Artículo Unico.- Autorízase la salida del país de efectivos con sus equipos individuales y de la Unidad, pertenecientes al Ejército Nacional, Armada Nacional y Fuerza Aérea Uruguaya, conformados por: una Compañía de Fusileros compuesta por: 14 Oficiales y 182 Personal Subalterno del Ejército Nacional y 1 Oficial y 3 Personal Subalterno pertenecientes a la Fuerza Aérea Uruguaya en Tareas de Observación y Seguridad Terrestre; totalizando 15 Oficiales y 185 Personal Subalterno; una Compañía Fluvial de la Armada Nacional compuesta por 8 Oficiales y 102 Personal Subalterno, integrando la misma 1 componente del Ejército Nacional en apoyo a la seguridad y a las Tareas Logísticas (Nivel Sección de 5 Oficiales y 51 Personal Subalterno) y 1 Oficial y 2 Personal Subalterno de la Fuerza Aérea Uruguaya totalizando 14 Oficiales y 155 Personal Subalterno; 1 Oficial Superior del Ejército Nacional como Jefe de Sector; 1 Hospital Nivel I compuesto por 2 médicos; 2 paramédicos y 4 auxiliares de enfermería y 7 Personal Subalterno (Comunicaciones y Administración), a fin de participar en las Operaciones de Mantenimiento de la Paz de la Organización de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo, a partir del 8 de marzo de 2001 y por un período de hasta nueve meses, previéndose su relevo antes de la mencionada fecha.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 7 de marzo de 2001.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |