Artículo 1º.- Agréganse al artículo 79 del Título 4 del Texto Ordenado 1996 los siguientes literales:
"M) | La Fundación Teletón Uruguay
para la rehabilitación pediátrica. |
|
N) | La Fundación Peluffo Giguens de apoyo al niño con cáncer". |
Artículo 2º.- La referencia al Texto Ordenado 1996 contenida en el artículo anterior se considera realizada a las normas legales que le dieron origen.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, 8 de diciembre de 2009.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se conceden beneficios tributarios a las empresas que realicen donaciones a la Fundación Teletón Uruguay para la rehabilitación pediátrica y a la Fundación Peluffo Giguens de apoyo al niño con cáncer.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |