de ley en el Senado, en el abordaje de su estructura, se han hecho algunas apreciaciones que no compartimos. En primer lugar, queremos hacer algunas consideraciones políticas porque se ha reiterado que esta iniciativa que está a consideración del Senado vulnera un principio inalienable que tienen las leyes, que refiere al concepto de ser generales y abstractas. Nosotros creemos –estamos absolutamente convencidos de ello– que la integración de estos artículos en el proyecto de ley tiene un abordaje general y abstracto. Lamento haber escuchado en este Senado a algún señor senador decir que, en cierta forma, algunos grupos de presión han inclinado el tratamiento de este proyecto de ley. Si así fuera, si los grupos de presión tuvieran la fuerza como para vulnerar lo general y abstracto que tenemos que considerar, realmente se perdería la concepción de ese principio inalienable que debe tener el Cuerpo y los intereses políticos primarían ante todo. Nosotros somos fieles representantes de que esos grupos de interés y esos intereses particulares no nos movieron un pelo a la hora de tratar un proyecto de ley tan sensible.

Este proyecto de ley tiene como referencia los derechos y el interés general del niño. Vaya si durante estos dos años, en representación de mi Partido Colorado –pero también, por qué no, de mi sector político– hemos recibido contactos, llamadas y la manifestación de intenciones de quebrar nuestra voluntad hacia un lado o hacia el otro, pero, como mencionaba, no nos apartamos un ápice de lo que para nosotros era ese interés general y abstracto que deben tener las leyes nacionales.

Por lo tanto, desde un principio nosotros habíamos manifestado nuestras diferencias con los proyectos originales. Así se lo hicimos saber no solo a la coalición de gobierno sino también al Frente Amplio como fuerza opositora dentro de la comisión. Durante mucho tiempo no agotamos algunos asuntos que marcábamos como muy distantes. Tal es el caso de la posibilidad de aprobar un proyecto de ley que plantea la tenencia compartida desde el inicio como una cuestión preceptiva. Entendíamos que en eso existía una diferencia muy fuerte entre quienes planteaban el proyecto original y lo que nosotros entendíamos, desde el punto de vista filosófico, que teníamos que resguardar, que era ese interés general en defensa de los derechos de los niños.

Sin embargo, no nos quedamos en eso, no dijimos que no compartíamos desde el principio las redacciones y nos plantamos simplemente en un no. Como representantes de un sector de la ciudadanía tenemos la obligación de recorrer, de transitar las rutas, de tener contacto con la sociedad. ¡Vaya si en ese transitar a lo largo y ancho del país recibíamos permanentemente menciones a estos proyectos de ley que estaban en el Senado de la república! Muchos uruguayos nos trasladaban su interés, su problemática, su situación personal, su vulneración familiar en cuanto al contacto que podían tener con sus hijos. Entonces, continuamos trabajando, no nos agotamos en esas diferencias; seguimos dialogando, propiciamos espacios de diálogo importantes. Aquí abro un paréntesis para destacar la función que cumplió dentro de la coalición de gobierno la señora senadora Asiaín, así como el trabajo ferviente que realizó mi compañera de bancada, la señora senadora Sanguinetti, para avanzar en esto que, sin lugar a duda, desde el diagnóstico entendimos que no podíamos agotar.

No obstante ello, nuestro partido político, además, en un principio hizo llegar a la coalición de gobierno –creemos que eso es conveniente porque así fueron nuestros intercambios– nuestro asentimiento por que la legislación guíe de forma un poco más detallada, en lo que respecta a algunos puntos que podíamos considerar para un régimen de tenencia compartida, a quien en definitiva para nosotros tiene la opinión final en este tema, que es el juez. Así que incorporamos asuntos como la no preceptividad de la tenencia compartida, ampliamos los caracteres en cuanto a la defensa del niño, a la posibilidad de ser oído, a la defensa de ese niño ante los litigios que llegaban al juez y también ampliamos las posibilidades del juez para que pueda acudir a asesoramiento externo a los efectos de tener una opinión final y acabada.

Sin lugar a duda, creemos que esta discusión que damos en el Parlamento tiene un fondo interpretativo de las leyes. El artículo 17 del Código Civil expresa: «Cuando el sentido de la ley es claro, no se desatenderá su tenor literal». Nosotros entendemos que el compendio de estas modificaciones al Código de la Niñez y la Adolescencia y el de estos artículos dan fuerza garantista a que el interés general del niño y los derechos del niño no serán vulnerados.

Entendemos que la modificación del artículo 34 del Código de la Niñez y la Adolescencia, aprobado por nuestro partido en 2004 y luego modificado, se hace en el entendido de que no se impedirán las ratificaciones de tenencia que se hayan dado por transcurrir el tiempo. Esa es una cuestión importante.

Asimismo, se plantea una modificación para el artículo 35 del Código de la Niñez y la Adolescencia, que diría que en cumplimiento del interés superior del niño o adolescente, la tenencia alternada, una vez dispuesta, deberá ser cumplida sin que sea obstáculo para ello el que uno de los padres se oponga sobre la base del mal relacionamiento con el otro. Entendemos que el mal relacionamiento, basado en violencia, entre los progenitores o proveniente de uno de ellos hacia el otro, no podrá ser obstáculo ni será ponderado por el juez para la no concesión de la tenencia a uno o a ambos progenitores, o un tercero. Esto se hace, obviamente, en el entendido de que la tenencia alternada debe leerse como individual por modificarse sin cambiar las condiciones. Al dar nuestro voto a esta redacción estamos entendiendo que el juez podrá rechazar enteramente la solicitud de la parte acusada de acceder a la tenencia alternada o compartida.

Hemos escuchado reiteradas veces que se vulneran los derechos del niño a través de estos artículos. Nosotros interpretamos que es el juez quien tiene la última palabra; es el juez quien, en definitiva, con todos los elementos que el articulado y la ley le proporcionan, tendrá la última palabra.

Durante el tratamiento de este articulado se incorporaron un sinnúmero de recomendaciones que se presentaron a raíz de la convocatoria que hicieron los distintos partidos políticos. Cuando se habló, por ejemplo, de participar activa y equitativamente de la tenencia alternada de los niños, los profesores y doctores especialistas en la materia recomendaron la incorporación de estos conceptos de equidad. Se tomaron en cuenta también sugerencias realizadas por Unicef en sus tres comparecencias ante la Comisión de Constitución y Legislación.

Más allá de lo que se ha manifestado y resaltado en el seno de esta sala en cuanto a la nueva versión y a algunas menciones que destaca Unicef, queremos rescatar el tono con que esta institución general se dirige a la Comisión de Constitución y Legislación. Nosotros no vemos un conflicto en las recomendaciones de Unicef ni tampoco en las recomendaciones de muchos expertos en la materia con lo que se está planteando. Por el contrario, lo que vemos son aportes, sugerencias, muchas de las cuales –como bien se ha dicho aquí– se han recogido y forman parte del texto que hoy está considerando el Senado de la república.

A su vez, entendemos que la conciliación que prevé el artículo 11 es voluntaria y no obligatoria, y esto es parte del fundamento y del fondo de este articulado. La mera tenencia compartida no será causal para la exoneración del pago de la pensión alimenticia, como bien sostiene el artículo 8.°. Nosotros entendíamos y entendemos propicio que esto se incorpore al articulado para derribar muchas dudas y comentarios que no le hacían bien al tratamiento de este proyecto de ley.

Lamentablemente, una ley no hará que las diferencias entre padres se subsanen ni que las diversas formas en que se manifiesten las familias sean perfectas. Solo confiamos y estamos convencidos de que este proyecto de ley, en función –reitero– de los derechos del niño y de su interés general, no es un retroceso en las normas que hoy rigen en el país. Por el contrario, creemos que este proyecto de ley resguarda intereses fundamentales de los niños. A nuestro juicio –¡vaya que en la comisión se manifestó!–, no es una iniciativa adultocéntrica; entendemos que pone énfasis y una mirada bien firme en distintas circunstancias que sufren padres y madres en nuestro país. Sin lugar a duda, desde el Parlamento nacional no podemos distraernos ni mirar para otro lado; como decía, no podemos dejar de considerar este proyecto de ley –como lo estamos haciendo en el día de hoy– para subsanar, mejorar y avanzar en este sentido.

Entendemos, señora presidenta, que el Partido Colorado ha hecho aportes significativos a este proyecto de ley. Reitero, en nuestro nombre y en el de la bancada, que la señora senadora Sanguinetti ha trabajado denodadamente y sin perder de vista algo que comparto y que todos los señores senadores tenemos como referencia.

No creo que exista en esta sala, en este ámbito, un solo senador ni un solo dirigente político, cualquiera sea el partido político, a quien lo mueva la voluntad de hacer mal, de dañar. ¡Nunca ha sido así! Entiendo que tenemos diferencias sustanciales, diferencias de oportunidad política y diferencias que, sin lugar a duda, no se van a subsanar, pero en un país democrático y donde las mayorías imperan, nos parece que el tratamiento que se dio en la comisión al tema fue amplio, ya que lo estuvimos analizando durante dos años.

Con esta media sanción parlamentaria quedará un espacio para avanzar y para que nuestros iguales en la Cámara de Representantes tengan su tiempo para convocar a todos quienes quieran concurrir y aportar. No tengo dudas de que habrá modificaciones y aportes sustanciales para mejorar esta iniciativa. Esta mirada integral de las modificaciones ha sido lo que a nosotros nos movió; me refiero a esta mirada amplia para buscar soluciones donde hoy tenemos problemas, sean uno, dos, cien o miles. El Senado de la república y el Parlamento nacional deben tener el rigor de encontrar soluciones.

¿Denostar a la coalición con motes? Creo que este no es el ámbito para ello porque la magnitud y la referencia del tema que hoy estamos tratando no lo merecen.

¿Denostar al Partido Colorado mediante referencias a viejos e históricos adversarios para buscar una reacción? Entiendo que no vale la pena que el Senado de la república ni ningún senador se detenga en eso. Hay cuestiones muy importantes y sustanciales y, sin lugar a duda, tenemos que abordar otros temas. Por ejemplo, tenemos que comprometernos con la justicia y debemos darle mayores recursos porque el origen de todo esto está en la Administración.

Sabemos que hay que solucionar otros inconvenientes –que no nos convocan en el día de hoy–, como la pobreza infantil y otros temas que son complejos. Hoy nos convoca un proyecto de ley sobre el que la coalición de gobierno arribó a un acuerdo en cuanto a su contenido y el Partido Colorado aportó permanentemente para avanzar y tratar de encontrar soluciones donde no las hay ni las había antes.

SEÑOR COUTINHO.- ¿Me permite una interrupción, señor senador?

SEÑOR LANZ.- Con mucho gusto.

SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Puede interrumpir el señor senador Coutinho.

SEÑOR COUTINHO.- Señor presidente: como vi que mi compañero y colega, el señor senador Lanz, estaba terminando, aproveché para pedirle una interrupción, entre otras cosas, para destacar la consistencia de su intervención.

Además, quiero dejar claro que acá nadie funciona bajo presión y, por lo tanto, hay cosas de las que no acusamos recibo. El señor senador Lanz, que es el representante de nuestro partido en esa comisión, estuvo trabajando desde el arranque de este período sobre este tema que nos preocupa y ocupa. Tuvimos nuestras diferencias y se fueron generando los puntos de encuentro que debemos tener como Gobierno y como coalición para avanzar en estos procesos tan importantes. Este proyecto no se presenta bajo ninguna presión, sino que, por el contrario, surge del trabajo responsable de la consistente intervención de un legislador del partido más grande de la historia.

¡Ojalá siempre tengamos miradas diferentes! No podemos acusar recibo de diferentes opiniones –a veces en el ambulatorio o en la prensa– en cuanto a que quienes votemos este proyecto seremos responsables si mañana hay contextos de violencia para con los menores. Escucho esto en los medios y digo: sí, porque acá todos somos responsables de todo. ¡Por algo estamos acá! No es infinito el Senado de la república; somos treinta y uno y nos hacemos responsables de todo lo que votamos. ¡De todo nos hacemos responsables! No lo hacemos en el tono de avisos en contexto de amenaza, sino de asumir responsabilidades porque para eso estamos acá, para asumir responsabilidades.

Estamos convencidos de que este proyecto de ley es lo mejor para solucionar los inconvenientes que hoy tienen algunas familias uruguayas, para los que no se encontró solución anteriormente. ¿Cuántas son? No lo sé. ¿Una? Que alguien le ponga precio a una familia separada, a sus hijos separados. ¿Qué valor tiene eso? No es cuestión de números.

(Suena el timbre indicador de tiempo).

–Dado que se me acaba el tiempo, le solicito una nueva interrupción al señor senador Lanz.

SEÑOR LANZ.- Con mucho gusto.

SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Puede interrumpir el señor senador.

SEÑOR COUTINHO.- En definitiva, lo anterior no solucionaba lo que es un hecho real.

Quienes tenemos el privilegio de hacer política en el Uruguay, que es un gran país, lo conocemos desde Rocha hasta Bella Unión. Conocemos a sus familias, hablamos con su gente, hacemos política de diferentes maneras. Por eso conocemos todas las realidades de los uruguayos que nos comentan, nos cuentan y podemos generar este tipo de debates y discusiones, lo que seguramente no se puede hacer en el mundo. Existen problemas y hay que encontrarles solución. ¿Hay una mejor solución que esta? ¡Que se proponga, entonces! Esto es lo mejor que encontramos nosotros para este contexto y este escenario.

¿Hablar de recursos ahora? Acá se votó una ley de género y no se le dieron recursos. Yo voté la ley de género, pero no se le dieron recursos y ahora hablamos de que firmamos ahora y que ponemos recursos ahora –¡que los recursos, los recursos!–, pero pasamos votando la ley eje de los últimos períodos de gobierno del Frente Amplio y resulta que se olvidaron de ponerle recursos para que pudieran actuar las autoridades correspondientes. Creo que debemos tener ópticas y escenarios diferentes, pero también considero que estamos para gobernar. Este proyecto de ley lo apoya el presidente de la república, y hablamos de un presidente de la república que fue el mejor presidente del mundo en la pandemia, que se preocupó, ocupó y manejó las cosas de la manera que todos sabemos, con las preocupaciones correspondientes. Entonces, ¿alguien puede sostener que no le preocupa su país, su familia, sus niños, su gente? Yo no. Le doy el voto de confianza al presidente de los uruguayos, que es el que está a cargo de todos nosotros. En ese contexto, no me voy a poner de un lado ni del otro, pero nadie está más preocupado que otro. No podemos caer en ese egocentrismo; hay que administrar el ego. Parece que unos van a estar del lado de los más sensibles y otros no se preocupan o no se ocupan de eso.

Bajo presión no funcionamos. Somos un partido muy responsable; si repasan, casi todas las leyes de este país las hicimos nosotros. Todos los temas que se tratan en este Senado son importantes y deben ser considerados con la mayor responsabilidad, pero cuando hablamos del futuro de los niños, esa responsabilidad se siente todavía más intensamente. El análisis lo tenemos que hacer con la mayor rigurosidad para garantizar la integridad y el máximo desarrollo de todos los niños. Vivir una situación de separación familiar es siempre doloroso, y es para siempre. Nadie se casa para separarse; las familias se construyen para siempre y ese es el concepto que recoge este proyecto de ley. Puede plantearse la separación de hecho, la nueva vida de madres y padres, nuevos rumbos, pero el camino de las familias de los niños debe ser respetado y valorado. Eso es lo más importante.

SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Puede continuar el señor senador Lanz.

SEÑOR COUTINHO.- ¿Me permite otra interrupción, señor senador?

SEÑOR LANZ.- Con mucho gusto.

SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Puede interrumpir el señor senador.

SEÑOR COUTINHO.- No quería dejar pasar la intervención de mi colega porque hablamos mucho durante estos dos años sobre este tema. Hablamos muchísimo, pero lo hicimos entre nosotros, en los lugares donde tenemos que hacerlo, no en las redes. Este es un tema que nos preocupa, nos ocupa y nos sensibiliza, y después de una consistente participación fue generando un cambio de opinión. De eso se trata esto: no hay que venir pensando que acá nadie se va a convencer y que el otro tampoco puede decir algo que te convenza, porque el cambio es parte de la historia misma, y en ese escenario nos podemos convencer, ir cambiando, mejorando y tomando decisiones como esta. Así que en esa línea estamos y avanzamos.

Este proyecto será ley, siempre pensando en las buenas conductas de padres y madres que quieren lo mejor para sus hijos.

Muchas gracias.

29) SOLICITUDES DE LICENCIA E INTEGRACIÓN DEL CUERPO

SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Léase una solicitud de licencia.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «Montevideo, 2 de agosto de 2022

Señora presidenta de la Cámara de Senadores

Beatriz Argimón

 

De mi mayor consideración:

A través de la presente solicito al Cuerpo me conceda licencia, por motivos personales, por el día jueves 4 de agosto.

Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente.

Daniel Caggiani. Senador».

SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota).

–22 en 24. Afirmativa.

Se comunica que los señores Aníbal Pereyra, Eneida de León, Yamandú Orsi, Marcos Otheguy, Lucía Etcheverry, Manuela Mutti y Gabriel Frugoni han presentado nota de desistimiento informando que por esta vez no aceptan la convocatoria a integrar el Cuerpo, por lo que queda convocado el señor Lauro Meléndez, quien ya ha prestado la promesa de estilo.

30) ASUNTOS ENTRADOS

SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Dese cuenta de un asunto entrado fuera de hora.

(Se da del siguiente).

SEÑOR SECRETARIO (José Pedro Montero).- «La Presidencia de la Cámara de Senadores comunica que a partir del día 2 de agosto del corriente año, el señor senador Raúl Batlle ya no formará parte de la Comisión Especial de Asuntos Departamentales y Municipales y ocupará su lugar el señor senador Germán Coutinho».

SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Téngase presente.

31) CORRESPONSABILIDAD EN LA CRIANZA

SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Continúa el tratamiento del tema en consideración.

SEÑOR BRENTA.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR BRENTA.- Señor presidente: hace pocas semanas el Sistema Integral de Protección a la Infancia y a la Adolescencia contra la Violencia presentó su informe respecto al primer semestre de este año. Allí se expresa que el Sipiav intervino en 3957 situaciones de violencia hacia niños, niñas y adolescentes, y que de esta cantidad el 34 % correspondió a maltrato emocional, el 24 % a negligencia, el 18 % a maltrato físico y el 2 % a explotación sexual. Obviamente, los responsables de esto fueron hombres y mujeres, o sea, padres y madres. Creo que este es un tema grave que debería ser abordado en profundidad porque denuncia los altos niveles de violencia existentes en la sociedad uruguaya, que permanecen a lo largo del tiempo. Sin embargo, hoy estamos discutiendo sobre este proyecto de ley. Como bien se mencionó, nos tendremos que referir a esta iniciativa.

Consideramos que esta es una ley innecesaria porque en Uruguay ya existe –se ha mencionado reiteradamente– la tenencia compartida y, por lo tanto, no es necesario incorporar esta facultad a nuestra legislación. La normativa vigente respecto a los procesos de guarda, tenencia y visita de niños, niñas y adolescentes en nuestro país ya está regulada, principalmente en los artículos 34 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, así como también en disposiciones del Código Civil y leyes especiales. Además, en el artículo 4.º del Código de la Niñez y la Adolescencia se dispone una regla de interpretación que conlleva la aplicación de disposiciones y principios generales de la Constitución y normas internacionales, especialmente la Convención sobre los Derechos del Niño.

