Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 6 nov/001 - Nº 25882

Ley Nº 17.409

DESÍGNASE CON EL NOMBRE "FRANCISCO ESPÍNOLA" EL TRAMO DE
LA RUTA NACIONAL Nº 23, COMPRENDIDO DESDE SU ORIGEN
EN LA RUTA Nº 11 HASTA LA LOCALIDAD
DE ISMAEL CORTINAS

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo Unico.- Desígnase con el nombre "Francisco Espínola", el tramo de la Ruta Nacional Nº 23, comprendida desde su origen en la Ruta Nº 11 hasta la localidad de Ismael Cortinas.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 10 de octubre de 2001.

GUSTAVO PENADÉS,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Montevideo, 26 de octubre de 2001.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BATLLE.
LUCIO CACERES.
ANTONIO MERCADER.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.