Artículo Único.- Apruébase el "Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo" adoptado el 9 de diciembre de 1999 en la ciudad de Nueva York, en oportunidad de celebrarse el 54º Período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 15 de octubre de 2003.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |