Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 2 ene/981 - Nº 20901
*Denominada Decreto-Ley por Ley Nº 15.738

Ley Nº 15.097*

ADMINISTRACION NACIONAL DE PUERTOS

SE MODIFICA LA LEY 13.962, SOBRE BOLSA DE TRABAJO DE ESTIBA EN PUERTOS DEL LITORAL

El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente

PROYECTO DE LEY


Artículo 1º.- Deróganse el literal C) del artículo 1º y el artículo 2º de la ley 13.962, de 19 de mayo de 1971. Mantiénese el aumento de 2,5  (dos y medio por mil) del gravamen estipulado por la Tarifa B-1 de la Administración Nacional de Puertos a que se refiere el artículo 33 del decreto 171/968 de 23 de febrero de 1968 (Título II, Capítulo IV) y modificativos con el destino, forma de recaudación y versión señalados a dicho recargo por la ley 14.687, de 9 de agosto de 1977.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

    Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en Montevideo, a 16 de diciembre de 1980.

HAMLET REYES,
Presidente.
Nelson Simonetti,
Julio A. Waller,
Secretarios.

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
  MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Montevideo, 22 de diciembre de 1980.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

APARICIO MENDEZ.
EDUARDO J. SAMPSON.
VALENTIN ARISMENDI.
CARLOS A. MAESO.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.