Es obvio que el concepto de familia ha variado en base al reconocimiento de los cambios sociales, que han promovido estructuras menos rígidas, acordes a las distintas realidades sociales y a conceptos evolutivos en razón de género, por lo que el ordenamiento jurídico con relación a la noción de familia reconoce distintos núcleos de convivencia o afecto, bajo diferentes modalidades, todos ellos tutelados en sus derechos en base a la consideración de nuevos paradigmas y reconocimientos: la Ley de Unión Concubinaria, la Ley de Matrimonio Igualitario, la ley de adopciones y la Ley de Regulación de las Técnicas de Reproducción Humana Asistida, entre otras.

Alguna de las previsiones del proyecto de ley a estudio resultan regresivas en lo que respecta a los derechos de niños, niñas y adolescentes ya que, en definitiva, se centran en contemplar los intereses de los adultos, sin poner en el centro los derechos de los niños, niñas y adolescentes como lo exige tanto la Convención sobre los Derechos del Niño como nuestro Código de la Niñez y la Adolescencia, tal cual lo ha manifestado, entre otros, la doctora Alicia Deus.

Si bien la Suprema Corte de Justicia ha manifestado su imposibilidad de hacer referencia a la cantidad de situaciones de conflicto en relación con la tenencia de niños, niñas y adolescentes, las organizaciones sociales y el Instituto Nacional de las Mujeres han expresado que estamos legislando en base a una patología. O sea que estamos legislando sobre una cantidad absolutamente minoritaria de casos que no logran zanjarse en las relaciones normales entre adultos y que, por lo tanto, terminan en los ámbitos de la justicia.

La exjueza Ana Lima, que representa al Cladem en Uruguay –una organización que está presente prácticamente en toda la región–, ha planteado que en el 2019 llegaron al ámbito de la justicia 304 juicios, de los cuales solo 31 alcanzaron los tribunales de apelaciones; y en 2020, 260 casos llegaron a juzgados de tenencia o de familia y 16 a tribunales de apelaciones. Quiere decir que estamos haciendo referencia a una situación absolutamente minoritaria. Por tanto, estamos legislando con un criterio que, a mi juicio, no es adecuado y tiene que ver con legislar en función de casos particulares y no generales, como tendríamos que considerar en este ámbito.

No vamos a negar –acá se ha dicho en forma reiterada– que aunque fuera un solo caso sería lo mismo; yo no le resto importancia ni trascendencia, ni dejo de reconocer la gravedad que alguna de estas situaciones puede tener para quienes estén involucrados en estos hechos. Tampoco desconozco –como sucede habitualmente, porque la justicia finalmente la dictaminan los hombres– que pueden existir situaciones de injusticia, pero otra cosa es legislar partiendo de hechos minoritarios y eventualmente injustos, lo que me parece que como técnica legislativa es un error.

Cité el caso de la exjueza Ana Lima, pero no solo ella se refirió al tema. La directora de Inmujeres, señora Mónica Bottero, en una nota publicada por La Diaria el 12 de julio de 2022 –o sea, cuando ya se encontraba en conocimiento público el proyecto de ley actual; es decir cuando ya se habían acordado las dos iniciativas que estaban siendo analizadas en la Comisión de Constitución y Legislación–, dijo que «el proyecto de ley de tenencia compartida se propone por “casos de hombres que tuvieron antecedentes de violencia y abusos” […] La directora del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), Mónica Bottero, marcó su posición sobre el nuevo proyecto de ley de tenencia compartida, que se discutirá en la Comisión de Constitución y Legislación del Senado la semana que viene y tiene el visto bueno de todos los senadores de la coalición».

(Ocupa la presidencia la señora Beatriz Argimón).

–La señora Bottero también manifestó: «… en Radio Viva, 96.7 de Punta del Este […] “No hay que generar una ley que vaya en contra de los logros de las mujeres para estos pocos casos” […] subrayó que existe “una presión muy fuerte” de un grupo de padres “que perdieron el acceso a sus hijos” por poseer medidas cautelares por violencia. Recalcó que “la tenencia compartida ya se aplica hoy en 90 % de los casos de separación”» –coincide con las afirmaciones anteriores– «y que los casos en los que se basan los promotores de este proyecto “son casos de hombres que tuvieron antecedentes de violencia y abusos hacia sus hijos”». Reitero que esto ha sido manifestado por la directora de Inmujeres, señora Mónica Bottero.

En la nota del semanario se expresa: «La posición de Bottero es compartida por sus correligionarios del Partido Independiente. Este lunes, el diputado Iván Posada manifestó en diálogo con La Diaria que “a priori” piensa “que no hay necesidad de establecer modificaciones a lo que ya está establecido en el Código de la Niñez y la Adolescencia”. El dirigente Dardo Rodríguez, adjunto de la Secretaría Nacional de Drogas, también manifestó su rechazo al proyecto de ley».

Estoy haciendo referencia a esto porque se dijo que se había acordado con la directora de Inmujeres respecto a este nuevo proyecto de ley, lo que queda desmentido por estas apreciaciones que la propia señora Bottero ha hecho públicas a través de los medios de comunicación.

En ese sentido, también me parece que es muy importante tener en cuenta, por ejemplo, la opinión que la Asociación de Magistrados del Uruguay dio cuando se la convocó para hablar sobre las iniciativas que estaban siendo consideradas antes de que se llegara a este proyecto acordado. Me refiero, entre otras cosas, a lo que tiene que ver con el plazo, que ahora se lleva a 120 días pero que en el proyecto original del Partido Nacional era de 90 días. La Asociación de Magistrados del Uruguay manifestó que el plazo de 90 días para el dictado de la sentencia –cabe acotar que se requieren informes técnicos en ese lapso– no se ajusta a la realidad de funcionamiento del sistema judicial con los recursos existentes. Señaló que en ese caso sería necesaria la provisión de un plazo para presentar informes por parte de los técnicos, bajo su estricta responsabilidad. Se podría recurrir a una norma similar a la del artículo 132.2 del Código de la Niñez y la Adolescencia, que refiere a la responsabilidad funcional.

Quiere decir que, más allá de la normativa concreta, uno de los temas importantes es que acá alguien dijo que recorría el país, que lo conocía y que hablaba con la gente, pero parte de esto tiene que ver con el rol que cumplen los defensores de oficio, que en estos casos llevan sobre su espalda, en buena medida, la carga de la defensa del rol y de la centralidad de la prioridad respecto a los niños, niñas y adolescentes. Dicen los defensores de oficio en la nota que presentaron a la comisión –están haciendo referencia al proyecto de ley anterior, pero es algo que sigue vigente en este– que ven con preocupación que la mera denuncia presentada contra uno de los padres no suspenderá el régimen de tenencia alternada y su ejercicio hasta tanto no exista una sentencia firme de condena, porque no toma en cuenta el principio de precaución y puede traer como consecuencia que los niños, niñas y adolescentes sigan en contacto con su progenitor o progenitora, a pesar de ser un potencial agresor o agresora. Incluso, señalan que desde la persecución penal sería muy difícil para el órgano acusador, la fiscalía, obtener la evidencia necesaria para una condena si las declaraciones de ese niño, niña o adolescente cuyos derechos están siendo vulnerados, se realizan mientras mantienen contacto con su presunto agresor o agresora. Del tenor de este artículo podría suponerse que en la mayoría de los casos es uno de los progenitores que denuncia al otro, pero la realidad demuestra –y creo que esto no ha sido mencionado– que en muchos casos de violencia hacia niños, niñas y adolescentes –podríamos decir que en la mayoría–, son instituciones estatales, vecinos o el propio niño o niña quien denuncia. Por ello entienden que las medidas cautelares que se adoptan en estos contextos son necesarias y, de no adoptarse, se podría exponer a la víctima a nuevas vulneraciones de derechos, desestimando su testimonio y revictimizándola.

El proyecto de tenencia compartida responsable –hacen referencia al proyecto anterior, pero está vigente en el actual– establece que en el caso de que se esté frente a un progenitor que ha sido denunciado al amparo de la Ley n.º 19580 y no se realice la pericia en el marco de los 90 días para retomar el contacto con la o las hijas o hijos, se dispondrá un régimen provisorio de visitas para evitar el cercenamiento del vínculo paterno filial denunciado por parte del tribunal competente. Eso supone que las consecuencias de las demoras institucionales en la realización de los informes –que son reales mayoritariamente debido a la escasez de recursos con los que se cuenta– pesarán sobre los niños, niñas y adolescentes, quienes deberán soportar continuar bajo el cuidado de su padre o madre agresor o agresora. Lo que debe hacerse es asegurar que los informes técnicos se realicen en tiempos razonables, pero los niños, niñas y adolescentes deben ser protegidos hasta que se sepa con certeza qué ocurrió en su entorno.

Creo que este es el punto más grave del proyecto de ley que estamos considerando, en la medida en que se establece un plazo perentorio cuando tanto la Asociación de Magistrados como los defensores de oficio establecen con claridad que en el marco actual de funcionamiento del sistema judicial no es posible dar respuesta en el plazo que establece la norma que estamos considerando y, por tanto, el restablecimiento del régimen de visitas se va a realizar sin esclarecer si efectivamente se constituyó una situación de este tipo.

Los ejemplos que se han mencionado, de padres o madres que han pasado años sin ver a sus hijos y, por tanto, también la familia a la que pertenece el supuesto agresor, claramente son graves. Creo que nadie desconoce el dolor o la impotencia que puede sentirse cuando quien es acusado de esto, es inocente. Se ha hecho referencia aquí a la existencia de falsas denuncias respecto a situaciones de abuso por parte de alguno de los progenitores. Lo cierto es que esto no es demostrable; no hay ningún elemento que permita demostrar la existencia de falsas denuncias, y quien efectivamente las hiciere se sometería a la responsabilidad correspondiente que establece el Código Penal en caso de realizar falsa denuncia por injurias, o eventualmente del Código Civil también por las responsabilidades que le puedan competer.

Por tanto, reiteramos que, en principio, esta ley es innecesaria. No contempla una situación de carácter general, ni siquiera extendida, sino que refiere a casos que no constituyen más de trece, catorce o veinte que llegan al ámbito del Tribunal de Apelaciones, o doscientos o trescientos casos que llegan a los juzgados de familia cuando no hay acuerdo previo.

Creo que es un dato extremadamente positivo que en la sociedad uruguaya, en el 90 % de los casos de disolución de la relación matrimonial, los padres y madres lleguen a acuerdos respecto a la tenencia compartida. Me parece que esto habla muy bien de la evolución de las relaciones personales y, en definitiva, da la posibilidad de que padres y madres privilegien el interés de los niños, niñas y adolescentes en mantener la relación con ambos y se establezcan acuerdos que obviamente no están exentos de dificultades, pero representan la amplísima mayoría.

Esto reafirma el hecho de que estamos aprobando una norma legal que responde a la presión de grupos extremadamente minoritarios de la sociedad uruguaya. Quienes la impulsan sabrán por qué lo hacen.

Por otro lado, los defensores de oficio plantean que no solo no existen mecanismos de formación y capacitación para atender este tipo de situaciones en las que se ven envueltos en forma reiterada, sino que no se contemplan los recursos humanos con los que se cuenta ni la cantidad de casos en trámite. Dicen: «En efecto, por lo general los distintos Magistrados conocen qué profesionales están interesados en mantener contacto genuino con esos NNA, que se preocupan por asesorar y mantienen la objetividad al momento de evaluar las situaciones. Muchos profesionales no están capacitados o siquiera interesados en aceptar estos cargos. Por ello, nos parece relevante señalar que el límite fijado para la asistencia de profesionales ante una misma Sede, puede suponer incluso un colapso del sistema de justicia, que se puede ver paralizado por falta de designación de defensas o rechazos sistemáticos a la aceptación del cargo, especialmente en el interior del país, en donde los foros son más reducidos. En cuanto a la asistencia de los Defensores Públicos, es importante destacar que dicho límite se vuelve aún más inaplicable, considerando que cada uno trabaja en forma simultánea con cientos de NNA a los que asisten en distintos procesos».

Manifiestan también los defensores de oficio –algo que no es novedad para los legisladores que integramos este Cuerpo– «… que no se ha dotado de recursos que permitan cumplir con esas exigencias legales» –refiriéndose a las exigencias que la norma que estamos considerando plantea–, «lo que ha generado en muchos casos una “saturación” de la justicia de familia e incumplimientos en la implementación (ejemplo: Juzgados especializados previstos por la Ley 19.580). Tememos que esa situación se replique con alguna de estas reformas».

Terminan diciendo: «Finalmente, debemos señalar que en caso de aprobarse alguno de los proyectos en estudio» –se aprueba un proyecto consensuado– «estimamos que los recursos de la Defensoría Pública no serán suficientes para cubrir las asistencias en cada uno de los supuestos mencionados. Para poder resolver este tipo de temas, que son tan relevantes en la vida de las personas, se requiere además contar con más Juzgados (lo que incluye funcionarios, magistrados, defensores, técnicos, etc.) y con mejor infraestructura (oficinas adecuadas para entrevistas con NNA, salas de espera separadas, etc.) para que las normas puedan aplicarse de forma acorde».

En definitiva, señora presidenta, no solo nos parece que el proyecto de ley que estamos considerando es innecesario –dado que atiende a un sector absolutamente minoritario de la problemática referida a niños, niñas y adolescentes–, sino que, además, no va a solucionar –no tiene el marco legal ni las condiciones de funcionamiento del Poder Judicial como para hacerlo– las situaciones que aquí se han planteado como causas para generar esta norma legal. O sea que no es a través de esta legislación que la problemática que se plantea –que, por más minoritaria que sea, debe ser considerada– podrá resolverse.

Consideramos que hay argumentos de sobra para concluir que debe transitarse por otro camino –y no por este– para atender eventuales situaciones de injusticia que, si bien no negamos que pueden existir, podrían atenderse, por ejemplo –en el marco de la rendición de cuentas que en pocos días ingresará a esta cámara–, dotando al Poder Judicial de los recursos necesarios para transitar por estos procesos con la agilidad que las familias requieren y, particularmente, con la centralidad puesta en los niños, niñas y adolescentes, que evidentemente son los principales a tener en cuenta en estas normas legales.

Muchas gracias, señora presidenta.

32) SUSPENSIÓN DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA 3 DE AGOSTO

SEÑORA PRESIDENTA.- Léase una moción llegada a la Mesa.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «Mocionamos para que se deje sin efecto la sesión ordinaria de la Cámara de Senadores del día de mañana, miércoles 3 de agosto». (Firman los señores senadores Niffouri, Lozano, Sanguinetti y Kechichian).

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar la moción presentada.

(Se vota).

–17 en 19. Afirmativa.

33) CORRESPONSABILIDAD EN LA CRIANZA

SEÑORA PRESIDENTA.- Continúa el tratamiento del tema en consideración.

SEÑORA ÁLVAREZ.- Pido la palabra.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra la señora senadora.

SEÑORA ÁLVAREZ.- Señora presidenta: el proyecto de ley votado por la mayoría de la comisión consagra el principio de corresponsabilidad en la crianza prevista por el artículo 18 de la Convención sobre los Derechos del Niño, que el Estado, a través de esta norma, no hace más que reconocer. No hay que olvidar que los derechos recogidos en los convenios y pactos internacionales de derechos humanos y en la Convención sobre los Derechos del Niño poseen en nuestro país jerarquía constitucional, conforme a los artículos 6.º, 72 y 332 de la Constitución. Cuando el artículo 18 de la convención establece que los Estados partes pondrán el máximo empeño en garantizar el reconocimiento del principio de que ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y el desarrollo del niño, está recogiendo, precisamente, la corresponsabilidad en la crianza; está estableciendo que ambos progenitores son responsables de la crianza de sus hijos. Subrayo que cuando la convención habla de obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y el desarrollo del niño, está enfatizando la importancia de la corresponsabilidad en la crianza. Estamos hablando de que ambos progenitores tienen las mismas obligaciones en la crianza y en el desarrollo. Al respecto, dice la convención: «Incumbirá a los padres y en su caso a los representantes legales la responsabilidad primordial de la crianza y el desarrollo del niño. Su preocupación fundamental será el interés superior del niño».

La responsabilidad en la crianza y el desarrollo del niño son conceptos que –reitero– están presentes en la convención y, por lo que dije antes, también en la Constitución; pertenece a ambos progenitores la preocupación de atender fundamentalmente y preservar el interés superior del niño. El monopolio de preservar el interés superior del niño no corresponde a uno de los progenitores, sino a ambos. Cuando el artículo 1.º dispone «… cualquiera sea el régimen de tenencia fijado judicialmente o por acuerdo», no está estableciendo para el juez la obligación de atender la tenencia compartida, sino el principio del interés superior del niño y el principio de corresponsabilidad en la crianza de ambos progenitores ya fue recogido en el artículo 18 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

La norma que se crea no está consagrando una tenencia compartida preceptiva. La corresponsabilidad en la crianza atiende el interés superior del menor, y cuando exista un conflicto entre el derecho de los progenitores y el interés superior del niño, prevalece por supuesto este último.

Actualmente, en este tipo de situaciones, si los padres no se ponen de acuerdo, la tenencia es resuelta –como ya se ha hablado en esta sala– por el juez de familia, y el menor tiene derecho a ser oído en presencia de su defensor. Esto sigue existiendo porque el artículo 2.º establece: «De no existir acuerdo entre los padres, la tenencia será resuelta por el Juez de Familia quien deberá dictar las medidas necesarias […] para garantizar el efectivo ejercicio del derecho y deber de ambos padres de participar activa, equitativa y permanentemente en la crianza, educación, desarrollo integral de niños y adolescentes cualquiera sea el régimen de tenencia resuelto».

El artículo 3.º legitima la solicitud de tenencia compartida para cualquiera de los progenitores, que deberán presentarse ante el juez, pero siempre es este último quien resuelve, atendiendo el interés superior del niño o del adolescente.

Para el juez, el parámetro sigue siendo el interés superior del niño. Siempre debe oírse al niño, y se establece algo que antes no existía: oírlo bajo la seria responsabilidad funcional.

Se establecen varias pautas que orientan al juez y que ya son objeto de aplicación en algunos procesos actuales; me refiero, por ejemplo, al entorno vincular del niño con sus padres y la familia de ambos; a la alteración en lo mínimo posible de las costumbres y vínculos cotidianos que tiene el niño; al tiempo de calidad que cada progenitor tiene para compartir con sus hijos, como se dice en la jerga judicial; a las recomendaciones del defensor del niño o de peritos idóneos que asesoren al juez; al domicilio de los padres; a la distancia entre estos y la cercanía del domicilio con el centro de estudios o de cualquier otra actividad que tenga el niño. Todas estas pautas son ya consideradas por cualquier juez al momento de decidir y esta norma garantiza una práctica judicial que ya se hace sin un marco legal habilitante.

En definitiva, siempre será el juez quien resuelva sobre una solicitud de tenencia compartida, con todas las garantías para el niño o el adolescente. Yo diría que estas pautas y otras que se establecen en la norma ya son aplicadas por los jueces en forma discrecional, pero ahora el juez ya no podrá apartarse de ellas, no por otorgar la tenencia compartida, señora presidenta, sino para atender el interés superior del niño: el principio de la corresponsabilidad en la crianza que ambos padres han tenido desde siempre y que muchas veces alguno de ellos olvida.

En este sentido, este proyecto de ley es más garantista, más conforme a la Convención sobre los Derechos del Niño, más constitucional –diría yo– que la solución legislativa que se aplica actualmente.

Es todo lo que quería decir, señora presidenta.

Muchas gracias.

SEÑORA NANE.- Pido la palabra.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra la señora senadora.

SEÑORA NANE.- Muchas gracias, señora presidenta.

