Artículo Único.- Desígnase "Doctor Miguel Aguerre Aristegui" la Escuela Rural Nº 54 de villa Sara, departamento de Rivera, dependiente del Consejo de Educación Primaria (Administración Nacional de Educación Pública).
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 5 de mayo de 2004.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |