Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 2 set/011 - Nº 28299

Ley Nº 18.792

PROTOCOLO DE CARTAGENA SOBRE SEGURIDAD DE LA BIOTECNOLOGÍA
DEL CONVENIO SOBRE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA

APROBACIÓN

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo único.- Apruébase el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica, adoptado en Montreal, Canadá, el 29 de enero de 2000, y suscrito por nuestra República el 1º de junio de 2001.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 3 de agosto de 2011.

DANILO ASTORI,
Presidente.
Hugo Rodríguez Filippini,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
  MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
   MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Montevideo, 12 de agosto de 2011.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se aprueba el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica, adoptado en Montreal, Canadá, el 29 de enero de 2000 y suscrito por nuestra República el 1º de junio de 2001.

JOSÉ MUJICA.
LUIS ALMAGRO.
FERNANDO LORENZO.
DANIEL GARÍN.
GRACIELA MUSLERA.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.