Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay

 

Comisión de Asuntos
Internacionales

Carpeta Nº 2770 de 2014
Repartido Nº 1340
Abril de 2014

 

ACUERDO MARCO DE COMERCIO Y COOPERACIÓN ECONÓMICA ENTRE EL
MERCOSUR Y LA ORGANIZACIÓN PARA LA LIBERACIÓN DE PALESTINA,
EN NOMBRE DE LA AUTORIDAD NACIONAL PALESTINA

 

Aprobación


 

PODER EJECUTIVO

Ministerio de
Relaciones Exteriores
Ministerio de
Economía y Finanzas
Ministerio de
Salud Pública
Ministerio de Industria,
Energía y Minería
Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca
Ministerio de
Turismo y Deporte

Montevideo, 13 de marzo de 2012.

Señor Presidente de la Asamblea General:

El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a la Asamblea General, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 85 numeral 7 y 168 numeral 20 de la Constitución de la República, a fin de someter a su consideración el proyecto de ley adjunto, mediante el cual se aprueba el Acuerdo Marco de Comercio y Cooperación Económica entre MERCOSUR y la Organización para la Liberación de Palestina, en Nombre de la Autoridad Nacional Palestina celebrado en la ciudad de Foz de Iguazú, el día 16 de diciembre de 2010.

ANTECEDENTES

1. El Acuerdo Marco de Cooperación Económica entre MERCOSUR y la Organización de Liberación Palestina fue celebrado en la ciudad de Foz de Iguazú, el día 16 de diciembre de 2010. Luego de su firma, fue adoptado por el Consejo del Mercado Común, órgano supremo del MERCOSUR, a través de la Decisión Nº 40/10.

2. Los antecedentes de ese Acuerdo Marco datan del año 2009, cuando en el ámbito del MERCOSUR se comenzó a discutir sobre la posibilidad de establecer un acuerdo comercial con Palestina, teniendo presente la existencia de una Unión Aduanera entre Israel y dicho Estado.

3. Posteriormente, se procedió a entablar contactos formales entre las partes, incluso conformando una Misión Exploratoria que tuvo lugar el día 23 de septiembre de 2010 en la ciudad de Ramallah. En dicha ocasión, la Presidencia Pro Tempore del MERCOSUR, a cargo de Brasil, manifestó a la contraparte Palestina que aquellas negociaciones se inscribían también en el marco del apoyo que los Estados Partes del bloque al proceso de paz en Medio Oriente y a la coexistencia del territorio de Palestina con el Estado de Israel, en sintonía con el tratamiento del tema por parte de Naciones Unidas.

4. En forma paralela, el 15 de marzo de 2011 a través del Comunicado de Prensa 28/11 de esta Secretaría de Estado, se anunció el reconocimiento por parte del Uruguay al Estado Palestino, bajo una línea argumental afín a la utilizada para la negociación del Acuerdo Marco por parte del MERCOSUR.

5. El Acuerdo Marco, tal como consta en su Artículo 2, tiene como objetivo "fortalecer las relaciones entre las Partes Contratantes mediante la promoción de la expansión del comercio y proveer el marco y los mecanismos necesarios para negociar un Área de Libre Comercio, de conformidad con las reglas y las disciplinas de la Organización Mundial del Comercio".

6. Si bien es dable. resaltar que los flujos comerciales entre los Estados Partes del MERCOSUR y Palestina son escasos, el Acuerdo Marco pretende formalizar un ámbito de negociación para la profundización de esta relación, así como convertirse en una contribución al desarrollo económico de aquél Estado como un factor más para el alcance de la paz.

7. Como fuera señalado en el punto 2 del presente mensaje, existe una unión de los territorios aduaneros entre Palestina e Israel. Como consecuencia de esto, las mercancías con destino a Palestina ingresan a través del Estado israelí, el cual tiene a su cargo la gestión de las aduanas. Esta situación dificulta el cálculo estadístico del comercio.

8. Pese a las dificultades señaladas, no se registran importaciones en los Estados Partes del MERCOSUR provenientes directamente desde Palestina. En cuanto a las exportaciones desde MERCOSUR con destino directo a Palestina, se han identificado aproximadamente 4,5 millones de dólares, aunque se estima que las exportaciones MERCOSUR que llegan a territorio palestino a través de importadores israelíes pueden alcanzar los 20 millones de dólares, según fuentes palestinas.

De acuerdo a información recibida desde la Dirección de Integración correspondiente al mes de septiembre 2011 referida al Comercio Uruguay-Palestina, dicho comercio se caracteriza por una cuenta corriente favorable para nuestro país donde las exportaciones han crecido un 67% en tres años (2008-2010), concentradas prácticamente en un solo producto: carne.

Respecto a las importaciones éstas son insignificantes como lo muestra en cuadro Nº 1.

.

Finalmente, cabe destacar que Argentina ya ha depositado su instrumento de ratificación.

TEXTO

El Acuerdo consta de un Preámbulo y 10 Artículos.

En atención a lo expuesto y reiterando la conveniencia de la suscripción de este tipo de Acuerdos, el Poder Ejecutivo solicita la correspondiente aprobación parlamentaria.

El Poder Ejecutivo reitera al señor Presidente de la Asamblea General las seguridades de su más alta consideración.

JOSÉ MUJICA
LUIS ALMAGRO
FERNANDO LORENZO
JORGE VENEGAS
EDGARDO ORTUÑO
ENZO BENECH
HÉCTOR LESCANO

 

PROYECTO DE LEY

 

Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo Marco de Comercio y Cooperación Económica entre MERCOSUR y la Organización para la Liberación de Palestina, en nombre de la Autoridad Nacional Palestina celebrado en la ciudad de Foz de Iguazú, el día 16 de diciembre de 2010.

Montevideo, 13 de marzo de 2012.

LUIS ALMAGRO
FERNANDO LORENZO
JORGE VENEGAS
EDGARDO ORTUÑO
ENZO BENECH
HÉCTOR LESCANO

 

CÁMARA DE SENADORES

La Cámara de Senadores en sesión de hoy ha aprobado el siguiente

PROYECTO DE LEY

Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo Marco de Comercio y Cooperación Económica entre el MERCOSUR y la Organización para la Liberación de Palestina, en nombre de la Autoridad Nacional Palestina, celebrado en la ciudad de Foz de Iguazú, el día 16 de diciembre de 2010.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 2 de abril de 2014.



HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI
Secretario
DANILO ASTORI
Presidente

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.