Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 8 jun/016 - Nº 29470

Ley Nº 19.398

INCLUSIÓN FINANCIERA

SE PRORROGA LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LO PREVISTO EN VARIOS
ARTÍCULOS DE LA LEY Nº 19.210

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo único.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2016 la entrada en vigencia de lo previsto en el inciso primero del artículo 35 y en los artículos 36, 40 y 41 de la Ley Nº 19.210 , de 29 de abril de 2014.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 31 de mayo de 2016.

GERARDO AMARILLA,
Presidente.
Virginia Ortiz,
Secretario.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 1º de junio de 2016.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2016 la entrada en vigencia de lo previsto en el inciso primero del artículo 35 y en los artículos 36, 40 y 41 de la Ley Nº 19.210, de 29 de abril de 2014.

TABARÉ VÁZQUEZ.
PABLO FERRERI.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.