Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo de Creación de la Comisión Binacional Permanente entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, suscrito en la ciudad de Montevideo el 9 de octubre de 1990.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 11 de junio de 1992.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |