Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 5 ago/005 - Nº 26805

Ley Nº 17.880

EDUARDO LAPAITIS VAITKUNAITE

Pensión graciable

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo 1º.-  Concédese una pensión graciable, al señor Eduardo Lapaitis Vaitkunaite, cédula de identidad Nº 614.508-8, equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales.

Artículo 2º.-  La erogación resultante, será atendida por Rentas Generales.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 12 de julio de 2005.

NORA CASTRO,
Presidente.
Marti Dalgalarrondo Añón,
Secretario.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 29 de julio de 2005.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

DR. TABARÉ VÁZQUEZ.
JORGE BROVETTO.
MARIO BERGARA.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.