Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 13 set/011 - Nº 28306

Ley Nº 18.798

AUSTRIA - URUGUAY

CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL. APROBACIÓN

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo único.- Apruébase el Convenio de Seguridad Social entre la República Oriental del Uruguay y la República de Austria, suscrito en Viena, el 14 de enero de 2009.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 10 de agosto de 2011.

DANILO ASTORI,
Presidente.
Hugo Rodríguez Filippini,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
  MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Montevideo, 19 de agosto de 2011.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se aprueba el Convenio de Seguridad Social entre la República Oriental del Uruguay y la República de Austria, suscrito en Viena, el 14 de enero de 2009.

JOSÉ MUJICA.
LUIS ALMAGRO.
FERNANDO LORENZO.
EDUARDO BRENTA.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.