Artículo único.- Apruébase el Convenio sobre Seguridad Social entre la República Oriental del Uruguay y el Reino de Bélgica, suscrito en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, en fecha 22 de noviembre de 2006.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 10 de junio de 2008.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se aprueba el Convenio sobre Seguridad Social entre la República Oriental del Uruguay y el Reino de Bélgica, suscrito en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, en fecha 22 de noviembre de 2006.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |