Artículo Único.- Apruébase el "Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía" aprobado el 25 de mayo de 2000, en la ciudad de Nueva York, en oportunidad de celebrarse el 54º período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 17 de setiembre de 2002.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |