Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay

Comisión de Asuntos
Internacionales

Carpeta Nº 2959 de 2008
Repartido Nº 1445
Noviembre de 2008

ACUERDO MARCO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UN ÁREA DE LIBRE
COMERCIO ENTRE EL MERCOSUR Y LA REPÚBLICA DE TURQUÍA

A p r o b a c i ó n


PODER EJECUTIVO

Ministerio de
Relaciones Exteriores
Ministerio de
Economía y Finanzas
Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca
Ministerio de Industria,
Energía y Minería

Montevideo, 17 de setiembre de 2008.

Señor Presidente
de la Asamblea General:

El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a la Asamblea General, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 85, numeral 7 y 168, numeral 20 de la Constitución de la República, a fin de someter a su consideración el proyecto de ley adjunto, mediante el cual se aprueba el ACUERDO MARCO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UN ÁREA DE LIBRE COMERCIO ENTRE EL MERCOSUR Y LA REPÚBLICA DE TURQUÍA, firmado en la ciudad de San Miguel de Tucumán, República Argentina, el 30 de junio de 2008.

ANTECEDENTES

El inicio de las negociaciones entre el MERCOSUR y Turquía tiene su origen en el interés manifestado por el Gobierno turco durante la pasada Presidencia Pro Témpore uruguaya.

En el mes de agosto del año 2007 se recibió una nota del Embajador de Turquía indicando el interés de su Gobierno en iniciar un diálogo negociador con el MERCOSUR para concluir un Tratado de Libre Comercio.

Debido al interés generado por la relevancia del mercado turco, y luego de las consultas entre los miembros del MERCOSUR, la Presidencia Pro Témpore uruguaya respondió a Turquía transmitiendo el interés concitado por la propuesta del Gobierno de Turquía de iniciar un proceso negociador con MERCOSUR en el futuro próximo.

En el mes de mayo del presente año, durante la Presidencia Pro Témpore argentina se reiteró el interés del Gobierno turco así como el del MERCOSUR en firmar un Acuerdo Marco en la Cumbre de Presidentes del MERCOSUR. En virtud de ello la Presidencia argentina circuló un proyecto de borrador de acuerdo marco que fue remitido a los socios del MERCOSUR y al Gobierno de Turquía.

Luego de consensuarse dicho proyecto, el Acuerdo Marco para el Establecimiento de un Área de Libre Comercio entre el MERCOSUR y la República de Turquía, fue suscrito en la ciudad de San Miguel de Tucumán, República Argentina, el día 30 de junio de 2008, por los Ministros de Relaciones Exteriores de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay y por el Embajador de la República de Turquía.

El objetivo de este Acuerdo Marco es la promoción de la expansión del comercio entre las partes y proveer el marco y los mecanismos para la negociación de un Área de Libre Comercio futura.

TEXTO

El Acuerdo consta de un Preámbulo y 12 Artículos.

En el Preámbulo se sientan las consideraciones, bases y objetivos que llevan a las partes a firmar el Acuerdo.

El Artículo 1 identifica quiénes son las Partes Contratantes.

El Artículo 2 plasma el objetivo del Acuerdo.

El Artículo 3 establece los pasos dirigidos a la firma de un Acuerdo de Libre Comercio.

En el Artículo 4 se crea el Comité de Negociación encargado de llevar adelante la negociación en sus diversas etapas.

El Artículo 5 detalla las tareas y funciones del Comité de Negociación.

Los Artículos 6, 7 y 8 establecen la realización de seminarios, ferias, misiones comerciales, exhibiciones y conferencias, a la vez de actividades conjuntas orientadas a la implementación de proyectos de cooperación agrícola e industrial, como asimismo la expansión y diversificación del comercio.

El Artículo 9 promueve la cooperación en las áreas de sanidad animal y vegetal, estandarización, sanidad de alimentos y medidas sanitarias y fitosanitarias.

El Artículo 10 establece la entrada en vigor, vigencia y denuncia del Acuerdo.

El Artículo 11 detalla las formalidades internas, del MERCOSUR, a cumplirse.

En atención a lo expuesto y reiterando la conveniencia de la suscripción de este tipo de Acuerdos, el Poder Ejecutivo solicita la correspondiente aprobación parlamentaria.

El Poder Ejecutivo reitera al señor Presidente de la Asamblea General las seguridades de su más alta consideración.

TABARÉ VÁZQUEZ
GONZALO FERNÁNDEZ
DANILO ASTORI
ANDRÉS BERTERRECHE
DANIEL MARTÍNEZ

PROYECTO DE LEY

Artículo Único.- Apruébase el ACUERDO MARCO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UN ÁREA DE LIBRE COMERCIO ENTRE EL MERCOSUR Y LA REPÚBLICA DE TURQUÍA, firmado en la ciudad de San Miguel de Tucumán, República Argentina, el 30 de junio de 2008.

Montevideo, 17 de setiembre de 2008.

GONZALO FERNÁNDEZ
DANILO ASTORI
ANDRÉS BERTERRECHE
DANIEL MARTÍNEZ

CÁMARA DE SENADORES

La Cámara de Senadores en sesión de hoy ha aprobado el siguiente

PROYECTO DE LEY

Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo Marco para el establecimiento de un Área de Libre Comercio entre el MERCOSUR y la República de Turquía, firmado en la ciudad de San Miguel de Tucumán, República Argentina, el 30 de junio de 2008.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, 4 de noviembre de 2008.



HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI
Secretario
RODOLFO NIN NOVOA
Presidente

Línea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.