Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay

 

Comisión de Asuntos
Internacionales

Carpeta Nº 416 de 2015
Repartido Nº 264
Agosto de 2015

 

NOTAS REVERSALES RELATIVAS AL CONVENIO DE PROTECCIÓN
Y RESTITUCIÓN DE BIENES CULTURALES Y OTROS ESPECÍFICOS
IMPORTADOS, EXPORTADOS O TRANSFERIDOS ILÍCITAMENTE,
CON LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

 

Aprobación


ÍNDICE

Mensaje y proyecto de ley del Poder Ejecutivo de 28 de julio de 2015

Mensaje y proyecto de ley del Poder Ejecutivo de 28 de noviembre de 2013

Texto del Convenio

Texto de las notas reversales

 

PODER EJECUTIVO

Ministerio de
Relaciones Exteriores
Ministerio del Interior
Ministerio de
Economía y Finanzas
Ministerio de
Educación y Cultura

Montevideo, 28 de julio de 2015.

Señor Presidente de la Asamblea General:

El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a la Asamblea General, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 85 numeral 7 y 168 numeral 20 de la Constitución de la República, a fin de reiterar el mensaje de fecha 28 de noviembre de 2013, que se adjunta, con el cual se somete a su consideración el proyecto de ley adjunto, por el que se aprueban las Notas Reversales relativas al Convenio de Protección y Restitución de Bienes Culturales y Otros Específicos Importados, Exportados o Transferidos Ilícitamente, entre la República Oriental del Uruguay y la República de Colombia, suscrito en la ciudad de Bogotá el día 21 de noviembre del año 2008, que fueran firmadas el día 31 de julio de 2012 en Montevideo y el día 21 de noviembre de 2012 en Bogotá.

Al mantenerse vigentes los fundamentos que en su oportunidad dieron mérito al envío de aquel mensaje, el Poder Ejecutivo se permite solicitar a ese Cuerpo la pronta aprobación del mismo.

El Poder Ejecutivo reitera al señor Presidente de la Asamblea General las seguridades de su más alta consideración.

TABARÉ VÁZQUEZ
RODOLFO NIN NOVOA
EDUARDO BONOMI
DANILO ASTORI
MARÍA JULIA MUÑOZ

 

PROYECTO DE LEY

Artículo único.- Apruébense las Notas Reversales relativas al Convenio de Protección y Restitución de Bienes Culturales y Otros Específicos Importados, Exportados o Transferidos Ilícitamente, entre la República Oriental del Uruguay y la República de Colombia, suscrito en la ciudad de Bogotá el día 21 de noviembre del año 2008, que fueran firmadas el día 31 de julio de 2012 en la ciudad de Montevideo y el día 21 de noviembre de 2012 en la ciudad de Bogotá.

Montevideo, 28 de julio de 2015.

RODOLFO NIN NOVOA
EDUARDO BONOMI
DANILO ASTORI
MARÍA JULIA MUÑOZ
PODER EJECUTIVO

Ministerio de
Relaciones Exteriores
Ministerio de Interior
Ministerio de
Economía y Finanzas
Ministerio de
Educación y Cultura

Montevideo, 28 de noviembre de 2013.

Señor Presidente de la Asamblea General:

El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a la Asamblea General, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 85, numeral 7 y 168, numeral 20 de la Constitución de la República, a fin de someter a su consideración el proyecto de ley adjunto, mediante el cual se aprueban las Notas Reversales relativas al Convenio de Protección y Restitución de Bienes Culturales y Otros Específicos Importados, Exportados o Transferidos Ilícitamente, entre la República Oriental del Uruguay y la República de Colombia suscrito en la ciudad de Bogotá el día 21 de noviembre del año 2008, que fueran firmadas el 31 de julio de 2012 en Montevideo y el 21 de noviembre en Bogotá.

En el numeral 3 del Artículo II del Convenio se hace mención por error a "… bienes del Anexo del presente Convenio...". El Convenio carece de anexos por lo que la mención debió ser hecha al Artículo I del Convenio.

A efectos de subsanar el error, las Partes intercambiaron Notas Reversales a través de las cuales se acordó cambiar la redacción del numeral 3 del Artículo II del Convenio, por la siguiente:

"Sin embargo, las Partes podrán autorizar el ingreso temporal de bienes consignados en el Artículo I del presente Convenio cuando éstos cuenten con la autorización de las instancias correspondientes de acuerdo con la legislación de cada una de las Partes".

Por lo expresado, el presente mensaje y proyecto de ley es complementario del mensaje y proyecto de ley referido al Convenio, remitido oportunamente al Poder Legislativo.

El Poder Ejecutivo reitera al señor Presidente de la Asamblea General las seguridades de su más alta consideración.

JOSÉ MUJICA
LUIS PORTO
EDUARDO BONOMI
FERNANDO LORENZO
RICARDO EHRLICH

 

PROYECTO DE LEY

 

Artículo único.- Apruébanse las Notas Reversales relativas al Convenio de Protección y Restitución de Bienes Culturales y Otros Específicos Importados, Exportados o Transferidos Ilícitamente, entre la República Oriental del Uruguay y la República de Colombia suscrito en la ciudad de Bogotá el día 21 de noviembre del año 2008, que fueran firmadas el 31 de julio de 2012 en Montevideo y el 21 de noviembre de 2012 en Bogotá.

Montevideo, 28 de noviembre de 2013.

LUIS PORTO
EDUARDO BONOMI
FERNANDO LORENZO
RICARDO EHRLICH

Línea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.