Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 14 ene/010 - Nº 27897

Ley Nº 18.639

ACUERDO DE ASOCIACIÓN ESTRATÉGICA CON LA REPÚBLICA DE CHILE

APROBACIÓN

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo único.- Apruébase el Acuerdo de Asociación Estratégica entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile, firmado en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el día 7 de julio de 2008.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 22 de diciembre de 2009.

ROQUE ARREGUI,
Presidente.
José Pedro Montero,
Secretario.

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
         MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
            MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Montevideo, 30 de diciembre de 2009.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se aprueba el Acuerdo de Asociación Estratégica entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile, firmado en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 7 de julio de 2008.

TABARÉ VÁZQUEZ.
JORGE BRUNI.
PEDRO VAZ.
ÁLVARO GARCÍA.
GONZALO FERNÁNDEZ.
MARÍA SIMON.
VÍCTOR ROSSI.
RAÚL SENDIC.
JULIO BARÁIBAR.
MARÍA JULIA MUÑOZ.
ANDRÉS BERTERRECHE.
HÉCTOR LESCANO.
CARLOS COLACCE.
MARINA ARISMENDI.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.