Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 27 may/003 - Nº 26263

Ley Nº 17.645

IRINEO LEGUISAMO

DESÍGNASE CON SU NOMBRE LA ESCUELA RURAL Nº 38 DEL PARAJE ARERUNGUÁ,
DEPARTAMENTO DE SALTO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo Unico.- Desígnase "Irineo Leguisamo" la Escuela Nº 38 del paraje Arerunguá, departamento de Salto, dependiente del Consejo de Educación Primaria (Administración Nacional de Educación Pública).

    Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 13 de mayo de 2003.

WALTER RIESGO,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Montevideo, 20 de mayo de 2003.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BATLLE.
LEONARDO GUZMÁN.

Línea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.