Primero quiero tratar de ordenar un poco la parte conceptual de lo que estamos hablando. Me parece que para tratar estos temas que nos son tan caros y que son tan importantes para la sociedad tenemos que poder tener miradas superadoras a las divisiones de miradas que tenemos hoy.

(Se exhibe un video).

–Creo que es bueno ponernos una línea base para saber a partir de dónde vamos a hablar de corresponsabilidad. En este sentido, considero que es imposible hablar de la corresponsabilidad sin referir a la Convención sobre los Derechos del Niño, que es un instrumento con el que hemos estado trabajando desde hoy temprano.

Esta convención es un instrumento ratificado por 196 países y que entiende, como ya lo dijeron algunos de mis compañeros, el concepto de familia con una visión amplia, diversa, que no necesariamente pasa por la familia compuesta por mamá, papá y un vínculo legal que los une.

De hecho, cuando la Convención sobre los Derechos del Niño se refiere a la familia, dice que es el ámbito natural de crianza y de realización de todas las potencialidades de los niños, niñas y adolescentes. Cuando habla de eso, la convención pone la noción de corresponsabilidad en el marco del soporte que, necesariamente, la familia debe tener por parte del Estado. Entonces, habla de una corresponsabilidad no solamente familiar, sino también social. Creo que es importante tenerlo en cuenta porque la sociedad ha avanzado, porque las leyes han avanzado, porque las familias han ido cambiando y porque el concepto de crianza también nos ha involucrado más en un nivel social. La crianza ‒como concepto también‒ en estos tiempos ha pasado de ser solamente un hecho familiar, que se da en el ámbito privado, a ser acciones sociales y comunitarias; se trata de empezar a vernos, justamente, como corresponsables en la crianza de niños, niñas y adolescentes, y eso tiene mucho que ver con lo que después el Estado tiene que hacer como garante de esos derechos. Por lo tanto, es en esta circunstancia que tenemos que empezar a hablar de políticas públicas, a fomentar cambios culturales ‒hemos estado hablando de eso hoy‒ y también a buscar interacciones entre todos los actores, de los ámbitos privado y público, para poder desplegar esas políticas.

Cuando hablamos de crianza no referimos solamente a los cuidados básicos y quizá nutricionales, sino también a una transmisión de valores, a un marco cultural. Por ejemplo, la Sociedad de Psiquiatría del Uruguay menciona círculos concéntricos que van desde el nido a la aldea y al mundo, en los que el Estado, como partícipe de esa comunidad mayor, tiene ciertas corresponsabilidades también.

¿Por qué quería llegar a esto, a este marco? Porque hay países que han ido mirando estas evoluciones de sus sociedades, de sus comunidades, y han actuado a partir de este principio de crianza, que es verdad que en la visión más tradicional tiene un enfoque de género ‒esto se menciona en la exposición de motivos‒, enfoque que genera inequidad en el acceso a las oportunidades laborales, a las oportunidades profesionales e, incluso, a las personales. Como resultado y en el marco de este principio de corresponsabilidad, los Estados, las sociedades –es verdad– se van enfocando hacia la coparentalidad, hacia las políticas públicas de corresponsabilidad en la crianza. Hasta ahí creo que estamos todos de acuerdo, hay que ir hacia ahí. Entonces, podemos empezar a mirar algunos ejemplos del ámbito internacional. De hecho, algunos de los ejemplos se mencionan en la exposición de motivos de este proyecto de ley.

Podemos ver las soluciones del modelo sueco para ir hacia la coparentalidad y la corresponsabilidad y cómo Suecia empezó a enfocar este tema. Suecia empezó a enfocar este tema por los años setenta. Hicieron un estudio de cómo se usaban las licencias parentales y se dieron cuenta de que en esa época solo las utilizaban las madres. Entonces, en 1974 Suecia empezó a tratar de ver la cuestión de la coparentalidad en la asignación de las licencias parentales como una política de Estado y, como toda política de Estado, se basaron en un estudio, hicieron algunos cambios y fueron evaluando cómo les iba con esos cambios. Fue así como en 1995 se introdujo lo que llamaron el pappamånad, que es, básicamente, el mes de papá. Esa era una política pública por la que había treinta días remunerados de licencia reservados al padre; si no los usaba, se perdían. Siguieron analizando. Como les fue más o menos bien con esto, en 2002 ampliaron el mes de papá a dos meses de papá y en 2016 lo ampliaron a tres meses de papá. Hoy por hoy, en Suecia hay 480 días de licencia parental, que la familia puede dividir como le parezca mejor, de acuerdo con cómo ellos hayan administrado los cuidados. Fíjense que empecé contándoles cómo había empezado Suecia en los años setenta; estamos en el 2022 y al día de hoy los padres se llevan alrededor del 30 % de los días disponibles por licencia, después de una política pública de casi cincuenta años. ¿Qué quiero decir con esto? Varias cosas: a las políticas públicas hay que ir midiéndolas, evaluándolas y viendo, como sociedad, para dónde se va en función de los resultados que uno va obteniendo.

Voy a dar otro ejemplo, el de Australia, que se enfocó para otro lado. Ellos decidieron estudiar el impacto económico de la desigualdad entre mujeres y varones en el acceso a las oportunidades de trabajo y ver cómo eso influye en el aporte a la economía, y el resultado que les dio fue que perderse a las mujeres en el mercado laboral les costaba la friolera de veinticuatro billones de dólares al año. Por lo tanto, decidieron empezar a hacer algo, se pusieron de acuerdo y siguieron hacia donde fueron los suecos. En ese caso, lo que hicieron en Australia fue crear una acción participativa entre Estado e industria privada para que las empresas fueran generando condiciones y modelos de trabajo que permitieran a los varones ir tomando esa corresponsabilidad, que es hacia donde querían ir como política pública.

Acá pueden ver el video sobre una serie australiana. Está todo bien mientras las parejas están juntas, pero incluso cuando las parejas se separan llegan a acuerdos del estilo de que quienes se quedan en la casa son los niños, niñas o adolescentes, y los que se mudan una vez por semana –o lo que sea acordado, como una semana sí y una semana no– son los padres. Esto garantiza la estabilidad de los gurises.

Lo que quiero decir con esto es que las diferentes sociedades en los diferentes países han ido evolucionando en función de sus pactos de comunidad para una mejor crianza de sus niños, niñas y adolescentes. Lo quería expresar en el entendido de que eso es la corresponsabilidad: es parte de una política pública con una mirada integral, con subsidios, quizá, con prestaciones sociales, con acuerdos entre lo público y lo privado. No es solamente el título de un proyecto de ley que, además, legisla la corresponsabilidad cuando los padres se separan, pero que hace poco, como política pública, consideraba la corresponsabilidad mientras están juntos. Esto debe tener una mirada integral.

Asimismo, no para tirar números al azar sino para poder entender la política pública desde la evidencia, comento que cuando este proyecto de ley se empezó a tratar –les mostré el caso de Suecia, que se fueron mejorando en función de las evidencias– nosotros hicimos un pedido de acceso a la información pública a la Suprema Corte de Justicia para entender de qué universo de impacto estábamos hablando. Me refiero al de una política legislativa que se estaba proponiendo.

Consultamos qué cantidad de procesos judiciales de ratificación de tenencia se promovieron en 2018, en 2019 y en 2020; en qué proporción los iniciaron hombres o mujeres; cuántos de ellos los presentaron madres o padres; en cuántos la sentencia fue favorable para la madre, en cuántos para el padre, así como la cantidad de procesos iniciados por terceros. ¿Por qué? Para saber, para entender el impacto, para entender cuál era el universo. Nos respondieron que el sistema de gestión de juzgados está solamente en Montevideo, que no diferencia si las sentencias dictadas fueron favorables a la madre o al padre del menor –no pueden decirnos eso–, que el sistema tampoco recaba la información solicitada sobre la cantidad de denuncias por incumplimiento del régimen de visitas y mucho menos quién realizó o promovió dichas denuncias.

Estaría bien tener esta información. Recuerden que Uruguay fue observado por el Comité de los Derechos del Niño en el 2015 porque los datos que teníamos sobre infancia no eran de una buena calidad que nos permitiera, justamente, poder hacer política pública informada.

¿Qué nos pasa con esto? Que cuando nosotros tratamos de entender cuál es la motivación de este proyecto y la vamos a buscar por ejemplo en la exposición de motivos, no vemos evidencia que sostenga la necesidad de una política legislativa en torno a este tema. Según los datos que me dio la Suprema Corte de Justicia, la judicialización de la tenencia, en su gran mayoría, se da por procesos voluntarios; a su vez se dan 270 conflictos en primera instancia, de los cuales unos 30 pasan a segunda instancia.

Acá quiero decir una cosa que me resulta importante destacar. Los problemas humanos son todos importantes, y mucho más aquellos que tienen que ver con la afectividad, con los vínculos rotos e, incluso, con su recomposición. Acá no es que sea uno más importante que cinco mil; pero es desde lo humano y no desde la política pública, desde las políticas legislativas, desde las políticas sociales. Ahí sí necesitamos datos, porque hay que hacer un análisis de impacto sobre qué es lo que nos va a ocurrir como sociedad cuando vayamos haciendo esos cambios como este que hoy se está proponiendo.

Hoy lo que nos pasa con este proyecto, también, es que no está muy claro cómo se van a resolver las prestaciones sociales –que muchas tienen que ver con el proceso voluntario de ratificación– en aquellas tenencias que son ejercidas por terceros. No dice absolutamente nada y, entonces, eso va un poco en contradicción con esto de lo que estamos hablando desde hoy: el concepto amplio y diverso de la familia.

Señora presidenta: yo quería hacer esta introducción para poner el tema en contexto. Me gustaría saber –lo pregunto ahora porque ya no va a ser posible en la comisión– qué identificaron cuando estuvieron estudiando los disparadores para este proyecto. ¿Identificaron problemas de formación en los operadores de justicia y eso hace que las causas se demoren? ¿Identificaron alguna resistencia en la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño por parte de los operadores de la justicia? ¿Habría que trabajar en eso? ¿Identificaron problemas de infraestructura en los juzgados que impiden, por ejemplo, garantizar el acceso a la justicia? ¿Hay problemas de recursos que impiden completar actuaciones o pericias en tiempo y forma? Porque, si nos está pasando todo eso, sería bueno actuar en función de eso con una política pública. Honestamente, lo que yo espero es que la motivación para presentar este proyecto no haya sido la cantidad de seguidores que tienen las organizaciones en las redes sociales. Lo digo con seriedad.

Cuando miramos esto en el contexto internacional de los organismos de derecho de la infancia, básicamente hay dos grandes organismos: Unicef y el Comité de los Derechos del Niño. Unicef es el organismo de Naciones Unidas que tiene como mandato velar por las infancias, y el Comité de Expertos de Naciones Unidas en derechos del niño –que se creó a través de la convención– tiene el cometido de monitorear a los Estados partes de la convención en cuanto al cumplimiento de lo en ella establecido. Por eso hablamos de Unicef y del Comité de los Derechos del Niño.

Una de las cosas que a este proyecto le sucede es que no pasa el control de convencionalidad. Voy a tratar de explicar mínimamente por qué. Primero, porque no mira la convención desde la visión holística que ella tiene respecto a los derechos del niño. Uno no puede andar eligiendo artículos de la convención que le calcen, sino que tiene que ser entendida en forma integral. Por ejemplo, este proyecto no dice nada del artículo 5 de la Convención sobre los Derechos del Niño, que es justamente el que otorga al niño el derecho a vivir en familia y el que construye ese concepto de familia ampliada, y solo trae un pedacito del artículo 9.º, que es el que indica qué pasa cuando hay una separación en la familia. De hecho, es de lo que trata este proyecto porque, si no, no tendríamos proyecto. En el artículo 9.º se establece por qué se podría interrumpir el contacto de los niños, niñas y adolescentes con alguno de sus progenitores, y está formulado a partir de la intención de proteger y promover los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Entonces, es muy raro que en todo el proyecto no se haga referencia en forma integral a lo que dispone este artículo 9.º. Además dice que en caso de separación, un tercero bajo revisión judicial va a definir las cuestiones de convivencia del niño, niña o adolescente, y explícitamente establece cómo actuar en las cuestiones cuando se detecta descuido, negligencia o maltrato.

Es muy importante la referencia al artículo 9.º: «Los Estados Partes velarán por que el niño no sea separado de sus padres contra la voluntad de éstos, excepto cuando, a reserva de revisión judicial las autoridades competentes determinen, de conformidad con la ley y los procedimientos aplicables, que tal separación es necesaria en el interés superior del niño». No se dice nada sobre esta parte del artículo.

Es verdad que se hace referencia al artículo 18 de la Convención sobre los Derechos del Niño pero, junto con un pedacito del artículo 9.°, es el único que está mencionado. Fíjense que solamente se hace referencia al numeral 1 del artículo 18, cuando en definitiva el numeral 2 expresa: «A los efectos de garantizar y promover los derechos enunciados en la presente Convención, los Estados Partes prestarán la asistencia apropiada a los padres y a los representantes legales para el desempeño de sus funciones en lo que respecta a la crianza del niño y velarán por la creación de instituciones, instalaciones y servicios para el cuidado de los niños». ¿A qué me refiero con esto? De nuevo a la integralidad con el interés superior como concepto fundamental.

Y ya que estamos hablando del interés superior, en la convención se interpreta en los Estados partes y se implementa a partir de lo que es la observación general n.° 14. El interés superior –según dice la observación general n.° 14– es un principio rector, un derecho, pero también es un criterio de interpretación para la toma de decisiones respecto a las situaciones de los niños, niñas y adolescentes y una regla de procedimiento –acá Uruguay tiene una falta– que deben cumplir los Estados partes. Uruguay no tiene esto en el CNA como regla de procedimiento, pero igual debe cumplirlo porque es un Estado parte de la convención.

Entonces, cuando miramos este proyecto de ley, es verdad que vemos un montón de veces «el interés superior del niño», pero no se implementa. Solamente lo repite muchas veces, porque lo termina sometiendo a la voluntad de los adultos y porque lo define por orden general y no caso a caso como el interés superior tiene que ser definido.

Estas fueron parte de las observaciones de Unicef que, como vimos, tuvo que escribirlas en una carta porque no pudo hacerlas en la comisión. Mis compañeros las leyeron y no quiero volver sobre eso, sino tratar de incorporar nuevos elementos.

También nos pasa que este proyecto de ley no hace referencia al artículo 19 de la Convención sobre los Derechos del Niño que es, ni más ni menos, el principio de protección. Entonces, tenemos problemas serios en el artículo 4.° –después vamos a hablar un poquito más– respecto a lo que tiene que ver con la no prohibición de las visitas, aun bajo medidas cautelares.

Si ustedes me permiten, quiero dar una mirada crítica al proyecto de ley y voy a empezar por la exposición de motivos.

Cuando esta iniciativa le fue entregada al Frente Amplio no se sabía cuál era la exposición de motivos que le correspondía. Después en la comisión se nos aclaró que iba con la exposición de motivos del proyecto anterior del Partido Nacional. En ese sentido algunos tenemos un problema porque el proyecto de ley cambió, pero eso no está explicado en la exposición de motivos.

Vamos a ir por partes. Cuando nosotros recibimos esto fue sin una exposición de motivos y hubo muchas cosas del proyecto que nos llamaron la atención y por esa razón no pudimos buscarlas. Trataré de ver algunas cosas artículo por artículo y de mirar el comparativo porque capaz que es más fácil.

El artículo 1.° dice: «Declárase y reconócese el principio de corresponsabilidad en la crianza, de conformidad con el artículo 18 de la Convención sobre los Derechos del Niño». Como Uruguay es Estado parte –ya está pronto–, esto no aporta.

El artículo 2.° tiene algunos problemas. Parte de los problemas que tiene –capaz que esta también sería una muy buena oportunidad para entender por qué está puesto esto acá–, radica en que dice: «La patria potestad únicamente podrá perderse por las causales previstas en los artículos 284 y 285 del Código Civil» y esto es algo que ya establece el Código Civil. La palabra «únicamente», cuando habla de dos cosas, tampoco tiene mucho sentido; lo tenía antes –después vamos a hablar de eso– cuando «únicamente» era en referencia al artículo 285, pero la verdad es que poner esta palabra por esas dos cosas cuando se refiere a lo que está en el Código Civil, no parece tener mucho sentido.

Después modifica un inciso del artículo 34 del Código de la Niñez y la Adolescencia que, de hecho, no establece nada nuevo tampoco. Dice: «… se ejercerá la guarda material o tenencia, manteniendo ambos en todo momento la corresponsabilidad en la crianza», que es algo que ya está. La otra parte indica que «De no existir acuerdo entre los padres, la tenencia será resuelta por el Juez de Familia quien deberá dictar las medidas necesarias...», que también es algo que ya pasa y no aporta demasiado. El artículo 2.º parece que está ahí solamente para nombrar los artículos 284 y 285 del Código Civil.

El artículo 3.º dice que a los niños hay que escucharlos pero, en definitiva, que el juez privilegie la tenencia compartida. O sea: «Escúchelos, pero no tanto; escúchelos pero usted haga lo que le dice la ley».

El artículo 4.º, como ustedes saben, es complejo porque en él se dice: «En el caso de adoptarse medidas cautelares a raíz de una denuncia formulada por parte de un progenitor contra el otro, el Juez, manteniendo en todo tiempo las garantías del debido proceso y el principio de inocencia, evaluará bajo su más seria responsabilidad funcional la necesidad o no de modificación del régimen de tenencia y su ejercicio». Ya tenía medidas cautelares; ¿qué no debería ser perjudicial?

El literal C) expresa: «En todo caso, y también en el supuesto de haberse decretado la aplicación de medidas cautelares, deberá respetarse el derecho a las visitas…», y de nuevo vamos otra vez con el interés superior, ya que agrega: «… toda vez que a juicio del Juez sean acordes al interés superior del niño o adolescente…». No entiendo en qué contexto serían acordes cuando hay medidas cautelares.

Acá quiero hacer una aclaración. Capaz que nos van a decir: «Pero ustedes están hablando siempre de los violentos». ¡No! ¡Justamente!, todo esto está muy bien cuando hablamos de personas protectoras y no violentas, pero nosotros tenemos que proteger a los gurises precisamente de las personas no protectoras y de las personas violentas, y para eso podríamos llegar a modificar una ley, pero en este caso no es lo que está ocurriendo.

El artículo 6.º habla de la determinación de visitas y menciona por ahí: «Solo por motivos particularmente graves y sobre los cuales existan indicios fundados...». No sabemos cuáles serían los motivos particularmente graves y los indicios fundados; capaz que habría que ser un poco más específicos en eso, justamente por lo que tiene que ver con el cerno de la violencia intrafamiliar, que en el setenta y pico por ciento de los casos, según el Sipiav, es recurrente, y los niños, niñas y adolescentes no se reconocen víctimas porque lo asumen como parte de lo que les pasa en la vida.

Al artículo 7.º se les pasó mencionarlo en la exposición de motivos, o sea que no sabemos por qué está ahí.

En cuanto al artículo 10, que es el que marca las pautas a los defensores, nos parece que hay cuestiones que afectan la independencia técnica, porque se le dice, por ejemplo, cómo tiene que actuar con el niño, niña o adolescente. En el literal C) les dice que tienen que hacer por lo menos dos entrevistas, a las que tienen que concurrir los progenitores –una vez la madre y otra vez el padre– pero pensamos que la estrategia de defensa, ya que el niño ahora es parte defendida, debería poder ser la que definan, justamente, el niño, niña o adolescente y su defensor.

Me está faltando un detalle porque acá se mencionó mucho la exhaustividad con que esto se estudió y la responsabilidad con que se trató. Quiero decir que cuando el artículo 2.º hacía referencia a que la patria potestad podía perderse únicamente por las causales previstas en el artículo 285 del Código Civil –y voy a recordarlo para la versión taquigráfica–, estaba excluyendo el proxenetismo, el femicidio y las lesiones graves a los hijos como causales de pérdida de la patria potestad pero, en todo ese análisis tan exhaustivo que hicieron, de eso se dieron cuenta una semana después, señores legisladores de la coalición de gobierno. Tengo que preguntarles –es de orden que les haga la pregunta explícita– si ustedes leyeron antes de firmar. Además, las páginas están todas firmadas. Es de orden, porque se nos pide legislar con seriedad, señora presidenta. No quiero aludir, pero se me está…

SEÑORA PRESIDENTA.- Señora senadora: todo el mundo la está escuchando atentamente. Le pido por favor que se atenga a lo que establece el Reglamento.

SEÑORA NANE.- Muchas gracias, señora presidenta, pero sabe que es importante.

SEÑORA PRESIDENTA.- La puedo llegar a entender de mil formas, pero eso no significa que usted no tenga que respetar el Reglamento.

SEÑORA NANE.- Gracias por la comprensión.

Es de orden, cuando uno actúa con seriedad, leer lo que firma, y están firmadas todas las hojas, reitero.

Lo otro que nos queda como duda es el artículo 13 del proyecto porque hace referencia a «todos quienes ejerzan la patria potestad» y, en términos generales, la patria potestad se ejerce solamente por los progenitores.

En resumen, consideramos que este proyecto de ley desprotege a los niños, niñas y adolescentes ante medidas cautelares dispuestas por un juez. No hace nada por la corresponsabilidad como una cuestión de cultura social o como un valor de la comunidad. No está de acuerdo con la Convención sobre los Derechos del Niño; va contra su visión holística en materia de derechos de niños, niñas y adolescentes. No garantiza el acceso a la justicia y no basta con las leyes, porque los derechos también se construyen y se sostienen.

(Suena el timbre indicador de tiempo).

(Ocupa la presidencia el señor Jorge Gandini).

–No garantiza el derecho a ser escuchado; en realidad, no solamente a ser escuchado sino a ser escuchado y creído porque, si no, ¿para qué estoy escuchando? Además, tiene una muy mala técnica legislativa. Este proyecto hoy tiene y tuvo los oídos completamente sellados respecto a los niños, niñas y adolescentes.

Muchas gracias, señor presidente.

SEÑORA BIANCHI.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Tiene la palabra la señora senadora.

SEÑORA BIANCHI.- Cuesta, realmente, expresarse con ecuanimidad y tranquilidad –lo voy a hacer– después de recibir, de manera directa o indirecta, intenciones y subestimaciones. Uno tiene la conciencia tranquila y a lo único que le responde es a la conciencia.

Voy a hacer un par de aclaraciones que entiendo necesarias. Me detengo, simplemente, a recordar las palabras del señor senador Lanz acerca de cómo se trabajó en la comisión. Yo puedo aceptar que haya picardías políticas, porque eso es la política, pero todos sabemos que siempre estuvimos hablando del mismo tema. O sea, la formalidad de determinado proyecto, uno o dos, el proyecto y la sustitución que, además, fue consecuencia de la enorme paciencia de la señora senadora Asiaín y del enorme interés especial que la señora senadora Sanguinetti ha tenido ante sus dudas, se fue procesando en mucho tiempo. Pocas veces –no tengo mucha experiencia parlamentaria; es mi segundo período, pero tengo experiencias en otros lados– he visto que se dedicara con tanto ahínco a tratar temas muy puntuales para que quedaran bien claros. Incluso comentaba con la señora senadora Asiaín que debíamos detenernos un poco porque estábamos poniendo negro sobre blanco asuntos que son obvios para los jueces, para que los jueces no se sientan subestimados. Además –y esta es una cosa a tener en cuenta, porque se aprende con el ejercicio de la profesión, pues no lo dicen los libros–, el juez de familia es el que tiene mayor discrecionalidad siempre, porque con la confianza que le tienen la ciudadanía y el Estado uruguayo –por algo los elige y los controla–, debe actuar con absoluta libertad dentro del marco legal frente al caso concreto. Hay casos concretos –siempre los hay; en derecho siempre hay casos concretos–, aunque sea, en el régimen de la responsabilidad patrimonial, en el lucro cesante o en el daño adyacente, entre otros muchísimos ejemplos. Siempre que se aplica la justicia es para el caso concreto. Este es un problema de Filosofía del Derecho.

En consecuencia, a mí me preocupó un poco reglamentar demasiado, decir demasiadas cosas a los jueces, pero todos fuimos aceptando para tratar de que esto saliera con la mayor unanimidad de pareceres, no con el 100 % –nunca vamos a estar de acuerdo, por suerte–, porque este no es un país de unanimidades.

Siempre tengo el mismo problema: como no preparo nada, recojo conceptos que se vierten aquí y los complemento con mis concepciones.

En primer lugar, quiero decir que hubo un tratamiento muy exhaustivo –reitero: muy exhaustivo– en la comisión. Eso de actuar de acuerdo a presiones lo contesté en la comisión; si no recuerdo mal tuve un enfrentamiento directo con una persona a quien respeto y quiero mucho porque desde muy jóvenes nos conocemos del Parlamento cuando recién ingresábamos a la democracia, que es Mónica Bottero. Ella hizo mención del grupo de presiones y le dije: «¡De ninguna manera!; al menos no nos adjudiquen intenciones». Ahora bien, grupos de presión hay en todos lados. Justamente, la ecuanimidad de los parlamentarios y el buen funcionamiento de un sistema democrático y republicano de gobierno tienen que ver con administrar las tensiones o, si quieren, las presiones. El tema es cómo se interpreta el concepto de presión; creo que nadie nos obliga a votar, y si hay alguien que está en esa situación no merece ser legislador. Jamás presumiría que un colega, aunque esté en la posición más antagónica desde el punto de vista ideológico, esté actuando bajo presión. Si lo está haciendo, que lo denuncie penalmente porque eso se llama extorsión, además de tratarse de un problema de fueros que afectaría a todo el Parlamento; o sea, que sería muchísimo más grave. Además, preferiría que los grupos de presión de los padres, de las madres, de los abuelos y de las abuelas que son partidarios de este proyecto de ley sean reconocidos, y los otros también, porque tienen muchísima más visibilidad. Existen sectores u organizaciones sociales que nos han tratado absolutamente de todo a los legisladores que impulsamos este proyecto de ley. De todas maneras, quiero decir que lo hicimos con mejor o peor técnica legislativa, y no me considero en absoluto una gran legisladora. Conocí otro Parlamento integrado por catedráticos y en el que estábamos mucho más tranquilos, pero tratamos de trabajar, dentro de nuestra humildad y en función de lo poco que conocemos.

Además, sabemos que la exposición de motivos no es un asunto fundante porque no se vota; primero se vota el informe y luego el proyecto de ley. Digo esto como comentario secundario respecto del tema de la presión, que no es secundario.

Hay otra cuestión muy importante que hay que aclarar porque, como en todo, también en el derecho, hay «modas» –dicho esto entre comillas– o, digamos, tendencias doctrinarias, y por momentos existen impulsos. Esto sucede en toda disciplina y actividad, no tiene por qué ser de origen universitario, como por ejemplo las artesanías.

Los convenios internacionales ratificados por Uruguay, señor presidente, no pasan a integrar la Constitución de la república, a diferencia de lo que sucede en Argentina. Allí, los convenios internacionales que se ratifican adquieren –porque así lo establece la Constitución– rango constitucional, pero en el Uruguay no. En nuestro país son leyes comunes; por eso, una vez ratificados por el Parlamento pasan a ser normas comunes. Cuando trabajamos con un acuerdo internacional, ¿tenemos un cuidado mayor porque compromete al Estado? Sí, claro, pero eso no somete a la soberanía del Uruguay. Nunca la va a someter, porque no ha sido voluntad de los uruguayos que nos sometieran los tratados internacionales, a pesar de que Uruguay fue fundador de la gran mayoría de los organismos internacionales. Siempre tuvimos una excelente formación intelectual y los grandes constitucionalistas e internacionalistas uruguayos no solamente fueron fundadores de los organismos, sino redactores de las cartas fundacionales y de los convenios.

Otro aspecto que hay que tener en cuenta es que los convenios internacionales que se firman y se ratifican son muy amplios. ¿Para qué son amplios? Los organismos internacionales saben que no pueden avanzar sobre la soberanía de los Estados pero, a su vez, quieren tener la mayor cantidad de ratificaciones, por eso son muy amplios. A su vez, los convenios deben ser ratificados por el Parlamento; si solo los firma el Estado, no valen nada. Hasta que no los ratifique el Parlamento no tienen validez. Entonces, ¿qué buscan los organismos internacionales? Un margen mayor de maniobra para que lo pueda ratificar la mayor cantidad de Estados. Por eso nosotros siempre impulsamos la firma de tratados internacionales y, además, nuestros grandes constitucionalistas e internacionalistas fueron redactores de cartas fundacionales, hasta de las Naciones Unidas. Ahora, no me afilio –y nadie me puede obligar porque es doctrinario, es una exclusiva construcción doctrinaria– a eso de que los tratados internacionales formen parte de la Constitución. Respeto profundamente a los constitucionalistas que opinan lo contrario, que son la minoría –en otro momento podrán ser la mayoría– porque en el Uruguay la doctrina no es fuente de Derecho. El artículo 72 dice –a veces lo digo de memoria, pero ahora lo voy a leer textualmente–: «La enumeración de derechos, deberes y garantías hecha por la Constitución, no excluye los otros que son inherentes a la personalidad humana o se derivan de la forma republicana de gobierno». Quiere decir que no se está refiriendo a otra cosa más que a lo que acabo de leer. No entran ni para los Jiménez de Aréchaga ni para el doctor Casinelli Muñoz, que hace relativamente poco tiempo falleció y lo peleó siempre.

Pretender que por el artículo 72, que es excelente y pocas constituciones lo tienen, entren los convenios internacionales a mansalva, por decirlo de alguna manera –que primero firman y luego ratifican 180 o 190 países–, sería pasar por encima de nuestra soberanía, y eso jamás lo vamos a permitir. En consecuencia, esto de que tenemos o no la corresponsabilidad en la crianza por la Convención sobre los Derechos del Niño, no. No, porque es una convención y nosotros la vamos a cumplir, hasta que la soberanía nacional, que está acá, en el Parlamento, decida que lo va a seguir cumpliendo. ¡Miren si mañana a algún organismo internacional se le ocurre –ya que están tan complicadas las cosas; ayer escuchábamos lo que decía Enrique Iglesias– reimplantar la pena de muerte para determinados delitos! ¿Nosotros lo vamos a cumplir, porque lo dice un convenio internacional? Ojo que las correlaciones de fuerzas, de las mayorías en los organismos internacionales están sufriendo muchos cambios. Como dijo muy bien ayer el contador Enrique Iglesias, ya no vivimos más la pax, que obviamente asimilaba a la paz del Imperio romano. No vivimos más en la pax de 75 años después de la Segunda Guerra Mundial, donde a partir de las Naciones Unidas están fundados todos los organismos y tratados internacionales que nosotros a lo largo del tiempo hemos ido ratificando. ¡Cuidado con esas cosas! ¡Cuidado! Porque la correlación de fuerzas internacionales políticas depende de lo que pase en un mundo en el que hay una gran incertidumbre. Por lo tanto, yo defiendo –y la defenderé hasta el último día de mi vida– la soberanía de la nación, que reside en la casa de la democracia, en el Parlamento uruguayo. No va a haber ningún organismo internacional que a nosotros nos obligue a cumplir un convenio. Si queremos, lo cumplimos y si no, lo denunciaremos porque están previstas las denuncias de los convenios.

¿Este es el caso? No. Simplemente estamos tratando de legislar una situación que se da en forma permanente y sistemática. No voy a la Ley sobre el Derecho de Acceso a la Información Pública porque soy legisladora, y ya que tanto se me cuestionó, usé el artículo 118 de la Constitución de la república e hice el pedido de informes a la Suprema Corte de Justicia. Lo hizo la colega Asiaín, pero como trabajamos juntas lo hemos compartido. No es necesario recurrir a la Ley sobre el Derecho de Acceso a la Información Pública; los legisladores tenemos derecho a pedir a la Suprema Corte de Justicia –además de a otros organismos– que nos responda sobre algo muy similar, con mayor cantidad de casos. Probablemente se deba a que al Poder Judicial le faltan recursos. Durante quince años no se le incrementó el presupuesto al Poder Judicial en un centésimo. Yo no tengo los ojos en la nuca, los tengo para adelante, pero cuando vamos a hacer afirmaciones, hagámonos cargo. Lo mismo sucede con las remuneraciones y la falta de defensores públicos. Solamente se realizó el ajuste normal del IPC y no se le dio un peso. Es más, no se mandó el inciso, como para humillar más al Poder Judicial. El señor presidente, que tiene mucha experiencia en presupuestos y rendiciones de cuentas, lo sabe: ni siquiera llegaba el inciso Poder Judicial. Todas esas cosas hay que ponerlas sobre la mesa. Si vamos a hacer evaluaciones, seamos sinceros con nosotros mismos.

No somos Suecia ni Australia. Algún día lo podremos ser si rompemos muchos de nuestros prejuicios y la parte conservadora que tenemos los uruguayos, que para algunas cosas es positivo y para otras no. Además, hay otra cosa, a mí el Estado me va a decir lo que tengo que hacer sobre mi vida y la vida de mis hijos menores hasta que yo decida, porque el avance de los Estados sobre la libertad individual también está probado históricamente y en cientos de millones de muertes que no es lo mejor. Hay que tener un fino equilibrio entre el poder del Estado y la libertad individual. Por eso está la justicia, señores.

Los números que se mencionan no son ciertos. Yo los tengo aquí y son mucho más de mil casos. No sé si el funcionario que informó se equivocó. Además, en el día de ayer escuché a la señora presidente de la Asociación de Magistrados del Uruguay –una excelente jueza, la doctora Larrieu– diciendo que necesitamos más juzgados de familia y más tribunales de apelaciones de familia. Entonces, se ve que el problema es complicado porque, si no, ¿para qué se nos pide especialmente en la rendición de cuentas más juzgados de familia y más tribunales de apelaciones de familia? De alguna manera me molesta que se tenga más sensibilidad si se habla de más casos. Es como si yo dijera que como las muertes por violencia contra la mujer basada en género, en el total de homicidios, no llega al 6 %, no deberíamos tener la ley o políticas de protección a la mujer. En el total de homicidios, la muerte de mujeres en manos de sus parejas o exparejas son menos de 6 %. No voté la ley, pero no me negué a votarla por eso. No dije que no por eso, nunca se me hubiera ocurrido porque no es una cuestión de cantidad, sino de problemas. Jamás se me ocurriría esgrimir ese argumento. Sí es verdad que con el señor diputado Pasquet –que es jurista, yo soy apenas una abogada– no la votamos. Fuimos los únicos dos legisladores in totum que no la votamos porque vimos muchos defectos que a lo largo del tiempo se están notando. Recuerdo las primeras palabras que expresé –y lo recordarán porque éramos diputados– sobre que los hombres, a partir de la aprobación de esta ley, están todos en libertad condicional. Y nos remitimos a la prensa. No voy a decir más nada porque el tema no es esa ley sino las consecuencias que tuvo, que además no resolvió el problema de fondo; también lo dijimos en su momento. ¡Le estamos pegando a la herradura y no al clavo!

En cuanto a la inconstitucionalidad, ¡claro que es inconstitucional, claro que sí! Lo que hizo la Suprema Corte de Justicia –en dos o tres sentencias– a partir de elementos probatorios con relación al Código del Proceso Penal ‒ese es otro tema; y ya la cátedra de derecho procesal cuando asistió a la Comisión de Constitución y Legislación nos pidió, por favor, que lo derogáramos‒ fue declarar inconstitucional un numeral o un artículo. Una ley no se declara inconstitucional en su generalidad, sino que el recurso puede interponerlo solamente una persona física o jurídica que vea afectado su interés directo, personal y legítimo. En consecuencia, en caso de que una ley sea declarada inconstitucional en diez artículos, la inconstitucionalidad es para la persona que interpuso el recurso y no en general. Lo que sí es cierto es que si se hubiera ido contra toda la ley, lo que se hacía normalmente ‒no digo que esa sea la actitud del Parlamento hoy‒ era corregir. Sin embargo, acá no hay declaraciones de inconstitucionalidad porque no hubo acciones sobre las partes fundamentales. Eso sí, estamos viviendo las consecuencias.

Este proyecto de ley busca, modestamente, resolver un problema que se plantea cada vez más. Voy a recurrir a lo planteado por el doctor Cavalli, que fue citado por nosotros a la Comisión de Constitución y Legislación. Es uno de los magistrados más brillantes; lo fue en el fuero penal ‒o sea que tiene mucha experiencia‒ y ahora lo es en el fuero de familia y, además, es miembro de tribunal de apelaciones. El doctor Cavalli fue convocado por la comisión y participó vía Zoom porque estábamos en plena pandemia. ¡Si habremos trabajado en este tema durante tiempo! El doctor Cavalli expresó algo muy interesante, puso negro sobre blanco. Consulto si hay algún problema, ¿o sigo?

Dice el doctor Cavalli: «Existen grupos de adultos de expresión de género» ‒reitero: lo dice el doctor Cavalli, no Graciela Bianchi‒ «integrados mayoritariamente por mujeres, pero también por varones, que han reclamado cambios legislativos en la forma de administrar justicia. En nuestro país han propugnado la sanción de la ley de violencia basada en género» ‒la n.° 19580; todos sabemos cuál es, porque como acá todo el mundo sabe de derecho, me imagino que lo saben‒, «que establece un estatuto que en lo sustantivo, pero sobre todo en lo procesal, ha colocado a la mujer en una situación de consideración preferencial en las resoluciones judiciales».

Esta es una clara señal y decisión política del Estado que alienta la adopción de medidas de protección con mínima instrucción y a partir de considerar prioritaria la protección de las víctimas de violencia. A su vez, han cobrado vigor ante esta situación grupos de padres varones, integrados también por mujeres y con gran presencia de abuelas paternas –estamos hablando del doctor Cavalli–, que denuncian estar en desventaja en la resolución de los juicios, en particular de los que tienen como objeto la tenencia y visita de los hijos.

También habla de la situación de las víctimas; él sabe de lo que habla, además, ejerce su profesión en este tema todos los días. Y dice: Entiendo que es mi deber, como miembro del Poder Judicial, trasmitir a los legisladores la preocupación por la victimización que se produce cuando se dan estos tipos de enfrentamientos entre niños, niñas y adolescentes, lo que se traduce en reiterados juicios de tenencia y visitas, denuncias sucesivas, aperturas de nuevos procesos en distintos juzgados y diligenciamientos de medios de prueba invasivos, sumado a muchas dificultades en la ejecución de lo resuelto.

Con esto termino con las palabras del doctor Cavalli. Él dice que a los integrantes de la magistratura –o sea, quienes llevan a tierra el derecho– les preocupa que cuando se desconoce una resolución judicial adoptada tras un largo juicio, se verifican microviolaciones del Estado de derecho, pero que a la vez, en lo particular, pueden ser determinantes en la existencia de un ser humano en desarrollo. Y los invito a que entren en la página web a leer la versión taquigráfica, porque dijo más cosas el doctor Cavalli, muy acertadas; como al menos a mí me gusta escuchar a quienes saben y a quienes ejercen su profesión, la verdad que me dio una gran tranquilidad de conciencia.

La otra persona que también nos dio gran tranquilidad de conciencia, a la que también citamos, fue el psicólogo Alejandro de Barbieri. Es una persona que todos conocemos y la verdad es que nadie duda de su ecuanimidad; está permanentemente dando charlas en las escuelas y en las instituciones en forma honoraria; siempre está para todas las personas que lo solicitan. Como decía, nosotros pedimos al psicólogo Alejandro de Barbieri que viniera a la comisión para hacerle algunas preguntas que son muy importantes, porque la verdad es que lo que nos importa son los niños, las niñas y los adolescentes; los adultos que se arreglen. ¿Cuál es el problema? Que si no se arreglan, los que sufren son los niños, las niñas y los adolescentes. ¿O estamos jugando a la mosqueta? ¡¿Estamos jugando a la mosqueta?! Disculpen, pero son los juegos de mi edad. A ver, estoy hablando del papá y la mamá, o del papá mujer, o del papá hombre o del papá trans, porque no hago ningún tipo de discriminación con la integración familiar; me da exactamente lo mismo porque soy partidaria de la libertad, y eso quiero aclararlo.

De Barbieri comienza diciendo: «Justamente, en uno de mis libros, Educar sin culpa, hablo del rol de la figura del padre: real y simbólica […] El rol del padre es fundamental, el rol del padre ha tenido mala prensa», dice Alejandro. Yo me pregunto si lo tratarán de machista; no sé, porque es un encanto de persona. Y dice: «Por supuesto que el rol de la madre es fundamental como así también el apego». En determinado momento menciona conceptos que dejan entrever que el centro debe ser el niño, el niño pensado en relación a. Entonces, como a mí me quedó alguna duda, le dije que me gustaría que se detuviera en ese punto. Y Alejandro de Barbieri me contestó: «Creo que entiendo la pregunta, porque cuando se nos dice que estamos en una sociedad adultocéntrica es importante escuchar a los niños y escuchar a los adolescentes. Ahora con la pandemia se escucha poco a los adolescentes, y acabo de tener trescientos docentes de la ANEP hoy de mañana hablando de la pandemia con ellos. El niño se forma en un círculo, en una constelación afectiva: es el niño en relación a la madre y el niño en relación al padre. Ustedes habrán visto esto con sus hijos y con sus nietos. Cuando el niño está solo con la madre se comporta de una manera y cuando viene el padre se comporta de otra manera por esa energía particular que tiene el propio vínculo. Es decir, el papá o la mamá habilitan a que el niño sea, por ejemplo, más audaz». Y sigue con lo que significa el lograr la mejor situación para el niño, la niña o el adolescente que depende, fundamentalmente, de los adultos. Ahora, ¿estamos descubriendo América? No, ya ni fue descubierta por Colón, sino por los vikingos. Si no tiene una familia de contención, obviamente, el niño no se va a desarrollar.

¡Yo he tenido que escuchar cada cosa! Pero hay algo que a mí me emocionó. Cuando hoy escuché la historia de Olga Delgrossi –que en parte la conocía–, dije: «Este es el Uruguay». ¿Para qué salimos a copiar afuera, si cuando nosotros resolvimos un montón de problemas, los países que ahora queremos imitar andaban a los balazos, a los cañonazos, con monarquías absolutas? Olga Delgrossi es una mujer que nació en 1932, una mujer, en una familia humilde de diez hijos, en Tacuarembó, y estudió en el liceo. Quiere decir que nosotros como país tenemos una fortaleza que no la tienen muchos de los otros países. ¿Y soy excesivamente uruguaya? Sí. No soy nihilista, no pienso que mi país no se parece a nada, pero sí reconozco que tenemos que ir a nuestra propia experiencia para poder avanzar. ¿Eso significa desconocer lo que está pasando en el resto del mundo? No, pero pasando siempre por el tamiz de nuestra propia experiencia, porque nosotros supimos resolver problemas cuando otros países, que ahora queremos usar como ejemplo, ni siquiera habían llegado a la primera etapa civilizatoria. Es así, nos guste o no; a mí me gusta.

SEÑOR DA SILVA.- ¿Me permite, señora senadora?

Formulo moción para que se prorrogue el tiempo de que dispone la oradora.

SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Se va a votar la moción formulada.

(Se vota).

–20 en 21. Afirmativa.

Puede continuar la señora senadora.

SEÑORA BIANCHI.- Agradezco al Cuerpo.

La verdad es que cuando uno se recibe de abogado elige las especialidades para ejercer y yo elegí Familia, y lo hice porque soy docente y en los cinco mil alumnos que tenía por año veía las consecuencias en la adolescencia cuando estas cosas no se resolvían bien.

No existe la tenencia compartida en el Uruguay, no existe la corresponsabilidad en la crianza; la estamos creando por esta norma y, en tal sentido, ya expliqué lo que era el convenio internacional. A los niños, señor presidente, los jueces los escuchaban –los buenos, porque hay de todo; en este momento recuerdo al doctor Baccino, que dejé de ver luego, cuando pasó a integrar el Tribunal de Apelaciones, aunque me gustaría volver a verlo porque nos emocionaba que nos tocara un caso con él– y no estaba vigente el Código de la Niñez y la Adolescencia; de paso digo que integré los grupos de trabajo para redactarlo, con la doctora Jacinta Balbela de Delgue. Se llamaba al menor y se hablaba con él, sin necesidad de que se lo dijera la ley. En el Uruguay, señores, el niño siempre fue sujeto de derecho; se puso negro sobre blanco. Recuerdo que la doctora Jacinta Balbela de Delgue decía que nos iban a tratar de antipatriotas por incluir eso, pero que había que ponerlo. Acá, desde Artigas, desde el Reglamento de 1815, las viudas con hijos hasta tenían preferencia para ser adjudicatarias en el Reglamento de Tierras. Y para Varela el centro siempre fue el alumno. O sea, nosotros siempre tuvimos esas concepciones.

Para mí el gran error, señor presidente, es que estamos confundiendo problemas, estamos haciendo una especie de círculos no concéntricos, es decir, superponiendo partes de círculos con la violencia que sufre la mujer, que sufre el hombre, que sufre el niño, que sufre el adolescente, porque vivimos en una sociedad violenta. Si no asumimos que la violencia está en toda la sociedad, no vamos a resolver el problema.

En consecuencia, nos pesa mucho la violencia de esta sociedad. En lugar de tratar de abstraernos en cuanto a que estamos resolviendo un problema de corresponsabilidad en la crianza –que no es lo mismo que la patria potestad; por eso se incluyó en forma expresa, para que no haya discusiones–, se están condicionando decisiones, que no es que no tengan nada que ver. ¡Nos da miedo! Y está bien que nos dé temor, porque el miedo es legítimo, pero lo que no puede hacer es paralizarnos.

Ahora bien, partiendo de la base de que tenemos problemas de violencia –¡si los tendremos!– y de que los vamos a resolver con leyes –en general eso no sucede, pero vamos a hacer todo lo posible–, mezclamos todo como cuando alguien hace una torta. Una cosa es la corresponsabilidad en la crianza y otra muy distinta es el tema de la violencia. Ninguna es más relevante que otra; lo que importa es que se preserve a la mujer, al hombre, al niño, a la niña y al adolescente –para utilizar el lenguaje que hoy se usa–, aparte del tema de las normas sobre la violencia. Yo quiero decir con total humildad que el Departamento de Asistencia Social del Poder Judicial, que vulgarmente conocemos como DAS, existe –no me fijé cuál fue el origen– desde que recuerdo, y puedo afirmar que ejercí durante casi treinta años la abogacía. Ya existía, y todavía existe, pero mejor. ¡Hasta juegos infantiles tienen, incluso en los juzgados del interior! En cada uno de estos –y si son más de un letrado, en cada uno de ellos– hay Departamento de Asistencia Social.

Por ejemplo, en los regímenes de visita que tanto preocupan cuando hay denuncia, incluso de abuso, el juez determina que haya visitas vigiladas, ¡incluso sin esta ley! ¿Por qué? Porque ahí hay un grupo de técnicos –será mejor o peor, ese es otro tema, pero no es lo que estamos discutiendo–, de asistentes sociales, psiquiatras infantiles, psicólogos, etcétera, y se está en presencia de la visita. Puedo hablar a título personal porque lo viví, y que esto no lleve a decir que son casos particulares. ¡No! Son ejemplos de los casos generales, ¿o tenemos que explicar qué es el conductivismo y la diferencia con el contructivismo? Recuerdo a una niña que había denunciado a su padre porque, casi adolescente, comenzó a darse cuenta de que había sido abusada; en ese caso logramos la condena penal y la pérdida de la patria potestad porque los técnicos que analizaban las visitas vigiladas –deben informar al juez una vez por mes, por lo menos, y si lo consideran más grave, una vez cada quince días– informaron de actitudes que eran sospechosas. O sea que en el Departamento de Asistencia Social las visitas vigiladas –aunque haya denuncia por abuso– sirven también para que el juez, que no es psiquiatra, psicólogo ni asistente social, sino un ser humano que sabe algo de derecho, pueda tener más elementos probatorios, a favor o en contra, para saber si es correcta la denuncia, si es verdadera o es falsa.

A mí no me importa cuántas denuncias falsas hay, pero sé que las hay. Por lo tanto, es al revés. Si no es ese el tema, si corresponde a otro tipo de cosas y van al Departamento de Asistencia Social, al juez le permite estar en contacto permanente con la forma en que se está desarrollando la conducta del menor o del adolescente. ¿Le tenemos miedo a eso? No es nuevo. Por eso está el artículo 4.º y a nosotros no nos asustó. Es más, pregunté para qué lo ponemos, porque los jueces van a decir: «¿Son abogados o qué son?». ¡Si nosotros estamos trabajando con el DAS desde siempre, si recibimos a los menores desde siempre! Algunos no lo harán, pero reitero: hay jueces que no cumplen con sus funciones, como hay legisladores u obreros de la construcción que tampoco lo hacen. ¡Eso es otra cosa! Se castiga la patología, pero la mayor parte de la gente es muy responsable.

No hay riesgo alguno porque, además, el juez, en consonancia con el defensor del menor, que también existió siempre, ¡siempre! –pusimos límites y está bien porque a veces la realidad los lleva a ser muy burocráticos–, deciden con el padre y la madre, sean hombre, mujer o trans –reitero: no tengo prejuicios en ese sentido–, si pueden verse en la casa de los abuelos. ¿Por qué privar al menor del contacto con los abuelos? ¿Por qué privar al menor o adolescente del contacto con sus primos?

No quiero aburrirlos más. Cuando recién empecé a ejercer la profesión no estaba de acuerdo con la tenencia compartida porque había una corriente, que venía de afuera y de acá también, que hablaba de los niños mochila; muy española era la corriente. A lo largo del tiempo me di cuenta –porque los niños mochila están tantos días con uno y tantos con otro– de que la realidad lo impuso porque la mujer necesita mayor independencia, trabaja y tiene derecho a desarrollarse. ¿No hablamos de la penalización de la maternidad?

Entonces, señor presidente –y con esto termino–, me acercaron un informe de una abogada penalista –y voy a acortar la lectura– que no es de la coalición republicana y tuvo la honestidad intelectual de reconocer, en el ejercicio de la profesión, que se había equivocado antes. Voy a elegir distintos párrafos, porque está totalmente de acuerdo con esta iniciativa. Ya que nos referíamos al artículo 4.º, literal B), señala que regula el régimen cuando medie denuncia de violencia y existan medidas cautelares entre los padres. Agrega que, en principio, esto no debería ser un obstáculo para que un padre deje de ver a su hijo, basado en las garantías del debido proceso y del principio de inocencia de rango constitucional. ¡Ojo cuando a la Constitución la pongamos por abajo de otras cosas, porque ahí desaparecemos como republica! También dijo que el juez, mediante su más seria responsabilidad funcional, evaluará si es necesario o no, basado en el interés superior del niño, niña y adolescente, suspender o modificar el régimen. Entonces, vamos a ser sinceros. ¿Creemos o no en la justicia? ¿Consideramos que a nuestra justicia hay que mejorarla, pero es buena? Sí. ¿En manos de quién va a quedar la decisión final? ¿De organizaciones sociales, sean del tipo que sean? No, de la justicia. Vivimos en un régimen republicano, queda en manos de la justicia y démosle todos los recursos que sean necesarios para que pueda cumplir bien su función. El que quiera arrogar poderes de la justicia en otras manos es porque no quiere la república ni la democracia.

Los niños, con este sistema de corresponsabilidad, están protegidos. Me dijeron de todo, hasta me amenazaron de muerte por el celular por defender este proyecto de ley. Tengo el número, pero no hago denuncias en la fiscalía. Es al revés: son los padres los que tienen que ser conducidos por nuestra sabiduría, por la de los técnicos. Señores: colaboren para que los hijos se críen con los dos, que eso es lo fundamental, porque así tendremos niños sanos desde el punto de vista emocional. Si alguien piensa que no es así, ahí sí que es adultocéntrico. Se deja de serlo cuando nosotros, los adultos, postergamos nuestros intereses en favor real de los niños, las niñas y los adolescentes.

Gracias, señor presidente.

SEÑOR BERGARA.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Jorge Gandini).- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR BERGARA.- Señor presidente: tengo la feroz convicción de que la corresponsabilidad en los cuidados es la solución deseable; es la solución deseable en las situaciones deseables. Ojalá fuera la realidad de toda nuestra infancia, pero lamentablemente no lo es ni de cerca. En nuestra visión, no lo vamos a alcanzar a los apurones ni titulando normas que, en realidad, no van en la dirección correcta. La primera evidencia, a esta altura del debate, es que no llegamos de la mejor manera al tratamiento de este proyecto de ley tan trascendente para nuestra infancia.

Reflexionemos sobre el conjunto: el procedimiento, el relato y el contenido. En cuanto al procedimiento no abundaremos en el manejo de los tiempos ni en la ausencia de aquellas voces imprescindibles que se eligió no escuchar, dado que se han referido a esto con claridad mis compañeros de bancada.

¿A qué hacemos mención cuando hablamos del relato? En todos estos meses se nos ha hablado de tenencia compartida, de corresponsabilidad en la crianza, de un conjunto de imágenes idílicas que tienen más que ver con pretender construir desde el lenguaje que con lo que efectivamente se está proponiendo.

Es, justamente, la Convención sobre los Derechos del Niño, hoy vigente, la que coloca en un lugar relevante a la familia, entendida por parte del derecho comparado contemporáneo en sus formas amplias y diversas de expresión. Es esta normativa la que llama la atención sobre la corresponsabilidad, entendiendo por tal la responsabilidad compartida entre Estado, comunidad y familia.¡Vaya si es importante, entonces, nuestra responsabilidad como intérpretes de uno de los poderes de ese Estado que debe dar garantías! Las palabras dicen cosas, significan, predisponen; por eso debemos cuidarlas y huir de ambigüedades noveladas. Las fórmulas usadas y el propio título nos instalan en el mundo de lo deseable, pero no en este proyecto. Compartir la tenencia es algo plenamente posible y ocurre hoy con la normativa vigente. Recién se ponían ejemplos que se resuelven razonablemente sobre la base de un criterioso accionar judicial, y todo eso se hace con la normativa vigente.

Muchas parejas acuerdan y reparten equitativamente el cuidado de hijos o hijas, estén o no juntos, pero no se trata de una ley para las parejas que conviven, para quienes se separan en buenos términos ni para quienes acuerdan un régimen de tenencia. El proyecto de ley opera, esencialmente, en los casos judicializados, en los casos en disputa; cuando las personas llegan a saldar la tenencia de sus hijos ante un juez vienen de una acumulación de desencuentros y de conflictos. Las situaciones que muchas veces llegan a los juzgados arrastran años de violencia y de privaciones; es en esas familias donde se prioriza la llamada tenencia compartida como si esa fuera la mejor solución posible.

Imaginemos lo que semejante variable introduce en el universo de las dificultades precedentes si forzamos la cotidianeidad de distancias, escuelas, amigos, entorno, carencias económicas y resolver los traslados, por citar solo ejemplos de cómo se desmorona un relato idílico. Nadie crea que con este proyecto de ley se está incidiendo en el modelo social de los cuidados, sino que se legisla para poquísimos casos contenciosos, que son los menos estandarizables, los más complejos, los más tristes.

En el plano de los contenidos, en estos meses se han expresado largamente sobre las iniciativas que antecedieron a este proyecto de ley expertos de la Asociación de Magistrados del Uruguay, así como los defensores de oficio, Unicef, el Comité de los Derechos del Niño, la Intersocial Feminista y la Red Uruguaya contra la Violencia Doméstica, por mencionar algunos. Han manifestado a lo largo del debate en la comisión su preocupación por considerar los proyectos regresivos, particularmente con relación al derecho de protección, y contrarios al interés superior de niños, niñas y adolescentes en tanto sujetos de derecho.

Queremos ser muy claros en este punto. El marco normativo actual no es perfecto. No es el ideal y seguramente haya situaciones mal resueltas, e incluso injusticias. La aplicación de la justicia es una actividad humana y, por lo tanto, imperfecta, pero también lo va a ser si se aplicara la legislación que se está proponiendo ahora porque se basa en el criterioso accionar judicial. Me alegro de que aquí se reivindiquen las seguridades y las garantías que da la justicia hoy en el país. A modo de paréntesis recuerdo que aquí se fundamentó que la justicia no daba garantías a la hora de no votar el desafuero de un senador. Me alegro, insisto, de que ahora se reivindique que el sistema judicial da garantías. Incluso da las mayores garantías posibles en una actividad, reitero, que es humana y, por lo tanto, imperfecta. Van a ser también esas garantías las que se den en el régimen vigente y, eventualmente, en la aplicación de lo que hoy estamos discutiendo.

También digamos que el corpus legal vigente representó históricamente un enorme avance en materia de derechos para niños y niñas, y una mejora significativa en el sentido de alinearse con las convenciones internacionales en la materia. En nuestra perspectiva, el proyecto de ley que hoy discutimos no resuelve las posibles injusticias que seguramente hoy se cometen, sino que retrocede en derechos y garantías.

Hay un punto que, aunque técnicos y organizaciones sociales han prendido las alarmas, se mantiene en el proyecto, que es al que recién se referían del artículo 4.º, en particular el literal B), cuya lectura nos trasunta esas luces amarillas que se han encendido desde la comunidad. En pocas palabras, ese literal dispone –como sintetizó claramente la doctora Ana Lima– que aquellos niños, niñas y adolescentes que sufren violencia por parte de sus progenitores quedarán más desprotegidos para ser forzados a convivir, verlos o vincularse. El propio artículo 4.º, en su literal C), establece que en ocurrencia de medidas cautelares por denuncia de violencia deberá respetarse el régimen de visitas. Recién más allá de eso es que se abre la posibilidad de que el juez establezca condiciones a esas visitas. Creemos –como la abrumadora mayoría de los operadores, los defensores, los abogados de familia, los pediatras y psiquiatras consultados– que este artículo desconoce el principio superior de protección de la infancia por encima de cualquier interés adulto. En definitiva, estamos forzando un régimen de reparto en aquellos contextos familiares de mayor conflicto al imponer una comunicación y un vínculo entre adultos, con los niños de por medio, que muchísimas veces ya no existe o es violento, en evidente perjuicio directo de niños y niñas.

Podremos escuchar en sala las pretendidas ventajas de este cambio de la sensibilidad que se introduce en el seno de las familias, pero aclaro: familias ya fracturadas, familias que llegan a los estrados judiciales. No se trata de quién tiene razón; no tenemos la posibilidad de dirimirlo tan sencillamente. Lo inocultable es que se trata de una normativa demandada por el mundo adulto para satisfacer necesidades del mundo adulto, en completa prescindencia de quienes deberían estar en el centro de las preocupaciones y a quienes el Estado debería amparar, como los niños, niñas y adolescentes.

(Ocupa la presidencia la señora Beatriz Argimón).

–Para concluir, señora presidenta, queremos decir que no podemos acompañar este proyecto de ley por las razones expuestas por nuestros compañeros de bancada, por nuestras propias consideraciones normativas y políticas, y porque descreemos profundamente de las soluciones mágicas. Este proyecto impacta negativamente en la realidad de niños y niñas que ya padecen la fractura y el conflicto a nivel familiar. Esta supuesta solución, lejos de serlo, atrasa el reloj de la consagración de derechos de los individuos más vulnerables de cualquier comunidad, doblemente vulnerados por la historia que los precede. Lamentablemente, nuestra realidad social es bastante más compleja y solo seremos capaces de modificarla colectivamente desde la construcción de nuevas masculinidades, con cambios estructurales en la distribución sexual del trabajo y los cuidados y con la desaparición de la brecha salarial entre hombres y mujeres.

No acompañar este proyecto es, a nuestro juicio, defender los derechos de nuestra infancia, honrar los compromisos internacionales bien lejos de los eslóganes. El Antiguo Testamento, en el Libro de los Reyes, ante la disputa de dos mujeres por la verdadera maternidad de un único bebé sobrevivido a una tragedia, cuenta que el rey Salomón pidió una espada y comunicó que partiría la criatura en dos mitades. La madre verdadera reaccionó desesperada rogando que no lo hiciera, que por encima de todo estaba la vida de aquel niño, y así obró el rey Salomón. Aquel pasaje bíblico, inmortalizado en El juicio de Salomón, de Giordano, nos recuerda que las soluciones mágicas a problemas complejísimos llevan tres mil años demostrando ser inútiles. Esta solución salomónica de partir, por imperio de la ley, el tiempo y la vida de un niño, una niña, ya está inventada, probada y superada. Años de desarrollo académico y reflexión fecunda han asignado a los niños, niñas y adolescentes otro lugar en la sociedad como sujetos de derecho.

Como legisladores tenemos la responsabilidad de velar por los avances que ha representado esa evolución legislativa en materia de protección de nuestra infancia y no intervenir para retroceder en derechos; si vamos a cometer errores, que no sean los mismos.

SEÑOR ANDRADE.- ¿Me permite una interrupción, señor senador?

SEÑOR BERGARA.- Con mucho gusto.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede interrumpir el señor senador Andrade.

SEÑOR ANDRADE.- Muchas gracias.

Créame, señora presidenta, que asistimos a la sesión de hoy con mucha frustración porque, sinceramente, creemos que estamos ante varios retrocesos. El sistema político uruguayo demostró que puede, sobre este tema, construir consensos académicos, sociales y políticos.

La ratificación de la convención lograda cuando esta fuerza política era minoría demostró, después de un largo proceso, que se pudo construir una mirada común para atender un problema complejo; problema que no puede resolver el Frente Amplio, como tampoco el Partido Nacional, el Partido Colorado o Cabildo Abierto, aisladamente. Sin embargo, en este momento estamos eligiendo un camino distinto para abordar una problemática de extraordinaria complejidad.

Uno se eriza al ver los datos de la Encuesta Nacional de Prevalencia sobre Violencia Basada en Género y Generaciones, que dicen que hay 400.000 niños que sufren violencia. ¡Estamos hipotecando el futuro! Si tenemos en cuenta, además, que los datos dicen, en ese corte étnico-racial, que en las familias afrodescendientes es todavía más duro –casi el doble–, estamos ante una situación en la que cada paso que demos debe ser con muchísima sensibilidad hacia ese fenómeno, que nos interpela porque es creciente. No se resuelve de forma manuscrita; la vulneración de la infancia requiere un conjunto de medidas.

Uno podría preguntarse cuánto tendríamos que discutir para mejorar la alimentación de los niños –según las últimas encuestas, hay un 40 % con obesidad y sobrepeso–; cuánto tendríamos que discutir para lograr los recursos que permitan ampliar el Sistema Nacional Integrado de Cuidados; cuánto tendríamos que discutir para mejorar el acceso al sistema educativo y a la cultura; cuánto tendríamos que discutir para extender –es decir, cuántos desafíos estructurales debemos superar– el acceso a la justicia, pero claramente la protección de las infancias que sufren violencia es un elemento central, cardinal.

La Sociedad Uruguaya de Pediatría –insospechada de participar partidariamente de esto– nos dice que el articulado que se va a votar hoy –uno, que no es especialista, debe escuchar a los que saben– mantiene la posibilidad de que un niño víctima de violencia pueda verse obligado a visitar y a convivir con su abusador, lo que vulnera derechos como el derecho a la vida libre de violencia, a no ser víctima de tortura, a que su palabra sea escuchada. El daño psíquico, físico y moral generado puede ser irreversible. Imaginemos que cualquiera de nosotros visita a un pediatra y le dice esto sobre su gurí. ¿Votaríamos tan fácilmente?

(Suena el timbre indicador de tiempo).

–¿Me permite otra interrupción, señor senador?

SEÑOR BERGARA.- Con mucho gusto.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede continuar, señor senador Andrade.

SEÑOR ANDRADE.- Cuando la Sociedad de Psiquiatría del Uruguay se pronuncia en idénticos términos –no estamos en momentos de juzgar intenciones; me parece que solamente enchastraríamos la cancha y no se trata de eso– y nos dice que este proyecto de ley genera un enorme riesgo, ¿no nos lleva a pensar un poco más, sabiendo que hay temas en los que estamos de acuerdo? Estamos de acuerdo en trabajar para la corresponsabilidad en los cuidados; construyamos políticas en ese sentido. No me refiero solamente a la hora de la separación; la corresponsabilidad en los cuidados trasciende largamente el momento de la separación.

Cuando la Coordinadora de Psicólogos del Uruguay se pronuncia de forma tan contundente, tan categórica, en contra del proyecto de ley, ¿no lleva a los legisladores que hoy lo van a aprobar a reflexionar sobre si no debemos revisar la forma en la que está escrito?

Un propósito en el que hay acuerdo es trabajar en políticas que construyan mayor corresponsabilidad en los cuidados, con el conjunto de cambios económicos, jurídicos y culturales que lleva soportar una política que vaya en esa dirección –lo explicó de manera brillante la señora senadora Silvia Nane–, pero cuando los psicólogos se pronuncian y dicen: «Queremos expresarnos sobre todo en la necesidad de preservar el desarrollo saludable y digno y el cuidado de la salud mental que pone en riesgo este proyecto», ¿lo hacen con una intencionalidad partidaria? Cuando la Asociación de Asistentes Sociales del Uruguay se pronuncia de manera contundente acerca –reitero– del trabajoso proceso de construir consenso social, académico y político –que aun construyéndolo se demuestra que es insuficiente–, es porque tenemos dificultades y nadie puede estar alegre con la vulneración que vive la infancia hoy.

También menciono las situaciones de violencia en niñas, niños y adolescentes que, en opinión de varios expertos, podría generar esta normativa, ya que en sus artículos 4.º y 5.º se mantienen las visitas a pesar de las medidas cautelares tomadas a raíz de una denuncia y no se respeta el principio de precaución que ellos señalan que habría que priorizar. Se ha dicho sin ningún fundamento, estudio ni investigación e incluso se ha argumentado que muchas de las denuncias de violencia son falsas –se ha opinado con esa liviandad; no todos, pero molesta–, pero los informes que tenemos surgen de las propias instituciones, de las escuelas, de la familia, de la enfermera o de la médica que atiende al niño en la policlínica y nos dicen que llegamos tarde, que llegamos cuando la violencia está en una frase crónica.

(Suena el timbre indicador de tiempo).

SEÑOR ANDRADE.- ¿Me permite una nueva interrupción, señor senador Bergara?

SEÑOR BERGARA.- Con mucho gusto.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede continuar el señor senador Andrade.

SEÑOR ANDRADE.- El punto de partida en el tema de la violencia hacia los niños es que, cuando la detectamos, ya está en una fase crónica y, en la inmensa mayoría de los casos, es recurrente. Llegamos tarde y eso será parte de la discusión que tengamos que dar en la rendición de cuentas. Las denuncias llegan tarde, los equipos llegan tarde y después se producen daños que son difíciles de revertir. En los últimos dos años del presupuesto que este Parlamento votó para el INAU se ahorraron USD 40:000.000, pero llegamos tarde a la situación de violencia porque está en fase crónica.

En ese contexto votamos una norma sin consenso político ni académico, que tiene elementos que nos dejan una enorme preocupación y un sistema de justicia que nos dice que está desbordado en todos los planos. Si hay acuerdo para que se amplíe la llegada de los defensores de oficio, vamos a votarlo, pero tenemos que aprobar en conjunto los recursos. No alcanza con que nos cuestionen. Eso está bien; cuando vayamos a buscar el voto, que nos cuestionen si tal o cual ley tuvo o no financiamiento, pero ahora estamos votando esta norma con un sistema judicial que está desbordado y en el que particularmente se expresan las desigualdades en el acceso a la justicia.

Tenemos dificultades y generamos un conjunto de acciones que implican un enorme riesgo porque, en vez de avanzar en el terreno de los acuerdos y la mediación, expresan una mayor judicialización en este fenómeno y en este problema de los niños, niñas y adolescentes.

La Asociación de Defensores de Oficio nos hizo una propuesta. ¿La estudiamos lo suficiente? Dicen que sería muy importante avanzar en otra dirección: hacia un servicio especializado en niños, niñas y adolescentes que pueda atender las urgencias. ¿La estudiamos lo suficiente?

Logramos intercambiar legislación comparada. Yo estuve revisando la legislación comparada. Es cierto que se avanza en la corresponsabilidad, pero en nada de lo que he revisado se avanza en aliviar medidas cautelares para obligar a las visitas en casos de violencia. Eso es lo que estamos discutiendo hoy y es lo que ha generado un rechazo tan importante de la sociedad organizada y de lo que tendremos que hacernos responsables mañana si este proyecto de ley se aprueba. Espero que acá y en la discusión que se va a dar en la Cámara de Representantes logremos cambiar los ejes y nos sentemos a discutir acuerdos en esta línea, es decir, en cómo avanzar en los cuidados, en cómo avanzar en la extensión del tiempo pedagógico, en cómo mejorar la alimentación de nuestros gurises y en cómo protegerlos de la violencia, porque nos tiene que acalambrar el dato.

(Suena el timbre indicador de tiempo).

SEÑOR ANDRADE.- Es mi última interrupción. ¿Me permite seguir, señor senador?

SEÑOR BERGARA.- Con mucho gusto.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede continuar, señor senador.

SEÑOR ANDRADE.- Quería comentar el estudio referido a la Encuesta Nacional de Prevalencia sobre Violencia Basada en Género y Generaciones. ¿Alguien duda en esta sala de que la violencia detectada es solamente una parte de la violencia? Es una parte que a veces se naturaliza. La autocrítica que debería hacerse todo el sistema político es que a veces colocamos temas como eje en la agenda que rinden más o menos ‒algunas veces es la seguridad y otras, las empresas públicas o la integración regional‒, pero, en general, a todos los partidos políticos ‒incluso al mío‒ nos cuesta muchísimo dar prioridad al tema de niños, niñas, adolescentes y sus derechos vulnerados. Tenemos un déficit allí que es común y, en tanto eso es así, no avanza cobrarnos la cuenta chica. No avanza. Tendríamos que estar pensando en cómo dar pasos hacia adelante. En este caso, lamentamos que no hayamos logrado espacios para alcanzar mínimos consensos académicos, sociales y políticos que nos permitieran, con mucha más modestia, abordar una problemática de esta magnitud. El que piensa que desaparece por el avance manuscrito ‒en este caso, además, creemos que se retrocede con la norma en cuestión‒ comete un profundo error.

Termino como empecé. Hoy es un día frustrante en el que creo que el sistema político se aleja de una tradición: construir acuerdos en temas que deberían tener alcance país y no acudir a la cuenta chica del rédito menor.

Gracias, señor senador.

SEÑORA KECHICHIAN.- ¿Me permite una interrupción, señor senador?

SEÑOR BERGARA.- Con mucho gusto, señora senadora.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede interrumpir la señora senadora Kechichian.

SEÑORA KECHICHIAN.- Simplemente, quiero que no quede sin contestar algo que se dijo con mucha fuerza aquí. Es una frase acuñada. Se dijo hoy en esta sala que en quince años no se hizo nada; que en quince años no hubo presupuesto para nada y que en quince años no se le dio ni un centésimo a la Justicia. ¡Mentira! No es cierto. En varios presupuestos se dieron recursos a la Justicia; en varias rendiciones de cuentas se le dieron recursos a la Justicia y también se hicieron muchísimos refuerzos de rubros.

Por lo tanto, quiero que quede registrado en la versión taquigráfica que esa frase no corresponde a la realidad.

Muchas gracias.

SEÑORA PRESIDENTA.- A usted, señora senadora.

SEÑORA LAZO.- ¿Me permite una interrupción, señor senador?

SEÑOR BERGARA.- Con mucho gusto, señora senadora.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede interrumpir la señora senadora.

SEÑORA LAZO.- Señora presidenta: me había borrado de la lista de oradores, pero se escuchan algunas cosas que hacen que valga la pena fundamentar por qué estamos votando en contra de esto.

Hay muchas cosas que son difíciles de expresar y que no siempre se dicen en los libros o, por lo menos, no se encuentran allí.

En esta jornada se habló del Uruguay que seguramente todos queremos, que es el Uruguay republicano, pero que también, lamentablemente, es el Uruguay de las mujeres muertas víctimas de violencia, es el Uruguay de niños, niñas y adolescentes abusados. Ellos también son parte del Uruguay porque nuestro país no es una cápsula en el espacio, no es una isla. También se habló del miedo, del miedo que paraliza, pero que a veces también salva.

El fenómeno de la violencia hacia niños, niñas y adolescentes se caracteriza por ser, fundamentalmente, intrafamiliar, sostenido por el secretismo, por la coerción, entre otros aspectos que dificultan su visualización de estas situaciones por parte de niños, niñas y adolescentes. Se continúa viendo una alta naturalización de la violencia y la resolución violenta de conflictos en nuestra sociedad. Esto no lo dice la senadora Lazo sino el último informe del Sipiav, el Sistema Integral de Protección a la Infancia y a la Adolescencia contra la Violencia.

Por lo tanto, es un tema complejo y difícil de analizar, pero justamente por eso mismo quería fundamentar.

¿Por qué hablamos de un retroceso de más de treinta años? Porque se mantienen lo que entendemos son contradicciones a las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño. Esto tampoco lo dice la senadora Lazo, sino que lo han señalado organizaciones y convenios internacionales.

La propuesta arrasa con la Ley n.º 19580, Ley de Violencia hacia las Mujeres Basada en Género, que fue creada a partir del miedo, señora presidenta, a partir del miedo que sienten las mujeres, las que sobreviven. Es el mismo miedo que deja marcas en esos niños, niñas y adolescentes que crecen y se convierten en hombres y mujeres con marcas.

Nos parece que hay cosas que han cambiado, no por los gobiernos, sino porque el paso del tiempo hace que cambien. Entonces, cambió el concepto del paterfamilias, del padre de familia entendido como quien ordena qué es mejor para sus hijas e hijos, y el foco de las políticas públicas pasó a estar en los derechos de niños, niñas y adolescentes. No es una cuestión de Gobiernos de turno, afortunadamente; es una cuestión de años, años y años de construcción de la sociedad moderna.

Entonces, si en el propio Código Civil aparece desde hace dos siglos la patria potestad compartida, o sea, los derechos y obligaciones de ambos progenitores en igualdad, ¿cuál es la necesidad de legislar bajo el título de «principio de la corresponsabilidad en la crianza», algo que entendemos que existe y se pacta?

Como conclusión, hay tres puntos de los que queremos dejar constancia: primero, las obligaciones de los Estados con relación al interés superior de niños, niñas y adolescentes; segundo, el alcance del principio de corresponsabilidad parental y los avances legislativos, y, tercero, el deber de debida diligencia ante situaciones de violencia hacia mujeres, niñas, niños y adolescentes.

Entendemos que este proyecto de ley no se acoge a las normas que los Estados suscriben con relación al interés superior de los sujetos en cuestión, contraviene los avances en materia legislativa con respecto al alcance del principio de corresponsabilidad parental y los deberes de debida diligencia ante situaciones de violencia que los involucran, y pone en riesgo su seguridad.

(Suena el timbre indicador del tiempo).

‒Entendemos que es innecesario, retrocede en materia de derechos y responde exclusivamente a presiones de grupos organizados por casos que hoy pueden tener su debido tratamiento en la justicia, con las garantías correspondientes.

Gracias, señora presidenta.

SEÑORA BIANCHI.- Pido la palabra por una alusión y una aclaración.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra la señora senadora.

SEÑORA BIANCHI.- Sé que no fue una alusión personal lo que dijo el señor senador Bergara ‒me consta‒, pero quiero que quede claro en la versión taquigráfica que cuando cuestionamos a la fiscalía en el caso del desafuero de un senador, no es al Poder Judicial, sino a la fiscalía, que es un servicio descentralizado dependiente del Ministerio de Educación y Cultura. La justicia solo actuó para girar el expediente al Senado, es decir que no actuó, más allá de que podemos cuestionar a la justicia y eso es bueno para mejorarla.

La aclaración es la siguiente. Repito que estamos hablando sobre el tema de la corresponsabilidad. No consideramos que la corresponsabilidad en la crianza sea una solución a la violencia. Dijimos claramente que el problema de la violencia tenemos que abordarlo, y lo estamos haciendo de otra manera. Esto es corresponsabilidad en la crianza.

Termino diciendo ‒porque sé que la señora senadora Lazo es muy sensible, como docente, con los adolescentes‒ que lo que me terminó por convencer hace unos años de que había que ir por la tenencia compartida fue una abuela, que me dijo: «Si la violencia intrafamiliar está muy encriptada, muchas veces somos los abuelos los que nos enteramos de cosas de las que, si no, no nos hubiéramos enterado».

SEÑORA LAZO.- Pido la palabra para contestar una alusión.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra la señora senadora.

SEÑORA LAZO.- En primer lugar, quiero decir que no soy docente; no vaya a ser que después aparezca por allí. Agradezco, igualmente, a la señora senadora Bianchi.

De todas maneras, cuando me sensibilizo por el tema violencia –y perdóneme que la aluda, señora presidenta–, usted sabe por qué es y otras compañeras que están en sala también lo saben.

Gracias.

SEÑORA SANGUINETTI.- Pido la palabra.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra la señora senadora.

SEÑORA SANGUINETTI.- Gracias, señora presidenta.

Antes que nada saludo a las personas que están en todas las barras. Llevo dos años y medio acá y creo que nunca tuvimos una atención tan sistemática a lo largo de todas estas horas, lo cual da cuenta de que es un tema de una enorme sensibilidad y de una enorme importancia.

En primer lugar, me gustaría aclarar que nosotros votamos en general este proyecto sobre la base de que no le estamos imponiendo al juez un régimen de tenencia en particular. Entendemos que este proyecto no altera para nada la facultad que tiene el juez de analizar caso a caso.

Como se ha dicho en varias oportunidades, es cierto que nuestro sector Ciudadanos ha trabajado durante muchísimos meses, diría que fueron años, en este proyecto de corresponsabilidad en la crianza. ¿Por qué? Porque las versiones originales establecían en el artículo 3.º –el que modifica el artículo 35 del CNA– la tenencia alternada de principio, y nosotros nos oponíamos a esto. ¿Por qué? Porque nos parecía, parándonos en el lugar del niño, que decir «tenencia alternada de principio» era tan contraproducente como decir «tenencia a favor de la madre de principio» o «tenencia a favor del padre de principio». Cada situación es única, especial, y por eso nos parece que tiene que ser analizada en su contexto.

El artículo 3.º hoy tiene literales que van del literal A) al I). Nosotros hicimos un estudio muy pormenorizado de toda la legislación vigente y encontramos una fuente de inspiración en la legislación mexicana. Para nada queremos herir los saberes de los jueces ni interferir en lo que ellos hacen, pero nos parecía necesario que se explicitaran todas las cuestiones que, desde nuestra perspectiva, era importante que se tuvieran en cuenta. Realmente creo que quien lee estos literales con una cabeza abierta y con una mirada sin prejuicios sobre el tema no puede nunca sostener algunas de las cuestiones que se afirmaron acá porque estos literales, del A) al I), son muy exhaustivos.

Llevamos muchas horas de sesión y no quiero referirme a todos, pero sí a algunos.

Se menciona la opinión del niño o adolescente. En un momento de este proceso nosotros presentamos un proyecto de ley específico sobre el derecho del niño a ser oído. ¿Por qué? Porque leímos y releímos el CNA para adelante y para atrás y entendimos que en ese aspecto podría haber una necesidad de profundizar. Para nosotros es bien importante el literal A).

El literal B) dice: «La vinculación afectiva entre el niño o adolescente y sus padres y otras personas de su entorno familiar con quien hubiere convivido». Nos parece muy importante contemplar el vínculo con la familia ampliada.

También se habla de la dedicación efectiva que cada uno de los padres pueda seguir desarrollando de acuerdo con sus posibilidades, que es lo que realmente en los hechos pueden dedicar a esos niños.

Se mencionan en el proyecto las recomendaciones que surjan de los informes, los acuerdos a los que hubieren arribado, el domicilio de los padres. Que se contemplaran todas estas cuestiones para nosotros era un tema sensible y central.

En esta nueva versión logramos que el proyecto hiciera mucho hincapié en el derecho a ser oído de los niños, niñas y adolescentes. No lo pusimos ahí para que quede como letra muerta; entendemos que las garantías están para que esto suceda.

Me gustaría cerrar con dos conceptos.

Por supuesto que creo que acá habría consenso entre todos los legisladores que estamos presentes hoy sobre la necesidad de impulsar en nuestro país la corresponsabilidad en la crianza y el real involucramiento de ambos padres en la crianza de sus hijos, pero siempre, también cuando los padres están juntos. Aclaro esto porque en todos estos años de debate a veces parecería que el interés por la corresponsabilidad en la crianza surge una vez que las parejas se separan. Los invito a que vayan a recorrer salas de pediatras, dentistas; los invito a que vean cuánto camino tenemos por recorrer en nuestro país para que la corresponsabilidad en la crianza sea una cuestión que realmente haga carne. Se ha mencionado por acá el porcentaje altísimo de tenencias compartidas que se dan en el Uruguay. Realmente me interesaría saber de dónde sale esa estadística, porque en lo personal llevo años –o por lo menos un año y algo– conversando con distintos profesionales del derecho y ellos me dicen que solo en un puñado de casos se termina dando la tenencia compartida. ¿Por qué? Porque, justamente, estamos con un rezago cultural en este tema que debería interpelarnos a todos.

Para cerrar, también me parece que tenemos que entender que hay algunos desafíos que están vinculados a esta temática que trascienden la legislación. Se ha hablado hoy acá del gravísimo problema que tenemos en lo que tiene que ver con la violencia intrafamiliar. Hace dos años que voy, como tantos otros compañeros, a la exposición del Sipiav y realmente uno sale de ahí con un estado de profundo dolor. Como decía algún legislador preopinante, si esos son los números visibles que hoy tenemos, si esa es realmente la foto de la violencia en nuestro país hacia niñas, niños y adolescentes, entonces capaz que este debería ser nuestro principal desvelo o en lo que deberíamos trabajar muchísimo.

Otro de los aspectos bien importante es la tensión existente entre la necesidad de que los actores judiciales se tomen las garantías y hagan su trabajo a conciencia –por supuesto– y la diferencia en la temporalidad y su percepción en los niños, porque los tiempos para los adultos no son los mismos que para los niños.

Nosotros, como formadores de política pública, como personas dedicadas a la creación de políticas públicas, tenemos en este y en otros temas un problema grave de falta de insumos y ojalá que en los próximos meses podamos avanzar en este sentido. Deberíamos lograr las sinergias entre la academia, el sistema político y la sociedad civil de cara a los próximos meses y de cara a los principales problemas que tenemos como sociedad. Deberíamos poder generar estas sinergias para que la toma de decisiones realmente sea sobre la base de algunos insumos más certeros.

Para cerrar, señora presidenta, creo que uno de los principales problemas que tenemos como sociedad –se ha dicho; varios legisladores lo han sostenido– es que somos una sociedad profundamente adultocéntrica. La pandemia lo evidenció de manera muy clara. Entonces, me parece que todos los partidos políticos deberíamos hacer un reconocimiento de esta realidad para avanzar en este tema y en tantos otros que todavía nos quedan por delante.

Gracias, señora presidenta.

SEÑORA DELLA VENTURA.- Pido la palabra.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra la señora senadora.

SEÑORA DELLA VENTURA.- Señora presidenta: realmente, me sorprenden estos argumentos porque los compartimos y, justamente, creemos que este proyecto va en contra de eso. ¿Cómo no vamos a estar de acuerdo con que la corresponsabilidad es desde que nace e, incluso, desde antes de que nazca? Quizás desde que está en el vientre de la madre debería preocupar a la pareja que ese feto transcurra, hasta que nazca, lo mejor posible. ¿Quién va a estar en contra de eso? Entonces, este proyecto, con ese título, en realidad engaña.

Nosotros compartimos esto que acaba de decirse: que la corresponsabilidad corre a partir de ese tiempo que mencioné. ¿Quién no va a compartir que, en realidad, nos preocupa, como acá se ha manifestado, la violencia en nuestra sociedad? ¿Cómo no se va a compartir que debe preocuparnos a todos? Este proyecto va a favorecer a los violentos, porque no da garantías a nuestros niños, niñas y adolescentes para que realmente no terminen siendo visitados o teniendo que compartir un tiempo con padres violentos. No hay garantía de eso. Este proyecto tendría que mirarse más de arriba y decirse que esto no es un tema partidario. No podría ser un tema partidario, sino de humanidad, sensible. Estamos hablando de nuestros niños, niñas y adolescentes, que son realmente los menos escuchados. En el proyecto de ley se menciona a cada rato que tiene que velarse por el interés principal, primordial, del niño, niña y adolescente. ¡Lo dice!, pero al momento de escribirlo ese interés no está primero. En realidad, lo que está en primer lugar es el principio de corresponsabilidad en la crianza que crea este proyecto de ley. Se aclara así.

La verdad es que acá se ha dicho mucha cosa. Se dice, por ejemplo, que los jueces son libres. Ya que se ha mencionado tanto a Cavalli, voy a leer parte de lo que dijo en la comisión.

Cuando se informó en mayoría, se habló de relaciones sanas; se supone que nuestro temor está en que todas las relaciones no son sanas, y por eso vemos peligro. Se dice que por cariño, por amor, deben hacerse cargo. ¡Claro que sí! La mayoría de las veces las parejas llegan a acuerdos para ver cómo, una vez separados, esos niños queden atendidos por ambos; nadie va a estar en desacuerdo con eso.

El tema acá está en lo otro, en que en el literal B) del artículo 4.° se expresa: «En el caso de adoptarse medidas cautelares a raíz de una denuncia formulada por parte de un progenitor contra el otro, el Juez, manteniendo en todo tiempo las garantías del debido proceso y el principio de inocencia...». En realidad, si la persona tiene medidas cautelares es porque hubo un proceso; no es que alguien hace una denuncia y enseguidita le aplican las medidas cautelares. Se supone que se llega a eso –aunque sea más rápido– luego de un proceso.

Más adelante, el literal B) dice: «El Juez únicamente suspenderá el régimen de visitas vigente en el caso en que se encuentre en riesgo el interés superior del niño o adolescente. En tal caso, dicha suspensión será transitoria y sujeta a revisión periódica». O sea que también relativiza el tema de la suspensión que el juez puede decretar.

En el literal C) se dice: «… que las visitas sean en lugares públicos, en presencia de familiares del niño o adolescente, en reparticiones estatales adecuadas, o de cualquier otra forma que a criterio del Juez garantice la protección de la integridad física y emocional de los niños y adolescentes...». En ese tema también hay muchísimas dudas. Por ejemplo, ¿quién es el personal que podrá acompañar a ese niño? ¿Dónde es ese lugar físico en el que se va a tener esa entrevista? ¿Qué garantías hay de que ese niño no termine siendo de alguna forma víctima de lo que llamamos violencia vicaria, que es cuando se mata a un niño o niña para que la madre sufra? No va a haber nada que lo garantice, porque no va a haber alguien con un arma deteniendo a quien puede querer eso. Después a veces se suicidan, pero hacen esas cosas horribles. Entonces, no hay garantías para ese niño.

Se habló de que el juez no estaba urgido, que va a poder decidir libremente. Sin embargo, en el artículo 5.°, que sustituye el artículo 37 del Código de la Niñez y la Adolescencia, se dice: «El Juez deberá dictar sentencia definitiva dentro del plazo máximo de ciento veinte días contados a partir de la presentación de la demanda. Cuando sobrevengan circunstancias extraordinarias […], el Juez podrá excepcionalmente prorrogar por treinta días…».

Voy a leer la versión taquigráfica de la comisión de lo que dijo Cavalli referido a estos temas: «Acá hay intereses de adultos y hay intereses de los niños. Y nosotros, el Estado uruguayo, tenemos el deber de considerar todos esos intereses, pero hay uno que es superior a lo de los demás, que es el de los niños». También dice: «Me parece que, obviamente, la situación de cada niño debe dejarse a criterio de lo que se resuelva en cada juicio porque, reitero, más allá de los principios generales, las situaciones particulares son muy disímiles y es muy difícil establecer reglas, más allá de las generales». Esto es algo que dicen todos. Entonces, tiene que mirarse caso a caso y no se puede decir indiscriminadamente que tiene que ser de esta forma y que se atienda la corresponsabilidad.

Referido al tema de los plazos, dijo: «Me llama la atención y, a la vez, me preocupa la fijación de plazos máximos de duración de cada juicio. Sé que a veces existe una urgencia en que se resuelvan estas cosas en términos razonables...»; en aquel momento se hablaba de noventa días, luego se postergó a ciento veinte.

«El tema es que, siendo sincero, debo decir que la materia de familia ha tenido, en los últimos veinte años, una inflación considerable de asuntos porque, siendo prácticamente los mismos tribunales, comenzaron a ocuparse ahora, por ejemplo, de los asuntos de protección de niños, niñas y adolescentes, lo que antes era asignado a los viejos juzgados de menores, que solo quedaron con la competencia penal de adolescentes. Además, tienen todos los procesos de separación provisional, definitiva, de adopciones, en procedimientos que son mucho más complejos de lo que eran antes. A su vez, tienen toda la temática de uniones concubinarias. Por lo tanto, entiendo que lo que se ha comprobado –y esto ha pasado con la ley de género, que es una ley integral que mucha gente ha alabado y, sinceramente, tiene cosas muy positivas– es que si no hay recursos sucede lo que ocurre actualmente y es que se adoptan resoluciones con audiencias mínimas. No es razonable que un tribunal celebre dieciocho audiencias al día, pues es imposible que se haga una justicia de calidad en esos términos. Por lo tanto, reitero que aquí no solo se trata de la designación de jueces, sino que habrá que formar funcionarios de respaldo administrativo. También hacen muchísima falta los cuerpos periciales adecuados». Acá también habla de que tiene que haber pericias. «Y, a veces, el hecho de querer poner un plazo máximo termina haciendo que, si bien la sentencia podrá dictarse, sí, en ese plazo de 90 días, la calidad de ese juicio no sea ni remotamente la que pueda obtenerse con plazos más largos, incluso perjudicando a la parte que quiera comprobar determinada cosa porque, quizás, no den los tiempos para la prueba».

Alguien mencionó la palabra «menor», y se dijo como que podríamos seguir usándola. Sin embargo, el doctor Cavalli dijo «… el empleo de la palabra “menor”, que había sido desterrada. En este sentido, les pido que consideren si es posible dejar de lado la mención a la voz “menor” y sustituirla por “niños, niñas y adolescentes”».

Me pareció que era interesante y que venía bien mencionar todo eso dado que se ha hecho tanta mención al tema y por la autoridad que tiene el doctor Cavalli.

Nosotros podríamos hacer una síntesis de por qué cuestionamos este proyecto de ley y decirlo rápidamente.

Decimos que el título –ya lo mencioné– es muy simpático y cae bien ya que habla de corresponsabilidad, de quién se va a ocupar de estas situaciones, pero ya dijimos cómo deberían atenderse. Es una ley innecesaria porque ya nuestra legislación prevé las situaciones en que la pareja se separa y qué hacer para el cuidado y la tenencia de los niños, niñas y adolescentes.

Por otra parte, son muy pocas situaciones –se habló de los números–, o sea que se legisla para unos pocos casos, y acá podrá decirse que hay grupos de presión o no. Algunos creemos que sí hay, sí hay grupos e incluso personas que han salido en fotos, con carteles que decían que querían que se aprobara esta ley y que hoy están detenidas por violencia.

Entonces, de esos grupos tenemos nuestras dudas y que realmente sea el interés superior de niños, niñas y adolescentes lo que prevalezca en ellos. A veces son los que se han movilizado, los que han puesto carteles en determinados lugares, que han pintado muchos muros y se han movido como para que se sienta, sí, esa presión.

Nos llama la atención que se piense que hay organizaciones que están presionando. Aquí se ha mencionado a Unicef y pensaba leerles algo de este organismo. En realidad, lo que se leyó fue una parte. Decir una parte de la verdad, de alguna forma es no decir toda la verdad y ahora voy a explicar por qué.

Yo, humilde docente –sí– y, quizás, sensible –sí– por esta temática, me he puesto a escuchar y a atender a quienes realmente saben más de estos temas: estoy hablando de Unicef –y ahora voy a decir por qué sigo manteniendo que Unicef cuestiona este proyecto de ley–, de la Asociación de Defensores de Oficio del Uruguay, de la Sociedad Uruguaya de Pediatría –como se dijo–, de la Sociedad Uruguaya de Psiquiatría de la Infancia y Adolescencia, de la Coordinadora de Psicólogos del Uruguay –área de Psicología Jurídica y Forense–, de la Asociación de Asistentes Sociales del Uruguay y de Varones por la Igualdad, que no se ha mencionado. Creo que hice mención acá de que existía este grupo de varones que se da cuenta de que existe el machismo en nuestra sociedad y que tratan, entre ellos, de conversar para ver cómo se manifiesta esto que, evidentemente, es un problema, como se ha dicho y que, en realidad, debería preocupar a todos. Este grupo, repito, llamado Varones por la Igualdad, está trabajando en esa deconstrucción machista de sus comportamientos. También lo dice el Sindicato Único de Trabajadoras y Trabajadores del INAU y del Inisa, que son los que están cerca de los niños y particularmente de los que tienen mayores problemas. Incluso lo indica el Sipiav, como se ha mencionado, y el colectivo Mujeres de Negro porque, evidentemente…

(Murmullos).

SEÑORA PRESIDENTA.- Disculpe, señora senadora.

Pido un poco de silencio, por favor.

Gracias.

Puede continuar, señora senadora.

SEÑORA DELLA VENTURA.- Aquí también está el tema de cómo se ve a las mujeres.

No podemos dejar de hacer mención del síndrome de alienación parental –SAP–, que es aquel que considera que las mujeres mienten cuando denuncian y que les inculcan argumentos a los niños –como si les lavaran la cabeza– para que cuestionen al padre. Por suerte en nuestro país, por ahora, no hay ninguna ley de SAP como, supuestamente, hay en algún país vecino. Tememos que detrás de esto vengan otras propuestas que vayan en contra de los derechos adquiridos de las mujeres.

Es verdad que el 14 de julio –ya conocido el proyecto de ley– Unicef dijo: «Destacamos que esta nueva versión contenga los siguientes aspectos» y los mencionaba, pero también agregó que quisieran indicar algunos aspectos del actual proyecto de ley que podían afectar los derechos de los niños, niñas y adolescentes en el Uruguay. Expresa: «Entre los más relevantes están: 1. Algunos pasajes del proyecto equiparan la aplicación del principio del interés superior del niño al principio de corresponsabilidad en la crianza y a la tenencia alternada. Sin embargo, el interés superior del niño debe prevalecer sin condicionante a otros principios relacionados a los derechos de los adultos. Un ejemplo de ello surge del artículo 3, que modifica el 35 del CNA al establecer que “el Juez resolverá, atendiendo a las circunstancias del caso y siempre considerando el interés superior del niño o adolescente y en base a ello fijará el régimen de tenencia, teniendo presente el Principio de Corresponsabilidad en la Crianza. […] Es importante destacar que el interés superior del niño puede significar en el caso concreto efectivamente lo contrario, es decir, que la tenencia alternada no sea la mejor opción para ese niño, niña o adolescente. Resulta menester distinguir que el principio de corresponsabilidad en la crianza no implica necesariamente que exista un régimen de tenencia alternada. También, que el derecho a las visitas es independiente al régimen de tenencia alternada».

Otro punto establece: «Esta versión del proyecto de ley tampoco hace referencia al principio de protección de niños, niñas y adolescentes que surge del artículo 19 de la Convención sobre los Derechos del Niño. En este sentido, la redacción propuesta por el artículo 4, literales B) y C), que modifican el artículo 35 BIS del CNA en relación con las implicancias de las medidas cautelares de protección a raíz de la denuncia formulada por parte de uno de los progenitores contra otro, puede afectar el derecho de los niños, niñas y adolescentes a no ser objeto de ningún tipo de violencia o malos tratos».

Más adelante, agrega: «El “derecho a la protección” implica que todo niño, niña y adolescente tiene derecho a la vida y a la integridad física. Por lo tanto, corresponde que se le proteja contra toda forma de sufrimiento, abuso o descuido. Mientras que, por su parte, el “desarrollo armonioso” trata sobre el derecho de todo niño, niña y adolescente a crecer en un ambiente que permita su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social. La violencia entre los adultos tiene un impacto directo en el sufrimiento y desarrollo de los niños, niñas y adolescentes, por lo que todas las decisiones referentes a las visitas que se adopten deben obedecer a la finalidad principal de salvaguardar su interés superior y proteger al niño, la niña o el adolescente».

En este caso también queremos decir algo que nos parece muy importante. Hay quienes hasta han hablado de tortura al poner en situación de convivencia o visita con quien lo agredió o agredió a su madre. ¿Por qué? En la actualidad se considera que por más que un niño no haya sufrido maltrato directo pero vio una situación de este tipo en su familia, con su madre, padece de maltrato infantil. También se ha dicho que esa situación lleva a silenciarlo, si se lo obliga a estar con alguien o si le pasa algo. Además, sabemos que a los niños –y menciono el proyecto de ley sobre la imprescriptibilidad de los delitos de abuso, que presentamos en la bancada–, les cuesta mucho procesar las situaciones de violencia. Por eso, tenemos que escucharlos, y debe haber equipos especializados que detecten la violencia y los abusos. Si de alguna forma se lo obliga a estar en esas situaciones, el niño o la niña va a tender a callar, y ese silencio realmente es muy triste y preocupante.

Señora presidenta: puedo entender que aquí se diga que nadie quiere el mal para nuestros niños, niñas y adolescentes, pero en realidad no se atienden los argumentos que están sobre la mesa y que se han expuesto firmemente por nuestros compañeros de bancada. A pesar de todo, se decidió que debía llevarse adelante este proyecto de ley; quizás no por maldad, pero sí, me parece, por falta de conocimiento de las profundas consecuencias que puede tener la aplicación de esta norma. Después, si llegan a darse las circunstancias que tememos, evidentemente nos sentiremos más o menos responsables de lo sucedido.

Gracias, presidenta.

SEÑORA ASIAÍN.- Pido la palabra para una aclaración.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra la señora senadora.

SEÑORA ASIAÍN.- Con relación a lo expresado por la señora senadora Della Ventura, quien dijo que el título mentía –no recuerdo bien cuáles fueron exactamente sus palabras–, aclaro que no se pueden atribuir intenciones.

SEÑOR STRANEO.- Pido la palabra.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR STRANEO.- Muchas gracias, señora presidenta.

El epicentro de lo que nos convoca e inquieta a todos en esta sala es la preocupación inminente y notoria por la situación de niños, niñas y adolescentes en el contexto de violencia intrafamiliar, de los abusos, etcétera.

A mí y a usted, señora presidenta –y también permítame incluir a la señora Rodríguez–, nos habría sido bastante más complejo y difícil dar la opinión favorable –como la que vamos a dar en el momento de votar– si no se hubiesen evolucionado y cambiado algunos aspectos sustanciales del proyecto de ley. En este sentido, ¡vaya si ayuda, y mucho, este literal B) del artículo 4.° en la redacción que se ha logrado! Agradecemos a las redactoras de este proyecto de ley que hayan aceptado las distintas intervenciones y los diferentes conceptos para lograr una redacción que nos deje, por lo menos, más tranquilos. Digo más tranquilos, no por la situación jurídica ni política, sino por la situación humana de quienes estamos desde hace mucho tiempo vinculados a la actividad jurídica y, específicamente, a la que se desarrolla en los ámbitos del derecho de familia, como los juzgados de familia.

Realmente nos inquietan, nos preocupan y nos duelen mucho los conceptos que se han vertido aquí; no son monopolio de ninguna facción política, sino que reflejan la necesidad real de un hecho concreto que vivimos y vivenciamos.

Hay algunas fortalezas que tenemos que dejar en claro, que el proyecto de ley no modifica y que creo que hacen a la importancia de por qué tenemos que destacarlo. Me refiero al artículo 67 de la Ley n.º 19580, Ley de Violencia hacia las Mujeres Basada en Género, del que podremos discutir –no hoy– su legalidad, aunque no es el objeto sobre el que me gustaría opinar hoy. Sí quiero mencionar algunas de las características de su aplicación, que pueden llevar a situaciones de inequidad. Quiero decir que esta ley es tajante en este tema; incluso, es fundamental lo que establece el apartado final del artículo 67, que tutela –dentro de las medidas de protección que se toman en el ámbito de la violencia intrafamiliar y de las situaciones de género– la suspensión de las visitas del agresor respecto de las hijas e hijos menores de dieciocho años, estableciendo que podrán reanudarse, etcétera. ¿Qué quiere decir esto? Que este artículo está salvaguardado de cualquier modificación. Además, va a cuenta de lo que quiero desarrollar muy brevemente en cuanto al contexto en que vamos a operar, para la tranquilidad de todos. Reitero, esto nos preocupa y queremos dejarlo bien claro con mucha firmeza.

Lo mismo sucede con el artículo 124 del Código de la Niñez y la Adolescencia que, como podrán observar, en este proyecto de ley que estamos considerando hoy resulta inalterado, cuando en su apartado E) establece que en los procesos por denuncia sobre violencia sexual no podrá disponerse la revinculación de los niños, niñas y adolescentes con el denunciado, etcétera. Estas normas van a seguir vigentes, no se pueden tocar y los jueces, partes, fiscales y familias las van a tener que cumplir porque, además, son la garantía fundamental de este proyecto de ley, que es muy bien intencionado y cuyo espíritu es lograr un mejor interrelacionamiento entre los miembros de una familia –en las distintas modalidades de familia y de interrelacionamiento que existen– para, luego de un análisis, poder optar por una tenencia o un régimen de visitas.

Coincido con muchas de las críticas que se hicieron y que no necesariamente son un elemento para destruir el proyecto de ley, sino que forman parte de una realidad. El 50 % de los padres no paga la pensión alimenticia y ese es un hecho que nos duele, nos preocupa y algo en lo que tenemos que seguir trabajando. Afortunadamente, el 80 % de lo que ingresa a los juzgados son convenios. ¡Imaginen cuál sería la situación si ese porcentaje fuera al revés! ¡Vaya si es importante destacar que en ese 80 % de los casos logramos al menos algo parecido a un acuerdo sobre el futuro de nuestros hijos!

Entiendo que los artículos 34 y 35 del Código de la Niñez y la Adolescencia precisaban una actualización. Hace un momento conversábamos con la señora senadora Asiaín sobre una modificación del artículo 40 porque, a veces, lo que uno ve en la práctica es que los padres que no tienen la definición ni el concepto de lo que es la patria potestad, la tenencia o cuál es el desmembramiento en la guarda jurídica y en la material, solo quieren ver a su hijo o hija, tener un vínculo formal, bueno y sano. A veces, están más preocupados por tener un buen régimen de visitas y que este se cumpla.

Por eso me parece importante el artículo aditivo que se presentó al proyecto de ley, armonizándolo con el propuesto por los senadores de Cabildo Abierto, porque en definitiva da la posibilidad de mejorar ese artículo 40. Quizás podremos trabajar en algo más específico y urgente para los distintos casos de régimen de visita incumplidos.

Reitero que para nosotros es importante mencionar conceptos que este proyecto de ley no toca y que considero hay que remarcar.

El artículo 252 del Código Civil, que es el que define el concepto de patria potestad, se mantiene inalterado. Eso quiere decir que estamos introduciendo un concepto jurídico nuevo, el de la corresponsabilidad, con una necesaria definición, ya que no existe. Si buscamos el término «corresponsabilidad» en el Código Civil o en el Código de la Niñez y la Adolescencia no lo vamos a encontrar y por eso era tan importante que esta norma lo definiera, para que tuviéramos un punto de partida, que es lo que buscamos. Reitero que el artículo 252 resulta inalterado y lo mismo sucede con los artículos 348.3, 177 –relativo a las convenciones– y el artículo 12, pero sobre todo se mantiene inalterado el artículo 6.° del Código de la Niñez y la Adolescencia, que es nada más y nada menos que el que define el principio del interés superior de los niños, niñas y adolescentes. Creo que este es un principio rector porque, si bien podemos seguir horas discutiendo sobre el control de convencionalidad o de una teoría neoconstitucionalista, en realidad, en la vieja universidad nos enseñaron que los convenios internacionales y las convenciones no están por arriba de la Constitución y la ley, pero se ratifican por ley. Además, el Código de la Niñez y la Adolescencia es posterior a la ratificación de la convención del año noventa, por lo que entiendo que este artículo 6.° sobreexiste y va a ser la norma rectora que todo juez, ante la inminencia de una situación infeliz –que lamentamos y realmente nos preocupa–, dejará suspendido el régimen de visitas y a privar al padre que sea, de acercarse al niño. Esto lo digo con convicción –como padre que soy–, porque si hay hechos que ameritan la intervención y la suspensión del régimen de visitas, así se hará.

Señora presidenta: el artículo 117 tampoco ha sido modificado y es, precisamente, el que dentro del contexto del Código de la Niñez y la Adolescencia, salvaguarda y tutela los derechos vulnerados de niños, niñas y adolescentes.

Por lo tanto, más allá de todas estas expresiones, queríamos dejar algunos conceptos claros. Es muy difícil hablar de guarda, visita, tenencia o patria potestad, cuando a veces estos conceptos ni siquiera tienen definiciones claras, porque es el vínculo jurídico que tenemos con nuestros hijos.

Hace un rato recibí unas anotaciones de la facultad. Hoy se enseña de manera muy práctica: si los padres están separados, se da la tenencia a uno y se le marca un régimen de visita al otro. Eso es un paradigma que este proyecto de ley, con buenas intenciones –y ojalá la práctica así lo permita– va a tratar de mejorar –no digo destruir–, cuando el contexto de las situaciones así lo ameriten. Reitero: en el contexto de un proceso voluntario de ratificación de tenencia o en el contexto de un proceso contencioso de tenencia, lejos de cualquier discusión, ante la inminencia de hechos que pongan en riesgo al niño, niña o adolescente, pierdan cuidado que acá no hay elementos para que un padre pueda seguir estando con su hijo si el tema no está resuelto, por lo menos con las pericias de los organismos rectores. Como muy bien decía la señora senadora Bianchi, tenemos un Poder Judicial en esa área que uno lo sostiene, lo respeta: el DAS, el ITF, así como los que, por extensión, están en el interior del país en todos los juzgados. Hay que felicitar a esos peritos, a esos profesionales del área de la psicología que hacen un trabajo excepcional.

Por último, cuando hablemos de presupuesto y cuando nos enojemos, recordemos que cuando en su momento se votó la determinación de los sueldos de los ministros de Estado en un Gobierno anterior, se generó una desigualdad por enganche con los funcionarios del Poder Judicial y luego la solución no vino de la mejor manera; casi dos períodos después hubo que buscar una solución convenida para pagar aquello que se hizo mal. Así que en esto tenemos que ser objetivos. Asimismo, adhiriendo a algunas expresiones de que esto tiene que ser una política de Estado y de que deberíamos lograr consenso, hay que dejar en claro que también tenemos algunos puntos en los que coincidimos.

Muchas gracias.

34) ASUNTOS ENTRADOS

SEÑORA PRESIDENTA.- Dese cuenta de un asunto entrado fuera de hora.

(Se da del siguiente).

SEÑOR PROSECRETARIO (Adrián Juri).- «La Presidencia de la Asamblea General destina mensaje del Poder Ejecutivo al que acompaña el proyecto de ley por el que se designa Lolita Ruibal el Liceo n.º 3 de la ciudad de Minas, departamento de Lavalleja, dependiente de la Dirección General de Educación Secundaria de la Administración Nacional de Educación Pública».

SEÑORA PRESIDENTA.- Pasa a la Comisión de Educación y Cultura.

Dese cuenta de otro asunto entrado fuera de hora.

(Se da del siguiente).

SEÑOR PROSECRETARIO (Adrián Juri).- «La Presidencia de la Asamblea General destina mensaje del Poder Ejecutivo al que acompaña el proyecto de ley por el que se concede una pensión graciable a la señora Susana Fernández del Puerto por su destacada actuación como artista».

SEÑORA PRESIDENTA.- Pasa a la Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social.

Dese cuenta de otro asunto entrado fuera de hora.

(Se da del siguiente).

SEÑOR PROSECRETARIO (Adrián Juri).- «La Presidencia de la Asamblea General destina mensaje del Poder Ejecutivo al que acompaña el proyecto de ley por el que se aprueba la Convención mundial sobre el reconocimiento de las calificaciones relativas a la educación superior, adoptada el 25 de noviembre de 2019 por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco), en el marco de la 40.ª reunión de su Conferencia General, celebrada en París del 12 al 27 de noviembre de 2019».

SEÑORA PRESIDENTA.- Pasa a la Comisión de Asuntos Internacionales.

35) SOLICITUDES DE LICENCIAS E INTEGRACIÓN DEL CUERPO

SEÑORA PRESIDENTA.- Léase una solicitud de licencia.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «Montevideo, 2 de agosto de 2022

Señora presidenta de la Cámara de Senadores

Beatriz Argimón

 

De mi mayor consideración:

A través de la presente, solicito al Cuerpo me conceda licencia, al amparo del artículo 1.º de la Ley n.º 17827, de 14 de setiembre de 2004, por razones personales, por el día 2 de agosto de 2022.

Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente.

Oscar Andrade. Senador».

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota).

–23 en 24. Afirmativa.

Queda convocado el señor Juan Castillo, quien ya ha prestado la promesa de estilo.

36) CORRESPONSABILIDAD EN LA CRIANZA

SEÑORA PRESIDENTA.- Continúa el tratamiento del tema en consideración.

SEÑOR OLESKER.- Pido la palabra.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR OLESKER.- Señora presidenta: dado que cierro este tema, en primer lugar quiero hacer una aclaración.

Se ha dicho que entre 2004 y 2019 no hubo incremento en el presupuesto del Poder Judicial. Los datos del Ministerio de Economía y Finanzas nos dicen que, en pesos de 2019, pasó de $ 1:200.000 a $ 3:469.000. O sea que hubo un aumento importante. No hubo aumento en 2020 y 2021, sino que bajó un 8 % en términos reales.

Por otra parte, simplemente diré que no vamos a votar este proyecto de ley y me gustaría resumir con tres características.

En primer lugar, es un proyecto de ley innecesario. La sociedad está requiriendo de este Poder Legislativo que actúe sobre el drama existencial de la población uruguaya: los salarios, las jubilaciones, el empleo; sin embargo, pasamos muchas horas discutiendo un proyecto de ley innecesario.

En segundo lugar, es acientífico, porque no existe evidencia empírica alguna que establezca que lo que dice el proyecto de ley dará efecto.

En tercer término, a esos dos noes –no necesario y no científico– se agrega un sí: es un proyecto de ley que introduce un gran riesgo de aumento de la violencia.

Por tanto, porque no es necesario, porque no es científico y porque genera una gran incertidumbre en el aumento de la violencia en las relaciones familiares es que votamos negativamente este proyecto de ley.

Muchas gracias.

SEÑORA PRESIDENTA.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en general el proyecto de ley.

SEÑORA KECHICHIAN.- Pido la palabra.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra la señora senadora.

SEÑORA KECHICHIAN.- Como bancada del Frente Amplio, solicitamos que la votación en general sea de palabra.

SEÑORA PRESIDENTA.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar lo solicitado por la bancada del Frente Amplio con relación a que la votación sea de palabra.

(Se vota).

‒30 en 30. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Tómese la votación.

(Se toma en el orden siguiente).

SEÑORA ÁLVAREZ.- Voto por la afirmativa.

SEÑOR CASTILLO.- Voto por la negativa.

SEÑORA ASIAÍN.- Voto por la afirmativa.

SEÑOR BATLLE.- Voto por la afirmativa.

SEÑOR BERGARA.- Voto por la negativa.

SEÑORA BIANCHI.- Voto por la afirmativa.

SEÑOR BOTANA.- Voto por la afirmativa.

SEÑOR BRENTA.- Voto por la negativa.

SEÑOR CAGGIANI.- Voto por la negativa.

SEÑOR CARRERA.- Voto por la negativa.

SEÑOR COUTINHO.- Voto por la afirmativa.

SEÑOR DA SILVA.- Voto por la afirmativa.

SEÑORA DELLA VENTURA.- Voto por la negativa.

SEÑOR DOMENECH.- Voto por la afirmativa.

SEÑOR GANDINI.- Voto por la afirmativa.

SEÑORA KECHICHIAN.- Voto por la negativa.

SEÑOR LANZ.- Voto por la afirmativa.

SEÑORA LAZO.- Voto por la negativa.

SEÑOR LOZANO.- Voto por la afirmativa.

SEÑOR MAHÍA.- Voto por la negativa.

SEÑOR MANINI RÍOS.- Voto por la afirmativa.

SEÑOR MELÉNDEZ.- Voto por la negativa.

SEÑORA NANE.- Voto por la negativa.

SEÑOR NIFFOURI.- Voto por la afirmativa.

SEÑOR OLESKER.- Voto por la negativa.

SEÑOR PENADÉS.- Voto por la afirmativa.

SEÑORA RODRÍGUEZ.- Voto por la afirmativa.

SEÑOR SÁNCHEZ.- Voto por la negativa.

SEÑORA SANGUINETTI.- Voto por la afirmativa.

SEÑOR STRANEO.- Voto por la afirmativa.

SEÑORA PRESIDENTA.- Voto por la afirmativa.

Dese cuenta del resultado de la votación.

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- Han sufragado treinta y un integrantes del Cuerpo: dieciocho lo han hecho por la afirmativa y trece por la negativa.

SEÑORA PRESIDENTA.- La votación ha resultado: Afirmativa.

En discusión particular.

SEÑOR PENADÉS.- Pido la palabra para una moción de orden.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR PENADÉS.- Formulo moción en el sentido de que se suprima la lectura del articulado y se vote en bloque, con excepción de los artículos 4.º y 6.º, que solicito sean desglosados.

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar la moción formulada.

(Se vota).

–30 en 30. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En consideración el articulado.

Si no se hace uso de la palabra, se van a votar los artículos 1.º a 13, con excepción de los artículos 4.° y 6.°.

(Se vota).

–18 en 30. Afirmativa.

En consideración el artículo 4.º.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

–17 en 30. Afirmativa.

En consideración el artículo 6.º.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

–17 en 30. Afirmativa.

Queda aprobado el proyecto de ley, que se comunicará a la Cámara de Representantes.

(No se publica el texto del proyecto de ley aprobado por ser igual al considerado).

(Aplausos en la barra).

(Campana de orden).

–Por favor, desalojen la barra.

37) SOLICITUDES DE LICENCIA E INTEGRACIÓN DEL CUERPO

SEÑORA PRESIDENTA.- Léase una solicitud de licencia.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «Montevideo, 2 de agosto de 2022

Señora presidenta de la Cámara de Senadores

Beatriz Argimón

 

De mi mayor consideración:

A través de la presente solicito al Cuerpo me conceda licencia, al amparo del artículo 1.º de la Ley n.º 17827, literal C), de 14 de setiembre de 2004, por misión oficial desde el día 9 al 10 de agosto. Fui convocado para participar de una reunión en la sede del Parlatino, en la ciudad de Panamá.

Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente.

Gustavo C. Penadés. Senador».

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota).

–24 en 26. Afirmativa.

Se comunica que los señores Magdalena Zumarán, Enrique Antía, Rodrigo Blás, Elena Lancaster, María de Lima, Pablo Iturralde, Federico Ricagni, Sebastián Andújar, Alfredo de Mattos y Alejandra Inzaurralde han presentado nota de desistimiento informando que por esta vez no aceptan la convocatoria a integrar el Cuerpo, por lo que queda convocado el señor Sergio Delpino, quien ya ha prestado la promesa de estilo.

38) LEVANTAMIENTO DE LA SESIÓN

SEÑORA PRESIDENTA.- No habiendo más asuntos, se levanta la sesión.

(Así se hace, a las 19:11, presidiendo la señora Argimón y estando presentes los señores senadores Álvarez, Asiaín, Bergara, Bianchi, Botana, Brenta, Caggiani, Carrera, Castillo, Da Silva, Della Ventura, Domenech, Gandini, Kechichian, Lazo, Lozano, Mahía, Manini Ríos, Meléndez, Nane, Niffouri, Penadés, Rodríguez, Sánchez y Straneo).

BEATRIZ ARGIMÓN Presidenta

Gustavo Sánchez Piñeiro Secretario

José Pedro MonteroSecretario

María Alcalde Directora general del Cuerpo de Taquígrafos

Control División Diario de Sesiones del Senado

Diseño División Diseño e Impresión del Senado

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.