Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 19 may/004 - Nº 26504

Ley Nº 17.760

REPÚBLICA DOMINICANA - URUGUAY

SE APRUEBA EL ACUERDO DE COOPERACIÓN TURÍSTICA

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República Dominicana, suscrito en la ciudad de Montevideo, el 21 de agosto del año 2001.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 5 de mayo de 2004.

LUIS HIERRO LÓPEZ,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
  MINISTERIO DE TURISMO

Montevideo, 12 de mayo de 2004.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BATLLE.
WILLIAM EHLERS.
ISAAC ALFIE.
JUAN BORDABERRY.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.