Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay

Ley 14.262


SE DISPONE QUE QUEDAN REVALIDADOS LOS PLANOS DE FRACCIONAMIENTO, A LOS EFECTOS DE LA LEGISLACION SOBRE INCORPORACION DE INMUEBLES AL REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL.


El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente


PROYECTO DE LEY


Artículo 1°.
Todos los planos de fraccionamiento inscriptos con anterioridad al 31 de agosto de 1974 conforme a las normas de la ley 13.870, de 17 de julio de 1970, quedan revalidados a todos los efectos de la legislación sobre incorporación de inmuebles al régimen de propiedad horizontal.

Artículo 2°.
Comuníquese, etc.


Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en Montevideo, a 27 de agosto de 1974.



ALBERTO DEMICHELI
Presidente
ANDRES M. MATA
MANUEL MARIA DE LA BANDERA
Secretarios




    Ministerio de Vivienda y Promoción Social.

Montevideo, 3 de setiembre de 1974.



Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BORDABERRY
FEDERICO SONEIRA




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Montevideo, abril de 1998. Poder Legislativo.