Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 16 ago/002 - Nº 26072

Ley Nº 17.529

ACUERDO CON LA CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO PARA EL
DESARROLLO DE ACTIVIDADES EN LA REPÚBLICA
ORIENTAL DEL URUGUAY

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y la Corporación Andina de Fomento (CAF), suscrito en Montevideo, el 14 de setiembre de 2001 para que ésta pueda desarrollar sus actividades en la República mediante la instalación de una Oficina de Representación o el nombramiento de un agente, un gerente o un representante.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 30 de julio de 2002.

GUILLERMO ÁLVAREZ,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 9 de agosto de 2002.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BATLLE.
GUILLERMO VALLES.
ALEJANDRO ATCHUGARRY.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.