Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 7 set/004 - Nº 26582

Ley Nº 17.806

INMUEBLE PADRÓN RURAL Nº 6877, SITO EN LA 20a. SECCIÓN CATASTRAL
DEL DEPARTAMENTO DE CANELONES

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo 1º.- Transfiérese, a título gratuito, del dominio del Estado (Ministerio de Transporte y Obras Públicas), a la Intendencia Municipal de Canelones, el inmueble padrón Nº 6877 sito en zona rural, 20a. Sección Catastral, del departamento de Canelones, que según plano de mensura y deslinde del ingeniero agrimensor Carlos Darriulat, de abril de 1986, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro con el Nº 1.492, de 10 de junio de 1986, tiene un área de 32 hás., 5.560 m2.

Artículo 2º.- La presente ley operará como título y modo de dicha traslación de dominio, bastando para su inscripción, en el Registro de la Propiedad Inmueble, un testimonio de esta disposición, la que podrá ser complementada por un certificado notarial que contenga los datos pertinentes para el correcto asiento registral.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 18 de agosto de 2004.

ALEJANDRO ATCHUGARRY,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Montevideo, 31 de agosto de 2004.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BATLLE.
GABRIEL GURMÉNDEZ.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.