Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 1º set/009 - Nº 27805

Ley Nº 18.535

MENORES. RESPONSABILIDAD PARENTAL
Y MEDIDAS PARA SU PROTECCIÓN

CONVENCION RELATIVA A LA COMPETENCIA, LEY APLICABLE,
RECONOCIMIENTO, EJECUCIÓN Y COOPERACIÓN

APROBACIÓN

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo único.- Apruébase la Convención relativa a la Competencia, Ley Aplicable, Reconocimiento, Ejecución y Cooperación en Materia de Responsabilidad Parental y Medidas para la Protección de los Niños, suscrita en la Decimoctava Sesión de la Conferencia de La Haya sobre Derecho Internacional Privado, el 19 de octubre de 1996.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 11 de agosto de 2009.

ALBERTO COURIEL,
Presidente.
Hugo Rodríguez Filippini,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Montevideo, 21 de agosto de 2009.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se aprueba la Convención relativa a la Competencia, Ley Aplicable, Reconocimiento, Ejecución y Cooperación en Materia de Responsabilidad Parental y Medidas para la Protección de los Niños, suscrita en la Decimoctava Sesión de la Conferencia de La Haya sobre Derecho Internacional Privado, el 19 de octubre de 1996.

TABARÉ VÁZQUEZ.
GONZALO FERNÁNDEZ.
MARÍA SIMON.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.