Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 6 nov/001 - Nº 25882

Ley Nº 17.410

APRUÉBASE EL CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA REPRESIÓN DE
LOS ATENTADOS TERRORISTAS COMETIDOS CON BOMBAS,
SUSCRITO EN NUEVA YORK EL 23 NOVIEMBRE DE 1998

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo Unico.- Apruébase el Convenio Internacional para la Represión de los Atentados Terroristas Cometidos con Bombas, suscrito en Nueva York, el 23 de noviembre de 1998.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 17 de octubre de 2001.

GUSTAVO PENADES,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DEL INTERIOR
  MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Montevideo, 29 de octubre de 2001.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BATLLE.
DIDIER OPERTTI.
GUILLERMO STIRLING.
LUIS BREZZO.

Línea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.