Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay

Ley N° 14.614


DIRECCION NACIONAL DE CORREOS


SE AUMENTA EL MONTO DEL CAPITAL DE LA DIVISION GIROS POSTALES


El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente


PROYECTO DE LEY


Artículo 1°.
Modifícase el artículo 195 de la ley 13.640, de 26 de diciembre de 1967, que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 195. - Los fondos provenientes de la prescripción de giros postales, beneficios de cambios e intereses de las colocaciones y las comisiones que se perciben por los giros que se cursen por la División Giros Postales, de la Dirección Nacional de Correos, pasarán a acrecer el capital de dicha División hasta la suma de N$ 500.000 (nuevos pesos quinientos mil)".

Artículo 2°.
Comuníquese, etc.



Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en Montevideo, a 14 de diciembre de 1976.


HAMLET REYES.
Presidente.
Nelson Simonetti,
Secretario.
                                     

      MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA.
       MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS.


Montevideo, 20 de diciembre de 1976.




Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.


APARICIO MENDEZ.
LUIS H. MEYER.
VALENTIN ARISMENDI.
                                     



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Montevideo, abril de 1998. Poder Legislativo.