Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 1º ago/997 - Nº 24827

Ley Nº 16.841

CARTA DE LA OEA

PROTOCOLO DE REFORMAS - MANAGUA

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo Unico.- Apruébase el Protocolo de Reformas a la Carta de la Organización de los Estados Americanos, "Protocolo de Managua", suscrito por el Gobierno de la República Oriental del Uruguay, en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, el 10 de junio de 1993, en el Decimonoveno Período Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 1° de julio de 1997.

HUGO BATALLA,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Montevideo, 7 de julio de 1997.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

SANGUINETTI.
ALVARO RAMOS.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.