Artículo 1º.-Apruébase la adhesión al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, hecho en Londres el 2 de noviembre de 1973 y al Protocolo relativo al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques (1973), hecho en Londres, el 17 de febrero de 1878.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en Montevideo, a 24 de abril de 1979
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |