Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 3 jun/005 - Nº 26761

Ley Nº 17.870

INMUEBLE DEL PREDIO "PLAYA DEL RINCÓN DE LA HIGUERA"

SE DECLARA DE UTILIDAD PÚBLICA SU EXPROPIACIÓN

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo Único.- Declárase de utilidad pública la expropiación del predio conocido como "Playa del Rincón de la Higuera" de, aproximadamente, 17 hectáreas 3.000 metros cuadrados, ubicado en la 2da. Sección Judicial del Departamento de Soriano, delimitado de la siguiente manera: al norte línea de ribera con el río Negro, al sur línea de 500 metros, al oeste línea que une ésta con la línea de ribera en aproximadamente 208 metros, ambas deslindadas con el resto del Padrón Nº 1, al este línea de 511 metros con el Padrón Nº 122 y camino vecinal de acceso, con destino a playa, camping y servicios conexos, facultándose a la autoridad correspondiente a llevar a cabo el proceso expropiatorio de acuerdo a la Ley Nº 3.958, de 28 de marzo de 1912, y demás normas legales complementarias y modificativas.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 17 de mayo de 2005.

RODOLFO NÍN NOVOA,
Presidente.
Hugo Rodríguez Filippini,
Secretario.

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
  MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE

Montevideo, 28 de Mayo de 2005.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

Dr. TABARÉ VÁZQUEZ.
JOSÉ DÍAZ.
DANILO ASTORI.
HÉCTOR LESCANO.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.